Referencia del Consejo de Ministros

10.11.2020

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Madrid

SUMARIO

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • REAL DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria, para el primer tramo del ejercicio 2020, de ayudas por la paralización temporal de la flota a los pescadores con un procedimiento de suspensión de los contratos o reducción de jornada como consecuencia del COVID-19 y por el que se modifica el Real Decreto 703/2020, de 28 de julio.
  • REAL DECRETO por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en materia de medidas urbanas de tráfico.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
  • REAL DECRETO por el que se regula el procedimiento de selección para la propuesta de candidaturas por el Reino de España en la designación de miembros del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
  • ACUERDO sobre desclasificación de documento.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros docentes militares de formación, firmado el 7 de octubre de 2019.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de Galicia, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros docentes militares de formación, firmado el 25 de octubre de 2019.
  • ACUERDO por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2021, del Fondo procedente de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • ACUERDO por el que se declaran lesivos para el interés público los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación de Zaragoza, de fecha 13 de noviembre de 2017, por los que se fija el justiprecio de los bienes y derechos afectados de varias fincas, sitas en el término municipal de Sigüés (Zaragoza), en el expediente de expropiación forzosa relativo a la ejecución del Modificado nº 3 (12/08) del Proyecto de recrecimiento del embalse de Yesa y adenda con medidas correctoras del impacto ambiental y plan de restitución territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza). Zona de obras Embalse (YR/15-R).
  • ACUERDO por el que se declaran lesivos para el interés público los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación de Zaragoza, de fecha 28 de mayo de 2018, por los que se fija el justiprecio de los bienes y derechos afectados de varias fincas, sitas en el término municipal de Sigüés (Zaragoza), en el expediente de expropiación forzosa relativo a la ejecución del Modificado nº 3 (12/08) del Proyecto de Recrecimiento del embalse de Yesa y adenda con medidas correctoras del impacto ambiental y plan de restitución territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza). Zona de obras Embalse (YR/15-R).
  • ACUERDO por el que se declaran lesivos para el interés público los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación de Zaragoza, de fecha 2 de julio de 2018, por los que se fija el justiprecio de los bienes y derechos afectados de varias fincas, sitas en el término municipal de Sigüés (Zaragoza), en el expediente de expropiación forzosa relativo a la ejecución del Modificado nº 3 (12/08) del Proyecto de recrecimiento del embalse de Yesa y adenda con medidas correctoras del impacto ambiental y plan de restitución territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza). Zona de obras Embalse (YR/15-R).
  • ACUERDO por el que se declaran lesivos para el interés público los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación de Zaragoza, de 24 de septiembre de 2018, por los que se fija el justiprecio de los bienes y derechos afectados de varias fincas, sitas en el término municipal de Sigüés (Zaragoza), en el expediente Modificado nº 3 (12/08) del Proyecto de recrecimiento del embalse de Yesa sobre el río Aragón y adenda con medidas correctoras del impacto ambiental y plan de restitución territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza). Zona de obras Embalse (YR/15-R).
  • ACUERDO por el que se declaran lesivos para el interés público los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación de Zaragoza, de 22 de octubre de 2018, por los que se fija el justiprecio de los bienes y derechos afectados de varias fincas, sitas en el término municipal de Sigüés (Zaragoza), en el expediente de expropiación forzosa relativo a la ejecución del Modificado nº 3 (12/08) del Proyecto de recrecimiento del embalse de Yesa y adenda con medidas correctoras del impacto ambiental y plan de restitución territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza). Zona de obras Embalse (YR/24-R y YR/15-R).
  • ACUERDO por el que se declara lesivo para el interés público el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación de Zaragoza, de 23 de enero de 2019, por el que se fija el justiprecio de los bienes y derechos afectados de varias fincas, sitas en el término municipal de Sigüés (Zaragoza), en el expediente de expropiación forzosa relativo a la ejecución del Modificado nº 3 (12/08) del Proyecto de recrecimiento del embalse de Yesa sobre el río Aragón y adenda con medidas correctoras del impacto ambiental y plan de restitución territorial de su entorno (Navarra y Zaragoza). Zona de obras Embalse (YR/52).
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria de la Agencia Estatal de Meteorología a la Agrupación de Interés Económico EUMETNET, por un importe de 498.445,03 euros, y a la Sociedad Meteorológica Europea EMS, por un importe de 1.000 euros.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la Carta Social Europea (revisada) y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicha Carta, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales, y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Tratado.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 47/2004, de 19 de enero, por el que se establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de vehículos de manipulación de cargas y apoyo a la infraestructura, por un valor estimado de 13.197.888 euros.

Hacienda

  • ACUERDO por el que se autorizan suplementos de crédito en el presupuesto de la Jefatura Central de Tráfico, para financiar el tercer tramo de la equiparación salarial del año 2020, relativo al Acuerdo suscrito el 12 de marzo de 2018 entre el Ministerio del Interior, Sindicatos de Policía Nacional y Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y de la Seguridad del Estado, S.M.E., S.A. (SIEPSE), la celebración del contrato para la ejecución de las obras de construcción del Nuevo Centro de Internamiento de Extranjeros de Algeciras-Cádiz, por un valor estimado de 21.003.071,39 euros, IVA excluido.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y de la Seguridad del Estado, S.M.E., S.A. (SIEPSE), la celebración del contrato para la ejecución de las obras de construcción del Nuevo Centro Penitenciario NORTE III, en San Sebastián (Guipúzcoa), por un valor estimado de 41.355.642,62 euros, IVA excluido.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 426.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la a la Comunidad Autónoma de Aragón a formalizar préstamos a largo plazo por un importe máximo de 817.756.013,10 euros.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la suscripción de un Convenio de colaboración con Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC), para la gestión de las ayudas del Plan Renove 2020.

Interior

  • ANTEPROYECTO DE LEY por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia de permiso y licencia de conducción por puntos, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de "Redacción de proyecto constructivo y ejecución de obras de renovación de las instalaciones de señalización, ERTMS, DCO´s y telecomunicaciones fijas de la Línea Madrid-Sevilla". Valor estimado del contrato: 108.382.553,39 euros.
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el procedimiento expropiatorio de las del proyecto de construcción "Duplicación de calzada de la N-220 de acceso al aeropuerto de Valencia. Tramo: Enlace al aeropuerto / Enlace V-30. Provincia de Valencia".

Educación y Formación Profesional

  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2020 al Programa de cooperación territorial para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en la situación de emergencia educativa del curso 2020-21 provocada por la pandemia del COVID-19: #PROA+(20-21), por importe de 20.000.000 de euros.

Industria, Comercio y Turismo

  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del contrato de rehabilitación del Castillo y Almudaina de la ciudad alta de Ibiza como futuro Parador de Turismo con un valor estimado de 2.168.180 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Centro Español de Metrología a pagar la aportación a la Confederación Internacional de Medida (IMEKO) correspondiente al ejercicio 2020, por importe de 900 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Centro Español de Metrología a pagar la aportación a la Asociación Europea de Institutos Nacionales de Metrología (EURAMET) correspondiente al ejercicio 2020, por importe de 7.056 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa a aumentar el presupuesto destinado a la convocatoria aprobada por la Orden de 30 de abril de 2020, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en relación con la concesión de las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 1055/2014, de 12 de diciembre, por el que se crea un mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero para costes incurridos en el año 2019, hasta un importe de 61.000.000 de euros.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 410/2001, de 20 de abril, por el que se regula la pesca con artes fijos en el Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.

Política Territorial y Función Pública

  • ACUERDO por el que se autoriza a don Francisco Javier Marín San Andrés, Director General de Aeropuertos de AENA, S.M.E., S.A., la participación en más de dos consejos de administración.

Cultura y Deporte

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Presidenta del O.A. Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura la celebración del contrato de obras de Restauración del antiguo Convento de San Agustín para la nueva sede de la Biblioteca Pública del Estado en Málaga, por un valor estimado de 15.969.637,70 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Presidenta del O.A. Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura la celebración del contrato de obras de construcción de un Centro Educativo Español en el municipio de Agdal en Rabat, por un valor estimado de 14.425.113,80 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el suministro de equipos de protección individual a distintas unidades del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música por un importe máximo de 151.109,64 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música al pago de la contribución voluntaria a la Major Orchestra Librarians´ Association, en concepto de la cuota anual de miembro de la Orquesta y Coro Nacionales de España, correspondiente al año 2020, por un importe de 250 dólares.

Ciencia e Innovación

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal de Investigación la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2020, de las ayudas a «Proyectos de I+D+i», en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, por importe de 412.000.000 de euros.
  • INFORME sobre aplicaciones del Sistema SEOSAT-INGENIO (Spanish Earth Observation Satellite) en las Administraciones Públicas Españolas.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Sanidad

CONDECORACIONES

Interior

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al Teniente General del Cuerpo General del Ejército del Aire, D. CÉSAR MIGUEL SIMÓN LÓPEZ, Jefe del Mando Aéreo de Combate.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al General de Brigada de la Guardia Civil, D. JOSÉ HERMIDA BLANCO, Jefe de la 6ª Zona de la Guardia Civil -Comunidad Valenciana.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al Teniente General D. GIOVANNI NISTRI, Comandante General del Arma de Carabinieri.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al General de Brigada de la Guardia Civil, D. SANTIAGO CABALLERO MENDAÑA, Jefe de la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil a D. JESÚS ALONSO CRISTÓBAL, Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al Teniente General del Cuerpo General del Ejército de Tierra, D.FERNANDO AZNAR LADRÓN DE GUEVARA, Inspector General del Ejército de Tierra.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al General de Brigada de la Guardia Civil, D. ARTURO ESPEJO VALERO, Jefe de la Jefatura de Servicios Técnicos.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil a D. JUAN JOSÉ GONZÁLEZ RIVAS, Presidente del Tribunal Constitucional.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al Almirante del Cuerpo General de la Armada, D. FAUSTO ESCRIGAS RODRÍGUEZ, Jefe de Personal de la Armada.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al General de Brigada de la Guardia Civil, D.JOSÉ ANTONIO BERROCAL ANAYA, Jefe de la 1ª Zona de la Guardia Civil -Comunidad de Madrid-

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA Y DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el procedimiento de selección para la propuesta de candidaturas por el Reino de España en la designación de miembros del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Mediante este Real Decreto se pretende dotar de un régimen jurídico propio, coherente, simplificado y unificado para la selección de los jueces españoles ante Tribunales Internacionales, estableciendo el procedimiento para la designación de candidaturas a jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia y del Tribunal General de la Unión Europea y a juez titular y a jueces "ad hoc" del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

De esta forma, se pretende establecer la máxima transparencia y seguridad jurídica en estos nombramientos, dando efecto a lo dispuesto en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado; en particular sus Artículos 18 y 51 ; estableciendo unas reglas claras respecto de la provisión de los puestos: ámbito de aplicación, convocatoria, comité de selección, procedimiento, así como de los requisitos exigibles para desempeñarlos.

El Real Decreto contiene trece artículos, estructurados en cuatro capítulos; dos disposiciones adicionales, la primera de las cuales incluye en el texto la representación ante órganos internacionales de naturaleza consultiva en el ámbito judicial; una disposición transitoria; una disposición derogatoria, y dos disposiciones finales.

De esta forma, la norma crea un Comité de Selección con una composición que cumple las recomendaciones establecidas tanto por el comité previsto en el Artículo 255 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea como por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en sus guías sobre la selección de candidatos para los puestos de juez en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Dicho Comité tiene una composición mixta, dado que lo integran los titulares de la Secretarías de Estado de Justicia, de la Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, y de la Secretaría de Estado para la Unión Europea (cuando el procedimiento se refiera a puestos en el Tribunal de Justicia o en el Tribunal General de la Unión Europea), o de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe (cuando el procedimiento se refiera a puestos en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos). Pero también se integra en el Comité a juristas de reconocido prestigio con conocimientos sobre la institución cuyas vacantes se requiere proveer.

Este Comité participará en los procedimientos de selección regulados en el Real Decreto, con dos excepciones. En primer lugar, la del procedimiento de renovación previsto en el Artículo 8, en el que el candidato/a ya ha recibido un juicio de idoneidad favorable por parte del Comité del Artículo 255 TFUE, por lo que se le solicita una memoria de actividades que permite al Consejo de Ministros disponer de los suficientes elementos de juicio, tal y como se ha señalado en el sexto informe de actuaciones de ese mismo Comité. Y, en segundo lugar, y por razones de economía, la del procedimiento de designación de jueces "ad hoc" para el TEDH en los casos en que se haya realizado un procedimiento de selección para el puesto de juez titular en los dos años anteriores.

La norma no va a suponer un incremento de costes ni de gasto público: la constitución y el funcionamiento del Comité de Selección previsto en el Real Decreto se atenderá con los recursos humanos y materiales de los departamentos ministeriales implicados.

Defensa

MODIFICADA LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR DEL EJÉRCITO DE TIERRA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el Real Decreto 47/2004, de 19 de enero, por el que se establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

Se trata de una modificación puntual que actualiza y simplifica la composición de los vocales natos del Consejo Superior del Ejército de Tierra, que es un órgano colegiado, asesor y consultivo de la persona titular del Ministerio de Defensa. Con esta finalidad desaparece para su designación el criterio del cargo ocupado en la organización básica del Ejército de Tierra, quedando únicamente el del empleo militar ostentado (Teniente General en activo).

Con ello, se evita que la norma deba ser modificada para su actualización cada vez que se produzca un cambio en la organización básica del Ejército de Tierra, garantizándose de una forma más efectiva el normal desempeño de las competencias asignadas al Consejo Superior.

Agricultura, Pesca y Alimentación

AYUDAS PARA PESCADORES AFECTADOS POR EL ESTADO DE ALARMA CON UN PRESUPUESTO DE TRES MILLONES DE EUROS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que contiene las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para pescadores afectados por procedimientos de suspensión de contratos o reducción de jornada como consecuencia de la pandemia de la COVID-19 en el periodo comprendido entre el 16 de marzo y el 15 de julio de 2020.

La convocatoria está dotada con un presupuesto de tres millones de euros con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y será cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP).

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde la publicación del extracto correspondiente en el Boletín Oficial del Estado, que se llevará a cabo durante los próximos días.

GESTIÓN DE LAS AYUDAS

El MAPA delegará la gestión de las ayudas en el Instituto Social de la Marina del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y estas serán resueltas por las direcciones provinciales del Instituto.

Con ellas se complementan las ayudas establecidas en el Real Decreto 703/2020, de 28 de julio, dirigidas a armadores y pescadores que no hubieran tenido un procedimiento de suspensión de contratos o reducción de jornada como consecuencia de la COVID-19.

Agricultura, Pesca y Alimentación

REAL DECRETO PARA MEJORAR LA RENTABILIDAD DE LA PESCA DE RASCO EN EL CALADERO DEL CANTÁBRICO Y NOROESTE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de modificación del Real Decreto 410/2001, por el que se regula la pesca con artes fijos en el caladero nacional del Cantábrico y Noroeste. Los cambios afectan a las condiciones en las que ejerce la actividad la flota que faena con el arte de rasco, específico para la captura de rape.

Dentro de los límites establecidos por la normativa comunitaria de medidas técnicas, el real decreto tiene como objetivo mejorar la rentabilidad de las empresas pesqueras que se dedican a esta actividad para asegurar su sostenibilidad económica y teniendo en cuenta también la medioambiental.

Para ello, se incrementa la longitud de las artes permitidas, muy por debajo de la norma, y reduce su luz de malla. Además, se permite a los buques del censo faenar más de los cinco días habituales por semana durante nueve meses al año, a condición de que se renuncie a utilizar el arte de rasco durante los otros tres meses.

Este incremento de la actividad semanal se establece para lo que queda de 2020, 2021 y 2022. Durante este tiempo se llevará a cabo el seguimiento y evaluación científica de la actividad pesquera para valorar su posible extensión posterior. También se hará una evaluación espaciotemporal de la actividad de esta flota, junto con la del resto de artes del Cantábrico y Noroeste, con objeto de mejorar la ordenación y planificación futura de la pesca en este caladero.

El rasco es un arte específico para la captura de rape que emplean en la zona afectada por el decreto una veintena de buques pesqueros, tras una disminución notable de su número en los últimos años debido a la escasa rentabilidad de este método.

Por ello, y a pesar de la buena situación biológica de la especie en el área, con niveles de biomasa de los más altos de la serie histórica, la cuota asignada a España anualmente por la Política Pesquera Común (PPC) no se está consumiendo en su totalidad.

Con la adopción de esta norma, el MAPA refuerza su compromiso con una gestión pesquera sostenible, que tenga en cuenta todos los pilares de la PPC, incluidos el social, económico y medioambiental.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

DESCLASIFICACIÓN DE LA PROPUESTA PRELIMINAR DEL PLAN DE REHABILITACIÓN DE PALOMARES

El Consejo de Ministros ha aprobado la desclasificación de la Propuesta Preliminar del Plan de Rehabilitación de Palomares (PRP) 2010, elaborada por el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), que fue aprobado por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) el 5 de mayo de 2010.

Esta desclasificación se hace a petición de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª de la Audiencia Nacional, con los únicos y exclusivos efectos de su incorporación al procedimiento ordinario nº 538/201, promovido por la Federación Provincial de Ecologistas en Acción-Almería contra la Resolución del Consejo de Seguridad Nuclear de fecha 16 de febrero de 2017, relativo a la clausura y almacenamiento de la instalación nuclear y área contaminada de Palomares (Almería).

El Consejo de Ministros desclasifica dicha información al amparo de lo previsto en el artículo 64.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y comunica a la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª que la desclasificación acordada se realiza a los únicos y exclusivos efectos de su incorporación al procedimiento ordinario nº 538/2017, con el carácter de confidencial.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA DE AEMET A LA AGRUPACIÓN DE INTERÉS ECONÓMICO EUMETNET

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución voluntaria de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) a la Agrupación de Interés Económico EUMETNET, por un importe de 498.445 euros.

La Agrupación de Interés Económico (EUMETNET) se constituyó en Bruselas en 2009 como una conferencia de servicios meteorológicos nacionales europeos para llevar a cabo programas de colaboración en diversos campos de la actividad básica operativa, mejorando las prácticas y reduciendo los costes de las inversiones que cada país realiza en infraestructuras y en servicios que benefician a toda la comunidad. Actualmente consta de 31 miembros y 5 más cooperantes, todos ellos servicios meteorológicos nacionales de sus respectivos países. Desde 1997 España participa en esta agrupación.

La participación en la EUMETNET es imprescindible para garantizar la operatividad de AEMET y para equilibrar y reducir la demanda de recursos humanos y financieros, al compartir desarrollos tecnológicos y actividades esenciales para su funcionamiento, que no podrían ser acometidas individualmente por ningún servicio meteorológico.

Integrarse en EUMETNET supone tener un control técnico, político y estratégico del futuro de la meteorología en Europa, intercambiar conocimientos, experiencias, nuevas tecnologías y metodologías con otros países del entorno europeo y, en definitiva, obtener una mayor eficiencia tanto en calidad como en relación coste/beneficio de los servicios que AEMET ofrece.

COLABORACIÓN METEOROLÓGICA A OTROS NIVELES

Asimismo, el Consejo de Ministros también ha autorizado la contribución voluntaria de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) a la Sociedad Meteorológica Europea (EMS), por un importe de 1.000 euros.

La Sociedad Meteorológica Europea (EMS) fue fundada en 1999 y la AEMET es miembro asociado desde 2005 por lo que puede participar en su Asamblea General y emitir su opinión sobre los planes y proyectos. Desde su inicio, la EMS ha desarrollado una importante actividad en campos como la organización de conferencias, la edición de publicaciones, la formación en meteorología a diversos niveles, el incremento de la calidad de la información en los medios de difusión, la acreditación de profesionales, etc. Además, integrarse en EMS permite desarrollar relaciones más profundas entre las diversas comunidades del sector meteorológico, como las propias sociedades meteorológicas que existen con ese mismo objetivo en la mayoría de los países europeos, los servicios oficiales, los operadores privados, las universidades e instituciones de investigación, etc.

En la actualidad, 38 sociedades meteorológicas forman parte de la EMS, dos de ellas españolas (Asociación Catalana de Meteorología y Asociación Meteorológica Española), y existen 30 miembros asociados entre los que se encuentran servicios meteorológicos europeos y organizaciones europeas de reconocido prestigio como el Centro Europeo de Predicción a Plazo Medio (CEPPM) o la Organización Europea para la Explotación de Satélites Meteorológicos (EUMETSAT).

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES GENERALES DE LA CARTA SOCIAL EUROPEA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la Carta Social Europea (revisada) y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicha Carta, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia.

La Carta Social Europea, abierta a la firma en Turín el 18 de octubre de 1961, garantiza los derechos sociales y económicos fundamentales. Fue ratificada por España el 6 de mayo 1980 y entró en vigor para nuestro país el 5 de junio de ese mismo año.

La Carta Social Europea (revisada) de 1996 actualiza el contenido de la Carta de 1961, teniendo en cuenta los cambios sociales fundamentales acaecidos desde su adopción. Consolida en un solo instrumento los derechos recogidos en la Carta de 1961 y en el Protocolo adicional (nº1) de 1988, la reforma del mecanismo de control prevista por el Protocolo modificador (nº2) de 1991 y añade la posibilidad de suscribir el Protocolo adicional (nº3) de 1995 de reclamaciones colectivas, independiente de la firma de la Carta revisada y que España no ratificará en el presente procedimiento. Asimismo, amplía el catálogo de derechos e introduce nuevas enmiendas, prestando especial consideración a las personas vulnerables. Por lo demás, el Gobierno ha iniciado los trámites para la aplicación en España del Protocolo adicional (nº3) de 1995 de reclamaciones colectivas con la mayor celeridad posible.

Esta Carta Social Europea (revisada) se abrió a la firma el 3 de mayo 1996 y entró en vigor el 1 de julio de 1999. Hasta la fecha la han ratificado 34 países. España la firmó el 23 de octubre de 2000, pero la necesidad de adaptar algunos aspectos de la legislación española llevó a posponer su ratificación.

El Consejo de Estado, en dictamen de 11 de mayo de 2000, dispuso que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de la Carta Social revisada requiere la previa autorización de las Cortes Generales, de acuerdo con lo previsto en los Artículos 94.1 a) c) y e) de la Constitución Española.

CONTENIDO

Su texto consta de un Preámbulo, 6 Partes y un Anexo.

En la Parte I, se recogen derechos y principios cuya efectividad debe constituir el objetivo para el diseño de las políticas sociales de los Estados Parte y de su cooperación internacional.

En la Parte II, se recogen los compromisos por los que las Partes pueden considerarse vinculadas -según se establece en la Parte III de la Carta- en las siguientes materias: derecho al trabajo, a unas condiciones de trabajo equitativas; a la seguridad e higiene en el trabajo; a una remuneración equitativa; derecho de sindicación y de negociación colectiva; derecho de los niños y jóvenes a la protección; derecho de las trabajadoras a la protección de la maternidad; derecho a la orientación profesional, a la formación profesional; derecho a la protección de la salud, a la seguridad social, a la asistencia social y médica y a los beneficios de los servicios sociales; derecho de las personas discapacitadas a la autonomía, a la integración social y a la participación en la vida de la comunidad; derecho de la familia a protección social, jurídica y económica; derecho de los niños y jóvenes a protección social, jurídica y económica; derecho a ejercer una actividad lucrativa en el territorio de las otras Partes; derecho de los trabajadores migrantes y sus familias a recibir protección y asistencia; derecho a la protección en caso de despido; derecho de los trabajadores a la tutela de sus créditos en caso de insolvencia de su empleador y a la dignidad en el trabajo; derecho de las personas de edad avanzada a protección social; derecho de los trabajadores con responsabilidades familiares a la igualdad de oportunidades y de trato; derecho de los representantes de los trabajadores a protección en las empresas y facilidades que se les deberán conceder; derecho a la información y consulta en los procedimientos de despido colectivo; derecho a la protección contra la pobreza y la exclusión social; y derecho a la vivienda.

En la Parte III, se regulan las obligaciones de las Partes respecto a los derechos reconocidos en la Carta. Así, cada Estado Parte ha de obligarse, al menos, en 16 Artículos, o 63 párrafos numerados, a su elección, además de 6 de los siguientes Artículos de la Parte II: 1, 5, 6, 7, 12, 13, 16, 19 y 20.

Aunque la Carta Social Europea (revisada) permite que los Estados se obliguen selectivamente a determinados artículos, la actual situación de nuestro ordenamiento hace posible que la ratificación de la Carta revisada por parte de España se haga con respecto a la totalidad.

En la Parte IV, se establece la continuidad del régimen de supervisión de la Carta Social Europea y su Protocolo Adicional I.

La Parte V consagra el principio de no discriminación, prevé el derecho de las Partes a la suspensión de obligaciones en caso de guerra o peligro público y determina la imposibilidad de aplicar restricciones o limitaciones de los derechos y principios de la Parte I, salvo los establecidos por Ley y que sean necesarios en una sociedad democrática para garantizar el respeto de los derechos y libertades de terceros o para proteger el orden público, la seguridad nacional, la salud pública o las buenas costumbres.

Asimismo, se regulan en esta Parte las relaciones entre la Carta y el derecho interno y los acuerdos internacionales ya suscritos, preservando el régimen más favorable a las personas protegidas. Por último, se regula en esta Parte el régimen aplicable a las enmiendas.

La Parte VI recoge los procedimientos para firma, ratificación, entrada en vigor, aplicación territorial, denuncia y notificaciones.

El Anexo incluye aclaraciones sobre la aplicación general de la Carta Social Europea (revisada) y, especialmente, en lo relativo a personas protegidas.

El Consejo de Ministros de 1 de febrero de 2019 dispuso su remisión a las Cortes Generales, a efectos de obtener su autorización. La disolución de las Cámaras efectuada mediante el Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones, motivó que no se produjera la autorización solicitada. Por ello, se hace necesario remitir nuevamente el expediente a las Cortes Generales.

Teniendo en cuenta que, estando ya convenida la ratificación de la Carta Social Europea (revisada) en la anterior legislatura, no pudo ser ultimada al decaer el expediente por disolución de las Cortes, es decir por motivos ajenos al consenso sobre la necesidad de llevarla a cabo a la mayor brevedad; teniendo en cuenta además que la actual situación debida a la enfermedad COVID-19 no hace sino más imperiosa la necesidad de que España tenga ratificados instrumentos pensados para otorgar una mayor protección social a sus ciudadanos, y teniendo igualmente en cuenta la importancia de no contribuir a un mayor retraso en la ratificación de esta Carta, se solicita llevar a cabo su tramitación por el procedimiento de urgencia.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

TRATADO RELATIVO A LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE SOLICITUDES DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL ENTRE AUTORIDADES CENTRALES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales, y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Tratado.

La Conferencia de Ministros de Justicia de los países Iberoamericanos (COMJIB) es una Organización Internacional que agrupa a los Ministerios de Justicia e instituciones homólogas de los 22 países de la Comunidad Iberoamericana y que tiene por objeto el estudio y la promoción de formas de cooperación jurídica entre los Estados miembros.

Los días 24 y 25 de julio de 2019 tuvo lugar la XXI Asamblea Plenaria de la COMJIB celebrada en la Ciudad de Medellín (Colombia), en la que se firmó el Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de Cooperación Jurídica Internacional entre Autoridades Centrales. Por parte de España, el Tratado fue firmado por la Directora General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Dña. Ana Gallego Torres, una vez autorizada la firma por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de abril de 2019 y en función de la plenipotencia expedida a tal efecto.

Este Tratado había sido elaborado por un grupo de trabajo técnico en el que participó España a través del Ministerio de Justicia, tomando como base a la Red Iberoamericana de Cooperación Jurídica Internacional en materia penal y civil (IberRed), creada en 2004.

El Consejo de Estado, en Dictamen de 19 de diciembre de 2019, dispuso que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio del referido Tratado requiere la previa autorización de las Cortes Generales conforme a los apartados c) y e) del Artículo 94.1 de la Constitución, motivo por el que ahora se acuerda su remisión a las Cortes para obtener su autorización previa a la manifestación del consentimiento a obligarse por el contenido del Tratado.

CONTENIDO

El Tratado regula el uso de la plataforma electrónica Iber@ como medio formal y preferente de transmisión de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre Autoridades Centrales, en el marco de los tratados vigentes entre las partes y que contemplen la comunicación directa entre dichas instituciones. Como características adicionales, pueden señalarse:

a. No se establece ningún acuerdo de cooperación; el Tratado solo permite tramitar solicitudes formuladas al amparo de otro Convenio ya en vigor.

b. No se introducen formalidades adicionales, más allá de las tecnológicas.

c. El sistema establecido no es de uso obligatorio, aunque se fomenta que, una vez recibida una solicitud por el mismo, se dé respuesta por la misma vía.

d. Las partes se someten a la normativa de protección de datos en vigor en el Estado donde se presta el servicio y tenga su sede la Secretaría General de la COMJIB.

El Tratado posibilitará tener por válidas y efectivamente realizadas en el acto las comunicaciones a través de la plataforma Iber@ entre las Autoridades Centrales designadas en los Convenios de cooperación jurídica internacional ya vigentes entre las partes -entre otros, sobre asistencia judicial mutua, traslado de personas condenadas, extradición, sustracción internacional de menores, trata de personas etc.- y que se sujetasen al resto de formalidades establecidas en los mismos. En el caso de España, sería el Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, quien podría utilizar esta vía con efectos vinculantes, pues es la Autoridad Central designada en todos los tratados internacionales suscritos hasta la fecha en materia de cooperación jurídica internacional.

Ello reportará ventajas al sistema de cooperación jurídica internacional de España con el resto de países del Espacio Iberoamericano, fundamentalmente en lo que se refiere a la reducción de los tiempos necesarios para la transmisión de solicitudes que afectan decisivamente a los derechos de los ciudadanos y al interés general.

En cuanto a la entrada en vigor del Tratado, ésta tendrá lugar transcurridos noventa días naturales desde la fecha en que haya sido depositado el tercer instrumento de ratificación o adhesión. Para cada Estado que ratifique el Tratado después de haber sido depositado el tercer instrumento de ratificación, el Tratado entrará en vigor transcurridos sesenta días naturales desde la fecha en que dicho Estado haya depositado su instrumento de ratificación.

Hasta el momento este Tratado ha sido firmado por Andorra, Argentina, Brasil, Chile, Colombia, España, Paraguay, Portugal y Uruguay, pero solamente ha sido ratificado por Andorra, que depositó su instrumento de ratificación el 30 de abril de 2020.

En cuanto al análisis de los costes, las decisiones sobre el presupuesto necesario para la puesta en marcha, desarrollo, gestión, administración y mantenimiento del sistema, así como sobre los obligados al correspondiente desembolso económico, se decidirán en el Reglamento de Financiación del Tratado que debe acordarse entre las Partes del mismo, de conformidad con lo dispuesto en su Artículo 10.

La aprobación de dicho Reglamento, así como que la plataforma Iber@ se encuentre completamente en funcionamiento y cumpliendo todos los parámetros técnicos, son requisitos necesarios para la entrada en vigor del Tratado, de conformidad con lo dispuesto en su disposición transitoria primera.

La puesta en marcha de la plataforma, así como su mantenimiento y la expedición de los certificados electrónicos que habilitarán para la firma electrónica de los documentos, supondrá sin duda un coste económico que deberá atenderse directamente por IberRed a través de su Secretaría General. Solo parcialmente la emisión de certificados o licencias para el uso de la plataforma supondrá un coste para los Estados parte, habiéndose estimado en torno a los 20 € al año. Teniendo en cuenta el coste actual de envío de las comisiones rogatorias de la Autoridad Central española a Iberoamérica -que se realiza mediante empresas de mensajería- se considera que la puesta en marcha del sistema auspiciado por este Tratado supondrá una reducción de los gastos que se ocasionan actualmente.

Defensa

ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE MANIPULACIÓN DE CARGAS Y APOYO A LA INFRAESTRUCTURA

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de vehículos de manipulación de cargas y apoyo a la infraestructura, que tiene por objeto el suministro de carretillas y bateas, plataformas elevadoras, minimáquinas, autovolquetes, barredoras, tractores e implementos, así como manipuladores telescópicos.

La necesidad de la adquisición de estos bienes resulta imprescindible para satisfacer los cometidos encomendados a las Unidades, Centros y Organismos del Ejército de Tierra, tanto en Territorio Nacional como en Zona de Operaciones, en lo referente a las funciones logísticas de manipulación de cargas y realización de actividades de mantenimiento, relacionadas con el abastecimiento y la infraestructura.

Defensa

ADENDA AL CONVENIO CON EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y GALICIA PARA IMPARTIR ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LOS CENTROS DOCENTES MILITARES DE FORMACIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado una adenda al Convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de Galicia, firmado el 25 de octubre de 2019, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros docentes militares de formación ubicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En virtud del Convenio, la Consellería de Cultura, Educación y Universidades de la Xunta de Galicia se compromete a aportar profesores a la Escuela de Especialidades "Antonio de Escaño", y a la Escuela de Especialidades de la Estación Naval de La Graña, ambas ubicadas en Ferrol, estableciéndose en el propio convenio que las actuaciones concretas se detallarán anualmente entre las partes por medio de una adenda.

A través de la adenda se concretan las actuaciones que se llevarán a cabo en cuanto al número de profesores, materias a impartir y el importe que deberá abonar el Ministerio de Defensa, en relación al curso académico 2020-2021.

Defensa

ADENDA AL CONVENIO CON EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA REGIÓN DE MURCIA, PARA IMPARTIR ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LOS CENTROS DOCENTES MILITARES DE FORMACIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado una adenda al Convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, firmado el 7 de octubre de 2019, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros docentes militares de formación ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En virtud del Convenio, la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia se compromete a aportar profesores a la Escuela de Infantería de Marina "General Albacete y Fuster", ubicada en Cartagena, estableciéndose en el propio convenio que las actuaciones concretas se detallarán anualmente entre las partes por medio de una adenda.

A través de la adenda se concretan las actuaciones que se llevarán a cabo en cuanto al número de profesores, materias a impartir y el importe que deberá abonar el Ministerio de Defensa, en relación al curso académico 2020-2021.

Hacienda

CONTRATO PARA CONSTRUIR EL NUEVO CENTRO DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS DE ALGECIRAS

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y de la Seguridad del Estado, S.M.E, S.A. (SIEPSE), la celebración del contrato para la construcción del nuevo Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Algeciras (Cádiz).

Se trata de una obra prevista en el Plan de Actuación en Infraestructuras de los Centros de Internamiento de Extranjeros, que el Consejo de Ministros aprobó el 18 de enero de 2019, y se encuadra en el objetivo de dicho plan de construir infraestructuras de nueva planta que reúnan las condiciones idóneas para que los centros de internamiento de extranjeros respondan adecuadamente a su función, mejorando sus condiciones.

Sin menoscabo de la seguridad de la que deben disponer estos centros, el nuevo modelo permitirá una mejora sustancial de la calidad de vida y los servicios y prestaciones que reciben las personas ingresadas en ellos.

El presupuesto base de licitación, IVA excluido, asciende a 21.003.071,39 euros y la adjudicación del contrato se tramitará mediante procedimiento abierto.

La autorización es preceptiva conforme a lo previsto en la Ley de Contratos del Sector Público, al ser el valor estimado del contrato superior a los 12 millones de euros.

Hacienda

CONSTRUCCIÓN EN SAN SEBASTIÁN DEL NUEVO CENTRO PENITENCIARIO NORTE III

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y de la Seguridad del Estado, S.M:E., S.A. (SIEPSE), la celebración del contrato para ejecutar la construcción del nuevo centro penitenciario NORTE III, en San Sebastián (Guipúzcoa), que vendrá a sustituir al viejo centro penitenciario ubicado en Martutene.

Se trata de una obra prevista en el Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios (PACEP), cuya última revisión fue aprobada mediante acuerdo de Consejo de Ministros del 18 de enero de 2019.

El presupuesto base de licitación, IVA excluido, asciende a 41.355.642,62 euros y un plazo de ejecución de 22 meses, y la adjudicación del contrato se tramitará mediante procedimiento abierto.

La autorización es preceptiva conforme a lo previsto en la Ley de Contratos del Sector Público, al ser el valor estimado del contrato superior a los 12 millones de euros.

Hacienda

EMISIÓN DE DEUDA Y FORMALIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO

El Consejo de Ministros ha autorizado a las comunidades autónomas de Madrid y Aragón a emitir deuda pública y formalizar préstamos a largo plazo, por valor de 426 y 817,76 millones de euros, respectivamente.

Estas autorizaciones se acuerdan en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 y la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

En concreto, el Gobierno autoriza hoy a la Comunidad de Madrid la emisión de deuda a largo plazo por 426 millones de euros, que se destinarán a financiar la referencia de déficit de 2020 del 0,2% del PIB regional.

En cuanto al acuerdo sobre Aragón, el Gobierno permitirá que esta comunidad formalice préstamos a largo plazo por un máximo de 817,76 millones de euros. Estas operaciones tienen como finalidad refinanciar préstamos formalizados con cargo a distintos compartimentos del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, con el objetivo de conseguir un ahorro de gastos financieros para esta comunidad.

Estas autorizaciones sólo podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2020.

Interior

REFORMAS LEGALES PARA REDUCIR LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de reformas legales que, en su conjunto, modifican de manera sustancial la legislación en materia de tráfico y circulación. El objetivo de estos cambios legislativos es generar un nuevo modelo de seguridad vial alineado con la política de la Unión Europea y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud para reducir, durante la próxima década, un 50 por ciento el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico.

En primer lugar, el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos. La modificación aumenta los puntos a detraer por aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción e impulsa el mecanismo de los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la formación vial de los conductores.

El objetivo último del anteproyecto es aumentar los comportamientos seguros al volante, para lo que incluye, entre otras, las siguientes medidas:

•Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil.

•Eleva de tres a cuatro los puntos que se detraen por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, incorpora explícitamente como causa de sanción el mal uso de estos elementos (por ejemplo, llevar el casco de protección o el cinturón de seguridad sin abrochar) porque las consecuencias negativas para la seguridad del conductor son las mismas.

•Tipifica como infracción grave "llevar en el vehículo" mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos. En la actualidad solo está sancionado el uso de dichos dispositivos durante la conducción, pero la experiencia ha demostrado que, ante un control vial, los conductores los desactivan para impedir que los agentes de Tráfico puedan acreditar su utilización, por lo que una vez aprobada la reforma se sancionará su mera tenencia.

•La reforma suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. La supresión de esta medida, que ya había sido eliminada en el resto de países de la Unión Europea, refuerza el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva un riesgo de colisión frontal.

•Introduce la posibilidad de recuperar 2 puntos del carné por la realización de los cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico. Una orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben cumplir.

•La reforma unifica en dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora varía en función de la gravedad de la infracción cometida.

•Incluye una nueva infracción muy grave, cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen.

•Se prevé el acceso on line al registro de Conductores a las empresas de transporte de personas y de mercancías para que puedan conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo se informará en rojo o verde según si está vigente o no.

El anteproyecto, que ya ha superado el trámite de consulta e información pública, ha sido también informado por el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible; la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa; la Agencia Española de Protección de Datos, y el actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Tras su aprobación en primera vuelta por el Consejo de Ministros, el anteproyecto deberá ahora ser informado por los ministerios de Hacienda, Asuntos Económicos y Transformación Digital, Trabajo y Economía Social y Política Territorial y Función Pública.

MOVILIDAD URBANA

En segundo lugar, el Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que modifica tanto el Reglamento General Circulación como el Reglamento General de Vehículos en materia de medidas reguladoras del tráfico urbano. La finalidad de este texto es reducir la siniestralidad en el ámbito urbano a la vez que regular las nuevas formas emergentes de movilidad ciudadana.

El Real Decreto redefine los límites generales de velocidad en vías urbanas (artículo 50) en función de su distinta clasificación:

•En las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h.

•En las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h.

•En las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite seguirá siendo de 50 km/h.

Estos límites no se aplicarán hasta pasados seis meses de la publicación de este proyecto en el Boletín Oficial del Estado, para que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.

MOVILIDAD PERSONAL

La segunda gran área de incidencia de este Real Decreto es la regulación de los vehículos de movilidad personal, definidos como vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h.

Esta definición, que excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida, conlleva que queda prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales. Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos y queda también vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos.

Para poder circular, los vehículos de movilidad personal deberán disponer del correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el manual de características que se aprobará mediante resolución del Director General de Tráfico.

ACCESO AL PERMISO DE CONDUCCIÓN

Por último, el Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que reforma el Reglamento General de Conductores para incorporar, de manera parcial, la Directiva (UE) 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, relativa a la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, y la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, sobre el permiso de conducción.

Sus principales puntos son:

•Se reduce la edad mínima exigible para conducir camiones a los 18 años habiendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración. Hasta ahora la edad establecida eran los 21 años.

•Se reduce también la edad mínima exigible para conducir autocares a 18 años, pero solo sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. Solo será a partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas cuando podrán llevar pasajeros.

•Ambas modificaciones dan respuesta a la adecuación de la edad para la obtención del permiso de conducir con la edad establecida a la que se puede realizar el CAP. Además, es una petición realizada por el sector de transportes por carretera debido a la escasez de conductores profesionales y abre la posibilidad a los jóvenes de acceder al mercado laboral.

•Amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión. Es una medida que favorece el uso de combustibles alternativos no contaminantes.

El Real Decreto también introduce algunas mejoras en las pruebas de capacitación necesarias para obtener el permiso de conducción. Entre otras:

•Especifica los equipos de protección obligatorios que tienen que llevar los aspirantes en las pruebas de destreza y de circulación para la obtención de los permisos de moto.

•Establece la posibilidad de que, en determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada, se puedan autorizar el acceso a los permisos de conducción de camiones y autobuses de personas con problemas asociados al sistema locomotor. Los avances en prótesis y vehículos hacen posible que estas personas puedan obtener dichos permisos.

ENTRADAS EN VIGOR

Las modificaciones relativas al Reglamento de Circulación y Vehículos entrarán en vigor el 2 de enero de 2021. No obstante, la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación (velocidades en zonas urbanas) entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.

La obligación de disponer de certificado para la circulación y su identificación, conforme a lo establecido en el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, será de aplicación a los veinticuatro meses de la publicación del manual de características de los vehículos de movilidad personal en el "Boletín Oficial del Estado", tal y como se establece en la disposición transitoria única. Régimen Transitorio del RD

Las modificaciones relativas al Reglamento de Conductores entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del Real Decreto en el B

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD deMADRID-SEVILLA

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación del contrato para la redacción del proyecto y la ejecución de las obras de renovación de las instalaciones de seguridad (señalización, sistemas de protección de tren, detectores de caída de objetos, telecomunicaciones fijas, etc) de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Sevilla, con un valor estimado de contrato de 108.382.553,39 euros (IVA no incluido).

El contrato, que tiene un plazo de ejecución total de 52 meses, contempla el diseño y definición de las instalaciones de seguridad necesarias, la redacción del correspondiente proyecto constructivo y la ejecución de las obras, pruebas y puesta en servicio de dichas instalaciones.

El objetivo de las actuaciones previstas, que incluyen en particular la implantación del sistema ERTMS, es dotar de mayor capacidad a la línea Madrid-Sevilla, así como renovar las instalaciones con el objeto de mejorar su disponibilidad y su fiabilidad.

En concreto, el contrato licitado incluye actuaciones en los siguientes ámbitos:

•Enclavamientos. Está prevista la sustitución de los actuales enclavamientos por nuevos enclavamientos electrónicos de última generación.

•Sistema de Protección de Tren (LZB). La funcionalidad LZB ha de quedar garantizada con los nuevos enclavamientos, estando relacionada con estos mediante un interfaz serie.

•Sistema de Protección de Tren (ERTMS). Se prevé la instalación del sistema ERTMS en toda la línea, en el conjunto de enclavamientos, así como en el ramal La Sagra-Toledo, y habrán de tenerse en cuenta las transiciones entre este sistema y los existentes. Igualmente, está planificada la instalación del sistema ASFA digital en todo el ámbito del proyecto.

•Modificación de los bloqueos con los enclavamientos colaterales de otras LAV, así como cambiadores de ancho de Atocha, Alcolea y Majarabique, el ramal La Sagra-Toledo y los talleres de Cerro Negro y La Sagra.

•Sistemas auxiliares de detección. En este ámbito, se prevé la sustitución de los armarios de los detectores de caída de objetos por nuevos armarios que se comuniquen con los Sistemas Complementarios de Vigilancia y Seguridad (SCVS) y con el enclavamiento en cuyo ámbito se encuentran ubicados.

•Energía. Se incluye la instalación del sistema de energía para las nuevas instalaciones de señalización y comunicaciones.

•Control de Tráfico Centralizado (CTC). En este ámbito, se considera el suministro de nuevos controladores de elementos de campo (FEC) redundantes para los CTC de línea y de respaldo. Asimismo, se sustituirá el actual CTC de respaldo por uno nuevo.

Financiación europea

Esta actuación está cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del P.O. Plurirregional de España 2014-2020. Objetivo Temático 7: Transporte sostenible.

Educación y Formación Profesional

REPARTO DEL PROGRAMA DE AYUDA AL ALUMNADO VULNERABLE PROA+

El Consejo de Ministros ha validado los criterios de distribución acordados por la Comisión General de la Conferencia Sectorial de Educación el pasado 21 de octubre, por los que el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) distribuirá 20 millones de euros entre Comunidades Autónomas del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en la situación de emergencia educativa del curso 2020-21 provocada por la pandemia del covid-19, #PROA+ 20-21. Estos fondos, destinados a ayudar al alumnado más vulnerable, se suman a los 40 millones ya aprobados en julio.

El MEFP distribuirá estos fondos entre las Comunidades Autónomas para que puedan atender las necesidades educativas del curso escolar 2020-2021, consecuencia de la emergencia sanitaria, en función de la evolución de la pandemia y de las características y singularidades de los centros educativos, del profesorado y del alumnado.

El criterio de distribución entre CCAA se ha establecido atendiendo a las siguientes variables: el número de alumnos escolarizados en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria (poderación de 50%); el porcentaje de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (20%); la tasa de idoneidad a los 15 años (20%) y la dispersión de la población (10%).

La aplicación de estos criterios da como resultado el siguiente

COMUNIDAD AUTÓNOMACUANTÍA
Andalucía2.646.056,00
Aragón859.048,00
Asturias (Principado de)771.691,00
Balears (Illes)1.001.457,00
Canarias973.380,00
Cantabria707.122,00
Castilla y León1.060.883,00
Castilla-La Mancha1.075.274,00
Cataluña2.277.103,00
Comunitat Valenciana1.839.728,00
Extremadura823.172,00
Galicia1.179.203,00
Madrid (Comunidad de)1.904.699,00
Murcia (Región de)1.083.346,00
Navarra (Comunidad Foral de)1.006.973,00
La Rioja790.865,00
TOTALES 20.000.000,00

La financiación de la aplicación de este programa en el País Vasco se realizará de conformidad con su régimen de financiación específico.

El propósito del programa PROA + es poner en marcha un mecanismo de ayuda para el fortalecimiento de los centros financiados con fondos públicos que afrontan mayor complejidad educativa. Entre sus objetivos destaca el de garantizar la continuidad y el avance educativo en el curso 2020-21, con especial atención a los más vulnerables educativamente; reforzar y mejorar el funcionamiento de los centros educativos en las condiciones especiales de este curso escolar; reforzar la equidad educativa en la red de centros; y reforzar la dotación y formación de los equipos docentes y de los profesionales de la orientación.

Industria, Comercio y Turismo

APORTACIONES DEL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGÍA A CENTROS METROLÓGICOS INTERNACIONALES

El Consejo de Ministros ha autorizado al Centro Español de Metrología (CEM) a pagar la aportación a la Asociación Europea de Institutos Nacionales de Metrología (EURAMET) correspondiente al ejercicio 2020 por importe de 7.056 euros.

El Centro español de Metrología es responsable de la organización metrológica en España y al que, se le atribuyen, entre sus funciones, la representación de España en las Organizaciones Internacionales de Metrología, sin perjuicio de las competencias que correspondan al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Una de estas organizaciones es la Asociación Europea de Institutos Nacionales de Metrología (EURAMET), la organización Regional de Metrología de Europa. Coordina la cooperación de los Institutos Nacionales (INM) de Europa en campos tales como la investigación en metrología, la trazabilidad de las mediciones al sistema de unidades SI, el reconocimiento internacional de los patrones de medida y de las capacidades de medida y calibración (CMC) de sus miembros.

El Consejo de Ministros también ha autorizado al CEM a pagar la aportación a la Confederación Internacional de Medida (IMEKO) correspondiente a 2020 por importe de 900 euros.

IMEKO es una federación no gubernamental de 42 organizaciones nacionales (abril de 2020) involucradas en los avances de la instrumentación y las tecnologías de medición, fundada en 1958. Las Organizaciones miembros son Sociedades y Comités científicos y técnicos. Los miembros son representantes de Instituciones Metrológicas, Universidades, representantes de la Industria y usuarios de instrumentación. El Organismo que representa a España es el Centro Español de Metrología.

Sus objetivos fundamentales son la promoción de intercambio internacional de información técnica y científica en los campos de medida e instrumentación y el reforzamiento de la cooperación internacional entre científicos, e ingenieros de los campos de la investigación y de la industria.

Industria, Comercio y Turismo

MODIFICADO EL CONTRATO DEL FUTURO PARADOR DE IBIZA

Consejo de Ministros ha autorizado a Turespaña la modificación del contrato de rehabilitación del Castillo y Almudaina de la Ciudad Alta de Ibiza como futuro Parador de Turismo con un valor estimado de 2.168.180 euros.

Las variaciones solicitadas que incluye el nuevo contrato son indispensables para la continuación de la obra contratada y no pudieron preverse en el momento de la contratación: nuevas prospecciones arqueológicas, la necesidad de modificación del sistema constructivo de excavación y de ejecución de la estructura del garaje subterráneo, y las modificaciones necesarias del existente centro de transformación.

Dado que sería necesaria la paralización total de las obras durante el plazo de redacción y aprobación del proyecto modificado, la dirección facultativa solicita asimismo la continuación provisional de las obras, pues la paralización conllevaría afecciones al estado físico de las edificaciones y en especial a la muralla, por las excavaciones realizadas hasta la fecha.

Industria, Comercio y Turismo

SUBVENCIONES PARA COMPENSAR LOS COSTES DE EMISIONES INDIRECTAS DE CO2

El Consejo de Ministros ha autorizado aumentar hasta los 61 millones de euros el presupuesto destinado a la convocatoria de 2020 para la concesión de las subvenciones relativas al mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero para costes incurridos en 2019. Este acuerdo amplía la cuantía de 6 millones de euros convocada el 30 de abril de 2020 hasta los actuales 61 millones de euros.

Con la autorización de esta ampliación, el Gobierno cumple su compromiso de apoyar a los sectores industriales y refuerza la competitividad de las empresas más intensivas en consumo de electricidad, y por tanto más sensibles a los costes eléctricos.

La Unión Europea permite a cada Estado miembro compensar los costes indirectos de las industrias de determinados sectores o subsectores a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de "fuga de carbono", debido a los costes relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad.

De esta forma, con el objetivo de mitigar en la medida de lo posible el impacto de los citados costes sobre la competitividad del sector industrial y su posible decisión de trasladar su producción a terceros países no afectados por el régimen de comercio de derechos de emisión, mediante el Real Decreto 1055/2014, de 12 de diciembre, se creó el mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero, para empresas de determinados sectores y subsectores industriales.

Cultura y Deporte

CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA A LA MAJOR ORCHESTRA LIBRARIAN'S ASSOCIATION

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) al pago de una contribución voluntaria a la Major Orchestra Librarian's Association (MOLA), en concepto de la cuota anual de miembro de la Orquesta y Coro Nacionales de España (OCNE), correspondiente al año 2020 por un importe de 250 dólares.

Major Orchestra Librarian's Association es un espacio de trabajo importantísimo para los archivos de las orquestas sinfónicas. La asociación internacional facilita la comunicación entre bibliotecarios, proporciona importantes recursos para bibliotecarios y archiveros, realiza una labor continua de búsqueda de la excelencia en el trabajo de los archivos y expone a las editoriales la problemática de las orquestas con el fin de que adopten un modelo de edición de partituras orquestales óptimo.

Fundada en 1983 y registrada en el Estado de Pennsylvania, Major Orchestra Librarians' Association está formada por 270 instituciones de todo el mundo, incluidas orquestas, archivos, bibliotecas, teatros líricos, compañías de danza, festivales de música, etc. La Orquesta y Coros Nacionales de España (OCNE), unidad dependiente del INAEM, forma parte de la asociación desde el año 2006.

Cultura y Deporte

NUEVA SEDE DE LA BIBLIOTECA PÚBLICA DEL ESTADO EN MÁLAGA

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar a la presidenta del Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, Organismo Autónomo del Ministerio de Cultura y Deporte, la celebración del contrato de obras de restauración del antiguo Convento de San Agustín para la nueva sede de la Biblioteca Pública del Estado en Málaga. La intervención tiene un valor estimado de 15.969.637,70 euros.

Las obras, que tienen un plazo de ejecución de cuarenta y cinco meses, consistirán en la consolidación estructural completa del complejo de edificios que conforman el Convento de San Agustín y su total restauración.

El conjunto está compuesto por un primer cuerpo con fachada a la calle San Agustín, seguido a continuación de una crujía central de planta rectangular. Junto a esta crujía se desarrolla el antiguo claustro del convento y, por último, existe una serie de dependencias inconexas entre sí, y de escaso o nulo valor histórico o monumental, fruto de sucesivas ampliaciones del inmueble hacia la calle Pedro de Toledo, incluida la zona de la sacristía del convento.

La intervención pretende que la transformación del conjunto no se convierta únicamente en un inmueble cuyo uso sea ser visitado como objeto de turismo, sino también ofrecer un nuevo uso que constituya al mismo tiempo la promoción de la cultura, de forma que el objeto sea ordenar los espacios para desarrollar en ellos la Biblioteca Pública del Estado de Málaga.

Cultura y Deporte

CONTRATACIÓN DE OBRA PARA UN CENTRO EDUCATIVO ESPAÑOL EN RABAT

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar a la presidenta del Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, Organismo Autónomo del Ministerio de Cultura y Deporte, la celebración del contrato de obras de construcción de un Centro Educativo Español en el municipio de Agdal, en Rabat (Marruecos).

El proyecto tiene un plazo de ejecución de treinta y seis meses, un valor estimado de 14.425.113,80 euros y un presupuesto base de licitación de 17.310.136,56 euros.

Las obras consisten en la construcción de un Centro Educativo destinado a usos docentes, administrativos, aparcamiento y de pública concurrencia, que se estructura en dos edificios a diferente cota, separados por una pieza central de salón de actos que articula el conjunto a través de una pérgola que sirve de nexo de unión de todo el conjunto.

El edificio inferior dispone de planta sótano con uso de aparcamiento, planta baja y primera con aulas de infantil, primaria, gimnasio y comedor. El edificio superior se distribuye en planta baja con usos administrativos y plantas primera, segunda y tercera escalonadas con aulas de secundaria y bachillerato.

Cultura y Deporte

SUMINISTRO DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL A DISTINTAS UNIDADES DEL INAEM

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar la declaración de emergencia para el suministro de equipos de protección individual a distintas unidades del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música por un importe máximo de 151.109,64 euros.

La directora general del INAEM acordó, el 29 de septiembre de 2020, la adquisición urgente de los dispensadores de gel hidroalcohólico y los equipos de protección individual (EPI´s) que requieren los trabajadores del INAEM para hacer posible el trabajo presencial con las garantías de seguridad necesarias para ello.

Esta actuación ha tenido como base la Instrucción de la Secretaría General de Función Pública sobre medidas y líneas de actuación en materia de Prevención de Riesgos Laborales frente al COVID-19 de cara a la reincorporación presencial del personal publicada el 24 de abril de 2020 y el manual de "Directrices de buenas prácticas en los centros de trabajo. Medidas para la prevención de contagios del COVID-19" publicado por el Ministerio de Sanidad.

Ciencia e Innovación

CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A PROYECTOS DE I+D+I

El Consejo de Ministros ha aprobado la autorización para publicar la principal convocatoria de proyectos de I+D+I, que serán financiados por la Agencia Estatal de Investigación (AEI) por un importe de 412 millones de euros. Esta convocatoria, la más importante para la comunidad científica española, incluye el incremento de financiación de 50 millones de euros respecto a 2019 que forma parte del Plan de Choque para la Ciencia y la Innovación aprobado el pasado mes de julio.

La convocatoria de Proyectos de I+D+I es la más importante para la comunicad científica por la calidad de los proyectos de investigación, la diversidad de áreas científicas y la cuantía de la financiación. Cuenta con dos modalidades, 'Generación de conocimiento' y 'Retos Investigación', que desde 2019 se publican en una única convocatoria y presupuesto único, con el objetivo de asignar con más eficiencia la financiación en función de la calidad de las propuestas, tanto para llevar a cabo investigación básica como aplicada.

La modalidad 'Generación de Conocimiento' abarca proyectos de investigación sin orientación temática previamente definida, que están motivados por la curiosidad científica y tienen como objetivo primordial el avance del conocimiento, independientemente del horizonte temporal y del ámbito de aplicación del mismo. Por su parte, dentro de 'Retos Investigación' los proyectos de investigación, como sus aplicaciones en posteriores fases de desarrollo tecnológico y experimentación, están orientados a la resolución de problemas vinculados a los grandes retos de la sociedad incluidos en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.

En cada modalidad habrá proyectos A, liderados por jóvenes investigadores, y proyectos tipo B, liderados por investigadores con una trayectoria científica consolidada. Además, la modalidad de 'Retos Investigación' incluye los proyectos JIN, para jóvenes investigadores sin vinculación contractual o con vinculación temporal limitada, con el objetivo de apoyar la atracción y retención del talento, mediante el acceso al sistema de I+D+i de jóvenes con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras y propuestas muy innovadoras, permitiendo que actúen como investigadores principales de proyectos, aunque carezcan de vinculación con la entidad solicitante o tengan una vinculación inferior o igual a un año. También se mantienen los proyectos tipo RTA, gestionados hasta 2017 por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA).

Este aumento de ayudas para proyectos de investigación se enmarca en el objetivo de transformar el Sistema de Ciencia e Innovación y atraer y retener talento, uno de los ejes centrales del Plan de Choque para la Ciencia y la Innovación. En concreto, forma parte de un conjunto de medidas para incrementar la financiación de los grupos de investigación de nuestro país, tras una década de disminuciones presupuestarias.

En las próximas semanas el Gobierno tiene previsto aprobar las convocatorias de ayudas de los programas postdoctorales Ramón y Cajal y Juan de la Cierva, que también verán incrementada su financiación este año. En concreto, contarán con 28 millones de euros más que en 2019, un aumento del 30%, que llevará a estas ayudas hasta los 121,9 millones de euros.

Estas ampliaciones de crédito fueron aprobadas por el Consejo de Ministros el pasado mes de septiembre. De esta manera, el Gobierno continúa dando cumplimiento al Plan de Choque presentado el pasado mes de julio, con un paquete de inversiones directas por 1.056 millones de euros para 2020 y 2021 que tienen como objetivo situar a la I+D+I en el centro de la estrategia de la recuperación.

Este impulso continúa con el anteproyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 presentado por el Gobierno, que contempla un aumento del 59,4% de las inversiones directas del Ministerio de Ciencia e Innovación, hasta los 3.232 millones de euros.

Estos presupuestos incluyen la consolidación del incremento de 50 millones de euros para la convocatoria de proyectos de I+D+I, así como nuevas convocatorias para equipamiento científico técnico, con 180 millones de euros, también previstas en el Plan de Choque. Además, contempla 78 millones de euros adicionales para proyectos de investigación orientados a la transferencia de conocimiento y la cooperación europea.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajadora de España en la República del Ecuador

Dª. ELENA MADRAZO HEGEWISCH

Licenciada en Geografía e Historia por la Universidad de Cantabria. Ingresó en la Carrera Diplomática en 1992. En la actualidad desempeña el cargo de directora de la División de Emergencia Consular.

Durante su carrera ha estado destinada en América Latina, tales como: encargada de Asuntos Culturales y Consulares en la Embajada de España Guatemala, cónsul en Bogotá, cónsul general en Mendoza, así como en África y Europa: segunda jefatura en la Embajada de España en Mauritania y Cónsul en Dusseldorf

Ha sido embajadora de España en Níger y en Costa Rica.

Asimismo, fue subdirectora de Cooperación Multilateral y Horizontal en la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo AECID y posteriormente fue nombrada directora de dicha institución.

Embajador de España en el Reino de Baréin

D. MIGUEL JOSÉ MORO AGUILAR.

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Diplomado en Derecho Francés por la Universidad de París XI y diplomado en Derecho Comunitario por la Universidad CEU San Pablo de Madrid

Ha sido jefe del servicio de Asuntos Parlamentarios en el Gabinete del Ministro entre 2000 y 2001. Ha participado en la Comisión de servicio en el Consulado General de España en Moscú entre agosto y septiembre del año 2000. Ha sido secretario en la segunda jefatura, en la Embajada de España en Bagdad entre 2001 y 2003. Estuvo como consejero en la Embajada de España en Lisboa entre los años 2003 y 2006.

Realizó funciones de segunda jefatura, en la Embajada de España en Panamá entre 2006 y 2010. Fue subdirector General de Oriente Próximo entre los años 2010 y 2014. Ha estado en la segunda jefatura en la Embajada de España en Tel Aviv entre los años 2014 y 2017. Ejerció funciones en la segunda jefatura en la Embajada de España en Hanói entre 2017 y 2020. Ha sido embajador de España en el Estado de Kuwait desde 5 de agosto de 2020.

E mbajador de España en la República de Yibuti

D. MANUEL SALAZAR PALMA.

Manuel Salazar Palma, natural de Granada. Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid. Ingresó en la Carrera Diplomática en mayo de 1981.

En el exterior, ha sido embajador de España en Croacia (diciembre 2005 a diciembre 2010), cónsul general en Jerusalén (junio1998 a julio 2002) y en Rio de Janeiro (agosto 2015 a julio 2018), y segunda jefatura en la Embajada en Rusia (octubre 2011 a julio 2015). Ha estado también destinado en las Embajadas en Zimbabwe, en Iraq y en Francia.

En España, ha sido vocal asesor en el Departamento Internacional del Gabinete de la Presidencia del Gobierno (agosto 1994 a febrero 1996), subdirector general de Coordinación de Asuntos Institucionales de la UE (febrero 1996 a junio 1998), subdirector general de la Oficina de Información Diplomática (abril 2003 a diciembre 2005), embajador en Misión Especial para la Gobernanza Global (enero 2011 a octubre 2011), director de Relaciones con la Santa Sede y Obra Pía en la Subsecretaria del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (agosto de 2018 a septiembre 2020).

Actualmente es embajador de España en la República Federal Democrática de Etiopía

Sanidad

Directora General de Salud Pública

Dª. PILAR APARICIO AZCÁRRAGA

Pilar Aparicio es Licenciada en Medicina por la Universidad Complutense de Madrid y especialista en Medicina Interna. Doctorada por el Programa de Microbiología Clínica y diplomada en Medicina Tropical, ambos títulos por la Universidad Complutense de Madrid.

Desde septiembre de 2015, ha sido la directora de la Escuela Nacional de Sanidad del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) y Directora del Instituto Mixto de Investigación IMIENS conformado por el ISCIII y la UNED.

A lo largo de su carrera profesional, ha acometido diferentes tareas en áreas clínico-asistenciales (Hospital Universitario de Móstoles de Madrid, Hospital Teodoro Alvarez, de Buenos Aires, Argentina), investigación aplicada a la epidemiología en enfermedades infecciosas (Centro Nacional de Microbiología del ISCIII y en el Laboratorio Central de Salud Pública de Inglaterra, Londres), docencia y actividades relacionadas con la salud pública internacional y la cooperación científico técnica, orientada al fortalecimiento de los sistemas públicos de salud y control de las enfermedades transmisibles desde organismos multilaterales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y desde el Centro Nacional de Medicina Tropical del ISCIII en distintos países de América Latina y África.

Directora General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia

D. PATRICIA LACRUZ GIMENO.

Licenciada en Farmacia por la Universitat de València en el año 2000.

Especialista Universitaria en Auditoría, Acreditación, Evaluación de la Calidad en las Organizaciones y Prácticas Sanitarias.

Desde el 21 de julio de 2015, directora general de Farmacia y Productos Sanitarios de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat.

Inició su trayectoria profesional en materia de calidad y gestión sanitaria en el 2002 vinculándose a proyectos de la Conselleria de Sanitat. En el 2004 forma parte del equipo del Instituto de Acreditación y Evaluación de las Prácticas Sanitarias dependiente de la Conselleria de Sanitat, integrándose en el equipo técnico.

En diciembre de 2008 pasa a formar parte del Departamento de Calidad y Procesos del Departamento de Salud de Manises, ocupando el cargo de responsable de Calidad y Procesos del mismo al poco tiempo. A partir de 2012 se incorpora al Comité de Dirección de ese Departamento de Salud.

Asimismo, ha ocupado el puesto de secretaria de la Sociedad Valenciana de Calidad Asistencial, durante los primeros cuatro años de vida de la misma, siendo socia fundadora.

Director General de Ordenación Profesional

D. VICENÇ MARTÍNEZ IBÁÑEZ.

Médico especialista en Cirugía Pediátrica, actualmente ejerce de director-Gerente del Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo.

Doctor en Cirugía y Medicina por la Universidad Autónoma de Barcelona (1989). Cirujano del primer Trasplante Hepático Infantil de España (1975) y co-líder del primer programa de Cirugía Fetal de nuestro país (2001). Especializado además en cirugía neonatal, oncología y trasplantes. Tiene el European Board de Cirugía Pediátrica (1997). Ha ejercido de jefe de servicio de su especialidad en el Hospital Universitario Vall d'Hebron (2004-2012) con 228 trabajos científicos publicados y participa en diversos trabajos de investigación. Ha sido Presidente de la Sociedad Española de Cirugía Pediátrica (2006-2008).

En el campo de la gestión sanitaria, está diplomado en "Gestión de Hospitales y Organizaciones de la Salud" por EADA (1998-1999); por la Universidad Pompeu Fabra (2001), "La gestión hospitalaria: el jefe de servicio como product manager"; diplomado en Alta Dirección en Instituciones Sanitarias por IESE (2008); Executive Master in Healthcare Organization Leadership por McDonough School of Business, Washington DC y ESADE (2014) y diplomado por IESE (2014-2015) en el Programa de Alta Dirección de Empresas (PADE).

Ha sido gerente para la sinergia asistencial del Instituto de Assistència Sanitaria (IAS) y del Instituto Català de salut (ICS) de Girona (2012-2014), donde se le concedió el Premio a la Calidad en Gestión de la Fundación Avedis Donabedian (2014) y gerente del Hospital Universitari Vall d'Hebron (2015-2019).

Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas

D. JUAN RAMÓN VILLALBÍ HERETER.

Juan Ramon Villalbí Hereter es licenciado y doctor en medicina (Universidad de Barcelona, 1979 y 1990), maestro en salud pública (Yale University 1983) y médico especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública. Funcionario por oposición como técnico superior en medicina (Ayuntamiento de Barcelona, 1985). Ha trabajado en la gestión y evaluación de servicios y programas de salud pública, adicciones, y atención primaria. En los últimos años, como responsable del área de Calidad y Procesos en la Agència de Salut Pública de Barcelona, se ha concentrado en la implantación de modelos de gestión de calidad en los servicios de salud pública. Su experiencia de investigación se ha concentrado principalmente en la evaluación de políticas, programas y servicios, con más de 230 publicaciones científicas incluidas en PubMed.

Desde el curso 2005-06 ha sido profesor asociado de la Universidad Pompeu Fabra, impartiendo docencia en cursos de salud pública. Es miembro del Consejo Editorial de las revistas Health Promotion International, Adicciones, Revista Española de Salud Pública, y Atención Primaria, así como del Comité de Expertos de Medicina Clínica. Ha servido en las Juntas de la Sociedad de Salud Pública de Cataluña y Baleares (de la que fue Presidente), la Sociedad Catalana de Atención Primaria, el Comité Nacional de Prevención del Tabaquismo (del que fue Secretario y Presidente), el European Network for Smoking Prevention (del que fue Vicepresidente), y la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria, de la que ha sido Presidente. Es miembro del grupo de trabajo sobre alcohol de la Sociedad Española de Epidemiología, que coordinó en el periodo 2012-18. Ejerce como Presidente del Consell Assessor sobre Tabaquisme desde el año 2004. En 2019 fue nombrado miembro del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales del Ministerio.

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