Referencia del Consejo de Ministros

5.5.2020

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Madrid

SUMARIO

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • REAL DECRETO LEGISLATIVO por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
  • REAL DECRETO-LEY por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente a la situación derivada del COVID-2019.
  • ACUERDO por el que se solicita autorización del Congreso de los Diputados para prorrogar el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • ACUERDO por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del Día de homenaje a todas las víctimas del nazismo de España.

Derechos Sociales y Agenda 2030

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia del contrato administrativo para la dotación al Real Patronato sobre Discapacidad de 4 ordenadores portátiles al objeto de garantizar las modalidades de trabajo no presenciales derivadas de la incidencia del COVID-19, por importe máximo de 2.966,92 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de los servicios de soporte, mantenimiento y de ciberseguridad de la plataforma de gestión centralizada de eventos de seguridad lógica instalada en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por importe máximo de 15.304,90 euros, IVA incluido.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se establecen los términos y condiciones del tercer tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a los pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y a los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, SME, Sociedad Anónima (CERSA) y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de servicios para el desarrollo de una web informativa con los recursos tecnológicos disponibles ante la crisis del COVID-19 por un importe de 12.020,14 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Entidad Pública Empresarial Red.es la celebración del contrato "Servicio de formación para el empleo juvenil en la economía digital", para el desarrollo de actividades de formación en modalidad presencial y mixta para la adquisición y mejora de competencias TIC cofinanciadas con Fondo Social Europeo, por un importe de 20.661.157,02 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Entidad Pública Empresarial Red.es la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, por importe de 15 millones de euros, correspondientes a la convocatoria 2020 para el desarrollo de la oferta tecnológica en contenidos digitales en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital del Programa Estatal de I+D+i orientada a retos de la sociedad y del Programa Estatal de liderazgo empresarial en I+D+i.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Entidad Pública Empresarial Red.es la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva por importe de 35 millones de euros, correspondientes a la convocatoria 2020 sobre desarrollo tecnológico basado en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales, en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital del Programa Estatal de I+D+i orientada a retos de la sociedad y del Programa Estatal de liderazgo empresarial en I+D+i.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación del puente sobre el arroyo Guadalora en la carretera SE-9028, en el término municipal de Lora del Río (Sevilla), por un importe de 352.682 euros.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de 600 licencias adicionales del producto SWIVEL, por un importe estimado de 7.775,46 euros, IVA incluido.

Defensa

  • ACUERDO por el que se toma razón de declaraciones de emergencia en el Ministerio de Defensa para hacer frente a la situación generada por el COVID-19, por un importe total de 1.909.202,86 euros.

Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 81.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 11.400.000 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según el Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas, ocurridas en las comunidades autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Canarias, Cataluña, Aragón y Extremadura, Comunidad Valenciana, Galicia, Región de Murcia, Madrid, La Rioja, Comunidad Foral de Navarra e Illes Balears.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 129.185.552,60 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, según el Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas, ocurridas en las comunidades autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Canarias, Cataluña, Aragón y Extremadura, Comunidad Valenciana, Galicia, Región de Murcia, Madrid, La Rioja, Comunidad Foral de Navarra e Illes Balears.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Informe general sobre la planificación estratégica de subvenciones en el sector público estatal 2019, elaborado por la Intervención General de la Administración del Estado.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la convocatoria de becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior correspondiente al año 2020.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Organismo Autónomo Parques Nacionales la tramitación de la prórroga de un convenio entre el citado organismo y las universidades Politécnica de Madrid, Rey Juan Carlos y Alcalá para la creación de la Cátedra Parques Nacionales.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la suscripción de varios expedientes de contratación.

Interior

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de diverso material para el personal de la Policía Nacional, por importe de 300.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de diverso material y servicios para el personal de la Policía Nacional, por importe de 700.000 euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones para la prestación del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19, por importe de 500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la segunda ampliación o prórroga para la prestación del servicio de transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca - Menorca y Palma de Mallorca - Ibiza durante la prolongación del estado de alarma declarado con motivo del COVID-19, por importe de 149.072 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el servicio de desinfección en ADIF y ADIF-Alta Velocidad debido a la crisis sanitaria originada por el COVID-19, por un importe estimado de 313.600 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el servicio de recogida, distribución y entrega de mascarillas de protección en cumplimiento de la Orden TMA/292/2020, de 26 de marzo, por la que se regula una segunda adquisición y distribución de mascarillas por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por un importe estimado de 218.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el suministro de mascarillas FFP2 en cumplimiento de la Orden TMA/292/2020, de 26 de marzo, por la que se regula una segunda adquisición y distribución de mascarillas por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por un importe estimado de 12.500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el suministro de mascarillas FFP2 en cumplimiento de la Orden TMA/263/2020, de 20 de marzo, por la que se regula la adquisición y distribución de mascarillas por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por un importe estimado de 20.000.000 de euros.

Trabajo y Economía Social

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones relativas al encargo a la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC), como medio propio, para realizar tareas de apoyo a la Dirección General de Trabajo en la tramitación de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTES) por fuerza mayor como consecuencia del COVID-19, por un importe de 139.982,60 euros.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía y otras situaciones excepcionales, que garanticen préstamos para financiar sus explotaciones, y se convocan dichas subvenciones para el ejercicio 2020.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones estatales destinadas en el ejercicio 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos, durante los meses de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas.

Política Territorial y Función Pública

  • REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.

Cultura y Deporte

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras en la cubierta de la Catedral de Jaén, Pabellones P4, P6, P7, P8, P9, P10; P11, C1, L3 y L4, por un importe de 2.812.077,92 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se aprueban los estatutos de la Fundación España Deporte Global, F.S.P.

Sanidad

  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia del servicio de recepción, almacenamiento y distribución de material asistencial y de protección contra el virus COVID-19, por un importe máximo para el plazo inicial previsto, de 300.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la adquisición de 300.000 mascarillas quirúrgicas desechables tipo II, por un importe de 8.457,90 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la adquisición de 1.035.000 unidades de solución higienizante, por un importe máximo de 1.908.323,67 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la adquisición de material para la realización de 50.000 determinaciones para la detección del virus COVID-19, por un importe de 453.750 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia del suministro de 9.210 mascarillas de protección respiratoria tipos FFP2 y FFP3 para el coronavirus COVID- 19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 49.198,72 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia del suministro de 42.030 batas impermeables y 5.840.000 guantes de nitrilo, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 197.443,80 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia del suministro de 286.000 mascarillas quirúrgicas desechables tipo II, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 6.921,20 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la adquisición de 302.720 mascarillas de protección respiratoria FFP2 para hacer frente al COVID-19, por un importe de 747.746,86 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la adquisición de 646.150 batas y 173.000 guantes desechables para hacer frente al COVID-19, por un importe de 250.265,51 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la adquisición de 16.670 kits de extracción del virus COVID-19, por un importe de 119.474,41 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de 100 dispositivos de ventilación mecánica invasiva (VMI) para el coronavirus COVID- 19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 2.850.000 dólares estadounidenses (3.462.394,51 euros estimados, IVA y derechos de aduana incluidos).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de 144 dispositivos de ventilación mecánica invasiva (VMI) para el coronavirus COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 3.310.560 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de 33.000.000 de mascarillas desechables quirúrgicas para el coronavirus COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 23.460.000 dólares estadounidenses (28.343.262,93 euros estimados, IVA y derechos de aduana incluidos).

Ciencia e Innovación

  • ACUERDO por el que se toma razón de las declaraciones de emergencia para la adquisición de bienes y servicios necesarios en el ámbito de los organismos y entidades del Ministerio de Ciencia e Innovación, por un importe de 221.283,25 euros, IVA incluido.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

PRÓRROGA ESTADO DE ALARMA

El Consejo de Ministros ha acordado solicitar del Congreso de los Diputados autorización para prorrogar el Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Debida a la situación sanitaria fruto de la pandemia de COVID-19 se considera preciso continuar con la situación del Estado de Alarma y se solicita mantener la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y de las medidas que lo modifican, aplican y desarrollan hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020.

No obstante, y de acuerdo con el marco previsto en el Plan para la desescalada de las medidas extraordinarias adoptadas para hacer frente a la pandemia de COVID-19, aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 28 de abril de 2020, mediante la presente solicitud de prórroga se habilita al Ministro de Sanidad, en su condición de autoridad competente delegada, mediante un proceso en el que participarán las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla con arreglo a los principios de cooperación y colaboración, a concretar las medidas que deban aplicarse en el proceso de desescalada.

La progresión de las medidas, o su eventual regresión, se determinará en función de la evolución de diversos indicadores, tanto sanitarios como epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad. Además, estas medidas podrán aplicarse en ámbitos territoriales concretos, ya sea la provincia, la isla o la unidad territorial de referencia en el proceso de desescalada.

Esta prórroga determina que las personas podrán desplazarse por la provincia, la isla o la unidad territorial de referencia en que se encuentren. Todo ello sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

En definitiva, no cabe entender que una paulatina vuelta a la normalidad deba esperar hasta la supresión total del riesgo sanitario, ya que este escenario solo llegará cuando se disponga de una vacuna, un tratamiento médico eficaz o de la inmunidad necesaria de la población. En las actuales circunstancias de evolución de la pandemia, y a la luz de la experiencia comparada, la condición para iniciar una vuelta progresiva a la normalidad se cifra, más bien, en la posibilidad de lograr una identificación temprana de los nuevos brotes, con el fin de generar una rápida y eficaz respuesta de control epidemiológico que proteja al conjunto de la población y que limite la presión sobre la capacidad asistencial del sistema sanitario. Por ello se prevé que, durante la vigencia de la nueva prórroga del Estado de Alarma, se inicie un gradual levantamiento de las medidas de contención previstas en el Plan para la desescalada aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 28 de abril de 2020.

Justicia

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL
  • La norma actual, vigente desde 2003, ha sufrido 28 modificaciones, lo que llevó al Parlamento a habilitar al Gobierno para su armonización y clarificación.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal. La norma es fruto del mandato del Parlamento para refundir, armonizar, clarificar y ordenar la legislación concursal, realizado en mayo de 2015 y renovado el 21 de febrero de 2019.

Desde su aprobación en 2003, la Ley Concursal ha sido modificada en 28 ocasiones, lo que ha generado incongruencias en su texto, problemas interpretativos y una alteración sistemática de su contenido que habían derivado en un problema de seguridad jurídica.

El texto refundido aprobado hoy busca la preparación de la norma para su futura actualización con la incorporación en un futuro inmediato de la Directiva europea sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.

También permite poner en marcha futuras reformas normativas para paliar los efectos económicos sobre las empresas que pueda generar la actual crisis del COVID-19, que podrán sumarse a las medidas excepcionales ya adoptadas en el Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril.

El texto de la Ley Concursal hasta ahora vigente consta de 242 artículos agrupados en 10 títulos. El nuevo texto refundido cuenta con un total de 752 artículos divididos en tres libros: concurso de acreedores, derecho preconcursal y derecho internacional privado.

La nueva norma ha sido informada por el CGPJ, el Consejo Fiscal y las Secretarías Generales Técnicas de los Ministerios coproponentes (Justicia y Asuntos Económicos y Transformación Digital) y fue objeto de información pública recibiéndose más de 23 escritos de observaciones.

También ha sido informada por el Consejo de Estado que, sin perjuicio de hacer observaciones en sus más de 100 páginas de dictamen que han sido debidamente incorporadas al texto, valora la labor efectuada por la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia, señalando expresamente que "la refundición proyectada es necesaria, en tiempo oportuno y se ha llevado a cabo con una cuidada técnica normativa".

El Real Decreto Legislativo aprobado hoy no entrará en vigor hasta el 1 de septiembre de 2020 para que todos los operadores jurídicos tengan tiempo suficiente para conocerlo en profundidad.

Cultura y Deporte

LÍNEAS DE FINANCIACIÓN A LA CULTURA
  • Los artistas podrán acceder de manera extraordinaria a la prestación de desempleo.
  • Las artes escénicas (danza, teatro, circo y música) y los exhibidores de cine van a disponer de fondos de ayudas, por más de 51 millones de euros, específicamente dedicados a proporcionar apoyo económico durante la suspensión de actividad y la desescalada.
  • También se refuerza el apoyo al sector del libro y a las bellas artes con 5 millones de euros.
  • Se mejoran a su vez los incentivos al mecenazgo y a la producción audiovisual.
  • Se prorrogan las becas y ayudas a deportistas vinculadas a resultados de las competiciones.
  • Destina 76,4 millones de euros a través de un paquete de medidas para apoyar y reforzar el sector cultural en la crisis sanitaria.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que recoge un paquete de medidas destinadas a apoyar al sector cultural para hacer frente a la situación derivada de la COVID-19 y que supone una inversión presupuestaria del Ministerio de Cultura y Deporte de 76,4 millones de euros, sin tener en cuenta el impacto de las medidas de carácter fiscal como los incentivos al mecenazgo o la mejora del régimen de incentivos a la producción audiovisual en el impuesto de sociedades.

De este modo, el Gobierno cumple el compromiso de no dejar a nadie atrás, reforzando al sector cultural para hacer frente al proceso de desescalada que se acaba de iniciar.

Entre las medidas que regula el Real Decreto-ley se habilita un acceso extraordinario a la prestación por desempleo para los trabajadores de la Cultura, que por su intermitencia no habían quedado amparados por los mecanismos de cobertura establecidos hasta la fecha. De este modo, por ejemplo, los artistas podrán acceder de manera extraordinaria a la prestación de desempleo por un periodo de hasta 180 días, según el periodo de ocupación cotizada en el año anterior, reconociendo así la intermitencia laboral y la especial vulnerabilidad de los trabajadores del sector cultural. Esta medida afecta al 45 % de los contratos de trabajo del sector artístico, que son por obra o servicio, es decir, de carácter intermitente.

Para garantizar el acceso de las PYMEs del sector cultural a la liquidez y financiación económica, el Ministerio de Cultura y Deporte inyectará 20 millones de euros en la sociedad de garantía recíproca CREA SGR. Una parte de dicha cantidad, 3.750.000 euros, está destinada a sufragar el coste de la comisión de apertura de los avales de los préstamos a empresas del sector cultural con motivo de la crisis de la COVID-19. El resto, 16.250.000 euros, se destina al fondo de provisiones técnicas. Este importe supone movilizar realmente 780 millones de euros en créditos garantizados para el sector cultural. Cada uno de los ámbitos del sector cultural (libro, bellas artes, artes escénicas, música, cinematografía y audiovisual) accederá a un mínimo de 40 millones de euros, pudiendo obtener liquidez inmediata y específica.

En materia de subvenciones y ayudas públicas para actividades y proyectos culturales, se posibilita el abono de los gastos subvencionables realizados, cuando los proyectos o actividades no hayan podido llevarse a cabo, total o parcialmente, a causa de la COVID19. A su vez, los profesionales del sector artístico van a poder percibir anticipos e indemnizaciones en caso de aplazamiento o cancelación de las actuaciones contratadas con el sector público, siempre que los contratos no excedan de los 50.000 euros.

Y a efectos de contratación se incorporan varias, entre las que cabe destacar la previsión general del levantamiento de la suspensión de los procedimientos de contratación para garantizar el interés general y el de los propios licitadores.

Más de 38 millones en ayudas extraordinarias para las artes escénicas y la música

Las ayudas tradicionales del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) no son aplicables en el contexto actual, dado que la actividad y la movilidad van a ser muy limitadas. Por ello se destinan 38,2 millones de euros para al sector de las artes escénicas (danza, teatro, circo y música), que se convocarán en ayudas extraordinarias con carácter excepcional que tienen en cuenta esta nueva situación. Gestionadas por el Ministerio de Cultura a través del INAEM, estas ayudas persiguen apoyar el mantenimiento de las estructuras de las artes escénicas y musicales, así como las actividades escénicas y musicales y los proyectos culturales.

Ayudas a las salas de cine, estrenos en plataformas e incentivos fiscales para la producción cinematográfica.

Respecto a la cinematografía y el audiovisual, se ha creado un Fondo Social Extraordinario derivado de la crisis del coronavirus COVID-19, por importe de 13.252.000 euros, para apoyar a la exhibición cinematográfica en las salas de cine. Se espera financiar con ello los gastos que sean consecuencia de las medidas sanitarias adoptadas y gastos destinados a favorecer la visibilidad sobre la reapertura de los cines.

No obstante, el Real Decreto-ley aprobado hoy recoge la excepción temporal hasta el 31 de agosto de 2020, para que las películas que se vean con problemas para estrenar en salas cuando lo tenían previsto, puedan hacerlo a través de proveedores de servicios de comunicación audiovisual o plataformas, sin que ello afecte a su condición de película cinematográfica.

Por otra parte, para generar liquidez en las productoras que han recibido ayudas, se les adelantará el 50 % del pago de parte de la ayuda otorgada antes de que inicien el rodaje y se permitirá que entre los gastos subvencionables se incluyan aquellos directamente vinculados con el impacto de la crisis. Además, se flexibilizan los plazos y las obligaciones (como el estreno en un número determinado de salas, el presupuesto para promoción o la comunicación de inicio y fin de rodajes, entre otras) a las películas beneficiarias de ayudas generales y selectivas, tanto para la producción de largometrajes como de cortometrajes sobre proyecto, concedidas entre los años 2016 a 2019.

Se incrementan los incentivos fiscales a la producción cinematográfica y audiovisual de series de ficción, animación o documental, así como a los rodajes extranjeros. Se podrá deducirse el 30 % del primer millón de euros la base de deducción y el 25 % del importe restante. Con ello se pretende atraer más producciones y rodajes internacionales, fomentar las coproducciones y aumentar la actividad de la industria audiovisual en España.

Más incentivos al mecenazgo, 5 millones para las librerías y las bellas artes

En el ámbito del libro, se crea un sistema extraordinario de ayudas para sector del libro, por un importe de 4 millones de euros, dirigidas a librerías independientes, para el mantenimiento de sus estructuras y de la cadena de suministro. La especial fragilidad de las librerías independientes, ante una caída drástica de su facturación, por estar cerradas desde la declaración del estado de alarma, perjudican gravemente a todo el sector del libro, lo que afecta al flujo de actividad económica de toda la cadena (autores, editores, distribuidores, traductores...).

Estas nuevas ayudas se suman a la reducción del IVA de libros electrónicos y prensa digital del 21 al 4%, así como a la apertura en el día de ayer de las librerías con el sistema de cita previa.

En relación a las Bellas Artes, el Real Decreto-ley incorpora ayudas extraordinarias por valor de 1 millón de euros para la promoción del arte contemporáneo, y en concreto para el desarrollo de proyectos de innovación digital que fomenten la difusión de las artes visuales, la creación artística, la comunicación, la difusión internacional y la adquisición de arte contemporáneo español.

Los destinatarios de estas medidas incluyen a los artistas visuales, las galerías de arte, críticos y comisarios, así como la dotación para compras de arte contemporáneo español a través de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura y Deporte.

En otro orden, el Real Decreto-ley posibilita también que las entidades de gestión colectiva de derechos de autor incrementen el porcentaje que destinan a acción asistencial.

Y para estimular la participación privada en la cultura, se han incrementado en 5 puntos porcentuales los incentivos fiscales al mecenazgo. Así se podrá deducir el 80 % de los 150 primeros euros invertidos en un proyecto, y el 35 % de la cantidad restante. Este último porcentaje de deducción se eleva al 40%, si en los dos ejercicios inmediatamente anteriores se hubieran efectuado donaciones por el mismo importe o superior a favor de la misma entidad.

Igualmente, se han ampliado los plazos para los grandes eventos previstos como Acontecimientos de Excepcional Interés Público del Xacobeo 2021, los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio o el V Centenario de la primera circunnavegación de Magallanes y Elcano y se han incorporado otros como el Plan Berlanga, puesto en marcha con motivo del centenario del nacimiento del cineasta; la Vuelta al Mundo a Vela Alicante 2021; la presencia de España como País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort 2021; el 175 Aniversario de la construcción del Gran Teatre del Liceu"; y el Plan de Fomento de la ópera del Teatro Real.

Prórroga de becas y ayudas a los deportistas

Finalmente, en el ámbito deportivo, el Real Decreto-ley prorroga las becas y ayudas a deportistas vinculadas a resultados de las competiciones, ahora suspendidas, para evitar que los beneficiarios se vean privados de ellas.

En concreto, el texto aprobado hoy hace referencia a:

  • Ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas, que incluye las ayudas a deportistas españoles por resultados deportivos.
  • Y ayudas para la protección social de los deportistas de alto nivel (DAN) y el apoyo a los deportistas españoles que participen en competiciones internacionales.

Derogación del sistema de horquillas para precios públicos de matriculación en las enseñanzas universitarias

Así mismo el Consejo de Ministros ha aprobado la derogación del sistema de horquillas para precios públicos de matriculación en las enseñanzas universitarias, que se introdujo en 2012. En el Real Decreto-ley aprobado por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente a la situación derivada de la COVID-19, se ha incorporado una disposición final con la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades.

La disposición aprobada hoy elimina el sistema de horquillas, que ha impactado de forma significativa sobre la estructura de precios, incrementando los mismos en términos generales y aumentando la disparidad en dichos precios en función de la Comunidad Autónoma donde se presta dicho servicio.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

TERCER TRAMO DE LA LÍNEA DE AVALES PARA GARANTIZAR LA LIQUIDEZ Y REFORZAR LA FINANCIACIÓN EMPRESARIAL
  • Se dedican 20.000 millones de euros adicionales para avalar préstamos a autónomos, pymes y empresas.
  • Se destinan 4.000 millones para garantizar hasta el 70% las emisiones de pagarés de empresas no financieras del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF).
  • Se aprueban 500 millones para reforzar hasta un 80% los avales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA) y aumentar la capacidad de las Sociedades de Garantía Recíproca de las comunidades autónomas.
  • Se refuerza la protección de las empresas y autónomos estableciendo que las entidades financieras no podrán repercutir ningún coste financiero o gasto sobre los importes no dispuestos.
  • El nuevo acuerdo de Consejo de Ministros refuerza la obligación de las empresas beneficiarias de los avales de emplear la financiación obtenida para hacer frente a las necesidades de liquidez, no pudiendo emplearla para el reparto de dividendos.
  • De acuerdo con los últimos datos disponibles, las empresas españolas han recibido más de 36.000 millones de euros en financiación a través de 269.843 operaciones garantizadas por la Línea de Avales

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se activa el tercer tramo de la Línea de Avales para garantizar la liquidez de empresas y autónomos aprobada por el Gobierno el pasado 17 de marzo por un importe total de 100.000 millones de euros.

Con cargo a este nuevo tramo, se destinarán 20.000 millones para garantizar préstamos de autónomos, pymes y grandes empresas; 4.000 millones para cubrir pagarés del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y 500 millones para reforzar los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA).

La aprobación por el Consejo de Ministros permite seguir reforzando la financiación empresarial para preservar la actividad y el empleo, manteniendo las fuentes de liquidez de las empresas y las proporcionadas por los mercados de capitales, y aumentando la capacidad de las sociedades de garantía recíproca de las comunidades autónomas.

El Acuerdo establece de forma específica que las empresas deberán emplear la financiación avalada para atender las necesidades de liquidez derivadas, entre otros, de la gestión de facturas, pago de nóminas y proveedores, necesidad de circulante y vencimientos de obligaciones financieras o tributarias, sin que pueda, en ningún caso, destinarse al pago de dividendos ni de dividendos a cuenta.

20.000 millones para autónomos, pymes y empresas

La financiación destinada a la cobertura de préstamos otorgados a autónomos y empresas mantiene las mismas características y el mismo procedimiento de tramitación de los tramos iniciales. De los 20.000 millones activados, se reservan 10.000 millones para garantizar préstamos de autónomos y pymes y los otros 10.000 millones para avalar préstamos del resto de empresas, de mayor tamaño.

Podrán solicitar estos avales los autónomos, pymes y empresas afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 ni en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020 y no se encuentren en situación de crisis según la normativa de la Unión Europea.

El aval garantiza el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes. Para el resto de empresas, se garantiza el 70% de la nueva financiación concedida y el 60% en el caso de las operaciones de renovación. Los avales tendrán una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un máximo de cinco años.

El Acuerdo del Consejo de Ministros refuerza y precisa las características para los beneficiarios. Con este objetivo, se incluye expresamente la prohibición de que las entidades financieras puedan cargar ningún coste financiero o gasto sobre los importes no dispuestos por el cliente. Las entidades deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los acuerdos y en el contrato marco con el ICO, y se recuerda que los incumplimientos materiales de sus obligaciones se consideran infracción de disciplina.

4.000 millones para garantizar emisiones de pagarés

El Consejo de Ministros ha aprobado también una dotación de 4.000 millones de euros adicionales con cargo a la línea de avales del ICO para garantizar las emisiones de empresas no financieras del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF). Podrán optar a estos avales las empresas con sede social en España y que tengan un programa de pagarés incorporado al MARF antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2020 de 21 de abril, siempre que no se encuentren en situación de crisis según la normativa de la Unión Europea y que los pagarés se emitan antes del 30 de septiembre de 2020.

El importe máximo del aval será del 70% del principal de cada una de las emisiones y el plazo máximo de 24 meses. El coste será de 30 puntos básicos para avales con vencimiento de hasta 12 meses y de 60 puntos básicos para avales con vencimiento entre 13 y 24 meses.

La gestión de estos avales será realizada por el ICO en colaboración con Bolsas y Mercados Españoles (BME). Ambas instituciones deberán suscribir un contrato marco con cada una de las empresas no financieras que quieran beneficiarse del aval para sus emisiones de pagarés y con las entidades colocadoras que participen en el programa de emisión de pagarés.

500 millones para reforzar los avales de CERSA

Asimismo, se han aprobado 500 millones para reforzar los avales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA) y aumentar la capacidad de las Sociedades de Garantía Recíproca de las Comunidades Autónomas.

El aval máximo será del 80%, si bien podrá variar en cada operación para complementar el aval que también concede el Fondo Europeo de Inversiones (FEI) a CERSA, sin que ambos avales puedan superar conjuntamente el 90%.

El plazo máximo del aval será de cinco años. Para la gestión de los avales, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital suscribirá un contrato marco con CERSA.

Las empresas han recibido ya más de 36.000 millones de euros en financiación

Con los últimos datos disponibles, hasta el domingo 3 de mayo las empresas españolas han recibido 36.190 millones de euros en financiación a través de la Línea de Avales. Se han beneficiado de la misma 269.843 empresas, que han recibido avales por importe de 27.510 millones de euros.

Del total de operaciones, el 98% corresponde a nuevos préstamos y renovaciones de autónomos y pymes, con 264.862 operaciones avaladas, por importe de 18.998 millones de euros. Estos avales han permitido que fluya financiación por más de 23.773 millones de euros.

Asimismo, se han garantizado 4.981 operaciones de grandes empresas, por importe de 8.511 millones de euros, que les han permitido obtener financiación por más 12.400 millones.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

AYUDAS Y FORMACIÓN PARA LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS Y JÓVENES
  • El paquete recoge un programa de formación y dos convocatorias de ayudas que serán lanzados en las próximas semanas por Red.es para ayudar a jóvenes y empresas a mitigar el impacto del COVID-19.
  • El servicio de formación para el empleo juvenil en la economía digital está dotado con más de 20 millones de euros, con el objetivo de fomentar la adquisición y mejora de competencias TIC.
  • Las ayudas a empresas se dirigen, por un lado, al desarrollo tecnológico basado en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras y, por otro, al desarrollo de la oferta tecnológica en economía del dato y contenidos digitales.

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo paquete de ayudas y formación por valor de más de 70 millones de euros, a través de un servicio de formación para el empleo y dos convocatorias de ayudas para acelerar el proceso de digitalización de jóvenes y empresas y atenuar el impacto del COVID-19 en su actividad.

El paquete de medidas aprobado hoy por el Consejo de Ministros se enmarca dentro del programa AceleraPyme, puesto en marcha por Red.es, entidad pública adscrita al Ministerio a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. Este programa persigue acelerar el proceso de digitalización de las pymes, mediante el apoyo financiero, el asesoramiento, la formación y la creación de soluciones tecnológicas.

Formación para el empleo

En primer lugar, el servicio de formación para el empleo juvenil en la economía digital tiene como objetivo el desarrollo de actividades de formación en modalidad presencial y online, para la adquisición y mejora de competencias TIC y la prestación de un servicio de orientación laboral. Dotado con un importe de 20.661.157 euros, está cofinanciado con el Fondo Social Europeo del periodo de programación 2014-2020, en concreto con cargo al Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Tanto las acciones formativas, como el servicio de orientación, pretenden fomentar la inserción laboral y están dirigidas a personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación y que cumplen los requisitos establecidos para poder inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Cada curso de formación (tanto presencial como online) consta como mínimo de 250 horas lectivas, de las cuales, al menos 220 deberán dedicarse al contenido específico de la temática del curso y un mínimo de 30 a empleabilidad (mejora de las "digital skills", competencias profesionales digitales, mejora del CV, realización de presentaciones atractivas, entre otros).

La temática de los cursos girará en torno a la ciberseguridad, el Big Data, la programación web "full stack", los sistemas en "cloud", marketing digital y programación de videojuegos, diseño 3D y Realidad Virtual.

Convocatorias de ayudas

El Consejo de Ministros también ha dado luz verde a dos convocatorias de ayudas, por un importe total de 50 millones de euros.

La primera convocatoria está destinada al desarrollo tecnológico basado en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales, por importe de 35 millones de euros. El objetivo es financiar proyectos de desarrollo experimental realizados por empresas sobre inteligencia artificial como "machine learning"; "deep learning"; "neural networks", desarrollo de soluciones, aplicaciones o servicios que mejoren la eficiencia de los servicios sanitarios, internet de las cosas, tecnologías de procesamiento masivo de datos e información, computación de alto rendimiento, computación en la nube, procesamiento de lenguaje natural, ciberseguridad; biometría e identidad digital, "blockchain" robótica, realidad virtual y aumentada, efectos especiales y simulación, Micro/nanoelectrónica, impresión 3D y fabricación aditiva.

Los proyectos estarán cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del periodo de programación 2014-2020 y los importes de las ayudas estarán comprendidos entre los 150.000 y los 3.000.0000 euros. El porcentaje de la ayuda oscila entre el 25% y el 45% en función del tamaño de la empresa, de acuerdo con la normativa comunitaria en materia de ayudas de estado.

Por último, la segunda convocatoria de ayudas está dotada con 15 millones de euros y tiene como fin el desarrollo de la oferta tecnológica en contenidos digitales. El objetivo es financiar proyectos de empresas basados en el desarrollo tecnológico sobre los siguientes contenidos digitales: puesta a disposición de datos de forma masiva y en formatos reutilizables, tratamiento de datos aplicada a la mejora de la asistencia sanitaria y a las crisis sanitarias, videojuegos, animación digital, música, cine y vídeo, contenidos audiovisuales, publicaciones digitales, publicidad digital, redes sociales y aplicaciones móviles.

Al igual que en la anterior convocatoria, los proyectos estarán cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del periodo de programación 2014-2020. En este caso, el importe de los proyectos estará comprendido entre 150.000 y 2.000.0000 euros y la intensidad de la ayuda oscila entre el 25% y el 45% en función del tamaño de la empresa.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CON MOTIVO DEL DÍA DE HOMENAJE A TODAS LAS VÍCTIMAS DEL NAZISMO DE ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha acordado aprobar la Declaración del Gobierno con motivo del 'Día de Homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España', que se celebra el 5 de mayo.

"El 26 de abril de 2019, el Consejo de Ministros acordó instaurar el 5 de mayo como 'Día de Homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España'. La fecha elegida coincide con la conmemoración de la liberación en 1945 del campo de Mauthausen, en Austria, donde fueron concentrados la mayoría de los deportados españoles, y donde, finalmente, fallecieron la mayor parte.

La participación del exilio republicano español en la resistencia y en las luchas y frentes antifascistas europeos llevó a cerca de diez mil de nuestros compatriotas a los campos de concentración nazis entre 1940 y 1945, especialmente en el complejo de campos de Mauthausen-Gusen, pero también en Buchenwald, Dachau, Bergen Belsen, Auschwitz, Flossenbürg, Natzweiler, Neuengamme, Sttuthof, Sachsenhausen, Gross-Rosen, Aurigny, Guernesey, Jersey, Hinzet Majdanek, Sobibor, Neu Bremm y Ravensbrück. Algunos de ellos también llegaron a los campos en su condición de ciudadanos españoles judíos.

Con la instauración de este día, se pretende honrar la memoria de estos españoles y españolas. El Gobierno quiere reconocer el lugar que les corresponde en nuestra historia democrática por su ejemplo de sacrificio por la democracia y la libertad. Su recuerdo ha de servirnos como memoria vigilante contra toda forma de totalitarismo e intolerancia.

Este año, cuando se cumple el 75 aniversario de la liberación del campo de Mauthausen y de otros campos por las tropas aliadas, el estado de alarma establecido para combatir la pandemia del COVID-19 nos impide celebrar solemne y presencialmente el acto de homenaje que se preveía en el mencionado acuerdo del Consejo de Ministros.

Por este motivo, el Gobierno de España quiere hacer público el testimonio de su más profunda admiración y gratitud por el legado democrático y ético que las republicanas y republicanos españoles deportados a los campos nazis han dejado a nuestro país por su defensa de los valores universales de libertad, igualdad y pluralismo.

Su resistencia, su sufrimiento y su compromiso ético con las libertades y los valores democráticos de progreso y justicia social ocuparán siempre un lugar de privilegio, no solo en la memoria democrática de nuestro país, sino también en la europea. Su sacrificio personal nos une a la memoria democrática de Europa y sus nombres están inscritos en el catálogo universal de las víctimas de los crímenes de lesa humanidad, pero también de los héroes de la dignidad y los derechos humanos.

Los campos de concentración y exterminio nazis, que funcionaron de la manera más cruel y despiadada durante la Segunda Guerra Mundial, constituyen el ejemplo paradigmático de los extremos de degradación moral y ética a los que puede llegar la barbarie humana al amparo de ideologías deshumanizadoras e intolerantes. La memoria, el valor y la tenacidad de estas mujeres y hombres ante las condiciones más adversas deben acompañar permanentemente nuestra conciencia en el proceso siempre inacabado de construcción de sociedades más libres, democráticas y justas en donde nunca más puedan suceder hechos como el Holocausto.

El Gobierno de España, en el marco de sus políticas de memoria democrática, ha tomado medidas para profundizar en este reconocimiento a las víctimas del nazismo y sus familiares, respondiendo a las demandas de los colectivos memoriales que durante décadas han mantenido viva la llama de su memoria y de su legado democrático y antifascista.

Así, la instauración de este día de homenaje, fue seguido de la publicación en el Boletín Oficial del Estado el 9 de agosto de 2019 de una lista provisional de los datos de las víctimas españolas de Mauthausen-Gussen y más recientemente de la puesta en marcha de la base de datos de Víctimas mortales de los campos nazis, en colaboración con la "Amical de Mauthausen". Con el objetivo de preservar la memoria de la deportación republicana española, en enero de 2020 el Gobierno instaló un monolito conmemorativo de las víctimas españolas en los campos, junto a las organizaciones memorialistas, de víctimas, supervivientes y sus familiares.

El Gobierno de España quiere reafirmar su compromiso insoslayable para reivindicar y promover la vigencia de su memoria y de su lucha por las libertades y la democracia garantizando que tenga la presencia que merece entre las generaciones venideras".

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

OBRAS DE EMERGENCIA PARA LA REPARACIÓN DEL PUENTE SOBRE EL ARROYO GUADALORA

El Consejo de Ministros ha tomada razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación ya iniciadas del puente sobre el arroyo Guadalora en la carretera SE-9028, en el término municipal de Lora del Río (Sevilla), por un importe de 352.682 euros.

Se trata de una carretera que se encuentra en la zona regable de la margen izquierda del Genil y que permite la comunicación entre las localidades de Lora del Rio (Sevilla) y Palma del Rio (Córdoba). Dicha carretera es la única existente entre los dos municipios en la margen izquierda del Guadalquivir.

En la referida carretera se localiza un puente, en cuya estructura se han detectado importantes fisuras en el pavimento del tablero y daños en la zona de los apoyos de las vigas sobre los estribos y en las pilas que se han visto agravados tras el intenso período de lluvias registradas durante la borrasca Elsa y durante el paso de la borrasca Gloria, a finales de diciembre de 2019 y enero de 2020 respectivamente.

Por todo ello, el pasado 24 de febrero se realizó la declaración de emergencia para acometer las actuaciones necesarias y proceder a la reparación de la estructura del puente y se suscribió el contrato el 13 de abril. De no procederse de manera inmediata a la reparación de la estructura el tráfico pesado que soporta podría provocar su colapso, ocasionando graves daños a la población de los municipios de Lora del Río y de Palma de Río.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

DECLARACIÓN DE EMERGENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE 600 LICENCIAS ADICIONALES DEL PRODUCTO SWIVEL

La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura.

En el ejercicio de las facultades que le atribuye el Artículo 116.2 de la Constitución, el Gobierno de España, conforme al Artículo cuarto, apartado b), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, declaró mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma, en todo el territorio nacional, con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19.

Mediante la Resolución, de 10 de marzo de 2020, del secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública sobre medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración General del Estado con motivo del COVID-19; la Resolución, de 12 de marzo de 2020, del secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública por la que se complementa la anterior, y la Resolución, de 13 de marzo de 2020, de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, por la que se establecen una serie de medidas urgentes a adoptar en los Servicios Centrales del departamento con motivo del COVID-19, se arbitran una serie de medidas para que la prestación del servicio público se pueda seguir realizando sin poner en riesgo la salud de los empleados públicos y del resto de la ciudadanía, habilitando modalidades de trabajo no presenciales.

Para ello es esencial que los empleados públicos puedan desempeñar sus funciones en la modalidad de teletrabajo con las condiciones adecuadas, y para ello, se precisa realizar la contratación del suministro de 600 licencias adicionales del producto SWIVEL que permitan que los funcionarios que prestan determinados servicios esenciales dispongan de conectividad remota para garantizar el acceso seguro a su correo electrónico, servicios de carpeta en red y navegación en las aplicaciones de intranet.

La solución de autenticación SWIVEL permite el acceso de forma segura a aplicaciones corporativas a través de redes privadas virtuales (VPN), sitios y aplicaciones web, mediante el uso de dispositivos móviles (smartphones, tablets, teléfonos…) o simplemente un navegador web, ofreciendo a los usuarios una solución sencilla, potente y económica que erradica cualquier amenaza de duplicación de tarjetas, suplantación de identidad o registro de las pulsaciones del teclado (key-logging).

El importe total estimado del suministro que proporciona solución al problema expuesto es de 6.426 euros sin IVA (7.775,46 euros con IVA 21% incluido), según el siguiente desglose:

PRODUCTOCANTIDADPRECIO UNITARIOPRECIO TOTAL
Licencias provisionales (3 meses)
Licencia Software perpetua (3 meses)6007,14 €4.284,00 €
Mantenimiento y soporte 24x7 (3 meses)6003,57 €2.142,00 €
Total sin IVA6.426,00 €
21% IVA1.349,46 €
Total IVA incluido 7.775,46 €

Esta situación justifica que las actuaciones a llevar a cabo para evitar este grave peligro, que se concretan en la contratación referenciada, se realicen mediante tramitación de emergencia, conforme a lo previsto en el Artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, al poderse subsumir en uno de los supuestos contenidos en el Artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.

Defensa

DECLARACIONES DE EMERGENCIA EN EL MINISTERIO DE DEFENSA, PARA HACER FRENTE A LA SITUACIÓN GENERADA POR EL COVID-19

El Consejo de Ministros ha procedido a la toma de razón de las declaraciones de emergencia correspondientes a 14 expedientes de contratación iniciados en el ámbito del Ministerio de Defensa, por un importe total de 1.909.202,86 €.

La finalidad de estos contratos, todos ellos relacionados con la situación de crisis sanitaria derivada del COVID-19, es obtener los materiales y servicios necesarios para hacer frente a la situación generada por la crisis sanitaria.

Para ello, se han contratado un servicio de limpieza y desinfección microbiológica de ambulancias militares, se ha adquirido material de limpieza y material desechable destinado principalmente a la eliminación de residuos y desinfección, material de protección y parafarmacia (mascarillas, guantes, gafas, etc.) empleado en la lucha contra el COVID 19, desinfectante NDP Air por el Centro de Farmacia Militar, así como piezas de repuestos para respiradores.

Hacienda

MODIFICACIÓN DEL LÍMITE DE GASTO PARA PERMITIR AL MINISTERIO DE INDUSTRIA LA CONVOCATORIA DE BECAS SOBRE CONTROL ANALÍTICO DE PRODUCTOS

El Consejo de Ministros ha autorizado modificar los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria para adquirir compromisos de gasto con cargo a futuros ejercicios que permiten al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la convocatoria de becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior correspondiente al año 2020.

Estas becas tienen como finalidad la capacitación profesional de titulados universitarios superiores, en disciplinas relacionadas con el control analítico de calidad de productos agroalimentarios e industriales y su incorporación al mercado laboral.

Los becarios realizarán su actividad en los laboratorios de los Servicios de Inspección del SOIVRE (Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones) de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio.

La convocatoria correspondiente al ejercicio 2018 se encuentra actualmente en periodo de ejecución, que finaliza el 31 de mayo de 2020. La convocatoria para el ejercicio 2020 prevé la oferta de 23 becas con una duración máxima de dos años y por un importe total de 356.881,80 euros para el conjunto de ayudas.

Hacienda

EL SECTOR PÚBLICO ESTATAL AVANZA EN LA IMPLANTACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DE SUBVENCIONES

El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento hoy del Informe elaborado por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) sobre el grado de avance en la implantación de la planificación estratégica de subvenciones en el sector público estatal.

El informe, que será publicado próximamente en la web de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) en la dirección https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/, es el tercero que se emite desde que el Tribunal de Cuentas, y recientemente, la AIReF, mostraran la necesidad de progresar en el desarrollo de una nueva Administración, orientada a la evaluación de las políticas públicas.

A lo largo de estos tres años, el esfuerzo se ha dirigido a la introducción de una nueva cultura organizativa, centrada en el ámbito de las subvenciones y ayudas públicas. Es un hecho positivo que los ministerios creados en 2018 han aprobado planes estratégicos para 2019, lo que denota que la cultura de la gestión por objetivos empieza a implementarse en la organización.

El informe recoge una serie de recomendaciones orientadas a avanzar en este modelo, completando el sistema con nuevos indicadores de resultados e impulsando la aprobación de planes estratégicos en los nuevos departamentos surgidos tras la reestructuración ministerial.

En este punto resultará de gran utilidad la "Guía General para la elaboración, seguimiento, control, evaluación y publicidad de los planes estratégicos de subvenciones", elaborada en la IGAE, que fue distribuida a los departamentos ministeriales en mayo de 2019.

Agricultura, Pesca y Alimentación

AYUDAS EXPLOTACIONES AGRARIAS AFECTADAS POR LA SEQUÍA Y OTRAS SITUACIONES EXCEPCIONALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones estatales para sufragar el coste total de la comisión de gestión de los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) a titulares de explotaciones agrarias, y la convocatoria de las mismas.

Estas ayudas están destinadas a las explotaciones agrarias y tienen por objeto de paliar los efectos de las adversidades climáticas que afectaron al sector agrario en 2019, entre los que destaca la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que alcanzó la península y se fue desplazando hacia el sureste peninsular, y el déficit de precipitaciones que ocasionó situaciones de sequía.

Con estas subvenciones el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pone, a disposición de los damnificados, líneas de financiación para fortalecer la viabilidad y normal funcionamiento de las explotaciones del sector agrario en situaciones excepcionales.

La cuantía máxima de esta línea de ayudas, calculada para un capital avalado de 100.000.000 euros, será de 4.561.000 euros, que se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Beneficiarios

Podrán acogerse a estas ayudas los titulares de explotaciones agrarias, sean personas físicas o jurídicas, que suscriban avales con SAECA en el marco de préstamos con entidades financieras avalados por dicha entidad, priorizando los afectados por la DANA y en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 11/2019 sobre medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.

En el caso de explotaciones cuyo titular sea una entidad asociativa, sus miembros podrán acogerse a las ayudas cuando suscriban préstamos con entidades financieras avalados por SAECA, con el objeto de aportar el capital prestado a su entidad asociativa.

Subvenciones

Las ayudas consistirán en la financiación del importe total de la comisión de gestión del aval de SAECA. Se financiará, además, la comisión de estudio del aval de SAECA cuando las explotaciones estén ubicadas en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 11/2019 sobre medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.

También se financiará la comisión de estudio cuando las explotaciones hayan suscrito un seguro en las líneas de seguros agrícolas o pecuarios en el marco del 40º o el 41º Plan de Seguros Agrarios Combinados y si el titular es un joven agricultor

El Ministerio subvencionará el coste del aval para créditos de hasta 40.000 euros por titular de explotación o por componente de entidad asociativa, cuyo plazo de amortización no supere los cinco años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia.

El coste de los avales objeto de subvención será, para la comisión de estudio, el 0,50% del importe avalado, por una sola vez a la formalización del préstamo, y para la comisión de gestión, el 1,15% anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.

Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas destinadas a la misma finalidad, procedentes de Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, pero su importe acumulado no podrá superar el coste de la actividad subvencionada.

Agricultura, Pesca y Alimentación

AYUDAS PARA GANADEROS DE OVINO Y CAPRINO CON DIFICULTADES DE COMERCIALIZACIÓN POR COVID-19

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases de las ayudas estatales a las explotaciones ovinas y caprinas que han tenido dificultades en la comercialización de corderos y cabritos en los meses de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones derivadas por el estado de alarma frente a la COVID-19.

Unas ayudas destinadas a paliar la situación de un sector estratégico en el ámbito económico, social y medioambiental, con una producción muy estacional, ligada a un consumo mayoritario durante los meses de marzo y abril y casi en su totalidad a través del canal de la restauración y la hostelería, cerrado por la actual crisis sanitaria.

Estas subvenciones, para el ejercicio 2020, constituyen un complemento de las ayudas destinadas al pago por oveja y cabra establecidas en el Real Decreto 1075/2014 de ayudas de la Política Agraria Común (PAC). Por ello, para reducir las cargas administrativas, el hecho de ser perceptor de la ayuda de la PAC a estas producciones hará que sea automáticamente beneficiario de la subvención.

Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los criterios que fijarán las comunidades autónomas, pero se tomará en cuenta la condición de joven agricultor.

Financiación

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación financiará estas ayudas hasta un límite de 10 millones de euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2020.

Las autonomías podrán también aportar financiación complementaria, con el límite de 25.000 euros por beneficiario en tres ejercicios fiscales, de acuerdo con lo previsto sobre ayudas «de minimis» en el sector agrícola.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que presenten en 2020 la solicitud única y que sean titulares de una explotación inscrita en el registro general de explotaciones ganaderas (REGA).

En concreto podrán optar a estas subvenciones los titulares de las explotaciones de ovino con una clasificación zootécnica de «reproducción para la producción de carne», «reproducción para la producción de leche» o «reproducción para producción mixta» con más de 50 hembras reproductoras.

También podrán solicitar estas ayudas los titulares de explotaciones de caprino con una clasificación zootécnica de «reproducción para la producción de carne», «reproducción para la producción de leche» o «reproducción para producción mixta" con más de 30 hembras reproductoras conforme a la última declaración censal obligatoria.

No obstante, las autoridades competentes de las comunidades autónomas podrán rebajar el límite inferior de más de 50 o 30 hembras reproductoras en caso de que su censo de ovino o caprino, respectivamente, sea inferior al 2 % respecto del censo nacional.

En cuanto al número de animales con derecho a ayuda, se considerarán "hembras elegibles" aquellas ovejas y cabras mantenidas como reproductoras que estén correctamente identificadas y registradas a fecha 1 de enero de 2020 y cuya producción de corderos y cabritos se haya visto afectada por la situación creada entre el 14 de marzo y el 30 de abril.

La ayuda se concederá al número de ovejas y cabras elegibles, con un máximo de 100 animales por beneficiario y una subvención máxima por animal de 12 euros. La autoridad competente de la comunidad autónoma calculará, a partir de la información contenida en el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN), el número de animales con derecho a ayuda de los beneficiarios, pudiendo establecer los controles que considere necesarios.

La tramitación, resolución, justificación, pago y control de las ayudas corresponderá a las comunidades autónomas, que se encargarán también de publicar las correspondientes convocatorias.

Política Territorial y Función Pública

ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Este Real Decreto desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte. Actualiza las funciones atribuidas a los órganos superiores y directivos, hasta el nivel orgánico de Subdirección General, con el fin de conseguir la máxima eficacia y racionalidad en el cumplimiento de sus objetivos.

1.- Secretaría General de Cultura, creada por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

  • Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, mantiene dos Subdirecciones.
  • Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación suprime la Subdirección General de Cooperación y Promoción Internacional de la Cultura, y cambia la denominación de la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo que pasa a denominarse Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales.
  • Dirección General de Bellas Artes se mantiene con cinco Subdirecciones Generales. En esta Dirección General se crean la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico y la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales, en sustitución de la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico y la Subdirección General de Promoción de las Bellas Artes, respectivamente.

2.- La Subsecretaría se refuerza con la creación de una nueva Subdirección General. Se trata de la Subdirección General de Relaciones Internacionales y Unión Europea, que se compensa con la supresión ya citada en el ámbito de la Secretaría General de Cultura. No hay cambios en el ámbito de la Secretaría General Técnica.

3.- Están adscritos a este Ministerio los siguientes organismos: el Consejo Superior de Deportes, la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, el Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, la Orquesta Nacional de España y la Biblioteca Nacional de España. Se adscriben también a través de la Subsecretaría el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura y Deportes.

No existe incremento orgánico, ya que no genera crecimiento neto de Subdirecciones Generales.

Hacienda

APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA FINANCIAR LA REPARACIÓN DE ÁREAS AFECTADAS POR TEMPORALES Y CATÁSTROFES NATURALES

El Consejo de Ministros ha aprobado dos acuerdos por el que se ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario y un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para paliar los daños causados por temporales y diversas catástrofes naturales en 14 Comunidades Autónomas.

En cuanto al primer acuerdo, se ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 129.185.552,60 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Función Pública para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas ocurridas en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Canarias, Cataluña, Aragón, Extremadura, Comunidad Valenciana, Galicia, Murcia, Madrid, La Rioja, Navarra y Baleares.

Esta autorización cumple lo dictado en el Real Decreto-ley 11/2019, que contempla la adopción de medidas urgentes ante estas catástrofes naturales.

El segundo acuerdo autorizado en el Consejo de Ministros contempla la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 11.400.000 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en cumplimiento del Real Decreto-ley 11/2019 para atender a esos mismos territorios.

El Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas, en su artículo 1, establece que tiene por objeto declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, así como la adopción de las medidas urgentes para paliar los daños causados por catástrofes naturales.

Este Real Decreto contempla subvenciones para proyectos que ejecuten ayuntamientos, las diputaciones provinciales, los consejos y cabildos insulares, las comarcas, las mancomunidades y las comunidades autónomas uniprovinciales para obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos, instalaciones y servicios de titularidad municipal, y de la red viaria. Estas actuaciones podrán ser financiadas mediante el crédito extraordinario que el Consejo de Ministros ha aprobado.

Además, esta norma incluye, como medidas que afectan de forma directa al sector agrario, una serie de ayudas por daños causados en producciones y explotaciones agrícolas y ganaderas. El suplemento de crédito que este Consejo de Ministros autoriza permite atender el abono de esas subvenciones.

Catástrofes naturales

En este caso, mediante estos dos acuerdos se atienden a los afectados por los incendios forestales acaecidos entre los días 26 y 28 de junio de 2019 en las provincias de Tarragona, Lleida y Toledo, así como en la Comunidad de Madrid; por las inundaciones padecidas el 8 de julio de 2019 en Navarra; o por la tormenta de granizo e inundaciones acaecidas el 8 de julio de 2019 en la provincia de Orense.

También se incluyen los episodios de fuertes lluvias ocurridos los días 25, 26 y 27 de agosto de 2019 como consecuencia de una Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en la Comunidad de Madrid, las provincias de Zaragoza y Cáceres, la Comunidad Autónoma de La Rioja, las provincias de Segovia, Valladolid, Ávila, Toledo, Ciudad Real, Alicante, Castellón, Valencia, Lleida, Sevilla y Málaga, las Comunidades Autónomas de Murcia y Baleares.

Además, se contemplan los incendios forestales ocurridos entre los días 10 y 17 de agosto de 2019 en la isla de Gran Canaria; y por los graves sucesos causados por una DANA los días 9 a 16 de septiembre de 2019 en las provincias de Albacete, Alicante, Valencia, Almería, Málaga y Granada y las Comunidades Autónomas de Murcia, Baleares y Madrid.

Cultura y Deporte

OBRAS DE EMERGENCIA EN LA CUBIERTA DE LA CATEDRAL DE JAÉN

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia en la cubierta de la Catedral de Jaén, así como la redacción de la memoria, la dirección técnica de las mismas y su coordinación.

El presupuesto de todas las actuaciones asciende a 2.812.077,92 €, IVA incluido, siendo el plazo estimado para la ejecución de las obras de veinticuatro meses.

La Catedral de la Asunción de la Virgen de Jaén

La Catedral es una construcción que tiene la consideración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Desde hace tiempo se viene detectando el deterioro progresivo en la estructura de madera de la cubierta de la Catedral, lo que ha supuesto la entrada de agua al interior del inmueble con las consecuencias que, respecto a su conservación, puede suponer.

Estas afecciones han supuesto la realización de diferentes actuaciones tanto por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Andalucía, como por parte de este Departamento Ministerial. No obstante, la problemática actual de las cubiertas tiene tal envergadura que los técnicos aconsejan no seguir con intervenciones puntuales y encadenadas por existir un riesgo de colapso de zonas extensas de las mismas.

Con el fin de preservar el monumento y aumentar la seguridad del entorno se ha decidido llevar a cabo unas obras de emergencia que consistirán en:

  • Limpieza de materiales sueltos y detritos de las aves, desmontado de la teja y el material de cobertura, con retirada integral de la tablazón inservible por la acción de la humedad.
  • Reparación o reintegración de los planos de apoyo y reparación y/o sustitución de las armaduras de madera.
  • Tratamiento de la madera al ataque combinado de xilófagos, insectos y hongos.
  • Colocación de una nueva tablazón de pino, ensamblada a media madera
  • Extensión de una doble barrera estanca al agua y colocación de la teja con solapes adecuados y con ganchos para evitar el desplazamiento del agua.
  • Reconstrucción de troneras, empleando madera vieja en los nuevos elementos estructurales a sustituir y cierres ligeros laterales.
  • Carpinterías de aireación o practicable de nueva factura.
  • Instalación de líneas de vida para facilitar trabajos posteriores de mantenimiento, dotación de instalaciones básicas de iluminación y señalización en el interior de las cámaras y habilitación de pasillos interiores y exteriores de mantenimiento.

Cultura y Deporte

CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA DE LOS DERECHOS AUDIOVISUALES GENERADOS POR EL FÚTBOL

El Consejo de Ministros ha autorizado la tramitación urgente del proyecto de Real Decreto por el que se aprueban los estatutos de la Fundación España Deporte Global y que asignan al Consejo Superior de Deportes un 1,5 % de los ingresos de la contribución solidaria de los derechos audiovisuales generados por el fútbol. Dicho porcentaje se destinará a la promoción, impulso y difusión del deporte federado, olímpico y paralímpico, así como a la internacionalización del deporte español.

Los clubes y entidades del Campeonato Nacional de Liga, en cualquiera de sus categorías, deben cumplir anualmente con una serie de obligaciones en proporción a los ingresos que obtengan por la comercialización conjunta de los derechos audiovisuales. Los nuevos estatutos de la Fundación asignan un 1.5 % al CSD.

Ciencia e Innovación

DECLARACIONES DE EMERGENCIA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NECESARIOS EN EL ÁMBITO DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se declara la tramitación por vía de emergencia para las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para hacer frente a los gastos derivados del brote del coronavirus, por un importe total de 121.393,55 euros, IVA incluido; de la Resolución del Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III (CNIC), de fecha 31 de marzo de 2020, por la que se declara la tramitación por vía de emergencia del expediente de contratación de "Suministro de viruta", por un importe total de 24.889,70 euros, IVA incluido; y de la Resolución de la Dirección del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, O.A., M.P. (INIA), de 20 de abril de 2020, por la que se resuelve declarar la emergencia en la tramitación del expediente para la sustitución de los sistemas de alimentación interrumpida (SAI) en el centro de trasformación del Centro de Investigación en Sanidad Animal, por un importe máximo de 75.000 euros, IVA incluido.

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