Intervención de Pablo Iglesias

29.5.2020

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Muchísimas gracias, ministra Portavoz. Buenos días a todos y a todas.

Hoy es un día histórico para nuestra democracia y para mí es un honor, como vicepresidente de Derechos Sociales de este Gobierno anunciar que hoy nace un nuevo derecho social en España: un ingreso mínimo vital cuyo alcance y detalles explicaremos a continuación el ministro de Inclusión y yo, que creo que podemos calificar como el mayor avance en derechos sociales en España, por lo menos desde la aprobación de la Ley de Dependencia del año 2006.

Como saben ustedes, a finales de enero, poco después de que se formara este Gobierno de coalición progresista, visitó España Philip Alston, el relator especial de las Naciones Unidas para la extrema pobreza, que hizo un informe que nos sacaba los colores como país. Un informe en el que relataba las condiciones de exclusión social en las que vive una parte muy importante de la población de nuestra patria, muchos de ellos niños y niñas. Antes de que nos golpeara la pandemia de la Covid-19 teníamos ya una elevadísima tasa de pobreza y éramos el tercer país de Europa en pobreza infantil. La pandemia, evidentemente, ha agravado la situación para muchos compatriotas y aunque este Gobierno ha hecho --como explicaba la ministra Portavoz-- una movilización de recursos sin precedentes para construir un escudo social que está protegiendo a las familias españolas y a la gente de nuestro país del impacto económico de la crisis, es evidente que la situación sobrevenida que ha llegado nos ha obligado a acelerar la implementación de este ingreso mínimo vital. Este era un compromiso de legislatura que figuraba en el programa de Gobierno pero a raíz de la pandemia se convirtió en una necesidad absolutamente urgente porque miles de familias españolas, sencillamente, no pueden esperar más.

Quiero agradecer, en ese sentido, el trabajo del ministro Escrivá y de todo su equipo que ha sido excelente. Quiero agradecer al presidente del Gobierno que atendiera la urgencia que le reclamé para sacar esto adelante lo antes posible, y quiero dar las gracias al Ministerio de Derechos Sociales, a su secretario de Estado, Nacho Álvarez, a Jorge Usó y a todo el equipo que han sido capaces, junto con el equipo del ministro Escrivá de, quitándose muchas horas de sueño, trabajar para que hoy podamos decir que el ingreso mínimo vital esté a una realidad en España y que nuestra patria cuenta con un instrumento que la coyuntura nos ha obligado a acelerar pero, ojo, que no es una medida coyuntural, es una medida estructural porque la pobreza en España no es un problema coyuntural sino un problema estructural.

El relator de las Naciones Unidas decía que la pobreza es una opción política. Creo que hoy, con toda la humildad, este Gobierno está demostrando no sólo con palabras sino con hechos que la opción política de este Gobierno es la justicia social, y demostramos con hechos que nos tomamos en serio la Constitución Española. El artículo 41 de la Constitución nos obliga a los poderes públicos a garantizar la asistencia y prestaciones sociales suficientes en situaciones de necesidad, es decir, nos obliga a garantizar la protección social. El ingreso mínimo vital que hoy aprobamos supone tomarse en serio de verdad, con hechos y no con palabras, el mandato constitucional.

Quiero dar las gracias en nombre del Gobierno de España a todas las redes de solidaridad, asociaciones vecinales, bancos de alimento, parroquias, ONG´s, y a todas las entidades del Tercer Sector de Acción Social que han representado una red de seguridad para muchísimos compatriotas que tenían problemas para satisfacer sus necesidades básicas pero qué han estado haciendo una función que, como decía, nos corresponde a los poderes públicos para cumplir el mandato constitucional.

Paso explicarles ahora con más detalle algunos de los elementos más importantes de esta nueva prestación. El ingreso mínimo vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. Se define --como muy bien decía la ministra-- como un derecho subjetivo de la ciudadanía. Esto significa que se recibirá siempre que se cumplan los requisitos de acceso como ocurre, por ejemplo, con el derecho a una pensión de jubilación o a la prestación por desempleo. Por lo tanto, se garantiza que esta red de seguridad va a estar disponible para todo aquel que lo necesite.

El ingreso mínimo vital establece así una renta garantizada en toda España que se considera como el mínimo imprescindible para asegurar unas condiciones de dignidad. El umbral de renta garantizada será de 462 euros, 462 euros al mes para una persona adulta que viva sola. Cuando se trate de una unidad de convivencia esta cantidad se incrementará en 139 euros al mes por cada persona adicional --ya sea un niño o un adulto-- hasta un máximo de 1.015 euros al mes. Además, para las familias monoparentales se añaden un complemento de 100 euros al mes.

El ingreso mínimo vital se calcula como la diferencia entre los ingresos mensuales de la persona o unidad de convivencia y la renta garantizada en cada caso. Les pongo un ejemplo para entenderlo bien: una persona que viva sola tiene derecho a una renta garantizada de 462 euros. Si esa persona no tiene ningún ingreso percibirá 462 euros, pero supongamos que esa persona cuenta con unos ingresos mensuales de 200 euros porque tiene un empleo a tiempo parcial en condiciones de precariedad, esa persona en ese caso recibiría una prestación mensual de 262 euros; es decir, la diferencia entre sus ingresos y el umbral de la renta garantizada que le corresponde. Les pongo otro ejemplo: una unidad de convivencia de dos adultos y dos niños tiene derecho a una renta garantizada de 877 euros; si sus ingresos mensuales son -digamos, con un contrato precario a tiempo parcial-- 300 euros, la prestación mensual que recibirían sería de 587.

Aquí está una de las claves fundamentales de esta prestación que la distingue de otros tipos de rentas de inserción social que existían hasta el momento, y es que el ingreso mínimo vital es compatible con otros ingresos, incluidos los ingresos laborales. Esto permite ampliar la cobertura de la prestación que no se dirige sólo a personas sin ningún ingreso o a personas desempleadas sino, también, a personas o a hogares con ingresos muy bajos o con empleos temporales muy precarios. Y permite, sobre todo, evitar algo que es muy importante, evitar lo que los especialistas llaman la trampa de la pobreza, la situación en la que alguien se ve obligado a elegir entre aceptar un empleo o mantener una prestación social.

Haciendo que el ingreso mínimo vital sea compatible con otros ingresos se evita el dilema y, por lo tanto, se incentiva --esto es muy importante-- a que las personas que reciban esta prestación consigan, también, ingresos laborales. De hecho, no sólo será posible mientras no se supere el umbral establecido, compatibilizar el ingreso mínimo vital con ingresos laborales sino, además, establecemos un estímulo específico al empleo para asegurar que para las personas que reciben el ingreso mínimo conseguir un trabajo nunca pueda suponer una pérdida de ingresos.

Los detalles concretos del estímulo al empleo se establecerán mediante un reglamento que desarrolle esta ley, pero les adelanto que será un mecanismo parecido al que ya funciona con mucho éxito en Euskadi y en Navarra, por el cual si una persona que recibe esta prestación incrementa sus ingresos laborales una parte de esos ingresos no van a computar para el cálculo de la prestación. Para que todo el mundo lo entienda: si alguien que está cobrando el ingreso mínimo vital de repente consigue ganar 100 euros más al mes, no se le restarían 100 euros de la prestación sino algo menos. Así se garantiza que siempre resulte conveniente para quien cobra la prestación aceptar un empleo y se desincentiva la economía informal.

Les explico a continuación los requisitos necesarios para acceder al ingreso mínimo vital.

Podrán solicitar la prestación todas las personas que tengan entre 23 y 65 años, o desde los 18 si hay menores a cargo, que lleven al menos un año de residencia legal en España. El acceso al ingreso mínimo vital dependerá exclusivamente del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite.

Respecto a los ingresos: se puede solicitar si los ingresos totales del año anterior son inferiores a la Renta Garantizada Anual, de acuerdo con los umbrales que ya hemos explicado; por ejemplo, en el caso de una unidad de convivencia con dos adultos y dos menores, sus ingresos en el año anterior no deben superar los 10.500 euros. Y, también, se puede solicitar si durante el tiempo transcurrido del año actual se han obtenido ingresos que, en términos anuales, estarían por debajo de la renta garantizada. Esto permitirá atender a las personas que se han visto afectadas por una situación de pobreza sobrevenida a causa de la Covid-19.

Esto nos ha llevado mucho trabajo. Normalmente se tienen en cuenta las rentas del año anterior pero la crisis de la Covid con sus consecuencias económicas y sociales se ha producido en 2020, por eso hemos estado trabajando mucho para que las personas que acusen una situación de pobreza sobrevenida como consecuencia de la Covid se puedan acoger, también, a este ingreso. Y, además de los ingresos --como decía--, se comprobará también el patrimonio neto de la persona u hogar solicitante, restando lógicamente las deudas, y sin tener en cuenta --como no podría ser de otra manera-- la vivienda habitual.

En este sentido, se establece un límite de patrimonio para acceder a la prestación que de nuevo aumenta en función del número de personas en la unidad de convivencia. Ese límite de patrimonio para alcanzar el ingreso mínimo es de 16.614 euros para una persona que viva sola y será incrementado por cada miembro adicional de la unidad de convivencia hasta un máximo de 43.196 euros restando --como decía-- las deudas y sin tener en cuenta la vivienda habitual.

Además, quienes estén sin trabajo deberán lógicamente estar dados de alta como demandantes de empleo. Se establecen, no obstante, algunas excepciones para colectivos como las personas víctimas de trata de explotación sexual o violencia de género. Hemos estado trabajando con el Ministerio de Igualdad que ha hecho aportaciones muy importantes en esta dirección.

Otro elemento que quiero resaltar es que el ingreso mínimo vital es una prestación compatible con otras rentas de inserción de las comunidades autónomas. Lo que hacemos hoy es establecer un suelo mínimo igual para toda España pero, lógicamente, las comunidades autónomas en el marco de sus de sus competencias van a poder complementar el ingreso mínimo vital atendiendo a sus realidades concretas que son muy diversas en nuestro país.

Quiero aprovechar, además, para agradecer al conjunto de las Administraciones Autonómicas --muchas de las cuales han sido pioneras a la hora de implementar rentas de inserción de inserción social-- que han sido una referencia fundamental para el trabajo que hemos hecho aquí.

El problema principal que podían tener muchas de las rentas autonómicas no estaba en la cuantía de la prestación sino en el alto porcentaje de población potencialmente beneficiaria que en la práctica no ha tenido acceso a ellas. Por eso, el principal objetivo del Ingreso Mínimo Vital es aumentar la cobertura de las rentas de inserción de las comunidades autónomas, simplificando los trámites de acceso --como explicaré a continuación-- para que ninguna persona en situación de vulnerabilidad se quede desatendida.

¿Cómo se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital? En primer lugar, les anuncio que se les concederá de oficio de forma inmediata a todas las personas que ya estén percibiendo una prestación por hijo a cargo. Para el resto de potenciales beneficiarios el acceso a la prestación se hará mediante una solicitud de la propia persona interesada, preferentemente a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, no será necesario desplazarse a ningún sitio. Los solicitantes solo tendrán que presentar los documentos (…) y el tiempo de residencia legal en España. A partir de ahí, es la propia Seguridad Social la que comprueba, con los datos de los que ya dispone, los ingresos y el patrimonio de la persona o de la unidad familiar correspondiente.

Lo que hemos hecho básicamente es simplificar al máximo todos los trámites necesarios para solicitar esto evitando que la gente se tenga que encontrar en un laberinto burocrático que en la práctica le pueda privar de un derecho que tiene y que, sin embargo, por las complejidades burocráticas no pueda acceder. Por eso, lo estamos simplificando con una aplicación informática de la Seguridad Social.

Esta sencillez en los trámites de solicitud es, modestamente, otro de los elementos diferenciales de esta nueva prestación con respecto a las que ya había. Una vez concedido el ingreso mínimo vital con este único trámite el control se realizará, será el del mantenimiento de la situación de falta de ingresos que hará a la Seguridad Social; es decir, la Seguridad Social comprobará de manera regular que, efectivamente, esa persona o unidad de convivencia sigue necesitando esa prestación. Por su parte, las personas que perciban el ingreso mínimo vital deberán comunicar cualquier cambio en su situación que afecte a la prestación en los 30 días posteriores a cuando se produzca este cambio. El ingreso mínimo vital se cobrará mensualmente en 12 pagas y será efectivo mientras dure la situación de falta de ingresos del beneficiario. Se podrá solicitar desde el 15 de junio y todas las solicitudes que se cursen desde ese momento hasta el 15 de septiembre se cobrarán con carácter retroactivo desde el 1 de junio.

No quiero acabar esta exposición sin hacer algunas consideraciones de fondo, y con ello ya termino. Como venimos diciendo en las últimas semanas, el Ingreso Mínimo Vital es una medida de justicia social pero, también, es una medida de eficiencia económica. Es una medida de justicia social porque se toma en serio uno de los fundamentos de la democracia que es la redistribución de la riqueza, porque los recursos que aportamos entre todos a las arcas públicas van a servir en mayor medida para aportar a los que menos tienen. Es, también, un instrumento especialmente útil para luchar contra la pobreza infantil y para garantizar que todos los niños y niñas de nuestro país, independientemente de su origen económico, puedan crecer en hogares que cuenten con unos niveles mínimos de ingresos para mantener la dignidad. Pero es que, además, es una medida absolutamente imprescindible para implementar la recuperación económica: los recursos que vamos a transferir a los hogares no van a acabar en un paraíso fiscal, van a ir directamente al consumo permitiendo a las empresas y a los autónomos seguir facturando, algo que es condición de posibilidad de la recuperación económica.

Hoy hay un gran consenso en Europa sobre la necesidad de hacer políticas fiscales expansivas que protejan la demanda, que protejan la demanda interna de nuestras economías y el Ingreso Mínimo Vital es un paso histórico para que nuestro país camine en esa dirección.

Y, ya la última reflexión. El Ingreso Mínimo Vital es, también, una cuestión de seguridad. La seguridad de una sociedad democrática no tiene que ver con la dureza de su Código Penal, tiene que ver con que la gente tenga unos mínimos niveles de seguridad nacional, de seguridad material que les permitan satisfacer sus necesidades básicas. Seguridad es saber que aunque vengan mal dadas no te vas a quedar en una situación que te impida tener un techo, que te impida llenar la nevera, que te impida llegar a fin de mes, que te impida adquirir los productos que necesita tu familia. Y es, también, una cuestión de libertad, porque no hay libertad si una persona tiene que invertir toda su energía simplemente en sobrevivir en lugar de en vivir, porque no hay libertad si no se tienen unas mínimas condiciones de seguridad económica que permitan no sólo satisfacer condiciones básicas sino, también, poder disfrutar mínimamente del ocio, acceder mínimamente a la cultura o poder ir alguna vez con tu familia al cine. No hay libertad si no se llega a fin de mes.

Quiero acabar dando las gracias a todos los colectivos de la sociedad civil, a los trabajadores y trabajadoras de los servicios sociales públicos que durante muchos años han peleado contra viento y marea para poner sobre la mesa la necesidad de que las instituciones públicas adoptaran una medida como ésta. El Ingreso Mínimo Vital no es un éxito del Gobierno de coalición, es una victoria de todos los colectivos y personas anónimas que han trabajado durante muchos años contra viento y marea, recibiendo muchísimos insultos y descalificaciones para que el ingreso mínimo vital fuera posible. Gracias a ellas y a ellos hoy en España un ingreso mínimo vital. Gracias.