Referencia del Consejo de Ministros

7.10.2005

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Madrid

SUMARIO

Presidencia del Gobierno

Presidencia

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO sobre el régimen de ingreso en el Tesoro público de los beneficios del Banco de España.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía para realizar una emisión de deuda pública, por un importe máximo de 150 millones de euros.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de juzgados para completar la programación correspondiente al año 2005.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, a los efectos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de infraestructura ferroviaria del proyecto "Mejora de vía y obras complementarias de la línea Chinchilla-Cartagena, tramo Chinchilla-Agramón, longitud: 65,6 km", con un presupuesto de 42.361.164,20 euros (Albacete).
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Ejecución del proyecto constructivo de ampliación y mejora de la estación de Sants (Barcelona), infraestructura, vía y andenes, línea de alta velocidad Madrid/Zaragoza/Barcelona-frontera francesa", con un presupuesto de 120.668.938,72 euros (Barcelona).

Trabajo y Asuntos Sociales

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa a las Ciudades de Ceuta y Melilla para programas de integración social y servicios públicos básicos en relación con la inmigración.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Instituto de la Mujer y la Unión General de Trabajadores, para la realización de actividades dirigidas a la eliminación de estereotipos de género en el ámbito laboral y en las organizaciones sindicales.

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se formalizan los compromisos financieros de España como país miembro del Grupo Internacional de Estudios del Plomo y el Zinc.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras la suscripción de cinco convenios de colaboración específicos con la Consejería de Industria e Innovación de la Junta de Galicia.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas al sector equino.

Sanidad y Consumo

Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que no se estima fundado el requerimiento de incompetencia formulado por el Gobierno de La Rioja en relación con el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.

Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras correspondientes al "Proyecto de mejora del canal del bajo Guadalquivir. Modernización de las zonas regables del bajo Guadalquivir", varios términos municipales (Sevilla).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de avería en el embalse de La Laguna, en el término municipal de Barlovento (Santa Cruz de Tenerife), por un importe de 3.500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación núm. 1 al convenio de gestión directa, celebrado el 12 de abril de 2002, entre el Ministerio de Medio Ambiente y la sociedad estatal Aguas de la Cuenca del Tajo, S. A.
  • ACUERDO por el que se amplían los límites del Parque Nacional de Cabañeros por incorporación de terrenos colindantes.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Cartagena, para la realización de estudios y asesoramiento sobre el desarrollo de un sistema de alerta temprana frente a sequías y desalación de agua del mar por energías renovables eólica y solar sin emisión de salmuera.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Alcalá de Henares, para la colaboración en materia de información e investigación medioambiental para la defensa jurídica de los proyectos y obras hidráulicas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Castilla-La Mancha para la realización del estudio "Bases ecológicas para la definición de las prácticas agrarias compatibles con las directivas de aves y de hábitat".
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración, en desarrollo del convenio marco suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Castilla-La Mancha, para la elaboración y el suministro de información relevante a efectos de la planificación de medios en la lucha contra los incendios forestales en la península y en las Illes Balears.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se nombran miembros del Consejo Económico y Social en calidad de expertos a:
  • D. JESÚS CRUZ VILLALÓN.
  • D. JUAN JOSÉ DOLADO GONZALO.
  • D. MANUEL NÚÑEZ ENCABO.
  • D. MARCOS PEÑA PINTO.
  • Dª SARA DE LA RICA GOIRICELAYA
  • D. FERNANDO VALDÉS DAL-RE.

Trabajo y Asuntos Sociales

  • REAL DECRETO por el que se nombran miembros del Consejo Económico y Social:

En representación de las organizaciones sindicales:

  • D. JOSÉ LUIS ARAMBURU GODÍNEZ
  • D. MANUEL DE LA ROCHA RUBÍ
  • D. ANTONIO FERRER SAIS
  • Dª ALMUDENA FONTECHA LÓPEZ
  • D. ANTONIO JESÚS JOSÉ FRADE ODRIOZOLA
  • D. ROBERTO JOSÉ MARÍN ACEVEDO
  • D. JOSÉ MANUEL MORAN CRIADO
  • Dª CARMEN RANGIL ORTEGA
  • D. SANTOS MIGUEL RUESGA BENITO
  • D. JORGE ARAGÓN MEDINA
  • D. JULIÁN ARIZA RICO
  • D. MÁXIMO BLANCO MUÑOZ
  • Dª CARMEN BRAVO SUESKUN
  • D. JAVIER JIMÉNEZ MARTÍN
  • Dª DOLORES LICERAS RUIZ.
  • D. MIGUEL ANGEL SERRANO MARTÍNEZ
  • Dª EVA SILVÁN DELGADO
  • Dª BLANCA VILLATE GARCÍA
  • D. MIKEL NOVAL FERNÁNDEZ
  • D. LUIS BURGOS DÍAZ.

En representación de las organizaciones empresariales:

  • D. JUAN JIMÉNEZ AGUILAR
  • D. ELIAS APARICIO BRAVO
  • D. FERNANDO MORENO PIÑERO
  • D. LUIS FABIÁN MÁRQUEZ SÁNCHEZ
  • D. JOSÉ MARÍA LACASA ASO
  • D. ENRIQUE DE LA LAMA-NORIEGA CARDÚS
  • D. JOSÉ DE LA CAVADA HOYO
  • D. JUAN SALAS TORNERO
  • D. ROBERTO SUÁREZ GARCÍA
  • D. JUAN PUJOL SEGARRA
  • D. RAFAEL MONTERO GOMIS
  • D. JOSÉ GUILLERMO ZUBÍA GUINEA
  • D. JAVIER FERRER DUFOL
  • D. PEDRO RIVERO TORRE
  • D. JOSÉ LUIS GARCÍA RUIZ
  • D. JUAN JOSÉ NAVA CANO
  • D. JOSÉ LUIS PASTOR RODRÍGUEZ-PONGA
  • D. JUAN CARLOS SALMADOR MARTIN
  • D. FRANCISCO MORALEDA GARCÍA DE LOS HUERTOS
  • D. ÁNGEL FERNÁNDEZ ALVAREZ.

En representación del sector agrario:

  • D. PEDRO MAURICIO BARATO TRIGUERO
  • Dª TERESA LÓPEZ LÓPEZ
  • D. EDUARDO NAVARRO VILLARREAL.

En representación del sector marítimo pesquero:

  • D. CLAUDIO CABALEIRO VILLANUEVA.
  • D. JESÉ MANUEL GONZÁLEZ GIL DE BERNABÉ
  • D. JOSÉ ANTONIO SUÁREZ- LLANOS RODRÍGUEZ.

En representación de los consumidores y usuarios:

  • D. FÉLIX MARTIN GALICIA
  • Dª ISABEL AVILA FERNÁNDEZ-MONGE
  • D. JUAN MORENO RODRÍGUEZ
  • D. ANTONINO JOYA VERDE.

En representación del sector de la economía social:

  • D. MARCOS DE CASTRO SANZ
  • D. JUAN ANTONIO PEDREÑO FRUTOS
  • D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ DE OBANOS LISO
  • D. JUAN GUALDA NAVAS.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. FRANCISCO JOSÉ VÁZQUEZ VÁZQUEZ.

Justicia

ANTEPROYECTO DE REFORMA DE LA LEY DEL MENOR

  • Se refuerza la proporcionalidad y la individualización de la respuesta para los casos de delincuencia especialmente violenta.
  • La reforma prevé instrumentos adecuados para poder combatir la delincuencia de menores que actúan en bandas organizadas.
  • Con carácter general, la Ley establece que el joven interno en régimen cerrado permanezca en el centro de menores incluso después de alcanzar los dieciocho, hasta que cumpla toda la medida.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley que introduce reformas en la Ley de Responsabilidad Penal del Menor. El nuevo texto legislativo, de aplicación a los menores de entre catorce y dieciocho años, conciliará la orientación educadora de las medidas y el interés superior del menor con una mayor protección de las víctimas. Contempla instrumentos más adecuados frente a los delitos más graves y ofrece, asimismo, respuesta a la delincuencia en bandas organizadas.

La Ley del Menor ha cumplido cinco años desde su aprobación, momento en el que resulta necesario y oportuno hacer un balance de aciertos y carencias. Los datos revelan un aumento de delitos especialmente graves (como homicidios o agresiones sexuales) cometidos por menores, que causa gran preocupación social.

A la vista de estos datos y en cumplimiento de sus compromisos, el Gobierno ha decidido promover una serie de mejoras en la Ley, sin olvidar, en ningún caso, que el interés superior del menor debe seguir primando como criterio rector, al igual que la especial orientación educadora de las medidas que se prevén.

Estos principios básicos son perfectamente compatibles con el objetivo de conseguir una respuesta individualizada y proporcionada ante los delitos, especialmente los más graves. En cualquier caso, la duración mínima de las medidas de internamiento permanecerá sin cambios. No obstante, se amplía el margen del juez para valorar y ponderar las circunstancias del caso concreto de una manera flexible. Se extienden, en determinados casos, los períodos máximos de las medidas de internamiento. Se permite, así, al juez de menores dar la respuesta sancionadora y reeducativa más adecuada para cada caso, tratado siempre de manera individual.

Objetivos de la reforma

Las mejoras que introduce el Ejecutivo en la Ley de Responsabilidad Penal del Menor se pueden resumir en cuatro grandes bloques que marcan los objetivos principales de esta reforma:

  1. Refuerzo de la protección a la víctima, con una especial consideración a la misma.
  2. Respuesta eficaz frente al fenómeno de la integración de menores delincuentes en bandas y grupos organizados, con un especial tratamiento de estos jóvenes.
  3. Respuesta judicialmente ponderada frente a los delitos más graves cometidos por menores.
  4. Se introducen, además, mejoras de carácter técnico para asegurar el óptimo funcionamiento del sistema hoy vigente.

Especial consideración por la protección a la víctima

Un primer criterio básico inspirador de esta reforma es el de la atención a la víctima, y se refuerza de manera especial el reconocimiento de sus derechos. La caracterización se hace desde una triple dimensión: respecto de la víctima directa del delito causado por un menor, hacia el menor que aparece como víctima de un delito y sobre el mismo menor delincuente sometido a medidas de internamiento, frente a su victimización.

1) En el caso de las víctimas directas de un delito cometido por un joven de entre catorce y dieciocho años, se establece taxativamente su derecho ser informados, en todo momento, se hayan personado o no en el procedimiento, de aquellas resoluciones que afecten a sus intereses.

Por su parte, se establece la apertura del proceso de responsabilidad civil, al mismo tiempo que el Juez disponga la apertura del proceso principal, consiguiendo que se produzca una resolución simultánea en ambos casos. De esta forma se garantizan las indemnizaciones que pudieran corresponder a las víctimas sin que sea necesario abrir un nuevo proceso para establecerlas.

El capítulo de protección a las víctimas se complementa con la inclusión de una medida de alejamiento o incomunicación del menor agresor respecto de la víctima o su entorno o personas que el juez pudiera determinar.

2) Cuando la víctima sea un menor de edad, se introduce una especial protección referida a los delitos contra la libertad e indemnidad sexual. En estos casos, cuando el menor deba declarar como testigo, se evitará por cualquier medio disponible su confrontación visual con el agresor.

3) La reforma también se ha dirigido a evitar la victimización del propio menor autor de un delito frente a posibles abusos por parte de otros internos de mayor edad, tratando de hacer efectiva en su máximo grado la orientación educadora de las penas.

Así, la intención declarada de la Ley es que el joven sometido a internamiento en régimen cerrado en el momento de alcanzar la mayoría de edad penal que marcan los dieciocho años pueda permanecer en el centro de menores en que se encuentra hasta su total cumplimiento. No obstante, si la conducta del menor no responde a los objetivos propuestos en la sentencia, el Juez de Menores, siempre tras oír a los especialistas y estudiar sus informes y de manera individualizada, podrá ordenar su paso a un centro penitenciario común, y siempre después de oír al Ministerio Fiscal.

Del mismo modo, en los casos en que el menor cumple veintiún años en el transcurso del cumplimiento de una de estas medidas de internamiento, aunque la regla general es su paso a un centro penitenciario, el Juez de Menores puede adoptar otra solución teniendo en cuenta circunstancias excepcionales motivadas y le aplicará régimen abierto o semiabierto.

En cualquier caso, las medidas anteriormente expuestas se refieren exclusivamente al régimen cerrado. En el caso de cualquier otro tipo de medidas, ya sean en régimen abierto o semiabierto, se asegura la permanencia en el centro de menores.

Respuesta eficaz al nuevo fenómeno de delincuencia en bandas organizadas

La reforma de la Ley ha querido ofrecer una respuesta eficaz a un nuevo fenómeno sumamente preocupante: la integración de menores en bandas y grupos organizados dedicados a cometer delitos, aunque sea de forma transitoria. Ante la gravedad de esta delincuencia, la reforma introduce la posibilidad de que el Juez pueda imponer medidas privativas de libertad en régimen cerrado a los menores delincuentes que cometan delitos como integrantes de bandas. El objetivo es conseguir alejar al menor de ese ambiente que favorece o determina de manera concluyente su comportamiento delictivo.

Respuesta proporcional y ponderada frente a los delitos más graves

La reforma de la Ley del Menor afronta la necesidad de ofrecer una respuesta más adecuada a la gravedad de ciertos hechos delictivos.

Se habilita la posibilidad de que el Juez pueda imponer medidas de internamiento para delitos graves, pero no violentos, como el tráfico de drogas, o la tenencia ilícita de armas.

En casos de delitos graves y violentos, cuya sanción se corresponde con medidas de internamiento en régimen cerrado, el periodo de internamiento se acrecienta en un máximo de un año. En los casos especialmente graves en los que se hayan cometido varios delitos de homicidios, asesinatos, agresiones sexuales o violación, el límite máximo se eleva un año por encima del vigente en la actualidad, para los menores de catorce a dieciséis años y en dos años para los menores de dieciséis a dieciocho. En todo caso, será el Juez, según su criterio, el que establecerá la duración máxima de la medida impuesta, dentro del marco fijado por la ley. Para los menores con catorce y quince años el máximo de internamiento será de seis años, y para los de dieciséis y diecisiete, hasta diez años. En ambos casos, seguido de un periodo de libertad vigilada.

Cuadro comparativo

El siguiente cuadro comparativo muestra la duración de medidas de internamiento en régimen cerrado en la redacción actual y la situación posterior tras esta reforma.

Imagen

Mejoras técnicas

El Anteproyecto introduce también una serie de mejoras de carácter técnico que permitirán un mejor funcionamiento del sistema vigente.

La reforma ha previsto que sea el Fiscal el encargado de nombrar al letrado de oficio que atenderá al menor, sustituyendo la previsión actual que disponía esperar hasta que lo hiciera el secretario del Juzgado. Esta medida se introduce con el fin de agilizar el procedimiento.

Por otra parte, se ha observado que la duración de las medidas cautelares que la ley fija actualmente, tres meses, prorrogables por otros tres, resulta a veces insuficiente. La reforma contempla un periodo inicial ordinario de seis meses, que se podrá prorrogar de manera excepcional durante otros tres.

Igualmente, en relación con la prescripción de las faltas, el periodo actual de tres meses implica la práctica impunidad en la persecución de estos hechos. Por eso, la reforma establece que dicho plazo de prescripción será de seis meses.

Presidencia del Gobierno

CREADA LA UNIDAD MILITAR DE EMERGENCIAS

  • Dará una respuesta rápida y eficaz a los ciudadanos ante situaciones de emergencia que pongan en peligro su seguridad y bienestar.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se crea la Unidad Militar de Emergencias, cuyo objetivo es dar una respuesta rápida y eficaz a los ciudadanos ante situaciones de emergencia que pongan en peligro su seguridad y bienestar.

Se trata de una iniciativa que pretende corregir la precariedad o la escasez de medios de la Administración para atender situaciones excepcionalmente adversas como grandes incendios, inundaciones, nevadas, terremotos y riesgos biológicos, químicos o radiológicos.

Las Fuerzas Armadas tienen especial capacidad de reacción, concentración de medios, transporte masivo y permanencia sobre el terreno por tiempo indefinido, afrontando situaciones de riesgo. Asimismo, tienen el valor añadido de infundir confianza en la población civil.

Dependiente del Ministerio de Defensa, la Unidad Militar de Emergencia es una unidad militar de alta cualificación y disponibilidad. Estará compuesta por 4.310 efectivos al mando de un Oficial General. Su implantación total se estima para finales del año 2008, si bien en la primera fase, antes de finales de 2006, se contará con el 25 por 100 del total de la Unidad. En la segunda fase, antes de finales de 2007, la Unidad se ampliará hasta el 75 por 100.

Con disponibilidad permanente durante todos los días del año, la Unidad Militar de Emergencia tiene como misión la intervención rápida y autónoma en cualquier lugar del territorio nacional, cuando lo decida el Presidente del Gobierno, para atender a los ciudadanos en caso de incendios forestales, grandes nevadas, inundaciones, terremotos, rescate y evacuación, y detección y descontaminación en caso de riesgos químicos y biológicos, entre otros.

La Unidad Militar de Emergencia estará desplegada en seis zonas de actuación dentro del Territorio Nacional:

  1. Base Aérea de Torrejón
  2. Base Aérea de Morón (Sevilla)
  3. Base de Bétera (Valencia)
  4. Base Aérea de Zaragoza
  5. San Andrés de Rabanedo (León)
  6. Base Aérea de Gando (Las Palmas)

Dispondrá de medios materiales propios; por ejemplo, hidroaviones apagafuegos, helicópteros, autobombas todo-terreno, ambulancias, vehículos ligeros, camiones, máquinas de movimiento de tierras, equipos quitanieves, embarcaciones y plantas de descontaminación.

Además de sus medios materiales y humanos, la Unidad Militar de Emergencia tendrá capacidad para utilizar otros medios en caso de emergencia tanto de las propias Fuerzas Armadas, como de la Guardia Civil (Servicio de Montaña y Servicio Cinológico).

Trabajo y Asuntos Sociales

SUBVENCIÓN DE TRES MILLONES DE EUROS

PARA CEUTA Y MELILLA

  • La ayuda irá destinada a programas de integración social de los inmigrantes y al mantenimiento de los servicios públicos básicos.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula una subvención directa a las ciudades de Ceuta y Melilla, destinada a programas de integración social de los inmigrantes y mantenimiento de servicios públicos básicos para el colectivo.

El importe de esta ayuda de carácter excepcional asciende a tres millones de euros, repartidos a partes iguales entre Ceuta y Melilla.

Ante la situación creada en las últimas semanas en ambas ciudades fronterizas con Marruecos, el Ejecutivo ha creído necesario la adopción de medidas especiales que permitieran no sólo restablecer la normalidad en dichas fronteras, sino también proporcionar la necesaria asistencia a los inmigrantes que han accedido a territorio español, dada la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran.

Justicia

CREADAS 181 NUEVAS UNIDADES JUDICIALES

  • A la actual planta judicial se sumarán 26 magistrados de órganos colegiados y 155 juzgados.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la planta judicial mediante la dotación de 26 nuevos magistrados de órganos colegiados y la creación y constitución de 155 juzgados, lo que suma un total de 181 nuevas unidades judiciales.

Se cumple así el compromiso de crear este año 250 unidades judiciales. Las 181 creadas hoy se unen a los 16 juzgados de Violencia sobre la Mujer, aprobados el 4 de marzo, y a las 53 unidades judiciales, aprobadas el 29 de abril.

La ampliación de la planta se debe, fundamentalmente, a las importantes reformas procesales y a las novedades legislativas relacionadas con la ley Orgánica del Tribunal del Jurado, Código Penal, Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, Ley Concursal, y las más reciente, Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Estas reformas han generado una carga de trabajo a determinados órganos que justifica la dotación de nuevas plazas de magistrados y la creación y constitución de nuevos juzgados.

DESCRIPCIÓN DE LAS NUEVAS UNIDADES

Las nuevas unidades judiciales son las siguientes:

  1. Dotación de once nuevas plazas de magistrados en los Tribunales Superiores de Justicia:
  • Seis plazas de magistrado en Salas de lo Contencioso: Canarias (en Las Palmas de Gran Canaria), Castilla-La Mancha, Castilla y León (en Valladolid), Extremadura y Región de Murcia (dos).
  • Cinco plazas de magistrado en Salas de lo Social: Principado de Asturias (dos), Canarias (en Las Palmas de Gran Canaria), Castilla y León (en Valladolid) y La Rioja.

b) Dotación de quince nuevas plazas de magistrados en Audiencias Provinciales:

  • Zaragoza, Palma de Mallorca (dos), Burgos, Barcelona (cuatro), Girona (dos), Tarragona (dos) y Madrid (tres).

c) Creación de cinco nuevas Secciones en Audiencias Provinciales:

  • Barcelona, Girona, Tarragona, Madrid y Granada (con las ya dotadas en las Secciones Tercera y Cuarta).
  1. Creación de 155 Juzgados:
  • Veintiséis Juzgados de Primera Instancia: nº 25 de Sevilla; nº 15 de Granada; nº 9 y 10 de Gijón; 8 de Oviedo; nº 19 de Zaragoza; nº 19 de Palma de Mallorca; nº 4 de Eivissa; nº 14 de Las Palmas de Gran Canaria; nº 6 de Albacete; nº 9 de León; nº 13 de Valladolid; nº 6 de Mataró; nº 6 de Terrassa; nº 6 de Reus; nº 11 de A Coruña; nº 13 de Vigo; nº 80, 81, 82, 83 y 84 de Madrid; nº 12 de Murcia; nº 7 y 8 de Pamplona y nº 8 de Donostia-San Sebastián.
  • Doce Juzgados de Instrucción: nº 4 de Jerez de la Frontera; nº 9 de Granada; nº 5 de Torremolinos; nº 12 de Palma de Mallorca; nº 4 de San Cristóbal de la Laguna; nº 4 de Salamanca; nº 6 de Valladolid; nº 5 de Sabadell; nº 5 de Elx; nº 21 de Valencia; nº 8 de Murcia y nº 5 de Cartagena.
  • Sesenta y tres Juzgados de Primera Instancia e Instrucción: nº 5 de El Ejido; nº 2 de Puente Genil; nº 4 de Ayamonte; nº 3 de Úbeda; nº 4 de Estepona; nº 8 de Fuengirola; nº 3 de Carmona; nº 2 de Estepa; nº 2 de La Almunia de Doña Gomina; nº 6 de Avilés; nº 3 de Langreo; nº 6 de Inca; nº 6 de Manacor; nº 3 de Mahón; nº 7 de Arrecife; nº 8 de Arona; nº 4 de La Orotava, nº 6 de Torrelavega; nº 2 de Villarrobledo; nº 6 de Ciudad Real; nº 3 de Tomelloso; nº 7 y 8 de Guadalajara; nº 4 de Illescas; nº 3 de Torrijos; nº 2 de Arenas de San Pedro; nº 6 de Ponferrada; nº 4 de Soria; nº 6 de Manresa; nº 5 de Mollet del Vallés; nº 6 de Rubí; nº 7 de Vilanova i La Geltrú; nº 3 de Amposta; nº 4 de Alcoy; nº 7 de Denia; nº 2 de Ibi; nº 4 y 5 de Villarreal; nº 5 de Sueca; nº 5 de Lliria; nº 7 de Gandía; nº 2 de Montijo; nº 7 de Lugo; nº 8 de Ourense; nº 2 de O Barco de Valedoras; nº 3 de Cangas; nº 8 y 9 de Alcalá de Henares; nº 7 de Alcorcón; nº 5 de Arganda del Rey; nº 6 de Coslada; nº 3 de Pozuelo de Alarcón; nº 4 de Navalcarnero; nº 6 y 7 de Torrejón de Ardoz; nº 4 de Valdemoro; nº 3 de Cieza; nº 5 de Lorca; nº 5 de Molina de Segura; nº 2 de Mula; nº 5 de San Javier; nº 4 de Totana y nº 2 de Haro
  • Catorce Juzgados de lo Penal: nº 5 de Cádiz; nº 2 de Arrecife; nº 4 de Santander; nº 3 de Toledo; nº 3 de Burgos; nº 3 de Vilanova i la Geltrú; nº 2 de Mataró; nº 5 de Girona; nº 2 de Mérida; nº 6 de A Coruña; nº 4 de Alcalá de Henares; nº 4 de Móstoles; nº 5 de Murcia y nº 3 de Ceuta.
  • Ocho Juzgados de lo Contencioso-administrativo: nº 4 de Córdoba nº 4 de Zaragoza; nº 4 de las Palmas de Gran Canaria; nº 2 de Salamanca; nº 2 de Burgos; nº 2 de Cáceres; nº 2 de Vigo y nº 6 de Murcia.
  • Trece Juzgados de lo Social: nº 4 de Almería; nº 11 y 12 de Málaga;
  • Nº 4 de Gijón; nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria; nº 5 de Santander; nº 3 de Granollers; nº 3 de Sabadell; nº 2 de Lleida; nº 17 de Valencia; nº 3 de Cáceres; nº 38 de Madrid y nº 10 de Bilbao.
  • Seis Juzgados de Vigilancia Penitenciaria: nº 2 de la Comunidad Autónoma de Aragón, con sede en Zaragoza; nº 1 de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con sede en Santander; nº 3 de la Comunidad Autónoma Valenciana, con sede en Villena; nº 4 de la Comunidad Autónoma Valenciana, con sede en Castellón de la Plana; nº 4 de la Comunidad de Madrid, con sede en Madrid y nº 1 de la Comunidad Foral de Navarra, con sede en Pamplona.
  • Seis Juzgados de Menores: nº 3 de Cádiz; nº 2 de Granada; nº 3 de Málaga; nº 3 de Sevilla; nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria y nº 4 de Valencia.
  • Seis Juzgados de Mercantil: nº 2 de Alicante; nº 1 de Castellón de la Plana; nº 2 de Pontevedra; nº 6 y 7 de Madrid y nº 2 de Bilbao
  • Un Juzgado de Violencia de la Mujer: nº 4 de Madrid.
  1. Transformación de Juzgados:
  • El Juzgado de Primera Instancia nº. 19 de Zaragoza se transforma en Juzgado de lo Mercantil nº 1 y el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Pamplona se transforma en Juzgado de lo Mercantil nº 1.

Después de oír al Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia determinará la fecha de efectividad de las nuevas plazas de magistrado, así como el inicio de la actividad de las nuevas secciones y de la entrada en funcionamiento de los nuevos Juzgados.

Con este Real Decreto se completa la programación de dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de juzgados correspondiente al año 2005.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL PROTOCOLO AL CONVENIO PARA

LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Protocolo nº 14 al Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, por el que se modifica el mecanismo de control del Convenio.

Este Protocolo ha sido firmado hasta el momento por treinta y un países -entre ellos, España, que lo hizo el 20 de mayo de 2005- y ha sido ratificado por trece Estados.

El Protocolo introduce cambios que afectan al funcionamiento del mecanismo de control establecido por el Convenio, tal y como quedó configurado tras la entrada en vigor del Protocolo Nº 11 el 1 de noviembre de 1998. No se trata de un cambio radical, como ocurrió con el mencionado Protocolo Nº 11, sino de un conjunto de enmiendas al Convenio que afectan más al funcionamiento del sistema que a su estructura, intentando dotar de una mayor flexibilidad y celeridad a la actuación del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Principales innovaciones

En concreto y en este sentido, pueden destacarse las siguientes innovaciones de importancia:

  • Se incluye un nuevo criterio de inadmisibilidad de las demandas respecto a aquellos supuestos en los que el demandante "no ha sufrido un perjuicio importante".
  • Se reconoce al Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa su derecho a intervenir como tercero en asuntos suscitados ante una Sala o la Gran Sala.
  • En relación con la ejecución de las sentencias, se refuerzan las competencias del Comité de Ministros en el ámbito de la ejecución de las sentencias del Tribunal.

Medio Ambiente

MAYOR PROTECCIÓN DE ANIMALES DE EXPERIMENTACIÓN

  • Se creará una Comisión Ética Estatal de Bienestar Animal y los centros de titularidad estatal deberán contar con un Comité Ético que deberá informar de los procedimientos que se realicen.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las normas para la protección de animales utilizados para experimentación y otros fines científicos. En la norma se incorporan las ultimas Resoluciones aprobadas en el seno del Consejo de Europa, con lo que se actualizan las normas relativas al control, mantenimiento y cuidado de estos animales.

Con este nuevo Real Decreto, se facilitará la aplicación de la normativa al aclararse algunos puntos que resultaban ambiguos en la legislación hasta ahora vigente y se precisan diversos aspectos como la distribución de competencias en la Administración o la evolución científica y técnica, que no se contemplaban en la normativa de 1988, fecha de la anterior legislación.

Además de fijar las condiciones generales de los establecimientos, en cuanto a alojamiento y manejo de los animales, condiciones de transporte e identificación, la nueva normativa incluye nuevas disposiciones orientadas a intensificar la protección de los animales de experimentación.

Comisión Ética de Bienestar Animal

En este sentido se contempla la creación de una Comisión Ética Estatal de Bienestar Animal, que supondrá un nuevo marco de participación y colaboración entre todas las Administraciones implicadas, las Organizaciones No Gubernamentales dedicadas a la defensa del bienestar animal y asociaciones profesionales especializadas en este tipo de animales. Esta Comisión informará con relación a las solicitudes de autorización de procedimientos y actuará como órgano de consulta.

Igualmente, se establece la obligatoriedad, por parte de los centros de titularidad estatal, de contar con un Comité Ético que deberá, entre otras funciones, informar sobre los procedimientos que se realicen.

Otros aspectos novedosos incluidos en este Real Decreto son la regulación de las categorías profesionales de las personas implicadas en los procedimientos y la creación de una base de datos informática, que facilitará la gestión del ya existente Registro nacional de los establecimientos de cría, suministradores y usuarios de animales de experimentación.

Medio Ambiente

AMPLIADO EL PARQUE NACIONAL DE CABAÑEROS

  • Se incorporan 1.836 hectáreas de valiosas zonas de monte mediterráneo
  • Se añaden terrenos propuestos por el Ayuntamiento de Los Navalucillos (Toledo) que son colindantes con el Parque Nacional, por lo que se la superficie total de Cabañeros asciende a 4.856 hectáreas

El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación del Parque Nacional de Cabañeros por incorporación de terrenos públicos colindantes propiedad y propuestos por el Ayuntamiento de Los Navalucillos (Toledo). Según este Acuerdo, se agregan 1.836,25 hectáreas de alto valor ecológico.

Como consecuencia de la ampliación, la superficie total del Parque Nacional se fija en 40.855,98 hectáreas, pertenecientes a los términos municipales de Navas de Estena, Retuerta de Bullaque, Horcajo de los Montes y Alcoba, en la provincia de Ciudad Real, y Hontanar y Los Navalucillos en la provincia de Toledo.

La zona ampliada pertenece a los Montes de Utilidad Pública nº 18 "Tierras de Talavera" y 19 "Tierras de Toledo", propiedad del Ayuntamiento de Los Navalucillos. La incorporación había sido aprobada, en primera instancia, por la Comisión Mixta de Gestión y el Patronato y, con posterioridad, por el Consejo de la Red de Parques Nacionales, tras solicitud expresa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previo acuerdo favorable de su Consejo de Gobierno.

Bosque mediterráneo

Cabañeros se declaró Parque Nacional hace ahora una década en representación del bosque mediterráneo. Hasta hoy, el piso bioclimático mesomediterráneo estaba ampliamente representado, pero el piso supramediterráneo tenía una mínima representación. La ampliación añade una zona excepcionalmente bien conservada en este piso superior, con rebollares y encinares, así como con enclaves de afinidad atlántica y comunidades rupícolas de carácter relicto.

Con el nuevo territorio también se cubre una laguna en el uso público, ya que el Parque Nacional podrá desarrollar actividades divulgativas hacia el norte, cuando hasta la fecha todas las posibilidades e instalaciones para visitantes estaban en el sur del Parque.

La ampliación es fruto del consenso de todos: la propuesta es del Ayuntamiento propietario, ha sido respaldada por los órganos del gobierno del Parque Nacional y por su Patronato, así como por la Comunidad Autónoma, y cuenta con una amplia aceptación social entre los residentes locales.

Valor ecológico del ecosistema

Este nuevo territorio está situado en la vertiente septentrional del Macizo de Rocigalgo, dentro de la cuenca hidrográfica del río Tajo, y abarca la cuenca del arroyo del Chorro con sus afluentes. La orografía es abrupta, con fuertes pendientes, y alberga el Cerro de Rocigalgo, el punto más alto de los Montes de Toledo (1.448 metros).

Los dos tipos de bosques dominantes son los encinares y los rebollares. Hay que destacar la presencia de formaciones relictas de abedules, alisos, sauces, acebos y tejos. De las especies presentes en la zona, al menos quince están incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas.

La fauna vertebrada es rica y variada. Se encuentran, entre otros, ciervo, corzo, jabalí, cabra montés, liebre, nutria, turón, gineta, gato montés y zorro. Entre las aves destaca la presencia del Buitre negro, que cría en el interior del Parque Nacional, y del leonado, así como las Águilas real y perdicera, y el Halcón peregrino. También está presente la Cigüeña negra.

Características para la ampliación

Los Parques Nacionales en España conforman una Red coherente, homogénea y representativa al servicio de la conservación de sus valores naturales y de su disfrute por todos los ciudadanos. Se declaran por ley de las Cortes Generales, previo acuerdo de las Asambleas de las Comunidades Autónomas en donde están situados.

La ampliación es atribución del Gobierno siempre que ésta reúna una serie de características, entre las que se encuentran, como en este caso, el incorporar terrenos colindantes públicos o que sean aportados por sus propietarios, de similares características ecológicas. Entre los rasgos requeridos también figura la representatividad del territorio, que mantenga altas condiciones de naturalidad y funcionalidad ecológica y que se asegure la continuidad, tanto física como ambiental, con el propio Parque.

Fomento

ADAPTADA LA ESTACIÓN DE BARCELONA-SANTS

PARA LA LLEGADA DE LA ALTA VELOCIDAD

  • El presupuesto de licitación asciende a 120,7 millones, para un plazo de ejecución de las obras de dieciocho meses
  • La línea Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa recibe en la última semana un gran impulso con inversiones por valor de 191,8 millones

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, a través del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la segunda fase de las obras de ampliación y mejora de la estación de Barcelona-Sants. Esta actuación permitirá la llegada de la Alta Velocidad hasta el centro de la capital catalana. El presupuesto base de la licitación asciende a 120.668.938,72 euros y cuenta con un plazo de ejecución de dieciocho meses.

En la última semana, el Gobierno ha dado un fuerte impulso al desarrollo de la línea Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa y, por tanto, a la llegada de la Alta Velocidad a la capital catalana. Prueba de ello es que en el plazo de tan sólo siete días se han aprobado inversiones en esta línea por un importe global de 191,8 millones de euros, concretamente las autorizadas hoy por el Consejo de Ministros y las aprobadas en el Consejo de Administración del ADIF el pasado viernes 30 de octubre.

Ampliación y mejora de la estación de Barcelona-Sants. 2ª Fase.

El objetivo de este proyecto es adecuar las vías y andenes, aumentar la superficie destinada al viajero, optimizando la explotación de los espacios interiores y mejorando la imagen y las instalaciones del edificio, y mejorar la accesibilidad al vestíbulo y andenes, con la creación de nuevas vías de evacuación.

Se realizarán las obras de infraestructura, vías y andenes de la estación, desde el andén 0 hasta el 5 y desde la vía 1 hasta la 11. Se llevará a cabo también la configuración de ambas cabeceras para adaptarlas a los nuevos requerimientos funcionales y de explotación de la estación.

Asimismo, se construirán un nuevo acceso al metro y nuevas salidas de emergencia desde los andenes. Se adaptarán los locales técnicos a las futuras necesidades funcionales, la apertura de huecos para las conexiones del vestíbulo con las plantas superiores y otras operaciones que implicarán actuaciones en la losa sobre vías y andenes.

Se harán también las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras, tales como demoliciones y ejecución de nuevas losas, superestructura, electrificación e instalaciones de seguridad en vías de ancho ibérico, así como las situaciones provisionales para su ejecución.

El proyecto contempla, además, los refuerzos de estructuras de cimentaciones y pilares, que permitirán el futuro aumento de edificabilidad previsto en el convenio y el Plan Especial Urbanístico de la estación.

Principales beneficios de la actuación

Los principales beneficios derivados directamente de la ejecución de la obra son los siguientes:

  • Transformación del haz de vías y andenes para adaptar al ancho UIC las seis vías lado de la montaña de las catorce vías comerciales que existirán y que permitirán la entrada de trenes de alta velocidad hasta el centro de la ciudad de Barcelona. Las ocho vías restantes, situadas en el lado del mar, serán de ancho ibérico.
  • La nueva configuración de las cabeceras dejará abierta la posibilidad de modificar, si fuese necesario, dos de las ocho vías de ancho ibérico en dos más de ancho UIC a continuación de las seis previstas.
  • La mejora de las condiciones de acceso a los andenes, con la instalación de nuevos huecos que alojarán los medios mecánicos de comunicación vertical (ascensores, escaleras y rampas mecánicas) en los andenes de alta velocidad, así como con el aumento del número de salidas de emergencia que conectan directamente con la calle.
  • La mejora de la accesibilidad a los trenes, al recrecer la altura de los andenes actuales desde los 55 cm. hasta los 76 cm. para el ancho UIC, y 68 cm. para el ancho ibérico.
  • Aumento de la calidad ofrecida al cliente al remodelar completamente los andenes, mejorando acabados e instalaciones que incluyen nuevos sistemas de información al viajero y la instalación de nuevas cámaras y puntos de intercomunicación SOS en todos los andenes.

Actuaciones Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa

Como se ha mencionado anteriormente, en la última semana se ha dado un fuerte impulso al desarrollo de la línea Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa, ya que las obras autorizadas hoy vienen a sumarse a las recientemente aprobadas por el ADIF en el Consejo de Administración, celebrado el pasado 30 de septiembre. En esta reunión se licitó la adecuación de las instalaciones de seguridad y comunicaciones en el entorno de la estación de Barcelona Sants, por valor de 9,7 millones de euros.

En el mismo Consejo, ADIF adjudicaba contratos relativos a la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa, como el de mantenimiento de la electrificación del tramo Madrid-Lleida, y el de suministro y transporte de traviesas para el tramo Castellbisbal-Can Tunis, por un importe conjunto de 22,5 millones de euros.

También se licitaban distintos contratos relativos a la electrificación del ramal de Llobregat, el montaje de vía en el subtramo Olérdola-Sant Joan Despí, y las instalaciones de seguridad y comunicaciones en el tramo Castellbisbal-Can Tunis, por un valor total de 38,9 millones de euros.

En definitiva, las inversiones aprobadas para esta línea en la última semana ascienden a 191,8 millones de euros, de los cuales 130,4 millones de euros corresponden a la estación de Barcelona-Sants.

Fomento

RENOVACIÓN DE VÍA DEL TRAMO CHINCHILLA-AGRAMÓN,

EN LA PROVINCIA DE ALBACETE

  • Próximamente se licitará la supresión de veintitrés pasos a nivel en este tramo, cumpliendo con el compromiso de Fomento para incrementar la seguridad de la línea

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras de mejora de vía y obras complementarias del tramo Chinchilla-Agramón de la línea ferroviaria Chinchilla-Cartagena. El presupuesto de licitación asciende a 42.361.164,20 euros y el plazo ejecución de las obras es de treinta meses.

Las obras licitadas consisten en la renovación de vía, que comprende la sustitución del balasto, traviesa y carril, así como las correspondientes operaciones de afinado geométrico del tramo Chinchilla-Agramón (Albacete).

Próximamente, el Ministerio de Fomento va a licitar también en este mismo tramo Chinchilla-Agramón las obras de supresión de veintitrés pasos a nivel. De esta forma, se cumple con el compromiso adquirido en mayo de 2004 por la Ministra de Fomento para incrementar la seguridad de la línea.

Renovación de vía del tramo Chinchilla-Agramón

Entre las actuaciones a realizar se han incluido las obras de plataforma necesarias para poder realizar la rectificación y mejora de dos curvas. Asimismo, la actuación contempla la ampliación y mejora de la red de drenaje longitudinal y transversal de la infraestructura actual.

Con este proyecto se pretende conseguir los siguientes objetivos:

  • Mejorar la calidad de rodadura de la vía, su estabilidad y, en consecuencia, incrementar la seguridad de circulación y reducir las necesidades periódicas de mantenimiento.
  • Elevar la velocidad de circulación de los trenes permitiendo una reducción de los tiempos de viaje.

La actuación se desarrolla sobre la totalidad de la vía comprendida entre los puntos kilométricos 301/100 y 366/756 de la actual línea férrea. Se trata de un total de 65.656 metros de vía única, sin electrificar, que discurren por los términos municipales de Chinchilla de Monte-Aragón, Albacete, Tobarra y Hellín.

Entre las obras a ejecutar también se incluye el cerramiento completo de las estaciones de Pozo Cañada, Navajuelos y Hellín, así como completar el cerramiento de la estación de Tobarra que actualmente está parcialmente cerrada. Asimismo, se incluye el cerramiento de la línea ferroviaria en los tramos semiurbanos y urbanos.

Por último, el adjudicatario deberá ejecutar una serie de obras complementarias entre las que se incluyen la construcción de muretes guardabalasto, el acondicionamiento de paseos, la colocación de señalización, postes hectométricos y de cambio de rasante, y la limpieza final de las obras para su recepción.

Conjunto de actuaciones de mejora en la línea

Las actuaciones que hoy se han autorizado tendrán su continuación con la próxima licitación de las obras de supresión de veintitrés pasos a nivel que aún existen entre Chinchilla y Agramón. Igualmente estas obras forman parte de las que el Ministerio de Fomento está realizando para la mejora de está línea férrea en su conjunto.

Con este objetivo, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) se encuentra ejecutando las obras de renovación de vía y las de supresión de pasos a nivel del tramo de la línea Chinchilla-Cartagena, comprendido entre las poblaciones de Cieza y Javalí Nuevo (Murcia).

Asimismo también se encuentran en ejecución por parte de ADIF las obras de nuevas instalaciones de seguridad (Control de tráfico centralizado, enclavamientos y bloqueos) de toda la línea Chinchilla-Cartagena, instalaciones que sustituirán al bloqueo telefónico existente.

Industria, Turismo y Comercio

CERCA DE SIETE MILLONES PARA ACTUACIONES

DEL PLAN DEL CARBÓN EN GALICIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de cinco Convenios de Colaboración Específicos de carácter plurianual entre el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras y la Consejería de Industria en Innovación de la Xunta de Galicia, que se extenderán, con cargo a los presupuestos del Instituto, a los ejercicios de 2005, 2006 y 2007.

Los convenios a suscribir son para realizar las siguientes actuaciones:

Imagen

Los Convenios de Colaboración Específicos a que se refiere el presente Acuerdo, responden a la ejecución de lo previsto en el Real Decreto de 26 de diciembre de 1997, por el que se establece un régimen de ayudas para la minería del carbón y desarrollo alternativo de las zonas mineras y, en concreto, al desarrollo de su Capítulo IV, relativo a ayudas dirigidas a proyectos de infraestructuras que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras del carbón. Con estos antecedentes, se suscribió el día 11 de febrero de 1998 un Protocolo de Colaboración entre el entonces Ministerio de Industria y Energía y la Junta de Galicia, actualizado por Acuerdo Suplementario de 16 de junio de 2005, que estipulaba que en Convenios de Colaboración Específicos adicionales al citado Protocolo se determinarían las actuaciones a realizar en desarrollo de proyectos de infraestructuras.

Sanidad y Consumo

CREADO EL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS

DE ÓPTICOS-OPTOMETRISTAS

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del proyecto de ley por el que se crea el Consejo General de Colegios Ópticos-Optometristas como corporación de derecho público, con personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Este Consejo se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Sanidad y Consumo. Su creación había sido solicitada formalmente por el Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas y por el Colegio de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Según la Ley de Colegios Profesionales de 13 de febrero de 1974, cuando existan varias organizaciones colegiales de ámbito territorial inferior al nacional se constituirá un Consejo General de Colegios, cuya creación se debe llevar a cabo a través de una ley específica. Estas circunstancias se dan en el presente caso puesto que, además de existir el Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas, existen en la actualidad varios colegios de ámbito territorial inferior al nacional: Cataluña y Castilla y León. Además, la Comunidad Valenciana y la Región de Murcia han solicitado la creación por segregación de sus respectivos Colegios.

El Proyecto, además de crear el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas y de establecer sus relaciones con la Administración General del Estado, se completa con dos disposiciones transitorias y una final. En la primera de las disposiciones transitorias se prevé la constitución de una Comisión Gestora, integrada por dos representantes del Colegio Nacional y por un representante de cada uno de los Colegios de Ópticos-Optometristas ya existentes, cuya función será la elaboración de unos Estatutos provisionales reguladores de la constitución, atribuciones y funcionamiento de los órganos de gobierno del nuevo Consejo General.

Una vez constatada la adecuación a la legalidad de esos Estatutos provisionales, función que corresponderá al Ministerio de Sanidad y Consumo, se procederá a la constitución de los órganos de gobierno, momento a partir del cual adquirirá personalidad jurídica y plena capacidad de obrar. El Consejo deberá elaborar, en el plazo de un año, los Estatutos generales para todos los Colegios, que serán aprobados por el Gobierno a través del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Agricultura, Pesca y Alimentación

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES DEL SECTOR EQUINO

  • Se destinarán al sector ganadero primario de producción de carne y animales vivos, y al sector servicios que utiliza el caballo en los ámbitos sociales, culturales y deportivos.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas al fomento y desarrollo del sector equino. Estas ayudas se destinarán, no sólo para actividades relacionadas con la producción ganadera primaria, alimentos y animales vivos, sino también para otros ámbitos empresariales, desde la utilización de équidos en turismo rural hasta actividades terapéuticas, como el uso del caballo en la adaptación de personas con minusvalías, y actividades deportivas, todas ellas generadoras de riqueza económica, creación de empleo y vertebración del mundo rural.

Con este objetivo el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación dedicará una línea presupuestaria específica, que para el año 2006 ascenderá a 2.500.000 euros, presupuesto que se repartirá a finales de año entre las distintas Comunidades Autónomas.

Producción ganadera

Para incentivar la promoción de este sector se han creado dos líneas diferenciadas de ayudas, la primera de ellas orientada a la producción ganadera, en la que se incluyen ayudas a las inversiones en empresas equinas dedicadas a la producción y cría de équidos.

Con ellas se subvencionará la construcción, adquisición y mejora de inmuebles y terrenos; la primera adquisición de animales, en caso de primera instalación; la adquisición de maquinaria; los costes de funcionamiento de la primera instalación y la mejora de la gestión medioambiental, de las condiciones de higiene y de bienestar animal.

También se concederán subvenciones para las inversiones, en pequeñas y medianas empresas agrarias equinas, dedicadas a la transformación y comercialización de carne de caballo. Se concederán para la implantación de programas voluntarios de garantía de calidad; sistemas documentales para el etiquetado y trazabilidad de las producciones, y para la compra o arrendamiento de maquinaria y equipos dedicados a tales fines; para estudios de mercado y viabilidad y diseño de productos, para actividades de formación, y para la celebración y asistencia a certámenes relacionados con la carne de caballo.

Las asociaciones y agrupaciones de productores de équidos también podrán solicitar estas ayudas cuando su destino sea la implantación de programas de calidad voluntario o de sistemas de producción diferenciada; para la asistencia técnica a las entidades asociativas y agrupaciones de productores de équidos; para la implantación de programas de manejo zootécnico y sanitario en explotaciones equinas, para la implantación de técnicas o practicas innovadoras en cría para producción de carne, así como para la celebración y asistencia a certámenes, y para campañas de promoción y difusión del consumo de carne de caballo.

Empresas no agrarias

La segunda línea de ayudas se está destinada a pequeñas y medianas empresas no agrarias y otras instituciones relacionadas con servicios en el ámbito del ocio, el deporte, así como actividades sociales, culturales o turismo rural, con la utilización de équidos.

En este marco se subvencionarán actuaciones como la adecuación de instalaciones y rutas ecuestres; la primera compra de animales y la equitación para la inclusión de la actividad ecuestre en empresas de turismo rural; el desarrollo de actividades ecuestres en el ámbito escolar o con fines terapéuticos y el fomento de la equitación de base en escuelas, fundaciones y centros formativos, como actividad complementaria a la educacional.

Administraciones Públicas

DESESTIMADO EL REQUERIMIENTO DE INCOMPETENCIA DE LA RIOJA SOBRE EL PLAN DE VIVIENDA

El Consejo de Ministros ha desestimado el requerimiento de incompetencia formulado por el Gobierno de La Rioja en relación con el Real Decreto de 1 de julio de 2005, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la Vivienda.

El Ejecutivo entiende que dicho Real Decreto viene amparado por el artículo 149.1.13ª de la Constitución, donde se atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, sin perjuicio de respetar el ámbito de actuación autonómica, tal como el Tribunal Constitucional ha sentenciado.

Medio Ambiente

MÁS DE 43 MILLONES PARA LA MEJORA DEL CANAL DEL BAJO GUADALQUIVIR Y LA MODERNIZACIÓN DE SUS ZONAS REGABLES

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de las obras correspondientes al proyecto de mejora del canal del Bajo Guadalquivir y modernización de las zonas regables del Bajo Guadalquivir (Sevilla). El presupuesto de las obras es de 43.679.706 euros y su plazo de ejecución, de 48 meses.

El proyecto tiene por objeto la ejecución de las obras de reparación del revestimiento del Canal del Bajo Guadalquivir en toda su traza y la instalación de nueve compuertas. Se distinguen unos tramos de 10,5 kilómetros de longitud total, que requieren demolición total y reconstrucción del revestimiento; otros tramos de 52,5 kilómetros de longitud total, en los que se precisa la reparación del revestimiento existente, y un tercer grupo de tramos de 49,5 kilómetros de longitud, que solamente requieren una limpieza. Las obras no producen afección a espacios protegidos ni a la red Natura 2000.

Medio Ambiente

MODIFICADO EL CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN Y LA

SOCIEDAD ESTATAL AGUAS DE LA CUENCA DEL TAJO

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del convenio de gestión directa que regulaba las relaciones de la Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Medio Ambiente, y la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Tajo, S.A., desde el 12 de abril de 2002.

Esta modificación que hoy se aprueba viene motivada por la encomienda de gestión a la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Tajo de las nuevas infraestructuras hídricas de interés general del Estado definidas en el Real Decreto Ley de 18 de junio de 2004 y, posteriormente, en la Ley de 22 de junio de 2005 por la que se modifica el Plan Hidrológico Nacional.

El convenio que ahora entra en vigor contempla también cláusulas relativas a las fuentes de financiación del coste de las actuaciones de Aguas de la Cuenca del Tajo y en este marco hay que decir que dichas fuentes serán:

  • Fondos propios de la Sociedad.
  • Aportaciones que la Sociedad Estatal reciba de instituciones públicas o de sujetos privados.
  • Fondos de la Unión Europea.
  • Acudiendo a los mercados financieros, a través de la concertación de las correspondientes operaciones de captación de recursos ajenos.

Delimitación de competencias

Dentro de las competencias que corresponden al Ministerio de Medio Ambiente referidas a las obras que realice Aguas de la Cuenca del Tajo, el convenio contempla las siguientes:

  • La aprobación de los proyectos, así como la declaración de impacto ambiental cuando proceda.
  • La inspección y control de las actuaciones durante su construcción y explotación.
  • La constatación de la ejecución de las obras conforme al proyecto aprobado, al finalizar su ejecución.
  • La recepción de la infraestructura, por entrega de Aguas de la Cuenca del Tajo, cuando sea requerida por la Administración.

Corresponden a Aguas de la Cuenca del Tajo las siguientes competencias:

  • La redacción material de los proyectos de las obras, incluyendo los estudios previos necesarios y la redacción, en su caso, del estudio de evaluación de impacto ambiental, cuando proceda.
  • La contratación con terceros de la construcción de las obras comprendidas en el Adicional de este convenio.
  • La dirección de las obras.
  • La recepción de las obras en los términos establecidos en el contrato suscrito para su ejecución.

El convenio que hoy se aprueba tiene dos aspectos más que conviene resaltar: Primero, en cuanto a la explotación de las obras, cuando ésta corresponda a Aguas de la Cuenca del Tajo, se llevará a cabo siempre mediante convenios específicos que habrán de suscribirse entre las partes; segundo, las expropiaciones de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras por parte de Aguas de la Cuenca del Tajo corresponderá a la Administración General del Estado.

Este convenio estará vigente hasta la entrega a la Administración General del Estado de todas las infraestructuras ejecutadas por Aguas de la Cuenca del Tajo al amparo del mismo.

Medio Ambiente

REPARACIÓN DE UNA AVERÍA EN EL EMBALSE

DE LA LAGUNA (ISLA DE LA PALMA)

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia para la reparación de una avería en el embalse de La Laguna, en el municipio de Barlovento, en la Isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).

Cuando el embalse de La Laguna alcanzó el máximo nivel de agua de 17,5 metros, con unos 2,2 hm³ de agua embalsada, se observó que el sistema de drenaje de la balsa estaba desbordado y el agua inundaba las instalaciones de acceso a los pozos de control de drenaje y a las instalaciones electromagnéticas de manejo de las compuertas. Esta situación ha obligado a proceder al vaciado del embalse para minimizar las pérdidas y preparar su reparación inmediata, ya que se han detectado numerosas averías por roturas en la lámina del talud.

Con un presupuesto de 3.500.000 euros se van a llevar a cabo las siguientes actuaciones, que son imprescindibles para reparar dicha avería y recoger el agua de escorrentía el próximo invierno:

  • Establecimiento de un acceso provisional para introducción de medios mecánicos al fondo del embalse y restitución del mismo tras la finalización de los trabajos.
  • Limpieza y retirada de arrastres y depósitos del fondo de la balsa.
  • Inspección del interior de las conducciones de toma y desagüe de fondo.
  • Retirada y posterior restitución de lámina, geotextil, material drenante (grava) y excavación del material de relleno que se dispone a lo largo de la traza de las conducciones de salida en el tramo "0" de 124 metros de longitud.
  • Sustitución de las conducciones de toma, desagüe de fondo y conducciones de drenaje por conducciones de PEAD.

Trabajo y Asuntos Sociales

CONVENIO CON UGT PARA ELIMINACIÓN DE ESTEREOTIPOS DE GÉNERO EN EL ÁMBITO LABORAL

El Consejo de Ministros ha autorizado un crédito de 50.000 euros para la suscripción de un convenio bianual entre el Instituto de la Mujer y la Unión General de Trabajadores.

El objeto de este convenio de colaboración es la eliminación de estereotipos de género en el ámbito laboral y en las organizaciones sindicales, para mejorar las condiciones de trabajo y lograr una mayor eficacia de la acción sindical en la defensa de los derechos de las trabajadoras.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

RATIFICACIÓN DEL TRATADO DE ADHESIÓN A LA UNIÓN EUROPEA POR PARTE DE BULGARIA Y RUMANIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de Adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de la República de Rumania.

Las negociaciones de adhesión con Bulgaria y Rumania se iniciaron en el año 2000. El 11 de febrero de 2005 la partes dieron su visto bueno al texto final del Tratado de Adhesión de ambos países. La Comisión y el Parlamento Europeo emitieron su dictamen. El Tratado de Adhesión se firmó en Luxemburgo por España, junto con los demás Estados miembros, el 25 de abril de 2005, previa autorización del Consejo de Ministros en su reunión de 22 de abril de 2005.

El Tratado de Adhesión de Bulgaria y Rumania fue negociado de conformidad con lo previsto en el Tratado de la Unión Europea, y se ajustó, asimismo, a los requisitos establecidos por los Consejos Europeos de Copenhague, celebrado en junio de 1993, y de Madrid, de diciembre de 1995.

Con posterioridad, el Consejo Europeo de Bruselas de diciembre de 2004 ratificó la conclusión de las negociaciones de adhesión con los dos Estados adherentes y expresó su deseo de que formen parte integrante de la Unión Europea el 1 de enero de 2007.

Fomento

REGULADAS LAS CONDICONES DE TRANSPORTE

DE MERCANCIAS PERECEDERAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre transportes de mercancías perecederas y vehículos especiales utilizados en los mismos.

El transporte internacional de mercancías perecederas está legislado por el Acuerdo internacional (ATP) realizado en Ginebra en 1970. La norma establece las medidas por las cuales se aseguran las condiciones de conservación y calidad de las mercancías perecederas durante su transporte internacional.

El objetivo del Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros es que las normas establecidas en este acuerdo internacional sean de estricta aplicación también en el territorio nacional.

Un Real Decreto del Ministerio de Industria del año 2000 contempla las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos que se dedican a estos transportes, así como las inspecciones y certificaciones de dichos vehículos.

Sin embargo, hasta ahora no se recogía en la legislación nacional una normativa específica sobre las condiciones de transporte, por lo que con este Real Decreto se consigue un mayor control en el mantenimiento de las condiciones de calidad necesarias de los productos alimenticios durante su transporte.

Economía y Hacienda

RÉGIMEN DE INGRESO DE LOS BENEFICIOS DEL

BANCO DE ESPAÑA EN EL TEROSO PÚBLICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre el régimen de ingreso en el Tesoro Público de los beneficios del Banco de España. La norma establece las fechas y porcentajes en los que el Banco de España ingresará en el Tesoro Público los beneficios devengados y contabilizados en sus cuentas que sean imputables al Tesoro.

Así, el primer día hábil del mes de noviembre de este año se deberá ingresar el 70 por 100 de dichos beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de este año. El segundo ingreso se retrasa desde el mes de febrero al de marzo. La norma prevé, además, que el Consejo de Ministros acordará los beneficios que serán ingresados en el Tesoro Público.

Por otra parte, dado que el régimen establecido en la Decisión del Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo de 6 de diciembre de 2001, sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros participantes a partir del ejercicio de 2002, prevé un período transitorio que se extiende hasta el ejercicio de 2007, el Real Decreto permanecerá vigente hasta la finalización del mismo.

Hasta ahora, este régimen había estado regulado por un Real Decreto de 1999 en el que se contemplaba un régimen temporal limitado a los ejercicios de 1999, 2000 y 2001. Posteriormente, otro Real Decreto de 2002 extendió el mismo régimen a los ejercicios de 2002, 2003 y 2004.

Economía y Hacienda

AUTORIZADA LA EMISIÓN DE DEUDA A LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Andalucía a realizar una emisión de Deuda Pública por un importe máximo de ciento cincuenta millones de euros.

Esta operación se enmarca dentro del Programa Anual de Endeudamiento acordado entre el Estado y dicha Comunidad Autónoma.

Medio Ambiente

CONVENIO PARA UN SISTEMA DE ALERTA FRENTE A SEQUÍAS Y DESALACIÓN POR ENERGÍAS RENOVABLES

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General del Agua, y la Universidad Politécnica de Cartagena para la realización de estudios y asesoramiento sobre el desarrollo de un sistema de alerta temprana frente a sequías y desalación de agua de mar por energías renovables eólica y solar, sin emisión de salmuera.

Los objetivos del convenio son los siguientes:

  • Desarrollo de un sistema de alerta temprana frente a sequías de nivel regional para las cuencas del río Júcar y del río Segura.
  • Desalación de agua de mar por energías renovables eólica y solar sin emisión de salmuera.

El convenio contará con un presupuesto de 153.460 euros y el plazo de realización de la totalidad del estudio se estima, sin perjuicio de una posible prórroga, en doce meses.

Medio Ambiente

CONVENIOS PARA ESTUDIOS SOBRE INCENDIOS FORESTALES Y AGRICULTURA COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de dos convenios de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Castilla-La Mancha. Ambos se distribuirán en dos anualidades, 2005 y 2006.

El primer convenio se refiere a la elaboración y el suministro de información relevante a efectos de planificación de medios en la lucha contra los incendios forestales en la Península Ibérica y las Islas Baleares. La dotación presupuestaria asciende a 150.000 euros.

El segundo tiene por finalidad la realización del estudio "Bases ecológicas para la definición de las prácticas agrarias compatibles con la directivas de Aves y Hábitats, con un presupuesto de 27.098 euros, de los cuales el Ministerio de Medio Ambiente aporta 17.098 euros y la Universidad, los 10.000 restantes.

Evaluar la eficacia de la lucha contra el fuego

El Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Castilla-La Mancha suscribieron en abril un Convenio Marco de Colaboración General en el campo de la información, formación e investigación en medio ambiente. En concreto, en el ámbito de los incendios forestales, contempla la posibilidad de realizar estudios y trabajos que permitan evaluar mejor la eficacia de las medidas de protección y la planificación de medios en zonas de interfaz urbano/forestal, identificación de causas, dinámica de incendios, así como sus repercusiones.

El objeto del Convenio hoy aprobado es la aplicación de las investigaciones, datos y metodologías disponibles en el Instituto de Desarrollo Regional de la Universidad a la puesta a punto de un sistema de planificación de medios para la lucha contra los incendios, asociados a los niveles de riesgo de incendio. Este sistema se pondrá a disposición del Centro de Coordinación de la Información Nacional del Ministerio de Medio Ambiente.

El estudio constará de tres fases: delimitar sobre un Sistema de Información Territorial, a escala 1:25.000, los usos del suelo; delimitar áreas homogéneas con respecto a la frecuencia histórica mensual de incendios y de la caída de rayos y elaborar la metodología y su aplicación para cada área homogénea definida en la fase anterior.

Al final de este estudio se podrán hacer propuestas de localización y ordenación de los medios de lucha contra los incendios forestales del Ministerio y recomendaciones de actuación localizadas para la prevención en áreas de riesgo alto o muy alto.

Buenas prácticas agrarias y ganaderas

Las recientes reformas de la Política Agraria Común han introducido, como requisito para que las explotaciones agrícolas puedan recibir ayudas, las buenas prácticas agrarias y medioambientales. En ese sentido, la normativa se remite a la protección de zonas y especies que se establecen en las Directivas de Aves y de Hábitats.

El objetivo principal de este proyecto es definir las prácticas agrícolas y ganaderas compatibles con estas dos Directivas comunitarias que se encuentran incorporadas al ordenamiento jurídico español.

Para ello, el Departamento de Ciencias Ambientales de la Facultad de Ciencias de Medio Ambiente de la Universidad de Castilla-La Mancha recopilará toda la información disponible sobre los efectos de las prácticas agrícolas y ganaderas en los organismos y hábitats incluidos en los anexos de las Directivas. Esta ordenación sistemática de datos permitirá deducir las actividades que podrán ser consideradas compatibles con la conservación de especies y ecosistemas.

Una vez establecidas las buenas prácticas, se desarrollará un protocolo general para la evaluación rigurosa de la compatibilidad. De los resultados obtenidos se podrán derivar criterios prácticos de certificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para explotaciones concretas.

Medio Ambiente

CONVENIO PARA INVESTIGACIÓN MEDIOAMBIENTAL EN LA DEFENSA JURÍDICA DE PROYECTOS Y OBRAS HIDRÁULICAS

El Consejo deMinistros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General del Agua, y la Cátedra de Medio Ambiente de la Universidad de Alcalá de Henares en materia de información e investigación medioambiental para la defensa jurídica de los proyectos y obras hidráulicas.

Los objetivos del convenio son los siguientes:

  • Asesoramiento sobre documentos de contenido técnico medioambiental integrados en aquellos proyectos de obras hidráulicas que sean objeto de posibles recursos.
  • Asesoramiento sobre el significado y alcance de los documentos técnicos de signo medioambiental que puedan ser aportados por las partes contrarias en los procesos que se susciten.
  • Emisión, en su caso, de dictámenes periciales para su aportación a juicio y otros informes técnicos, así como su ratificación judicial.
  • Aporte de la documentación bibliográfica pertinente como complemento para asesoramiento técnico requerido.

El convenio contará con un presupuesto de 154.000 euros y el plazo de vigencia se estima, sin perjuicio de una posible prórroga, en veinticuatro meses.

Industria, Turismo y Comercio

CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA AL GRUPO DE

ESTUDIOS DEL PLOMO Y DEL ZINC

El Consejo de Ministros ha acordado hoy formalizar los compromisos financieros para el año 2005 resultantes de la pertenencia de España al Grupo Internacional de Estudios del Plomo y el Zinc y ha autorizado la transferencia de 32.226,59 euros para financiar las actividades que ejecuta directamente el Grupo, con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Dicho Grupo, al que pertenece España desde 1960, es una organización intergubernamental creada al amparo de Naciones Unidas, que proporciona un foro internacional para el intercambio de información sobre los asuntos relacionados con estos metales y está reconocida como única fuente internacional de la estadística industrial del plomo y del zinc. Organiza, por lo menos, dos encuentros anuales entre Gobiernos y representantes de las industrias de los países productores y consumidores.

El objetivo fundamental de la pertenencia de España al Grupo es asegurar la transparencia del mercado mediante el conocimiento de las explotaciones y las reservas mineras, de las industrias de beneficio y transformación y de los intercambios del plomo y del zinc, mediante un continuo flujo de información entre los agentes del mercado, materializado, entre otros, en informes estadísticos, estudios económicos y de precios mensuales, reuniones de trabajo y conferencias internacionales.