Educación

19.1.2017

Contenido

Marco legislativo y estructura de la administración educativa

El marco legislativo que rige y orienta el sistema educativo español está formado por la Constitución española de 1978 y las leyes que desarrollan los principios y derechos establecidos en ella: Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, y la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Desde la aprobación de la Constitución española de 1978, el sistema educativo español ha experimentado un proceso de transformación por el que, paulatinamente, la Administración del Estado ha transferido funciones, servicios y recursos a las diferentes Comunidades Autónomas. Así, entre 1981 y el año 2000 todas las Comunidades han asumido las funciones, servicios y recursos tanto en materia de educación no universitaria como universitaria.

Este modelo descentralizado distribuye las competencias entre el Estado, las Comunidades Autónomas, y los centros docentes. El Estado tiene reservado el ejercicio en exclusiva de las competencias que salvaguardan la homogeneidad, la unidad y la garantía de las condiciones de igualdad básica en el ejercicio de sus derechos educativos fundamentales determinados por la Constitución. Son, en su mayor parte, competencias de índole normativa para la regulación de los elementos básicos del sistema, aunque también cuenta con otras de carácter ejecutivo.

Fachada del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)Las comunidades autónomas poseen las competencias normativas de desarrollo de las normas estatales y de regulación de los elementos que no son básicos, así como las competencias ejecutivo-administrativas de gestión del sistema en su propio territorio, con la excepción de las que están reservadas al Estado.

La legislación no confiere a las Corporaciones Locales la condición de Administración educativa, pero reconoce su capacidad para cooperar con las Administraciones Estatal y Autonómica en el desarrollo de la política educativa.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte es el órgano de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política educativa. En cada Comunidad Autónoma, la Administración estatal cuenta con la Alta Inspección educativa para el ejercicio de sus funciones, consistentes en la comprobación del cumplimiento de la normativa y de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos en materia de educación, la inclusión de los aspectos básicos en los currículos autonómicos y el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Estado y de las condiciones para la obtención de los títulos correspondientes. El Ministerio actúa como administración educativa en las ciudades de Ceuta y Melilla y en los centros en el exterior.

El reparto de competencias entre los distintos niveles, sobre todo estatal y autonómico, hace necesaria la coordinación entre las Administraciones educativas para garantizar el adecuado desempeño de algunas funciones. Los órganos encargados de facilitar la coordinación administrativa son la Conferencia Sectorial de Educación y la Conferencia General de Política Universitaria, formada por los consejeros de Educación de las comunidades autónomas y el ministro de Educación, Cultura y Deporte. Su función es de carácter consultivo y de ella dependen órganos de nivel inferior como la Comisión General de Educación o las comisiones sectoriales: de personal, de centros de formación profesional, etc.

Participación de la comunidad educativa

La Constitución española establece que los poderes públicos deben garantizar la participación en la programación general de la enseñanza.

En los distintos niveles de la Administración educativa, incluidos los propios centros docentes, existen diferentes órganos colegiados que aseguran la participación de todos los sectores de la comunidad educativa. En el ámbito estatal, este órgano es el Consejo Escolar del Estado. En el territorial, los Consejos Escolares Autonómicos, Territoriales, Provinciales, Comarcales y/o Municipales. Finalmente, los centros docentes no universitarios cuentan con el Consejo Escolar de Centro o el Consejo Social para los Centros Integrados de Formación Profesional y los universitarios con el Consejo Social de la Universidad.

Niños en el aula (Francisco Javier Martínez Adrados , Instituto Nacional de Tecnologías Educativas)Por otro lado, existen también varios órganos estatales de participación institucional con carácter consultivo: el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y el Consejo de Universidades.

El Consejo Escolar del Estado es el órgano de ámbito nacional para la participación social en la programación general de la enseñanza y para el asesoramiento respecto a los proyectos de ley o reglamentos que hayan de ser propuestos o dictados por el Gobierno. En él están representados todos los sectores sociales implicados en la enseñanza. Tiene carácter consultivo. Asimismo, el Consejo de Universidades tiene las funciones de ordenación académica, coordinación, consulta y propuesta en materia universitaria.

Situación actual y últimas medidas adoptadas

Dentro del sistema de distribución de competencias en el ámbito educativo, corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte aplicar las reformas impulsadas desde la Unión Europea. Así, el marco de referencia que inspira las reformas en este ámbito es el fijado por la Unión Europea mediante la iniciativa Europa 2020, que establece ambiciosos objetivos para la mejora de la educación, especialmente para el grupo de población comprendido entre los 18 y los 24 años que no hayan completado la educación secundaria superior.

En relación con la situación actual de la educación en España desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes se ha realizado el siguiente diagnóstico:

  • El número de alumnos por profesor es más bajo que en la OCDE, por ejemplo, en la segunda etapa de Educación Secundaria es 11 en España frente a 13,3 en la OCDE y 12 en la UE21 (Panorama de la Educación 2015 Indicador D2.2).
  • El gasto por alumno, como porcentaje del PIB per cápita, es en España similar al de OCDE y al de UE21. De acuerdo con los recursos que destina cada país en relación a su nivel de riqueza, en 2012 España tuvo un gasto total por alumno en instituciones educativas (públicas, concertadas y privadas) del 27,6% en relación al PIB por habitante, al nivel de los promedios internacionales de la OCDE (27,4%) y la UE21 (27,7%). (Panorama de la Educación 2015 Indicador B1.4). En 2013, España tuvo un gasto anual por alumno en instituciones educativas (públicas, concertadas y privadas) del 21,2% en Primaria, 25,7% en Secundaria, y del 38,5% en Terciaria en relación al PIB por habitante, similar al nivel de los promedios internacionales, de la OCDE (22,1%, 25,2% y 40,8% respectivamente) y de la UE22 (22,6%, 26,1% y 40,0%).
  • La tasa de abandono educativo temprano ha caído especialmente entre los años 2011-2015. Así, ha pasado del 26,5 % en 2011 al 20,3% en el tercer trimestre de 2015, según la Encuesta de Población Activa del INE, lo que supone una baja de más de 6 puntos en 4 años.
  • En 2014, la tasa de graduación de los jóvenes que cursan Formación Profesional de Grado Medio y otros programas profesionales era sólo del 29%, cuando la media de la OCDE es del 43% y la de la Unión Europea del 50%.
  • La Encuesta de Población Activa de 2013 sitúa la tasa de paro juvenil (población de menos de 25 años) en el 55,5%, una de las más altas de la Unión Europea, sólo superada por Grecia con 58,3%. El dato de la UE28 es 23,6%. No obstante, se observa ya una tendencia a la baja, ya que la Encuesta de Población Activa de 2014 sitúa la tasa en 51,8%. Por su parte, la tasa de paro de la población de 25 a 34 años ha bajado 2,3 puntos en 2014, al pasar del 29,1% al 26,8%. La tasa de empleo de graduados entre 20 y 34 años que han terminado sus estudios en los últimos 3 años ha subido desde el 63,6% en 2012 al 65,2% en 2015.
  • La población entre 15 y 29 años que ni estudia ni trabaja alcanza el 25,8% en el primer trimestre de 2015. Hay que decir que la metodología utilizada por la OCDE tiene en cuenta para el cálculo únicamente el primer trimestre del año 2014. En cambio, la estadística elaborada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte tiene en cuenta no sólo el 1º trimestre sino todo el año 2014, y el resultado es muy diferente: el porcentaje de jóvenes de 15 a 29 años ni estudia ni trabaja ha bajado en 2014 al 20,7%, lo que supone un descenso de 1,7 puntos desde el 22,5% en 2013.
  • En todas las pruebas internacionales en las que han participado ciudadanos españoles hasta el año 2013 (PISA, TIMSS, PIRLS y PIAAC) los resultados obtenidos están por debajo de la media de la OCDE y apenas habían experimentado mejoría en los últimos años, a pesar del incremento de la inversión y las reformas legales.
  • Los resultados en equidad se habían deteriorado en el periodo 2003-2012, tomando como referencia los resultados en matemáticas de PISA 2012: alumnos con ventaja socio-económica: +34 puntos (6 puntos más que en 2003) y resultados por género: los chicos + 16 puntos (7 puntos más que en 2003). En el estudio TIMSS la tendencia se invierte, ya que la mejora de España en los resultados de Matemáticas se produce, principalmente, en los niveles más bajos al pasar del 13% de alumnos rezagados en 2011 al 7% en 2015. En el estudio PISA 2015 España arroja importantes mejoras en el porcentaje de alumnos rezagados, situado en todas las competencias analizadas por debajo de la media de la OCDE: así, en lectura hay un 16% de alumnos rezagados frente al 20% de la OCDE, en matemáticas un 22% frente al 23% de la OCDE, y en ciencias un 18% de alumnos rezagados Frente al 21% de la OCDE.
  • Las diferencias de resultados entre Comunidades llegaban a 55 puntos en 2012, lo que equivale a un curso y medio de escolarización. Sin embargo, lasLas diferencias de rendimiento en matemáticas cada vez se explicantienen menos relación conen un 85% por disparidades socio-económicas: según el estudio. PISA 2015, España es el tercer país del mundo en el que menos influencia tiene la situación socioeconómica de los alumnos sobre sus resultados.
  • Los datos que nos ofrece el estudio Panorama de la Educación 2015 de la OCDE permite comprobar como en 2015 el porcentaje de la población adulta en España que posee un título de educación terciaria o posterior es del 34,7%, ligeramente superior o igual a la media de la OCDE, 33,6%, y superior en tres puntos al de la media de la Unión Europea. España ya ha superado el objetivo de la Estrategia Europa 2020 de un 40% de jóvenes entre 30 y 34 años con un nivel educativo de Educación Terciaria, siendo 40,93% en 2015, mientras el dato de la Unión Europea es 38,9%.

Biblioteca de la Facultad de Derecho (Universidad de Alcalá de Henares)Para superar los problemas detectados a través del diagnóstico anterior se ha aprobado la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Entre los objetivos generales de la (LOMCE) destacarían: la disminución de las tasas de abandono temprano, la modernización de la formación profesional, la disminución de la dispersión de requisitos y exigencias del sistema educativo en todo el territorio, respetando las competencias de las Comunidades Autónomas, el aumento de las tasas de titulación en educación secundaria obligatoria, y la mejora del nivel académico en áreas prioritarias (comprensión lectora, competencia matemática y competencia científica), y establecer un sistema de señalización claro de los objetivos que han de cumplirse al final de cada etapa

En cuanto a las medidas fundamentales adoptadas, destacarían:

  • Atención individualizada y flexibilización de trayectorias: Se adelanta la elección de trayectorias educativas a partir del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria. La LOMCE también desarrolla vías alternativas y apoyos adicionales para los estudiantes y establece medidas de atención personalizada.

  • Modernizar la Formación Profesional: Se flexibiliza el acceso entre los ciclos de FP. Se regula la Formación Profesional dual, que pretende facilitar la inserción laboral, incrementar la vinculación y corresponsabilidad del tejido empresarial, potenciar la relación del profesorado con las empresas del sector, y obtener datos cualitativos y cuantitativos que permitan la toma de decisiones en relación con la ordenación y las ofertas de Formación Profesional.

  • Nueva configuración del currículo: uno de los pilares centrales de la reforma descansa sobre una nueva configuración del currículo de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Se garantiza una carga lectiva mínima, y los contenidos mínimos, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables en aquellas materias que deben ser comunes a todos los alumnos, que se incluyen en el bloque de asignaturas troncales. El bloque de asignaturas específicas permite una mayor autonomía a la hora de fijar horarios y contenidos de las asignaturas, así como para conformar su oferta. El bloque de asignaturas de libre configuración autonómica supone el mayor nivel de autonomía, en el que las Administraciones educativas y en su caso los centros pueden ofrecer asignaturas de diseño propio. Ya se han aprobado los Reales Decretos de currículo de primaria, segundaria y bachillerato, (BOEs de 1 de marzo de 2014 y 3 de enero de 2015). Asimismo se ha puesto en marcha la Formación Profesional básica y la Formación profesional dual.

  • Evaluaciones estandarizadas: los resultados del informe PISA 2012 sugieren que los países que emplean exámenes externos basados en estándares tienden a tener mejor rendimiento. Se establece por ello en la LOMCE un sistema de señalización claro de los objetivos que han de cumplirse al final de cada etapa.

  • Autonomía de los centros docentes: se dota a los centros de mayor flexibilidad y responsabilidad en la elección de contenidos en los que especializarse, y se potencia la figura del director. A cambio de dicha autonomía, los centros deben rendir cuentas a la sociedad de sus actuaciones y de los recursos utilizados en desarrollo de su autonomía.

  • Cambio metodológico: se proponen nuevos enfoques en el aprendizaje y evaluación, orientados al desarrollo de las competencias clave, con especial atención a las competencias en comunicación lingüística, y competencias STEM o en matemáticas, ciencia y tecnología e ingeniería, que se consideran prioritarias de cara al desarrollo de los alumnos y a su capacidad de desenvolverse en el mundo del conocimiento y la tecnología.

Estructura general del sistema educativo

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa establece mayor flexibilidad para los alumnos en la elección de los diferentes itinerarios formativos y propone medidas para poder transitar entre las enseñanzas. La lógica de la reforma educativa se basa en la evolución hacia un sistema capaz de encauzar a los estudiantes hacia las trayectorias más adecuadas a sus capacidades. La Ley abre pasarelas entre todas las trayectorias formativas y dentro de ellas, de manera que ninguna decisión de ningún alumno o alumna sea irreversible.

Educación Infantil

La Educación Infantil constituye el primer nivel del sistema educativo. Abarca desde el nacimiento hasta los seis años de edad. Se organiza en dos ciclos de tres años cada uno, con carácter voluntario.

Alumnos de Educación Infantil (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)El segundo ciclo es gratuito. Las Administraciones educativas garantizan una oferta suficiente de plazas en los centros públicos y conciertan con centros privados, en el contexto de su programación educativa. En cuanto al primer ciclo, que comprende de los cero a los tres años, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en colaboración con las Comunidades Autónomas, ha hecho en los últimos años importantes esfuerzos para aumentar las tasas de escolaridad, mediante la creación de nuevas escuelas infantiles con la puesta en marcha del Plan de Impulso de Educación Infantil 0-3, denominado Plan Educa3. Entre los 4 y los 6 años de edad, la tasa de atención en España era en 2014 del 97,1%, por encima de la media europea del 94,3% (Monitor 2016).

En ambos ciclos se favorece el desarrollo físico, intelectual, afectivo y social de los niños, que ayude al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven y que facilite que los niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada, adquiriendo autonomía personal.

Corresponde a las administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en el segundo ciclo, a la lecto-escritura, a las habilidades numéricas básicas, a las tecnologías de la información y a la expresión visual y musical.

Educación Primaria

La Educación Primaria es una etapa obligatoria que conforma junto con la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) el periodo de enseñanza básico y gratuito. Su finalidad es facilitar el aprendizaje de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura, y el hábito de convivencia así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad. La educación primaria abarca seis cursos académicos, que se realizan ordinariamente entre los seis y los doce años de edad.

Al finalizar el tercer curso, los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos los alumnos y alumnas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. Al finalizar el sexto curso se realizará una evaluación final individualizada a todos los alumnos y alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología.

En el curso 2014-2015, se han implantado los cursos 1º,3º y 5º y en el curso 2015-2016, se han implantado los cursos 2º,4º y 6º, con lo que la Educación Primaria quedará totalmente implantada al finalizar este curso.

Educación Secundaria Obligatoria (ESO)

La Educación Secundaria Obligatoria se extiende ordinariamente desde los doce hasta los dieciséis años de edad y comprende cuatro cursos académicos. La etapa de Educación Secundaria Obligatoria se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno.

Los alumnos elegirán entre la vía de enseñanzas académicas con orientación hacia el Bachillerato y la vía de enseñanzas aplicadas, con orientación hacia la formación profesional de grado medio.

Alumnos (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)Al finalizar el cuarto curso, se realiza una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes. Los alumnos podrán realizar la evaluación por una o las dos opciones de enseñanzas, con independencia de la opción cursada en el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria. Para obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria, será necesaria la superación de dicha evaluación final.

La LOMCE establece Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento de dos cursos de duración a partir de 2º curso de la Educación Secundaria Obligatoria, en los que utilizará una metodología específica a través de una organización de contenidos, actividades prácticas y, en su caso, de materias diferentes a la establecida con carácter general, con la finalidad de que los alumnos y alumnas puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria y obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

La finalidad de la Educación Secundaria Obligatoria consiste en lograr que los alumnos adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo y prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos.

En el curso escolar 2015-2016, se implantarán los cursos 1º y 3ºy en el curso escolar 2016-2017, los cursos 2º y 4º.

La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria correspondiente a la convocatoria que se realice en el año 2017 no tendrá efectos académicos. En ese curso escolar sólo se realizará una única convocatoria.

Bachillerato

El Bachillerato es una etapa educativa no obligatoria de dos años de duración, que ofrece tres modalidades distintas: «Ciencias» «Humanidades y ciencias sociales» y «Artes». El bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los alumnos y alumnas formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará a los alumnos y alumnas para acceder a la educación superior.

Pueden acceder a los estudios de bachillerato los alumnos que estén en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria por la vía de enseñanzas académicas. La edad de ingreso son los dieciséis años y la de finalización los dieciocho años; los alumnos pueden permanecer cursando bachillerato en régimen ordinario durante un máximo de cuatro años. El bachillerato capacita a los alumnos para acceder a la educación superior.

Al finalizar Bachillerato, debe realizarse una evaluación individualizada, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes. Para obtener el título de bachiller, será necesaria la superación de dicha evaluación final.

En el curso escolar 2015-2016, se implantará el primer curso y en el curso escolar 2016-2017, el segundo curso.

La primera evaluación final de Bachillerato se realizará al finalizar el curso 2016-2017 al alumnado que haya cursado 2º de Bachillerato, y no tendrá efectos académicos (no será necesario superarla para obtener el título de Bachiller), aunque sí se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad y para la obtención del título de Bachiller por los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título de Técnico de grado medio o superior de Formación Profesional o de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza..

La evaluación final que se realice al finalizar el curso 2017-2018 sí tendrá efectos académicos.

Formación Profesional

Las enseñanzas de formación profesional comprenden un conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones y el acceso al empleo. La formación profesional permite que los alumnos puedan circular entre ella y las demás vías del sistema educativo y en el aprendizaje a lo largo de la vida.

La formación profesional se organiza en ciclos formativos básicos, de formación profesional básica, de grado medio y de grado superior. Todos ellos se estructuran en módulos teórico-prácticos de duración variable que incluyen un módulo de formación en centros de trabajo, y se pueden ofertar en la modalidad presencial, a distancia o dual. El Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establece las titulaciones correspondientes a los estudios de Formación Profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

Los ciclos de Formación Profesional Básica constituyen una nueva trayectoria formativa para los alumnos y alumnas de educación secundaria obligatoria, en aquellos casos en los que se considere que es la mejor opción para continuar sus estudios o incorporarse al mercado laboral. Se accede a estas enseñanzas habiendo cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y a propuesta del equipo docente cuando el grado de adquisición de las competencias así lo aconseje. Una vez superada la totalidad de los módulos, se obtiene un título Profesional Básico en la correspondiente profesión. Este título permite proseguir estudios de formación profesional de grado medio y, además, posibilita la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Para acceder a los ciclos formativos de grado medio, con carácter general, se requiere el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria aunque existen otras vías de acceso. Una vez superados todos de los módulos, se obtiene el título de Técnico en la profesión correspondiente. Este título permite proseguir estudios de formación profesional de grado superior previa superación de un proceso de admisión.

Para cursar los ciclos formativos de grado superior, incluidos en la educación superior (no universitaria), con carácter general es preciso estar en posesión del título de Bachiller aunque existen otras vías de acceso. Una vez superada la totalidad de las enseñanzas del ciclo, obtiene el título de Técnico Superior en la profesión correspondiente. Este título permite proseguir estudios universitarios.

La Formación Profesional Dual, actualmente en fase de desarrollo de proyectos, pretende armonizar el proceso de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo, corresponsabilizando en el mismo a las empresas. El Gobierno regulará las condiciones y requisitos básicos que permitan su implementación por las Administraciones educativas.

Enseñanzas artísticas

Las enseñanzas artísticas tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de futuros profesionales en los distintos ámbitos artísticos.

Constituyen estas enseñanzas las enseñanzas elementales de música y de danza, las enseñanzas artísticas profesionales de música, danza y los ciclos formativos de grados medio y superior de artes plásticas y diseño y las enseñanzas artísticas superiores.

Tienen la condición de enseñanzas artísticas superiores los estudios superiores de Música y de Danza, las enseñanzas de Arte Dramático, las enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los estudios superiores de Diseño y los estudios superiores de Artes Plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de Cerámica y los estudios superiores del Vidrio. Para el acceso a estos estudios superiores se requiere estar en posesión del título de Bachiller y superar una prueba de acceso. Estas enseñanzas artísticas superiores conducen a Títulos Superiores incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior y son equivalentes al título universitario de grado.

La oferta de estudios de postgrados la constituyen los títulos oficiales de Máster en Enseñanzas Artísticas equivalentes, a todos los efectos, a los títulos universitarios de postgrado.

Enseñanza de idiomas de régimen especial

Las enseñanzas de idiomas de régimen especial tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado. Estos niveles se corresponderán, respectivamente, con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se subdividen en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2.

Para acceder a estas enseñanzas será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios. Podrán acceder asimismo los mayores de catorce años para seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la educación secundaria obligatoria.

El Gobierno determinará, previa consulta con las Comunidades Autónomas, las equivalencias entre los títulos de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo.

Enseñanzas deportivas

Las enseñanzas deportivas tienen como finalidad preparar a los alumnos y alumnas para la actividad profesional en relación con una modalidad o especialidad deportiva, así como facilitar su adaptación a la evolución del mundo laboral y deportivo y a la ciudadanía activa.

Se organizan tomando como base las modalidades deportivas, y, en su caso, sus especialidades. Se estructuran en dos grados, grado medio y grado superior, y podrán estar referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Se organizan en bloques y módulos de duración variable, constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticas adecuadas a los diversos campos profesionales y deportivos.

Quienes superen las enseñanzas deportivas del grado medio recibirán el título de Técnico Deportivo en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente. Quienes superen las enseñanzas deportivas del grado superior recibirán el título de Técnico Deportivo Superior en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente. El título de Técnico Deportivo permitirá el acceso a todas las modalidades de Bachillerato. El título de Técnico Deportivo Superior permitirá el acceso a los estudios universitarios de grado previa superación de un procedimiento de admisión.

Educación superior universitaria y su acceso

Para el acceso a los estudios universitarios se requerirá, como norma general, el título de bachillerato, que comprenderá las calificaciones obtenidas en los dos cursos y la superación de la prueba final que permita valorar la madurez académica, los conocimientos y la capacidad de los estudiantes para seguir con éxito las enseñanzas universitarias. Además, las Universidades podrán establecer un procedimiento de admisión de acuerdo con lo regulado por el Gobierno.

Se regula también el acceso directo a la universidad de los estudiantes procedentes del grado superior de Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas, así como la prueba para mayores de veinticinco años, el acceso a la universidad de los mayores de cuarenta años mediante la acreditación de la experiencia laboral y el acceso de todos los mayores de cuarenta y cinco años aunque no dispongan de titulación académica ni de experiencia profesional, de manera que se facilite el acceso a la formación de las personas adultas.

Por otra parte la LOMCE flexibiliza los requisitos de acceso a la universidad para el alumnado extranjero que cuente con un título o diploma de estudios equivalente al título de bachiller y que ha entrado en vigor en el curso 2014-2015.

Este sistema de acceso está previsto que se mantenga hasta curso 2017-18 en que entrará en vigor el sistema establecido por la LOMCE sustituyéndose la prueba de acceso por un procedimiento de admisión de acuerdo con la regulación básica del Gobierno.

El sistema universitario

Elementos del sistema

La Ley Orgánica 4/2007,de 12 de abril, que modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades (LOMLOU), aborda una serie de reformas para potenciar la autonomía de las universidades, reconocida en la propia Constitución española, a la vez que aumenta la exigencia de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de sus funciones. Los cambios introducidos van dirigidos específicamente a la mejora de la calidad de las universidades españolas y también a facilitar su incorporación al marco del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) y a la incorporación de la investigación académica española al proyecto del Espacio Europeo de Investigación.

Rectorado de la Universidad de Alcalá (Universidad de Alcalá de Henares)

El número de universidades españolas en el curso 2015/16 es de 84, de las que 50 son públicas y 34 son privadas. En estos momentos el panorama lo configuran 352 campus universitarios ubicados en municipios diferentes. Estos datos ponen de manifiesto la existencia de una gran dispersión territorial de universidades y de campus universitarios. En cuanto a las enseñanzas ofertadas, cabe decir que en 2015 el número de títulos oficiales de Grado es de 2.725 grados universitarios y 4.315 el número de títulos de Máster oficiales.

Competitividad del sistema universitario español

La modernización de la Universidad española, que requiere su incorporación y adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), comenzó con el acuerdo intergubernamental conocido como Declaración de Bolonia, firmado el 19 de junio de 1999, que formulaba el compromiso de «armonizar los estudios de grado superior en Europa y fomentar la colaboración entre los distintos Estados y las diferentes universidades con la finalidad de establecer un sistema de titulaciones homologadas que permitan la movilidad de estudiantes y profesores al objeto de fomentar el empleo y la competitividad». La fecha de la adaptación para la reforma curricular en los tres ciclos (grado, máster y doctorado) estaba marcada para el curso 2010-2011, aunque, al ser un proceso dinámico, debe continuar completándose.

En este periodo las universidades han hecho, y continúan haciendo, importantes cambios. Estos cambios de modernización no han consistido en la mera adaptación de sus títulos universitarios a la nueva estructura, sino que han supuesto importantes reformas.

Desde 2011 se han potenciado especialmente las medidas relacionadas con la organización de las enseñanzas universitarias, así como el aumento de la movilidad dentro de las universidades. Esta acción sólo ha sido viable con la puesta en marcha de cualificaciones comparables en el espacio europeo (grado, máster y doctorado).

La modernización de las universidades con vistas a crear una Europa más competitiva radica en que los ámbitos de actuación siguen el modelo de la «Triple Hélice» (empresa, Universidad, Administración) con una estructura fundamental dentro del marco del «triángulo del conocimiento» (educación, investigación e innovación).

En este contexto, durante el 2014 se han aprobado en el ámbito de la enseñanza universitaria los siguientes Reales Decretos:

  • Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
  • Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
  • Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
  • Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.

Durante el 2015 se han aprobado, en el ámbito de la enseñanza universitaria, los siguientes Reales Decretos:

  • Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
  • Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
  • Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
  • Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios.

En 2016 se ha aprobado el Real Decreto 195/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen las normas relativas a la expedición de los títulos universitarios oficiales de doctor y el suplemento europeo al título de doctor.

Por otra parte, en julio de 2013 se constituyó el Grupo de Trabajo para la Internacionalización de las Universidades con el objetivo de cumplir la recomendación del Comunicado Ministerial de Bucarest de los Ministros de Educación del Europeo de Educación Superior EEES, sobre la necesidad de que todos los países del EEES desarrollaran estrategias nacionales de internacionalización con objetivos y medidas concretas e indicadores cuantificables.

Universidad Nacional de Educación a Distancia (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)La estrategia que se ha desarrollado parte de un concepto de internacionalización más amplio, que va más allá de la movilidad de estudiantes y firma de acuerdos internacionales, en lo que también se continúa trabajando, y plantea un sistema de objetivos y ejes de actuación para establecer un sistema universitario altamente internacionalizado, aumentar el atractivo internacional de las universidades, promover la competitividad internacional del entorno e intensificar la cooperación con otras acciones del mundo.

En línea con la búsqueda de la competitividad del sistema universitario y, a propósito de la apuesta del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por la empleabilidad en la oferta de las universidades españolas, se ha llevado a cabo un intenso trabajo para completar el Sistema Integrado de Información Universitaria del Ministerio (SIIU) con datos de empleabilidad para disponer de información relativa a la inserción laboral de los titulados universitarios.

A través de este estudio amplio y ambicioso, el Gobierno pone a disposición de los ciudadanos, las Administraciones públicas y la comunidad educativa los datos necesarios para poder realizar un diagnóstico claro de la situación actual, a efectos de planificar adecuadamente sus políticas universitarias y las líneas de actuación a seguir. Asimismo, los estudiantes, en tanto que destinatarios directos de la formación superior, podrán disponer de datos contrastados sobre la empleabilidad de las titulaciones que desean realizar.

En definitiva, el estudio contribuirá positivamente a tener un sistema universitario más eficiente y equilibrado, adaptando las preferencias de los estudiantes y las necesidades del mercado de trabajo y evitando procesos de desencuentro entre la oferta de titulaciones universitarias y las ofertas de empleo. La obtención del equilibrio entre estos dos polos, condición necesaria para reducir las tasas de desempleo y evitar una utilización ineficiente de los recursos públicos, pasa por disponer de la necesaria información.

La Estrategia de Internacionalización de las Universidades Españolas, aprobada en 2014 como documentato estratégico compartido junto a las Comunidades Autónomas, Universidades y resto de administraciones, tiene como objetivo consolidar un sistema universitario fuerte e internacionalmente atractivo que promueva la movilidad de entrada y salida de los mejores estudiantes, profesores, investigadores y personal de administración y servicios, la calidad educativa, el potencial del español como idioma para la educación superior, la internacionalización de los programas formativos y las actividades de I+D+i, contribuyendo a la mejora del atractivo y de la competitividad internacional de España, así como al desarrollo socioeconómico de su entorno próximo basado en el conocimiento.

La Estrategia cuenta con 24 actuaciones concretas en 4 grandes ejes estratégicos: establecer y consolidar un sistema universitario altamente internacionalizado; aumentar el atractivo internacional de las universidades; promover la competitividad internacional del entorno; e intensificar la cooperación en educación superior con otras regiones del mundo.

Los esfuerzos del Ministerio por dar visibilidad a las universidades españolas y atraer talento a las mismas ha llevado al desarrollo del proyecto FICUE (Fotografía Internacional Calidad Universidades Españolas), en el que Universidad.es ha analizado la clasificación de las universidades españolas en los rankings internacionales por áreas y materias. De este modo pueden darse a conocer los centros de excelencia existentes en las universidades españolas.

Además, se ha creado un Grupo de Trabajo sobre rankings que ha elaborado una guía de buenas prácticas con el objetivo de que las universidades españolas sepan cómo explotar todo su potencial de modo que puedan mejorar su clasificación en los rankings internacionales. La "guía sobre buenas prácticas en los rankings internacionales" ha recogido las actuaciones mas interesantes para mejorar la presencia de las universidades españolas en los rankings internacionales.

El Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo acordó la implantación progresiva en el sistema universitario de un sistema de contabilidad analítica que permita una evaluación de costes lo más cercana posible a la realidad y, que permitrá a las Universidades una mejora en la toma de decisiones.

El Real Decreto-ley 10/2015, publicado el 12 de septiembre, establece que las plazas cubiertas en concursos para la provisión de plazas docentes vacantes no computarán a los efectos de la oferta de empleo público. Ello supone la materialización en la universidad de la posibilidad de promoción interna, presente en la administración en general, para potenciar la movilidad dentro del ámbito universitario.

Otras iniciativas en el ámbito educativo

Política de Becas

En materia de becas se ha incrementado el montante de las becas generales. Se ha pasado de un total de 1.058.757,980 euros en 2009 a 1.413.524,000 euros en los Presupuestos Generales del Estado de 2015.

Clase de Informática (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)Entre 2013 y 2014 se incrementaron en 250 millones los presupuestos destinados a becas generales. Así, en 2014 se consignaron en los presupuestos del MECD más de 1.411 millones de euros destinados a becas, la mayor cifra de la serie histórica hasta entonces, sólo superada por el presupuesto de 2015, en el que se han consignado más de 1.413,5 millones de euros para becas. En 2016 el presupuesto se volverá a incrementar en otros 3 millones hasta alcanzar los 1.416,5 millones de euros, lo que supone un incremento cercano al 25% desde el año 2012.

Se mantienen los mismos umbrales de renta para el acceso y se establece una nota mínima de 5,5 para el acceso a una beca universitaria y un 6,5 para el acceso a otras becas. Todo ello viene regulado en el Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014. El nuevo sistema consta de dos partes: un núcleo básico compuesto por las cuantías fijas, que incluyen las cantidades que garantizan el derecho a la educación a las rentas más bajas, una cuantía por residencia para aquellos que se desplazan y la exención de los precios públicos o beca de matrícula para los estudiantes universitarios y la beca básica para los no universitarios. En lo que respecta a la cuantía variable el importe de la misma, para cada convocatoria y beneficiario, se distribuye a través de una fórmula que tiene en cuenta la renta familiar y el rendimiento académico de cada beneficiario.