La Moncloa
SUMARIO
Trabajo y Economía Social
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato para el servicio de mantenimiento y evolución de aplicaciones y servicios horizontales sobre las plataformas informáticas del Servicio Público de Empleo Estatal, por un valor estimado de 20.000.000 de euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Trabajo y Economía Social el pago de una contribución voluntaria a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para financiar el proyecto "Apoyo a la coherencia mundial de las políticas sobre la economía social y solidaria", por un importe total de 100.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Trabajo y Economía Social el pago de una contribución voluntaria a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para la financiación del proyecto "Desarrollo de actividades para el fortalecimiento y consolidación de la Red Iberoamericana de Inspecciones de Trabajo" en 2026, por un importe total de 50.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Trabajo y Economía Social el pago de una contribución voluntaria a la Agencia de Naciones Unidas para la población refugiada de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA) para financiar el proyecto "Acelerador de medios de subsistencia: competencias adecuadas al mercado y empleo inclusivo para los refugiados palestinos en Siria", por un importe total de 120.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Trabajo y Economía Social el pago de una contribución derivada de la enmienda al Acuerdo y sus normas complementarias para la realización de la "Formación para promover la Inclusión de personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero, intersexuales y queer (LGBTIQ+) en el mundo del trabajo" suscrita con el Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo, correspondiente al ejercicio 2026, por un importe de 23.466 euros.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios de revisión de la seguridad y análisis de la documentación de la seguridad de las presas y balsas de terceros en cuencas intercomunitarias 2026-2031, por un valor estimado de 23.770.278,18 euros.
- ACUERDO por el que se autorizan veintisiete contribuciones voluntarias a entidades de carácter internacional, por un importe global de 2.551.857,34 euros.
- Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C12, I3). ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 16 de julio de 2024, por el que se autoriza la propuesta de criterios de reparto y distribución territorial de los créditos relativos al Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- ACUERDO sobre propuesta de concesión de beneplácitos para jefes de misión extranjera.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- REAL DECRETO-LEY por el que se declaran diversas iniciativas y programas como acontecimientos de excepcional interés público.
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Valdeavellano de Tera para el desarrollo de actividades formativas en el "Espacio Valdeavellano".
- REAL DECRETO por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del IX Centenario del nacimiento de Averroes, y por el que se modifican el Real Decreto 53/2026, de 28 de enero, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del Centenario de la Generación del 27, y el Real Decreto 71/2026, de 4 de febrero, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del Bicentenario del fallecimiento de Francisco de Goya.
- ACUERDO por el que el Gobierno de España apoya la solicitud de la Real Federación Española de Fútbol para que la ciudad de Bilbao y el estadio del Athletic Club sean sede de la Final de la UEFA Champions League Femenina 2028, y la ciudad de Barcelona y el estadio del Fútbol Club Barcelona sean sede de la Final de la UEFA Champions League Masculina 2029.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Argentina para el intercambio y protección recíproca de información clasificada.
- ACUERDO por el que se autoriza a Aena Desarrollo Internacional, S.M.E., S.A., la compra de una participación de control en la sociedad Concessionária Aeroporto do Rio de Janeiro, S.A., concesionaria del Aeropuerto Internacional de Rio de Janeiro Galeão.
- ACUERDO por el que se autoriza el pago de la contribución económica del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional a la Asociación de Residencias Reales Europeas correspondiente al ejercicio 2026, por importe de 11.500 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza el pago de la contribución voluntaria del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional a la entidad Consejo Internacional de Restauradores de Arte Holandés y Flamenco correspondiente al ejercicio 2026, por importe de 1.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza el pago de la contribución voluntaria del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional a la entidad Centro Internacional de Estudios de Textiles Antiguos correspondiente al ejercicio 2026, por importe de 110 euros.
- INFORME sobre el viaje apostólico a España de Su Santidad el Papa León XIV los días 6 a 12 de junio de 2026.
Defensa
- REAL DECRETO por el que se promueve al empleo superior, con carácter honorífico y a título póstumo, a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil fallecidos en acto de servicio.
- REAL DECRETO por el que se promueve al empleo superior, con carácter honorífico, a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil retirados por incapacidad permanente para el servicio en acto de servicio o como consecuencia del mismo.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de vestuario de combate para el Ejército de Tierra, por un valor estimado de 13.610.400 euros.
Hacienda
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 48.476.557,44 euros, y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para atender daños en las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, La Rioja, Región de Murcia y en la Ciudad de Ceuta.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 249.599,58 euros, y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe total de 19.670.701,77 euros: para atender los daños ocasionados por la borrasca Filomena, por importe de 651.814,66 euros; y por diversas catástrofes, por importe de 4.092.734,17 euros; así como para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 1.204.846,69 euros, y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para financiar los gastos del encargo a TRAGSATEC de tramitación de expedientes de ayudas en daños en viviendas y enseres causados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
- ACUERDO por el que se autoriza una transferencia de crédito, por importe de 1.372.541 euros, desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la construcción de un animalario de contención biológica de nivel 3, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C03.I02).
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un crédito extraordinario y un suplemento de crédito en el Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, por importe de 3.017.616,88 euros, con el objeto de atender necesidades de crédito en el ámbito de los gastos de personal.
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con la finalidad de posibilitar al Organismo Autónomo Instituto de Turismo de España hacer frente a los compromisos derivados de las convocatorias de becas para la realización de prácticas profesionales.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio del Interior, para llevar a cabo varios expedientes de gasto relativos a seguros y a servicios de reconocimientos médicos, atención de médicos especialistas y atención psicológica para el personal de la Dirección General de la Guardia Civil.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio del Interior la tramitación de varios expedientes de contratación relativos a elementos de transporte, telecomunicaciones, informática, mobiliario y enseres, equipamiento policial e infraestructuras en la Dirección General de la Guardia Civil.
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible llevar a cabo diversas actuaciones relativas a "Material, suministros y otros".
- ACUERDO por el que se modifica el número de anualidades establecido en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible licitar un contrato de concesión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera entre Madrid y Valencia.
- ACUERDO por el que se autoriza la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la celebración y ejecución de convenios con las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para el desarrollo de programas de acciones de compensación educativa e inserción laboral.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el apartado quinto del artículo 10 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la tramitación de expedientes de novación, prórroga y revisión de renta en determinados arrendamientos.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad de Castilla y León a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 130.000.000 de euros.
Transportes y Movilidad Sostenible
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de redacción de proyecto constructivo y ejecución de las obras para la renovación de la señalización en la línea C-5 de Madrid Cercanías, tramo Atocha - Humanes. Valor estimado del contrato 70.248.136,06 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de ejecución de las obras del proyecto de construcción de la obra civil para la adaptación de túneles de la línea C-5 de cercanías Madrid y del proyecto de construcción de instalaciones de protección civil y seguridad para la actualización de túneles de la línea C-5 de cercanías Madrid. Valor estimado del contrato 84.745.768,96 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación del firme de la autovía Cantabria - Meseta A-67, del punto kilométrico 78+540 al 117+148, provincia de Palencia, por importe de 3.330.122,01 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación del firme de la autovía de Toledo A-42, punto kilométrico 30+530 al 45+000, y punto kilométrico 60+000 al 77+470; y de la autovía del Suroeste A-5, punto kilométrico 36+672 al 168+105, provincia de Toledo, por importe de 2.845.464,97 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación del firme de la autovía de la Cultura A-50, autovía AV-20, carretera N-403, carretera N-110, carretera N-502, y carretera N-501, provincia de Ávila, por importe de 2.835.872,26 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación en el firme de la Red de Carreteras del Estado en la provincia de Córdoba, por importe de 9.391.175,48 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación de deterioros en el firme de la Red de Carreteras del Estado de la provincia de Sevilla tras los intensos episodios de lluvias asociados a las borrascas de los meses de enero y febrero de 2026, por importe de 6.869.841,11 euros.
Educación, Formación Profesional y Deportes
- REAL DECRETO por el que se establecen las características de la formación sobre competencias para el desempeño de la función directiva prevista en el artículo 135 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- ACUERDO por el que se autorizan diversas contribuciones voluntarias correspondientes a cuotas del ejercicio 2026, por un importe global de 730.719,94 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las Federaciones Deportivas Españolas, al Comité Olímpico Español y al Comité Paralímpico Español para el año 2026.
Sanidad
- REAL DECRETO por el que se regula la evaluación de tecnologías sanitarias.
- ACUERDO por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial de los créditos gestionados por las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para el Marco Estratégico de Atención Primaria y Comunitaria, con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Sanidad en el ejercicio presupuestario 2026, para su sometimiento al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, por importe total de 172.425.000 euros.
- Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C18, R3). ACUERDO por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial de los créditos gestionados por las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para el impulso de la ampliación de la cartera común de servicios de salud bucodental en el Sistema Nacional de Salud en el ejercicio presupuestario 2026, para su sometimiento al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, por importe total de 60.058.000 euros.
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- REAL DECRETO por el que se regula el régimen jurídico de la jubilación flexible y otros aspectos comunes a las modalidades de compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo, y se modifica el régimen de la jubilación demorada.
- ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de interés general en materia de extranjería destinadas a la defensa de los derechos humanos del colectivo de personas extranjeras, así como a favorecer la convivencia y la cohesión social, cofinanciadas por fondos de la Unión Europea, cuya cuantía asciende a 20.300.000 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón del Plan de Acción del estudio sobre el impacto de las medidas de ingresos adoptadas a partir de 2020, para fortalecer los ingresos del sistema público de pensiones en el periodo 2022-2050, elaborado por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.
Para la Transformación Digital y de la Función Pública
- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial.
- ACUERDO por el que se resuelve el concurso público para la adjudicación mediante régimen de concurrencia de una licencia para la prestación, en régimen de emisión en abierto, del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal mediante ondas hertzianas terrestres de ámbito estatal.
- Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C25, I3). ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Española para la Transformación Tecnológica, E.P.E., para participar en Aurora Media Inversiones SICC, S.A., mediante la aportación de hasta 98.000.000 de euros, correspondientes con hasta 98.000.000 de acciones, que representan hasta el 49 % de la SICC (200.000.000 de euros).
ACUERDOS DE PESONAL
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- REAL DECRETO por el que se nombra director del Organismo Autónomo Centro de Estudios Jurídicos a D. IGNACIO SOLA BARLEYCORN.
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ASUNTOS GENERALES
Para la Transción Ecológica y el Reto Demográfico
SEGURIDAD DE LAS PRESAS Y BALSAS DE TERCEROS EN CUENCAS INTERCOMUNITARIAS 2026-2031
El Consejo de Ministros ha autorizado un contrato de servicios de revisión de la seguridad y análisis de la documentación de la seguridad de las presas y balsas de terceros en cuencas intercomunitarias 2026-2031, por un valor estimado de 23.770.278,18 euros.
El contrato se estructura en diez lotes distribuidos entre las distintas demarcaciones hidrográficas y las labores de coordinación técnica.
Los trabajos previstos incluyen inspecciones técnicas sobre el terreno; evaluación del estado estructural y operativo de presas y balsas; revisión de documentación esencial, como planes de emergencia, normas de explotación y clasificaciones de riesgo; así como asistencia técnica y administrativa a las Confederaciones Hidrográficas.
Esta actuación se enmarca en el desarrollo de las Normas Técnicas de Seguridad de Presas y Embalses y permitirá reforzar las tareas de supervisión y control de estas infraestructuras.
La autorización de este nuevo contrato da continuidad a los trabajos desarrollados desde 2021, periodo en el que se han realizado más de 1.400 inspecciones de campo, cerca de 1.000 informes de estado y propuestas de actuación y más de 1.500 recopilaciones de información técnica.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
REAL DECRETO-LEY POR EL QUE SE DECLARAN DIVERSAS INICIATIVAS Y PROGRAMAS COMO ACONTECIMIENTOS DE EXCEPCIONAL INTERÉS PÚBLICO
En el marco de las efemérides, actividades y proyectos culturales, deportivos, científicos o tecnológicos que tienen lugar en España, algunos de ellos ameritan ser considerados como acontecimientos de excepcional interés público.
El Real Decreto-ley declara 26 nuevas iniciativas como acontecimientos de excepcional interés público, una figura que reconoce su relevancia cultural, deportiva, científica o social y que permite activar incentivos fiscales al mecenazgo previstos en la Ley de Mecenazgo. Esta declaración facilita la implicación de empresas y entidades privadas mediante deducciones fiscales y bonificaciones tributarias para apoyar proyectos repartidos por todo el territorio, desde aniversarios culturales y festivales de referencia hasta grandes eventos deportivos, científicos o sociales. Entre ellos destacan el Bicentenario de Goya, el IX Centenario del nacimiento de Averroes, el Trío de Eclipses 2026-2028, el aniversario del Teatro Real, el Festival de Sitges o el viaje apostólico del Papa León XIV a España.
El texto incorpora además otras medidas de interés general. Por un lado, se amplía el plazo previsto en la Ley de Patrimonio Histórico para completar el inventario de bienes muebles de instituciones eclesiásticas, una herramienta esencial para proteger y evitar la pérdida o dispersión del patrimonio histórico. También se incluye el régimen fiscal aplicable a la final de la UEFA Champions League Masculina 2027 que se celebrará en Madrid. Todo ello responde a la necesidad de que estos programas y medidas puedan desplegarse ya durante 2026 y desarrollarse conforme a los calendarios previstos.
Las 26 iniciativas declaradas como AEIP son:
- La celebración del 30º aniversario de la reapertura del Teatro Real.
- La celebración del 50º aniversario del Festival de Teatro Clásico de Almagro.
- La celebración del 10º aniversario del Mad Cool Festival.
- La celebración de "Jerez de la Frontera, Capital Española de la Gastronomía 2026".
- La conmemoración del «Bicentenario del fallecimiento de Francisco de Goya (1828 - 2028)».
- La celebración del 75º aniversario del Festival Internacional de Santander.
- La conmemoración del «Centenario del Nacimiento de D. José Manuel Caballero Bonald».
- La celebración del 15º aniversario del Festival PortAmérica.
- La celebración del 30º aniversario del Sonorama Ribera.
- La celebración del 60º aniversario del Festival Internacional de Jazz de Barcelona.
- La celebración del 120º aniversario del Palau de la Música.
- La conmemoración del «Centenario del nacimiento de Josep Guinovart».
- La celebración del 45º aniversario del Comic Barcelona.
- La celebración del 65º aniversario del Festival de Cante de las Minas de la Unión.
- La celebración del 60º aniversario del Festival de Sitges.
- El Programa de "Alicante Puerto de Salida de la Vuelta al Mundo a Vela".
- El Programa "The Ocean Race Atlantic-New York-Barcelona".
- El Programa de "Camino a la Ryder Cup 2031".
- El Viaje Apostólico de Su Santidad el Papa León XIV a España
- Centenario de la botadura y entrega a la armada del buque escuela "JUAN SEBASTIÁN DE ELCANO".
- La conmemoración del «IX Centenario del nacimiento de Averroes»
- La celebración del "Trio de Eclipses 2026-2027-2028".
- El "Año de Investigación contra el Cáncer 2026 - Investigamos para otra oportunidad".
- La celebración del "Valencia Digital Summit"
- El programa «Mundo Voluntario 2030 / 40.º Aniversario Plataforma del Voluntariado de España»
- "Un futuro mejor para la infancia y la adolescencia".
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
COMISIONES NACIONALES PARA LA CONMEMORACIÓN DEL IX CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE AVERROES, DEL CENTENARIO DE LA GENERACIÓN DEL 27 Y DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DE GOYA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del IX Centenario del nacimiento de Averroes y por el que se modifican el Real Decreto 53/2026, de 28 de enero, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del Centenario de la Generación del 27, y el Real Decreto 71/2026, de 4 de febrero, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del Bicentenario del fallecimiento de Francisco de Goya.
El proyecto de real decreto tiene por objeto la creación y regulación del funcionamiento de la Comisión Nacional para la conmemoración del IX Centenario del nacimiento de Averroes, para impulsar y coordinar las distintas actividades que lleve a cabo la Administración General del Estado en relación con este acontecimiento y, en su caso, otras Administraciones públicas, entidades públicas y privadas y particulares que participen en ella.
Asimismo, por un lado, se modifica el Real Decreto 53/2026, de 28 de enero, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del Centenario de la Generación del 27 introduciendo un nuevo ordinal, el artículo 5.1.a, para contar en su Pleno con la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.
Por otro lado, se modifica el artículo 1.1 del Real Decreto 71/2026, de 4 de febrero, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del Bicentenario del fallecimiento de Francisco de Goya, a fin de establecer la Presidencia de Honor de Sus Majestades los Reyes en la citada Comisión, dotándola así del máximo nivel institucional.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
APOYO PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS FINALES DE LA UEFA CHAMPIONS LEAGUE FEMENINA 2028 EN BILBAO Y MASCULINA 2029 EN BARCELONA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que el Gobierno de España apoya la solicitud de la Real Federación Española de Fútbol, para que la ciudad de Bilbao y el estadio del Athletic Club sean sede de la Final de la UEFA Champions League Femenina 2028, y la ciudad de Barcelona y el estadio del Fútbol Club Barcelona sean sede de la Final de la UEFA Champions League Masculina 2029.
Las finales de las competiciones de la UEFA trascienden lo meramente deportivo y se proyectan como un acontecimiento global que da visibilidad a la ciudad que las alberga.
La Real Federación Española de Futbol ha solicitado el apoyo del Gobierno español para la celebración de la Final de la UEFA Champions League Femenina 2028 en Bilbao, así como la celebración de la Final de la UEFA Champions League Masculina 2029 en Barcelona, dicha solicitud cuenta con el apoyo del Ayuntamiento de Barcelona y de la Generalitat de Catalunya.
Dado el interés de que estas finales se celebren en nuestro país, el Gobierno manifiesta su apoyo a la celebración de las mismas. A este respecto, las "Bases de Licitación" elaboradas por la UEFA exigen que los poderes públicos otorguen una serie de garantías en relación con diversos aspectos: propiedad intelectual e industrial, aduanas, exenciones comerciales, expedición de visados, imposición directa e IVA, etc.
Las actuaciones y medidas contempladas en este Acuerdo se llevarán a cabo con los medios personales disponibles, sin que ello pueda suponer incremento alguno de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
INTERCAMBIO Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INFORMACIÓN CLASIFICADA ENTRE ESPAÑA Y ARGENTINA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo entre el Reino de España y la República de Argentina para el intercambio y protección recíproca de información clasificada.
El Acuerdo entre el Reino de España y la República de Argentina para el intercambio y protección recíproca de información clasificada tiene por finalidad garantizar la protección de la información clasificada generada o intercambiada entre las Partes, o por personas físicas o jurídicas bajo la jurisdicción de cualquiera de las Partes.
La firma del Acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, en concreto en el campo de la industria de la defensa y el armamento.
El Acuerdo constituye así un instrumento jurídico esencial que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales bilaterales en este sector. Desde el punto de vista de la repercusión económica, la aplicación del Acuerdo con Argentina no genera incremento del gasto público.
Defensa
VESTUARIO DE COMBATE PARA EL EJÉRCITO DE TIERRA
El objeto del acuerdo marco es la adquisición de vestuario de combate para el Ejército de Tierra, necesario para dotar al personal militar de material adecuado para desempeñar sus cometidos de instrucción y adiestramiento en territorio nacional y su posterior despliegue en Zona de Operaciones, cumpliendo con los compromisos exigidos a España en Organizaciones Internacionales.
El acuerdo marco tendrá un valor estimado de 13.610.400 euros y una duración de tres años desde su perfección.
Hacienda
ATENCIÓN A DAÑOS EN VARIAS CCAA POR DISTINTOS FENÓMENOS METEOROLÓGICOS
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 48.476.557,44 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para atender daños en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, La Rioja, Murcia y en la ciudad de Ceuta.
La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, solicitó un crédito extraordinario con el fin de posibilitar la convocatoria de subvenciones previstas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de febrero de 2026 por el que se declara "Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" el territorio afectado como consecuencia de las inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, por importe de 48,5 millones de euros.
El apartado tercero del referido ACM describe un régimen de ayudas a entidades locales para la recuperación de la zona siniestrada, en el que se establece que: "A los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el apartado primero que ejecuten los ayuntamientos, los consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, de los consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, se les aplicará la tramitación de urgencia (…) y se les podrá conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste, excluidos de estas ayudas los trabajos llevados a cabo con medios propios no personificados de la entidad local, ya sean materiales, maquinaria o personal".
Para hacer frente a estas emergencias, y según consta en la memoria económica que acompaña al expediente, las necesidades para el año 2026 para atender la convocatoria de subvenciones del Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de febrero de 2026 asciende a una cuantía de 48.476.557,44 euros. Para dicha estimación se ha partido de la premisa de que la convocatoria se publicará en el segundo trimestre de 2026 y la resolución de asignación estará publicada en el Boletín Oficial del Estado en el tercer trimestre de 2026.
Adicionalmente, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática ha solicitado que el Consejo de Ministros, conforme a lo establecido por al artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, autorice los límites y el número de anualidades para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros (anualidades 2027 a 2031), en relación con esta convocatoria de subvenciones (expediente 90CF/26).
Por todo lo expuesto, para dar cumplimiento a dicho gasto se precisó autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario, imputándose a la aplicación presupuestaria de nueva creación 'Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular. Declaraciones ZAGEPC 2026', por un importe total de 48.476.557,44 euros, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
Hacienda
FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL RELACIONADAS CON LA ASIGNACIÓN DEL IRPF
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 249.599,58 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
La Dirección General de Servicios solicita un suplemento de crédito con el fin de financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con alta en la aplicación presupuestaria 'Actividades de interés general consideradas de interés social reguladas por el artículo 2 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio', por un importe de 249.599,58 euros.
La Disposición adicional septuagésima segunda de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026, establece que el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2023 (entendiéndose también aplicable al ejercicio 2026 en virtud de la prórroga) correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.
Este precepto establece, además, que la cuantía total asignada en los presupuestos del año 2023, prorrogados para el año 2026, para actividades de interés general consideradas de interés social se distribuye aplicando los siguientes porcentajes: el 77,72% al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, el 19,43% al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el 2,85% al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD). Estos porcentajes serán de aplicación sobre la liquidación definitiva practicada en el propio ejercicio.
Según certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de fecha 22 de abril de 2026, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales como consecuencia de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas devengado en el periodo impositivo 2024 alcanza la cifra de 567.985.890,43 euros, ascendiendo el 2,85% de tal cantidad a 16.187.597,88 euros.
El Ministerio para la Transición Ecológica pretende destinar los fondos en el presente ejercicio a la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la investigación científica y técnica y protección al medio ambiente. Conforme a la Orden TED/898/2023, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las citadas ayudas, modificada por la Orden TED/586/2025, de 30 de mayo, dentro de los gastos susceptibles de financiación se contemplan gastos de material inventariable, necesarios para un adecuado desarrollo de los proyectos por parte de las entidades beneficiarias de las ayudas, los cuales deben financiarse con cargo al capítulo 7 de gastos y cuya cuantía se ha estimado en 250.000 euros.
Dado que la cuantía total dotada para tal fin en el presente ejercicio en la aplicación presupuestaria 'Actividades de interés general consideradas de interés social reguladas por el artículo 2 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio' asciende a 400,42 euros, la necesidad de crédito generada asciende a 249.599,58 euros.
Por los motivos indicados, el centro gestor consideró necesario tramitar el presente expediente de suplemento de crédito, por el referido importe, encontrándose en tramitación paralelamente un expediente de ampliación de crédito por la cuantía restante, correspondiente a los gastos para actividades de interés general consideradas de interés social que deben abonarse con cargo al capítulo 4 'Transferencias corrientes' del presupuesto de gastos del Departamento.
En consecuencia, ha sido preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito, imputándose a la aplicación presupuestaria mencionada anteriormente, por un importe total de 249.599,58 euros.
Hacienda
AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA ATENDER DIVERSAS CATÁSTROFES Y FINANCIAR ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL RELACIONADAS CON LA ASIGNACIÓN DEL IRPF Y SOCIEDADES
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 19,6 millones de euros para atender diversas catástrofes naturales y financiar diversas actividades de interés social relacionadas con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre Sociedades.
La asignación de Fondo de Contingencia que se contempla en este acuerdo tiene como finalidad la financiación de las siguientes modificaciones de crédito:
- Ampliación de crédito en el Ministerio del Interior para atender la concesión de ayudas a entidades locales, a empresas privadas y a familias e instituciones sin fines de lucro como consecuencia de situaciones de emergencia motivada por siniestros, catástrofes u otras de reconocida urgencia, por un importe de 4.744.548,83 euros.
Con estos créditos se atenderán los gastos derivados de:
- La borrasca Filomena: como consecuencia de los graves sucesos acaecidos durante el mes de enero de 2021 en diversas comunidades autónomas, fue aprobado el Real Decreto-ley 10/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por la borrasca 'Filomena'. A los efectos de cubrir las necesidades presupuestarias de 2026 para paliar los daños causados por la borrasca, se solicita una ampliación de crédito por un importe de 651.814,66 euros.
- Otras catástrofes: durante los últimos años se han producido situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica asociadas a lluvias torrenciales, tormentas, inundaciones, desbordamientos de cauces, desprendimientos, incendios forestales, nevadas y tornados, entre otras, que han motivado la presentación de solicitudes de ayudas con base en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión. Para atender los citados acontecimientos catastróficos se han estimado unas necesidades para el año 2026 de 4.092.734,17 euros.
Por todo lo expuesto, con el fin de hacer frente al señalado gasto, se consideró preciso disponer de una cuantía total de 4.744.548,83 euros, financiándose con cargo al Fondo de Contingencia.
Ampliación de crédito en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, por un importe de 14.926.152,94 euros.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2026, establece que el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.
La norma establece, además, que la cuantía total asignada en los presupuestos de 2023, prorrogados para 2026, para actividades de interés general consideradas de interés social se distribuye aplicando los siguientes porcentajes: el 77,72% al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, el 19,43% al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el 2,85% al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Estos porcentajes serán de aplicación sobre la liquidación definitiva practicada en el propio ejercicio.
Según certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de fecha 22 de abril de 2026, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales como consecuencia de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas devengado en el periodo impositivo 2024 alcanza la cifra de 567.985.890,43 euros, ascendiendo el 2,85% de tal cantidad a 16.187.597,88 euros. Dado que la cuantía total dotada para tal fin en el presente ejercicio es de 3.595.050,42 euros, la necesidad de crédito asciende a 12.592.547,46 euros. De este importe, una cuantía de 249.599,58 euros se corresponde con un expediente de suplemento de crédito que incrementa la aplicación presupuestaria 23.12.451O.785 en esta cantidad.
Adicionalmente, también por certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de fecha 22 de abril de 2026, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales como consecuencia de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades presentadas en el ejercicio 2024 y las del ejercicio 2023 no incluidas en el certificado anterior, alcanza el importe de 124.621.917,21 euros, ascendiendo el 2,85% de tal cantidad a 3.551.724,64 euros. Dado que la cuantía total dotada para tal fin en el presente ejercicio es de 968.519,58 euros, la necesidad de crédito asciende a 2.583.205,06 euros.
Por todo lo anterior, con el fin de hacer frente al señalado gasto, se consideró preciso financiar con cargo al Fondo de Contingencia una cuantía de 14.926.152,94 euros.
Hacienda
AYUDAS POR DAÑOS EN VIVIENDAS CAUSADOS POR LA DANA
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 1.204.846,69 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para financiar los gastos del encargo a TRAGSATEC de tramitación de expedientes de ayudas en daños en viviendas y enseres causados por la DANA de 2024.
La DANA que afectó a amplias zonas de España, especialmente en la Comunitat Valenciana, entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, provocó un gran número de víctimas mortales y daños materiales en municipios, carreteras, puentes y otras vías.
En este sentido, y con objeto de adoptar medidas urgentes de respuesta ante los daños causados se publicó el Real Decreto-Ley 6/2024, de 5 de noviembre, cuyo artículo 5 habilita al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para la concesión de subvenciones a las entidades locales relacionadas en el anexo de este Real Decreto-ley para ejecutar los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el artículo 1, que tengan por objeto la realización de obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal, provincial o insular, incluyéndose en todo caso las obras de reparación, restitución o reconstrucción de la red viaria.
También habilita la concesión de importantes ayudas directas a ciudadanos y empresas que, en el caso de las ayudas personales, llegan a cuadruplicar las cuantías previstas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.
Adicionalmente, con fecha 7 de noviembre de 2024, se publica la Orden PJC/1222/2024, de 6 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024, por el que se declara "Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" el territorio damnificado como consecuencia de la DANA. En dicha Orden se establece que las ayudas se regirán por el procedimiento regulado en los artículos 7 a 14 del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo.
En línea con lo anterior, resulta procedente formalizar por vía de tramitación ordinaria un encargo a la empresa pública TRAGSATEC, dentro del ámbito de competencias del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, cuyas tareas se encuentran divididas en tres bloques:
- Gestión de centro de atención al usuario, para la asistencia a los solicitantes de ayudas.
- Gestión de los expedientes de ayuda, incluyendo aquí los trabajos de revisión de la documentación asociada al expediente en todas sus fases, así como la elaboración de las propuestas de resolución, realización de la solicitud de reintegros y tramitación de recursos que se interpongan.
- Mantenimiento de la aplicación informática diseñada para la gestión de los expedientes y que se utilizará conjuntamente con la aplicación SIGAY.
Se estima una duración de dicho encargo de 6 meses a contar desde el día siguiente a la comunicación del encargo al medio propio TRAGSATEC y un importe máximo de ejecución, con cargo al ejercicio presupuestario 2026, de 3.245.566,84 euros.
Dado que el crédito disponible, a fecha 13 de abril de 2026, en la aplicación presupuestaria 22.02.929D.227.06, a nivel de vinculación, es de 2.040.720,15 euros, se produce una necesidad presupuestaria de 1.204.846,69 euros que se pretende suplir con la presente modificación presupuestaria.
Por todo lo anterior, ha sido preciso solicitar la autorización para la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, para afrontar los gastos correspondientes al Encargo referido anteriormente, por importe total de 1.204.846,69 euros, de conformidad con lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Hacienda
CONSTRUCCIÓN DE UN ANIMALARIO DE CONTENCIÓN BIOLÓGICA
El Consejo de Ministros ha autorizado una transferencia de crédito por importe de 1.372.541 euros al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la construcción de un animalario de contención biológica de nivel 3, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Como consecuencia de los compromisos adquiridos en la construcción del animalario de nivel de contención biológica (NCB) 3, en el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete (Madrid), la aplicación presupuestaria 21.50.41CB.690.01 presentaba un déficit de 1.372.541 euros.
La transferencia se tramita para dar cumplimiento a los hitos y objetivos vinculados al Componente 03 "Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero", Inversión 02 "Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (I)" (hitos 49 y 421) establecidos en el Plan de Recuperación.
La presente modificación de crédito corresponde autorizarla, a propuesta del Ministro de Hacienda, al Gobierno, según lo establecido en el artículo 9.1.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026, así como en el artículo 38 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Hacienda
MODIFICADOS LÍMITES DE GASTO PARA BECAS DE TURESPAÑA
El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, conforme al artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para permitir al Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) atender las obligaciones derivadas de sus convocatorias de becas de prácticas profesionales.
La Orden ICT/885/2018, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de becas del Instituto de Turismo de España para la realización de prácticas profesionales, constituye el marco en el que se conceden becas para el desarrollo de actividades formativas en la red de Consejerías de Turismo en el exterior o en los servicios centrales de Turespaña y la Secretaría de Estado de Turismo, con el fin de lograr una mayor cualificación y formación de los recursos humanos del sector turístico español, así como un mejor conocimiento de los mercados emisores de turistas internacionales y los atributos diferenciales que conforman la identidad de la marca España.
La última convocatoria, correspondiente al periodo 2024/2025, se resolvió el 16 de diciembre de 2024 y la incorporación de los beneficiarios se produjo a lo largo de 2025. Posteriormente, el 18 de diciembre de 2025, la presidencia de Turespaña resolvió prorrogar la duración de las becas en 12 meses, en virtud del apartado 23.2 de la convocatoria, hasta el 31 de enero de 2027.
Con objeto de continuar contribuyendo a la formación de los recursos humanos en el sector, Turespaña prevé convocar en 2026 nuevas becas para prácticas profesionales, lo que permitiría la incorporación de los beneficiarios el 1 de marzo de 2027 por un plazo de 12 meses.
Teniendo en consideración lo anterior, el gasto previsto en 2027 incluirá, por una parte, el pago de las dos últimas mensualidades de las becas prorrogadas actualmente en ejecución, y, por otra, el anticipo del 10% y las primeras diez mensualidades de los nuevos becarios que se incorporen en marzo de ese año, así como los gastos en Seguridad Social.
Las nuevas necesidades de crédito descritas anteriormente en la aplicación presupuestaria 'Becas para alumnos de turismo', desglosadas por ejercicio presupuestario, son las que se detalla a continuación (importes en euros):
| Nueva convocatoria de becas (12 meses) | ||||
| Convocatoria actual (prórrogas) Anualidad 2027 | Convocatoria 2027 Anualidad 2027 (Anticipo+10meses) | Total 2027 | Convocatoria 2027 Anualidad 2028 (2 meses) | |
| Importe bruto | 174.000,00 | 1.053.941,35 | 1.227.941,35 | 185.989,65 |
| Gastos seguridad social | 6.000,00 | 25.920,00 | 31.920,00 | 8.640,00 |
| TOTAL | 180.000,00 | 1.079.861,35 | 1.259.861,35 | 194.629,65 |
Como consecuencia, el ejercicio 2027 concentrará un mayor volumen de gasto al incluir tanto las últimas mensualidades de las becas prorrogadas como los anticipos y primeros pagos de la nueva convocatoria, junto con los costes de Seguridad Social. El gasto total previsto asciende a 1.259.861,35 euros en 2027 y 194.629,65 euros en 2028.
Por todo lo anterior, se solicitó la autorización del Consejo de Ministros para fijar nuevos límites de compromiso plurianual (113,88% del crédito inicial en 2027 y 17,60% en 2028) y modificar los límites a los que se refiere la Ley General Presupuestaria, en el ejercicio 2027, según lo previsto en el apartado 3 del mismo artículo, en los siguientes términos:
| Año | Límite de compromiso máximo a adquirir (€) | ||
| 2027 | 1.259.861,35 | ||
| 2028 | 194.629,65 |
Hacienda
TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA ENTRE MADRID Y VALENCIA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifica el número de anualidades establecido en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible licitar un contrato de concesión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera entre Madrid y Valencia.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril (DGTCF), solicitó autorización para modificar el número de anualidades para la citada finalidad.
El Consejo de Ministros, en su sesión de fecha 5 de mayo de 2026, adoptó el acuerdo por el que aprueba el proyecto de establecimiento del servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera entre Madrid y Valencia.
En este sentido, el servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera a licitar considera las relaciones entre las ciudades de Madrid, Cuenca y Valencia, así como de Madrid con las principales poblaciones turísticas de las provincias de Valencia y de Castellón.
También incluye las relaciones entre las ciudades y poblaciones de Madrid y Guadalajara con Teruel y de estas últimas con Valencia, así como la relación entre Ciudad Real con Valencia y entre Albacete y Valencia.
El nuevo servicio favorece la conectividad entre las comarcas limítrofes de La Plana de Utiel-Requena (provincia de Valencia) y La Manchuela conquense, la Serranía Baja de Cuenca y el Rincón de Ademuz (provincia de Valencia), El Alto Palancia (provincia de Castellón) y Gúdar-Javalambre (provincia de Teruel). También de la comarca del Señorío de Molina (Guadalajara) y Teruel. Dicho servicio se compondrá de, al menos, 22 rutas, resultando un recorrido anual total mínimo de 4.922.812 vehículos-kilómetro.
En la memoria de la concesión se exponen los criterios seguidos para obtener los costes estimados para la prestación del servicio. Asimismo, se fija la duración del contrato en ocho años, contados desde su formalización, siendo el periodo previsto entre el 1 de septiembre de 2027 y el 31 de agosto de 2035.
El importe del presupuesto base de licitación del contrato es de 1.920.322,18 euros, de manera que las obligaciones económicas derivadas de la ejecución de este serán atendidas con el siguiente desglose de anualidades, atendiendo al plazo de ejecución previsto:
| Anualidad | Importe compensación (€) | Anualidad | Importe compensación (€) | |
| 2027 | 45.105,25 | 2032 | 249.323,59 | |
| 2028 | 195.662,00 | 2033 | 252.715,31 | |
| 2029 | 238.902,14 | 2034 | 256.349,82 | |
| 2030 | 242.249,41 | 2035 | 194.517,60 | |
| 2031 | 245.497,06 | Total | 1.920.322,18 |
Hay que tener presente que al importe de la anualidad de 2027 (45.105,25 euros) hay que añadir 139.944,64 euros proveniente de crédito ya comprometido, con lo que el importe para dicho ejercicio asciende a 185.049,89 euros.
A la vista de cuanto antecede, la DGTCF ha incoado este expediente de solicitud de autorización para la modificación del número de anualidades para adquirir compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros en la aplicación 'Transporte regular de viajeros por carretera. Obligaciones de Servicio Público', según se recoge a continuación:
| Año | Compromiso máximo a adquirir |
| 2027 | 185.049,89 |
| 2028 | 195.662,00 |
| 2029 | 238.902,14 |
| 2030 | 242.249,41 |
| 2031 | 245.497,06 |
| 2032 | 249.323,59 |
| 2033 | 252.715,31 |
| 2024 | 256.349,82 |
| 2035 | 194.517,60 |
Por todo ello, conforme al artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se solicitó autorización del Consejo de Ministros para elevar el número de anualidades, alcanzando el total de las mismas de 2027 a 2035, ambas inclusive, correspondiendo sus importes a los expresados en la tabla precedente.
Hacienda
CONVENIOS CON CEUTA Y MELILLA PARA PROGRAMAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA E INSERCIÓN LABORAL
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la adquisición de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la celebración y ejecución de convenios con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla para el desarrollo de programas de acciones de compensación educativa e inserción laboral.
Los convenios entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las ciudades de Ceuta y Melilla para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas, tienen como propósito la consecución de los objetivos siguientes:
A) Asegurar los recursos necesarios para la adopción de medidas dirigidas a que el alumnado en situación de desventaja social y que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria por una escolarización tardía o irregular, por desconocimiento del idioma castellano, por condiciones personales o por cualquier otra circunstancia, permanezca escolarizado de forma regular y pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos, con carácter general, para todo el alumnado.
B) Contribuir a la reincorporación a la enseñanza básica o a la formación profesional de jóvenes y adultos desfavorecidos, con problemas de exclusión social y laboral y que carezcan de una formación básica.
C) Combatir el absentismo escolar a fin de garantizar el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos del alumnado más desaventajado en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Para continuar con estas actuaciones, se requiere la celebración de una adenda de prórroga y modificación del convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Ciudad de Ceuta, suscrito el 17 de diciembre de 2025, y un nuevo convenio con la Ciudad de Melilla para dar cobertura al curso 2026/2027.
El importe de ambos instrumentos asciende a un total de 767.429,66 euros, para la Ciudad de Ceuta, y 775.346,22 euros, para la Ciudad de Melilla. De dichos importes, las cuantías que se imputan a la aplicación presupuestaria 'Convenios con las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para el desarrollo de programas de acciones de compensación educativa e inserción laboral' en la anualidad 2027 son:
| Convenios | 2027 |
| Ciudad de Ceuta | 117.910,00 |
| Ciudad de Melilla | 117.910,00 |
| TOTAL | 235.820,00 |
Dado que la aplicación presupuestaria afectada carece de crédito inicial, se ha solicitado la autorización de Consejo de Ministros para adquirir compromisos de gasto en la anualidad 2027 de acuerdo con lo previsto en la Ley General Presupuestaria, por un importe máximo de 235.820 euros.
Hacienda
EL CONSEJO DE MINISTROS AUTORIZA A CASTILLA Y LEÓN A FORMALIZAR OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO
El Consejo de Ministros ha autorizado a Castilla y León a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo por un importe máximo de 130 millones de euros.
Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y el artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
En este sentido, si bien el nominal de las operaciones de deuda a largo plazo que pretende concertar esta comunidad en 2026 se cifra en 201 millones de euros, el desembolso previsto en este ejercicio es de 71 millones de euros, cifra que ya se encuentra autorizada mediante el acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de febrero de 2026. Por tanto, es preciso incrementar en 130 millones de euros la autorización del volumen de financiación a formalizar en 2026.
Esta autorización podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.
Transportes y Movilidad Sostenible
OBRAS DE MEJORA EN LA LÍNEA C-5 CERCANÍAS MADRID
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a licitar, a través de Adif, dos contratos que contemplan actuaciones para la renovación y mejora de la C-5 de Cercanías Madrid con una inversión conjunta que asciende a casi 155 millones de euros (IVA no incluido).
Los dos contratos forman parte del Plan de renovación en la línea C-5, para modernizar la línea, aumentar su capacidad y mejorar la accesibilidad. Este Plan de Actuación de la C-5 cuenta con una inversión total de 1.350 millones de euros, de los cuales unos 650 millones de euros corresponden a Adif, que ejecuta 28 actuaciones para la mejora de la infraestructura, y 700 millones de euros corresponden a Renfe, fundamentalmente para la compra de nuevos trenes y la construcción y adecuación de talleres.
Con la autorización de ambos contratos, se moviliza una inversión con el objetivo de poner en marcha nuevas actuaciones en el marco de este plan de renovación integral de la C-5. Esta línea registra el mayor volumen de pasajeros de las Cercanías de Madrid y el pasado año fue utilizada por 72 millones de personas.
Mejora de túneles
Por un lado, el Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de un contrato de 84,7 millones de euros (IVA no incluido) para acometer actuaciones que mejorarán y aumentarán la seguridad en caso de evacuación en los túneles de la línea C-5 de Cercanías de Madrid.
Los trabajos, que se realizarán sin afectar a la circulación ferroviaria, se desarrollarán en los túneles de Atocha-Las Águilas, Méndez Álvaro, Doce de Octubre y Puente Alcocer.
En concreto, el contrato incluye dos proyectos: el de obra civil para la adaptación de los túneles de la línea y el de las instalaciones de protección civil y seguridad. Con el fin de minimizar el tiempo total de ejecución y simplificar los trabajos, se ha diseñado el plan de obra de forma conjunta, lo que permitirá optimizar el número de equipos y evitar que actuaciones de un proyecto puedan interferir o ralentizar las del otro. De esta forma, las actividades en cada túnel están relacionadas, incluyendo tanto las de obra civil como las de instalaciones de protección civil y seguridad.
Las obras, que ejecutará Adif compatibilizándolas con el tráfico ferroviario, se desarrollarán en los siguientes cuatro túneles:
- Túnel Atocha-Las Águilas, en el tramo entre Atocha Cercanías y Móstoles-El Soto. A lo largo de sus 9,8 kilómetros de longitud cuenta con cinco estaciones (Embajadores, Laguna, Aluche, Maestra Justa Freire-Polideportivo Aluche y Las Águilas) y cuatro salidas de emergencia. Se construirán 12 nuevas salidas de emergencia, dos de las cuales contarán con pozo de ventilación, así como 13 zonas seguras y sus correspondientes accesos desde el túnel.
- Túnel de Méndez Álvaro, en el tramo entre Atocha y Fuenlabrada-Humanes, tiene una longitud de 1,8 kilómetros en el que se localiza la estación de Méndez Álvaro. El proyecto contempla la ejecución de una salida de emergencia y tres zonas seguras con sus correspondientes accesos desde el túnel.
- Túnel de Doce de Octubre, localizado también en el tramo entre Atocha y Fuenlabrada-Humanes, a lo largo de 1,6 kilómetros dispone actualmente de una salida de emergencia y una estación (Doce de Octubre) y se construirán dos zonas seguras con sus accesos.
- Túnel de Puente Alcocer da continuidad a los dos anteriores y a lo largo de sus 2,1 kilómetros de longitud cuenta con la estación de Puente Alcocer. En este túnel se construirán cuatro salidas de emergencia y seis zonas seguras con sus correspondientes accesos.
Además, en los cuatro túneles se instalará alumbrado (pasamanos con iluminación LED integrada) y señalización de emergencia, suministro eléctrico, red de comunicaciones, pasillo de evacuación de plástico reforzado de fibra de vidrio y sistemas anti-intrusión (detección de intrusión, control de acceso no autorizado y CCTV). También se implantarán hidrantes (bocas de incendio) conectadas a la red pública de agua.
En las salidas de emergencia ya existentes en los túneles se colocarán nuevas bandas retroiluminadas y tiras LED, así como ventilación de presurización. Adicionalmente, en el túnel Atocha-Las Águilas, el más largo del recorrido, se realizará la obra civil de tres nuevos pozos de ventilación con sus correspondientes instalaciones (ventiladores, acometidas eléctricas, etc.) y se instalará cable fibroláser para la detección de incendios.
Renovación de señalización
Por otro lado, se ha autorizado la licitación de un contrato por 70,2 millones de euros (IVA no incluido) para la renovación de equipos de señalización ferroviaria en el segundo tramo de la línea C-5 de Cercanías Madrid, el comprendido entre Atocha y Humanes, de 25,2 kilómetros, y sus doce estaciones.
Esta actuación recibe luz verde después de que recientemente se haya licitado otro contrato para realizar esta misma actuación en el otro tramo de la línea entre Móstoles-El Soto y Embajadores (20,7 kilómetros) y sus once estaciones.
El contrato de renovación de la señalización de la C-5 autorizado comprende la instalación de equipos nuevos, de última tecnología y mayores prestaciones, y de los distintos elementos que conforman el sistema de señalización de una línea ferroviaria, que además quedarán listos para una futura implantación del sistema de gestión de tráfico ferroviario más avanzado, el ERTMS nivel 2.
Así, se desplegarán nuevos enclavamientos electrónicos (dispositivos que gestionan en remoto todas las señales de un tramo ferroviario) en las estaciones y se reemplazarán todas las señales laterales por otras nuevas con tecnología LED.
También se instalará un nuevo bloqueo (sistema que garantiza la distancia entre trenes) que permitirá circular en ambos sentidos por sus dos vías, aumentando la capacidad y flexibilidad de la línea. Asimismo, se dotará de nuevos circuitos de vía (sistema que detecta la situación del tren en la vía) y del sistema de gestión de tráfico Asfa Digital.
Para garantizar la alimentación y gestión en remoto de estos equipos y sistemas se tenderá fibra óptica, y un refuerzo de suministro y alimentación eléctrica, además de sistemas de alimentación ininterrumpida de respaldo.
Avance del Plan de Cercanías Madrid
Además de impulsar la renovación de la C-5, los contratos autorizados constituyen un nuevo avance en el desarrollo del Plan de Cercanías Madrid, al sumarse a las decenas de actuaciones de este plan que Adif tiene actualmente y de forma simultánea en marcha.
Entre ellas figuran las destinadas a ampliar la red, como su extensión a Soto del Real o la duplicación del tramo Pinar de Las Rozas las Matas, así como a renovaciones de líneas, como la Cercedilla-Cotos. También las que tienen como fin renovar equipos, como la señalización en los corredores noreste y noroeste; la mejora de estaciones, como la de Alcalá de Henares; o la construcción de otras nuevas, como las de Pinto La Tenería, Parla Norte y Tres Cantos Norte.
Las actuaciones autorizadas contribuyen a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) número 9 (fomento de infraestructuras fiables, sostenibles y de calidad), número 7 (sostenibilidad) y número 11 (ciudades con acceso a transportes sostenibles, seguros y accesibles). Asimismo, podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Educación, Formación Profesional y Deportes
REGULACIÓN DE LA FORMACIÓN PARA EL DESEMPEÑO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establecen las características de la formación sobre competencias para el desempeño de la función directiva en los centros educativos, prevista en la Ley Orgánica de Educación.
La norma desarrolla el artículo 135 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y fija un marco común para los programas de formación dirigidos a las personas que aspiren a ejercer la dirección de centros públicos. Esta formación podrá ser impartida por el Ministerio o por las administraciones educativas de las comunidades autónomas y tendrá validez en todo el territorio nacional.
El real decreto establece que estos programas estarán orientados a la adquisición de las competencias necesarias para el ejercicio de la función directiva y deberán tener una estructura modular. La duración mínima será de 120 horas, sin contar los contenidos o módulos específicos que puedan añadir las administraciones educativas.
Entre los contenidos mínimos se incluyen el marco normativo aplicable a la función directiva, la organización y funcionamiento del centro escolar, el liderazgo pedagógico y de desarrollo de las personas, la participación y convivencia, la intervención estratégica y las orientaciones para elaborar un proyecto de dirección.
Asimismo, las personas participantes deberán elaborar un proyecto de dirección orientado al éxito educativo de todo el alumnado, con objetivos, líneas de actuación e indicadores de seguimiento y evaluación. Este proyecto deberá incorporar contenidos en materia de igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación y prevención de la violencia de género y de las violencias sexuales.
La certificación obtenida tras superar estos programas tendrá validez indefinida en todo el Estado, sin perjuicio de los módulos de actualización que puedan establecer las administraciones educativas. La norma también prevé la equivalencia de las habilitaciones y acreditaciones anteriores, siempre que no haya transcurrido el plazo de ocho años desde su expedición.
Esta regulación contribuye a reforzar el papel de la dirección de los centros como factor clave para la calidad del sistema educativo, desde un modelo de liderazgo compartido, colaborativo y centrado en la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
El real decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2026 y comenzará a implantarse a partir del curso escolar 2026-2027.
Sanidad
MARCO ESTATAL PARA EVALUACIÓN DE TECNOLOGÍAS SANITARIAS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula la evaluación de tecnologías sanitarias (ETS), una norma que establecerá por primera vez en España un marco reglamentario completo, transparente y coordinado para analizar medicamentos, productos sanitarios y otras herramientas utilizadas en el Sistema Nacional de Salud (SNS).
El objetivo de la norma es regular cómo se van a evaluar las tecnologías sanitarias cuando estos análisis -que tendrán carácter preceptivo, pero no vinculante- sirvan para apoyar decisiones públicas sobre financiación, precio, incorporación a la cartera de servicios, modificación de las condiciones de uso o retirada de tecnologías sanitarias.
La futura regulación adapta el sistema español al reglamento de la Unión Europea. Una coordinación que asegura la eficiencia del proceso al prohibir expresamente la duplicidad de evaluaciones clínicas -aquellas centradas en la eficacia y seguridad- que ya se hayan realizado a nivel comunitario, permitiendo centrar los esfuerzos nacionales en determinar el valor añadido y analizar los aspectos no clínicos, como el impacto económico, organizativo, social, ético y ambiental, específicos del contexto español.
Entre las tecnologías que se evaluarán se incluyen medicamentos y productos sanitarios; pruebas diagnósticas -por ejemplo, PCR, test rápidos, pruebas genéticas o herramientas de inteligencia artificial capaces de detectar tumores en radiografías-; procedimientos clínicos -como técnicas quirúrgicas, intervenciones mínimamente invasivas o nuevos métodos de rehabilitación-; terapias digitales -como aplicaciones móviles para controlar la diabetes-; y nuevas formas de organizar la atención sanitaria, como programas de seguimiento remoto de pacientes o sistemas de atención domiciliaria.
El Sistema para la Evaluación de las Tecnologías Sanitarias está integrado por tres pilares fundamentales diseñados para separar la evaluación científica de la decisión política.
1. Consejo de Gobernanza (Consejo de ETS): Es el máximo órgano de dirección del sistema y está integrado en la Secretaría de Estado de Sanidad. Su función es liderar la estrategia de evaluación, supervisar el correcto funcionamiento de todo el modelo y aprobar las directrices técnicas que aseguran que las evaluaciones sean coherentes con las políticas de salud y farmacia.
2. Oficinas para la Evaluación de las Tecnologías Sanitarias: Se establecen dos oficinas independientes con autonomía funcional para realizar las evaluaciones:
- La Oficina para la Evaluación de Medicamentos, configurada como una unidad funcional dentro de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
- La Oficina para la Evaluación de Tecnologías Sanitarias no Farmacológicas, que asume la configuración de la Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (RedETS).
3. Grupo para la Adopción de las Tecnologías Sanitarias (Grupo de Adopción): Actuará como puente entre la evaluación científica y los órganos decisores (como la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos), realizando la valoración final sobre la posición relativa de la tecnología en el esquema terapéutico.
La norma busca también convertir el sistema de evaluación en una herramienta para impulsar la innovación biomédica y reforzar la capacidad estratégica de España en el ámbito sanitario. Con este objetivo, establece un marco más estable, transparente y con plazos definidos, de manera que empresas, centros de investigación y desarrolladores puedan conocer con mayor claridad los requisitos que deberán cumplir y la duración de los procesos de evaluación.
En este contexto, el sistema establece un plazo máximo de 90 días naturales para la elaboración de los informes sobre aspectos clínicos y de otros 90 días naturales para los aspectos no clínicos en el caso de los medicamentos, mientras que las tecnologías sanitarias no farmacológicas contarán con un plazo máximo de evaluación de 180 días. Estos plazos podrán ampliarse cuando sea necesario realizar reevaluaciones.
En el caso de los medicamentos, cuando exista una evaluación clínica conjunta realizada por la Comisión Europea, el informe nacional sobre los aspectos clínicos deberá emitirse en un plazo máximo de 15 días desde su publicación.
Además, el real decreto incorpora la posibilidad de realizar consultas científicas voluntarias entre la Administración y las compañías desarrolladoras antes de que una tecnología llegue al mercado. Estos encuentros permitirán orientar desde fases tempranas la investigación hacia las necesidades reales del Sistema Nacional de Salud y facilitar que los nuevos productos lleguen con la evidencia necesaria para ser evaluados más rápidamente.
La norma también prevé reforzar el uso de datos clínicos obtenidos en la práctica asistencial real -por ejemplo, información sobre cómo funciona un medicamento o una tecnología una vez utilizada en hospitales y centros de salud- para comprobar sus resultados a largo plazo. Esto permitirá revisar periódicamente el valor de las tecnologías ya incorporadas al sistema y, si dejan de aportar beneficios frente a alternativas más eficaces o modernas, recomendar su retirada o sustitución.
En el plano social, la normativa marca un hito al garantizar la participación sistemática de la sociedad civil en todas las etapas de la evaluación. El sistema ya no se limita a un análisis de expertos a puerta cerrada, sino que otorga un papel protagonista a las organizaciones de pacientes y de personas con discapacidad. Esta apertura asegura que la evaluación no solo mida datos clínicos, sino que considere de forma explícita el impacto real en la calidad de vida de los afectados, valorando aspectos clave como la usabilidad de las tecnologías, la facilidad de uso y la eliminación de barreras de accesibilidad que puedan condicionar el éxito de un tratamiento.
Finalmente, el Real Decreto impone las más estrictas garantías de transparencia y ética. Todos los intervinientes, desde los técnicos del sistema hasta los expertos clínicos externos que colaboren puntualmente, están obligados por ley a actuar de manera independiente e imparcial.
Para ello, se establece la obligatoriedad de realizar declaraciones de intereses públicas y anuales, que deberán actualizarse ante cualquier cambio y reiterarse antes de cada reunión de trabajo. La norma es tajante al prohibir que los evaluadores tengan intereses económicos o profesionales en las empresas desarrolladoras (como farmacéuticas o fabricantes de tecnología) que puedan comprometer su objetividad.
En caso de detectarse cualquier conflicto, se aplicarán restricciones de participación rigurosas, asegurando así que el proceso científico sea totalmente autónomo y esté libre de presiones comerciales. Como garantía adicional de control social, tanto el listado de participantes como las actas de las reuniones y los informes finales serán accesibles para toda la ciudadanía.
Con este Real Decreto, se sitúa a España entre los países europeos con un modelo más avanzado de evaluación de tecnologías sanitarias, reforzando la capacidad del SNS para incorporar innovación útil, segura y basada en la evidencia.
Sanidad
DESARROLLO DEL MARCO ESTRATÉGICO DE ATENCIÓN PRIMARIA Y COMUNITARIA
El Consejo de Ministros ha autorizado la propuesta de distribución territorial de 172.425.000 euros destinados a las comunidades autónomas y al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para reforzar la Atención Primaria y Comunitaria durante el ejercicio presupuestario de 2026.
La medida permitirá continuar desarrollando las actuaciones previstas en el Marco Estratégico de Atención Primaria y Comunitaria (MAPyC) y consolidar las líneas de trabajo recogidas en el Plan de Acción de Atención Primaria y Comunitaria 2025-2027.
El acuerdo da continuidad al compromiso del Gobierno con el fortalecimiento estructural, organizativo y funcional de la Atención Primaria, considerada un eje esencial del Sistema Nacional de Salud.
Entre las actuaciones financiadas destacan la ampliación de procedimientos diagnósticos accesibles desde Atención Primaria, la optimización de procesos administrativos, el impulso de herramientas de inteligencia artificial orientadas a la transcripción conversacional en consulta y la renovación de infraestructuras y equipamientos clínicos.
Asimismo, los créditos permitirán reforzar la capacidad diagnóstica de infecciones de transmisión sexual, impulsar programas de salud comunitaria y escuelas de salud para la ciudadanía, avanzar en sistemas de notificación de incidentes relacionados con la asistencia sanitaria y promover revisiones estructuradas y seguras de la medicación en personas con enfermedades crónicas complejas y polimedicación.
El Plan de Acción 2025-2027 también contempla medidas específicas para la detección temprana de la violencia de género desde Atención Primaria, la implementación de recomendaciones de humanización de la asistencia al nacimiento y la lactancia, así como actuaciones orientadas a la prevención de la exposición al alcohol durante el embarazo y la lactancia.
Los criterios de distribución territorial de los fondos se basan principalmente en la población protegida equivalente, con ponderación adicional de variables geográficas como superficie, dispersión e insularidad. El acceso al 100 % de los créditos condicionados estaba vinculado al cumplimiento de compromisos en recursos humanos y estabilidad docente; y, tras verificar que las comunidades autónomas de régimen común y el INGESA cumplen con los 4 requisitos, todas han sido autorizadas para recibir la totalidad de esos fondos en este ejercicio.
Con esta inversión, se persigue una Atención Primaria más resolutiva, accesible y adaptada a los retos actuales y futuros del Sistema Nacional de Salud, reforzando su capacidad de respuesta desde una perspectiva comunitaria, preventiva y centrada en las personas.
La financiación se distribuirá a través de dos aplicaciones presupuestarias:
Partida 26.04.313B.456: 85,3 millones de euros

Además de la distribución de 84.986.352 euros a las CCAA, se transferirá al INGESA la cantidad de 314.372 euros, para financiar a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Partida 26.04.313B.750: 87.124.000 euros

Además de la distribución de 86.801.588 euros a las CCAA, se transferirá al INGESA la cantidad de 321.372 euros, para financiar a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Sanidad
AMPLIACIÓN DE LA CARTERA COMÚN DE SERVICIOS DE SALUD BUCODENTAL
El Consejo de Ministros ha autorizado la propuesta de distribución territorial de los créditos gestionados por las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para impulsar la ampliación de la cartera común de servicios de salud bucodental en el Sistema Nacional de Salud (SNS), por un importe total de 60.058.000 euros.
La medida tiene como objetivo continuar incrementando la cobertura de atención bucodental en los colectivos priorizados e iniciar la incorporación progresiva de las personas mayores de 65 años como nuevo grupo beneficiario de estas prestaciones.
La Organización Mundial de la Salud estima que más de 3.500 millones de personas padecen enfermedades bucodentales, siendo una de las afecciones no transmisibles más prevalentes a nivel mundial. Además, numerosos estudios muestran la estrecha relación entre la situación socioeconómica y la prevalencia de estas patologías.
En España, la ampliación de la cartera común de servicios de salud bucodental forma parte de las líneas estratégicas acordadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para reforzar la equidad en el acceso a las prestaciones sanitarias. El plan prioriza especialmente a la población infantil y juvenil, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y pacientes con procesos oncológicos cervicofaciales.
En el último año, este despliegue ha permitido alcanzar una cobertura del 30,4% en la población infantojuvenil (lo que supone un incremento de 5,2 puntos respecto al año anterior) y del 25% en el colectivo de mujeres embarazadas. Asimismo, tras iniciar en 2025 la incorporación de los mayores de 65 años, este grupo ya registra una cobertura inicial cercana al 3%, cifra que se busca potenciar con la nueva inversión aprobada.
El acuerdo aprobado contempla que el 10% de los fondos se distribuya atendiendo al peso poblacional de las personas mayores de 65 años en cada comunidad autónoma e INGESA, mientras que el 90% restante se destinará a consolidar la atención en los colectivos ya priorizados.
Asimismo, los criterios de distribución incorporan variables ponderadas según los distintos grupos de población atendidos, incluyendo menores de 0 a 14 años, mujeres embarazadas, personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33% y pacientes diagnosticados de procesos oncológicos del territorio cervicofacial.

Del importe total autorizado, 331.437,31 euros corresponden al INGESA, completando así la distribución íntegra de la partida presupuestaria de 60.058.000 euros.
Los fondos deberán ejecutarse hasta el año 2028 y las comunidades autónomas e INGESA deberán remitir información periódica sobre el grado de ejecución y los indicadores de cobertura y actividad asociados al programa.
Con esta iniciativa, se continúa avanzando en la ampliación progresiva de prestaciones públicas orientadas a mejorar la prevención, el diagnóstico precoz y la atención bucodental, reforzando la cohesión y la equidad territorial en el Sistema Nacional de Salud.
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
REGULACIÓN DE LA JUBILACIÓN FLEXIBLE
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico de la jubilación flexible y otros aspectos comunes a las modalidades de compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo, y se modifica el régimen de la jubilación demorada.
En lo referente a la jubilación flexible, el objetivo es facilitar que las personas jubiladas puedan seguir activas laboralmente sin perder completamente su pensión, incentivando así el envejecimiento activo y la permanencia voluntaria en el mercado laboral.
Esta norma, que entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se enmarca en la reforma de pensiones acordada por el Gobierno y los interlocutores sociales y aprobada en 2024, donde se contemplan diferentes incentivos para mejorar la transición del empleo a la jubilación y favorecer la compatibilidad del trabajo y la pensión, la demora voluntaria o, en este caso, el retorno a la actividad laboral.
La jubilación flexible ofrece la posibilidad, a los pensionistas de jubilación que voluntariamente lo deseen, de reincorporarse a la actividad, y compatibilizar el percibo del importe de su pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o, como novedad, con la realización de una actividad por cuenta propia siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.
Además, no será necesario esperar un periodo mínimo desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible. Se podrá acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensión.
También se mejoran los incentivos económicos:
- En el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para la realización de esta jornada se abre a entre el 33% y el 80%. Antes de esta mejora, el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75%.
- La cuantía de la pensión, con relación a la de un trabajador a tiempo completo, se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo. Con el objetivo de incentivar el retorno al mercado de trabajo, cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos 6 meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión. De este modo, las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55 y el 80% incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional; mientras que las que sean igual o superior al 33% pero inferiores al 55% subirán un 15% adicional.
- En el caso del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir un 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.
Durante el periodo de jubilación flexible, el trabajador seguirá teniendo la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social.
Además, el pensionista que haya accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada, cuando regrese a la jubilación plena desde la jubilación flexible, verá mejorada su pensión inicial al recalcularse su base reguladora y el porcentaje aplicable, según el periodo de cotización acreditado.
La nueva regulación se aplicará a todos los regímenes de Seguridad Social, a excepción de los regímenes especiales de los funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Proceso de reformas
Con estas mejoras se completan las reformas iniciadas en 2021 y, en concreto, se desarrolla el acuerdo social tripartito de 2024, que busca flexibilizar el tránsito del empleo a la jubilación y acercar la edad efectiva a la edad legal de jubilación.
Así, los trabajadores que deciden demorar su jubilación más allá de la edad ordinaria han aumentado considerablemente, pasando de suponer el 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. En lo que llevamos de 2026, superan ya el 12% de las altas y suman 15.600 jubilaciones de este tipo, más que en todo 2021.
Además, las jubilaciones anticipadas han pasado de superar el 43% en 2018 al entorno del 30%. Y no solo anticipan menos personas, sino que, además, se anticipa en menos meses. En 2021, el 46% de las jubilaciones anticipadas se daban a la mínima edad permitida (24 meses antes de la edad ordinaria) y el 73% anticipaban la jubilación en más de un año. En 2025, solo el 14,5% de las jubilaciones anticipadas se dan a la menor edad permitida. Además, la proporción de los que anticipan más de un año ha caído al 60%.
Por último, las nuevas jubilaciones activas, que favorecen seguir trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia después de demorar la jubilación, desde su entrada en vigor en abril de 2025 hasta diciembre del mismo año, han aumentado también significativamente y ahora hay 5.602 pensionistas más que en el mismo mes de 2024, hasta 70.467.
Para la Transformación Digital y de la Función Pública
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA EL BUEN USO Y LA GOBERNANZA DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL
El Consejo de Ministros ha aprobado para su remisión al Congreso de los Diputados el proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial.
Con esta norma, que adapta al ordenamiento jurídico español el Reglamento europeo de Inteligencia Artificial (RIA), en vigor desde agosto de 2024, España se dota de un instrumento que permitirá una supervisión humana y un uso confiable de la Inteligencia Artificial.
El proyecto de ley orgánica identifica en España los organismos de supervisión del Reglamento de IA y establece su régimen sancionador. Además, incorpora como novedad una serie de premisas para fomentar que en el sector público estatal se adopte la Inteligencia Artificial.
Marco de gobernanza
Esta ley orgánica establece un marco de gobernanza mediante la designación de autoridades notificantes y autoridades de vigilancia del mercado, encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa. Establece que aquellos productos ya regulados por normas sectoriales, como maquinaria, juguetes, vehículos o productos sanitarios, mantendrán su misma Autoridad notificante y Autoridad de Vigilancia del Mercado, en línea con la propuesta del Reglamento de IA.
El resto de los sistemas no regulados por legislación de producto, como los relativos al empleo, biometría o educación, se atribuyen principalmente a la Agencia de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA), así como a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en función del ámbito a supervisar. También promueve un modelo de colaboración institucional reforzado, incluyendo mecanismos de coordinación entre autoridades y un punto de contacto único para cuestiones de supervisión a través de la AESIA.
Reglamento de IA y nuevos sistemas prohibidos
El Reglamento de IA, una norma pionera en el marco internacional que fue impulsado en el marco de la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea, constituye una norma armonizada de aplicación directa en todos los Estados miembros. Clasifica los sistemas de IA en función de su potencial riesgo para las personas, prohíbe aquellos que tienen un riesgo inaceptable para la seguridad o salud de las personas y establece las obligaciones que deben cumplir el resto para su puesta en servicio o comercialización en el mercado europeo.
A iniciativa de España, con el apoyo de Francia, el pasado 7 de mayo la Unión Europea acordó añadir dos sistemas prohibidos que se suman a los ocho en vigor: prohibir en todo el territorio comunitario la introducción en el mercado, puesta en servicio y el uso de sistemas de Inteligencia Artificial que generen 'deepfakes' sexuales, tras la polémica generada por los desnudos de mujeres y menores creados por Grok, el asistente virtual de la red social X, y que ya a mediados de marzo logró el apoyo de la Unión para ser incluida en la reforma del Reglamento.
Otros ejemplos de sistemas prohibidos son aquellos que:
- Usan técnicas subliminales (imágenes o sonidos imperceptibles) para manipular decisiones sin consentimiento, causando un perjuicio considerable a la persona (adicciones, violencia de género o menoscabo de su autonomía). (Ej: un chatbot que identifica usuarios con adicción al juego y les incita a entrar, con técnicas subliminales, en una plataforma de juego online).
- Explotan vulnerabilidades relacionadas con la edad, la discapacidad o situación socioeconómica para alterar sustancialmente comportamientos de modo que les provoque o pueda provocar perjuicios considerables (Ej: Un juguete infantil habilitado con IA que anima a los niños a completar retos que les producen o pueden producirles daños físicos graves).
- Clasifican con biometría a las personas por raza u orientación política, religiosa o sexual. (Ej: Un sistema de categorización facial biométrica capaz de deducir la orientación política o sexual de un individuo mediante análisis de sus fotos en redes sociales).
- Puntúan a individuos o grupos basándose en comportamientos sociales o rasgos personales como método de selección para, por ejemplo, denegarles la concesión de subvenciones o préstamos.
Régimen sancionador
En cuanto al régimen sancionador, esta ley orgánica se rige por principios de proporcionalidad y eficacia. Como contempla la Ley 40/2015, la potestad sancionadora requiere una norma con rango de Ley en la que se tipifiquen las infracciones y se determinen las sanciones y el procedimiento. Así, las infracciones se clasificarán en muy graves, graves y leves, garantizando la proporcionalidad. Las sanciones pueden alcanzar hasta los 35 millones de euros o el 7% del volumen de negocio en los casos más graves y hasta 500.000 euros o el 0,5% del volumen de negocio en las más leves.
El texto proporciona flexibilidad para las autoridades en la aplicación de las sanciones, adaptándolas a la gravedad, intencionalidad o reincidencia. Además, se incorporan mecanismos que priorizan la corrección frente a la penalización, como las reducciones de sanción por pronto pago o la adopción de medidas correctoras, así como la consideración específica del tamaño empresarial para proteger a pymes y startups, en línea con lo indicado en el RIA.
Buen uso de la IA en el sector público estatal
Otra de las aportaciones de la norma, que no procede de la adaptación del RIA, es impulsar el buen uso de la IA en el sector público estatal, medida que se incluye a petición de numerosas propuestas incluidas en la audiencia pública. Para ello, introduce la creación de un inventario de sistemas de IA utilizados en procedimientos administrativos, no solo para sistemas de alto riesgo, reforzando la transparencia. Además, establece la figura del delegado de IA, que estará encargado de coordinar la aplicación normativa y asesorar en proyectos y contratación pública. Tanto el inventario como el delegado se desarrollarán por Real Decreto. Adicionalmente, se dará impulso a la formación y concienciación de los empleados públicos en materia de inteligencia artificial.
Entornos de pruebas a escala nacional
Aunque ya el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública se anticipó con un entorno controlado de pruebas para ayudar a los proveedores de IA a cumplir la legislación, el texto determina cómo articular la gobernanza de los sandboxes y medidas facilitadoras. El texto reconoce la necesidad de fomentar la innovación en un entorno controlado, incorporando el espacio controlado de pruebas a escala nacional de obligada creación por el Reglamento de IA, que será operado por la AESIA.
Asimismo, se permite la creación de sandbox de IA adicionales siempre que sean creados por Autoridades de vigilancia del mercado o notificante, y asociados a su sector de supervisión. Y especifica que, en todos los sandbox deberán participar las autoridades responsables de definir las políticas públicas en los sectores cubiertos por el sandbox, y a las autoridades de derechos fundamentales relacionadas.
Para la Transformación Digital y de la Función Pública
ADJUDICACIÓN DE NUEVA LICENCIA TDT
En marzo de 2025, el Consejo de Ministros aprobó el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre (TDT), que establecía el marco jurídico y técnico para introducir en el servicio de la TDT de cualquier ámbito territorial (estatal, autonómico y local) la tecnología de transmisión DVB-T2, que permitirá generalizar las emisiones con calidad de ultra alta definición (UHD). Esta tecnología, que es la misma que usa la mayoría de las emisiones de los Estados miembros de la UE, aumenta la capacidad en cada múltiple digital, permitiendo mantener los canales de TDT que existen en la actualidad y dejando libre espacio para un nuevo canal. Además, hará que la ciudadanía pueda disfrutar de emisiones con la mejor calidad y a los prestadores de TDT competir tecnológicamente con otras plataformas o servicios audiovisuales que usan otras redes de transmisión como el satélite o la televisión por internet.
Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de octubre de 2025, se aprobó el pliego de bases del concurso público para la adjudicación, mediante régimen de concurrencia, de una licencia para la prestación, en régimen de emisión en abierto, del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal mediante ondas hertzianas terrestres de ámbito estatal, convocándose el correspondiente concurso, cuyo contenido fue publicado en el Boletín Oficial del Estado mediante Resolución de 16 de octubre de 2025 de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. Este concurso público se convocó en cumplimiento del artículo 26 de la ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, que obliga al Ministerio a otorgar mediante este procedimiento la nueva licencia.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se resuelve el mencionado concurso público para la adjudicación mediante régimen de concurrencia, de una licencia para la prestación, en régimen de emisión en abierto, del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal mediante ondas hertzianas terrestres de ámbito estatal.
Tras presentarse dos ofertas, una del grupo Mediaset y otra de Servicios Integrados Entretenimiento Televisivo SL, esta última ha sido la adjudicataria, que deberá notificar a la autoridad competente la fecha prevista de inicio de emisiones para que pueda organizar la nueva distribución de canales, lo que obligará a una resintonización.
Para la Transformación Digital y de la Función Pública
AUTORIZACIÓN A LA SETT PARA LA PARTICIPACIÓN EN AURORA MEDIA INVERSIONES SICC S.A.
El Consejo de Ministros ha aprobado una inversión de 98 millones de euros en una sociedad de nueva creación que impulsará un gran grupo europeo de ficción audiovisual español, Aurora Media Inversiones, con el objetivo de potenciar la inversión, las producciones y los rodajes en España.
Esta operación, que se canalizará a través de la Sociedad Española para la Transformación Tecnológica (SETT), forma parte del Plan España Hub Audiovisual de Europa (Spain Audiovisual Hub), una iniciativa que se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que lidera este ministerio a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA).
La nueva sociedad inversora estará liderada por Secuoya Content Group, especializada en creación, producción, postproducción y distribución de contenidos, y se articulará dentro de un modelo de colaboración público-privada en el que la SETT participa en un 49%.
Esta nueva sociedad pretende aumentar significativamente la competitividad de la industria española y potenciar las producciones y los rodajes en España, con el consiguiente impacto económico, estimado en más de dos mil millones de euros y la creación de 3.600 empleos (1.500 directos de alto valor añadido) en seis años.
Secuoya, que nace en 2008 y tiene su sede en Tres Cantos (Madrid), se ha consolidado como uno de los grandes estudios audiovisuales españoles, a través de la producción de series, películas, documentales y contenidos de entretenimiento para televisión, con clara vocación internacional y la mayoría con propiedad intelectual propia. Además, cuenta con un amplio catálogo de servicios de producción audiovisual (platós, cámaras, postproducción, ingeniería audiovisual e instalaciones) y sedes en México, Colombia, Perú, Chile, Estados Unidos, Catar y Emiratos Árabes Unidos.
Esta inversión no solo reforzará el papel de España como hub global en el ecosistema audiovisual, sino que también impulsará el desarrollo de una industria más integrada, competitiva y con mayor relevancia dentro del mercado europeo. En la última década, España se ha consolidado como un actor fundamental en el mercado de producción europeo, con un crecimiento anual de un 14%, más del doble de la media europea, y alcanzando niveles de inversión de 2.900 millones de euros en 2024.
Esta operación se enmarca en la segunda fase del Plan Spain Audiovisual Hub. Junto al Spain Audiovisual Hub, la SETT gestiona dos instrumentos financieros más para potenciar el ecosistema empresarial tecnológico: PERTE Chip, dedicado a la microelectrónica y semiconductores, y Next Tech, que incentiva la inversión privada y mejora el acceso a la financiación en los sectores estratégicos españoles vinculados a la transformación digital.
BIOGRAFÍAS
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Director del Organismo Autónomo Centro de Estudios Jurídicos
IGNACIO SOLA BARLEYCORN
Funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado desde el año 2005. Licenciado en Derecho por la Universidad de Autónoma de Madrid, cuenta con un máster en Cooperación al Desarrollo Sostenible y Ayuda Humanitaria por la Universidad de Comillas, y en Dirección Pública y Liderazgo por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y en Derechos Humanos, Democracia y Globalización por la Universidad Oberta de Cataluña.
Entre 2021 a 2026 ha desempeñado el cargo de subsecretario del Ministerio de Igualdad, donde, con anterioridad, ejerció como secretario general técnico.
Asimismo, ha trabajado como director general para la Igualdad de Trato y Diversidad en el Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad; subdirector general de Cooperación Interna y Externa en el Instituto de la Juventud de España; experto nacional destacado en la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, subdirector general para la Igualdad de Trato y no Discriminación, en el Ministerio de Igualdad y de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad, jefe del Área de Derechos y libertades de los Extranjeros en la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y técnico superior en la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo (AECID).
Ha impartido distintas conferencias y ponencias en congresos, seminarios y cursos nacionales e internacionales.