Defensa

Ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas

4.5.2021

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto del Reglamento de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas.

La finalidad principal de este Real Decreto es potenciar y favorecer la promoción de quienes integran la escala de suboficiales y la escala de tropa y marinería. Se trata así de aprovechar al máximo la capacidad, la competencia adquirida y el prestigio del personal de las Fuerzas Armadas.

En consecuencia, se impulsa la promoción para que personal militar profesional pueda cambiar de escala y, en su caso, de cuerpo.

Este Real Decreto establece de forma actualizada los requisitos y los procedimientos de ingreso en los centros docentes militares de formación para cursar los planes de estudios que permitan vincularse profesionalmente con las Fuerzas Armadas, ya sea como militar de carrera, militar de tropa y marinería o militar de complemento. Con ello se culmina el proceso de revisión normativa del régimen de selección de personal militar, su formación y promoción.

Así, se revisan los límites de edad al objeto de favorecer la promoción para participar en los procedimientos de selección, mediante la supresión de las edades máximas para el ingreso, tanto por acceso directo como por promoción, con y sin titulación previa, a la totalidad de los Cuerpos Comunes, así como a los Cuerpos de Intendencia e Ingenieros de los Ejércitos y de la Armada.

Además, para facilitar la promoción para personal de la categoría de suboficial de todos los cuerpos y escalas, se establecerá un programa para la obtención de titulaciones de grado universitario en colaboración con la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Por otro lado, la dinámica del ordenamiento educativo requiere, con carácter periódico, una detallada revisión de las titulaciones necesarias para el ingreso en los cuerpos, escalas y especialidades de las Fuerzas Armadas.

En esta línea, para las escalas de oficiales, se adopta, como criterio para la determinación de titulaciones de ingreso, su inclusión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. En el caso de las escalas de suboficiales, las familias profesionales se adecúan al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y a la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Ello facilitará a los Ejércitos, la Armada y los Cuerpos Comunes la decisión sobre las titulaciones que mejor se adaptan en cada momento a los requerimientos particulares de cada cual, en el desarrollo de los correspondientes planes de estudios a cursar por los aspirantes que acceden a los centros docentes militares de formación.

Además, este Real Decreto establece la exigencia del título de enseñanza secundaria obligatoria a todos los miembros de las escalas de tropa y marinería.

Hasta ahora la exigencia o no de este título para participar en los en los procesos de selección para cursar las enseñanzas de formación para incorporarse a estas escalas dependía de las necesidades derivadas del planeamiento de la defensa y la evolución real de efectivos.

La protección de la maternidad se sigue considerando como una pieza fundamental para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas, con medidas específicas durante el desarrollo de las pruebas de acceso en caso de embarazo, parto y posparto.

Igualmente, se continúan detallando los países, de entre aquellos que mantienen con España sus vínculos históricos, culturales y lingüísticos, cuyos nacionales pueden acceder a las escalas de tropa o de marinería, y como militar de complemento del Cuerpo Militar de Sanidad en la especialidad fundamental de Medicina.

Estos 18 países son: Argentina, Bolivia, Costa Rica, Colombia, Chile, Ecuador, El Salvador, Guinea Ecuatorial, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.