Estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales

28.1.2020

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto, a propuesta de la ministra de Política Territorial y Función Pública, sobre la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, que complementa las modificaciones introducidas por el Real Decreto 2/2020, del pasado 12 de enero, y con la que el nuevo Gobierno pretende comenzar, sin más demora, sus tareas como órgano político que dirige la Administración General del Estado y sus compromisos con la ciudadanía.

La nueva estructura se rige por el principio de racionalidad y eficiencia en la composición de los órganos superiores de los departamentos, creando solo los que se consideran absolutamente necesarios para la acción de los ministerios y para facilitar el cumplimiento de los objetivos prioritarios para desarrollar el programa del Gobierno.

Objetivos de la nueva estructura

-La nueva distribución de todos los órganos superiores y directivos de la Administración procedentes de los 22 departamentos actuales, en función de sus competencias.

-El respeto a la propuesta de denominación para cada uno de estos órganos, que cada ministerio ha entendido se adecúa al proyecto político del Gobierno.

-Cada departamento ministerial deberá aprobar a partir de ahora un Real Decreto que desarrolle su propia estructura básica.

Este Real Decreto se aprueba en cumplimiento de lo que dispone la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, según la cual las subsecretarías, las secretarías generales, las secretarías generales técnicas, las direcciones generales, las subdirecciones generales y órganos similares a los anteriores se crean, modifican y suprimen por Real Decreto del Consejo de Ministros.

Asimismo, esta norma establece, en aras de un funcionamiento más eficiente y para garantizar una prestación de servicios públicos de calidad, mecanismos específicos de coordinación en determinadas áreas de actuación en la que participan diversos Ministerios. Áreas como Inspección de Trabajo, Investigación y en el área de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

19 nuevos órganos directivos nuevos

Se ha procurado compensar la creación de nuevos órganos directivos con la supresión de otros ya existentes y se han adaptado, asimismo, algunas denominaciones para reflejar mejor las competencias asumidas por otras secretarías generales y direcciones generales.

El Real Decreto que hoy se aprueba supone la creación neta de 19 órganos directivos (5 órganos directivos con rango de subsecretaría y 14 con rango de dirección general).

Se crean 5 Secretarias Generales con rango de Subsecretaría:

-Secretaría General de Formación Profesional.

-Secretaría General de Función Pública.

-Secretaría General de Cultura.

-Secretaría General de Innovación.

-Secretaría General de Consumo y Juego

También se crean 9 Direcciones Generales, si consideramos que la Dirección General de Formación Profesional se ha suprimido:

-Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria

-Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura

-Dirección General de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica

-Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio

-Dirección General de Servicios en Transición Ecológica

-Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación

-Dirección General de Políticas contra la Despoblación

-Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios sociales

-Dirección General de Derechos de los Animales

-Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI

Por otra parte, se crean las 5 Secretarías Generales Técnicas, de los cinco nuevos ministerios, por tratarse de una exigencia legal.