5.000 millones para que los ayuntamientos colaboren en la recuperación social y económica

4.8.2020

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas financieras, de carácter extraordinario, para las Entidades Locales. Esta norma recoge el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Hacienda y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que permitirá movilizar hasta 5.000 millones para los ayuntamientos con remanentes de tesorería y destinarlos a programas de cuidados de proximidad, movilidad, vivienda, desarrollo sostenible y promoción de la actividad cultural.

Con esta medida, el Gobierno muestra su compromiso con las Entidades Locales al atender una de las peticiones históricas y permitir por primera vez que los remanentes acumulados a lo largo de los años se traduzcan en una mayor capacidad de gasto. También refuerza la autonomía local al incrementar sus ingresos y amplía la capacidad de la administración municipal para responder a las necesidades de los ciudadanos en un momento de emergencia sanitaria.

Así, los ayuntamientos podrán destinar los 5.000 millones a grandes áreas como la política de cuidados, la movilidad sostenible, la agenda urbana o el apoyo a la cultura. En concreto, y entre otras muchas medidas los municipios podrán utilizar los recursos que les transferirá el Estado para aumentar los servicios y programas para las personas mayores, dependientes o con discapacidad; reforzar el sistema de ayuda a domicilio y el servicio de Teleasistencia; mejorar los servicios de atención para víctimas de violencia de género; construir y mejorar las escuelas infantiles entre 0 y 3 años; incrementar la vivienda en alquiler a precios asequibles; fomentar la movilidad sostenible con la construcción de carriles bici, desarrollar acciones en zonas de protección medioambiental o aprobar políticas de apoyo a la promoción cultural.

Un mecanismo voluntario

La Ley de Estabilidad Presupuestaria y la Constitución Española impiden que las Entidades Locales registren déficit. Ante esta situación, el Real Decreto-ley recoge el procedimiento acordado entre el Ministerio de Hacienda y la FEMP, que permitirá a los ayuntamientos aumentar sus ingresos y, con ello, su capacidad de gasto, respetando la normativa vigente y permitiendo ofrecer servicios públicos de mayor calidad.

En concreto, el decreto establece que las Entidades Locales que así lo deseen constituirán voluntariamente un préstamo a favor de la Administración General del Estado por el total de sus remanentes de tesorería.

Una vez conocido el volumen de esos fondos, el Estado realizará un ingreso no financiero a las Entidades Locales participantes. El importe de dicho ingreso supondrá para cada municipio, como mínimo, el 35% de los fondos aportados al préstamo a la Administración Central, y se incrementará hasta totalizar un importe de 5.000 millones de euros entre todas las entidades participantes.

El Estado transferirá a las entidades locales un máximo de 2.000 millones en 2020 y 3.000 millones en 2021. El dinero se liberará en dos años para atender la petición de la FEMP de dar a los ayuntamientos un plazo suficiente para ejecutar los 5.000 millones. Además, el Estado devolverá el importe íntegro del préstamo en un plazo de 10 años a contar desde 2022 aunque el plazo podría alcanzar los15 años si la Dirección General del Tesoro y Política Financiera ofrece condiciones más ventajosas.

Por tanto, los ayuntamientos recibirán la devolución íntegra de sus remanentes y, además, contarán con la movilización adicional de 5.000 millones repartida en los ejercicios 2020 y 2021. Las transferencias realizadas por el Estado se imputarán como un ingreso no financiero para los ayuntamientos, lo que les permitirá incrementar su gasto sin incurrir en déficit. Es decir, el Gobierno asume la responsabilidad y el coste del incremento presupuestario municipal para asentar la recuperación social y económica.

Agilizar los plazos

El objetivo es agilizar al máximo la transferencia a los ayuntamientos de estos recursos necesarios para afrontar los efectos provocados por la COVID-19.

En este sentido, los municipios que así lo decidan, tendrán hasta el 15 de septiembre de 2020 para trasladar su compromiso firme, vinculante e irrenunciable de transferir sus remanentes de tesorería. El Gobierno, a su vez, se compromete a abonar los 2.000 millones del fondo correspondiente a 2020 en el período de un mes desde que finaliza el plazo para adherirse al mecanismo. Esto significa que los ayuntamientos contarán con los recursos antes del 15 de octubre de 2020.

A través de esta fórmula, los ayuntamientos que cuenten con remanentes de tesorería y que así lo deseen podrán incrementar sus ingresos y capacidad de gasto para mejorar los servicios que ofrecen a los ciudadanos, colaborar en la tarea de reconstrucción del país tras la emergencia sanitaria y respetar al mismo tiempo el equilibrio presupuestario.

Regla de gasto

Además, el decreto aprobado hoy incluye otra serie de medidas que buscan aliviar la presión sobre las arcas municipales en un contexto de emergencia como el actual. En concreto, contempla que ante la grave situación provocada por la pandemia, excepcionalmente no se exigirá el cumplimento de la regla de gasto para las Entidades Locales durante el ejercicio 2020.También se permitirá excepcionalmente prorrogar el procedimiento de ejecución de inversiones financieramente sostenibles, cuyos proyectos se iniciaron en 2019 y que se estén financiando con superávits de 2018.

Asimismo, también se recoge que en el próximo curso político se constituirá una mesa de trabajo técnica entre la FEMP y el Gobierno para sentar las bases de la reforma del sistema de financiación local.

Fondo de Transporte

Por otra parte, el acuerdo contempla que en los Presupuestos Generales del Estado se incluirá un Fondo de 275 millones para compensar el déficit extraordinario de los servicios de transporte de competencia municipal durante el período del Estado de alarma, así como el que se produzca hasta final de 2020 por reducción de los ingresos por tarifa y costes extraordinarios ocurridos por la COVID.

El Fondo se podrá ampliar a 400 millones siempre que se justifique y acredite la insuficiencia de la dotación inicial.

Apoyo a municipios con problemas de liquidez

El acuerdo establece mecanismos para que las diputaciones provinciales y entidades equivalentes den apoyo a municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en riesgo financiero. Para ello, se crean dos instrumentos:

-Se permitirá formalizar préstamos o concertar operaciones de crédito con los ayuntamientos para financiar el remanente de tesorería negativo que presenten dichas entidades al cierre del ejercicio de 2019.

-Se permitirá realizar, con cargo al superávit de 2019, transferencias corrientes a estos ayuntamientos con problemas, de carácter finalista, considerándose excepcionalmente en 2020 como inversiones financieramente sostenibles y no computando en regla de gasto.

Asimismo, se estudiará la revisión de las condiciones financieras de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Entidades Locales. En concreto, se posibilita la financiación de las deudas con acreedores públicos que se estén compensando mediante retenciones de la participación en tributos del Estado o que se estén cancelando mediante acuerdos de fraccionamiento y aplazamiento suscritos con dichos acreedores, fundamentalmente, la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social. Esta medida va dirigida a municipios que se encuentran en situación de riesgo financiero y con deudas con estos organismos públicos. Con esta medida, podrán cancelar sus deudas y sustituirlas por préstamos con el Fondo de Financiación de EELL.

Además, para municipios que hayan presentado en los dos últimos ejercicios problemas de liquidez o solvencia se posibilita la consolidación de deuda a corto en deuda a largo plazo. Con esta medida, se reducirán las tensiones de tesorería.

Por otra parte, debido a la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, el decreto establece las normas para el cálculo de la liquidación definitiva de la participación de las Entidades Locales en los tributos del Estado del año 2018.

Apoyo constante a los municipios

Se ha mostrado un apoyo constante a los ayuntamientos. Prueba de ello es que, pese a la crisis sanitaria, el parón de la actividad y la caída de ingresos, Hacienda mantiene las entregas a cuenta de 2020 para los ayuntamientos. Es decir, se protegen los recursos de los ayuntamientos e impide que la caída de la recaudación se traduzca en una reducción de las entregas a cuenta, que este año han ascendido a 18.879 millones.

Además, también se aprobó en marzo la posibilidad de que las entidades locales destinaran 300 millones de su superávit para financiar gastos de inversión en servicios sociales y prestaciones de atención primaria y atención a la dependencia.

Y, el pasado mes de junio, se aprobó que las entidades locales pudieran destinar en 2020 un 7% de su superávit para financiar gastos de inversión en vehículos eléctricos o con etiqueta ambiental cero o, en última instancia, con etiqueta ECO.

IVA a tipo cero en la entrega de material sanitario

El Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros de hoy también incluye mantener hasta el 31 de octubre de 2020 la aplicación del tipo del 0% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario esencial para combatir la COVID-19. La decisión afecta a los productos sanitarios que tengan como destinatario una entidad pública, clínicas y centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social.

La medida se incluye en el Real Decreto-ley aprobado hoy y tiene efectos desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. En dicho Real Decreto, con base en una Decisión de la Comisión Europea, ante la necesidad de combatir la pandemia y facilitar de forma prioritaria que el suministro de material sanitario se realizase de forma rápida y efectiva, se estableció hasta el 31 de julio la aplicación de un IVA del 0% a estos productos.

Dado que el 23 de julio se ha aprobado una nueva Decisión de la Comisión Europea prorrogando la aplicación del tipo impositivo del 0% de IVA hasta el 31 de octubre, el Gobierno extiende también la medida, puesto que se ha constatado su eficacia.

En el Real Decreto-ley aprobado hoy se actualiza la relación de bienes a los que es de aplicación esta medida que pretende garantizar la respuesta del sistema sanitario en la segunda fase de control de la pandemia, una vez ya iniciado el período de nueva normalidad. Entre otros, se han añadido al listado los hisopos con medio de transporte viral, que no estaban incluidos en la relación anterior. Todos se beneficiarán de un IVA al 0% con efecto retroactivo desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas complementarias para apoyar la economía y el empleo. Los sujetos pasivos podrán efectuar, conforme a la normativa del impuesto, la rectificación del IVA repercutido o satisfecho con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.

Además, el decreto incluye la prórroga de la consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo, de las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o socio-sanitarios como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2, hasta que las autoridades sanitarias decreten el levantamiento de todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a esta crisis sanitaria. Esta extensión se produce desde el 1 de agosto de 2020 hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Se deberá acreditar el contagio mediante el correspondiente parte de accidente de trabajo que deberá haberse expedido dentro del mismo periodo de referencia.

Otras medidas

En otro orden de cosas, el decreto también fija las limitaciones aplicables al reparto de dividendos y transmisión de participaciones de las sociedades adheridas al Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas.

Además, se regula el régimen fiscal que será de aplicación a la final de la «UEFA Women's Champions League 2020», que se celebrará en Bilbao en agosto de 2020.

También se declara el carácter ampliable de los créditos presupuestarios consignados en el presupuesto de la Seguridad Social para atender las obligaciones del sistema de protección por cese de actividad.

Por otra parte, se incrementa, para 2020, el límite máximo de las transferencias al sistema eléctrico provenientes de los ingresos de las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, hasta el 90% de la recaudación total y 1.000 millones de euros.

Asimismo, se eleva el límite máximo de las transferencias a actuaciones de lucha contra el cambio climático provenientes de los ingresos de estas subastas, hasta el 10% de la recaudación total y 100 millones.

De igual modo, el Real Decreto-ley traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2019/692, por la que se modifica la Directiva 2009/73/CE sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural.