Acuerdo sobre las retribuciones del personal militar en situación de reserva

1.12.2020

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El Consejo de Ministros ha acordado la modificación del Real Decreto 1314/2015, de 4 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas en situación de reserva.

Con esta reforma se corrige la situación del personal militar en la reserva, que, a pesar de estar sujeto al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, veía como a los 63 años disminuía su retribución por complemento de disponibilidad en un 20%.

La situación administrativa de reserva sin destino significa, como se ha demostrado durante el estado de alarma en la lucha contra la Covid-19, que el militar está obligado a la plena disponibilidad para las Fuerzas Armadas, por lo que con esta nueva normativa no se aplicará minoración alguna en el complemento por disponibilidad del personal de las Fuerzas Armadas y tendrá efectos desde el 1 de noviembre de 2020. Esta medida tiene un coste en el Capítulo 1 de personal del Ministerio de Defensa de 9.187.394 euros.