Referencia del Consejo de Ministros

26.2.2010

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SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de Prevención de la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1041/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Política Social y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  • ACUERDO sobre las medidas contempladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, a los damnificados por los episodios meteorológicos de carácter extraordinario acaecidos en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el mes de febrero de 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza en el ejercicio 2010 una dotación adicional y materialización al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
  • ACUERDO por el que se aprueba el pago de 197.000.000 de euros correspondiente al tercer pago de la contribución de España a la decimoquinta reposición de recursos de la Asociación Internacional de Fomento, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
  • ACUERDO por el que se aprueban las modificaciones del Inventario de Bienes Inmuebles del Patrimonio Nacional y de los Reales Patronatos, a 31 de diciembre de 2008.
  • ACUERDO por el que se aprueban las modificaciones del Inventario de Bienes Muebles Histórico-Artísticos del Patrimonio Nacional y de los Reales Patronatos, a 31 de diciembre de 2008.
  • ACUERDO por el que se aprueban las modificaciones del Inventario de Semovientes en terrenos gestionados por el Patrimonio Nacional, a 31 de diciembre de 2008.
  • ACUERDO por el que se aprueba una declaración institucional por la que se propone la creación de un Día para la Igualdad Salarial.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la información prevista en el artículo 16 de la Ley 5/2006, de 20 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado y se acuerda remitirlo al Congreso de los Diputados.

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio.
  • REAL DECRETO de modificación del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, para la incorporación de determinadas Directivas Comunitarias.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 227/1981, de 23 de enero, sobre sistemas de pago de los haberes de Clases Pasivas del Estado.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario por importe de 163.206.570 euros, para dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, con fecha 17 de enero de 2007, condenatoria al pago por parte del Ministerio de Sanidad y Política Social de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los ejercicios 1999 a 2003 y de enero a junio de 2004 por la entidad colaboradora Comunidad de Madrid.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario por importe de 55.608.889,30 euros, para dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, con fecha 31 de octubre de 2006, condenatoria al pago por parte del Ministerio de Sanidad y Política Social de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los ejercicios 1999 a 2001 por la entidad colaboradora Organización Nacional de Ciegos Españoles.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario por importe de 2.678.004,03 euros, para dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, con fecha 31 de enero de 2007, condenatoria al pago por parte del Ministerio de Sanidad y Política Social, de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los ejercicios 2020 y 2003 por la entidad colaboradora Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario por importe de 2.561.471,28 euros, para dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, con fecha 11 de octubre de 2006, condenatoria al pago por parte del Ministerio de Sanidad y Política Social, de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante el ejercicio 2002 por la entidad colaboradora Banco Español de Crédito, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Extremadura para tomar préstamos a largo plazo y emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 100.700.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización de operaciones de préstamos y de una o varias emisiones de deuda pública (obligaciones y bonos) a largo plazo hasta un importe máximo de 401.600.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de La Rioja para tomar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 100.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León para concertar una o varias emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 825.263.000 euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba la participación de España en la ampliación de capital de la Corporación Andina de Fomento y la aportación de 65.405.200 dólares como desembolso correspondiente a 2010.

Política Territorial

  • REAL DECRETO sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Generalitat de Cataluña en materia de Administración de Justicia.
  • REAL DECRETO sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Generalitat de Cataluña en materia de inspección de trabajo.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la aceptación de las enmiendas al Convenio constitutivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite, 2008, y su aplicación provisional, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre el Reino de España y el Reino Hachemita de Jordania sobre cooperación en los usos pacíficos de la energía nuclear.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y la Agencia Comunitaria de Control de Pesca.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo a ejecutar en el ejercicio 2010 los fondos librados a justificar del ejercicio 2009 para gastos a realizar en el exterior.

Justicia

  • ACUERDO por el que se decide la entrega en extradición a las autoridades de Argentina del ciudadano nacional de Argentina y España JORGE ALBERTO SOZA COSTA, por delitos de asociación ilícita; detención ilegal cometida por funcionario público agravada por su duración mayor de quince días; torturas y otros delitos contra la integridad moral, en relación con el delito de lesiones.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se aprueban las Normas sobre seguridad en las Fuerzas Armadas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo, para la adquisición centralizada de combustibles de automoción, navales, de aviación y gasóleo "c" para calefacción, en el Ministerio de Defensa y sus organismos autónomos.

Interior

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, para adaptarlo a las modificaciones introducidas en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.


Fomento

  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 388.560,27 euros necesarias para las obras de estabilización del talud situado en el p.k. 164,000 de la carretera N-332, Sector A-3, subsanando la situación de grave peligro existente, Alicante.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 754.304,98 euros necesarias para las obras de reparación de taludes de desmonte en la Autovía de las rías bajas, A-52, entre los pp.kk. 234,100 y 236,200, subsanando la situación de grave peligro existente, Ourense.
  • ACUERDO por el que se declaran lesivos a los intereses del Estado los Acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid de 2 de julio de 2009, relativos a la retasación de determinadas fincas afectadas por las obras del proyecto clave 37AENA/00 "Aeropuerto de Madrid-Barajas. Expropiación de terrenos necesarios para el desarrollo del Plan Director 2ª Fase, en los términos municipales de Alcobendas, San Sebastián de los Reyes, Paracuellos del Jarama y Madrid, en sus distritos de Barajas y Hortaleza".
  • ACUERDO por el que se declara lesivo a los intereses del Estado el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Ciudad Real de 21 de enero de 2008, por el que se fijó el justiprecio de la finca núm. 13.070-5047, del término municipal de Ciudad Real, propiedad de don Ricardo, don Antonio, don Juan y don Ignacio García López, afectada por las obras clave 12-CR-3160M2 "Modificado nº 2 Autovía Ciudad Real (N-430) a Atalaya de Cañavate (A-31), tramo: enlace de Miguelturra-enlace de Daimiel (este)".
  • ACUERDO por el que se declara lesivo a los intereses del Estado del Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León de 14 de septiembre de 2007 por el que se fija el justiprecio de la finca núm. 24.089-001, (parcela 09, polígono 6112) del término municipal de León del expediente expropiatorio de clave 33-LE-3500, propiedad de doña María Concepción y doña Aurora Flórez Cañas.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se establece el programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil y se modifican la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea y la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.


Trabajo e Inmigración

  • REAL DECRETO por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001 y 25/2001, de 31 de julio de 2001.
  • ACUERDO por el que se formalizan, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley General Presupuestaria, los compromisos financieros resultantes para la Administración General del Estado de la aprobación por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en la reunión celebrada el 23 de junio de 2009, de los criterios de distribución de los créditos destinados a financiar el coste imputable al ejercicio económico 2010 de la prórroga de la medida consistente en la contratación de 1.500 orientadores para el reforzamiento de la red de oficinas de empleo, incluida en el Plan Extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral.
  • ACUERDO por el que se distribuyen territorialmente para el ejercicio 2010, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
  • INFORME sobre el Proyecto de Asesoramiento Público al empresario de hasta diez trabajadores, Prevención 10.es.

Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector de hidrocarburos a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
  • REAL DECRETO por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
  • REAL DECRETO por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria.

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1882/1978, de 26 de julio, sobre canales de comercialización de productos agropecuarios y pesqueros para la alimentación y el Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia, para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
  • REAL DECRETO por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia que han tenido que realizarse en el Palacio de Congresos y Exposiciones de Madrid, adscrito al organismo autónomo Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA).
  • ACUERDO por el que se concede al L'Ens Públic de Radio Televisió de les Illes Balears la explotación, en régimen de gestión directa, del segundo múltiple digital adjudicado para su ámbito territorial por Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de 13 de marzo de 2008, conforme a lo dispuesto en el apartado 6 de la disposición adicional segunda del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de primas y subvención de intereses de préstamos a la construcción naval por un importe total de 62.177.487,78 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a suscribir con el Instituto de Crédito Oficial una segunda Adenda al Convenio MITYC-ICO Plan VIVE 2008-2010 así como la minoración del gasto correspondiente.
  • ACUERDO por el que se resuelven los recursos de reposición interpuestos por Ecologistas en Acción del País Valenciano y por Esquerra Unida del País Valenciano, contra el Acuerdo de 23 de octubre de 2009, por el que se declara de utilidad pública y se aprueba a Red Eléctrica de España, S.A., el proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea subterránea a 220 kv, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Montebello, desde la línea eléctrica a 220 kv Jijona-El Cantalar, Alicante.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de protección del medio marino.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura para mejorar la producción, la comercialización y la formación del sector.

Sanidad y Política Social

  • REAL DECRETO por el que se establecen las condiciones del uso tutelado de técnicas, tecnologías y procedimientos sanitarios y se modifica el Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestión del Fondo de Cohesión Sanitaria.
  • INFORME sobre el Plan de Promoción de la Inclusión Social.

Ciencia e Innovación

  • ACUERDO por el que se autoriza la resolución del contrato para el suministro con fabricación y elaboración de proyecto de dos buques costeros de investigación oceanográfica y pesquera.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo a D. FAUSTO JOSÉ CARTAGENA PASTOR.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Inspector Fiscal de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado a Dª. MARÍA TERESA OLAVARRÍA IGLESIA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional a Dª. MARÍA ISABEL GUAJARDO PÉREZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada a D. JUAN JOSÉ ROSA ÁLVAREZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional a Dª. CARMEN MARÍA MONFORT MARCH.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valladolid a Dª. MARÍA ESTHER PÉREZ JEREZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Sevilla a Dª. MARÍA JOSÉ SEGARRA CRESPO.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Toledo a D. JOSÉ JAVIER POLO RODRÍGUEZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Comunitat Valenciana a D. GONZALO ALFONSO LÓPEZ EBRI.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad de Castilla y León a D. RICARDO GONZÁLEZ CERRÓN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal adscrita al Fiscal de Sala Coordinador contra los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico, del medio ambiente e incendios forestales a Dª. RAQUEL MUÑOZ ARNANZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal adscrita a la Fiscal de Sala Delegada contra la Violencia sobre la Mujer a Dª. TERESA PERAMATO MARTÍN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal adscrito al Fiscal de Sala Coordinador de Siniestralidad Laboral a D . ÁNGEL JAVIER MUÑOZ MARÍN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal adscrita al Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial a Dª. ELENA AGÜERO RAMÓN-LLIN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal adscrito al Fiscal de Sala Coordinador de Extranjería a D . LUIS LAFON NICUESA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal adscrito al Fiscal de Sala Coordinadora de Menores a D. FRANCISCO MANUEL GARCÍA INGELMO.

Trabajo e Inmigración


CONDECORACIONES

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a D. JUAN CHINCOA ALES.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a Dª MARÍA PAZ DIÉGUEZ FERNÁNDEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a Dª NURIA RIBÓ PARERA.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a D. MANUEL FLORENTÍN PÉREZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a Dª MATILDE MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a D. SANTOS SANTAMARÍA AVENDAÑO.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a D. TOMÁS CRISTO CARBALLO CABRERA.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede el Collar de la Orden de Isabel la Católica a su Excelencia señora MICHEL BACHELET JERIA, Presidenta de la República de Chille.


Cultura

  • REAL DECRETO por el que se concede la Medalla al Mérito en las Bellas Artes en su categoría de oro, a las personas y entidades siguientes:
  • D. REYES ABADES TEJEDOR (Reyes Abades), especialista en efectos especiales cinematográficos.
  • Dª. EUGENIA BALCELLS CANELA, artista visual.
  • Dª PURIFICACIÓN CAMPOS SÁNCHEZ (Pura Campos), historietista e ilustradora.
  • Dª ROSER CAPDEVILA VALLS, escritora e ilustradora de libros infantiles.
  • D. RAFAEL CASTEJÓN SOFÍO, actor y cantante lírico de zarzuela.
  • D. ANDREA D'ODORICO AGOSTO (Andrea D'Odorico), productor teatral y escenógrafo.
  • D. LUIS FRANCISCO ESPLÁ MATEO, matador de toros.
  • Dª. MARIA DEL ROSARIO CAYETANA ALFONSA VICTORIA EUGENIA FITZ-JAMES STUART Y DE SILVA, Duquesa de Alba, coleccionista de arte y mecenas.
  • D. JUAN GATTI, fotógrafo y diseñador gráfico.
  • D. JOSÉ MANUEL GÓMEZ Y RODRÍGUEZ DE PUMARADA, editor y presidente del Grupo Anaya.
  • D. ROMÁN GUBERN GARRIGA-NOGUES, escritor e historiador.
  • D. JULIO JOSÉ IGLESIAS DE LA CUEVA (Julio Iglesias), cantante y compositor.
  • Dª. ANA LAGUNA CASO, bailarina.
  • D. JOSÉ MARÍA LÓPEZ SANFELIÚ (Kiko Veneno), cantante y compositor.
  • D. JOSÉ ALFONSO MORERA ORTIZ (El Hortelano), pintor.
  • Dª. BEATRIZ DE MOURA, editora.
  • Dª ISABEL MUÑOZ VILLALONGA, fotógrafa.
  • D. GREGORIO ÁNGEL PAVOLOTZKY FINKEL (Ángel Pavlosky), actor.
  • D. JOAQUÍN PEDRAJA REYES (Joaquín Cortés), bailarín y coreógrafo.
  • Dª. CRISTINA ROTA FERNÁNDEZ, profesora de interpretación y actriz de teatro.
  • Dª. ROSA MARÍA SARDÁ I TAMARO, actriz.
  • Dª MARÍA ELENA WALSH, escritora de libros y canciones infantiles.
  • CASTAÑER, artesanos zapateros.
  • RADIO 3 de Radio Nacional de España
  • TRICICLE, compañía de Teatro.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Sanidad y Política Social

AMPLIADAS LAS MEDIDAS ECONÓMICAS PARA FAVORECER LA INCLUSIÓN SOCIAL Y LA LUCHA CONTRA LA POBREZA

  • El Gobierno dotará este año a los ayuntamientos de 737 millones para políticas sociales, de los que casi 300 son para programas destinados a la inclusión social.
  • Creará un fondo extraordinario de treinta millones de euros para el fortalecimiento de las políticas de inclusión social a través de las ONG´s.
  • Incrementará en catorce millones la parte del IRPF destinada a los programas de inclusión social.
  • Introducirá criterios sociales en la contratación pública para dar preferencia en los procesos de licitación a las empresas que tengan en sus plantillas más de un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad.
  • Se aprobará en dos meses un plan para corregir los desequilibrios en la realidad de la población gitana.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Extraordinario de Fomento de la Inclusión Social y la Lucha contra la Pobreza 2010.

La coyuntura económica ha incrementado el número de personas en situación de vulnerabilidad social, por lo que el Gobierno ha decidido establecer nuevas medidas para el presente año que refuercen el Plan de inclusión social para adaptarlo a esta situación.

Las nuevas medidas aprobadas hoy se centran en las siguientes áreas:

1.- La atención directa al ciudadano en riesgo de exclusión a través de ayuntamientos y ONG´s.

2.- El desarrollo del Tercer Sector: entidades no lucrativas como centros de empleo especial, asociaciones, empresas de inserción, cooperativas, fundaciones, etcétera.

3.- Desarrollo de la población gitana.


Ayudas económicas a los a yuntamientos

El Gobierno dotará este año a los ayuntamientos de 737 millones para políticas sociales, de los que casi trescientos millones son para programas destinados a la inclusión social a través de los Ayuntamientos.

Estos programas se centrarán, entre otros aspectos, en:

  • Apoyo a la inserción sociolaboral de colectivos de bajo nivel de empleo.
  • Estancias en recursos de la Red de Servicios Sociales: albergues, viviendas tuteladas, centros de acogida, etcétera.
  • Apoyo socioeducativo a menores.
  • Planes de ayuda a domicilio para colectivos en riesgo de exclusión social.

Más recursos para las ONGs

Se incrementarán los recursos para la atención a las personas en riesgo de exclusión social a través de las ONG. Para apoyar esta labor se pondrán en marcha medidas como:

  • La creación de un fondo extraordinario de treinta millones de euros para el fortalecimiento de las políticas de exclusión social a través de las ONG´s.
  • El incremento del porcentaje y la cantidad de la subvención del 0,7 por 100 del IRPF destinada a los programas de exclusión social. Esto supondrá 205 millones de euros en 2010, catorce millones más que en 2009.
  • Podrán solicitar el acceso a las líneas de crédito ICO existentes para completar los programas del Fondo Social Europeo.

Desarrollo del tercer sector

El Gobierno ha previsto presentar en los próximos seis meses al Consejo de Ministros el Anteproyecto Ley de Economía Social, que regulará las entidades del Tercer Sector (centros especiales de empleo, empresas de inserción, cooperativas, fundaciones y asociaciones).

Además, adoptará medidas para reforzar las funciones de estas entidades:

  • Introducción de criterios sociales en la contratación pública para dar preferencia en los procesos de licitación a las empresas que tengan en sus plantillas más de un 2% de trabajadores con discapacidad.
  • Incentivar la contratación de personas en riesgo de exclusión por parte de las empresas de inserción.
  • Promocionar el Plan estratégico del Tercer Sector de acción social, aprobado en 2006.

Población gitana

Entre las nuevas medidas aprobadas hoy por el Gobierno destaca la aprobación en un plazo máximo de dos meses de un plan específico para el desarrollo de la población gitana en el período 2010-2012.

Este nuevo plan impulsará las acciones necesarias para corregir los desequilibrios existentes entre la población gitana y el conjunto de la población española. Dichas acciones se centrarán en promover la participación social del colectivo gitano, así como el ejercicio de sus derechos y el acceso a bienes y servicios.

Medidas adicionales

Además de las acciones ya citadas, se han aprobado otras medidas adicionales para favorecer la inclusión y luchar contra la pobreza. Estas medidas incluyen la puesta en marcha de certificados de profesionalidad y la atención preferente a la inserción de las personas con especiales dificultades en las ofertas de actividad, ya sean de empleo, formación, etcétera.

Resultados del plan

Desde su aprobación, este Plan, que ahora se ve reforzado por el Gobierno, ha permitido aumentar las prestaciones sociales en distintos ámbitos como el fomento del empleo, el incremento de los recursos económicos mínimos, la equidad en una educación de calidad, el apoyo a la integración de las personas inmigrantes y la atención a las personas en situación de dependencia.

Algunos ejemplos de estos logros son:

  • La puesta en marcha de la Estrategia global de acción para el empleo de las personas con discapacidad, dotada con 3.700 millones de euros.
  • El incremento en un 5,5 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional.
  • El aumento de las pensiones mínimas (un 70 por 100 las de viudedad entre 2004 y 2009).
  • La financiación con 614 millones de euros del aumento de plazas educativas para menores de seis años.
  • El impulso a la Ley de Dependencia, con más de medio millón de personas atendidas y 2.050 millones de euros destinados a este fin por el Gobierno en 2009.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO

  • Se trata de planificar de forma integrada las políticas en el medio marino y abordar aspectos de protección no regulados hasta ahora en la legislación española.
  • Los elementos clave del proyecto son las Estrategias Marinas, la creación de la Red de Áreas Marinas Protegidas y la incorporación de criterios ambientales en los usos del medio marino.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Protección del Medio Marino, con el que se pretende abordar aspectos de protección del medio marino no regulados hasta ahora en la legislación española y planificar de forma integrada las políticas en el medio marino, además de incorporar la Directiva marco de la Unión Europea sobre esta materia.

El objetivo es establecer un marco jurídico para lograr un buen estado del medio marino y su protección y preservación, así como la recuperación de ecosistemas marinos y la prevención y eliminación de la contaminación del medio marino.

Los elementos clave que conforman este proyecto de ley de Protección del Medio Marino son tres: las Estrategias Marinas como instrumento de planificación; la creación de la "Red de Áreas Marinas Protegidas" y la incorporación de criterios ambientales en los usos del medio marino.

Demarcaciones Marinas

España delimitará una serie de Demarcaciones Marinas en las que se llevarán a cabo actuaciones específicas en función de Estrategias Marinas determinadas para cada una de ellas. En este sentido, las Estrategias Marinas tienen por objetivo garantizar que la presión conjunta de las actividades que se realicen en el medio marino se mantenga en niveles compatibles con la consecución del buen estado medio ambiental. Las Estrategias incluirán la evaluación de las aguas marinas, la definición de su buen estado ambiental, la fijación de objetivos ambientales y la adopción de un programa para alcanzar dicho estado y su seguimiento.

Los distintos usos del mar deberán desarrollarse teniendo en cuenta la Estrategia Marina de cada Demarcación. En la determinación de las medidas se tendrá en cuenta su impacto económico y social y se analizará su rentabilidad, incluido un análisis de costes y beneficios.


El ámbito de aplicación de este Proyecto de Ley se circunscribe al medio marino en el que España ejerce la soberanía o jurisdicción, a la Zona de Protección Pesquera del Mediterráneo y a las aguas costeras cuando la legislación de aguas no es suficiente.

El Proyecto de Ley de Protección del Medio Marino, en su fase de Anteproyecto, ya fue sometido a audiencia pública. En este sentido, atiende a las sugerencias de las organizaciones ambientales y ecologistas e incorpora observaciones y propuestas de las Comunidades Autónomas costeras. Asimismo, cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado.


Trabajo e Inmigración

DOTACIÓN AL FONDO DE RESERVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE 1.740 MILLONES DE EUROS

  • La "hucha de las pensiones" asciende a 62.500,54 millones de euros y equivale al 5,95 por 100 del Producto Interior Bruto.
  • Los rendimientos netos producidos por el Fondo alcanzan 10.010,43 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha aprobado una dotación de 1.740 millones de euros al Fondo de Reserva de la Seguridad Social con cargo a los excedentes de 2008.

La Tesorería General de la Seguridad Social es la encargada de materializar la nueva dotación de 1.740 millones de euros, que eleva la cuantía del Fondo de Reserva a 62.500.547.349,44 euros. El volumen del Fondo equivale al 5,95 por 100 del PIB que, según datos del Instituto Nacional de Estadística publicados el 17 de febrero de 2010, en base a los datos de Contabilidad Nacional-2000, que para el año 2009, se situó en 1.051.151 millones de euros.

La Ley reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, de 29 de septiembre de 2003, establece en su artículo 1 que los excedentes de ingresos que tengan carácter contributivo y que resulten de la liquidación de los presupuestos de la Seguridad Social de cada ejercicio se aplicarán, prioritaria y mayoritariamente, siempre que las posibilidades económicas y la situación financiera del sistema de la Seguridad Social lo permitan, al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Excedente presupuestario

Actualmente, el importe del excedente presupuestario definitivo de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes del ejercicio 2008, determinado a efectos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social por la Intervención General de la Seguridad Social, se cifra en 10.357,05 millones de euros, que junto con los excedentes producidos desde 1999, sitúa el importe total del excedente a 31 de diciembre de 2008, a efectos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, en 64.433,73 millones de euros. Asimismo, las dotaciones aprobadas por acuerdos del Consejo de Ministros hasta la fecha actual ascienden a 52.112,92 millones de euros, incluida la actual dotación de 1.740 millones de euros aprobada hoy.

De la cuantía total que alcanza hoy el Fondo de Reserva, 60.760.547.349,44 euros, antes de materializar la dotación aprobada, 50.379,92 millones de euros corresponden a las distintas dotaciones con cargo a excedentes presupuestarios realizadas desde el ejercicio 2000 hasta el día de hoy; 377,20 millones de euros al exceso de excedentes derivado de la gestión, por parte de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, de la prestación de Incapacidad Temporal por contingencias comunes; y 10.010,43 millones de euros corresponden a los rendimientos netos obtenidos hasta la fecha de hoy por la inversión del Fondo en activos financieros públicos.

Composición del Fondo de Reserva

Tabla de composición del Fondo de Reserva

Inversión del fondo

La práctica totalidad del Fondo de Reserva está invertido en activos financieros públicos por un importe, a precio de adquisición, de 55.568,34 millones de euros. La cartera de activos, además de los emitidos por el Reino de España (73,30 por 100 sobre el total) incluye también deuda no española de los siguientes Estados: Alemania, Francia y Países Bajos (22,70 por 100 sobre el total). En la actualidad está en marcha un proceso de adquisición de activos financieros públicos por importe de 5.191,00 millones de euros como consecuencia de la decisión adoptada por el Comité de Gestión del Fondo de Reserva, en su reunión de 22 de enero de 2010.

Los activos financieros públicos en que se invierta esta nueva dotación tendrán la composición, vencimiento y características que determine el Comité de Gestión del Fondo de Reserva con el asesoramiento de la Comisión Asesora de Inversiones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Su adquisición se efectuará por el Banco de España, que actuará como agente.


Trabajo e Inmigración

TRES MIL MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS DE EMPLEO

El Consejo de Ministros ha acordado la distribución de 3.018.606.650 euros destinados a políticas activas de empleo, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas. Esta cifra supone un 6,7 por 100 de incremento respecto a la cantidad transferida en 2009.

Las Comunidades Autónomas fueron informadas de esta distribución territorializada, cuyos criterios se acordaron en junio de 2009, en la Conferencia Sectorial del pasado 19 de enero. La distribución de fondos para políticas activas incluye cantidades destinadas a financiar diversos programas de empleo y formación que mejoren la empleabilidad de las personas y permitan utilizar activamente el tiempo de desempleo.

Dos ejes

Estos programas se organizan en dos ejes siguiendo la Estrategia Europea de Empleo: el relativo a fomento del espíritu empresarial y mejora de la adaptabilidad de los trabajadores y de las empresas y el de fomento de la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres.

En el primero de ellos se gestionan programas para promover la iniciativa emprendedora y la actividad económica y programas de formación dirigidos preferentemente a personas ocupadas, mientras que en el segundo eje se incluye la gestión de programas que combinan la formación y la experiencia, programas para la inserción laboral de personas con discapacidad, programas para construir itinerarios y otros dirigidos a la formación sobre todo a personas desempleadas.

Cuatro bloques de distribución

La distribución de fondos se agrupa en cuatro bloques: a) programas de fomento de empleo y programas de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo, al que se destina un total de 1.577.436.460 euros; b) formación profesional para el empleo, con un total de 1.097.854.600 euros; c) modernización de los servicios públicos de empleo, con 93.403.470 euros, y d) políticas activas de empleo y formación, con un total de 249.913.120 euros.

Las Comunidades Autónomas deben destinar los recursos que reciben a los programas asignados, si bien en los programas de empleo pueden actuar con flexibilidad y distribuir los recursos, según sus necesidades, entre los distintos programas. Una novedad de este presupuesto es la dotación de casi 250 millones a disposición de las autonomías para que, en función de sus necesidades puedan destinarlos bien a programas de empleo o de formación.

Tabla de Propuesta de Distribución 2010 por Bloques


Trabajo e Inmigración

MÁS DE 50 MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA PRORROGAR LOS CONTRATOS DE 1.500 ORIENTADORES

El Consejo de Ministros ha acordado destinar 50.120.000 euros a las Comunidades Autónomas con competencias asumidas para financiar la prórroga de la contratación hasta el 31 de diciembre del presente año de los 1.500 orientadores que desde 2008 trabajan en el reforzamiento de la red de oficinas de empleo.

La contratación de estos profesionales está incluida en el Plan extraordinario de Orientación, Formación Profesional e Inserción Laboral y la prórroga de sus contratos fue aprobada por el Consejo de Ministros mediante Acuerdo de 30 de abril de 2009.

En la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales celebrada en junio del pasado año se acordaron los criterios objetivos de la distribución territorial para los ejercicios económicos de 2009 (de septiembre a diciembre), 2010 y 2011 y se estableció la distribución de las subvenciones correspondientes al Plan Extraordinario entre las Comunidades Autónomas por la cantidad de 50.120.000 euros para 2010. La distribución territorializada, de la que se informó a las autonomías en la Conferencia Sectorial del 19 de enero, es:

Cuadro Orientadores Trabajo

Trabajo e Inmigración

INFORME SOBRE UN NUEVO SERVICIO DE PREVENCIÓN DESTINADO A MICROEMPRESAS

  • Denominado Prevención10.es, puede ser utilizado por empresas de hasta diez trabajadores.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Trabajo e Inmigración, sobre el nuevo servicio de asesoramiento a la microempresa en materia de seguridad y salud laboral, denominado Prevención10.es, que próximamente pondrá en marcha el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con la colaboración de las Comunidades Autónomas.

El objetivo principal del Ministerio de Trabajo e Inmigración con la puesta en marcha de este nuevo servicio, de carácter público y gratuito, es conseguir una reducción constante y significativa de la siniestralidad laboral y la mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo a los objetivos fijados en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración, en su apuesta por la prevención, que considera más rentable que la rehabilitación:

  • Facilitará al empresario la formación, información y asistencia técnica necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones legales, proporcionándole un lugar de encuentro e intercambio de buenas prácticas.
  • Facilitará al empresario e-herramientas gratuitas, atractivas y fáciles de usar, que cumplan con todos los estándares de accesibilidad y seguridad que le permitan gestionar eficazmente la prevención en su empresa, apostando claramente por la simplificación y la reducción de cargas.
  • Desarrollará una infraestructura técnica que facilite la integración de la Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas, en la ejecución del servicio con absoluto respeto al régimen competencial fijado en la Constitución Española

Para ello, a través de la Ley Ómnibus se ha modificado la legislación vigente:

  • Ampliando hasta diez trabajadores la opción legal que permita al empresario asumir personalmente la gestión de la prevención.

  • Realizando una apuesta fuerte por la simplificación, la reducción de cargas y la formación del empresario, al que se le facilitan herramientas que le permitan realizar una gestión personal de la prevención en su empresa de forma más eficaz, lo que sin duda contribuirá en mejorar la productividad de la microempresa española.

En Prevención10.es las microempresas encontrarán asesoramiento y respuestas de la Administración Pública a todo lo relacionado con la Prevención de Riesgos Laborales y el cumplimiento de la Ley, de manera gratuita. Además podrán compartir experiencias con otros empresarios a través de su foro, biblioteca, información sectorial, noticias, etcétera, para que puedan estar siempre al día.

Se calcula que de Prevención10.es podrán beneficiarse más de un millón de pequeñas empresas.

La estructura del servicio consta de dos herramientas: Evalua-t, que es una herramienta de gestión que permitirá al empresario cumplir con sus obligaciones legales de forma sencilla, aumentando la eficiencia de los recursos destinados a la prevención, y STOP riesgos laborales, centro de atención al usuario, que facilitará apoyo permanente a Evalua-t, solucionando cuantas dudas puedan surgir al empresario en el uso del portal y en materia de prevención.

Prevencion10.es es una apuesta clara del Ministerio de Trabajo e Inmigración por la simplificación, la inversión en prevención, la reducción de cargas administrativas y por una Administración cercana, moderna y eficaz.


Interior

AYUDAS POR LAS INUNDACIONES EN ANDALUCÍA

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo para que el Ministerio del Interior, en colaboración con los representantes de la Administración Periférica del Estado, las Administraciones Territoriales competentes y el Consorcio de Compensación de Seguros, proceda con la máxima urgencia posible a realizar las valoraciones y a tramitar los procedimientos administrativos de pago de los daños que se han producido como consecuencia de los episodios meteorológicos adversos que se han sucedido en Andalucía durante el mes de febrero.

Además, el Gobierno duplicará las ayudas mediante la aplicación a Andalucía de la Ley de Medidas Urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridas en varias Comunidades Autónomas, recientemente aprobada. La aplicación de esta Ley permitirá la cobertura de otros daños no previstos por el Real Decreto de 2005 y que han sido en este caso muy importantes, como los sufridos en la agricultura y los caminos rurales.

Las fuertes lluvias causaron el desbordamiento de ríos, numerosas evacuaciones, cortes en carreteras y vías de ferrocarril, el realojo de familias afectadas e importantes daños en bienes privados e infraestructuras de titularidad pública. También provocaron el desbordamiento de los cauces de los ríos Guadalete, especialmente en la provincia de Cádiz; Guadalquivir, poniendo en riesgo a diversos municipios ribereños de las provincias de Sevilla, Córdoba y Jaén; Guadalhorce, que ha dejado incomunicados algunos municipios de la provincia de Málaga; Eliche y Guadalbullón, en la provincia de Jaén.

Las ayudas previstas en el Real Decreto de 18 de marzo de 2005, son las siguientes:

  • Por destrucción total de vivienda: 15.120 euros
  • Por daños en la estructura de la vivienda: 10.320 euros
  • Por daños no estructurales en vivienda: 5.160 euros
  • Por daños en enseres: 2.580 euros
  • Por muerte o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros
  • Por daños en elementos comunes de una comunidad de propietarios: 8.000 euros.
  • Por daños en establecimientos mercantiles: 8.000 euros.


Igualdad

EL 22 DE FEBRERO, PROPUESTO COMO "DÍA INTERNACIONAL POR LA IGUALDAD SALARIAL"

El Consejo de Ministros ha aprobado una Declaración Institucional por la que se propone la creación del día 22 de febrero como el "Día Internacional por la Igualdad Salarial".

Según este acuerdo, los Ministerios de Igualdad, Asuntos Exteriores y de Cooperación y el de Trabajo e Inmigración, que han propuesto esta Declaración, llevarán a cabo la promoción en el extranjero y en organismos internacionales, en colaboración con otros Departamentos, órganos o entidades, públicas o privadas, las diversas actividades que hayan de dar contenido a la celebración de este día.

La Ministra de Igualdad ha destacado recientemente que en la Unión Europea, el porcentaje de brecha salarial se ha mantenido en un 17 por 100 de media durante los años 2007 y 2008. "Para igualar los sueldos, las mujeres tenemos que trabajar 52 días más al año, casi dos meses. De ahí la reclamación del 22 de febrero como Día Internacional por la Igualdad Salarial", ha explicado.

Esta declaración supone una muestra más de la lucha por la igualdad efectiva entre mujeres y hombres que está llevando a cabo el Gobierno y que tiene uno de sus principales hitos en la Ley para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, donde se recoge el principio de igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción, así como en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas.


Defensa

APROBADAS LAS NORMAS SOBRE SEGURIDAD EN LAS FUERZAS ARMADAS

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto las normas sobre seguridad en las Fuerzas Armadas. El texto recoge el tratamiento de la Policía Militar, de la Naval y de la Aérea para actualizar su regulación, que hasta ahora estaba incluida en los correspondientes tratados sobre seguridad en las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.

La norma contempla las medidas encaminadas a prevenir y neutralizar las amenazas a la integridad y disponibilidad del personal así como a la actividad y recursos de las unidades. Igualmente, se refiere a la responsabilidad del jefe de unidad en materia de seguridad, así como a la necesaria formación y preparación que se debe impartir a los miembros de las Fuerzas Armadas para capacitarles, en el grado necesario, para su actuación en dicha materia.

Estas medidas son de aplicación a las unidades de las Fuerzas Armadas, incluidas las unidades militares no encuadradas en el Ejército de Tierra, la Armada o el Ejército del Aire. Los órganos centrales y periféricos del Ministerio de Defensa se regirán por las normas o planes de seguridad de aplicación en la Administración General del Estado y, cuando establezcan guardias de seguridad de carácter militar, por estas normas.

El Real Decreto recoge las generalidades y las responsabilidades sobre el plan de seguridad de una unidad, concretando los aspectos más importantes que debe contener el documento que se elabore, que deberá incluir, en su caso, los medios de la seguridad privada. Faculta, asimismo, al Jefe de Estado Mayor de la Defensa, al Subsecretario de Defensa y a los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire a determinar los criterios generales para la elaboración de los planes de seguridad en el ámbito de sus respectivas competencias.

Guardias de seguridad

Respecto a las guardias de seguridad, el Real Decreto contempla aspectos tradicionales de la organización de las guardias de seguridad y mantiene la figura del centinela, restringiendo su existencia a los lugares donde el grado de seguridad debe ser máximo. Asimismo se establecen normas estrictas en el uso del arma. Por otra parte, generaliza la figura del vigilante, de carácter militar, como elemento cada vez más habitual en las guardias de seguridad.


A través del Real Decreto se da la necesaria protección jurídica a los componentes de la guardia de seguridad, ya que actuarán durante la ejecución del servicio como policías militares, llevando durante el servicio la identificación de dichas policías militares sobre el uniforme, y por tanto serán, sin perjuicio de su carácter de fuerza armada cuando proceda, agentes de la autoridad.


Industria, Turismo y Comercio

62 MILLONES PARA AYUDAS AL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN NAVAL

  • Las ayudas se estructuran en dos modalidades: primas de reestructuración y subvención de intereses de préstamos para los armadores. El objetivo es la mejora continua de los astilleros para alcanzar el nivel de competitividad necesario, impulsando la modernización de las instalaciones, la innovación y la formación de los empleados.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a conceder primas al Fondo de Reestructuración y subvenciones de intereses de préstamos para los armadores por un importe total de 62,2 millones de euros. El apoyo del Gobierno al sector de la construcción naval se enmarca en la normativa comunitaria y pretende contribuir a la mejora constante de las instalaciones del sector para alcanzar el nivel de competitividad necesario, fomentando la innovación y la formación de sus empleados.

Estas ayudas se articulan mediante dos mecanismos: las primas al Fondo de Reestructuración y la subvención de los intereses de los préstamos a los armadores.

Primas de reestructuración

Del importe total aprobado, 47,3 millones de euros son primas de reestructuración, cuya finalidad consiste en que los astilleros continúen adaptando sus estructuras para permitirles conseguir niveles de competitividad adecuados. Las cantidades incluidas en este concepto no las recibe directamente el constructor naval, sino que están destinadas a nutrir al Fondo de Reestructuración que financia las ayudas autorizadas en la normativa comunitaria, principalmente ayudas a innovación, inversiones y formación de personal. Para poder acceder a estas ayudas, los astilleros deben tener aprobado previamente su programa de actuación, donde se recogen las acciones planificadas a realizar para la mejora de la competitividad.

Subvención de intereses

El resto de la ayuda aprobada hoy por el Gobierno, 14,9 millones de euros, se destina a subvencionar intereses de acuerdo con la normativa comunitaria. La subvención de intereses de préstamos consiste en la posibilidad de ofrecer a los potenciales armadores de buques préstamos en condiciones más ventajosas que las que se pueden obtener en el mercado. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio subvenciona a lo largo de la vida del crédito, la diferencia entre el tipo de interés de referencia a largo plazo de la entidad financiadora y el tipo de interés del crédito concedido, con un límite en la subvención de un punto porcentual.


En España trabajan en la construcción y reparación de buques directamente unas ocho mil personas, otras doce mil lo hacen dentro de esas mismas instalaciones aunque pertenecen a industrias auxiliares, y seis mil más desarrollan su trabajo en empresas suministradoras directas.


Industria, Turismo y Comercio

ADENDA AL CONVENIO CON EL ICO PARA MINORAR EL GASTO DEL PLAN VIVE EN 2010

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministro de Industria, Turismo y Comercio a suscribir con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) una segunda adenda al Convenio existente entre ambos en relación con el Plan Vive 2008-2010 con el objetivo de minorar el gasto previsto para el ejercicio 2010 y cumplimentar así todos los trámites administrativos y legales precisos para cerrar definitivamente la línea de crédito.

El Consejo de Ministros del pasado 30 de diciembre aprobó un acuerdo por el que se modificaba la normativa reguladora de los préstamos previstos en el Plan VIVE y eliminó su continuación durante este año 2010, ya que en este ejercicio se va a prorrogar el Plan 2000E de ayudas directas a la adquisición de vehículos.

Asimismo, el pasado 8 de enero se aprobó una primera adenda al convenio entre el Ministerio de Industria y el ICO para proceder al cierre del citado Plan VIVE, proceso que se culmina ahora con esta segunda adenda en la que se realiza la minoración del gasto previsto para este año.

El 27 de junio de 2008 el Consejo de Ministros aprobó mediante Acuerdo la normativa del Plan VIVE 2008-2010 por la que se instruyó al ICO a instrumentar una Línea de financiación denominada Línea ICO-Plan VIVE 2008-2010.

La evolución del Plan VIVE ha sido muy positiva y los fondos previstos para el periodo 2008-2009 (700 millones de euros) se agotaron a finales de junio de 2009, con 71.439 operaciones realizadas.

No obstante, en el momento en que se acabaron los fondos VIVE el sector del automóvil continuaba atravesando una coyuntura complicada, por lo que se consideró necesario implementar un nuevo marco de ayudas directas para la adquisición de vehículos denominado Plan 2000E, que ha estado vigente durante todo 2009 y que continuará en 2010 con una dotación presupuestaria de cien millones de euros.


Interior

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se actualiza el Reglamento de Seguridad Privada para adaptar su contenido a lo dispuesto en la Ley de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Estos cambios tienen como objetivo liberalizar las actividades de instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad, siempre que éstos no se conecten con una central de alarmas. Por el contrario, si el aparato, dispositivo o sistema de seguridad se conecta a una central de alarmas, le seguirá siendo de aplicación la legislación en materia de seguridad privada.

Novedades

La adaptación del contenido del Reglamento de Seguridad Privada, de 1994, se concreta en los siguientes aspectos:

1.- Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la legislación de seguridad privada los prestadores de servicios o las filiales de las empresas de seguridad privada que vendan, entreguen, instalen o mantengan equipos técnicos de seguridad, siempre que no incluyan la prestación de servicios de conexión con centrales de alarmas. Dichas empresas quedarán sometidas a la normativa industrial o de cualquier otra índole que les pueda ser de aplicación, en particular, la relativa a homologación de productos.

2.- Sólo estarán sujetas a la normativa de seguridad privada las empresas de seguridad que se dediquen a la instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad que se hallen conectados a centrales de alarmas, puesto que dicha actividad está íntimamente ligada al auxilio a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el mantenimiento de la seguridad pública que constituye el objeto esencial de la seguridad privada. En su virtud, dicha actividad sólo podrá seguir siendo realizada por las empresas de seguridad que estén debidamente autorizadas.

Asimismo, tendrán la misma consideración que las centrales de alarmas (y estarán sometidos, por lo tanto, a la legislación de seguridad privada) los denominados "centros de control o de video vigilancia". Se entiende por tales los lugares donde se centralizan los sistemas de seguridad y vigilancia de un edificio o establecimiento. Estos centros suelen estar instalados en lugares públicos y deben estar controlados obligatoriamente por personal de seguridad privada.


Economía y Hacienda

COMPLETADA LA TRANSPOSICIÓN DEL LLAMADO "PAQUETE IVA" AL ORDENAMIENTO ESPAÑOL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto con el que se completa la transposición al ordenamiento español del conjunto de Directivas comunitarias agrupadas bajo la denominación de 'Paquete IVA', una vez que ha sido aprobada por las Cortes Generales la Ley por la que se transponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

El Real Decreto modifica el Reglamento del IVA para desarrollar el procedimiento del nuevo sistema de ventanilla única, a través del cual los empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Unión Europea, pueden solicitar a la Agencia Tributaria la devolución de las cuotas soportadas en el mismo. Este sistema se hace igualmente accesible a empresarios establecidos en la Península o las Islas Baleares cuando hayan soportado cuotas de IVA en otros Estados miembros. Se trata de un procedimiento sustancialmente más ágil y eficaz que el existente hasta la fecha.

Otra de las modificaciones relevantes se refiere a la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, el conocido como modelo 349, y, concretamente, a los plazos de presentación y a su contenido. De conformidad con el Derecho comunitario, se establece un plazo general de presentación de un mes, si bien se permitirá la presentación con frecuencia trimestral en los casos en que la suma de las entregas de bienes y de las prestaciones intracomunitarias de servicios que deben informarse dentro de esta declaración no superen ni en el trimestre en curso ni en cualquiera de los cuatro anteriores el umbral de cien mil euros. En cuanto a su contenido, se fija la necesidad de informar sobre la prestación y la adquisición de servicios a otros empresarios comunitarios.


Economía y Hacienda

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, con el doble objetivo de completar la transposición de la Directiva europea relativa al régimen general de los impuestos especiales y de incluir algunas modificaciones encaminadas a incorporar mejoras en la gestión y el control de estas figuras impositivas.

La transposición de esta Directiva, que se ha llevado a cabo una vez aprobada por las Cortes Generales la Ley por la que se transponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, agiliza los procedimientos de control de los movimientos de productos sometidos a impuestos especiales y supone la implantación de un nuevo sistema informatizado de control. En este sentido, sustituye los actuales documentos de papel exigidos en la circulación de los productos objeto de impuestos especiales por unos nuevos documentos electrónicos, facilitando así los intercambios de mercancías y el control por parte de la Administración de tales intercambios; y reduce el importe de las garantías a prestar por determinados operadores.

El nuevo Reglamento recoge, además, una batería de medidas orientadas a mejorar la gestión y el control de los impuestos especiales. Entre todas ellas destaca el establecimiento del trimestre como período de determinación de los porcentajes de pérdidas admisibles sin necesidad de justificación o prueba. Los sujetos pasivos mantienen la obligación de efectuar sus liquidaciones mensual o trimestralmente, según los casos, pero los porcentajes de pérdidas admisibles se referirán a partir de ahora siempre al trimestre.


Industria, Turismo y Comercio

MODIFICADAS DISPOSICIONES SOBRE LOS SECTORES ELÉCTRICO Y DE HIDROCARBUROS PARA AVANZAR EN EL PROCESO DE LIBERALIZACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos que modifican diversas disposiciones relativas a los sectores eléctrico y de hidrocarburos para adaptar sus normativas a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Ómnibus).

Las modificaciones, cuyo objetivo es avanzar en el proceso de liberalización de la actividad de la comercialización en materia energética, tienen una incidencia directa sobre la actividad de nuevas potenciales comercializadoras y consumidores directos en mercado de energía eléctrica, y alrededor de 170 compañías de productos petrolíferos y de gas al por mayor, que son las empresas comercializadoras con presencia en más de una autonomía, característica que determina que la competencia de su regulación corresponda al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Tienen, además, el carácter de normas básicas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 149.1.13ª y 25ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y de bases del régimen minero y energético, respectivamente.

Con carácter general, los Reales Decretos que se aprueban se dirigen, fundamentalmente, a eliminar determinadas obligaciones y requisitos establecidos para los agentes a los que se dirigen las normas que ahora se modifican, atendiendo a la ordenación económica de los sectores implicados, sin entrar en aspectos de ejecución o actuación concreta, que entrarían dentro de la esfera competencial autonómica.

Hidrocarburos

Con el Real Decreto por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector de hidrocarburos, se eliminan las siguientes autorizaciones administrativas:

  • la exigida hasta ahora para realizar la actividad de operador al por mayor de gases licuados del petróleo
  • la correspondiente para la comercialización al por menor de gases licuados del petróleo a granel
  • la precisada para prestar el servicio de operador de distribución al por mayor de productos petrolíferos
  • la requerida para el ejercicio de la actividad de comercializador de gas natural

En todos estos casos el procedimiento de autorización es sustituido por la comunicación del inicio o cese de la actividad al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y desaparece los correspondientes Registros Administrativos.

Se permite, igualmente, que los comercializadores europeos que no quieran realizar la actividad de suministro a consumidores finales puedan operar en los mercados mayoristas de gas y capacidad de España, sin más requisito que la constitución de las garantías económicas que sean necesarias para realizar esta actividad y exista una homologación de licencias y acuerdos de mutuo reconocimiento de licencias con otro país de la Unión Europea.

Sector Eléctrico

La Ley del Sector Eléctrico vigente ya eliminó la autorización para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica y suprimió la exigencia de inscripción en el registro para los consumidores y los consumidores directos en el mercado eléctrico. Lo que hace el Real Decreto aprobado hoy es modificar distintas normas que desarrollan estos aspectos como, por ejemplo, establecer los requisitos y garantías para actuar como consumidor directo y como comercializador, y describir los modelos de comunicación y de declaración responsable para cada uno de ellos.

Es importante señalar que en este proceso de liberalización de la actividad de la comercialización en materia energética se ha velado por mantener asegurado, tanto la seguridad de las personas, como la seguridad del suministro, por lo que, en todo caso, las instalaciones de hidrocarburos y de energía eléctrica están sometidas a autorización. Asimismo, se han establecido mecanismos de control a posteriori para asegurar el cumplimiento de la normativa y la protección de los consumidores.


Industria, Turismo y Comercio

SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS EN LA VENTA AMBULANTE, EN LAS FRANQUICIAS, EN LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS Y EN VENTAS A DISTANCIA

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Reales Decretos por los que se suprimen trámites y se simplifican procedimientos administrativos a la hora de otorgar autorizaciones en materia de Comercio.

La reciente aprobación de la Ley Ordenación del Comercio Minorista obliga a la reforma de sus reglamentos de desarrollo, con el objeto de adecuar su contenido a la supresión de trámites innecesarios y de simplificación de procedimientos administrativos en el otorgamiento de las autorizaciones pertinentes en materia de comercio para una completa trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva comunitaria, relativa a los servicios en el mercado interior.

Dentro de este proceso, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy dos Reales Decretos en los que se regula, respectivamente, el ejercicio de la venta ambulante no sedentaria y el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores, y un tercero por el que se modifican el Real Decreto de 26 de julio de 1978, sobre canales de comercialización de productos agropecuarios y pesqueros para la alimentación y el Real Decreto de 2006, que regula determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia.

Venta ambulante

Se deroga el Real Decreto 1010/1985 y se sustituye por una nueva regulación en la que se han introducido los criterios que deben recoger las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante de acuerdo con la Directiva de Servicios.

La nueva normativa define la venta ambulante o no sedentaria como la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, cualquiera que sea su periodicidad y el lugar donde se celebre y se puede realizar en algunas de las siguientes modalidades: venta en mercadillos, en mercados ocasionales o periódicos, en la vía pública y venta ambulante en camiones-tienda.

Características que deben reunir las autorizaciones:

  • Su número deberá ser necesariamente limitado para garantizar la rotación de los competidores debido a la escasez de suelo disponible.
  • La duración de la autorización es por un periodo limitado (hasta ahora era indefinida) y ha de ser adecuada para que el prestador pueda recuperar el coste de la inversión y obtener un rendimiento equitativo de los capitales invertidos, garantizando a los comerciantes ambulantes la amortización de sus inversiones. La autorización será transmisible por el tiempo que reste hasta la finalización del plazo de duración, previa comunicación a la Administración competente.
  • La presentación de la solicitud requerirá a los interesados únicamente la firma de una declaración responsable, en la que manifiesten que cumplen con los requisitos establecidos.
  • Se suprimen los requisitos de naturaleza económica y los criterios económicos de otorgamiento de la autorización. Entre otros, aquellos que supeditaban el otorgamiento de la autorización a la prueba de la existencia de una necesidad económica o de una demanda en el mercado

Corresponde a los Ayuntamientos determinar la zona de emplazamiento para el ejercicio de la venta ambulante, fijar el procedimiento para el otorgamiento de la autorización y su duración, así como vigilar y garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable.

Actividad comercial en régimen de franquicia

Con la aprobación de este Real Decreto se simplifica y actualiza la regulación del Registro de Franquiciadores, que con carácter informativo existe en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, como medida de política administrativa correspondiente a la disciplina de mercado y dirigida a la protección del consumidor.

La normativa define la actividad comercial en régimen de franquicia y el concepto de acuerdo de franquicia, diferenciándolos de otras figuras y relaciones jurídicas; detalla la información que el franquiciador debe proporcionar al eventual franquiciado y recoge el deber de confidencialidad que el primero puede exigir respecto de la misma.

Asimismo, se regula el Registro de Franquiciadores como un registro administrativo dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Este registro existe sólo a efectos de información y publicidad y en él se han introducido las siguientes modificaciones:

  • Se introduce una mayor precisión en el ámbito de aplicación del registro.
  • Se sustituye la inscripción previa en el registro por una comunicación en el plazo de tres meses desde el inicio de su actividad.
  • Se suprime la exigencia de documentación innecesaria.
  • Se prevé la adaptación del registro a las exigencias de la ventanilla única.
  • Se establece la interoperabilidad de los registros central y autonómicos.


Esto supone que las personas físicas o jurídicas que pretendan desarrollar en España la actividad de cesión de franquicia deben comunicar sus datos en el plazo de tres meses desde el inicio de la actividad, o bien al registro de la Comunidad Autónoma donde tengan previsto iniciar sus actividades, o bien directamente al Registro de Franquiciadores del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En el caso de que para la prestación del servicio no se requiera un establecimiento físico, cuando el prestador ya estuviera establecido en algún Estado miembro de la Unión Europea la única obligación es comunicar al registro autonómico o del Ministerio de Industria el inicio de su actividad en España.

Canales de comercialización de productos agropecuarios y pesqueros para la alimentación

Por último, se modifican dos normas sobre canales de distribución de productos agropecuarios y pesqueros para alimentación, y sobre ventas a distancia e inscripción en el registro de empresas de venta a distancia.

En primer lugar, se elimina el Registro Especial de Entidades y Centrales de Distribución de Productos Alimenticios Perecederos creado por el Decreto-Ley de 17 de noviembre de 1975. Esta supresión, que ya se prevé en la modificación realizada en la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, obedece al hecho de que la materia regulada está sujeta a la ordenación comunitaria en materia de productos alimenticios y las competencias sobre la misma se han asignado al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y a que, en materia de inspección y control de los productos alimenticios, tienen competencias plenas las Comunidades Autónomas, quienes en su caso han desarrollado el mencionado registro.

Por otro lado, se simplifica y actualiza la regulación del Registro de Empresas de Ventas a Distancia modificando la normativa que lo regula. Con los cambios introducidos se sustituye la inscripción previa de los prestadores del servicio por una comunicación a posteriori y la exigencia de documentación innecesaria que puede obtenerse de oficio por parte de la Administración, evitando importunar al prestador con requisitos desproporcionados.

Se diferencia según se trate del ejercicio de la libertad de establecimiento o de la libre prestación de servicios. En régimen de libre prestación de servicios, se prevé una obligación de comunicar los datos al registro mientras que en el caso de que se pretenda desarrollar esta actividad sin establecimiento, es decir, en régimen de libre prestación de servicios, la única obligación del prestador es la de informar del inicio de sus actividades en España a través del registro de la Comunidad Autónoma donde prevea comenzar su actividad, y en su defecto, al registro del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

No será necesaria ninguna comunicación de datos siempre que el prestador ya estuviera establecido en algún Estado miembro de la Unión Europea.


Se actualizan, asimismo, las funciones del Registro del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y se prevé la modificación del registro para garantizar su interoperabilidad y coordinación con los existentes en las Comunidades Autónomas y su adaptación a las exigencias de la ventanilla única y otra normativa de aplicación.


Política Territorial

TRASPASADA LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A CATALUÑA

  • También se ha adoptado una ampliación de medios en materia de Administración de Justicia.

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos por los que se traspasa a Cataluña la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y se realiza una ampliación de medios en materia de Administración de Justicia.

Estos dos traspasos fueron acordados ayer durante el Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Generalitat de Cataluña. De esta forma, Cataluña se convierte en la primera Comunidad Autónoma que recibe este traspaso, vinculado al desarrollo de su nuevo Estatuto de Autonomía. Hasta el momento, las funciones inspectoras que ejercía la Administración autonómica se realizaban mediante acuerdos de colaboración con el Ministerio de Trabajo.

El acuerdo tendrá un coste efectivo de 11,9 millones de euros y supondrá el traspaso a la Generalitat de 249 puestos de trabajo: 93 del Cuerpo de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social; 55 del Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social; 89 funcionarios y 12 laborales.

A partir del próximo lunes 1 de marzo la Generalitat ejercerá la función inspectora sobre cuestiones como la vigilancia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y el contenido normativo de los convenios colectivos. También la asistencia técnica a empresas y trabajadores, a órganos de las Administraciones públicas sobre la aplicación de normas de orden social o a la vigilancia y control de ayudas y subvenciones públicas; la emisión de los informes que le soliciten los órganos judiciales; así como el arbitraje, la conciliación y la mediación en conflictos laborales en que se le solicite.

Consorcio paritario

Para garantizar la coordinación de los servicios de Inspección, se prevé la firma de un convenio de colaboración entre ambas Administraciones para la creación del Consorcio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cataluña. Al efecto, se establecerá una oficina unificada con una gestión, servicios administrativos y de atención a la ciudadanía comunes y con recursos compartidos.


Administración de Justicia

El Gobierno también ha aprobado un Real Decreto por el que se realiza una ampliación una ampliación de medios en materia de Administración de Justicia, con los que se financiará la creación de veinte nuevos órganos jurisdiccionales durante la programación correspondiente a 2009. Tendrá un coste efectivo de 1,55 millones de euros y la entrega, por una sola vez, de 6,54 millones.


Presidencia

REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA, EL RACISMO, LA XENOFOBIA Y LA INTOLERANCIA EN EL DEPORTE

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento para la Prevención de la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, texto que sustituye al aprobado en el año 1993, reformado en 1997, en el marco de la Ley del Deporte de 1990, y culmina el desarrollo normativo de la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, de 2007.

La citada Ley de 2007 aportó un nuevo enfoque a la normativa al ampliar el concepto de violencia en los espectáculos deportivos incluyendo los comportamientos racistas, xenófobos o intolerantes, y potenciando, asimismo, el compromiso de las políticas públicas en la lucha por erradicar la violencia en el deporte.

Esta Ley inició su desarrollo reglamentario con un Real Decreto de 2008 por el que se creó la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, un órgano colegiado, copresidido por el Ministerio del Interior y el Consejo Superior de Deportes, cuya actividad contribuye decisivamente en las tareas de prevención, control y sanción de las actitudes violentas en los acontecimientos deportivos.

Ahora, este nuevo Real Decreto completa el desarrollo previsto en la Ley e incorpora varias novedades para mejorar la lucha contra la violencia mediante dos tipos de medidas: de seguridad o control y socioeducativas.

Seguridad o control

Entre las medidas de seguridad o control cabe destacar las siguientes:

  • Libros de registro de seguidores en cada club, con el fin de poder evaluar su peligrosidad y controlar actividad de grupos violentos.
  • Protocolos de Seguridad, Prevención y Control de cada una de las instalaciones deportivas que deberán adoptarse en los acontecimientos deportivos.
  • Mecanismos o dispositivos para la detección de las armas e instrumentos análogos. Aunque no se establece con carácter obligatorio, los clubes que quieran implantarlos podrán acceder a los fondos públicos previstos para la adaptación de los estadios a la normativa de prevención de la violencia.


Medidas socioeducativas

  • Plan bienal de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
  • Observatorio de la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte cuya función se centra fundamentalmente en estudios y análisis en materia de prevención de la violencia.
  • Creación del distintivo "Juego Limpio", mención honorífica que reconocerá al equipo o afición que fomente la paz, la tolerancia y la convivencia.
  • Potenciación y consolidación de la convocatoria de ayudas o subvenciones para el fomento de actividades educativas o formativas que contribuyan a la erradicación del racismo la xenofobia o la intolerancia en el deporte.


Fomento

INFORME SOBRE NUEVA NORMATIVA PARA MEJORAR LA SEGURIDAD AÉREA

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe preliminar del Ministro de Fomento sobre el Anteproyecto de Ley que está preparando su Departamento y que tiene por objetivo reforzar los ya altos niveles de seguridad aérea mediante un nuevo enfoque preventivo en el control de la seguridad.

La nueva norma establece el Programa Estatal de Seguridad Operacional, potencia la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil y fortalece la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, modificando varias de las leyes existentes en esta materia.

Todo este conjunto normativo, que se desarrolla en línea con los avances realizados en esta materia por la Organización de Aviación Civil Internacional, cumple con los compromisos adquiridos por el Ministro de Fomento ante el Congreso de los Diputados en la Comisión de Fomento y en la Comisión Mixta para la UE celebradas los pasados meses de septiembre y noviembre, respectivamente.


Economía y Hacienda

UNIFICADO EL SISTEMA DE PAGO DE HABERES DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que unifica los sistemas de pago de los haberes de Clases Pasivas del Estado, cuya regulación anterior databa del año 1981.

La nueva disposición establece el pago de los haberes de Clases Pasivas a través de transferencia directa a la cuenta bancaria que designe el pensionista. Con ello, se eliminan los demás procedimientos de pago regulados en el Real Decreto de 1981, entre los que se recogían el abono a través de habilitado de Clases Pasivas, el cheque nominativo y el talón.

Esta modificación ha sido posible gracias a los cambios y avances obtenidos por los importantes esfuerzos de modernización de la Administración General del Estado en los últimos años. Entre éstos, cabe destacar la realización de oficio, por parte de la Administración, de todo lo relacionado con el proceso de jubilación de su personal, que únicamente tiene que realizar la solicitud de jubilación para que ésta se haga efectiva y reciba el cobro de su pensión en la cuenta bancaria que se designe al efecto.

El Real Decreto establece que los pensionistas que vinieran percibiendo sus prestaciones por medio de cualquiera de los medios de pago que se suprimen podrán continuar haciéndolo, ya que esta norma sólo será de aplicación a las prestaciones que se soliciten a partir de la entrada en vigor del decreto.


Cultura

CONCESIÓN DE VEINTICINCO MEDALLAS DE ORO AL MÉRITO EN LAS BELLAS ARTES

El Consejo de Ministros ha concedido las Medallas de Oro al Mérito en las Bellas Artes correspondientes al año 2009. Las Medallas distinguen a las personas y entidades que hayan destacado en el campo de la creación artística y cultural o hayan prestado notorios servicios en el fomento, desarrollo o difusión del arte y la cultura o en la conservación del patrimonio artístico.

Creadas mediante decreto en diciembre de 1969, el acto de entrega siempre tuvo lugar en el Museo del Prado hasta 1992, año en que se decidió descentralizar la ceremonia y realizarla en las diferentes comunidades autónomas. Desde entonces, se ha celebrado en Andalucía (Granada,1995 y 2002; Sevilla, 1997, Cádiz, 2001 y Córdoba, 2006), Canarias (Santa Cruz de Tenerife,1993 y Las Palmas de Gran Canaria, 2005), Cantabria (Santander, 2009), Castilla-La Mancha (Toledo, 2007), Castilla y León (Ávila, 1996), Comunidad Valenciana (Valencia, 1992 y 1999), Extremadura (Mérida, 1994 y Cáceres, 2004), Galicia (Santiago de Compostela, 1998 y A Coruña 2008) y Madrid (El Pardo, 2000).

Los veinticinco galardonados este año son:

Reyes Abades. Especialista en efectos especiales cinematográficos. (Castilblanco, Badajoz 1949). Es, seguramente, el mayor especialista del panorama cinematográfico español en el campo de los efectos especiales, y ha participado desde 1968 en casi doscientos títulos, tanto nacionales como internacionales. A lo largo de sus cuarenta años de carrera ha conseguido 31 nominaciones y ocho premios Goya a los mejores efectos especiales.

Eugenia Balcells. Artista visual. (Barcelona, 1943). Diplomada en Arquitectura Técnica, sus comienzos artísticos en los años setenta estuvieron ligados al arte conceptual catalán y a la crítica sociológica, la sociedad de consumo y los medios de comunicación. Pionera del vídeo y de la instalación en España, Eugenia Balcells se ha caracterizado por la creación de estructuras lumínicas, de construcciones simbólicas, definiendo la luz como eje central de todo su trabajo, aunque en cada momento ha estado implicada con la realidad social y personal de su entorno vital.

Pura Campos. Historietista e ilustradora. (Barcelona, 1937). Entró en el mundo de la historieta a finales de la década de los 50 gracias a su calidad como dibujante. Se inició como portadista en Editorial Bruguera y pronto comenzó a realizar historietas para las colecciones de tebeos de la misma editorial. Forma parte de la generación de dibujantes que en las décadas de 1970 y 1980 contribuyeron al renacimiento de la historieta española, con obras realizadas en gran medida para editoriales y lectores ingleses, holandeses, alemanes, nórdicos, y también americanos. A través de sus historietas, Pura Campos se muestra como una de los mejores dibujantes españoles de su tiempo.

Roser Capdevila. Escritora e ilustradora de libros infantiles. (Barcelona, 1939). Empezó a dibujar cuando era muy pequeña. Sus actividades abarcaban los estampados sobre tela, pinturas al óleo y acuarelas. En 1980 inició la etapa en la que se encuentra actualmente: escribir e ilustrar libros, preferentemente infantiles, sin dejar de hacerlo en obras de divulgación o entretenimiento dirigidas a jóvenes y adultos. Paralelamente, desde 1990, se encuentra inmersa en la producción de la serie de dibujos animados "Las Tres Mellizas". Su obra se ha traducido del catalán a todas las lenguas mayoritarias.

Rafael Castejón. Actor y cantante lírico de zarzuela. (Barcelona, 1932). Junto a Pepa Rosado, también cantante de zarzuela, son los padres de una estirpe de artistas actualmente en activo: Jesús Castejón (actor y director de escena), Rafa Castejón (actor y cantante de zarzuela), y la coreógrafa Nuria Castejón. Su presencia en la escena lírica española recorre la historia del género en nuestro país.

Andrea D'Odorico. Productor teatral y escenográfo. (Udine, Italia, 1942). Afincado desde hace décadas en España, es una de las personalidades más destacadas del teatro en nuestro país. Como escenógrafo o diseñador de vestuario ha colaborado con multitud de artistas españoles, tanto en el teatro como en el cine. Gran colaborador de Miguel Narros, con el que mantiene una estrecha relación artística, como productor teatral mantiene desde hace muchos años una importante actividad creadora de gran calidad y riesgo.

Luis Francisco Esplá. Matador de toros. (Alicante, 1958). Es un matador de amplio repertorio y, además, un gran estudioso de la historia de la tauromaquia. De familia taurina, se puso por primera vez el traje de luces en 1975, a los dieciséis años, y tomó la alternativa un año después en Zaragoza, apadrinado por Paco Camino y con el "el Niño de la Capea" de testigo. En 1982 recibió el trofeo "Andanada" al mejor par de banderillas de toda la feria de San Isidro de Madrid.

Duquesa de Alba. Coleccionista de arte y mecenas (Madrid, 1926). Se ha distinguido por su apoyo a las artes, desarrollando una gran labor en la conservación y mejora de los bienes de interés cultural que forman parte de su patrimonio familiar, además de abrir los archivos de la Casa de Alba a los investigadores. Su actividad ha sido reconocida con prestigiosos galardones como la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica o la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio. Recientemente, la Duquesa de Alba ha querido acercar al gran público su excepcional legado con la exposición "Colección Casa de Alba" celebrada en Sevilla en 2009, que incluía, entre otras, obras de Goya, Murillo, Romero de Torres, Sorolla, Ribera, Benlliure o Tiziano y Rubens. Este legado se conserva en los palacios propiedad de la Casa de Alba, catalogados Bien de Interés Cultural, como el Palacio de Liria en Madrid y la Casa de las Dueñas en Sevilla.


Juan Gatti. Fotógrafo y diseñador grafico. (Buenos Aires, Argentina, 1950). Graduado en Artes Visuales en Buenos Aires, se instaló en Madrid en 1980 como director de arte de la compañía discográfica CBS-España hasta 1985. Este mismo año abrió su propio estudio trabajando desde entonces como director de arte y fotógrafo para diseñadores y firmas como Sybilla, Clhoe, Karl Lagerfeld, Jesús del Pozo, Loewe, Zara o Elena Benarroch. A partir de 1988 realizó el diseño gráfico de numerosas películas de Almodóvar, John Malkovich o Fernando Trueba, entre otros. En 2009 ilustró el libro "Geografía de la moda española", editado por la Asociación Creadores de Moda de España.

José Manuel Gómez y Rodríguez de Pumarada. Editor y presidente del Grupo Anaya. (Valle, Asturias, 1948). Inició su actividad profesional en el sector editorial en Madrid. Más tarde pasó a formar parte de la editorial John Wiley, en Londres, trasladándose a continuación a París para ingresar en la firma Hermann Éditeurs. En 1974 se incorporó a Ediciones Anaya, colaborando en la creación de las dos primeras empresas editoriales del Grupo Anaya: Ediciones Cátedra y Ediciones Pirámide. Asimismo, intervino en la expansión del grupo que hoy en día se compone de cerca de veinte sellos editoriales. En noviembre de 1998 fue nombrado Presidente de Grupo Anaya (50 Aniversario), cargo que ocupa en la actualidad.

Roman Gubern. Escritor y experto en medios de comunicación (Barcelona, 1934). Es catedrático de comunicación audiovisual de la Facultad de Ciencias de la Comunicación en la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB). Sus estudios sobre el cine durante la Guerra Civil española, el cómic o la pornografía constituyen una guía imprescindible para entender la historiografía del cine, el lenguaje del cómic y la evolución de la imagen contemporánea, junto con los cambios tecnológicos, y cómo todo ello ha influido en el individuo, la sociedad y la cultura de las últimas décadas.

Julio Iglesias. Cantante y compositor. (Madrid, 1943). Es el intérprete latino que más discos ha vendido en el mundo en lengua española y uno de los diez mayores artistas que más discos ha vendido de toda la historia de la música. Ha grabado en catorce idiomas y es el único que ha recibido un disco de diamantes, otorgado por el Libro Guinness de los récords. Ha realizado más de cinco mil conciertos en más de seiscientas ciudades de todo el mundo. Recientemente cumplió cuarenta años de carrera artística.

Ana Laguna. Bailarina. (Zaragoza, 1954). Su trayectoria está ligada al Cullberg Ballet. En 1973 Birgit Cullberg la contrató para la compañía y desde entonces forma parte de la historia de la misma, asumiendo los más importantes roles de las coreografías del Cullberg Ballet.

Kiko Veneno. Cantante y compositor. (Figueras, Girona, 1952). En 1975 formó el grupo "Veneno" con los hermanos Rafael y Raimundo Amador. En 1979 colaboró en el mítico disco "La leyenda del tiempo", de Camarón de la Isla, y fue autor de la canción "Volando voy". En 1982 publicó su primer LP en solitario. Durante los años 80 hizo canciones para Martirio y colaboró en el programa La bola de cristal como compositor y cantante. Con la discográfica BMG-Ariola publicó diversos álbumes hasta que creó su propio sello, Elemúsica.


El Hortelano. Pintor. (Valencia,1954) José Alfonso Morera comenzó a llamarse El Hortelano a raíz de una larga convalecencia que le mantuvo en cama más de un año y medio, lo que le permitió dedicarse enteramente a la pintura. A partir de 1980 comenzó a viajar por todo el mundo y a finales de los años 90 comenzó su Osa Mayor, una serie de cuadros de formato cuadrado, realizados al óleo sobre lienzo, que tratan sobre el universo. Al mismo tiempo realizó otras obras sobre arrecifes de coral, agua y mundos submarinos.

Beatriz de Moura. Editora. (Río de Janeiro, Brasil, 1939). Después de trabajar en diversas editoriales en 1968 decidió organizar una nueva editorial, junto con el arquitecto Oscar Tusquets: Tusquets Editores, que comenzó su andadura en 1969 con dos colecciones "Cuadernos ínfimos" y "Cuadernos Marginales". Su editorial ha publicado en español, por ejemplo, las obras de Ernst Jünger, Milan Kundera o E.M. Cioran. La propia Beatriz de Moura ha traducido del francés "Los testamentos traicionados", "La lentitud", "La identidad" y "La ignorancia" de Milan Kundera.

Isabel Muñoz. Fotógrafa (Barcelona, 1951). En 1986 realizó su primera exposición, "Toqu", a la que han seguido otras muchas en varias ciudades del mundo desde hace más de veinte años. Su obras se pueden encontrar en la Maison Européenne de la Photographie de París, el New Museum of Contemporary Art, de Nueva York, el Contemporary Arts Museum de Houston o en colecciones privadas. Sus fotografías son un estudio humano mostrando partes del cuerpo, imágenes de guerreros, toreros o bailarinas, usando un proceso minucioso y artesanal de revelado

Ángel Pavlovsky. Actor y director de teatro. (Rivera, Argentina, 1936). Ha sido coreógrafo y bailarín. En Barcelona se hizo muy popular en los años setenta gracias al personaje de La Pavlovski, una estrella proletaria que interpretó en diferentes montajes, con el que no tardó en pasar a las portadas de las revistas y a convertirse en un icono homosexual. Sus espectáculos, en los que interpreta varios personajes, masculinos y femeninos, se caracterizan también por el diálogo con el público, de una manera que puede recordar algunos de los antiguos cabarets. Algunas veces canta y siempre usa una ironía y sentido del humor muy refinados. No se considera humorista, pues pretende emocionar y hacer pensar.

Joaquín Cortés. Bailarín y coreógrafo (Córdoba, 1969). Se incorporó en 1984 al Ballet Nacional de España. En 1990 dejó la compañía nacional y comenzó su carrera como artista independiente. Durante esta etapa mantuvo una notable actividad como artista invitado en diversas galas de estrellas, en España junto a profesionales como: Mariemma, La Tati, Lola Greco, Marco Berriel, Arantxa Argüelles... y en otras internacionales junto a Maya Plisetskaya, Silvie Guillem, Peter Schaufuss, Julio Bocca o Marie Claude Pietragalla. En 1992 formó su propia compañía "Joaquín Cortés Ballet Flamenco". En mayo de 2009 estrenó su último espectáculo "Cale", en el Beacon Theatre de Manhattan, en el cual se reúnen los mejores momentos coreográficos de sus seis espectáculos anteriores.


Cristina Rota. Profesora de interpretación y actriz de teatro. Por la Escuela de interpretación de Cristina Rota han pasado numerosos actores españoles que actualmente ya son figuras del teatro, el cine o la televisión. A la actividad docente de Cristina Rota hay que sumar el Centro de Nuevos Creadores, con sede en la Sala Mirador de Madrid, que mantiene una gran actividad artística, siendo sede de las compañías 10&10 danza o de la Dani Pannullo Dance Theater.

Rosa María Sardá. Actriz. Ha participado en más de cincuenta películas en su dilatada carrera como actriz, que le ha llevado a trabajar con algunos de los mejores directores de nuestro país. En 2002 y 1994 recibió sendos Premios Goya por "Sin vergüenza" de Joaquín Oristrell y por "¿Por qué lo llaman amor cuando quieren decir sexo?" de Manuel Gómez Pereira. No obstante, su carrera no se limita al ámbito cinematográfico, pues también ha destacado como actriz dramática y cómica de numerosas producciones teatrales y de televisión.

María Elena Walsh. Escritora de libros y canciones infantiles (Buenos Aires, 1930). En el campo de la literatura infantil, creó personajes conmovedores como Manuelita la Tortuga, que inspiró la película "Manuelita" (1999), dirigida por Manuel García Ferré. Sus temas han sido musicalizados por personalidades como Mercedes Sosa y Joan Manuel Serrat. Su primer libro de poemas fue "Otoño Imperdonable". En los años 50 publicó "Baladas con Ángel" y se autoexilió en París, junto con Leda Valladares. Ambas formaron el dúo Leda y María y actuaron en varias ciudades como intérpretes de música folclórica. Escribió también guiones para TV, obras de teatro y canciones para niños.

Castañer. Artesanos zapateros. Llevan en activo desde 1927 y ya tenían tradición a sus espaldas desde el siglo XVIII. En la década de 1960 Yves Saint Laurent les encargó hacer las primeras alpargatas de cuña. Desde entonces, han trabajado con Hermès, Vuiton, Louboutin y Undercover. Venden el 70 por 100 de su producción en el extranjero y sus zapatos salen en películas como, por ejemplo, "Vicky Cristina Barcelona", de Woody Allen. Renovaron la tradicional alpargata española y la convirtieron en el zapato más reconocible de los últimos tiempos.

Radio 3 de RNE. Fundada el 1 de Julio de 1979, forma parte de la Corporación RTVE. Los contenidos de la cadena, con un gran peso de las retransmisiones en directo, se centran fundamentalmente en la actualidad musical alejada de las listas de éxitos, tales como el indie, el rock alternativo, la música electrónica o el hip-hop. También cuenta con programas temáticos de otras músicas que no tienen cabida en las radios comerciales. Además de la música, Radio 3 también cuenta con seriales de radioteatro y las novedades de todo el ámbito cultural.


Tricicle. Compañía de teatro. Joan Gracia, Paco Mir y Carles Sans forman la compañía Tricicle desde 1979 interpretando por todo el mundo obras de teatro como Manicomic, Exit, Slastic, Terrific, Entretrés, Sit y Garrick. También han trabajado en series de televisión, han realizado guiones para dibujos animados, campañas de publicidad, adaptaciones de ópera, cine, producciones teatrales e incluso programas de radio. Su estilo se caracteriza principalmente por el dinamismo, por las escenas cortas, los frecuentes cambios de personajes, las onomatopeyas naturales, el uso dramático de los elementos escenográficos, los giros surrealistas y las sorpresas constantes.


Economía y Hacienda

CONTRIBUCIÓN DE ESPAÑA A LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO Y A LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO

El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de 197 millones de euros correspondiente al tercer pago de la contribución de España a la decimoquinta reposición de recursos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF).

La AIF, ventanilla blanda del Grupo Banco Mundial, es el primer suministrador de ayuda concesional para los 79 países más pobres, con especial énfasis en África Subsahariana, donde se dirige el 56 por 100 de su ayuda financiera. En 2009 comprometió más de 14.000 millones de dólares en préstamos y donaciones.

Esta institución se financia mediante contribuciones de los países donantes que realizan reposiciones periódicas, la devolución de los créditos concedidos y transferencias del Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (BIRD) y la Corporación Financiera Internacional (CFI).

En la decimoquinta reposición (periodo 2008-2011) los compromisos de recursos ascendieron a 41.600 millones de dólares, un 30 por 100 más que en la anterior reposición. De ellos, los donantes aportaron 25.100 millones de dólares. Todas estas cifras representan máximos históricos, tanto en volumen de la reposición, como en número de donantes (45 con la incorporación de China, Chipre, Egipto, Estonia, Letonia y Lituania), así como en sus contribuciones y en las transferencias realizadas por el Banco Mundial.

España es miembro de la Asociación Internacional de Fomento desde 1960 y ha participado, desde su ingreso, en las reposiciones periódicas de recursos y en las contribuciones especiales de esta institución. La política general de fortalecimiento de la presencia de España en las instituciones financieras internacionales, y su compromiso especial con los países más pobres del mundo, únicos beneficiarios de la actividad de la AIF, han motivado la participación y el incremento de la contribución de España en esta decimoquinta reposición de recursos.

CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO

Además el Consejo de Ministros ha aprobado la participación de España en la ampliación de capital de la Corporación Andina de Fomento (CAF) y la aportación de 65.405.200 dólares (48.448.296 euros) como primer pago correspondiente a 2010, así como el incremento de la participación accionarial de España hasta el 5 por 100. El aumento de nuestra cuota de participación conlleva una aportación por valor de 326.997.600 dólares, a desembolsar en cinco años (2010 - 2014).


La Corporación Andina de Fomento es una institución financiera multilateral fundada en 1968 cuyos accionistas son los cinco países de la Comunidad Andina de Naciones (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela), trece socios (Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, España, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Portugal, República Dominicana, Trinidad y Tobago y Uruguay) y catorce bancos privados de la Región Andina.

Esta Corporación es la principal fuente de financiación de los países andinos, por delante del Banco Interamericano de Desarrollo y del Banco Mundial. Durante los últimos años se ha producido un incremento muy significativo de operaciones para países no andinos, lo que refleja el creciente carácter regional que ha venido adquiriendo la CAF y que se ha consolidado con la reforma del Convenio Constitutivo que permite a todos los países latinoamericanos convertirse en miembros plenos de la institución. Además, ha registrado sucesivas revisiones al alza de su calificación de riesgo en los últimos años, lo que demuestra la confianza de los mercados financieros internacionales.


Justicia

ENTREGA EN EXTRADICIÓN A ARGENTINA DEL EX MILITAR JORGE ALBERTO SOZA

El Consejo de Ministros ha acordado la entrega en extradición de Jorge Alberto Soza, ex militar argentino, a las autoridades de dicho país.

Soza, nacido en Buenos Aires (Argentina), el 9 de noviembre de1936, comparte la nacionalidad argentina y la española, tal como consta en la certificación del Registro Civil de Alzira, y no renunció a la primera al adquirir la española.

Fue detenido el 8 de julio de 2009 en Onteniente (Valencia) con fines de extradición y la Audiencia Nacional dictó auto de prisión provisional. El Consejo de Ministros del 4 de septiembre acordó la continuación del procedimiento de extradición en vía judicial y el 16 de diciembre de 2009 la Sección 3ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional accedió a la extradición. Desde el 15 de octubre de 2009 se encuentra en libertad provisional al haber depositado fianza carcelaria por esta causa de extradición.

Jorge Alberto Soza es reclamado por la justicia argentina en relación con un delito de asociación ilícita, dieciocho delitos de detención ilegal cometida por funcionario público, agravada por su duración mayor de quince días, y diecisiete delitos de torturas y otros delitos contra la integridad moral, en relación con un delito de lesiones.

Los hechos que fundamentan la extradición y entrega sucedieron entre el 9 de septiembre de 1975 y el 3 de enero de1977, cuando el reclamado era segundo jefe de la Delegación Neuquén de la Policía Federal Argentina y se cree que fue integrante, junto con otros miembros de las Fuerzas Armadas, de una asociación destinada a ejecutar el plan criminal, sistemático y clandestino de represión estatal desarrollado en la República Argentina en el período 1976-1983, consistente en la persecución a civiles por motivos políticos mediante la perpetración de detenciones ilegales de personas, cautiverio clandestino en centros de detención en condiciones inhumanas, interrogatorio bajo la aplicación de torturas, la desaparición de personas y el asesinato.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO DE SEDE SOBRE LA AGENCIA COMUNITARIA DE CONTROL DE PESCA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y la Agencia Comunitaria de Control de Pesca, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el 27 de junio de 2008.

Un Reglamento comunitario de 2005, por el que se creaba la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca, establecía el cometido, tareas, coordinación operativa, estructura interna, funcionamiento y disposiciones financieras de la Agencia.

El objetivo de la Agencia consiste en organizar la coordinación operativa de las actividades de control e inspección de la pesca de los Estados miembros y auspiciar la cooperación entre ellos, al objeto de cumplir las normas de la política pesquera común para garantizar que se apliquen de manera eficaz y uniforme.

El citado Reglamento fijó que la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca tendría su sede en Vigo (España).

El Acuerdo, cuya remisión a las Cortes hoy se ha aprobado, concreta las condiciones de establecimiento de esta Agencia Comunitaria en España, fijando las inmunidades, facilidades financieras y otras medidas que concederá España a fin de facilitar la instalación de la Agencia en la ciudad de Vigo.


Trabajo e Inmigración

AYUDAS ESPECIALES A LOS TRABAJADORES DE SINTEL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores de SINTEL.

La norma responde a un compromiso del Gobierno que se materializó en un Acuerdo del Consejo de Ministros de febrero de 2008 y que dispuso la adopción de medidas excepcionales de carácter social a favor de los trabajadores de SINTEL afectados por expedientes de regulación de empleo del año 2001.

Con este Real Decreto, el Gobierno pretende solventar el problema de los trabajadores recolocados, pero con una reducción muy considerable de su base de cotización a la Seguridad Social, y a los trabajadores desempleados para ayudarles económicamente a paliar los efectos derivados de su situación de desempleo y facilitar su reinserción laboral.

Medidas

Se construyen dos tipos de medidas:

  • Las específicas para facilitar la empleabilidad y la recolocación, mediante la participación de los trabajadores en las políticas activas de empleo que se articulen desde los Servicios Públicos de Empleo, con atención personalizada.
  • Aquellas que ofrecen una subvención especial para los trabajadores mayores de 52 años desempleados que no tengan derecho a la prestación contributiva por desempleo o la hayan agotado, en cuantía de tres mil euros anuales que se incrementarán hasta 5.500 euros anuales si el trabajadores no se recoloca en un período de veinticuatro meses. Esta ayuda se financiará con cargo a los fondos específicos que serán de distribución a las Comunidades Autónomas.

Estas son medidas económicas y tienen carácter de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones, que señala que podrán concederse de forma directa a los trabajadores ya que responden a las razones contempladas en dicho artículo que justifican la omisión de convocatoria pública.

La Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales ha sido informada de este Real Decreto, al tiempo que se ha consultado a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas y a las Comunidades Autónomas.


Sanidad y Política Social

APROBADO EL USO TUTELADO DE LOS TRATAMIENTOS QUIRÚRGICOS PARA LA LIPOATROFIA FACIAL ASOCIADA A VIH-SIDA

  • La norma regula también el mecanismo por el que se desarrollarán los usos tutelados de técnicas, tecnologías y procedimientos sanitarios, tanto en lo referente a sus condiciones como a su financiación.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las condiciones del uso tutelado de técnicas, tecnologías y procedimientos sanitarios, y se modifica un Real Decreto de 20 de octubre de 2006, por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria. Entre las modificaciones de este Real Decreto se incluye el uso tutelado de los tratamientos quirúrgicos de la lipoatrofia facial asociada a VIH-Sida.

La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud señala que el uso tutelado tiene como finalidad establecer el grado de seguridad, eficacia, efectividad o eficiencia de una técnica, tecnología o procedimiento antes de decidir sobre la conveniencia o necesidad de su inclusión en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud. Con el uso tutelado se garantiza la equidad en el acceso a una prestación para todos los usuarios que la requieran.

Los usos tutelados siempre han de estar limitados en el tiempo, que ha de ser el necesario para demostrar la seguridad, eficacia y eficiencia de una técnica, tecnología o procedimiento, y a los centros en los que se desarrollen, que serán los propuestos por las respectivas Comunidades Autónomas.

La propuesta de uso tutelado será autorizada por resolución de la Ministra de Sanidad y Política Social, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Lipoatrofia facial asociada al VIH

La lipoatrofia es un efecto secundario de la propia infección VIH y del tratamiento antirretroviral. Consiste en la pérdida de la grasa subcutánea y suele afectar a la cara (lipoatrofia facial), a los brazos, a la región glútea y a las piernas.

La lipoatrofia constituye uno de los efectos secundarios más frecuentes e importantes, por su impacto físico y psicológico. La única técnica paliativa de la lipoatrofia facial, rápida y con resultados visibles desde el primer momento, ha sido la cirugía reparadora con diferentes productos, como la implantación de grasa autóloga o los materiales sintéticos.


Durante los tres años que durará el uso tutelado se intervendrá, como máximo, a los 6.125 pacientes que actualmente tienen lipoatrofia facial, más los 70 nuevos casos anuales (210 en los tres años) que se van a ir produciendo. El coste anual es de 3.168.000 euros, con cargo al Fondo de Cohesión Sanitaria. La inclusión de este uso tutelado se planteó en el Consejo Interterritorial celebrado el 11 de septiembre de 2008.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

AYUDAS A LAS AGRUPACIONES DE PRODUCTORES DE PLANTAS VIVAS Y PRODUCTOS DE LA FLORICULTURA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura, en las que se incluyen tres tipos de subvenciones: a las inversiones en explotaciones y para mejorar la comercialización, para fomentar la producción de productos de calidad y a la formación y a la promoción.

Para la inversión en explotaciones y para mejorar la comercialización, las actuaciones subvencionables serán, entre otras, las destinadas a las mejoras en los sistemas de riego, almacenamiento, conducción y tratamiento de agua; mejora de invernaderos; construcciones auxiliares como almacenes en campo y maquinaria de producción y para la comercialización, así como la construcción o adquisición de naves y centrales destinadas a la producción y a la comercialización.

En cuanto a la línea de ayudas para fomentar la producción de productos de calidad, el Real Decreto indica que podrán ser objeto de subvención las actividades de estudio de mercado, de creación y concepción de productos; la implantación de métodos de garantía de calidad que mediante mecanismos de control encomendadas a entidades independientes se aporte la máxima garantía de trazabilidad, calidad e información al consumidor y la certificación inicial de los sistemas establecidos.

Para la formación y la promoción, las actuaciones subvencionables serán aquellas que tengan por objeto la educación y formación del personal y de los socios de las agrupaciones de productores y la organización y participación en foros de intercambios de conocimientos, concursos, exhibiciones y ferias específicas del sector de plantas vivas y productos de la floricultura de uso ornamental.

También se subvencionarán la realización de catálogos y sitios web que presenten información sobre un producto determinado o sobre una agrupación de productores determinada, así como cualquier otra actividad de promoción.

Cuantías

Por otro lado, y en cuanto a las cuantías, el Real Decreto establece que el límite conjunto para las ayudas establecidas será de 250.000 euros por agrupación de productores para actualizaciones realizadas en un periodo máximo de tres años. La solicitud corresponderá a la ayuda de las actuaciones a ejecutar en ese mismo año en que se realiza la petición.

En cuanto a los plazos, serán las Comunidades Autónomas quiénes comunicarán al Ministerio, el 15 de marzo de cada año, las solicitudes aceptadas, con indicación del importe de la ayuda. Sin embargo, para el año 2010 se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de mayo inclusive.


Economía y Hacienda

AUTORIZACIONES DE DEUDA A VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

El Consejo de Ministros ha autorizado una serie de operaciones de endeudamiento a las siguientes Comunidades Autónomas:

Comunidad Autónoma de Extremadura: se le autoriza tomar préstamos a largo plazo y realizar emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 100.700.000 euros.

Comunidad Autónoma de La Rioja: se le autoriza tomar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 100.000.000 euros.

Los importes de estas dos operaciones de endeudamiento se encuentran dentro de las amortizaciones previstas durante el ejercicio de 2010 de ambas Comunidades Autónomas, por lo que no suponen un incremento en sus niveles de endeudamiento.

Comunidad Autónoma de Castilla y León: se le autoriza concertar una o varias emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 825.263.000 euros. De este importe, 503.401.000 euros se destinan a cubrir las necesidades de financiación derivadas del ejercicio 2009 y previstas en el plan de reequilibrio remitido al Consejo de Política Fiscal y Financiera. El resto del importe se encuentra dentro de las amortizaciones previstas por la Comunidad para 2010, por lo que no supone aumento del nivel de endeudamiento.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: se le autoriza realizar operaciones de préstamos y de una o varias emisiones de Obligaciones y Bonos hasta un importe máximo de 401.600.000 euros. Estas operaciones de endeudamiento se destinarán a cubrir las necesidades de financiación derivadas del ejercicio 2009 y previstas en el plan de reequilibrio remitido al Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Las cuatro operaciones se autorizan según lo establecido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y en la Ley Orgánica complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.


Industria, Turismo y Comercio

SEGUNDO MÚLTIPLE DIGITAL AL L'ENS PÚBLIC DE RADIO TELEVISIÓ DE LES ILLES BALEARS

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se concede al L'Ens Públic de Radio Televisió de les Illes Balears la explotación, en régimen de gestión directa, del segundo múltiple digital adjudicado para su ámbito territorial por Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre (TDT) establece que cada una de las Comunidades Autónomas dispondrá, tras el cese de las emisiones de televisión con tecnología analógica, de dos múltiples digitales de cobertura autonómica. Dicho múltiple podrá ser anticipado conforme a lo dispuesto en dicho Plan Ténico, siempre que las disponibilidades del espectro radioeléctrico lo permitan.

En virtud de este precepto, y previa solicitud por parte de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, se anticipó por Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la disponibilidad del segundo múltiple digital de televisión de cobertura autonómica. Posteriormente, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares solicitó ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información la asignación de cuatro programas del múltiple a L'Ens Públic de Radio Televisió de les Illes Balears.


Defensa

ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE COMBUSTIBLES EN EL MINISTERIO DE DEFENSA

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco y de los contratos que se adjudiquen basados en el mismo, relativos a la adquisición centralizada de combustibles de automoción, navales, de aviación y gasóleo C de calefacción en el Ministerio de Defensa y sus Organismos Autónomos.

El plazo de vigencia previsto para el Acuerdo Marco será de cuatro años, desde el 1 de julio de 2010 al 30 de junio de 2014, y su tramitación se efectuará por procedimiento abierto. Como único criterio en la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se utilizará el del precio más bajo.

El valor máximo estimado del Acuerdo Marco se ha calculado teniendo en cuenta el conjunto de contratos a celebrar posteriormente durante la duración total del mismo, y asciende a la cantidad de 350.000.000 euros.


Justicia

NOMBRADOS FISCALES EN LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO, TRIBUNALES SUPREMOS Y CONSTITUCIONAL, ANTICORRUPCIÓN Y AUDIENCIA NACIONAL

  • También hay nuevos Tenientes Fiscales en las Fiscalías de Castilla y León y la Comunitat Valenciana, y Fiscales Jefes en las Fiscalías Provinciales de Valladolid, Sevilla y Toledo.

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, y a iniciativa del fiscal general del Estado y del Consejo Fiscal, ha aprobado hoy 16 reales decretos por los que se nombran fiscales en la Fiscalía General del Estado, Tribunal Supremo, Constitucional; Anticorrupción y Audiencia Nacional. Tenientes fiscales en la Fiscalía de la Comunidad de Castilla y León de la Comunitat Valenciana y fiscales jefes en las Fiscalías Provinciales de Valladolid, Sevilla y Toledo.

Los nombramientos son los siguientes:

Raquel Muñoz Arnanz . Fiscal adscrita al fiscal de Sala Coordinador contra los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico, del medio ambiente e incendios forestales.

Nacida en 1965, ingresó en la carrera fiscal el 14 de septiembre de 1992 y hasta ahora era Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Teresa Peramato Martín . Fiscal adscrita a la fiscal de Sala Delegada contra la Violencia sobre la Mujer.

Nacida en 1962, ingresó en la carrera fiscal el 17 de octubre de 1989. Hasta ahora era Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Ángel Javier Muñoz Marín . Fiscal adscrito al fiscal de Sala Coordinador de Siniestralidad Laboral.

Nacido en 1962, ingresó en la carrera fiscal el 4 de octubre de 1988 y era hasta ahora Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Elena Agüero Ramón-Llin . Fiscal adscrita al fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial.

Nacida en 1972, ingresó en la carrera fiscal el 4 de septiembre de 1998, ocupando hasta ahora el puesto de Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid.


Luis Lafon Nicuesa . Fiscal adscrito al Fiscal de Sala Coordinador de Extranjería.

Nacido en 1968, ingresó en la carrera fiscal el 4 de septiembre de 1998 y hasta ahora era Fiscal de la Fiscalía Provincial de Vizcaya.

Francisco Manuel García Ingelmo . Fiscal adscrito a la Fiscal de Sala Coordinadora de Menores.

Nacido en 1969, ingresó en la carrera fiscal el 17 de octubre de 1989 y su puesto hasta ahora era Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Fausto José Cartagena Pastor . Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo.

Nacido en 1951, ingresó en la carrera fiscal el 27 de junio de 1977 y procede de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado.

María Teresa Olavarría Iglesia . Inspector fiscal de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado.

Nacida en 1958, ingresó en la carrera fiscal el 13 de enero de 1986 y hasta ahora era Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid.

María Isabel Guajardo Pérez . Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.

Nacida en 1960, ingresó en la carrera fiscal el 15 de abril de 1985 y procede de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado.

Juan José Rosa Álvarez . Fiscal de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.

Nacido en 1967, ingresó en la carrera fiscal el 4 de septiembre de 1998 y hasta ahora era Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Carmen María Monfort March . Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

Nacida en 1958, ingresó en la carrera fiscal el 13 de enero de 1986 y desempeñaba el puesto de Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid.

María Esther Pérez Jerez . Fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Valladolid.

Nacido en 1964, ingresó en la carrera fiscal el 19 de noviembre de 1990. Hasta ahora era Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Palencia.


María José Segarra Crespo . Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Sevilla.

Nacida en 1963, ingresó en la carrera fiscal el 14 de septiembre de 1987, ocupando hasta ahora el puesto de Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Sevilla.

José Javier Polo Rodríguez . Fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Toledo.

Nacido en 1960, ingresó en la carrera fiscal el 13 de enero de 1986, siendo hasta ahora Jiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Toledo.

Gonzalo Alfonso López Ebri . Teniente fiscal de la Fiscalía de la Comunitat Valenciana.

Nacido en 1951, ingresó en la carrera fiscal el 2 de mayo de 1978 . Su último puesto ha sido Fiscal de la Fiscalía de la Comunitat Autónoma Valenciana.

Ricardo González Cerrón . Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad de Castilla y León.

Nacido en 1956, ingresó en la carrera fiscal el 2 de noviembre de 1983. Hasta ahora era Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.


Sanidad y Política Social

LA AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS DEPENDERÁ DE LA SECRETARÍA GENERAL DE SANIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la estructura del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Tras la última reestructuración de Departamentos ministeriales, se atribuyó al Ministerio de Sanidad y Política Social, además de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria y de consumo, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de cohesión e inclusión social, de familias, de protección del menor y de atención a las personas dependientes o con discapacidad. Con esta modificación, se configuró este Departamento como impulsor del espacio socio sanitario.

Una vez finalizado el proceso de integración de ambas políticas en la nueva estructura ministerial, se hace necesario continuar la racionalización del ejercicio de las competencias que tiene atribuidas y consecuentemente proceder a una reordenación de la estructura ministerial, que se traducirá, en último término, en una mejora del servicio público esencial que reciben los ciudadanos.

En este sentido, el Real Decreto aprobado hoy establece el cambio de adscripción de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, que pasa a depender de la Secretaría General de Sanidad, con lo que se proporciona un enfoque integral al conjunto de las políticas sanitarias y se complementa las actuales competencias con las que le corresponden al citado organismo.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON JORDANIA SOBRE USOS PACÍFICOS DE LA ENERGÍA NUCLEAR

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre el Reino de España y el Reino Hachemita de Jordania sobre cooperación en los usos pacíficos de la energía nuclear, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el 23 de octubre de 2009.

La Ley de 1964 sobre Energía Nuclear establece el régimen jurídico para el desarrollo y puesta en práctica de las aplicaciones pacíficas de la energía nuclear y de las radiaciones ionizantes en España, de manera que se proteja adecuadamente a personas bienes y medio ambiente, y prevé la regulación de la aplicación de los compromisos internacionales que adquiera España en materia de energía nuclear y radiaciones ionizantes.

Tanto la industria nuclear española como el Alto Comisionado para Energía Nuclear en Jordania han manifestado su interés en que España y Jordania subscriban un Acuerdo de cooperación nuclear, similar al que han concluido con el Reino Hachemita otros países como Canadá, China, Corea del Sur, Estados Unidos, Francia, Reino Unido, República Checa y Rusia. Jordania es un país rico en yacimientos de mineral de uranio y se sitúa en el puesto duodécimo entre los países del mundo por el nivel de sus reservas.

El texto del acuerdo prevé que la cooperación bilateral se refiera exclusivamente al uso pacífico de la energía nuclear en el marco de las obligaciones que ambos países han contraído al suscribir el Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares de 1 de julio de 1968 y teniendo en cuenta que el Protocolo Adicional al Acuerdo de Salvaguardias está en vigor tanto para España como para Jordania.


Fomento

OBRAS EN TORNO AL TÚNEL DE ALONGOS, EN OURENSE

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las actuaciones de emergencia necesarias para la ejecución de las obras de reparación de taludes de desmonte en la autovía de las Rías Baixas, A-52, en la provincia de Ourense.

El elevado índice de pluviosidad, combinado con la naturaleza del terreno y las características geométricas de los taludes, han provocado inestabilidad y desprendimientos. Los taludes se sitúan en los puntos kilométricos 234,10 y 236,20, coincidiendo con las bocas norte y sur del túnel de Alongos. Para garantizar la seguridad de los usuarios de la infraestructura, el Ministerio de Fomento ha decidido intervenir de emergencia en su estabilización, lo que requiere la posterior aprobación de Consejo de Ministros. El presupuesto de las obras asciende a 754.304,98 euros.

La obra se encuentra en avanzado estado de ejecución y está prevista su finalización a finales del primer trimestre de 2010. Las principales actuaciones que se están llevando a cabo son las siguientes:

  • Saneo de la zona afectada con retirada del material inestable.
  • Estabilización de los taludes mediante muros, incluso obras de drenaje necesarias.
  • Reparación de los taludes de las bocas del túnel de Alongos.
  • Mallazo en los taludes.
  • Reparación del firme dañado.
  • Reposición de los elementos de la autovía A-52.


Fomento

OBRAS DE REFUERZO DE UN TALUD DE LA N-332, EN ALICANTE

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las actuaciones de emergencia necesarias para la ejecución de las obras de reparación de un talud de la carretera N-332, en la zona del Mascarat, término municipal de Altea (Alicante). El presupuesto de las obras asciende a 388.560,27 euros.

Como consecuencia de las lluvias torrenciales de los pasados días 27, 28 y 29 de septiembre de 2009, sobre las comarcas del norte de la provincia de Alicante, se ha detectado, una vez secada la zona, un deslizamiento de ladera en el talud situado en el punto kilométrico 164, en la margen izquierda de la carretera N-332.

Este punto kilométrico constituye un corredor por el que discurre la N-332 a media ladera y por encima de ella se encuentran la vía de Ferrocarril de la Generalitat Valenciana y la autopista AP-7.

Para garantizar la seguridad de los usuarios de la carretera, el Ministerio de Fomento ha decidido actuar de emergencia, lo que requiere de la posterior aprobación de Consejo de Ministros.

Actualmente, el Ministerio de Fomento ya ha comenzado con el movimiento de tierras y la auscultación del terreno, y se está trabajando junto con el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) para determinar la solución técnica adecuada que garantice la estabilidad de la ladera.


Industria, Turismo y Comercio

OBRAS DE EMERGENCIA EN EL PALACIO DE CONGRESOS Y EXPOSICIONES DE MADRID

El Consejo de Ministros ha dado un visto bueno a las obras de emergencia que han tenido que realizarse en el Palacio de Congresos y Exposiciones de Madrid adscrito al Instituto de Turismo de España (Turespaña), organismo autónomo dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En las instalaciones del Auditorio del Palacio de Congresos y Exposiciones de Madrid, y concretamente en las dependencias de la sala de climatización, centro de transformación y camaranchón, se detectaron unas deficiencias en la construcción y determinados riesgos eléctricos.

Ante esta situación de inminente riesgo de accidente para el personal de mantenimiento, se procedió a reparar los desperfectos y devolver unas adecuadas condiciones de estabilidad a la estructura y seguridad de las dependencias afectadas.

El presupuesto ha sido de 129.583,24 euros.


Fomento

LESIVIDAD PARA LOS INTERESES DEL ESTADO EN VARIAS RETASACIONES Y JUSTIPRECIOS

El Consejo de Ministros ha declarado lesivos para los intereses del Estados varios acuerdos de los Jurados Provinciales de Expropiación Forzosa de Madrid, León y Ciudad Real.

Madrid

Los acuerdos del Jurado de Madrid, del 2 de julio de 2009, afectan a los justiprecios por retasación de varias fincas afectadas por el expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para el desarrollo del Plan Director del Aeropuerto de Madrid-Barajas, en su segunda fase. La declaración de lesividad está motivada principalmente por la falta de competencia del Jurado de Madrid para acordar y fijar justiprecios por retasación y la no concurrencia de los requisitos de fondo exigidos legalmente para reconocer la retasación.

León

En cuanto al acuerdo de León, del 14 de septiembre de 2007, se refiere al justiprecio correspondiente a la finca número 24.089-001, (Parcela 09, Polígono 6112), situada en suelo urbano del término municipal de León y destinada a red viaria. Mediante dicho acuerdo se estableció un justiprecio de 197.845,80 euros por la expropiación de una finca de 267 m2, mientras que con arreglo a las consideraciones formuladas al Consejo de Ministros, el justiprecio que correspondería sería de 94.277,70 euros.

La declaración de lesividad se fundamenta en que el Jurado Provincial atribuyó a la finca expropiada un aprovechamiento urbanístico del que carece. Al haberse aplicado, por tanto, un aprovechamiento muy superior al que corresponde conforme a la Ley de Régimen del Suelo y Valoraciones, procede la citada reducción del justiprecio en los términos expuestos.

Ciudad Real

Por último, se declara lesivo a los intereses del Estado el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Ciudad Real del 21 de enero de 2008 por el que se fijó el justiprecio de una finca, en el término municipal de Ciudad Real, afectada por las obras de la autovía de Ciudad Real, N-340 a Atalaya de Cañabate (A-31), en el tramo enlace de Miguelturra-Enlace de Daimiel (Este).

El Jurado de Ciudad Real determinó el justiprecio correspondiente a la finca señalada de 166.552,20 euros, por la expropiación de una finca de 486 m2 en suelo urbano de uso industrial. Sin embargo, las consideraciones que se formulan en el acuerdo que se somete hoy al Consejo de Ministros el justiprecio que correspondería asciende a 63.252,18 euros.


La declaración de lesividad se fundamenta principalmente en infracciones del ordenamiento jurídico por parte del Jurado de Expropiación Forzosa, que vulneran la Ley de Expropiación Forzosa, y por la incorrecta aplicación de la Ley de Régimen del Suelo y Valoraciones.


Economía y Hacienda

APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA HACER EFECTIVAS VARIAS SENTENCIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 224.054.934,61 euros, para financiar cuatro créditos extraordinarios en el Ministerio de Sanidad y Política Social, para dar cumplimiento a varias sentencias condenatorias de la Audiencia Nacional.

Dichas sentencias establecen el pago de compensaciones económicas por la colaboración prestada en asistencia sanitaria a las siguientes entidades colaboradoras: 2.561.471,28 euros al Banco Español de Crédito, S.A. (BANESTO); 55.608.889,30 euros a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE); 163.206.570 euros a la Comunidad de Madrid y 2.678.004,03 euros a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.


Presidencia

APROBADAS LAS ACTUALIZACIONES DE LOS INVENTARIOS DE 2008 DEL PATRIMONIO NACIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Acuerdos en los que ratifica las actualizaciones correspondientes a 2008 de los inventarios de bienes inmuebles, muebles y de semovientes del Patrimonio Nacional y Reales Patronatos, tal y como establece la legislación vigente.

Según lo estipulado en la Ley de Patrimonio Nacional, se le atribuye al Consejo de Administración del Patrimonio Nacional la formación de los inventarios de bienes y el trámite de sus actualizaciones, para su posterior aprobación por el Gobierno.

Así, el Consejo de Ministros aprobó el 9 de julio de 1993 el Inventario de Semovientes existentes en los terrenos gestionados por el Patrimonio Nacional; el 1 de marzo de 1996 se aprobó el Inventario de muebles de carácter histórico o valor artístico, en el que también se incluían los bienes de los Reales Patronatos, y el 4 de febrero de 2005 se hizo lo mismo con el Inventario de Bienes Inmuebles.

Mediante los tres Acuerdos aprobados hoy por el Consejo de Ministros, el Gobierno da luz verde a las actualizaciones producidas en 2008 en los referidos inventarios, adoptadas por el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional en su reunión de 19 de enero de 2010.


BIOGRAFÍAS

Presidencia

Secretaria de Estado para la Función Pública .-

Dª MARÍA CONSUELO RUMÍ IBAÑEZ.

Nacida el 31 de octubre de 1957 en Almería, casada, sin hijos, es Licenciada en Psicología por la Universidad de Almería y Profesora de EGB, y pertenece a la función pública docente.

Ha desempeñado las funciones de directora y secretaria de centros públicos docentes, así como de coordinadora de actividades de formación del profesorado. Entre otros puestos, en la Unión General de Trabajadores ha sido Secretaria General de FETEUGT de Almería y Secretaria de Acción Institucional Federal de FETE-UGT. En el Partido Socialista Obrero Español ha sido Secretaria Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE y Vicesecretaria General de la Comisión Ejecutiva Provincial del PSOE de Almería. Diputada Nacional por el PSOE por Almería en las VII y VIII Legislaturas. En julio de 2000 fue nombrada Secretaria de Políticas Sociales y Migratorias de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE y desde abril de 2004 era Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración.

Trabajo e Inmigración

Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración .-

Dª ANNA TERRÓN I CUSÍ.

Nacida el 6 de octubre de 1962 en Barcelona, está casada y tiene dos hijos.

Ha sido Diputada entre 1994 y 2004 en el Parlamento Europeo, donde fue Portavoz del Grupo del Partido Socialista Europeo en la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos de Interior. En 2004 fue nombrada Secretaria General del Patronat Català pro Europa y Delegada del Gobierno de la Generalitat de Catalunya ante la Unión Europea, cargo que simultanea desde 2006 con el de Secretaria para la Unión Europea del Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Catalunya. En febrero de 2010 fue nombrada Vicepresidenta del Grupo del Partido Socialista Europeo del Comité de las Regiones.

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