Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención del ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez

25.3.2011

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La Moncloa, Madrid

Sr. Gómez.- En efecto, hemos acordado en el día de hoy el contenido del Proyecto de Ley de reforma del sistema español de pensiones. Es un Proyecto de Ley que, prácticamente en su inmensa mayoría, responde al contenido original del Anteproyecto aprobado ya hace algunas semanas. Era necesario evacuar algunos informes, muy especialmente el informe del Consejo Económico y Social de España, informe que ya se ha producido e informe que ha sido muy útil para el Gobierno.

Yo quiero agradecer expresamente el trabajo que han desarrollado los consejeros del CES. Ha sido un trabajo que yo diría que en un 70 ó en un 80 por 100, incluso, en cuanto a sus recomendaciones ha sido incluido dentro del contenido del Proyecto de Ley. Ha sido un trabajo, por consiguiente, útil sobre una de las materias, probablemente la materia más compleja, de nuestra legislación socio-laboral, como son las pensiones.

La reforma, por consiguiente, y su inmensa mayoría, reitera el contenido que ya conocen todos ustedes. La reforma pretende dar respuesta al desafío del envejecimiento de nuestra población, a un envejecimiento que va a ser diferencialmente mayor incluso que el que sufrirán otras sociedades europeas. Es una reforma amplia, como ninguna otra en la historia de España; es una reforma equilibrada y es también una reforma intensa.

Su impacto en la configuración del sistema español de Seguridad Social no comenzará a notarse hasta dentro de algún tiempo pero, cuando transite por todo el período previo previsto, que es un período amplio, será una reforma que dará una gran seguridad, una mayor seguridad, a la sostenibilidad financiera de nuestro sistema de pensiones.

La reforma se asienta en cuatro principios; el primero, el más importante, el de la sostenibilidad. Necesitamos y queremos un sistema de pensiones que sea capaz de garantizar las pensiones del futuro.

El segundo principio, el de su adecuación. La reforma trata de combinar el hecho de que haya una mayor relación entre lo que cada día empresarios y trabajadores aportan al sistema de Seguridad Social y lo que son después los contenidos de sus prestaciones: el importe de las pensiones.

La reforma está concebida --creo que ése ha sido uno de los grandes aportes del proceso de diálogo-- desde la flexibilidad. Se refuerza una concepción flexible de la jubilación, como un derecho que se puede ejercer a través de diversas fórmulas; como un derecho que no se limita exclusivamente a la posibilidad de jubilarse con 67 años, sino que tiene un abanico amplio de posibilidades de hacerlo a partir de los 63 años, pasando también por los 65 años, como en la actualidad, e incluso manteniendo una situación excepcional, cuando las empresas sufren crisis, a partir de los 61 años.

El cuarto gran principio de la reforma, y hemos insistido también durante este tiempo en ello, es su gradualidad. La reforma entrará en funcionamiento a partir del 1 de enero de 2013; pero será una reforma gradual, poco a poco, que pueda ser encajable por el conjunto de las empresas y de los trabajadores; que los pensionistas tengan tiempo de prever cono suficiente antelación sus efectos y que no se verá culminada completamente hasta el año 2027.

Éste es el contenido esencial de los principios de una reforma que, en general, ha obtenido --ésta es la opinión del Gobierno-- un gran respaldo, un importante respaldo, por parte de los agentes sociales que han podido comprender bien los principales retos a los que se enfrentan los sistemas de pensiones en el conjunto de Europa y también, por supuesto, en nuestro país.

Las líneas de reforma elevan, por supuesto, la edad de jubilación. Se trata de una elevación lenta, gradual y flexible; se trata de una elevación que sólo será de 67 años en el año 2027 y en todo momento será posible seguirse jubilando a los 65 años cuando se tiene una carrera larga de cotización, que la hemos definido en los 38 años y medio. Y sigue existiendo el derecho a la jubilación en situaciones de crisis a partir de los 61 años.

Hay un nuevo derecho, que me gusta resaltar especialmente, que es el derecho a la jubilación voluntaria a partir de los 63 años; un derecho que pueden ejercer todos los trabajadores, tanto los trabajadores por cuenta ajena, como los trabajadores autónomos, y que no lo tenían ni los trabajadores por cuenta ajena ni los trabajadores autónomos. En el caso de los trabajadores autónomos, y también, por supuesto, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, es necesario que la pensión resultante no dé derecho a un complemento a mínimos, porque lo que estaríamos haciendo es estimular, efectivamente, el que la cotización sea inferior y la reforma pretende siempre elevar los ingresos del sistema, hacerlo más sólido, a base de que todo el mundo cotiza por sus ingresos y también los autónomos cotizan cada vez más por sus ingresos nominales.

Se contemplan, por supuesto, dos situaciones específicas. Ahí no ha habido modificación, si acaso una leve ampliación de alguna de las cuestiones que habíamos ya reflejado en el Anteproyecto. Se sigue reflejando la posibilidad de que las mujeres y los varones, cuando tengan que afrontar el cuidado de algún hijo, puedan tener reconocido, en el momento de su edad ordinaria, nueve meses de cotización por cada uno de los hijos, hasta un máximo de dos años.

Y en el caso, sobre todo, de los jóvenes, hemos planteado, efectivamente, la posibilidad de que durante el tiempo que están como becarios, el tiempo que están en desempeño de funciones que no son laborales pero que están remuneradas, puedan, efectivamente --con cotización, naturalmente; no gratuitamente--, también ver reconocidos esos derechos como si de una parte de su vida laboral se tratara. Hemos elevado también en este caso la recomendación del CES también para los investigadores, aunque no tengan una actividad directamente remunerada.

El resto de las cuestiones son cuestiones que ustedes conocen bien y que la sociedad española ha tenido ocasión de conocer bien durante estos meses. Las pensiones se han convertido en uno de los principales asuntos del debate público prácticamente desde el mes de diciembre. No hay en ese sentido ninguna otra novedad respecto de las conocidas.

El período de cálculo pasará a ser un período de cálculo que, de los quince años actuales, pasará a ser un periodo de veinticinco; pero también será nuevamente con gradualidad, aumentando un año más de período de cálculo conforme pase el tiempo. En 2022 se tendrán en cuenta los veinticinco años. Y, a su vez, se incorpora una fórmula, que pensamos que es una fórmula equilibrada, para cuando exista algún tipo de laguna de cotización durante ese período de cálculo.

En términos generales, el Gobierno está satisfecho con el resultado de este proceso de conversión del Anteproyecto en Proyecto de Ley. Dijimos al final del año 2010 que durante el primer trimestre del año habría una reforma en nuestro sistema de pensiones; dijimos que nos gustaría que esa reforma fuera una reforma dialogada y pactada; dijimos, además, que sería importante que antes de que culminara el primer trimestre esa reforma estuviera en el Parlamento y exactamente lo que dijimos unos meses después lo hemos cumplido, dando cuenta hoy de la aprobación por el Consejo de Ministros del Proyecto de Ley de reforma de nuestro sistema de pensiones.