Referencia del Consejo de Ministros

7.7.2020

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Madrid

SUMARIO

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
  • REAL DECRETO-LEY de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transporte y vivienda.
  • ACUERDO por el que se aprueban las medidas correspondientes al Plan de actuaciones de prevención y lucha contra los incendios forestales para el año 2020 y se toma conocimiento del informe sobre la ejecución de las medidas adoptadas en el año 2019.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de la empresa francesa Etienne Lacroix Finances en la empresa española Falken, S.A.U.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la creación de un cuadro de mandos interactivo con información epidemiológica, económica y social para el seguimiento de la reactivación de la actividad económica para el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, por un importe de 85.305 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se acepta la renuncia de Sociedad Española de Radiodifusión, S.L, a una licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónico en ondas medias (hectométricas) en Pamplona, y se declara la extinción de dicha licencia.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • REAL DECRETO por el que se regulan aspectos necesarios para la implementación de los códigos de red de conexión de determinadas instalaciones eléctricas.
  • ACUERDO de por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1 b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica.
  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1 b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula el procedimiento y los criterios generales de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución eléctricas.
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos, bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) del Oeste, en Guía de Isora (Tenerife).
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos, bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de la estación de tratamiento y bombeo de aguas residuales (ETBAR) de playa de San Juan, en Guía de Isora (Tenerife).
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos, bienes y derechos afectados por las obras del proyecto del sistema de saneamiento del Oeste, en Tenerife (Colectores de Medianías).

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo Anejo al Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China sobre el establecimiento de Centros Culturales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho protocolo.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de renovación de 1.000 licencias del producto Swivel, por un importe estimado de 25.930,30 euros IVA incluido.

Justicia

  • ACUERDO por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2020, de los recursos obtenidos por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, afectados a los fines establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  • ACUERDO por el que se aprueba el plan de actuación de la disposición adicional decimonovena del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 202.023.111,85 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia del suministro de gel hidroalcohólico para la protección de las personas frente al COVID-19 en el ámbito de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Madrid y sus centros dependientes, por un importe de 61.180 euros (IVA excluido).
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 748.620.000 euros.

Interior

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de los servicios de mantenimiento, revisiones, inspecciones, asistencias técnicas y renovación de las publicaciones de los helicópteros del Servicio Aéreo de la Dirección General de la Guardia Civil, por importe de 966.666,66 euros.
  • ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en el Consejo Nacional de Protección Civil.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios por daños graves en la línea Barcelona-Mataró-Maçanet (línea C-1 de cercanías) entre los puntos kilométricos 24+700 y 26+992 ante las acciones del clima marítimo, por un importe de 12.865.000 euros.

Educación y Formación Profesional

  • REAL DECRETO por el que se crea el colegio público de educación infantil y primaria número 14 de Melilla.

Industria, Comercio y Turismo

Política Territorial Función Pública

  • REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  • REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Cultura y Deporte

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la prestación del servicio de grabación y emisión en streaming de la celebración del Día Europeo de la Música, por un importe de 84.095 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la prestación del servicio de realización de reconocimientos médicos específicos para el diagnóstico de la COVID-19 al personal artístico que presta servicios en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por importe máximo de 52.845 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales la convocatoria de ayudas de concesión directa para titulares de salas de exhibición cinematográfica destinadas a sufragar gastos realizados en el año 2020 derivados de la crisis de la COVID-19, por importe de 13.252.000 euros.

Sanidad

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de la creatividad, diseño, realización y producción de una campaña de publicidad institucional dirigida a la prevención del COVID-19 durante la fase de transición hacia la nueva normalidad, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 326.700 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de compra de espacios en medios de comunicación y demás soportes publicitarios para la difusión en los medios de una campaña de publicidad institucional dirigida a la prevención del COVID-19 durante la fase de transición hacia la nueva normalidad, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 4.500.000 euros, (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el suministro de mascarillas con gomas, 3 capas PP blanco, para el COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 472.135,95 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el suministro de mascarillas quirúrgicas y de protección FFP2 y FFP3 para el COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 3.008,30 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la obra de reforma de la planta baja del edificio de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 154.944,13 euros, (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de transporte aéreo de mercancías relacionadas con el COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo por el que se adoptan de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 1.250.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la prestación de los servicios de coordinación, logística y transporte aéreo, ferrocarril y por carretera de materiales sanitarios adquiridos en China para el abordaje del COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe máximo de 7.865.000 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la adquisición de solución hidroalcohólica para el lavado de manos para la protección contra el COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 480.975 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la prestación de los servicios de recepción, almacenaje y distribución de los kits de extracción y de detección del virus del COVID-19 que se indican en el contrato suscrito, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe máximo de 81.900 euros, más los impuestos indirectos que correspondan.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el suministro de test basados en la técnica de serología ARCHITECT SARS-CoV-2 IgG y los calibradores y controladores correspondientes, para el COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 1.006.210 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la adquisición de 26.800 tests de detección del COVID-19 SGTI-FLEX COVID-19 IGM/IGG, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 5.816.576,84 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la prestación de los servicios de supervisión, inspección y toma de muestras de mercancías para el COVID-19 en China y en España, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe máximo de 160.000 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la ampliación de las licencias de uso de ATLASSIAN en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 35.431,07 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la ampliación de recursos de la base de datos para la investigación epidemiológica en atención primaria BIFAP, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 65.455,97 euros (IVA incluido).

Ciencia e Innovación

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia adoptada por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), en la tramitación del contrato de suministro de un equipo de documentación multimodal para la plataforma de antivirales del Centro Nacional de Biotecnología, con cargo al proyecto PIE-RD-COVID-19, "Desarrollo de estrategias de protección frente al SARS-COV2", por importe de 124.876,03 euros, IVA no incluido.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria española al Instituto Forestal Europeo para gastos de funcionamiento de su Oficina Regional en Barcelona (EFIMED) correspondiente al año 2020, en el ámbito del Ministerio de Ciencia e Innovación, por importe de 200.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Salud Carlos III la convocatoria de concesión de subvenciones para proyectos de investigación clínica independientes de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de los servicios de seguridad y vigilancia de 17 centros de atención e información dependientes de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Barcelona, por un importe de 209.973,42 euros, IVA incluido.

Universidades

  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se nombra delegado especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz a D. FRANCISCO MATÍAS GONZÁLEZ PÉREZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra vocal del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Conjunto con Justicia)a Dª MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ MATAS.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

MEDIDAS DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA PARA HACER FRENTE AL IMPACTO DEL COVID-19 EN LOS ÁMBITOS DE TRANSPORTE Y VIVIENDA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que contiene un conjunto de medidas necesarias para la reactivación económica en los ámbitos de los transportes y de la vivienda, para hacer frente al impacto del Covid-19.

En lo referido al transporte el objetivo es el de proteger la salud de los trabajadores y viajeros en el ámbito aéreo, garantizar la disponibilidad de los bienes y servicios esenciales, proporcionar liquidez a las empresas y reducir las cargas administrativas.

Este Real Decreto-ley supone un esfuerzo presupuestario, inversor y financiero sin parangón para empresas públicas y privadas. El importe económico de las medidas para empresas privadas del sector del transporte y en materia de reducción de tasas portuarias asciende a 663 millones de euros.

En cuanto a las empresas públicas, la norma aumenta la capacidad de endeudamiento de Renfe hasta los 1.000 millones con el fin de compensar la caída de demanda e impulsar la recuperación de servicios y 110 millones de euros de aportación extraordinaria a SEITTSA para que pueda atender sus compromisos de obras públicas en el medio plazo.

Con ello el Gobierno complementa para el sector de los transportes otras medidas adoptadas previamente, como los 800 millones destinados al transporte público en las Comunidades Autónomas y los avales y ayudas fiscales al sector, para dar respuesta al impacto del Covid-19 y que son coherentes con los criterios y directrices de la Comisión Europea sobre los que se ha de orientar la reactivación económica del sector.

Este conjunto de medidas se ha articulado en torno a tres ejes fundamentales:

1.Protección de la salud de los trabajadores y viajeros.

El primer eje sobre el que gira esta norma implica proteger la salud de los trabajadores y viajeros, garantizando la disponibilidad de los bienes y servicios esenciales.

Así, este Real Decreto-ley adopta a nivel nacional las disposiciones necesarias para que gestores aeroportuarios y compañías aéreas pongan en marcha las medidas de gestión de los pasajeros y personal de aviación civil ante la pandemia, minimizando los riesgos de contagio tanto en las instalaciones aeroportuarias como durante las diferentes etapas del viaje, incluyendo la limitación de acceso a los edificios terminales de los aeropuertos.

2.Medidas económicas.

El segundo eje conlleva proporcionar liquidez a las empresas del sector para hacer frente a las perturbaciones financieras a corto plazo vinculadas a la crisis del coronavirus, recurriendo a distintos instrumentos financieros, incluidos los fiscales, a fin de preservar su viabilidad así como la continuidad de la actividad económica durante y después de la crisis del Covid-19.

3.Reducción de cargas administrativas.

El tercer eje afecta a la reducción de cargas administrativas, simplificando y acelerando determinados procedimientos, velando por la seguridad jurídica y teniendo en cuenta la capacidad de las instituciones públicas para agilizar los trámites preceptivos para la reactivación y desarrollo de las actividades en el sector del transporte.

Por modos de transporte, las medidas adoptadas suponen:

Transporte aéreo

El Real Decreto-ley hace obligatorias en España las recomendaciones de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) para la seguridad de pasajeros y tripulaciones de vuelo en el ámbito del Covid-19. Asimismo, incorpora medidas orientadas a facilitar la recuperación gradual y segura del sector, unos de los más afectados por la pandemia, como la flexibilización del arrendamiento de aeronaves, con o sin tripulación, para la extinción de incendios, búsqueda y salvamento; y la adaptación del concepto de aeronaves no tripuladas (drones) al de la normativa de la Unión Europea.

Transporte marítimo

La nueva norma incluye medidas excepcionales y transitorias relativas, entre otras, a las tasas de ocupación, actividad y del buque, dirigidas a aliviar las dificultades económico-financieras que atraviesan tanto la comunidad portuaria como los navieros, para contribuir al sostenimiento del tejido empresarial que sustenta al sector portuario, que es clave para afrontar la recuperación de nuestra economía.

En el ámbito marítimo, se flexibiliza la normativa a fin de agilizar los trámites de emisión y renovación de certificados, mejorando su eficiencia y en apoyo a la competitividad de los buques de bandera española.

Además, se permite a las Autoridades Portuarias ampliar temporalmente la reducción de las cuotas de las tasas portuarias y de ocupación y se alarga el periodo para reducir la tasa de buque hasta el máximo permitido por la normativa europea. Por otra parte, se impide que se pueda producir una subida de tasas por aumento de los coeficientes correctores en los casos de Autoridades Portuarias con rentabilidades negativas en 2020.

Los tráficos regulares de pasaje o carga rodada con los territorios no peninsulares se podrán calificar como tráficos sensibles, prioritarios o estratégicos, que contribuyen al desarrollo económico y social de España en su conjunto.

Transporte Terrestre

Por su parte, en el sector del transporte por carretera, se adoptan también importantes medidas. Una de las principales se dirige a restablecer el equilibrio económico de los contratos de gestión de servicios de competencia estatal.

En concreto, en este caso de los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general, se trata de aliviar la necesidad de liquidez del operador para que puedan seguir prestando un servicio público esencial y, por tanto, garantizar una red de transporte capilar que facilita la movilidad de un importante número de ciudadanos.

Por otro lado, y añadida a la medida anterior, se posibilita una moratoria en el pago del principal de las cuotas de los contratos de préstamos, leasing y renting de vehículos dedicados al transporte público discrecional de viajeros en autobús y al transporte público de mercancías de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, en aquellos casos en que experimenten dificultades financieras como consecuencia de la emergencia sanitaria.

Esta medida permitiría un aplazamiento de hasta 250 millones de euros para el transporte discrecional de viajeros y de hasta 330 millones de euros en el caso del transporte de mercancías.

Otra de las medidas adoptadas es la prórroga por 3 meses de la validez de los certificados de inspección técnica de los vehículos (ITV) cuya fecha de inspección esté comprendida entre el 21 de junio y el 31 de agosto de 2020, plazo que se contará desde la fecha de vencimiento del certificado.

Mientras esté vigente esta prórroga, las empresas de transporte público de mercancías y de viajeros titulares de una licencia comunitaria tendrán preferencia en el paso por la inspección técnica periódica en las estaciones ITV.

Medidas en el ámbito de la vivienda

El Real Decreto-ley aprobado recoge, además, un conjunto de medidas económicas y sociales en el ámbito de la vivienda que permiten garantizar la protección de las familias y colectivos vulnerables e impulsar la reactivación de la economía en el citado sector, como complemento de otras medidas adoptadas hasta la fecha.

En este sentido, se da un primer paso en la regulación del derecho de superficie para la promoción de viviendas destinadas a alquiler asequible por parte de promotoras privadas, para impulsar la regeneración del territorio y la rehabilitación urbana como palancas de la recuperación económica y la creación de empleo.

Así, con el objeto de optimizar la eficiencia de los fondos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, que actualmente obran en poder de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, se flexibilizan las condiciones, incrementando de forma efectiva la inversión en 2020 y 2021 y permitiendo a estas administraciones territoriales redirigir la financiación y las ayudas donde sea más necesario.

Asimismo, con el objetivo de incrementar el parque de viviendas destinadas al alquiler asequible o social para personas especialmente afectadas por la crisis, se pretende dotar a las Administraciones Públicas de instrumentos jurídicos que permitan una colaboración efectiva en los distintos ámbitos de su actuación, ya sea estatal, autonómico o local, así como mecanismos adecuados para articular la cooperación con operadores económicos.

Otras medidas

En otro orden de medidas, el Real Decreto declara acontecimiento de excepcional interés público al Gran Premio de España de Fórmula 1, con lo que se pretende dar un impulso a la organización de este Gran Premio, al poder otorgar beneficios fiscales a las empresas colaboradoras que contribuyan, además, a su difusión, según lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

El Gran Premio es un ejemplo representativo de la reanudación de las competiciones deportivas tras la crisis ocasionada por la COVID-19. El Gobierno de España quiere contribuir a su reactivación y facilitar la obtención de recursos privados.

El primer Gran Premio de Fórmula 1 se celebró en 1991 en el Circuito de Barcelona-Cataluña, que está ubicado en Montmeló y desde entonces esta localidad se ha convertido en la sede del Gran Premio de España de F1 y el Gran Premio de Cataluña de MotoGP, dos de los campeonatos más prestigiosos del mundo del motor.

Con la celebración de estas competiciones de motor y otras más en su calendario deportivo, el Circuit de Barcelona-Catalunya proyecta su nombre y el de Montmeló, Barcelona, Cataluña y España a escala mundial; siendo un ejemplo representativo de la reanudación de las competiciones deportivas tras la crisis ocasionada por el COVID-19.

El evento tiene una cobertura mediática de alcance mundial. Prueba de ello son la media en 2019 de 700 personas acreditadas (periodistas, reporteros, fotógrafos, cámaras de TV, productores…) representando a medios de comunicación de todo el mundo, con más de 25 nacionalidades distintas. La cobertura, además, se extiende por múltiples plataformas: prensa escrita, radio, televisión e internet a través de páginas web, redes sociales y otros soportes digitales.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

PLAN DE ACTUACIONES DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LOS INCENDIOS FORESTALES 2020

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Actuaciones de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales para el año 2020. Se trata de un conjunto de medidas destinadas a paliar las devastadoras consecuencias económicas, sociales y medioambientales producidas por los incendios forestales en nuestro país y con la necesaria colaboración de todas las administraciones.

El Plan, aprobado para el año 2020 y en el que participan doce ministerios con financiación a cargo de los presupuestos ordinarios de los diferentes departamentos ministeriales, viene a reforzar y centralizar parte de los esfuerzos de los diferentes departamentos ministeriales hacia el ámbito de lucha contra los incendios forestales, algo absolutamente necesario con la llegada del período estival y después de que toda esa priorización de esfuerzos se hiciera contra el Covid-19, tras la declaración por parte de la OMS de pandemia mundial el pasado mes de marzo.

Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y UME

La Guardia Civil realiza una labor fundamental en sus funciones de vigilancia, alerta e investigación de los siniestros acaecidos y en base a la experiencia adquirida en estas funciones y con objeto de seguir garantizando el objeto de las mismas, el Mando Operativo de la Guardia Civil ha emitido una Orden de Servicios con vigencia anual y ámbito de actuación nacional que pretende dar respuesta adecuada a las circunstancias particulares de cada territorio. Dentro de esa Orden de Servicios y como novedad, se han creado dos equipos de investigación en el seno del GIMA 4 (Grupo de Investigación de Medio Ambiente 4), con refuerzo, además, de su área de inteligencia.

La Policía Nacional desarrolla durante este período la Operación LUMES, en similares términos que en años anteriores y la Dirección General de Protección Civil y Emergencias continúa con sus actuaciones en los ámbitos de alertas temprana, el seguimiento de incendios y la difusión de la información acera de su evolución y perfeccionamiento de los procedimientos de información y solicitud de intervención de recursos de la Administración General del Estado, en particular de la UME y gestión de cooperación internacional a través del Mecanismo de Protección Civil de la Unión y los convenios internacionales de carácter bilateral existentes. Unos objetivos, todos ellos, que requieren de la adecuada coordinación dentro de la Administración General del Estado y entre ésta y las administraciones de las comunidades autónomas.

Respecto a la UME, la campaña 2020 cuenta con una total de 1.400 militares en lucha directa contra incendios forestales y contará, como en campañas anteriores, con los apoyos logísticos y operativos necesarios para las intervenciones, encuadrados tanto en los Batallones de Intervención como en el Regimiento de Apoyo e Intervención de Emergencias, lo que eleva a casi 3.000 el número de efectivos involucrados.

El 43 Grupo de Fuerzas Aéreas continúa operando en esta campaña con la flota de 18 aviones apagafuegos pertenecientes al Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico y al Ministerio de Defensa.

Labor importante es también la que se realiza desde la Dirección General de Tráfico, mediante la prevención de las áreas con mayor posibilidad de producirse incendios y la gestión, control e información de las zonas afectadas por incendio y sus accesos.

Apoyo a las CCAA

El Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico pone a disposición de las comunidades autónomas que lo soliciten las aeronaves, propiedad de la Administración General del Estado, a los que se suman medios aéreos contratados a operadoras privadas, con un total de 73 aeronaves previstas para esta campaña 2020. Asimismo, seguirá ofreciéndose el servicio de apoyo a las comunidades autónomas con los medios humanos que conforman las Brigadas de Refuerzo contra Incendios Forestales (BRIF), especializadas en combate de grandes incendios.

Se situarán en comarcas con problemática de incendios forestales 18 Equipos de Prevención Integral contra Incendios Forestales y un total de 500 trabajadores forman parte de las Brigadas de Labores Preventivas. Especial atención también a los Parques Nacionales, Centros y Fincas pertenecientes a la OAPN (Organismo Autónomo de Parques Nacionales), con un operativo de complementario y de apoyo a las CCAA y enfocado, de forma prioritaria, a la realización de labores de detección, pronto ataque y vigilancia contra incendios forestales.

Seguros Agrarios

El Plan de actuaciones de prevención y lucha contra los incendios forestales para el año 2020 incluye intervenciones en materia de seguros agrarios, gestionados por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En concreto, el cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados permite cubrir el riesgo de incendio para las producciones asegurables, tanto agrícolas como ganaderas, en la totalidad de líneas de seguros.

Dentro de la línea de aseguramiento denominada "Seguro de explotaciones forestales" se ofrece cobertura de incendios a las masas forestales de titularidad privada, tanto de especies arbóreas sobre terrenos agrícolas y forestales, como de especies arbustivas forestadas sobre tierras agrícolas.

Infraestructuras

Desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se aprueban medidas urgentes dentro de la Dirección General de Carreteras en materia de prevención de incendios forestales, que contemplan actuaciones de siega, podas y despeje de vegetación, vigilancia de la red de carreteras y de control de vehículos, así como limpieza de cortafuegos mediante convenio con las CCAA que así lo soliciten. En lo concerniente a ADIF y RENFE, existe un Acuerdo Marco en materia de prevención de incendios de la Red Convencional y así también de la Alta Velocidad y vigilancia en mantenimiento de trenes e inspecciones. Por otro lado, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha elaborado y está ejecutando, en coordinación con las CCAA, el Plan de Regulación de Infraestructuras Aeronáuticas.

Otras actuaciones

En el ámbito de Justicia y en este año 2020, por parte de la Fiscalía de Sala de Medio-Ambiente se insta a las Fiscalías territoriales, siempre que su organización lo permita, a la designación de un Fiscal especialista en materia de incendios forestales que pueda asumir las tareas concretas en la materia. Se recalca, asimismo, la importancia del control de cumplimiento de la obligación de tener Planes de Prevención de Incendios por parte de los Ayuntamientos en cuyo término municipal existe superficie forestal y en los supuestos regulados en las legislaciones autonómicas.

Plan específico contra incendios forestales del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, contemplándose medidas de prevención, vigilancia y extinción en los espacios naturales gestionados por el mismo.

Apoyo a proyectos de investigación orientados a retos sociales y en concreto el reto denominado "Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas", que recoge la necesidad de fomentar actividades de I+D+I orientadas a prevenir y paliar los efectos devastadores de los incendios forestales, así como actividades orientadas a hacer un uso eficiente de los recursos naturales.

Apoyo por parte de la División de Emergencia Consular a órganos del Sistema Nacional de Protección Civil en caso de que se produzcan incendios en los que se vean afectadas víctimas extranjeras, sirviendo de interlocución el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación con las víctimas y sus familias.

Por último, el Plan 2020 contempla un refuerzo del papel de las Delegaciones, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares en la coordinación de la actuación de la Administración General del Estado en el territorio, en materia de prevención y lucha contra incendios.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. (MTFP).

El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, asigna al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAUC) la propuesta y ejecución de la política exterior, de las relaciones con la Unión Europea y de la cooperación internacional al desarrollo, de conformidad con las directrices del Gobierno y en aplicación del principio de unidad de acción en el exterior.

El Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, desarrolló la estructura del MAUC hasta el nivel de dirección general. Su disposición final segunda, determina que la Ministra de Política Territorial y Función Pública, a iniciativa de los titulares de los ministerios interesados, elevará al Consejo de Ministros los proyectos de reales decretos por los que se adapta la estructura orgánica de los diferentes departamentos ministeriales.

Ahora se desarrolla la estructura hasta el nivel orgánico de subdirección general, definiendo las competencias y funciones de cada uno de los órganos superiores y directivos. Asimismo, el real decreto contiene una modificación parcial y limitada del citado Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, al cambiar la denominación de la Dirección General de Naciones Unidas y Derechos Humanos, que pasa a ser "Dirección General de Naciones Unidas, Organizaciones Internacionales y Derechos Humanos", así como alterar el orden de prelación de las direcciones generales de la Secretaría de Estado de la España Global.

En cuanto a su estructura y contenido, el real decreto consta de 23 artículos, seis disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y cinco disposiciones finales.

El preámbulo explica el objeto y finalidad del proyecto, sus antecedentes y contenido principal, e indica que se adecua a los principios de buena regulación.

El Artículo 1 establece la organización general del Departamento. Bajo la dependencia inmediata de su titular figuran la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe; la Secretaría de Estado para la Unión Europea; la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional; la Secretaría de Estado de la España Global, y la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, además del Gabinete de la Ministra.

Asimismo, depende directamente de la persona titular del Ministerio la Oficina de Asuntos Migratorios, con nivel orgánico de subdirección general.

Se recoge expresamente que las competencias previstas en este real decreto se ejercerán con un enfoque transversal de género, que garantice una implementación real y efectiva de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Los Artículos 2 a 8 se refieren, respectivamente, a la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe y a sus órganos dependientes que, además de un Gabinete, son:

  • La Dirección General de Política Exterior y de Seguridad (Artículo 3). Dentro de esta Dirección General, se suprime la Subdirección General de Seguridad, al cambiar su denominación a Subdirección General de Asuntos Internacionales de Seguridad.
  • La Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y Derechos Humanos (Artículo 4) dentro de la cual la Subdirección General de Organismos Internacionales Técnicos pasa a ser la Subdirección General de Organismos Internacionales.
  • La Dirección General para Iberoamérica y el Caribe (Artículo 5).
  • La Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo (Artículo 6).
  • La Dirección General para África (Artículo 7).
  • La Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico (Artículo 8).

En el ámbito de esta Secretaría de Estado destaca, como resultado de lo dispuesto en el Artículo 1 del citado Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, la inclusión de las tres subdirecciones generales preexistentes dependientes de la D.G. para Iberoamérica y el Caribe encargadas de sus competencias respecto a las relaciones de España con esta área geográfica de importancia fundamental en la política exterior española.

Los Artículos 9 a 12 se refieren, respectivamente, a la Secretaría de Estado para la Unión Europea y a sus órganos dependientes, que además de un Gabinete, son:

  • La Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la Unión Europea (Artículo 10).
  • La Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias (Artículo 11).
  • La Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, a la que se adscribe la Comisión de Límites con Francia y Portugal (Artículo 12).

En el caso de la Secretaría de Estado de la Unión Europea se mantienen esencialmente las competencias y estructura existentes, con la única supresión de la Subdirección General de Asuntos Agrícolas y de Pesca por la denominada Subdirección General de Asuntos Agrícolas, Pesqueros, Alimentarios y Marítimos.

El Artículo 13 se refiere a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, de la que depende la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible (Artículo 14). Se adscriben al Ministerio, a través de esta Secretaría de Estado, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Instituto Cervantes.

En este supuesto, además de los cambios derivados de la adscripción de la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe a la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe, se han reformulado las competencias tanto de la Secretaría de Estado como de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible que mantiene su estructura a nivel orgánico de subdirecciones generales.

Los Artículos 15 a 18 se refieren, respectivamente, a la Secretaría de Estado de la España Global y a sus órganos dependientes, que, además de un Gabinete, son:

  • La Dirección General de Estrategia, Prospectiva y Coherencia (Artículo 16).
  • La Dirección General de Diplomacia Económica (Artículo 17).
  • La Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes (Artículo 18).

La estructura y competencias de esta Secretaría de Estado han variado de manera notable, fruto de la pretensión de agrupar bajo este único órgano superior el análisis de la situación internacional, de la posición de España en el mundo, de su imagen y reputación y de nuestro posicionamiento económico y comercial.

Este objetivo ha conllevado, en primer lugar, la transferencia a la nueva Dirección General de Estrategia, Prospectiva y Coherencia de la antigua Oficina de Análisis y Previsión, antes dependiente del Gabinete del Ministro, que se extingue en su denominación anterior y se sustituye por la nueva Oficina de Estrategia y Prospectiva. De igual manera, se suprime también la antigua Subdirección General para la promoción de la España Global y se crea la Subdirección General de Coherencia de la Acción Exterior, también dependiente de la Dirección General de Estrategia, Prospectiva y Coherencia, con nuevas funciones.

De igual manera cabe destacar que, derivado de la adscripción a esta Secretaría de Estado de la España Global, por el citado Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, de la Dirección General de Diplomacia Económica, este órgano directivo mantiene reformuladas las competencias que ya ejercía la suprimida Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y conserva las dos subdirecciones generales que dependían de esta.

Por último, dentro de esta Secretaría de Estado se incardina la nueva Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes que recoge, con notables modificaciones en su redacción, las competencias que reunía la extinta Dirección General de Comunicación e Información Diplomática dependiente entonces de la Subsecretaría. En cuanto a su estructura, se mantiene la Subdirección General de la Oficina de Información Diplomática y se crea una nueva Subdirección General de Comunicación Estratégica, Diplomacia Pública y Redes que sustituye a la anterior Subdirección General de Comunicación e Imagen Institucional y Diplomacia Pública.

Los Artículos 19 a 23 se ocupan de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y a los órganos que dependen de ella:

  • La Secretaría General Técnica (Artículo 20).
  • La Dirección General del Servicio Exterior (Artículo 21).
  • La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares (Artículo 22).
  • La Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes (Artículo 23).

En el ámbito de la Subsecretaría, al margen de la supresión de la citada Dirección General de Comunicación e Información Diplomática, cuyas competencias pasan a la Secretaría de Estado de la España Global, se mantiene la estructura preexistente a nivel orgánico de subdirección general e inferior a pesar de la supresión por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, del Introductor de Embajadores que pasa a ser la nueva Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.

De igual manera, al objeto de lograr una mayor eficacia y eficiencia en el funcionamiento de la Subsecretaría se ha redistribuido alguna de sus competencias entre las direcciones generales y subdirecciones generales que la integran.

La disposición adicional primera se refiere a la supresión de los siguientes órganos:

  1. La Oficina de Análisis y Previsión.
  2. La Subdirección General de Seguridad.
  3. La Subdirección General de Organismos Internacionales Técnicos.
  4. La Subdirección General de Asuntos Agrícolas y de Pesca.
  5. La Subdirección General para la promoción de la España Global.
  6. La Subdirección General de Comunicación e Imagen Institucional y Diplomacia Pública.

Las disposiciones adicionales segunda a sexta se refieren, respectivamente, a las referencias normativas a los órganos suprimidos; a las delegaciones de competencias; a la suplencia de los titulares de los órganos directivos; a la Academia de España en Roma y a la consolidación de las Unidades TIC.

La disposición transitoria única establece la subsistencia de las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general hasta que se apruebe la nueva relación de puestos de trabajo.

La disposición derogatoria única dispone que queda derogado el Real Decreto 1271/2018, de 11 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y por el que se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y cuantas disposiciones de igual o menor rango se opongan a lo establecido en este real decreto.

La disposición final primera da nueva redacción al Artículo 1 del citado Real Decreto 139/2020, de 28 de enero.

Las disposiciones finales segunda y tercera autorizan a la persona titular del Ministerio, respectivamente, para modificar o suprimir los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo del departamento, cuya composición y funciones sean de alcance puramente ministerial, así como para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del real decreto.

Por último, la disposición final cuarta contiene el mandato al Ministerio de Hacienda para que lleve a cabo las modificaciones presupuestarias precisas para el cumplimiento del real decreto y la disposición final quinta determina la entrada en vigor del real decreto el día siguiente al de su publicación en el BOE.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

PROTOCOLO ANEJO AL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE CENTROS CULTURALES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo Anejo al Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China sobre el establecimiento de Centros Culturales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho protocolo.

El Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular de China sobre el establecimiento de Centros Culturales, firmado en 2005, dio amparo jurídico a la presencia del Instituto Cervantes en China. No obstante, en aquel momento quedaron fuera del Acuerdo ciertos aspectos fiscales y de estatuto de personal de los Centros Culturales.

Por tal motivo, prácticamente desde el mismo momento de la firma del Acuerdo, comenzaron las negociaciones respecto a las cuestiones fiscales y de personal de los Centros; negociaciones que culminaron en un Protocolo Anejo al Acuerdo.

El Protocolo dotará de un marco jurídico concreto a los asuntos relacionados con el tratamiento fiscal y con el estatuto del personal de los Centros, permitiendo superar los problemas que hasta la fecha ha ocasionado en estas cuestiones la ausencia de regulación.

El Consejo de Ministros del 23 de noviembre de 2018 autorizó la firma y aplicación provisional del Protocolo, siendo suscrito en Madrid el 28 de noviembre de 2018 por el ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Josep Borrell, en representación de España, y por el consejero de Estado y ministro de Exteriores, Wang Yi, en representación de China.

El Consejo de Estado, en dictamen de 31 de enero de 2019, dispuso que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de este Protocolo requiere la previa autorización de las Cortes Generales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 94.1 e) de la Constitución Española.

Contenido

En cuanto a los aspectos fiscales, el Protocolo determina que las Partes acuerdan la exención de impuestos aduaneros para la importación de determinados artículos de uso común de los Centros Culturales, la posibilidad de importación provisional de artículos para su uso en exposiciones, representaciones y conciertos, y la posibilidad de que los Centros puedan percibir cantidades por actividades y objetos, con la correspondiente exención de impuestos.

Respecto al personal de los Centros Culturales se les permitirá también una exención de bienes y enseres personales, y las partes se comprometen a facilitar los trámites de autorización de entrada y residencia de dicho personal.

El Artículo III establece que el Protocolo formará parte integrante del Acuerdo, así como la aplicación provisional del mismo desde la fecha de su firma.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE RENOVACIÓN DE LICENCIAS DEL PRODUCTO SWIVEL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de renovación de 1.000 licencias del producto Swivel, por un importe estimado de 25.930,30 euros IVA incluido.

La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requirió la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura.

En el ejercicio de las facultades que le atribuye el Artículo 116.2 de la Constitución, el Gobierno de España, conforme al Artículo cuarto, apartado b), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, declaró mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma, en todo el territorio nacional, con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19.

Mediante la Resolución, de 10 de marzo de 2020, del secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública sobre medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración General del Estado con motivo del COVID-19; la Resolución, de 12 de marzo de 2020, del secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública por la que se complementa la anterior; y la Resolución, de 13 de marzo de 2020, de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, por la que se establecen una serie de medidas urgentes a adoptar en los servicios centrales del departamento con motivo del COVID-19, se arbitran una serie de medidas para que la prestación del servicio público se pueda seguir realizando sin poner en riesgo la salud de los empleados públicos y del resto de la ciudadanía, habilitando modalidades de trabajo no presenciales.

Para ello es esencial que los empleados públicos puedan desempeñar sus funciones en la modalidad de teletrabajo con las condiciones adecuadas, y para ello, se precisa realizar la contratación del suministro de renovación de 1.000 licencias adicionales del producto Swivel que permitan que los funcionarios que prestan determinados servicios esenciales dispongan de conectividad remota para garantizar el acceso seguro a su correo electrónico, servicios de carpeta en red y navegación en las aplicaciones de intranet.

La solución de autenticación Swivel permite el acceso de forma segura a aplicaciones corporativas a través redes privadas virtuales (VPN), sitios y aplicaciones web, mediante el uso de dispositivos móviles (smartphones, tablets, teléfonos…) o simplemente un navegador web, ofreciendo a los usuarios una solución sencilla, potente y económica que erradica cualquier amenaza de duplicación de tarjetas, suplantación de identidad o registro de las pulsaciones del teclado (key-logging).

El importe total estimado del suministro que proporciona solución al problema expuesto es de 21.430 euros sin IVA (25.930,30 euros con IVA 21% incluido), según el siguiente desglose:

ProductoCantidadPrecio UnitarioPrecio Total
Licencias provisionales (8 meses)
Licencia Software (8 meses)1.00014,29 €14.290,00 €
Mantenimiento y soporte 24x7 (8 meses)1.0007,14 €7.140,00 €
(8 meses) Total sin IVA21.430,00 €
21% IVA4.500,30 €
Total IVA incluido25.930,30 €

Esta situación justifica que las actuaciones a llevar a cabo para evitar este grave peligro, que se concretan en la contratación referenciada, se realizaran mediante tramitación de emergencia, conforme a lo previsto en el Art. 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, al poderse subsumir en uno de los supuestos contenidos en el Artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

TRAMITACIÓN URGENTE DE DOS REALES DECRETOS PARA ACTIVAR EL DESPLIEGUE DE ENERGÍAS RENOVABLES

El Consejo de Ministros ha autorizado la tramitación urgente de los reales decretos que regulan el nuevo régimen de subastas de energías renovables y el procedimiento y los criterios generales de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución eléctricas. Con ello, el Gobierno agiliza la tramitación de sendas normas, que contribuyen a dotar de certidumbre y seguridad jurídica al marco normativo energético, preparándolo para el despliegue ordenado de energías renovables que vivirá el sistema energético español en los próximos años. Esta masiva penetración renovable -están planificados unos 60 gigavatios hasta 2030- tendrá un efecto tractor sobre la cadena de valor industrial y la competitividad del país, generando actividad económica y empleo sostenible, en el contexto de la reactivación económica tras el COVID-19.

El Real Decreto por el que se regula el régimen económico de energías renovables para futuras instalaciones de generación eléctrica, que mantiene abierto su periodo de información pública hasta el 17 de julio, concreta el nuevo sistema de subastas para facilitar la penetración ordenada de renovables en el sistema energético español. Este sistema ofrece predictibilidad y estabilidad de ingresos a los inversores de nuevas plantas renovables y, al tiempo, permite trasladar de forma directa a los consumidores los ahorros que supone una mayor generación renovable, dado que es la fuente de energía más barata en la actualidad.

Las nuevas subastas, que se convocarán mediante orden ministerial una vez quede aprobado el Real Decreto, podrán emplear, como producto subastado, la energía que la nueva planta ha de entregar al sistema, la potencia instalada o una combinación de ambos conceptos. En todo caso, los participantes pujarán ofertando el precio que están dispuestos a cobrar por la energía que genere la instalación.

En el caso del segundo Real Decreto por el que se regula el procedimiento y los criterios generales de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución eléctricas, la urgencia de su tramitación responde al mandato formulado por el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. Esta norma ha abordado la actual situación de los permisos de acceso y conexión concedidos con el objeto de evitar movimientos de carácter especulativo, que obstaculizan y encarecen los proyectos renovables firmes y solventes.

Además de establecer hitos temporales que, de no cumplirse, provocan la caducidad de los permisos ya otorgados, el Real Decreto-ley estableció una moratoria para que no se puedan adjudicar nuevos permisos de acceso y conexión en tanto no se apruebe una nueva regulación sobre este tipo de autorizaciones, que deberá vincular su concesión a la firmeza del proyecto. Para ello, la norma da un plazo de tres meses tanto al Gobierno como a la Comisión Nacional de los Mercado y de la Competencia (CNMC), ambos con competencia en esta área. Con el objeto de dar cumplimiento a este plazo, el Consejo de Ministros autoriza la tramitación de urgencia del Real Decreto que el MITECO ya está elaborando sobre este asunto y que someterá a exposición pública, para la recepción de aportaciones, próximamente.

Códigos de red de conexión europeos

El Consejo de Ministros, por otra parte, ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan aspectos necesarios para la implementación de los denominados códigos de red de conexión (CCRR), un conjunto de Reglamentos de la Unión Europea que establecen los requisitos técnicos mínimos que deberán cumplir determinadas instalaciones de generación y demanda de energía para conectarse a la red eléctrica.

Los citados Reglamentos de la UE son de directa aplicación en el sistema español. Sin embargo, una parte de los requisitos técnicos establecidos en los mismos no están completamente definidos (requisitos abiertos) y su implementación requiere que sean aprobados por parte del Estado miembro previa propuesta por parte de los gestores de la red.

Para la definición de estos requisitos abiertos se crearon varios grupos de trabajo bajo la coordinación del operador del sistema eléctrico, en los que intervinieron los gestores de red, representantes de los agentes del sector, del MITECO y de la CNMC. Además de servir para definir esos requisitos técnicos, el trabajo de estos grupos puso de manifiesto la necesidad de concretar algunos aspectos que no están completamente detallados en los Reglamentos de la UE. La normativa aprobada emana de esta conclusión y sirve por tanto para definir estas cuestiones concretas. Adicionalmente sirve para aprobar los umbrales de potencia y el nivel de tensión que definen los grupos establecidos en los CCRR en los que deberán incluirse las plantas de generación que se conecten. En función del grupo en el que se integre cada planta, esta deberá cumplir diferentes requisitos, más exigentes a mayor potencia y nivel de tensión.

Este Real Decreto deberá complementarse posteriormente con la orden ministerial que defina los requisitos técnicos abiertos y que ha sido tramitada de manera simultánea.

Por otro lado, el Real Decreto también realiza ajustes técnicos a la normativa aplicable a los territorios no peninsulares, dadas las especiales características de sus sistemas energéticos. Entre otras cuestiones, se aporta mayor flexibilidad en el despacho de producción para optimizar el uso de los grupos que están a sujetos a limitaciones de funcionamiento por la normativa medioambiental, maximizando la seguridad de suministro y respetando en todo caso la protección medioambiental.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

URGENTE OCUPACIÓN DE TERRENOS AFECTADOS POR OBRAS DE SANEAMIENTO EN TENERIFE

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración de urgente ocupación de los terrenos y derechos afectados por la ejecución de tres proyectos: la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) del Oeste, la Estación de Tratamiento y Bombeo de Aguas Residuales (ETBAR) de playa San Juan y el saneamiento del Oeste.

Estas obras tienen el objetivo de mejorar el saneamiento y aumentar la capacidad de depuración de los municipios de Santiago del Teide y Guía de Isora con una inversión de 29 millones de euros.

Justicia

PLAN DE CHOQUE PARA HACER FRENTE A LA LITIGIOSIDAD POSTCOVID-19 Y UNA REFORMA RADICAL EN MATERIA DE DISCAPACIDAD

El Gobierno ha aprobado el plan de choque para aliviar la acumulación de litigios derivada de la crisis sanitaria. Con una dotación económica de más de 50 millones de euros, su objetivo es recuperar la normalidad en los órganos judiciales y aportar mecanismos, recursos y soluciones a las necesidades inmediatas de la Justicia.

Durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Campo ha detallado las medidas contenidas en el plan que se desplegará a lo largo de dos fases en los órdenes de lo social, mercantil y contencioso-administrativo y que afectará a un total de 315 juzgados.

En la primera fase, entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020, la intervención tendrá lugar en los juzgados con mayor carga de trabajo. En la segunda fase, que se iniciará el 1 de enero de 2021, se dispondrá de información más completa respecto al volumen de demandas presentadas y su tiempo de resolución, lo que permitirá definir la extensión de las medidas a aplicar para su desarrollo posterior.

Se aplicarán medidas de autorrefuerzo en los partidos judiciales con un volumen de trabajo superior al 130% del módulo de entrada determinado por el Consejo General del Poder Judicial. La participación del personal de los juzgados en estos programas de actuación por objetivos se reconocerá con una retribución extraordinaria.

Además, se desplegarán refuerzos externos en los órganos judiciales que asumirán un volumen de trabajo superior al doble del módulo de entrada fijado por el CGPJ, así como para aquellos otros que, sin superarlo, presenten cifras de causas pendientes elevadas.

Por último, se contemplan medidas estructurales como es la creación de 21 nuevos órganos judiciales para absorber y minimizar el impacto del incremento de procedimientos.

En su intervención Campo ha advertido de que se trata de un plan de actuaciones por objetivos sobre las que habrá un seguimiento constante y que permitirá la posibilidad de cambiar y acelerar respuestas a los distintos escenarios que puedan darse en los juzgados en esta etapa postcovid.

Reforma procesal y civil en materia de discapacidad

Sobre la reforma procesal y civil en materia de discapacidad a la que ha dado luz verde el Gobierno, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha señalado que se está actuando de manera contundente para conseguir que la toma de decisiones de las personas con discapacidad sea fruto de su voluntad y preferencias, y no sean sustituidas en la toma de decisiones de lo que les afecta. "Es una norma que implanta un cambio de paradigma", ha apostillado.

La reforma evitará que, como ocurría hasta ahora, un altísimo porcentaje de las denuncias o avisos recibidos por la fiscalía terminasen en la incapacitación de miles de personas, "lo que implica la muerte civil de las mismas", ha señalado Campo. Esta Ley provee de un apoyo adaptado a cada una de las circunstancias, según el titular de Justicia.

Inspirada en el artículo 10 de la Constitución, responde con rotundidad al respeto a la dignidad de la persona, en la tutela de sus derechos fundamentales y en el respeto a la libre voluntad de la persona con discapacidad.

Supone un cambio importante de terminología, relegando los términos de "incapacidad" e "incapacitación" por otros más precisos y respetuosos, en línea con la reiterada posición ministerial de la importancia que tiene el lenguaje en el ámbito jurídico.

El núcleo principal del proyecto es la regulación de las medidas de apoyo que precisen las personas mayores de edad o emancipadas, para que puedan desarrollar plenamente su personalidad y desenvolverse jurídicamente en condiciones de igualdad. Deben ajustarse a los principios de necesidad y proporcionalidad y atender a la voluntad, deseos y preferencias de la persona que requiera la medida.

En definitiva, la nueva ley persigue que las personas con capacidad puedan ejercer su capacidad jurídica en el futuro de una forma mucho más autónoma y con menos tutelaje.

El texto se ha beneficiado de las aportaciones por parte de colectivos como CERMI, y espera que la tramitación parlamentaria de la Ley se haga de la manera más rápida posible, bajo el paraguas del mayor consenso político.

Hacienda

AUTORIZADA LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN A FORMALIZAR OPERACIONES DE DEUDA A CORTO PLAZO

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar a la Comunidad Autónoma de Aragón a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 748,62 millones de euros.

Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

Esta comunidad autónoma ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a corto plazo por la Administración General de Aragón y por las entidades dependientes del sector público de la Comunidad Autónoma, por importe total de 748,62 millones de euros, de los que 740,6 millones se destinarán a renovar las cuentas de crédito y préstamos que vencen en 2020, y ocho millones para ampliar el disponible en cuentas de crédito a corto plazo.

Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2020.

Interior

DESIGNADA LA REPRESENTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN EL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo que modifica la representación de la Administración General del Estado en el Consejo Nacional de Protección Civil para ajustarla a la nueva estructura ministerial fijada en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, que reestructuró los departamentos ministeriales.

El Consejo Nacional de Protección Civil queda presidido por el Ministerio del Interior, departamento titular de la competencia. Además, y en virtud del acuerdo aprobado este martes, son miembros de este órgano las personas titulares de los demás departamentos ministeriales, que podrán ser sustituidas por la persona que designen, con rango mínimo de director general.

La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, define el Consejo Nacional de Protección Civil como el órgano de cooperación en esta materia entre la Administración General del Estado, las administraciones autonómicas y la administración local, con el objetivo de diseñar una actuación eficaz, coherente y coordinada frente a las emergencias.

Además del Ministerio del Interior y del resto de los ministerios, son miembros del Consejo Nacional de Protección Civil las comunidades autónomas competentes en materia de protección civil y un representante de la Federación Española de Municipios y Provincias.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) hasta el nivel de Subdirección General, concretando las competencias y funciones de cada uno de sus órganos. Con esta nueva estructura se pretende dar respuesta a la necesidad de garantizar una movilidad segura y sostenible.

Mediante el pasado Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, se reestructuraron los departamentos ministeriales sustituyendo el Ministerio de Fomento por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), y mediante el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, se estableció la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales hasta el nivel orgánico de Dirección General, añadiendo, por lo que respecta a Mitma, en la Secretaría General de Infraestructuras una nueva Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria, y articulando la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda en dos Direcciones Generales (en lugar de una sola como hasta ese momento).

Secretaría General de Infraestructuras

En materia de infraestructuras, el Real Decreto concreta las funciones y estructura de la nueva Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria, con la que se refuerzan las herramientas de planificación, regulación y gestión del Departamento en materia ferroviaria, necesarias para hacer frente a las nuevas competencias derivadas del espacio Ferroviario Único Europeo y, en concreto, del nuevo proceso de liberalización del transporte ferroviario de viajeros y la adaptación al cuarto paquete ferroviario, así como los objetivos de la nueva política de transportes y movilidad del Ministerio.

Además, crea una nueva Subdirección General de Evaluación y Normativa Ferroviaria, que se une a los dos órganos ya existentes (la Subdirección General de Planificación Ferroviaria y la División de Expropiaciones Ferroviarias), para conformar la estructura de la nueva Dirección General.

Secretaría General de Transportes y Movilidad

La Secretaría General de Transportes y Movilidad, que conserva las Direcciones Generales ya existentes, asume, entre otras, competencias en relación con la elaboración, desarrollo, coordinación y seguimiento de planes y estrategias en el ámbito de las políticas de movilidad, así como en relación a las ayudas destinadas a promover la movilidad sostenible.

La Dirección General de Transporte Terrestre asume, además de otras competencias, la gestión y tramitación de las subvenciones a Comunidades Autónomas, Consorcios Regionales de Transportes y Autoridades de Transporte Metropolitano, destinadas a la financiación del transporte regular de viajeros y a Entidades Locales por servicios de transporte colectivo urbano, que se otorguen con cargo a créditos del Departamento.

Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda

La Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda asume, como función específica, la coordinación de todos los trabajos de desarrollo, implementación, difusión, seguimiento y evaluación de la Agenda Urbana Española, así como su alineamiento con el Plan de acción del Gobierno de España para la Agenda 2030 y su relación con el resto de Agendas Urbanas Internacionales.

Por otra parte, se realizan algunos cambios de adscripción. En concreto, la Subdirección General de Relaciones Internacionales, que dependía de la Secretaría de Estado, pasa a depender directamente del titular del Departamento y la Unidad de Emergencias y Coordinación de Crisis, que dependía de la Secretaría de Estado, pasa a depender de la Subsecretaría, adscribiéndose directamente a su titular.

Finalmente, se modifican las denominaciones de cuatro subdirecciones generales, siendo las nuevas denominaciones las siguientes: Unidad de Emergencias y Coordinación de Crisis; Subdirección General de Planificación, Red Transeuropea y Logística; Subdirección General de Seguimiento Económico; y Subdirección General de Coordinación Económica.

Industria, Comercio y Turismo

AUTORIZADAS LAS INVERSIONES EXTRANJERAS EN LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS FALKEN Y MÁSMÓVIL

El Consejo de Ministros ha autorizado el expediente de suscripción por parte de la sociedad francesa ETIENNE LACROIX del 100% de la sociedad española FALKEN, S.A.U., cuya actividad es el diseño, producción y comercialización de productos pirotécnicos no letales para fuerzas policiales y militares.

Además, ha autorizado la inversión extranjera en la empresa española MASMOVIL IBERCOM S.A., de conformidad con lo establecido en la Ley 19/2003, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, y previo informe favorable de la Junta de Inversiones Exteriores. La sociedad inversora es LORCA TELECOM BIDCO, S.A.U, que tiene intención de adquirir el 100% del capital social de MASMOVIL IBERCOM.

Cultura y Deporte

AUTORIZADO EL ICAA A CONVOCAR LAS AYUDAS A LAS SALAS DE CINE POR MÁS DE 13 MILLONES DE EUROS

El Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) a convocar las ayudas de concesión directa para las salas de exhibición cinematográfica destinadas a sufragar gastos realizados en el año 2020, derivados de la crisis de la COVID-19.

El importe de las ayudas a las salas de cine asciende a 13.252.000 euros y se imputarán al presupuesto del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, organismo dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte.

Estas ayudas forman parte del paquete de ayudas aprobado por Real Decreto el pasado 5 de mayo, para apoyar al sector cultural para hacer frente a la situación derivada de la COVID-19 y que supone una inversión presupuestaria del Ministerio de Cultura y Deporte de 76,4 millones de euros.

Las ayudas específicas a las salas de cine están dirigidas a sufragar los gastos aparejados a las medidas sanitarias de prevención adoptadas ante la COVID-19 y a aquellos que sirvan para favorecer la visibilidad de la reapertura de los cines en 2020, desde la fecha en que se decretó el Estado de Alarma:

  • Gastos incidentales generados como consecuencia de las medidas sanitarias adoptadas.
  • Gastos de campañas orientadas a la reapertura y vuelta del público a los cines.
  • Gastos en actuaciones que permitan aumentar la programación de campañas escolares.
  • Espacio publicitario para promoción y avances de cine español en las salas, así como de campañas institucionales.


Sanidad

SALVADOR ILLA INFORMA AL CONSEJO DE MINISTROS DE 14 CONTRATOS DE EMERGENCIA PARA REFORZAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL SANITARIO Y RESPONDER AL IMPACTO DEL COVID-19

El Consejo de Ministros ha tomado razón de 14 acuerdos de contrataciones de emergencia llevadas a cabo, entre otros, para reforzar las necesidades de adquisición de material sanitario por parte de las comunidades autónomas para el abordaje de la COVID-19, entre otros. Los contratos ascienden en total a 22.218.334 euros.

En concreto, se han adquirido 1.345.500 mascarillas con gomas por un importe de 472.135 euros. También se ha informado de la adquisición de 23.600 mascarillas quirúrgicas y de protección FFP2 y FFP3, por 3.008 euros. Además, se han comprado 265.000 unidades de solución hidroalcohólica, con un coste de 480.975 euros.

También se ha informado de la adquisición de 26.800 test de detección SGTI-flex IgM/IgG, por 5.816.576 euros y 200.000 test serológicos, con sus respectivos calibradores y controladores, con un importe de 1.006.210 euros. Además, se han contratado servicios de recepción, almacenaje y distribución de los kits de extracción y de detección del virus COVID-19, por 81.900 euros

También se han contratado con AENOR servicios de supervisión, inspección y toma de muestras de mercancías en China y España, con un presupuesto máximo de 160.000 euros.

Entre los acuerdos también figura la contratación del servicio de transporte aéreo de mercancías de Shangai a Madrid, por un importe de 1.250.000 euros. Otro de los contratos corresponde a los servicios de coordinación, logística y transporte aéreo, en ferrocarril y por carretera de materiales sanitarios adquiridos en China, por los que se han invertido otros 7.865.000 euros.

Campaña de sensibilización

Por otra parte, se ha informado de la contratación de la creatividad, diseño, realización y producción de una campaña de publicidad institucional dirigida a la prevención del COVID-19, por un importe de 326.700 euros. La compra de espacios en medios de comunicación y demás soportes publicitarios para su difusión asciende a 4,5 millones de euros. El objetivo de la campaña es sensibilizar a la población general sobre la enfermedad producida por el COVID-19 con mensajes de prevención y recomendaciones que permitan una disminución sostenida en el número de casos en la fase hacia la nueva normalidad.

Entre los contratos también figura la obra de reforma de la planta baja del edificio de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), por un importe de 154.944 euros. Esta inversión se ha destinado a adaptar y reubicar los diferentes espacios para poder continuar con la actividad laboral garantizando el cumplimiento de las medidas de seguridad para contener la enfermedad.

Por otra parte, se ha informado de la ampliación de las licencias de uso de la herramienta Atlassian, para garantizar la tramitación telemática y en remoto de los procedimientos, consultas, peticiones, incidencias o propuestas de mejora en la AEMPS. El importe ha sido de 35.431 euros.

Finalmente, se han ampliado los recursos de la base de datos para la investigación epidemiológica en atención primaria BIFAP, con un importe máximo de 65.455 euros. El desarrollo informático de esta base de datos compartida por la AEMPS y las CCAA permite recabar información anonimizada de más de 8 millones de pacientes, que se destina a la investigación epidemiológica.

El Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, señala que "a todos los contratos que hayan de celebrarse por las entidades del sector público para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al coronavirus, les resultará de aplicación la tramitación de emergencia".

Los acuerdos presentados al Gobierno se han llevado a cabo para proteger la salud pública y seguridad de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud.

Ciencia e Innovación

DECLARACIÓN DE EMERGENCIA EN LA TRAMITACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE DOCUMENTACIÓN MULTIMODAL PARA LA PLATAFORMA DE ANTIVIRALES DEL CENTRO NACIONAL DE BIOTECNOLOGÍA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia adoptada por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), en la tramitación del contrato de suministro de un equipo de documentación multimodal para la plataforma de antivirales del Centro Nacional de Biotecnología, con cargo al proyecto PIE-RD-COVID-19, "Desarrollo de estrategias de protección frente al SARS-COV2", por importe de 124.876,03 euros (IVA no incluido).

El Centro Nacional de Biotecnología (CNB) solicitó la adquisición urgente de un equipo de documentación multimodal para los proyectos fuertemente involucrados en la investigación sobre el COVID-19, del CNB. El equipo de documentación multimodal -con cargo al proyecto PIE-RD-COVID-19 'Desarrollo de estrategias de protección frente al SARS-CoV-2'- será utilizado por la plataforma de antivirales del CNB e incluye opciones de fluorescencia, luminiscencia y absorbancia para ser lo suficientemente versátil y rápido en la generación de datos y de esta forma permitir un avance significativo en la capacidad actual de cribado de compuestos antivirales.

Ciencia e Innovación

CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA ESPAÑOLA AL INSTITUTO FORESTAL EUROPEO PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE SU OFICINA REGIONAL EN BARCELONA (EFIMED)

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la contribución voluntaria española al Instituto Forestal Europeo para gastos de funcionamiento de su Oficina Regional en Barcelona (EFIMED) correspondiente al año 2020, en el ámbito del Ministerio de Ciencia e Innovación, por importe de 200.000 euros.

El Instituto Forestal Europeo (EFI) tiene como misión principal coordinar y fomentar la investigación forestal en el área mediterránea, con el fin último de promover la conservación y la gestión sostenible de los bosques mediterráneos, proporcionando información de alto valor añadido a nivel mediterráneo para la toma de decisiones a nivel político y de gestión. Las actividades que lleva a cabo su oficina en España (EFIMED) tienen un ámbito Pan-Mediterráneo, y se desarrollan a través de una red activa de más de 55 instituciones en 18 países mediterráneos. EFIMED pone especial énfasis en mejorar la situación de la investigación forestal en los países del Sur y del Este de la cuenca Mediterránea.

La aportación de la contribución voluntaria a EFI por importe de 200.000 euros corresponde al año 2020.

Ciencia e Innovación

CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA INDEPENDIENTES DE LA ACCIÓN ESTRATÉGICA EN SALUD 2017-2020

El Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) la convocatoria de concesión de subvenciones para proyectos de investigación clínica independiente para el año 2020, dentro de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020. El objetivo de esta convocatoria es responder a preguntas clínicas relevantes para los pacientes, sus familias y los investigadores españoles mediante la inversión en investigación clínica con fármacos sin interés comercial y terapias avanzadas.

La convocatoria de este año recibe una financiación de 18,9 millones. Con este presupuesto el ISCIII demuestra nuevamente su implicación con la investigación clínica independiente orientada a la protección de la salud de las personas a través de la ciencia aplicada, útil y excelente. Las convocatorias promovidas en este ámbito por el ISCIII en los dos años últimos años superan la suma de todas las realizadas en los últimos 15 años.

Entre las novedades de este año, además de una mayor financiación, destaca la posibilidad de incluir estudios preclínicos orientados al cumplimiento de los requisitos regulatorios necesarios para realizar ensayos clínicos con fármacos en situación precoz de desarrollo; la ampliación de los centros beneficiarios, y la posibilidad de presentar un mayor número de propuestas desde las entidades beneficiarias.

Los contenidos de los proyectos que se financiarán deberán abarcar alguno de los siguientes ámbitos:

  • Investigación clínica con tratamientos de terapia avanzada (terapia celular, génica e ingeniería de tejidos) cuya patente, en el caso de existir, pertenezca mayoritariamente a una entidad del Sistema Nacional de Salud (SNS).
  • Investigación clínica con medicamentos huérfanos o fármacos de alto interés sanitario sin interés comercial.
  • Estudios de reposicionamiento terapéutico o diagnóstico (investigación de medicamentos ya aprobados para otros usos)
  • Investigación clínica orientada a reducir las resistencias a los antibióticos.
  • Medicamentos destinados a poblaciones especiales, en particular en población pediátrica, o grupos infrarrepresentados en los ensayos clínicos comerciales.
  • Estudios sobre fármacos que ya están en uso, con investigaciones sobre fármaco-epidemiología y seguridad clínica, entre otros ámbitos.
  • Análisis comparativos de medicamentos en el ámbito de estrategias clínicas de control, con impacto en la salud pública para el SNS.
  • Ensayos clínicos, que incluyen estudios fármaco-genéticos, encaminados a determinar poblaciones con distinto grado de respuesta, en eficacia y/o seguridad, a fármacos relevantes en la práctica asistencial.

Podrán ser beneficiarios de la convocatoria los Institutos de Investigación Sanitaria (IIS) acreditados, 31 centros situados en hospitales españoles de 12 comunidades autónomas en los que participan más de 160 instituciones sanitarias y científicas; las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial o sin ella, como hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales y unidades de la Administración sanitaria; instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al SNS; y el Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), que divide su trabajo en 11 áreas temáticas CIBER con casi 6.000 investigadores integrados más de 400 grupos de investigación. De esta manera, queda ampliada el abanico de centros beneficiarios, ya que el año pasado la convocatoria era sólo para los IIS.

En la selección de propuestas trabajarán expertos nacionales e internacionales entre los que se encuentran personal científico, representantes de los pacientes y expertos de las administraciones estatales y autonómicas. De esta manera, el ISCIII consolida la incorporación de los pacientes, siguiendo el principio de investigación e innovación responsable que se está impulsado dentro del espacio europeo de investigación.

Los proyectos que se presenten deberán desarrollar ensayos clínicos en el ámbito de la investigación clínica independiente, preferentemente en fase I, II, III, aunque también podrán financiarse otro tipo de estudios, entre ellos los que precisen completar las fases finales de la etapa preclínica para el inicio del ensayo clínico. El número máximo de solicitudes será de tres por cada IIS, y por el CIBER, y una en el resto de los casos. Además, los proyectos deberán tener una duración máxima de 4 años, que es el plazo de ejecución de la convocatoria.

Universidades

ESTABLECIDO EL CARÁCTER OFICIAL DE DETERMINADOS TÍTULOS DE GRADO Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UNIVERSIDADES, CENTROS Y TÍTULOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de cinco títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Estos planes de estudios han obtenido verificación positiva por parte del Consejo de Universidades y, salvo en los casos de los correspondientes a las universidades de la Iglesia Católica, que no lo precisan, autorización para su implantación de la correspondiente comunidad autónoma. Estos títulos tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, surtirán efectos académicos plenos y habilitarán, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas.

A continuación, se relacionan los nuevos 5 títulos universitarios oficiales de Grado ordenados por ramas de conocimiento y universidades:

Rama Títulos Universidad Naturaleza Universidad
Ciencias de la SaludGrado en FisioterapiaU. de DeustoIglesia Católica
Ciencias Sociales y JurídicasGrado en PublicidadU. Internacional de La RiojaCivil
Grado en Gobernanza Global, Economía y Orden Legal / Bachelor in Global Governance, Economics and Legal OrderU. Ramón LullCivil
Ingeniería y ArquitecturaGrado en Diseño Digital y Tecnologías CreativasU. de LleidaCivil
Grado en Ciencia de Datos e Inteligencia ArtificialU. de DeustoIglesia Católica

Universidades

ESTABLECIDO EL CARÁCTER OFICIAL DE DETERMINADOS TÍTULOS DE MÁSTER Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UNIVERSIDADES, CENTROS Y TÍTULOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de veinticuatro títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Estos planes de estudios han obtenido verificación positiva por parte del Consejo de Universidades y, salvo en los casos de los correspondientes a las universidades de la Iglesia Católica, que no lo precisan, autorización para su implantación de la correspondiente comunidad autónoma. Estos títulos tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, surtirán efectos académicos plenos y habilitarán, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas.

A continuación, se relacionan los nuevos 24 títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por ramas de conocimiento y universidades:

RamaTítulo de Máster UniversitarioUniversidadNaturaleza Universidad
Artes y HumanidadesRetórica y OratoriaU. Internacional de La RiojaCivil
Historia Militar de EspañaUNEDCivil
Competencia Lingüística y Literaria: Investigación y EnseñanzaU. de les Illes BalearsCivil
CienciasMétodos Computacionales en CienciasU. de NavarraIglesia Católica
Ciencias de la SaludFisioterapia del Deporte y Readaptación a la Actividad FísicaU. de CantabriaCivil
Ciencias Sociales y JurídicasDiplomacia y Organizaciones InternacionalesU. de BarcelonaCivil
Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de IdiomasU. Europea del AtlánticoCivil
Atención Temprana y Desarrollo InfantilU. Internacional de La RiojaCivil
Comercio ElectrónicoU. Internacional de La RiojaCivil
Comunicación TransmediaU. Internacional de La RiojaCivil
Comunicación y Visualización de DatosU. Internacional de La RiojaCivil
Derecho Penal Internacional y TransnacionalU. Internacional de La RiojaCivil
Gestión de Riesgos FinancierosU. Internacional de La RiojaCivil
Ejercicio de la Función JurisdiccionalUNEDCivil
Estudios Jurídicos Internacionales / Master of Laws (LL.M.) in International Legal StudiesU. de DeustoIglesia Católica
Gobernanza para el Desarrollo Urbano SostenibleU. de DeustoIglesia Católica
Relaciones Internacionales y Diplomacia Empresarial / International Relations and Business DiplomacyU. de DeustoIglesia Católica
Ingeniería y ArquitecturaCiencia de Datos y Aprendizaje AutomáticoU. de La RiojaCivil
Innovación y Emprendimiento en Tecnologías para la Salud y el BienestarU. de ZaragozaCivil
Diseño y Producción MultimediaU. Internacional de La RiojaCivil
Ingeniería de Datos Masivos (Big Data)U. Ramón LullCivil
Dirección en Proyectos Informáticos y Servicios TecnológicosU. Pontificia de SalamancaIglesia Católica
Programas de Doctorado organizados conjuntamente por distintas universidades
RamaTítulo de Máster UniversitarioUniversidad
Artes y HumanidadesMáster Universitario en Traducción Empresarial y Comunicación Intercultural en Inglés y Español / M.A. in Business Translation and Intercultural Communication in English and SpanishU. de Deusto y University of East Anglia (Reino Unido
Ciencias Sociales y JurídicasDerechos Humanos y Democratización / European Master in Human Rights and DemocratizationU. de Deusto, Karl-Franzens-Universität Graz (Austria), Ruhr-Universität Bochum (Alemania), Università degli Studi di Padova (Italia), Universitá Degli Studi "Ca' Foscari" di Venezia (Italia), Universität Hamburg (Alemania) y Univerzi v Ljubljani-University of Ljubljana (Eslovenia)

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República Popular de Bangladés.-

D. FRANCISCO DE ASÍS BENÍTEZ SALAS.

Licenciado en Derecho. Ingresó en la Carrera Diplomática en 1988.

En Madrid, estuvo en destinos en el Ministerio en la Dirección General de Seguridad y Desarme; Subdirección General de África del Norte; vocal asesor de Emergencia Consular (Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares) y jefe de Unidad de Protocolo de la Presidencia del Gobierno.

En el exterior, destinos en Arabia Saudí, Zimbabwe, Siria, Japón, Tailandia y Corea del Sur, embajador en Conakry, República de Guinea (2014-2017).

Actualmente, era cónsul general en Porto Alegre, Brasil.

Embajador de España en el Estado de Libia.-

D. FRANCISCO JAVIER GARCÍA-LARRACHE OLALQUIAGA.

Licenciado en Derecho. Tienes sendas licenciaturas en Derecho y en Ciencias políticas y de la Administración y ha cursado el Programa de Liderazgo en las AAPP en el IESE. Ingresó en la Carrera Diplomática en 1998.

Anteriormente ha estado destinado en la Representación Permanente de España ante NNUU, cuando nuestro país ocupó plaza en el Consejo de Seguridad, y ha sido subdirector general Adjunto para África del Norte, además de trabajar en el Gabinete del Secretario General de Política Exterior y para la UE, y en el Gabinete de la Secretaria de Estado para Iberoamérica. Ha estado destinado en Accra (Ghana), Canberra (Australia) y Moscú (Rusia).

Actualmente es subdirector general de Cooperación Internacional contra Terrorismo, Drogas y Delincuencia organizada.

Hacienda

Delegado especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz.-

D. FRANCISCO MATÍAS GONZÁLEZ PÉREZ.

Posee estudios de Derecho por la Universidad de Cádiz, de la que es vocal de su Consejo Social.

Experiencia institucional y de gestión como diputado provincial en la Diputación de Cádiz, encargado de la Delegación de Función Pública, Ordenación del Territorio y Vivienda entre 2015 y 2019; consejero delegado de la Empresa Provincial de Vivienda y Suelo de Cádiz (EPVS) entre 2015 y 2019, concejal y portavoz del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Cádiz entre 2012 y 2019 y vocal del pleno del Consorcio de Zona Franca de Cádiz de 2012 a 2019 y miembro del Comité Ejecutivo del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz de 2015 a 2019.

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