Referencia del Consejo de Ministros

20.2.2004

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REALES DECRETOS

PRESIDENCIA

REAL DECRETO por el que se crea el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, y se regulan los requisitos y procedimiento de concesión.

REAL DECRETO por el que se modifican los anexos I y III de la Ley 3/1996, de 10 de enero, sobre medidas de control de sustancias químicas catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de drogas.

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo en la aviación civil.

REAL DECRETO por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, regulado por el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al catálogo modular de formación profesional.

REAL DECRETO por el que se aprueba el régimen simplificado de la contabilidad.

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO por el que se crea y regulan las funciones del Comisario para la conmemoración del V Centenario del nacimiento de San Francisco Javier.

FOMENTO

REAL DECRETO por el que se aprueba el convenio entre la Administración General del Estado, Autopista A-6, Sociedad Anónima, Concesionaria del Estado, y Castellana de Autopistas, S.A., Concesionaria del Estado, para la construcción, conservación y explotación de las obras necesarias para la utilización de un tramo de la autopista Villalba-Adanero, como variante de la carretera N-VI a su paso por la población de Guadarrama.

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

REAL DECRETO por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Estudios de Asia Oriental, de sólo segundo ciclo, de la Facultad de Filosofía y Letras, de la Universidad Autónoma de Madrid.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Odontología, de la Facultad de Ciencias Experimentales y de la Salud, de la Universidad Cardenal Herrera-CEU, de Valencia.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Electrónica e Informática La Salle, de la Universidad Ramón Llull, de Barcelona.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Diplomado en Educación Social, de la Facultad de Ciencias de la Educación, de la Universidad de Málaga.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

REAL DECRETO por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

REAL DECRETO por el que se regula el régimen de la tasa láctea.

ECONOMÍA

REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

REAL DECRETO por el que se modifica el plan de contabilidad de las entidades aseguradoras y normas para la formulación de las cuentas de los grupos de entidades aseguradoras, aprobado por el Real Decreto 2014/1997, de 26 de diciembre.

REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero.

REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios.

REAL DECRETO por el que se regulan los libros-registro y el deber de información estadístico-contable de los corredores de seguros y sociedades de correduría de seguros.

REAL DECRETO por el que se regulan las cuotas participativas de las cajas de ahorros.

REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros.

REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones.

ACUERDOS

PRESIDENCIA

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 998.429,52 dólares USA a la República de Bolivia para financiar un programa de fortalecimiento y renovación de equipos para la universidad, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 10 millones de dólares USA a la República de Ghana para financiar el suministro de equipamiento médico, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 5 millones de dólares USA a la República de Ghana para financiar el suministro de equipamiento médico para la red hospitalaria, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de Sanidad y Consumo y la Fundación Reina Sofía, para la construcción del complejo de Vallecas (Madrid), con destino a enfermos de Alzheimer (Proyecto Alzheimer).

ASUNTOS EXTERIORES

ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta.

ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica la realización, con cargo al Fondo para la concesión de microcréditos de desarrollo social básico en el exterior (FCM), de los gastos de evaluación, seguimiento, inspección y asistencia técnica de los proyectos, y la asignación de un importe máximo de 1.178.000 euros para su financiación durante el año 2004.

HACIENDA

ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros, para contratar la construcción de un buque de proyección estratégica "LL", así como de cuatro buques submarinos serie 80.

FOMENTO

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Fuentes-Monteagudo de las Salinas, longitud: 10''96 km.", con un presupuesto estimado de 70.168.301,91 euros (Cuenca).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Sax-Elda, longitud: 6,94 km.", con un presupuesto estimado de 61.281.975,19 euros (Alicante).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Monteagudo de las Salinas-Monteagudo de las Salinas (túnel de Tendero), longitud: 4,96 km.", con un presupuesto estimado de 39.124.605,65 euros (Cuenca).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía A-65, Benavente-Palencia, tramo: variante norte de Palencia, términos municipales de Palencia y Grijota, longitud: 6,67 km.", con un presupuesto base de licitación de 16.084.696,09 euros (Palencia).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía A-40, tramo: Tarancón-Alcázar del Rey, términos municipales de Tarancón, Huelves, Paredes, Alcázar del Rey y Campos del Paraíso, longitud: 22,5 km.", con un presupuesto base de licitación de 75.093.697,52 euros (Cuenca).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía VA-30, circunvalación de Valladolid, tramo: carretera CL-601-autovía A-62 de Castilla, términos municipales de Arroyo de la Encomienda y Valladolid, longitud: 7 km.", con un presupuesto base de licitación de 62.298.573,21 euros (Valladolid).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Construcción de tres enlaces y vías de servicio, CN-111, punto kilométrico 320 al 326, tramo: Albelda-variante de Lardero, términos municipales de Lardero y Albelda de Iregua, longitud: 6 km.", con un presupuesto base de licitación de 14.265.660,48 euros (La Rioja).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía Mudéjar A-23, tramo: Paniza-Torrubia, términos municipales de Cariñena, Longares y Muel, longitud: 16,8 km.", con un presupuesto base de licitación de 38.211.734,27 euros (Zaragoza).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía A-8 del Cantábrico, tramo: Barres-Ribadeo, términos municipales de Ribadeo, Castropol y Tapia de Casariego, longitud: 4,65 km.", con un presupuesto base de licitación de 39.667.983,96 euros (Lugo y Asturias).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía A-8 del Cantábrico, tramo: Abeledo-Regóvide, términos municipales de Vilalba y Guitiriz, longitud: 5,840 km.", con un presupuesto base de licitación de 30.102.866,51 euros (Lugo).

ACUERDO por el que se toma razón, por séptima vez, de las actuaciones de emergencia llevadas a cabo hasta el 31 de diciembre de 2003 por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, para prevenir y reparar los efectos de contaminación marina producidos por el siniestro sufrido por el buque petrolero "Prestige", por importe de 184.858.604 euros.

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 762.411,88 euros, necesarias para la estabilización de taludes de desmonte en los puntos kilométricos 0,900 y del 1,800 al 2,500 de la CN-629 (Burgos-Santoña), término municipal de Oña (Burgos).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 786.669,66 euros, de ampliación de las necesarias para la reparación del deslizamiento de terraplén y afección a tubo metálico entre los puntos kilométricos 140 al 141 de la A-67 (autovía Cantabria-Meseta), término municipal de Campoó de Enmedio (Cantabria).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 408.988,48 euros, necesarias para la estabilización de un talud sito en el punto kilométrico 117, margen izquierda, de la CN-623 (Burgos-Santander), término municipal de Corvera de Toranzo (Cantabria).

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Madrid para la financiación y transferencia de titularidad de la M-30.

ACUERDO por el que se suspende la ejecución de 16 acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos por los que se señalan los justos precios de la finca B2-012, propiedad de don Federico y doña María Concepción Urraca Moliner y de 15 fincas más, afectadas por las expropiaciones derivadas del proyecto "Variante ferroviaria de la línea Madrid-Hendaya en Burgos", término municipal de Burgos.

MEDIO AMBIENTE

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Sur y el Ayuntamiento de Málaga para el desarrollo de proyectos y actuaciones de restauración hidrológico-forestal.

ECONOMÍA

ACUERDO por el que se aprueba la distribución entre las Comunidades Autónomas de créditos del Plan de consolidación y competitividad de la pequeña y mediana empresa (PCCP), ejercicio 2004.

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 734.412 dólares USA a la República de Honduras para financiar la ampliación del equipamiento para el cuerpo de bomberos, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 10.478.347,50 dólares USA a la República de Turquía para financiar la construcción y explotación de una planta depuradora de aguas residuales, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ACUERDO por el que se aprueba la memoria de actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+I), año 2002.

ACUERDOS DE PERSONAL

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO por el que se nombra Comisario para la conmemoración del V Centenario del nacimiento de San Francisco Javier a D. FERNANDO GARCÍA DE CORTÁZAR RUIZ DE AGUIRRE.

INFORMES

MEDIO AMBIENTE

INFORME sobre licitación para suministro de tuberías para el trasvase del Bajo Ebro.

Medio Ambiente

639 MILLONES PARA EL SUMINISTRO DE TUBERÍAS Y

VÁLVULAS PARA EL TRASVASE DEL BAJO EBRO

  • La Ministra de Medio Ambiente informó al Consejo de Ministros de la licitación de estas obras que representan 555 km. de tuberías, con un peso de 520.000 toneladas de acero, y más de 4.100 válvulas y carretes.

Madrid, 20 de febrero de 2004

La Ministra de Medio Ambiente ha informado al Consejo de Ministros de la licitación, por parte de la sociedad estatal Trasagua, de seis contratos para la compra de tuberías, válvulas y carretes que se emplearán en la ejecución del trasvase del Bajo Ebro. El importe de estos contratos asciende a 638,6 millones de euros.

De esta forma, quedará garantizado en todo momento el suministro de materiales a las futuras empresas adjudicatarias de las obras, evitando retrasos en la ejecución del trasvase por falta de material. Además, gracias a la compra directa de este suministro, se asegura la homogeneidad de los materiales, la uniformidad del precio y un mayor control de la calidad en su fabricación.

Para reforzar estos objetivos, también se licitará por 9,2 millones de euros una asistencia técnica encargada de organizar la logística de todo este material: desde el control y seguimiento de la fabricación de los materiales y la comprobación de que cumplen los máximos exigidos de calidad, hasta la coordinación con las empresas adjudicatarias de las obras o la logística del complejo proceso de traslado de tuberías de gran tamaño.

600 millones en tuberías

Las tuberías, que se adjudicarán por un importe de 599,5 millones de euros en dos contratos -que dan mayor seguridad a la operación- serán de acero helicosoldadas y revestidas, para evitar que cualquier material o elemento pueda alterar las características organolépticas del agua. Los diámetros de las tuberías estarán comprendidos entre 1,5 y 3,3 metros y los espesores entre 8 y 22 milímetros.

En total, se contratarán 555 kilómetros de tuberías, que suponen un peso de unas 520.000 toneladas, que servirán para construir los 391 kilómetros de trazado del trasvase del Ebro que discurren en forma de tubería y los 83 kilómetros de sifones, que también utilizan material de tubería -simple o doble- para su construcción.

Además, se van a licitar otros cuatro contratos para el suministro de equipos por un importe total que asciende a 30 millones de euros. En concreto, se comprarán 490 válvulas de mariposas y 853 válvulas de compuertas -elementos hidromecánicos para reducir o cortar el caudal circulante por los conductos-, 1.413 válvulas de aireación o ventosas -para expulsar el aire o permitir su paso durante los procesos de llenado y vaciado de las tuberías- y 1.355 carretes de desmontaje -pieza de unión entre una tubería y una válvula-, materiales que se instalarán a lo largo de toda la infraestructura del trasvase.

NUEVO TRAMO EN ALMERÍA

La ministra también informó de la licitación, por parte de Trasagua, de un nuevo tramo del trasvase del Bajo Ebro en Almería -31,5 kilómetros entre Venta del Pobre y Barranco del Acebuche- por un importe de 29,3 millones de euros. Con este nuevo tramo, ya están en marcha cinco, es decir, más de 64 kilómetros de los 914 que forman el trasvase, el 7 por 100 del trazado completo.

También se licitarán las tres asistencias técnicas necesarias para ejecutar este tramo: la dirección de la obra, la dirección medioambiental y la coordinación de seguridad y salud, por un importe conjunto de 2,3 millones de euros.

Todas las licitaciones se publicarán a lo largo de los próximos días en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

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Este tramo, que hace el número 48 del trasvase, se inicia en Venta del Pobre, atraviesa los términos municipales de Lucainena de las Torres, Níjar y Almería y termina pasado el Barranco del Acebuche, todo ello en la provincia de Almería.

La infraestructura, diseñada para transportar 4,5 metros cúbicos por segundo, transcurre en sus primeros dieciocho kilómetros en paralelo a una conducción de Aguas de la Cuenca del Sur, y en los últimos catorce kilómetros, en paralelo a la carretera N-340. De esta manera, se aprovechan corredores e infraestructuras existentes minimizando la ocupación de nuevo territorio.

Economía

REGULADAS LAS CUOTAS PARTICIPATIVAS

DE LAS CAJAS DE AHORROS

  • Se negociarán en Bolsa y su porcentaje de retribución tendrá un mínimo igual al de la dotación para la obra social.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las cuotas participativas de las Cajas de Ahorro y que desarrolla el régimen previsto en la Ley en sus aspectos técnicos.

La reforma del régimen jurídico de las cuotas, introducida en la Ley Financiera, pretende que este instrumento sea eficaz para alcanzar sus objetivos con los que se creó a finales de los años 80: por un lado, ofrecer una fuente de captación de recursos propios de primera categoría, que facilite la conciliación del crecimiento de las cajas con una elevada solvencia; por otro, la creación de un instrumento de disciplina de mercado para las cajas, de forma que el precio de las cuotas permita valorar la gestión y proveer incentivos para la generación de valor. Estos objetivos son hoy fundamentales para que las Cajas de Ahorros sigan avanzando en crecimiento, rentabilidad, eficiencia y solvencia.

Acciones sin derechos políticos

La Ley recoge un régimen muy completo en el que se regulan los aspectos de naturaleza mercantil, financiera y prudencial, reforzando así la seguridad jurídica para emisores e inversores. Las cuotas se configuran de manera clara como instrumentos de renta variable pura, desprovistos de derechos políticos e integrantes de los recursos propios básicos. Se trata, pues, de una especie de acciones sin derechos políticos, cuya naturaleza es diferente a la de los instrumentos disponibles en la actualidad para las cajas.

Tal y como establece la Ley Financiera, las cuotas participativas únicamente disponen de derechos económicos: participación en el reparto del excedente de la libre disposición de la Caja, suscripción preferente de nuevas cuotas, obtención del valor liquidativo, etcétera.

Las cuotas carecen de todo derecho político. Podrá crearse un sindicato de cuotapartícipes, cuando así lo decida cada Caja cuyo Presidente, conforme a la Ley, tendrá voz, pero nunca voto, en la asamblea general. En este sentido, se mantiene en espíritu de la Ley Financiera que deja en manos de cada Caja esta decisión.

El Real Decreto desarrolla lo previsto en la Ley en aspectos técnicos y está inspirado por dos principios: neutralidad respecto al régimen de captación de recursos propios básicos de otras entidades de crédito, y claridad y seguridad jurídica en el tratamiento de los derechos de los cuotapartícipes y de la caja emisora.

Negociación en Bolsa

Las cuotas se negociarán en las Bolsas de Valores o en aquellos mercados o sistemas organizados de negociación en los que esté autorizada la negociación de renta variable.

La Asamblea General deberá fijar un límite máximo global a la emisión de cuotas que respete el límite establecido en la Ley y podrá delegar la aprobación del acuerdo de emisión en el consejo de administración.

Precio de emisión

El régimen de determinación del precio de emisión persigue garantizar la integridad de los derechos económicos de la caja. El objetivo es que el precio de emisión se acerque lo más posible al valor económico real de las cuotas.

La caja deberá estimar su valor económico y la prima de emisión para obtener una primera aproximación a ese valor económico real. No obstante, se ha previsto un régimen de contrastación de esa estimación mediante informes externos, ajustado al nivel de competencia y transparencia del procedimiento de colocación de la emisión. De este modo se exigirán menores requisitos si se trata de un procedimiento en el que las cuotas se ofrezcan públicamente y exista una participación significativa de inversores institucionales en la demanda. Si se dan estas condiciones, el propio funcionamiento del mercado conseguirá el objetivo de acercar el precio de emisión al valor económico real.

Se regulan los aspectos básicos del funcionamiento del sindicato de cuotapartícipes (creación, presidente, asamblea, adopción de decisiones), tomando como referencia el sindicato de obligacionistas de la Ley de Sociedades Anónimas.

Retribución de las cuotas

El porcentaje de retribución de las cuotas tendrá un mínimo igual al de la dotación para la obra social y un límite máximo del 50 por 100, que podrá ser superado con autorización del Banco de España con silencio positivo. Este régimen permite conciliar los dos elementos básicos asociados a la política de retribución: el prudencial, para salvaguardar la solvencia de las cajas, y el atractivo de las cuotas en los mercados de capitales, que requiere cierta flexibilidad para que la caja adapte la retribución a las condiciones del mercado.

Se regulan también otros aspectos como la supresión del derecho de suscripción preferente, la aplicación del límite máximo del 5 por 100 a la tenencia, la amortización y la fusión.

Economía

REGLAMENTO DE LOS COMISIONADOS PARA LA DEFENSA

DEL CLIENTE DE SERVICIOS FINANCIEROS

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros.

Con este Reglamento se desarrollan, para que entren en funcionamiento de forma efectiva, la regulación prevista en la Ley Financiera que crea la figura del Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios, el Comisionado para la Defensa del Inversor y el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones, órganos adscritos, respectivamente, al Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Todo ello se produce con la finalidad expresa de proteger los derechos e intereses del usuario y cliente de servicios financieros en el ámbito respectivo, y garantes en el reforzamiento de la transparencia y de las buenas prácticas y usos financieros.

La configuración actual del sistema financiero hace necesario dar un paso mas allá de la existencia de los Servicios de Reclamaciones o unidades equivalentes, como el del Banco de España y los de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el de la Dirección General de Seguros, con sus ámbitos competenciales, para resolver las incidencias que surgen en sus campos de actuación, con la valiosa ayuda de los defensores de los clientes en las propias entidades y de los servicios de atención al cliente, reforzando los instrumentos institucionales.

Independencia y autonomía

Con ello se pretende alcanzar equilibradamente diversos objetivos, entre los que cabe destacar la independencia y autonomía en cuanto a los criterios y directrices a aplicar en el ejercicio de sus funciones respecto a los servicios de supervisión a los que se adscribe, la agilidad del procedimiento y la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros. Para ello se les dota de los medios necesarios con la adscripción de los actuales Servicios de Reclamaciones.

Aparte de desarrollar el estatuto personal de la figura del Comisionado y de regular en detalle el procedimiento para la presentación de quejas, reclamaciones o consulta, en el Reglamento se han completado sus funciones en concordancia con las genéricas que le atribuye la Ley, sobre todo poniendo el acento en la capacidad del Comisionado de comunicar a la autoridad supervisora de las infracciones en materia de transparencia y protección de la clientela.

En consonancia con lo anterior, se abunda en el contenido de la memoria anual que sobre su gestión ha de publicar.

Economía

NUEVO REGLAMENTO DE PLANES Y FONDOS DE PENSIONES

  • Se regula la diferencia entre planes de empleo e individuales, así como la información y protección a los partícipes.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones que sustituye y actualiza el vigente, de 1988. Los principios generales del desarrollo reglamentario son los siguientes:

  • Se procede al desarrollo sistemático del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2002.

  • Se profundiza y sistematiza en la diferenciación de la regulación entre el sistema de empleo y el sistema individual de la previsión social complementaria.

  • Se incorporan con rango reglamentario las disposiciones de la Directiva Comunitaria de Fondos de Pensiones de Empleo (ocupacionales), de la Unión Europea excepto la afiliación transfronteriza, que requiere trasposición legal.

Principales elementos

1.- Se regula la organización y funcionamiento general del sistema, compuesto por los planes y fondos de pensiones, las entidades gestoras y las depositarias. Se definen las contingencias como complementarias de la Seguridad Social: jubilación, incapacidad laboral permanente y fallecimiento, contemplando la jubilación parcial de manera flexible. Asimismo, para los colectivos no vinculados al mercado de trabajo (amas de casa, etcétera) se fija en 65 años la edad para percibir la prestación.

Además, se desarrolla el régimen especial para personas discapacitadas, que contempla la posibilidad de realizar aportaciones a su favor por parte de los familiares.

2.- Se establece la diferenciación entre planes de empleo e individuales. Se avanza en la diferenciación que la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2002 introdujo respecto de los planes de pensiones de empleo e individuales, reconociendo sus diferencias operativas. Así, los planes de empleo se adscribirán a los fondos de pensiones de empleo, mientras que los planes individuales y asociados se adscribirán a los fondos como productos de previsión complementaria con inversión finalista a largo plazo. Se ahonda en la transparencia de estos productos en aspectos como la defensa de los partícipes, la transparencia de las comisiones, contratación y pensiones personales.

En lo que se refiere a los planes de empleo, se respeta la autonomía y libertad de pactos entre las partes y se aproxima su funcionamiento a las necesidades de las empresas y a los mecanismos de representación y decisión en el ámbito laboral.

Por otra parte, se desarrollan algunos aspectos concretos de la adopción de decisiones en el plan de empleo -ya previstos en la Ley-, precisando los mecanismos en función de qué parte (empresa o trabajadores) es la que asume más riesgo según la modalidad del plan: en aportación definida la evolución de las inversiones interesa a los trabajadores, por lo que las decisiones que afecten a éstas requerirá contar, al menos, con la mitad de los votos de la representación de los partícipes; en prestación definida el riesgo lo asume la empresa, por lo que las decisiones que le afecten requerirán, al menos, la mitad de los votos de la representación del promotor.

Asimismo, se desarrolla el funcionamiento de las comisiones de control de los planes de pensiones de empleo y se prevé que, con carácter general, la representación será paritaria, aunque en base a la libertad de pactos se puede establecer otra composición diferente si así es acordado en la negociación colectiva, respetando los mecanismos de adopción de decisiones en función de la modalidad del plan.

Se simplifican los procesos de formalización de planes de promoción conjunta por varias empresas, especialmente para el caso de pymes. Se flexibilizan las modalidades de planes de promoción conjunta por varias empresas, que podrán ser de aportación definida, de prestación definida y mixtos.

En lo que se refiere a los planes individuales y asociados, se perfilan publicidad, la información sobre las inversiones, etc.

3.- Información y protección a los partícipes. Se desarrollan las obligaciones de información a facilitar por las entidades gestoras a partícipes y beneficiarios sobre contingencias, valoración de derechos y abono de prestaciones o movilización entre planes de pensiones. Se prevé una información más recurrente, al menos trimestral, y transparente, pues, además de la información en relación con el cobro de comisiones, se deberá informar también del conjunto de gastos y de las rentabilidades anualizadas. Se reducen los plazos de quince a siete días para la movilización de los derechos consolidados y para el pago de prestaciones.

4.- Gestión e Inversiones de los fondos de pensiones. Se actualiza la regulación de las inversiones aptas de los fondos de pensiones. La nueva regulación toma como referencia de base la Directiva de Fondos de Pensiones de Empleo; como referencia prudencial, la regulación de las inversiones de las provisiones técnicas del sector asegurador, y como orientación, la regulación de las Instituciones de Inversión Colectiva.

Asimismo, se reconoce la libre prestación de servicios de gestión de las inversiones y depósito de activos. La nueva regulación profundiza en el necesario fin que debe orientar la gestión de las inversiones, que no es otro que la rentabilidad y seguridad para los partícipes.

Se lleva a cabo una actualización de los activos aptos para las inversiones de los fondos de pensiones a las nuevas circunstancias de los productos y mercados financieros, así como a las nuevas estrategias de inversión, reconociendo los diferentes productos financieros y unos criterios de diversificación y dispersión más flexibles.

Educación, Cultura y Deporte

SIMPLIFICADO EL PROCESO DE HOMOLOGACIÓN

DE LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS EXTRANJEROS

  • El nuevo sistema permitirá agilizar los trámites y reducir el tiempo de concesión de las homologaciones, cuyas solicitudes se han multiplicado en los últimos años.

  • De este nuevo sistema se beneficiarán, tanto los alumnos españoles que cursen sus estudios superiores fuera de nuestro país, como los extranjeros que quieran homologar sus estudios al sistema español.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de Educación Universitaria. El texto ha sido informado favorablemente por el Consejo de Coordinación Universitaria y por el Consejo de Estado.

Este nuevo procedimiento para la homologación de los títulos extranjeros de educación superior a los títulos universitarios españoles responde al compromiso adquirido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de mejorar este procedimiento para adaptarlo a las nuevas demandas.

El notable aumento de las solicitudes de homologación de títulos extranjeros, tanto de españoles que cursan total o parcialmente sus estudios en sistemas educativos extranjeros, como de nacionales de otros Estados que solicitan la homologación de su formación a los títulos españoles, hacía necesaria una reforma del actual sistema, con el objetivo de simplificar los trámites y de reducir el tiempo de espera para obtener la concesión de la homologación.

Años

Número de solicitudes de homologación

1997

6.064

1998

6.606

1999

8.369

2000

10.959

2001

14.703

2002

19.027


Agilidad y flexibilidad son las notas esenciales de este nuevo procedimiento, todo ello sin merma de las garantías para que la incorporación de los titulados extranjeros se produzca en pie de igualdad con las exigencias de los titulados españoles.

Procedimiento de homologación

Con el Real Decreto aprobado hoy, la homologación se concibe no como una absoluta equiparación en cuanto a las denominaciones, contenidos o asignaturas de los programas, sino como una "equivalencia" entre la formación adquirida en el extranjero y la requerida por la Universidad española, por ejemplo, en carga horaria, contenidos formativos, formación práctica, acceso a estudios de tercer ciclo, etcétera.

Además de la homologación a los títulos concretos del Catálogo Oficial de Títulos (por ejemplo, Licenciado en Derecho o Licenciado en Periodismo), se introduce la homologación a Grado académico; es decir, se va a poder reconocer que el solicitante tiene el nivel y los derechos correspondientes a un título de Licenciado o Ingeniero, sin especificar la disciplina en la que ha obtenido la Licenciatura o la Ingeniería).

Este nuevo sistema va a agilizar el proceso de homologación para todos aquellos que necesitan ver reconocido su nivel de estudios sin la especificidad concreta de la disciplina académica que han cursado. Por ejemplo, es de suma utilidad para aquellos ciudadanos de la Unión Europea que necesitan presentarse a oposiciones para las que se exige un determinado grado académico (Licenciado o Diplomado) o cuando se necesite la homologación únicamente a efectos académicos para continuar estudios, por ejemplo, de doctorado en una universidad española. El Ministerio procederá entonces a la homologación a Grado Académico, sin que haga falta la homologación a los títulos concretos del Catálogo Oficial de Títulos.

Con el nuevo sistema, la resolución de las solicitudes irá precedida de un informe elaborado por un comité técnico. Estos informes pueden ser específicos para una solicitud concreta o genéricos sobre determinadas titulaciones que serán de aplicación directa por el órgano instructor, lo que agilizará notablemente el procedimiento.

Superación de requisitos

Hasta ahora la homologación podía concederse, no concederse o, en el caso de que los estudios acreditados por el solicitante no fuesen suficientes, condicionarse a la superación de una prueba de conjunto en una universidad española sobre conocimientos básicos de la formación española requeridos para la obtención del título. Con el nuevo procedimiento aprobado hoy, cuando se detecten carencias en la formación acreditada, la Comisión podrá condicionar la homologación a la superación de unos requisitos formativos complementarios que podrán consistir en una prueba de aptitud, como hasta ahora, o en unas prácticas, un proyecto o trabajo o asistencia a cursos. De este modo, se da una mayor flexibilidad al sistema y se permite una mejor adaptación de esta exigencia de formación complementaria a la heterogeneidad de los diferentes sistemas educativos.

Finalmente, se aborda también una nueva regulación de la convalidación parcial de estudios universitarios extranjeros.

Defensa

FINANCIACIÓN DE LA FABRICACIÓN DE CUATRO SUBMARINOS

Y DE UN BUQUE DE PROYECCIÓN ESTRATÉGICA

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la financiación de los créditos plurianuales para la adquisición de cuatro submarinos S-80 y el buque de proyección estratégica LLx, de acuerdo a lo establecido en la Ley General Presupuestaria. El pasado 5 de septiembre el Consejo de Ministros autorizó al Ministro de Defensa a iniciar las actuaciones necesarias para las citadas adquisiciones.

El coste del Buque de Proyección LLx es de 360 millones. La construcción está previsto que finalice en 2008 y se entregue el buque a la Armada. Este programa supone para IZAR unos 3,13 millones de horas de trabajo directo y otros cinco millones de horas en trabajo inducido, lo que equivale al empleo de unas 1.645 personas durante cinco años.

El coste estimado del programa de submarinos S-80, para cuatro unidades, es de 1.755,8 millones. La entrada en servicio de los submarinos se producirá entre los años 2011 a 2014.

Este programa supone, igualmente para IZAR, unos ocho millones de horas de trabajo directo y, al menos, otros ocho millones de horas en la industria auxiliar. El astillero invertirá 1.250.000 horas/hombre de ingeniería y se propiciará la creación de 2.814 empleos durante diez años. Por otra parte, el programa asegurará el sostenimiento de este tipo de buques en España.

Agricultura, Pesca y Alimentación

REGULADOS LA GESTIÓN Y EL CONTROL DEL

RÉGIMEN DE LA TASA LÁCTEA

  • Afectará a todos los operadores que intervienen, tanto en el proceso de producción, como en el de transformación y comercialización de la leche y los productos lácteos.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el régimen de la tasa láctea, tanto en lo relativo a las declaraciones, acreditaciones o autorizaciones para primeros compradores, como a las facturaciones, retenciones a cuenta o liquidaciones. Con la nueva norma se trata de asegurar la transparencia en la gestión y control de la tasa suplementaria del sector lácteo.

Esta regulación integral, requerida por el propio sector, afectará, por tanto, a todos los operadores que intervienen en el proceso de producción, transformación y comercialización de la leche y los productos lácteos, garantizando el correcto funcionamiento del sistema de cuotas, con una repercusión de la tasa a los responsables directos de la misma.

Este nuevo régimen, que entrará en vigor en la próxima campaña, 2004-2005, parte de la necesidad de conocer con detalle el origen de toda la leche producida y comercializada, mediante la documentación de todas las transacciones comerciales por parte de los operadores del sector, para conseguir la justa repercusión en los responsables de la tasa por superación de la cantidad global asignada a España.

Declaraciones mensuales

Para conseguir esa transparencia del mercado, la nueva normativa introduce la obligación de realizar declaraciones mensuales a partir de explotaciones de dimensiones determinadas, que se suman a las ya previstas en la normativa comunitaria, de carácter anual. Para los productores y primeros compradores se establece la necesidad de llevar la gestión contable y la facturación de todas las operaciones realizadas, conservando la documentación comercial de cada campaña durante, al menos, un periodo de tres años.

Igualmente los industriales, transportistas y demás operadores del sector, deberán contar con la documentación de todas las transacciones, de forma que se asegure el completo seguimiento de toda la leche producida y comercializada en España, seguimiento que se complementa con el contemplado en la normativa sobre trazabilidad en el sector lácteo.

Además de regular el intercambio de información entre operadores que permita el cumplimiento de las recíprocas obligaciones, el Real Decreto recoge los supuestos de ampliación del hecho imponible de la tasa por incumplimiento de las obligaciones sobre acreditación documental de las transacciones, que incumbe a todos los operadores del sector.

Autorizaciones para primeros compradores

El régimen de autorizaciones como primer comprador contempla dos sujetos: el comprador comercializador y el comprador transformador. El primero de ellos deberá estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas como comercializador al por mayor de leche, pudiendo comprar exclusivamente a productores. En el caso del comprador transformador, además de estar dado de alta como tal en el impuesto de actividades económicas, tendrá que estar inscrito en el Registro de Industrias Alimentarias y podrá comprar leche a los productores y venderla a compradores transformadores o a industriales.

Los compradores autorizados quedarán inscritos en el Registro público de carácter administrativo (RECAL), que se creará en el Fondo Español de Garantía Agraria, al que podrán consultar los productores para acceder en régimen de libre concurrencia a los posibles primeros compradores.

Al final de cada periodo de tasa láctea, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) compensará a los productores, cuyas entregas hubieran sobrepasado su cantidad de referencia individual, con la parte no utilizada por los restantes productores y con las cantidades disponibles de la reserva nacional. Así, el pago de la tasa por superación de la cuota se modulará conforme al sistema de compensación única, atendiendo exclusivamente al sobrepasamiento efectivo, con objeto de asegurar un trato equitativo a todos los productores. Se tendrá en cuenta para el cálculo de la compensación el volumen de superación efectiva y el porcentaje de rebasamiento sobre la cuota.

Para las sociedades cooperativas y las sociedades agrarias el texto hoy aprobado establece que podrán obtener autorización como compradores comercializadores, sin necesidad de acreditar el volumen mínimo de negocio establecido con carácter general y sin tener que constituir una fianza inicial, como garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de la tasa láctea, para el ejercicio de la actividad.

Igualmente, se dispensará a tales entidades de la prohibición de vender leche a otros comercializadores, siempre que se trate de sociedades cooperativas en las que estén integradas, reconociendo así la contribución social de las sociedades cooperativas en apoyo del sector productor, en la distribución y concentración de la oferta.

Con objeto de conseguir la paulatina adecuación a las disposiciones del régimen de la tasa láctea, se establece un periodo transitorio, en cuanto al régimen de autorizaciones y cumplimiento gradual de los nuevos requisitos, que comprenderá las tres próximas campañas.

Economía

APROBADO EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE LA CONTABILIDAD

  • Podrán acogerse 700.000 empresas ya existentes y un millón de empresas individuales.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba el Régimen Simplificado de Contabilidad.

Las pequeñas y medianas empresas necesitan un sistema de contabilidad e información financiera capaz de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de estas unidades económicas, y que a su vez tenga en cuenta las características de estos sujetos contables; esto es, que haga compatible el objetivo sobre la base de un conjunto de criterios sencillos, suficientemente flexibles.

En este escenario, la regulación que ha aprobado el Gobierno está en sintonía con los pronunciamientos que a nivel internacional se han realizado sobre la simplificación de las obligaciones contables de las pequeñas empresas (la Directiva Comunitaria relativa a las cuentas anuales de determinadas formas de sociedad), rebajando las exigencias que la normativa contable en vigor establece para el conjunto de los empresarios y permitiendo, al mismo tiempo, atender al objetivo de la imagen fiel con unos criterios de llevanza y presentación de las cuentas anuales más al alcance de quien no esté muy familiarizado con la técnica de la contabilidad.

Más simplificaciones

Como aportación adicional en busca del objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones contables a estas pequeñas empresas, se deben simplificar, no sólo los modelos de cuentas sino también determinados criterios de registro: formas de registro. Este nuevo régimen simplificado se configura como una doble opción, ya que incorpora por una parte la posibilidad de optar por un modelo de Libro diario simplificado (con varias columnas a cumplimentar) y, por otra, la opción por unos modelos de cuentas anuales simplificadas que se aplican conjuntamente con criterios de registro simplificados para determinadas operaciones.

Para poder acogerse a esta última opción (modelos de cuentas anuales simplificados y criterios de registro simplificados), se requiere que el sujeto contable, el empresario, cumpla una serie de requisitos. Así, por ejemplo, se excluye a las entidades que deban suministrar información a alguno de los centros directivos, entes o instituciones con competencias en materia de ordenación y supervisión del sistema financiero.

Ámbito de aplicación

En relación con el ámbito subjetivo, los destinatarios que pueden beneficiarse son todos los empresarios, cualquiera que sea su forma jurídica, individual o societaria, que, debiendo llevar contabilidad conforme al Código de Comercio, no sobrepasen determinados límites cuantitativos de volumen de activos (un millón de euros), de volumen de operaciones (dos millones de euros) y un numero máximo de diez empleados. Podrían acogerse al régimen simplificado de contabilidad, aproximadamente, 700.000 empresas ya existentes con forma societaria y un millón de empresarios individuales.

Adicionalmente, el régimen simplificado también es aplicable a las entidades sin ánimo de lucro y, en particular, a las fundaciones y asociaciones.

Educación, Cultura y Deporte

PRIMERAS 97 CUALIFICACIONES DEL CATÁLOGO

DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se incorporan las primeras 97 cualificaciones, pertenecientes a veintitrés familias, del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. Esta incorporación ha contado con el visto bueno del Consejo General de la Formación Profesional, con el apoyo de los agentes sociales y de las Comunidades Autónomas, y con el informe favorable del Consejo Escolar del Estado.

El Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales es la principal medida del desarrollo reglamentario de la Ley de Formación Profesional, aprobada por el Parlamento en el año 2002, y supondrá un importante avance en la modernización de la Formación Profesional en España.

El Catálogo servirá para vincular estrechamente la formación con el empleo, puesto que en él aparecerán identificadas las cualificaciones que demanda en cada momento el mercado de trabajo y, al mismo tiempo, la formación necesaria para atender a esos requerimientos del mundo laboral.

El Catálogo servirá, además, para proporcionar información y orientación sobre las oportunidades de aprendizaje para el empleo, los procedimientos de evaluación, el reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales que poseen las personas (cualquiera que hubiera sido su forma de adquisición), así como ofertas formativas adaptadas a colectivos con necesidades específicas, entre otros asuntos.

Así, a través del Catálogo se podrán realizar ofertas formativas actualizadas en cada momento, tanto para la Formación Profesional Específica o Inicial de jóvenes y adultos, como para la Formación Profesional Ocupacional dirigida a los desempleados y la Formación Profesional Continua de los trabajadores activos, para poder dar así respuesta a un proceso de cualificación a lo largo de la vida de todas las personas, para que puedan mejorar su preparación y sus capacidades, y para que puedan afrontar en todo momento las nuevas necesidades que va exigiendo la sociedad.

Elaboración y actualización del catálogo

La elaboración del Catálogo Nacional está siendo realizada por grupos de trabajo compuestos por expertos de los diversos sectores productivos, que identifican y definen las cualificaciones profesionales de sus respectivos sectores. Mediante un estudio pormenorizado de las necesidades del mercado de trabajo, estos grupos van identificando los nuevos perfiles profesionales demandados por el mercado laboral y diseñando la formación necesaria para poder ejercerlos con la debida competencia. Entre estos nuevos perfiles se encuentran, por ejemplo, la asistencia a producción y realización de televisión, actividades de venta, hidrotermal, transporte sanitario, o administración y diseño de redes informáticas departamentales, entre otros.

Atendiendo a la evolución de las necesidades del sistema productivo y a las demandas sociales, se podrá actualizar el contenido de las cualificaciones cuando sea necesario, tal como se establece en la propia Ley de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El Instituto Nacional de las Cualificaciones, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, será quien mantenga permanentemente actualizado el Catálogo mediante su revisión periódica efectuada en un plazo no superior a cinco años.

Las cualificaciones se adaptarán también a lo establecido en las normas comunitarias, con lo que el sistema y los títulos españoles de Formación Profesional serán homologables con el resto de Europa, lo que facilitará la movilidad de alumnos y trabajadores por todo el espacio de la Unión Europea.

Las cualificaciones aprobadas hoy han sido las siguientes:

Familia Profesional Agraria

  • Tratamientos agroquímicos y biológicos.

  • Producción porcina intensiva.

  • Jardinería y Restauración del paisaje.

Familia Profesional Marítimo-Pesquera

  • Operaciones en instalaciones y plantas hiperbáricas

  • Operación en pesca y transporte marítimo.

  • Confección y mantenimiento de artes y aparejos.

  • Manipulación y conservación en pesca y acuicultura.

  • Producción de alimento vivo.

  • Engorde de peces, crustáceos y cefalópodos.

  • Operaciones subacuáticas de reparación a flote y reflotamiento.

  • Operaciones subacuáticas de obra hidráulica y voladura.

Familia Profesional Industrias Alimentarias

  • Quesería.

  • Obtención de aceites de oliva.

  • Sacrificio, faenado y despiece de animales.

  • Panadería y bollería.

  • Enotecnia.

Familia Profesional Química

  • Conducción de máquina de papel y acabados.

  • Operaciones básicas en planta química.

  • Elaboración de productos farmacéuticos.

  • Ensayos microbiológicos y biotecnológicos.

  • Ensayos físicos y fisicoquímicos.

Familia Profesional Imagen Personal

  • Servicios auxiliares de peluquería.

  • Hidrotermal.

  • Maquillaje integral.

Familia Profesional Sanidad

  • Transporte sanitario.

Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente

  • Operación de estaciones de tratamiento de aguas.

  • Gestión de residuos urbanos e industriales.

  • Servicios para el control de plagas.

  • Vigilancia y seguridad privada.

  • Control y protección del medio natural.

Familia Profesional de Instalación y Mantenimiento

  • Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas.

  • Mantenimiento y montaje mecánico de equipo industrial.

Familia Profesional Electricidad y Electrónica

  • Reparación de equipos electrónicos de audio y vídeo.

  • Montaje y mantenimiento de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios.

Familia Profesional Fabricación Mecánica

  • Operaciones auxiliares de fabricación mecánica.

  • Mecanizado por arranque de viruta.

  • Mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.

  • Mecanizado por corte y conformado.

  • Soldadura.

  • Tratamientos superficiales.

  • Diseño de productos de fabricación mecánica.

  • Diseño de útiles de procesado de chapa.

  • Diseño de moldes y modelos.

Familia Profesional Transporte y Mantenimiento de Vehículos

  • Pintura de vehículos.

  • Mantenimiento de estructuras de carrocerías de vehículos.

  • Mantenimiento de elementos no estructurales de carrocerías de vehículos.

  • Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles.

  • Mantenimiento del motor y sus sistemas auxiliares.

  • Planificación y control del área de carrocería.

  • Planificación y control del área electromecánica.

Familia Profesional Edificación y Obra Civil

  • Operaciones de hormigón.

  • Fábricas de albañilería.

Familia Profesional Vidrio y Cerámica

  • Decoración y moldeado de vidrio.

  • Control de materiales, procesos y productos en laboratorio cerámico.

  • Operaciones en línea automática de fabricación y transformación de vidrio.

  • Desarrollo de composiciones cerámicas.

Familia Profesional Madera, Mueble y Corcho

  • Fabricación de tapones de corcho.

  • Mecanizado de madera y derivados.

  • Instalación de muebles.

  • Acabado de carpintería y mueble.

  • Aserrado de madera.

  • Montaje de muebles y elementos de carpintería.

  • Proyectos de carpintería y mueble.

Familia Profesional Artes Gráficas

  • Impresión en offset.

  • Producción editorial.

Familia Profesional Textil, Confección y Piel

  • Cortinaje y complementos de decoración.

  • Hilatura y telas no tejidas.

  • Tejeduría de calada.

  • Tejeduría de calada manual.

  • Blanqueo y tintura de materias textiles.

  • Tintura y engrase de pieles.

  • Ensamblaje de materiales.

  • Corte de materiales.

Familia Profesional Imagen y Sonido

  • Asistencia a la producción en televisión.

  • Luminotecnia para el espectáculo en vivo.

  • Animación 2D y 3D.

  • Asistencia de realización en televisión.

Familia Profesional Informática y Comunicaciones

  • Sistemas microinformáticos.

  • Administración de bases de datos.

  • Programación con lenguajes orientados a objetos y bases de datos relacionales.

  • Administración y diseño de redes departamentales.

Familia Profesional Administración y Gestión

  • Gestión contable y auditoría.

  • Gestión administrativa pública.

  • Administración de recursos humanos.

Familia Profesional Comercio y Marketing

  • Actividades de venta.

  • Gestión administrativa y financiera del comercio internacional.

  • Atención al cliente, consumidor o usuario.

  • Tráfico de mercancías por carretera.

Familia Profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad

  • Atención socio-sanitaria a personas en el domicilio.

  • Educación de habilidades de autonomía personal y social.

Familia Profesional Hostelería y Turismo

  • Operaciones básicas de cocina.

  • Operaciones básicas de restaurante y bar.

  • Cocina.

  • Recepción.

  • Venta de servicios y productos turísticos.

Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas

  • Socorrismo acuático.

  • Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente.

Economía

MODIFICADAS CINCO NORMATIVAS DE SEGUROS PRIVADOS

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado cinco Reales Decretos sobre los seguros privados, que consisten en las siguientes reformas reglamentarias:

  1. Se modifica el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

  2. Se sustituye por uno nuevo el Reglamento de Riesgos Extraordinarios.

  3. Se regula por primera vez la exigencia de libros-registro y de suministro de información para las corredurías de seguros.

  4. Se modifica el Reglamento sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de vehículos a motor.

  5. Se modifica el Plan de Contabilidad de entidades aseguradoras.

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORDENACIÓN Y SUPERVISIÓN

DE LOS SEGUROS PRIVADOS

El objetivo fundamental de la modificación consiste en completar la transposición de las Directivas comunitarias de margen de solvencia, lo que se traduce en un reforzamiento de los requerimientos de solvencia de las entidades aseguradoras. De esta manera, se cierra el diseño del sistema comunitario de supervisión de entidades aseguradoras en su concepción actual ("Solvencia I") y se deja preparado el camino legislativo para la nueva configuración, que actualmente se encuentra en fase de estudio en el ámbito comunitario ("Solvencia II").

Principales cambios

Las principales modificaciones son, por un lado, la elevación de la cuantía mínima del margen de solvencia (o patrimonio propio no comprometido) de las entidades aseguradoras. Se concretan cuáles son los elementos integrantes del patrimonio propio no comprometido y se establecen dos categorías de elementos: los que en todo caso deben ser considerados patrimonio propio de la entidad (capital social, reservas, aportaciones no reintegrables, etcétera) y los que sólo podrán computarse previa petición y acuerdo de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (el 50 por 100 del capital social pendiente de suscripción, comisiones activadas, plusvalías, etcétera).

Además, se eliminan como componentes del patrimonio propio los beneficios futuros del ramo de vida, se fija un régimen transitorio hasta la total extinción de su cómputo en 2009 y se establece un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2006 para que las entidades aseguradoras se adapten a las nuevas exigencias de solvencia.

Adicionalmente, se mejora la información y transparencia en los seguros de vida en los que el tomador asume el riesgo de la inversión, mediante la obligación para las entidades de especificar el importe de todos los gastos inherentes al contrato.

Desde el punto de vista de las inversiones, se regulan los requisitos que deben cumplir los activos financieros estructurados y se precisan las facultades de vigilancia del órgano de control.

Por último, se agilizan determinados procedimientos administrativos en materia de autorizaciones de ramos, operaciones de fusión, cesiones de cartera y sucursales de entidades domiciliadas fuera del Espacio Económico Europeo.

NUEVO REGLAMENTO DE SEGUROS DE RIESGOS EXTRAORDINARIOS

El nuevo Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinariossustituye al Reglamento de 1986.

Esta norma regula la cobertura por el Consorcio de Compensación de Seguros de los denominados riesgos extraordinarios. Se consideran riesgos extraordinarios, siempre que exista una póliza privada que cubra los ordinarios, los fenómenos de la naturaleza (inundaciones extraordinarias, tempestad, terremotos, etcétera), los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, motín y tumulto popular, y los hechos o actuaciones de los cuerpos de seguridad, derivados de hechos como la desactivación de artefactos explosivos o accidentes fortuitos en el ejercicio de sus funciones.

El nuevo Reglamento desarrolla la cobertura de los daños debidos a "pérdidas de beneficios" como consecuencia de acontecimientos extraordinarios, que fue introducida por la Ley Financiera. Además, se mejora la protección de los asegurados mediante una serie de medidas que van desde la ampliación de determinadas coberturas hasta la reducción o supresión de franquicias y períodos de carencia.

REGULACIÓN DE LOS LIBROS-REGISTRO Y EL DEBER DE INFORMACIÓN

ESTADÍSTICO-CONTABLE DE LAS CORREDURÍAS DE SEGUROS.

El Real Decreto regula los libros-registro sobre primas, pólizas, siniestros y colaboradores que deberán llevar los corredores de seguros y se establece también el deber de remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la información estadístico-contable anual, que incluye datos referentes a la estructura de la organización, programas de formación, cartera de seguros intermediada y cuenta de pérdidas y ganancias. El objetivo es contar con la información necesaria para las tareas propias de supervisión. Se concede un plazo de adaptación hasta el año 2005.

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL

Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR.

La Ley Financiera transpuso la IV Directiva comunitaria del seguro de automóviles, con objeto de facilitar la reclamación del asegurado en un accidente ocurrido en un Estado miembro distinto al de su residencia.

Esta transposición requería de una serie de adaptaciones reglamentarias, que se llevan a cabo mediante este Real Decreto: regulación del Consorcio de Compensación de Seguros como organismo de información y fondo de garantía y de OFESAUTO como organismo de tramitación de indemnizaciones, y ampliación del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) para incluir los representantes de las entidades aseguradoras en los distintos Estados del Espacio Económico Europeo.

MODIFICACIÓN DEL PLAN DE CONTABILIDAD DE ENTIDADES ASEGURADORAS

Se introducen cuatro modificaciones técnicas, relativas a la valoración de inmuebles y del fondo de comercio, al cálculo de la provisión para primas no consumidas y al deber de consolidación.

Trabajo y Asuntos Sociales

REGULADOS LOS ENCLAVES LABORALES

  • Su objetivo es facilitar el tránsito de los trabajadores discapacitados desde el empleo protegido al empleo ordinario.

  • Las empresas colaboradoras que empleen de forma indefinida a un discapacitado tendrán una subvención de casi 8.000 euros.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento de empleo de las personas con discapacidad.

La nueva norma está dirigida a promover el empleo y lograr la mayor integración de las personas con discapacidad, con especiales dificultades para acceder al mercado de trabajo. Por ello, la finalidad de los enclaves es facilitar la transición desde el empleo protegido en el centro especial de empleo, al empleo ordinario en la empresa colaboradora.

Las características del Real Decreto son las siguientes:

  • Los enclaves pueden ser realizados por los centros especiales de empleo en empresas ordinarias, mediante un contrato de prestación de servicios.

  • Se facilita a las empresas el cumplimiento de la cuota de reserva.

  • Todos los trabajadores deben ser discapacitados y, al menos un 60 por 100 de ellos debe presentar especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo.

  • Los trabajadores del enclave mantienen a todos los efectos su relación laboral con el centro especial de empleo.

Ayudas a la contratación

Las empresas colaboradoras que contraten indefinidamente a un trabajador del enclave con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo ordinario percibirán las siguientes ayudas:

  • Una subvención de 7.814 euros por contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato es a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.

  • Una bonificación del 100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

  • Subvenciones para la adaptación de los puestos de trabajo de los trabajadores discapacitados.

El Real Decreto obedece al compromiso asumido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de regular los enclaves laborales como una de las modificaciones normativas dirigidas a actualizar el marco jurídico que permita la creación de empleo de las personas con discapacidad, lograr su integración en el mercado ordinario y facilitar el cumplimiento de la obligación de reserva de contratación por las empresas.

Definición

Los enclaves laborales consisten en el traslado temporal de un equipo de trabajadores con discapacidad de un centro especial de empleo a las instalaciones de una empresa del mercado ordinario de trabajo, llamada empresa colaboradora, para el desarrollo de una actividad productiva, a través de un contrato de arrendamiento de servicios entre el centro y la empresa.

Esta fórmula permite al trabajador completar y mejorar su experiencia profesional en un entorno propio del mercado ordinario de trabajo. Asimismo, la empresa colaboradora puede conocer mejor la capacidad y posibilidades de estos trabajadores, y podrá decidir su incorporación a la plantilla, con la consiguiente aplicación de ayudas.

Los enclaves posibilitan el crecimiento de la actividad desarrollada por los centros especiales de empleo y contribuyen a facilitar a las empresas el cumplimiento de la obligación de la cuota de reserva legal del 2 por 100 de trabajadores con discapacidad.

Factores sociológicos y psicológicos

Esta medida de integración laboral tiene en cuenta factores sociológicos, como la percepción por parte del empresario sobre la eficacia del trabajo de los minusválidos, y psicológicos, como la necesidad de este colectivo de contar con un apoyo personalizado en el trabajo.

Igualmente, se contempla el factor empresarial, ya que los continuos cambios en los procesos productivos hacen imprescindible la capacitación profesional especializada de estos trabajadores.

Fomento

TRASPASO AL AYUNTAMIENTO DE MADRID DE LA M-30

Y DE TRAMOS DE CINCO AUTOVÍAS

  • El Ayuntamiento recibirá como compensación económica la cantidad de 53,8 millones.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Madrid para la mejora y cesión de la M-30. Con este convenio, la titularidad de la M-30 se traspasa al Ayuntamiento de Madrid, que recibirá como compensación económica para la mejora de dicha vía la cantidad de 53.804.339 euros.

Actualmente la Red de Carreteras del Estado cuenta en el término municipal de Madrid con la carretera de circunvalación M-30 y diversos tramos de otros ejes viarios de funcionalidad ligada a la misma, situados casi todos en el interior del anillo que conforma esta vía que, con el paso del tiempo y el desarrollo económico y social, han quedado absorbidas dentro del núcleo urbano de la ciudad y su entorno metropolitano. La M-30, vía de gran capacidad, tiene carácter urbano, da servicio a tráficos de ámbito local y dispone de un itinerario alternativo a través de la M-40, para mantener la continuidad de la Red de Carreteras del Estado.

En estas carreteras citadas resulta necesario llevar a cabo obras y actuaciones de rehabilitación superficial y de mejora funcional con objeto de alcanzar mayor capacidad y fluidez en la circulación y dotarlos de características netamente urbanas.

Actuaciones municipales

El Ayuntamiento de Madrid tiene la intención de llevar a cabo una serie de actuaciones en el ámbito de la M-30 que la actualizarán y adecuarán a las necesidades urbanas, actuaciones que se extienden, además de a la M-30 propiamente dicha, a otras carreteras como la A-1 (Autovía del Norte) y la A-5 (autovía del Suroeste) comprendidas entre la M-30 y la M-40, o como la A-2 (autovía del Nordeste), A-3 (autovía del Este) y A-6 (autovía del Noroeste) entre el interior de la ciudad y la M-30, que ya tienen la vocación urbana que exige el artículo 40 de la Ley de Carreteras de 29 de julio de 1988, y su Reglamento, para la cesión al Ayuntamiento de Madrid.

Asimismo, tanto la mencionada carretera M-30, como los viarios ligados funcionalmente a ella y los tramos de carreteras descritos en el párrafo anterior, se ajustan a los requisitos establecidos en la Orden Ministerial de 23 de julio de 2001 por la que se regula la entrega a los Ayuntamientos de tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado, y, por consiguiente, son susceptibles de ser cedidos al Ayuntamiento de Madrid.

Con este objetivo, el Ministro de Fomento y el Alcalde de Madrid firmaron el 1 de agosto de 2003 un acuerdo entre ambas administraciones por el que el Ministerio de Fomento autorizaba al Ayuntamiento de Madrid a convocar las licitaciones para adjudicar las asistencias técnicas de redacción de los proyectos de obras que, a juicio de los servicios técnicos municipales, fuese necesario realizar en la M-30 y, asimismo, llevar a cabo las actuaciones precisas para poder redactar los expresados proyectos.

El Ministerio de Fomento eleva ahora al Consejo de Ministros para su aprobación este Convenio de colaboración para la cesión de la M-30 y los tramos interiores a la M-30 de la A-2, A-3 y A-6, así como los tramos comprendidos entre la M-30 y la M-40 de la A-1 y de la A-5.

A partir de la firma del Convenio, el Ayuntamiento pasará a ser titular de las mencionadas carreteras y recibirá una compensación económica de 53.804.399 euros, de acuerdo con los criterios establecidos en la citada Orden Ministerial de 23 de julio de 2001.

M-40 y M-50

Una vez firmado el Convenio, el Estado mantendrá a su cargo la M-40, que será la autovía de circunvalación que conectará todas las autovías y autopistas radiales entre sí y distribuirá los tráficos de medio y de largo recorrido. Le apoyará en esta función la futura M-50, que tiene ya en servicio el tramo noroeste entre la A-6, la A-5 y la A-4, así como el tramo entre la A-1 y la A-2. Una vez concluida la M-50, será un nuevo anillo de circunvalación a excepción del tramo norte, tramo entre la A-1 y la A-6, que requiere exhaustivos estudios ambientales y técnicos por tratarse de la zona del Monte del Pardo, estudios que ya están en marcha.

Fomento

TRES TRAMOS DE LA ALTA VELOCIDAD MADRID-LEVANTE

  • Se trata de los tramos Sax-Elda, en Alicante, y Fuentes-Monteagudo de las Salinas y Monteagudo de las Salinas-Monteagudo de las Salinas (Túnel de Tendero), en Cuenca.

  • La longitud total es de 22,9 km. y el presupuesto conjunto supera los 170 millones.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras de plataforma de tres nuevos tramos de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Se trata de los tramos Sax-Elda, en Alicante, y Fuentes-Monteagudo de las Salinas y Monteagudo de las Salinas-Monteagudo de las Salinas (Túnel de Tendero), en Cuenca. Los presupuestos de los tres tramos suman 170,57 millones de euros.

El tramo Sax-Elda tiene una longitud es de 6,9 km, un presupuesto de licitación de las obras de 61.281.975,19 euros y un plazo de ejecución de 52 meses. Por su parte, el tramo Fuentes-Monteagudo de las Salinas tiene una longitud de once kilómetros, un presupuesto de licitación de 70.168.301,91 euros y un plazo de ejecución de treinta meses. Finalmente, el tramo Monteagudo de las Salinas-Monteagudo de las Salinas (Túnel de Tendero) tiene cinco km., un presupuesto de licitación de 39.124.605,65 euros y un plazo de ejecución de veinticuatro meses.

La Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia está incluida en el Plan de Infraestructuras 2000-2007, capítulo Ferrocarriles, programa Alta Velocidad del Ministerio de Fomento.

Características técnicas de los tramos

  • Tramo Sax-Elda

Discurre por los municipios de Sax, Salinas y Elda, en la provincia de Alicante. Como elementos singulares hay que destacar el túnel de las Barrancadas, de 2.890 m. de longitud, que incluye sendos túneles artificiales de emboquille, un viaducto sobre la carretera CV-830 y el viaducto sobre el Barranco del Derramador, cinco pasos inferiores para dar continuidad a diferentes caminos y tres obras de drenaje significativas por sus dimensiones.

  • Tramo Fuentes-Monteagudo de las Salinas

Discurre por los municipios de Fuentes, Monteagudo de las Salinas y Cuenca (Jurisdicción de los Llecos), en la provincia de Cuenca.

Como elementos singulares hay que destacar un viaducto sobre el Arroyo Vallejo de las Dehesillas, el Túnel de los Cubillos, cinco pasos superiores de caminos y dos de fauna, y diez pasos inferiores para dar continuidad a diferentes caminos y/o mantener la permeabilidad transversal de la red de drenaje y/o garantizar el paso de fauna.

  • Monteagudo de las Salinas-Monteagudo de las Salinas (Túnel de Tendero)

Discurre por los municipios de Monteagudo de las Salinas y Solera de Gabaldón, en la provincia de Cuenca.

Los principales elementos singulares son el Túnel de Tendero de 1.097 m. de longitud, dos pasos superiores de caminos y ocho pasos inferiores para dar continuidad a diferentes caminos y/o mantener la permeabilidad transversal de la red de drenaje y/o garantizar el paso de fauna.

Los proyectos contienen las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura tales como movimientos de tierra, estructuras, reposición de los servicios y servidumbres afectados, y la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea, además de las correspondientes obras de drenaje. El nuevo trazado se ha diseñado con ancho de vía internacional para la doble vía de Alta Velocidad.

Obras en servicio y en marcha

Actualmente, como puede verse en el cuadro siguiente, son veinticinco los tramos del Corredor AVE Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, con obras en marcha con un total de 244,4 km y 1.018,50 millones de euros de inversión. De ellos, en veinticuatro se realizan obras de plataforma y en el de Villar de Chinchilla-Almansa se han concluido las de plataforma y vía y se están ejecutando las de instalaciones. Además de estas actuaciones, están en servicio, provisionalmente en ancho ibérico, los tramos Albacete-Villar de Chinchilla de 44,1 km. y La Encina-Xátiva de 41,2 km.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 17 de septiembre de 1999, atribuyó a GIF la construcción y administración del Nuevo Acceso Ferroviario de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia.

NUEVO ACCESO FERROVIARIO DE ALTA VELOCIDAD: MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGION DE MURCIA

CORREDOR DE ALTA VELOCIDAD MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGION DE MURCIA

OBRAS EN SERVICIO O EN MARCHA

TRAMOS EN SERVICIO

KM

IMPORTE

(millones de euros)

Albacete-Villar de Chinchilla

44,1

12,42

La Encina-Xátiva

41,2

192,84

TOTAL EN SERVICIO

85,3

205,26

TRAMO CUENCA-ALBACETE

Fuentes-Monteagudo de las Salinas

11,0

70,17

Monteagudo de las Salinas-Monteagudo de las Salinas (Túnel de Tendero)

5,0

39,12

Monteagudo de las Salinas-Solera de Gabaldón

11,7

31,91

Solera de Gabaldón-Motilla del Palancar

13,3

37,89

Gabaldón-Villanueva de la Jara

11,9

39,22

Villanueva de la Jara-Villagordo del Júcar

17,5

34,03

Villalgordo del Júcar-La Gineta

17,3

63,41

La Gineta-Albacete

16,1

33,41

TOTAL EN MARCHA CUENCA-ALBACETE

103,8

349,16

TRAMO ALBACETE-LA ENCINA

Villar de Chinchilla-Almansa

20,0

36,29

TRAMO MOTILLA DEL PALANCAR-VALENCIA

Motilla del Palancar-Iniesta

14,9

42,19

Iniesta-Minglanilla

13,5

42,31

Venta del Moro-Caudete de las Fuentes

9,3

25,93

Requena-Siete Aguas

6,8

45,54

TOTAL EN MARCHA MOTILLA-VALENCIA

44,5

155,97

TRAMO XATIVA-VALENCIA

Variante de Xátiva (Xátiva-Novelé-Xátiva)

5,3

47,27

Xátiva-L''Enova

6,8

48,11

Enova-Puebla Larga

5,3

30,56

Puebla Larga-Alzira

6,5

22,24

Alzira-Algemesí

7,9

39,55

Algemesí-Benifaió

6,2

26,47

Benifaió-Picassent

3,7

13,65

Piccasent-Alcasser

7,9

50,38

Alcasser-Valencia

9,9

47,98

TOTAL EN MARCHA XÁTIVA-VALENCIA

59,5

326,21

TRAMO LA ENCINA-ALICANTE

Sax-Elda

6,9

61,28

TRAMO ELCHE-MURCIA

Acceso a la ciudad de Murcia

8,9

51,45

ACCESO A ALICANTE/ELCHE

Accesos a Alicante, Fase I

0,8

38,14

TOTAL OBRAS EN SERVICIO O EN MARCHA

329,7

1.223,76


Medio Ambiente

120 MILLONES PARA ACTUACIONES DE RESTAURACIÓN

HIDROLÓGICO-FORESTAL EN MÁLAGA

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Sur, del Ministerio de Medio Ambiente, y el Ayuntamiento de Málaga para el desarrollo de proyectos y actuaciones de restauración hidrológica-forestal en el término municipal de Málaga.

Este convenio, que tiene por objeto establecer las condiciones básicas entre las dos instituciones para el desarrollo de proyectos, cuenta con un presupuesto que asciende a 120 millones de euros, que se ejecutarán desde este año hasta 2008.

Entre las actuaciones que se van a realizar se pueden destacar las destinadas a limpieza, protección y acondicionamiento de cauces; a la defensa contra las avenidas y lucha contra la erosión, y a la restauración ambiental y recuperación ecológica de los espacios naturales para que puedan ser disfrutados por los ciudadanos.

Los proyectos que se incluirán en el convenio hoy autorizado se refieren al cauce del río Guadalmediana y a numerosos arroyos del municipio de Málaga, como Teatinos, de las Cañas, La Palma, Carlinda, Jarazmín, Jaboneros, de los Angeles, Quintana, Cambrones, Cementerio, Caleta, Mayorazgo, Toquero, Campanillas, Calambuco, Prado Jurado, Merino, La Salud y Culebra.

Trabajo y Asuntos Sociales

CONSTRUCCIÓN DE UN COMPLEJO PARA ENFERMOS

DE ALZHEIMER EN VALLECAS (MADRID)

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma de un convenio con la Fundación Reina Sofía para la construcción de un complejo destinado a enfermos de Alzheimer.

El complejo, que estará ubicado en Madrid (Vallecas), contará con un presupuesto de siete millones de euros, presupuesto que cofinanciarán al 50 por 100 los dos Departamentos ministeriales intervinientes en el acuerdo, distribuidos en dos anualidades.

Al margen de la colaboración económica, los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo y Asuntos Sociales se comprometen a prestar, en línea con el trabajo que ya vienen realizando en el marco de sus competencias, asesoramiento y apoyo técnico para la culminación del proyecto.

El complejo para enfermos de Alzheimer, cuya apertura está prevista para 2005, contará con una Residencia y un Centro de Día, así como con un Centro de Investigación y un Centro de Formación. Con este proyecto se pretende cubrir, no sólo la asistencia de los pacientes, sino también el desarrollo del estudio y la investigación que permita mejorar la atención de este colectivo y que le sitúe como un centro de referencia de carácter nacional.

Una vez puesto en marcha el complejo, su gestión y mantenimiento corresponderá íntegramente a la Fundación Reina Sofía, a quien obedece la iniciativa. Tanto en su funcionamiento como en su labor investigadora, el Centro estará en coordinación con el Instituto de Salud Carlos III, el Centro Nacional de Investigación Neurológica y el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO).

Ciencia y Tecnología

MEMORIA DE ACTIVIDADES DE I+D+I DEL AÑO 2002

  • Se alcanzó un record histórico de 7.193 millones de euros de gasto, lo que representa el 1,03 por 100 del PIB

El Consejo de Ministros ha aprobado la memoria de actividades de I+D+I del año 2002 así como su elevación a las Cortes Generales.

La Memoria de Actividades recoge los trabajos desarrollados a través de los programas y acciones incluidas en el Plan Nacional de I+D+I (2000-2003), así como las actividades de ejecución directa de I+D llevadas a cabo por los centros públicos de investigación. El año 2002 puede considerarse como el año de consolidación de las nuevas estructuras creadas en España en el bienio 2000-2001 para la mejora de la articulación del Sistema español de Ciencia-Tecnología-Empresa.

Cabe destacar los siguientes datos de la memoria:

  • En el ejercicio 2002, y por tercer año consecutivo, en España se alcanzó un récord histórico en el gasto interno total de I+D que se situó en 7.193,54 millones de euros, el 1,03 por 100 del PIB. Estas cifras en términos absolutos y en relación con el nivel de riqueza, suponen el mayor esfuerzo dedicado por de España a la generación de conocimientos y al desarrollo de nuevas aplicaciones.

  • Por su parte, el gasto en actividades para la innovación tecnológica ascendió en 2002 a más de 11.000 millones de euros, con un crecimiento medio anual en el periodo 2000-2002 del 4,4 por 100.

Ámbito de la Administración

En el ámbito de la Administración General del Estado, los principales aspectos son los siguientes:

  • La dotación inicial de laFunción 54, Investigación científica, técnica y aplicada de los Presupuestos Generales del Estado de 2002 ha sido de 3.792 millones de euros, un 7,7 por 100 más que la asignación de 2001.

Los datos agregados revelan que en 2002 se aprobaron 17.549 acciones convocadas dentro del marco de actuación del Plan Nacional de I+D+I, que han otorgado subvenciones por valor de 552,6 millones de euros, pagaderos en varias anualidades, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y a los fondos estructurales de la UE, y unos anticipos reembolsables de 664 millonesde euros. El resto de los recursos presupuestarios que no se utilizan en ejecución directa de la investigación en los centros públicos de I+D se ha distribuido a través de convenios de colaboración y programas cualificados.

Cabe destacar , de entre las actuaciones fomentadas, las medidas implementadas para la potenciación de los recursos humanos, que han concentrado el 58,3 por 100 de las acciones aprobadas.

Otras de las acciones potenciadas durante el año 2002 ha sido la movilización de los agentes implicados en la búsqueda de fondos competitivos para la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, modalidad de participación que ha generado el 68,8 por 100 del gasto total en subvenciones y el 65,1 por 100 en créditos reembolsables.

Por último, merece ser destacadas las actuaciones de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), que durante 2002 ha publicado la primera convocatoria de ayudas a acciones de difusión y divulgación de los avances científicos y tecnológicos, dirigidas a los sectores científico, empresarial y educativo. También ha llevado a cabo la coordinación nacional de la Semana de Ciencia y Tecnología, responsabilidad del Ministerio y las actuaciones de la Fundación Genoma España.

Información de Comunidades Autónomas

Asimismo, incluye la información de las actividades financiadas por las Comunidades Autónomas a través de los distintos planes regionales. Se incluye, por vez primera, una visión completa del esfuerzo regional en la financiación de I+D+I con información sobre las actividades de todas las Comunidades Autónomas. La participación de éstas en el Sistema español de Ciencia-Tecnología-Empresa se fundamenta en el objetivo de favorecer la cooperación entre las actuaciones del Plan Nacional y las de los planes regionales de las distintas comunidades autónomas. El mecanismo de cooperación con ellas se basa en el establecimiento de acuerdos marco, que se ajustan a los siguientes principios de actuación: voluntariedad, bilateralidad, cofinanciación, ámbito nacional, estabilidad y transparencia.

Incorpora, como principales novedades, un balance sobre las actuaciones aprobadas dirigidas a aumentar la intervención de las empresas en las actividades de I+D+I y un programa sobre la participación de la mujer en la potenciación de recursos humanos.

La metodología empleada en la recopilación de la información es similar a la utilizada en el ejercicio anterior, lo que asegura la estandarización y homogeneización de los datos, su análisis comparado y el establecimiento de series temporales que posibiliten el abordaje de actuaciones de observación de periodos cuatrianuales, duración de los planes nacionales de I+D+I.

Sanidad y Consumo

CREADO UN DISTINTIVO PÚBLICO PARA LOS PRESTADORES DE

SERVICIOS DE LA INFORMACIÓN Y CORREO ELECTRÓNICO

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea el distintivo público que podrán mostrar los prestadores de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico que se adhieran a códigos de conducta destinados a regular sus relaciones con los consumidores y usuarios.

La norma se aplicará, tanto a los prestadores de servicios como a las corporaciones, asociaciones u organizaciones comerciales, de profesionales y de consumidores a los que el propio código conceda el derecho al uso y administración de este "distintivo público de confianza en línea".

Actividades

Los códigos de conducta deberán contemplar la posibilidad de que se adhieran prestadores de servicios que no sean miembros de la entidad promotora del código, siempre que la actividad que desarrollan esté incluida en el ámbito del mismo.

Entre éstas se contemplan, al menos, alguna de las siguientes: las comunicaciones comerciales o la información precontractual, la contratación y los procedimientos de solución de reclamaciones si son distintos de los previstos expresamente por el Real Decreto: Sistema Arbitral del Consumo y los que figuran en la lista que publica la CE sobre sistemas alternativos de resolución de conflictos con consumidores.

Contenidos

También se exige a los códigos de conducta, aparte del respeto a la legalidad vigente, incluir con precisión las garantías concretas que mejoren o incrementen las que el ordenamiento jurídico reconoce a los consumidores y usuarios. Los códigos deben detallar con precisión los compromisos específicos que asumen los prestadores de servicios adheridos respecto a los problemas concretos que se les planteen a los consumidores y usuarios del sector.

Estos problemas se identificarán a través de la información de los promotores del código y la que faciliten las asociaciones de consumidores y las Administraciones públicas sobre las reclamaciones recibidas.

Un requisito indispensable para que un prestador de servicios pueda incorporarse a un código de conducta es adherirse a uno de los sistemas extrajudiciales de resolución de conflictos.

.../..

Concesión y retirada

El Instituto Nacional del Consumo, organismo dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, será el organismo competente para la concesión y retirada del distintivo de confianza, así como para velar por el mantenimiento de los requisitos que justifican su otorgamiento. Requerirá cuantos informes estime pertinentes y, con carácter preceptivo, a los Ministerios de Ciencia y Tecnología y Economía, y a la Comisión de Cooperación de Consumo.

En caso de incumplimiento, el distintivo podrá ser retirado mediante un procedimiento contradictorio y con el preceptivo informe de la Comisión de Cooperación de consumo.

Toda la información sobre códigos de conducta a los que se concede el distintivo de confianza, la relación de promotoras y prestadores de servicios adheridos, sanciones públicas o retirada del distintivo, así como direcciones para reclamar y de los órganos de resolución de conflictos se publicarán en la página de Internet del Instituto Nacional del Consumo.

Compromisos adicionales

Estos códigos de conducta podrán contener previsiones específicas sobre el grado de accesibilidad de usuarios que tengan alguna discapacidad o edad avanzada, y las medidas concretas adoptadas en materia de protección de los menores.

También podrán incluir previsiones respecto a la adhesión a códigos de conducta sobre clasificación y etiquetado de contenidos -en cuyo caso deberá facilitarse información completa sobre tales códigos- e instrucciones sobre los sistemas de filtrados de contenidos que se pueden utilizar en las relaciones con los prestadores de servicios.

Asimismo, pueden prever procedimientos para comprobar que los prestadores de servicios reúnen las condiciones exigidas para la adhesión al código de conducta y la utilización del distintivo.

El nuevo Real Decreto obliga a las entidades promotoras de estos códigos de conducta a impulsar a los prestadores de servicios adheridos a que ofrezcan al usuario la posibilidad de elegir, entre las lenguas oficiales de la Unión Europea, la que se utilizará para las comunicaciones comerciales y, en especial, en la información precontractual y en el contrato.

Consejo de consumidores y usuarios

La norma dispone que se facilitará la participación del Consejo de Consumidores y Usuarios en la elaboración y modificación de los códigos de conducta. Las entidades promotoras deberán poner en su conocimiento su voluntad de adoptar el código y solicitar su colaboración.

Además, el Consejo servirá como vía para que las entidades promotoras conozcan las reclamaciones y consultas sobre el sector tramitadas por las asociaciones de consumidores.

Si en el plazo de un mes, una vez conocido el contenido definitivo del código presentado por la entidad promotora, el Consejo no emite motivadamente un dictamen desfavorable, se considerará superado el trámite.

Supervisión

Los códigos de conducta deberán incluir procedimientos de evaluación independientes para comprobar el cumplimiento por los prestadores de servicios adheridos de las obligaciones asumidas y establecer un régimen sancionador adecuado, eficaz y disuasorio.

El procedimiento, que podrá realizarse íntegramente mediante medios electrónicos, garantizará la independencia del órgano de evaluación y sanción, la facilidad de acceso al procedimiento, la audiencia del reclamado y el principio de contradicción, y la notificación al denunciante de la solución adoptada.

Sanciones

Las sanciones, graduadas para ajustarlas a la gravedad del incumplimiento, deberán ser disuasorias e irán desde la publicidad de las mismas a la expulsión.

Estas sanciones deberán notificarse al Instituto Nacional del Consumo trimestralmente, salvo que supongan la expulsión de la adhesión al código o la suspensión de sus derechos, en cuyo caso ha de hacerse en el plazo de cinco días desde la adopción de la sanción.

Cuando la utilización del distintivo, con infracción de lo dispuesto en este Real Decreto constituya publicidad ilícita, el Instituto Nacional del Consumo y los órganos competentes en materia de consumo de las Comunidades Autónomas podrán iniciar el procedimiento sancionador o promover el ejercicio de las acciones judiciales que procedan.

Entidades promotoras

Las entidades promotoras de códigos de conducta administrarán el distintivo público de confianza e informarán quincenalmente al Instituto Nacional del Consumo sobre nuevas adhesiones y bajas. Asimismo, deberán mantener accesible al público información actualizada y perfectamente accesible por medios electrónicos, con especial atención a favorecer la accesibilidad de las personas con alguna discapacidad o de edad avanzada.

Anualmente remitirán al Instituto Nacional del Consumo una memoria sobre las actividades realizadas y cada cuatro años evaluarán la eficacia del código de conducta, contando con la participación del Consejo de Consumidores y Usuarios. Los resultados de la evaluación se comunicarán a la Comisión Europea y al Instituto Nacional de Consumo.

Fomento

USO GRATUITO DE UN TRAMO DE LA AUTOPISTA DEL NOROESTE

COMO VARIANTE DE LA N-VI EN GUADARRAMA

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el convenio entre la Administración General del Estado y las sociedades Autopista A-6, Concesionaria del Estado, y Castellana de Autopistas, Concesionaria del Estado, para utilizar gratuitamente un tramo de la Autopista del Noroeste (AP-6, de Villalba a Adanero) como variante de la carretera N-VI a su paso por la población de Guadarrama, en la provincia de Madrid.

El convenio contempla la construcción de los ramales necesarios para que la Autopista AP-6, entre los puntos kilométricos 39,5 y 52, funcione como variante de la carretera N-VI a su paso por Guadarrama. Su uso será gratuito para todos los vehículos que efectúen exclusivamente ese recorrido, en su totalidad o en parte.

Asimismo, se construirán carriles adicionales en ambas calzadas en el tramo afectado para que el tráfico de la variante no interfiera con el propio de la autopista.

Las obras correspondientes a los ramales necesarios para que la Autopista AP-6 pueda utilizarse como variante de Guadarrama se ejecutarán de modo que permita su puesta en servicio se produzca en un plazo máximo de seis meses desde que el Ministerio de Fomento apruebe los proyectos de las mismas.

Con las actuaciones aprobadas se solucionarán los problemas de tráfico en la travesía de la carretera N-VI a su paso por Guadarrama de la forma más adecuada para el interés público y de mayor eficiencia, por las ventajas que aporta, al utilizar para el tráfico de paso de dicha carretera un tramo de la autopista de peaje existente, lo que, aparte del ahorro de recursos, supondrá un menor impacto ambiental, evitará nuevas barreras de expansión de la población y reducirá las afecciones a particulares por motivos de expropiación; todo ello frente a la opción de construir una variante para uso exclusivo del tráfico que atraviesa el núcleo urbano.

Fomento

DOS NUEVOS TRAMOS DE LA AUTOVÍA DEL CANTÁBRICO

EN ASTURIAS Y LUGO

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de dos nuevos tramos de la Autovía del Cantábrico (A-8) en las provincias de Asturias y Lugo, por un importe total de 69,76 millones de euros. El primero de los tramos, Barres-Ribadeo, tiene una longitud de 4,65 km., un presupuesto de 39.667.983,96 euros y un plazo máximo de ejecución de 48 meses. Por su parte, el tramo Abeledo-Regovide se desarrolla íntegramente en la provincia de Lugo, tiene una longitud de 5,84 km., un presupuesto de 30.102.866,51 euros y un plazo de ejecución máximo de 24 meses.

Ambas actuaciones se inscriben en el Programa de Vías de Gran Capacidad del Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007.

Objetivo de la obra

Con la construcción de la Autovía del Cantábrico se pretende canalizar el importante tráfico de largo y medio recorrido que recorre el norte peninsular, desde Galicia hasta el País Vasco, abriendo una nueva vía de comunicación moderna y eficaz para las comunicaciones nacionales e internacionales.

También el tramo gallego de la Autovía del Cantábrico cierra una importante malla viaria al conectar con la Autovía del Noroeste (A-6) en Baamonde y, a través de ella, con la Autopista del Atlántico (AP-9), Ferrol, A Coruña, Santiago, Pontevedra, Vigo y Frontera portuguesa.

TRAMO BARRES-RIBADEO

El Estudio Informativo del tramo Otur-Límite provincia de Lugo se aprobó provisionalmente el 29 de diciembre de 1997 y se sometió a Información Pública en el BOE de 21 de enero de 1998. La Declaración de Impacto Ambiental del Estudio Informativo del itinerario Límite provincia de Asturias-Autovía del Noroeste (A-6) se formuló el 1 de febrero de 2002 y la del correspondiente al tramo Otur-Límite provincia de Lugo el 30 de julio de 1999. La aprobación definitiva de los Estudios Informativos de estos dos tramos se produjo el 1 de abril de 2002 y el 27 de septiembre de 1999, respectivamente.

La Orden de Estudio para la redacción del proyecto de construcción del tramo Barres-Ribado fue emitida 9 de abril de 2002 y el proyecto se finalizó en enero de 2004 y se ha aprobado el 11 de febrero de 2004.

Características técnicas

La obra forma parte de la Autovía del Cantábrico (A-8) constituye el tramo asturiano mas occidental y permite conectar con la Comunidad autonómica de Galicia en Ribadeo. Este tramo discurre dentro de los límites del Concello de Ribadeo, Castropol y Tapia de Casariego. Tiene su origen en Ribadeo (Lugo) continua a lo largo de 4.300 m. dentro del Concejo de Castropol y los últimos 350 m. en el Concejo de Tapia de Casariego.

La estructura más importante de esta obra es el Puente de los Santos, que tiene una longitud de 600 m. Permite cruzar el río Eo por medio de cinco vanos que tienen una longitud de 75 m. los extremos y 150 los centrales.

El resto del trazado discurre por un relieve suave con pendientes sensiblemente horizontales, curvas amplias, utilizando como primera calzada la carretera actual, lo que supone una remodelación del Enlace de Figueras manteniendo su esquema funcional y canalizando el acceso al área de descanso existente junto a la ermita de San Román.

Al final del tramo el eje de la autovía se aleja de la CN-634 hasta situarse al sur de la misma. En este último segmento se ha definido el nuevo emplazamiento del Enlace de Barres para conectar la autovía con las N-634 y N-640. En la zona más próxima del enlace existe un punto de cruce de la autovía con la N-640 que se resuelve con un paso superior.

TRAMO ABELEDO-REGOVIDE

Antecedentes

El 22 de diciembre de 1997 la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes adjudicó la redacción del Estudio Informativo del tramo Límite provincia de Asturias-Autovía del Noroeste (A-6) de la Autovía del Cantábrico. La licitación había sido anunciada en el BOE de 8 de julio de 1997. Finalizada su redacción el 12 de junio del mismo año fue aprobado provisionalmente, para ser sometido a Información Pública en el BOE de 7 de agosto.

El 1 de febrero de 2002 la Secretaría General de Medio Ambiente formuló la Declaración de Impacto Ambiental y el 1 de abril de 2002 la Secretaría de Estado de Infraestructuras aprobó el expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo. El Proyecto de construcción de este tramo se licitó en el BOE de 7 de abril de 2003 y se adjudicó el 11 de julio de 2003. El proyecto fue finalmente aprobado el 10 de febrero de 2004.

Características técnicas

Las obras autorizadas consisten en la ejecución de una nueva autovía para el tramo comprendido entre Abeledo y Regovide (provincia de Lugo), dentro la Autovía del Cantábrico (A-8), en el corredor de la N-634.

El tramo Abeledo-Regovide tiene una longitud de 5,84 km. y su trazado transcurre por los municipios de Vilalba y Guitiriz. El tronco de la autovía proyectada consta de dos calzadas, con dos carriles de 3,5 m. de anchura, arcenes exteriores de 2,5 m. e interiores de 1,5m. La anchura de mediana entre bordes interiores de la plataforma es de seis metros.

El trazado de este tramo comienza a unos tres kilómetros al sur de Vilalba, al oeste de la N-634. Transcurre en sentido Sur hacia la Autovía A-6 Madrid-A Coruña, por la denominada Terra Chá; y finaliza justo antes del enlace de Abeledo, situado a unos 1.300 m. al Sur del Rio Labrada, una vez cruzado éste y a un kilómetro al Sur-Oeste de la población de Ábeledo. Este tramo conectaría con el de Abeledo-Baamonde, siguiente el tramo perteneciente al mismo corredor.

Como actuación más relevante se contempla la construcción de un viaducto de 315 m de longitud sobre el río Labrada y un enlace que conecta con la N-634 y con la carretera municipal de acceso a A Cruces.

Asimismo, se reponen caminos transversales y numerosos caminos de servicio por ambas márgenes, con el fin de mantener la red de comunicación viaria existente, y el acceso a las propiedades colindantes.

Ordenación ecológica, estética y paisajística

La obra recoge las medidas correctoras medioambientales previstas en la Declaración de Impacto Ambiental de 1 de febrero de 2002 sobre el Estudio Informativo.

Entre otras medidas se incluyen las siguientes:

  • Protección del sistema hidrológico mediante balsas de retención y otros dispositivos, para prevenir el vertido de sustancias contaminantes al río Labrada.

  • Restauración vegetal e integración paisajística con actuaciones en taludes de desmonte y terraplén, en medianas en el entorno del río Labrada, en las estructuras y obras de fábrica, así como en instalaciones auxiliares y entorno de los vertederos.

  • Protección del patrimonio arqueológico y arquitectónico, con especial hincapié en los cruces con el Camino de Santiago.

AUTOVÍA DEL CANTÁBRICO EN ASTURIAS (SECTOR OCCIDENTAL)

Y GALICIA

TRAMO

LONGITUD (KM)

PRESUPUESTO (millones de euros)

SITUACIÓN

Tamón - Villalegre

8,8

54,04

Obra en ejecución

Villalegre - Vegarrozadas

7,5

48,28

Obra en ejecución

Vegarrozadas - Soto del Barco

5,0

58,02

Obra en ejecución

Soto del Barco - Muros del Nalón

6,4

80,00

Obra en ejecución

Muros del Nalón - Las Dueñas

8,9

---

Proyecto en redacción

Las Dueñas - Novellana

7,2

39,58

En contratación

Novellana - Ballota

4,1

18,32

Obra en licitación

Ballota - Cadavedo

6,0

28,31

Obra en ejecución

Cadavedo - Querúas

5,3

21,85

Obra en ejecución

Querúas - Otur (Variante de Luarca)

9,2

30,21

Obra en ejecución

Otur - Navia

12,2

---

Proyecto en redacción

Variante de Navia

6,0

77,45

Obra en ejecución

Navia - Barres

18,7

---

Proyecto en redacción

Barres - Ribadeo

4,7

39,67

Autorizada por Consejo de Ministros

Ribadeo - Reinante

10,0

42,00

Obra en adjudicación

Reinante - Barreiros

7,7

---

Proyecto en redacción

Barreiros - Vilamar

4,6

---

Proyecto en redacción

Vilamar - Lourenzá

4,5

---

Proyecto en redacción

Lourenzá - Mondoñedo

3,6

---

Proyecto en redacción

Mondoñedo - Lindín

4,7

---

Proyecto en licitación

Lindín - Careira

9,3

---

Proyecto en licitación

Careira - Abadín

5,0

---

E. I. aprobado

Abadín - Castromayor

3,5

---

E. I. aprobado

Castromayor - Touzas

6,0

---

Proyecto en licitación

Touzas - Vilalba

9,0

---

Proyecto en licitación

Vilalba - Regovide

5,8

31,04

Obra en contratación

Regovide - Abeledo

5,7

30,10

Autorizada por Consejo de Ministros

Abeledo - Baamonde (A-6)

5,9

---

Proyecto en redacción

TOTAL EN MARCHA

91,7

598,87

TOTAL

195,3

--


Fomento

RONDA EXTERIOR SUR DE LA AUTOVÍA VA-30

DE CIRCUNVALACIÓN DE VALLADOLID

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras del tramo Ronda Exterior Sur de la Autovía V-30 de circunvalación de Valladolid, en los términos municipales de Valladolid y Arroyo de la Encomienda, en la provincia de Valladolid. El presupuesto de licitación es de 62.298.573,21 euros y el plazo máximo de ejecución de 48 meses, mientras que la longitud del tramo es de siete kilómetros.

Esta obra se inscribe en el Programa de Actuaciones en Medio Urbano del Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007.

Antecedentes

La Red Arterial de Valladolid definió la Ronda Exterior en 1978 y esta actuación se recogió en el Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid de 1984. Las expropiaciones fueron realizadas en 1997 por el Ministerio de Fomento en Arroyo de la Encomienda y por el Ayuntamiento de Valladolid en su término, en virtud del convenio firmado entre ambas Administraciones.

El Proyecto de Construcción de la Ronda Exterior se aprobó en junio de 1999, realizándose una resolución complementaria de aprobación en junio de 2000. Posteriormente, el Ministerio de Medio Ambiente, como órgano competente en la materia, resolvió sobre la necesidad de someter el proyecto al procedimiento reglado de impacto ambiental, conforme resolución de la Dirección General de Carreteras de 22 de abril de 2002.

Sometido el expediente a información pública en el BOE de 16 de enero de 2003, el Ministerio de Medio Ambiente el 13 de enero de 2004 aprobó la Declaración de Impacto Ambiental de la Ronda Exterior Sur de Valladolid, el 4 de febrero de 2004 la Secretaría de Estado de Infraestructuras del Ministerio de Fomento aprobó definitivamente el expediente de información pública, y el 9 de febrero del pasado año se aprobó el documento complementario de cumplimiento de prescripciones de la DIA.

Características técnicas

La Ronda Exterior Sur forma parte de la VA-30 Circunvalación de Valladolid, que rodea la ciudad, conectando la A-62 Autovía de Castilla entre Cigales y Arroyo de la Encomienda por el sureste de la ciudad de Valladolid, con una longitud total de recorrido de 21,4 km.

La VA-30 se ha dividido en tres tramos: el primero, la Ronda Exterior Este, que une la Autovía de Castilla (A-62) en el término de Cigales con la Autovía del Duero (A-11) en las cercanías de La Cistérniga con una longitud de 12 km., cuyo Estudio Informativo fue aprobado definitivamente en marzo de 2002; el segundo conecta la Autovía del Duero con la carretera de Segovia, en el entorno del Polígono de San Cristóbal, cuyo proyecto de construcción se encuentra en fase de redacción para una longitud es de 2,4 km., el tercer tramo, la Ronda Exterior Sur que conecta la CL-601, carretera de Segovia, con la Autovía de Castilla (A-62) en Arroyo de la Encomienda, es el autorizado hoy por el Consejo de Ministros.

Trazado

El trazado de la Ronda discurre por los terrenos reservados en el planeamiento municipal, en los términos de Valladolid y Arroyo de la Encomienda. Se inicia en la CL-601 carretera de Segovia, implantando un tercer carril en el tramo de Ronda ya construido, hasta la carretera de Madrid. En dicho punto se desarrolla la nueva construcción que completa el enlace existente, para posteriormente, cruzar la carretera de las Arcas Reales, el ferrocarril Madrid-Irún, la CL-610 carretera de Rueda, la Cañada de Puente Duero, el Camino Viejo de Simancas, el río Pisuerga, la Antigua N-620, y finaliza en la A-62, Autovía de Castilla, en el término municipal de Arroyo de la Encomienda.

Entre la carretera de Madrid y la Cañada de Puente Duero, a lo largo de tres kilómetros, la Autovía se ha proyectado deprimida, y se eleva a continuación para cruzar el río Pisuerga y conecta mediante un paso inferior con la Autovía de Castilla.

Se han definido cinco enlaces; en la carretera de Madrid, en la carretera de Rueda, en el Camino Viejo de Simancas, con la antigua N-620 en Arroyo y en la Autovía de Castilla con movimientos hacia y desde Tordesillas, Palencia y Burgos.

Hay que destacar el Acueducto de paso sobre la Autovía del Arroyo Espanta, la continuidad del corredor biológico (presencia de agua y vegetación), en las acequias de Arcas Reales y de Valladolid, mediante la construcción de pasos de 15 y 30 m. de ancho para cruzar las acequias, las personas y la fauna.

Para resolver conjuntamente el drenaje del tramo en que la Ronda se proyecta deprimida y de la red de saneamiento de la zona afectada, tanto de las áreas desarrolladas urbanísticamente de la ciudad, como de las futuras zonas de expansión, se ha proyectado un colector a lo largo del borde sur de la carretera hasta desaguar por gravedad en la depuradora, con unos diámetros de 2,5 y 3 m. respectivamente. En la margen derecha del río se han definido colectores de hasta 1,80 m. de diámetro para desaguar los caudales recogidos por la Ronda en las proximidades de la Autovía de Castilla.

El viaducto del río Pisuerga está constituido por dos estructuras gemelas de hormigón, en cada una de las cuales el tablero está formado por un tramo continuo de tres vanos, que totalizan 180 m. de longitud. La anchura del río es de 85 m., aproximadamente, que queda ampliamente superada por la luz central del puente de 100 m. de longitud.

Las características geométricas de la Ronda están definidas por dos calzadas de 10,50 m. entre las carreteras de Segovia y Madrid, entre los enlaces del Camino Viejo de Simancas y la antigua N-620, y dos calzadas de siete metros en el resto de la Ronda. Los arcenes exteriores e interiores son de 2,50 y un metro, respectivamente, y la anchura de mediana es de doce metros entre líneas blancas.

Fomento

ÚLTIMO TRAMO DE LA AUTOVÍA MUDÉJAR

ENTRE SAGUNTO Y ZARAGOZA

  • Se trata del tramo Paniza-Torrubia, en Zaragoza

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras del tramo Paniza-Torrubia de la Autovía Mudéjar (A-23), en la provincia de Zaragoza. La longitud del tramo es de 16,8 km., el presupuesto de 38.211.734,27 euros y el plazo máximo de ejecución, de 48 meses. Con este tramo toda la Autovía Mudéjar entre Sagunto y Zaragoza está en marcha, ya que era el único que quedaba pendiente.

Esta actuación se inscribe en el Programa de Vías de Gran Capacidad del Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007.

Antecedentes

El 11 de marzo de 1997 se formuló la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Estudio Informativo del itinerario entre Teruel y Zaragoza de la Autovía Mudéjar. El 30 de abril de 1997 se aprobó el expediente de información pública y definitivamente el Estudio Informativo citado.

El 26 de mayo de 1997 se emitió la Orden de Estudio del Proyecto de construcción del tramo Paniza-Torrubia, de acuerdo con la opción seleccionada en la aprobación definitiva del Estudio Informativo, cumplimentando las prescripciones que se establecen en dicha resolución y los condicionantes de la Declaración de Impacto Ambiental.

Características del Proyecto

La carretera N-330 consta actualmente de una única calzada, con dos carriles de 3,5 m de anchura y con arcenes de 1,5 m. Su trazado en planta está compuesto por una sucesión de alineaciones rectas y tramos en curva, con radios que llegan valores de 250 m. Este tramo de carretera presenta numerosos accesos, algunos de ellos en puntos de escasa visibilidad.

Las obras proyectadas consisten en la construcción de un tramo de la Autovía Mudéjar, A-23, sensiblemente paralelo a la N-330 entre sus p.k. 445 y 463,5. Los términos municipales atravesados por la Autovía proyectada son: Cariñena, Longares y Muel.

La sección tipo del tronco consta de dos calzadas, con dos carriles de 3,5 m de anchura, arcenes exteriores de 2,5 m e interiores de 1,5 m; bermas con una anchura mínima de un metro, y mediana de diez metros, medidos entre bordes interiores de plataforma, con barrera de seguridad en toda la mediana.

Las estructuras proyectadas son: Cuatro puentes dobles de tres vanos de 15, 40y 15 metros para paso sobre barrancos; un puente losa sobre la carretera de Belchite; un paso superior doble de tres vanos de 25, 25 y 25 metros sobre el FC y la CN-330 constituyente del enlace de Cariñena, y un paso superior de dos vanos simétricos de 31 y 31 metros en el enlace de Longares.

Medidas medioambientales

El proyecto contiene importantes medidas de protección ambiental. Se contempla la reposición de cauces deteriorados por antiguas acciones antrópicas. Se han incorporado las medidas preventivas y correctoras de la correspondiente Declaración de Impacto que son aplicables al tramo objeto de este Proyecto, las medidas propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental y las soluciones consensuadas con los organismos competentes en materia de arqueología, paleontología y relativas a vías pecuarias.

AUTOVÍA MUDÉJAR (A-23) ENTRE LÍMITE PROVINCIA

CASTELLON Y ZARAGOZA

TRAMO

LONGITUD (km.)

PRESUPUESTO (millones de euros)

SITUACIÓN

L.P. de Castellón - Sarrión

18,2

71,58

Obra en ejecución

Sarrión - Escandón

20,6

56,29

Obra en ejecución

Escandón - Teruel

16,6

89,97

Obra en ejecución

Teruel - Sta. Eulalia del C.

26,8

58,32

Obra en ejecución

Sta. Eulalia del C. -Monreal del C.

21,9

78,00

En servicio

Monreal del C. - Calamocha

14,7

37,28

En servicio

Calamocha - Romanos

27,8

72,41

Obra en ejecución

Romanos - Mainar

11,8

33,77

Obra en ejecución

Mainar - Paniza

13,0

48,54

Obra en ejecución

Paniza - Torrubia

16,9

38,21

Autorizada Consejo de Ministros

Torrubia - Mª de Huerva

13,1

30,27

Obra en ejecución

Mª de Huerva - Zaragoza

11,6

35,06

Obra en ejecución

TOTAL

213,0

649,70


Fomento

TRAMO TARANCÓN-ALCÁZAR DEL REY

DE LA AUTOVÍA A-40 (CUENCA)

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras del tramo Tarancón-Alcázar del Rey, de la Autovía A-40, de unión de la A-5 con la A-3 y Cuenca, en la provincia de Cuenca. El presupuesto de las obras asciende a 75,09 millones de euros y el plazo máximo de ejecución es de 48 meses. El tramo tiene una longitud de 22,46 km. Con esta obra la ciudad de Cuenca se conecta a la Red de Autovías.

Esta actuación se inscribe en el Programa de Vías de Gran Capacidad del Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento. El tramo discurre por los términos municipales de Tarancón, Huelves, Paredes de Melo, Alcázar del Rey y Carrascosa del Campo, en la provincia de Cuenca.

Antecedentes

El 12 de mayo de 1997 se aprobó provisionalmente el Estudio Informativo, la licitación se publicó en el BOE el 16 de junio del mismo año, la Declaración de Impacto Ambiental se produjo el 22 de enero de 1999 y la aprobación Definitiva del Estudio Informativo fue el 9 de marzo de 1999. La Orden de redacción del Proyecto Tarancón-Horcajada de la Torre fue de 14 de mayo de 1997, modificada el 26 de marzo de 1999 para adaptarla a la aprobación definitiva del Estudio Informativo. La Orden de redacción del Proyecto Tarancón - Alcázar del Rey fue el 28 de enero de 2003 y la Aprobación del Proyecto de Construcción se produjo 9 de febrero de 2004.

Características técnicas

El tramo Tarancón-Alcázar del Rey de la Autovía A-40 inicia su trazado en el enlace con la Autovía A-3 situado en el punto kilométrico 84,800 de la misma. El trazado sigue el corredor de la N-400 al sur de ésta, cruzándola para pasar al norte de la misma en el punto kilométrico 2,150, continúa por esa zona hasta el "estrecho de Paredes", en el punto kilométrico 13,400, en que vuelve a cruzar la N-400 para seguir por el sur de la misma hasta conectar con el tramo Alcázar del Rey - Horcajada de la Torre, actualmente en fase de construcción.

El tramo dispondrá de dos carriles de 3,5 m por cada sentido, con arcenes exteriores de 2,5 m e interiores de un metro. Ambas calzadas estarán separadas por una mediana de, diez metros excepto en la zona de influencia del Estrecho de Paredes, donde la mediana es de dos metros.

Las características geométricas más importantes del trazado, diseñado para una velocidad de proyecto de 120 Km/h, excepto en la zona de influencia del Estrecho de Paredes, donde se proyecta para una velocidad específica de 100 Km/h, son las siguientes:

  • Los valores extremos de los radios en planta son 1.250 m (radio mínimo) y 5.000 m. (radio máximo), proyectándose también tres alineaciones rectas.

  • En cuanto al trazado en alzado, las inclinaciones máxima y mínima de la rasante son 4,0 por 100 y 0,6 por 100 respectivamente.

Se proyectan seis enlaces:

  • Enlace con la A3 en Tarancón, conecta las dos autovías y permite los movimientos entre las mismas y el acceso por el sur desde ellas a Tarancón a través de la N-III.

  • Enlace con la N-400, situado en el punto kilométrico 2,300.

  • Enlace de Barajas, situado en el punto kilométrico 4,980, que conecta con la N-400 y la CM-200.

  • Enlace de Huelves, situado en el punto kilométrico 10,880, conecta con las carreteras CUV-2002 y N-400.

  • Enlace de Paredes, situado en el punto kilométrico 10,349, conecta con las carreteras N-400 y la CUV-2011.

  • Enlace de Alcázar del Rey, situado en el punto kilométrico 18,260, conecta con la carretera N-400.

La actual carretera N-400 queda como vía de servicio entre las localidades de Tarancón y Alcázar del Rey.

Caminos agrícolas

Se proyectan caminos agrícolas con un total de 18,341 km y pasos sobre o bajo la autovía que permitan la accesibilidad a las fincas. La autovía dispondrá de limitación total de accesos a la propiedades colindantes. Hay en total diecinueve estructuras, con un total de seis viaductos, una pérgola, cuatro pasos inferiores de carreteras, un paso superiores de caminos y siete pasos inferiores de caminos.

Las superficies a expropiar para la ejecución de las obras es de 2.217.902 m2, correspondientes a los TM de Tarancon, Huelves, Paredes, Alcázar del Rey y Carrascosa del Campo.

En cuanto a las medidas de protección ambiental, hay que señalar que se han definido en el proyecto las zonas excluidas y restringidas para la ubicación de las instalaciones auxiliares de obra, préstamos y vertederos, así como las medidas a adoptar en los mismos para evitar las posibles afecciones al sistema hidrológico. Asimismo, se han definido las medidas preventivas necesarias para cumplir las condiciones de la D.I.A.

SITUACIÓN DE LA AUTOVÍA A-40

TRAMO

LONGITUD (km.)

PRESUPUESTO (millones de euros)

SITUACIÓN

Maqueda - Torrijos

16,2

32,6

Obra en ejecución

Torrijos - Toledo

23,1

-

En proyecto

Variante de Ocaña y Noblejas

14,2

-

En proyecto

Noblezas - Villarubia de Santiago

11

-

En proyecto

Villarubia de Santiago - Santa Cruz de la Zarza

12,5

-

En proyecto

Santa Cruz de la Zarza - Tarancón

11,7

-

En proyecto

Tarancón - Alcázar del Rey

23,2

75,1

Autorizada por Consejo de Ministros

Alcázar del Rey - Horcajada de la Torre

16,8

46,7

Obra en ejecución

Horcajada de la Torre - Abia de la Obispalía

16,1

37,0

Obra en ejecución

Abia de la Obispalía - Cuenca

22,4

70,8

Obra en ejecución

TOTAL EN MARCHA

94,7

262,2

TOTAL

167,2


Fomento

VARIANTE NORTE DE PALENCIA

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado las obras de la Variante Norte de Palencia perteneciente a la Autovía A-65, Benavente-Palencia, en los términos municipales de Palencia y Grijota, provincia de Palencia. El presupuesto de las obras es de 16.084.696,09 euros y el plazo máximo para la ejecución de veinticuatro meses, para una longitud de 6,66 km.

Esta obra se inscribe en el Programa de Actuaciones en Medio Urbano del Capítulo de Carreteras del PIT 2000-2007 del Ministerio de Fomento.

Antecedentes

La orden de estudio para redactar el proyecto de construcción de esta variante se dio el 13 de enero de 1997, fué publicada en el BOE la licitación del contrato de consultoría y asistencia para la redacción del proyecto el 18 de julio 1997. El Proyecto se adjudicó el 22 de diciembre de 1997 y se terminó de redactar el 30 de diciembre de 1998. La Declaración de Impacto Ambiental se obtuvo el 12 de septiembre de 2001. Finalmente, el proyecto de construcción fue aprobado definitivamente por la Dirección General de Carreteras el 9 de febrero de 2004

Características técnicas

El presente tramo es continuación del tramo de la Variante Noreste de Palencia y discurre por el término de Palencia y Grijota. Ambos municipios se encuentran en la provincia de Palencia. El tramo parte de la conexión con la CN-611 y con la Variante Noreste de Palencia, disponiendo una nueva calzada paralela a la actual en la Variante de Palencia. La longitud total del tramo es de 6.6 Km de autovía, con dos calzadas de siete metros de anchura cada una y sendos arcenes exterior e interior de 2,5 y un metro de ancho, respectivamente. Ambas calzadas están separadas por una mediana de diez metros.

Enlaces

En este tramo de autovía se prevé la remodelación de dos enlaces existentes. El enlace con la antigua carretera N-610a de penetración a Palencia y con la carretera de acceso a Grijota sufre una modificación en su configuración actual para permitir todos los movimientos entre los ejes León-Santander-Palencia-Grijota. Por su parte, el enlace con la carretera de titularidad autonómica C-613 se opta por modificar la configuración actual por otra de tipo glorieta de radio 58 metros.

Estructuras

Se tiene previsto la duplicación de cinco estructuras (Enlace con la carretera N-610ª, Paso sobre el Canal de Castilla, Paso sobre el emisario de la Laguna de la Nava, Paso sobre el río Carrión y Paso sobre el Canal de Palencia )la remodelación y duplicación de otras tres (Paso sobre la C-613, Paso sobre la C-615 y paso sobre el FFCC Palencia-Santander) y la sustitución de una de ellas (Paso sobre el ferrocarril Palencia-La Coruña).

Medidas medioambientales

En este tramo de autovía, además de contemplarse todas las cuestiones relativas a la adecuación ambiental del trazado, que incorpora y desarrolla todos los condicionantes establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental (Resolución Ministerio de Medio Ambiente de 12 de Septiembre de 2001), se ha llevado a cabo un inventario y diagnóstico del medio y un análisis de las principales afecciones ambientales que generarán las obras. A partir de dicho análisis, se diseñan las correspondientes medidas de protección y corrección de los impactos ambientales, cuyo coste económico de ejecución material asciende a 457.544,19 euros.

Fomento

OBRAS DE TRES ENLACES Y VÍAS DE SERVICIO EN EL

TRAMO ALBELDA-LARDERO DE LA N-111 (LA RIOJA)

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obra de construcción de tres enlaces y vías de servicio en el tramo Albelda-Variante de Lardero de la N-111, p.k. 320 al punto kilométrico 326, en La Rioja. El presupuesto es de 14.265.660,48 euros y el plazo máximo de ejecución de veinticuatro meses. La longitud del tramo es de 6,2 km.

Esta actuación se inscribe en el Programa de Conservación y Explotación del Capítulo de Carreteras del PIT 2000-2007. Su objetivo es mejorar la seguridad vial del tramo a través de su reestructuración, sustituyendo tres intersecciones a nivel por sendos enlaces a distinto nivel, y encauzando, asimismo, numerosos accesos a la N-111 mediante la construcción de vías de servicio unidireccionales a ambos lados de dicha carretera.

Descripción del proyecto

La zona en la que se sitúa el proyecto es un espacio periurbano, en las proximidades de los núcleos urbanos de Albelda de Iregua, Lardero y Logroño, si bien se encuentra en su totalidad en los términos municipales de los dos primeros. El tramo de actuación sobre la carretera N-111 se localiza a unos 6 Km al Sur de Logroño.

La definición geométrica adoptada para la sección tipo está constituida por una calzada de siete metros, arcenes exteriores de 2,5 m, bermas de 0,75 m y sendas vías de servicio a ambos lados de la carretera formadas por una calzada unidireccional de cuatro metros, un arcén interior de un metro y un arcén exterior de 1,50 m.

Enlaces

Se contemplan tres enlaces. El primero está ubicado en la actual intersección de Albelda, en el p.k. 320,540 de la carretera N-111, que dará acceso a esta población a través de la carretera LR-256.

El segundo se halla en el punto kilométrico 323,540 de la N-111, próximo al recinto ferial del Gobierno de La Rioja, da servicio a este complejo y a otros caminos, y permite realizar una conexión intermedia con las vías de servicio para la incorporación y salida a la carretera nacional.

El tercero se encuentra en la actual intersección de Lardero, en el punto kilométrico 325,760 de la N-111, extremo final de la actuación, dará acceso a esta población a través de la antigua N-111. Asimismo, confluyen en él las vías de servicio que se proyectan a lo largo de la actuación.

Conservación de acequias

El criterio fundamental que ha guiado la elección del trazado geométrico y la tipología de los enlaces ha sido el de reducir en lo posible la superficie de ocupación por las infraestructuras necesarias, al tratarse de terrenos que sin ser propiamente urbanos presentan un fuerte asentamiento urbanístico a ambos lados de la carretera.

Asimismo, a lo largo del trazado de la carretera y en ambas márgenes existe una serie de acequias de tierra y hormigón in-situ cuya continuidad debe mantenerse en todo momento, aunque por motivos constructivos se hace necesario desplazar, de forma que ninguna finca quede sin su actual servicio. Esto implica la construcción de unas nuevas acequias de hormigón a ambos lados de las vías de servicio que permitan la recogida de las aguas superficiales de los viales y mantengan la continuidad de las acequias existentes. Su longitud total es de 11.160 m.

Aunque la actuación se desarrolla en un entorno directamente modificado por el desarrollo urbano, en las actuaciones medioambientales que incluye el proyecto de construcción se contemplan una serie de medidas para la mejor integración de la obra en el entorno, identificando y proponiendo las medidas preventivas y correctoras necesarias para minimizar los efectos negativos. El presupuesto que recoge el proyecto para las medidas protectoras y correctoras medioambientales es de 39.986,93 euros.

Economía

SESENTA MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS

PARA LA MODERNIZACIÓN DE PYMES

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha ratificado el acuerdo por el que se aprueba la distribución de créditos del Plan de Consolidación y Competitividad de la Pyme, que suman un total de 60.101.210 euros, entre las Comunidades Autónomas, correspondientes al ejercicio 2004.

El Plan PYME pretende modernizar el tejido empresarial español a través de la integración de las pequeñas y medianas empresas en la Sociedad de la Información y la incorporación de técnicas empresariales innovadoras, mediante la financiación de proyectos para mejorar los procesos de producción, comercialización y gestión de las pymes, incorporando tecnologías de la información y comunicaciones.

Los criterios de reparto de fondos contribuyen al reequilibrio territorial y distribuyen el 60 por 100 entre las regiones encuadradas en el zona Objetivo 1. El reparto queda como sigue:

OBJETIVO 1

TOTAL A TRANSFERIR A Comunidades Autónomas (euros)

ANDALUCÍA

4.372.557,20

ASTURIAS

1.939.101,21

CANARIAS

3.509.445,83

CASTILLA LA MANCHA

3.195.151,42

CASTILLA Y LEÓN

5.804.073,39

EXTREMADURA

2.393.316,98

GALICIA

3.179.860,54

MURCIA

2.647.965,59

VALENCIA

8.755.465,42

CEUTA

115.992,97

MELILLA

115.992,97

SUBTOTAL

36.028.923,52


FUERA DE OBJETIVO 1

TOTAL A TRANSFERIR A COMUNIDADES AUTÓNOMAS (euros)

ARAGÓN

2.226.783,96

BALEARES

1.135.499,52

CANTABRIA

1.194.051,96

CATALUÑA

2.982.069,68

LA RIOJA

1.611.033,85

MADRID

2.876.372,73

NAVARRA

PAÍS VASCO

26.232,78

SUBTOTAL

12.052.044,48

SUPRARREGIONALES

12.020.242,00

TOTAL PLAN PYME

60.101.210,00


Economía

CRÉDITOS FAD A TURQUÍA, BOLIVIA, HONDURAS Y GHANA

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de cinco créditos por un importe total de 27.211.189 dólares (unos 21,8 millones de euros) con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo, a las Repúblicas de Turquía, Bolivia, Honduras y Ghana, con la siguiente distribución:

  • Dos créditos a la República de Ghana por un importe total de quince millones de dólares para financiar el suministro de equipamiento médico (diez millones de dólares) y la financiación de equipamiento médico para la red hospitalaria (cinco millones de dólares). Las condiciones financieras para ambos créditos serán de dieciséis años de plazo total de amortización, con un periodo de gracia de cinco años, a un tipo de interés anual del 2,75 por 100 y con vencimientos semestrales.

  • Crédito por un importe total de 10.478.347,50 dólares a Turquía para financiar la construcción y explotación de una planta depuradora de aguas residuales. Tendrá treinta años de plazo total de amortización, incluyendo un periodo de gracia de diez años, a un interés anual del 0,3 por 100 y con vencimientos semestrales.

  • Crédito de 998.429,52 euros a Bolivia para financiar un programa de fortalecimiento y renovación de equipos para la Universidad. Las condiciones financieras serán de diecinueve años de plazo total de amortización, incluyendo un periodo de gracia de seis años, a un interés anual del 0,5 por 100 y con vencimientos semestrales.

  • Crédito de 734.412,00 dólares a la República de Honduras para financiar la ampliación del equipamiento para el Cuerpo de Bomberos. Tendrá dieciséis años de plazo total de amortización, incluyendo un periodo de gracia de seis años, a un interés anual del 1,25 por 100 y con vencimientos semestrales.

Interior

AMPLIADO EL CATÁLOGO DE SUSTANCIAS QUE

PUEDEN SERVIR PARA FABRICAR DROGAS

  • Se aumenta el control del pergamanato potásico y el anhídrido acético, usados para elaborar cocaína y heroína, respectivamente.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Gobierno ha decidido incluir dos sustancias nuevas en el catálogo de sustancias químicas catalogadas que pueden ser utilizadas para fabricar drogas ilegales. Se trata del pergamanato potásico, que se utiliza para fabricar cocaína, y del anhídrido acético, usado en la elaboración de la heroína, que a partir de ahora gozarán de una mayor vigilancia y control.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica los anexos de la Ley de Control de sustancias químicas catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de drogas, de 1996, adaptándola a una Directiva Comunitaria de noviembre de 2003, que fija la necesidad de establecer mayores controles sobre las dos sustancias hoy incluidas en el Catálogo.

Ello implica que se imponen obligaciones más estrictas a las personas que desarrollen actividades con ambas sustancias, tanto en la fabricación, como en la transformación, el procesamiento, el almacenamiento o la comercialización de las mismas.

Así, estas personas, por ejemplo, deberán estar inscritos en el Registro de Operadores de Sustancias Químicas Catalogadas, obligación que antes no tenían, y cumplir con unas obligaciones especiales sobre el etiquetado de estos productos, que deberá expresar su denominación, cantidad y peso, y sobre la documentación que deben adjuntar para su comercialización cuando se superen ciertas cantidades.

Fomento

GASTOS DE EMERGENCIA DE SASEMAR POR

EL HUNDIMIENTO DEL "PRESTIGE"

  • El importe asciende a 184,9 millones hasta el 31 de diciembre de 2003.

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón, por séptima vez, de las actuaciones de emergencia llevadas a cabo por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (Sasemar), adscrita al Ministerio de Fomento, para prevenir y reparar los efectos de contaminación marina producidos por el siniestro sufrido por el petrolero "Prestige", por importe de 184.858.604 euros hasta el 31 de diciembre de 2003.

En cumplimiento de lo dispuesto por el Real Decreto-Ley de 22 de noviembre de 2002, sobre medidas reparadoras en relación con el accidente del buque "Prestige", y al objeto de prevenir y corregir urgentemente los efectos de contaminación marina producidos por el citado siniestro, el Director General de la Marina Mercante, como Presidente de Sasemar, con fecha 25 de noviembre de 2002, adoptó la resolución por la que se declararon de emergencia las actuaciones necesarias a desarrollar por dicha sociedad a tal fin.

Anteriores autorizaciones

El Consejo de Ministros ya ha acordado con anterioridad las siguientes tomas de razón de los costes extraordinarios que ha supuesto para Sasemar las actuaciones llevadas a cabo de prevención y lucha contra la contaminación del medio marino por dicho siniestro:

  1. 14 de febrero de 2003. Gastos e inversiones acumulados a 31 de diciembre de 2002 por importe de 46.707.411 euros.

  2. 28 de marzo de 2003. Gastos e inversiones acumulados a 28 de febrero de 2003 por importe de 51.803.609 euros.

  3. 23 de mayo de 2003. Gastos e inversiones acumulados a 30 de abril de 2003 por importe de 76.123.578 euros.

  4. 18 de julio de 2003. Gastos e inversiones acumulados a 30 de junio de 2003 por importe de 87.965.475 euros.

  5. 3 de octubre de 2003. Gastos e inversiones acumulados a 31 de agosto de 2003 por importe de 103.379.457 euros.

  6. 5 de diciembre de 2003. Gastos e inversiones acumulados a 31 de octubre de 2003 por importe de 101.285.142 euros.

En esta séptima toma de razón, la cuantificación de los costes comprometidos se realiza, como en las dos anteriores, igualmente a origen, de forma que se modifican y regularizan en algunos casos las magnitudes de la primera, mediante el registro de compras y servicios efectivamente recibidos y facturados, complementados con la cuantificación, o estimación en su caso, de los nuevos compromisos adquiridos.

De esta forma, los compromisos de gasto e inversiones realizadas por Sasemar, desde el origen del accidente hasta el 31 diciembre de 2003, ascienden a la cantidad de 184.858.604 euros. De ellos, 27.387.750 euros han sido dedicados a la adquisición de materiales de lucha contra la contaminación marina, medios de contención y equipos de recogida de hidrocarburos, fundamentalmente, y 157.470.854 euros en la contratación de servicios de recogida, fletamento de buques, aeronaves de reconocimiento, cofradías de pescadores, etc.

Dentro de estos últimos están incluidos los gastos comprometidos para la neutralización y extracción del fuel remanente en los restos del buque, conforme al acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de diciembre de 2003, por el que se autoriza a los Ministerios de Ciencia y Tecnología y de Fomento para concertar con Repsol-YPF, a través de Sasemar, las actuaciones necesarias para llevar a cabo dicha extracción, mediante la técnica de lanzaderas, complementada con bio-remediación.

La disminución del coste total en la 6ª toma de razón respecto a la 5ª, según se informó el 5 de diciembre de 2003, se produjo como consecuencia de la disminución experimentada en el capítulo de unidades marítimas, debido al reintegro recibido en el período de la 6ª toma de razón de las autoridades marítimas francesas, de 6,1 millones de euros, por la disponibilidad de unidades marítimas de lucha contra la contaminación cuando ésta derivó hacia costas francesas.

Asuntos Exteriores

CONVENIO CON VIETNAM PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta.

El Convenio se desarrolla en torno al principio de no discriminación tributaria, en virtud del cual los nacionales de un Estado no serán sometidos en el otro Estado a ningún impuesto ni obligación relativa al mismo que no se exijan o que sean más gravosos que aquellos a los que estén o puedan estar sometidos los nacionales de ese otro Estado que se encuentren en las mismas condiciones, en particular con respecto a la residencia.

Este Convenio se aplica a los Impuestos sobre la Renta exigibles por cada uno de los Estados contratantes, cualquiera que sea el sistema de su exacción. A tales efectos se consideran Impuestos sobre la Renta los que gravan la totalidad de la renta, incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de bienes muebles o inmuebles, los impuestos sobre el importe de sueldos o salarios pagados por las empresas, así como los impuestos sobre las plusvalías.

En relación con estos impuestos, en el Convenio se regulan cuestiones relativas a la tributación en renta de empresas asociadas de ambos países, a los beneficios procedentes de la explotación de buques o aeronaves, a las ganancias de capital, al trabajo dependiente, a la de los dividendos pagados por una sociedad residente de un Estado a un residente del otro Estado, y a la de los artistas y deportistas.

Fomento

OBRAS DE EMERGENCIA EN CANTABRIA Y BURGOS

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha tomado razón de diversas obras de emergencia en las provincias de Cantabria y Burgos por un importe total conjunto de 1.958.069,36 euros.

Cantabria

En Cantabria las obras de emergencia corresponden a actuaciones de reparación del deslizamiento de terraplén y afección a tubo metálico entre los puntos kilométricos 140 al 141 de la autovía Cantabria-Meseta (A-67). En dicho tramo, donde ya se han realizado también otras obras de emergencia autorizadas el pasado 11 de julio de 2003, es necesario realizar retaluzado de los desmontes de la nueva variante, excavación de terrenos inestables e instalación de nuevos inclinómetros.

Asimismo, en el término municipal de Corvera de Toranzo, también en Cantabria, se han autorizado actuaciones de emergencia, por un importe de 408.988,48 euros, para estabilizar un talud en la margen izquierda del punto kilométrico 117 de la N-623 (Burgos-Santander). Este talud presenta evidentes y manifiestos síntomas de inestabilidad en una longitud aproximada de 90 metros, por lo que se realizará la ejecución de una pantalla de carriles, la mejora del drenaje y la reconstrucción del talud mediante una escollera.

Burgos

Por último, el Consejo ha tomado razón de las obras para estabilizar taludes de desmontes en los puntos kilométricos 0,900 y del 1,800 al 2,500 de la N-629 (Burgos-Santoña), en el término municipal de Oña. En el primero de los desmontes se han producido desprendimientos tras períodos de intensas lluvias o períodos rápidos de deshielo, mientras que el segundo presenta una acusada erosión superficial de los materiales que afloran en el talud.

Asuntos Exteriores

COMISARIO PARA EL V CENTENARIO DEL NACIMIENTO

DE SAN FRANCISCO JAVIER

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea y regulan las funciones del Comisario para la conmemoración del V Centenario del nacimiento de San Francisco Javier.

El Comisario será nombrado por Real Decreto, a propuesta de la Ministra de Asuntos Exteriores, y para el cumplimiento de sus funciones estará asistido por un Director Ejecutivo, que será el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional y un Consejo Asesor.

Las funciones que se atribuyen, tanto al Comisario como, en menor medida, al Director Ejecutivo, son las de canalizar y coordinar todo tipo de iniciativas dirigidas a la citada conmemoración, tanto las procedentes de organismos públicos, como de entidades privadas.

El cargo de Comisario, así como los de Director Ejecutivo y el Consejo Asesor, se extinguirán el 31 de diciembre de 2007.

Fomento

SUSPENDIDA LA EJECUCIÓN DE DIECISÉIS ACUERDOS DEL

JURADO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE BURGOS

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha acordado suspender la ejecución de dieciséis acuerdos del Jurado provincial de expropiación forzosa de Burgos, por los que se señalan los justos precios de las fincas afectadas por las expropiaciones derivadas del proyecto de la variante ferroviaria de Burgos.

La condición de lesivos para el interés público de los mencionados Acuerdos derivaría de la valoración por el Jurado como suelo urbanizable de los terrenos expropiados, que se hallan urbanísticamente clasificados como no urbanizables. Se basa para ello el Jurado en que los terrenos expropiados irían destinados a la ejecución de sistemas generales viarios (en este caso, la variante de Burgos de la línea ferroviaria Madrid-Hendaya incluida en el Programa de Alta Velocidad del Plan de Infraestructuras 2000-2007) y, como consecuencia de tal destino han de ser valorados como suelo urbanizable, siguiendo una pretendida línea jurisprudencial.

Las valoraciones derivadas de la mencionada línea argumental del Jurado implican incrementos desmesurados de la valoración de los bienes expropiados, que en algún caso llegan a superar el 6.500 por 100 sobre la valoración inicial estimada por la Administración expropiante.

Con independencia de que finalmente los acuerdos del Jurado de Expropiación Forzosa puedan considerarse, en su momento, lesivos al interés público, y eventualmente anularse por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la mera ejecución de éstos puede producir perjuicios de imposible o difícil reparación, encareciendo la infraestructura proyectada de un modo tal que, al destinar a la misma una mayor cuota del presupuesto de inversiones públicas, incidiría en otros proyectos afectando al beneficio social asociado a ellos.

Para evitar dichos perjuicios inmediatos, el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Fomento, acuerda la suspensión de la ejecución de dieciséis acuerdos del Jurado provincial de expropiación forzosa de Burgos, como ya ha hecho en reuniones anteriores en relación con un total de otros 295 acuerdos del mismo Jurado.

En todo caso, los expropiados siempre podrán cobrar el justo precio hasta la cantidad concurrente con la valoración de la Administración mientras se tramita el procedimiento de lesividad y el recurso contencioso-administrativo.

Educación, Cultura y Deporte

HOMOLOGADAS TITULACIONES EN VARIAS UNIVERSIDADES

Madrid, 20 de febrero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado diversos Reales Decretos por los que se procede a la homologación de las siguientes titulaciones universitarias:

  • Licenciado en Odontología, de la Facultad de Ciencias Experimentales y de la Salud de la Universidad "Cardenal Herrera-CEU" de Valencia.

  • Licenciado en Estudios de Asia Oriental (segundo ciclo), de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Madrid.

  • Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Electrónica e Informática "La Salle", de la Universidad "Ramón Llull" de Barcelona.

  • Diplomado en Educación Social, de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Málaga.

Los diferentes planes de estudio de estas titulaciones se ajustan a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y han sido informados favorablemente por el Consejo de Coordinación Universitaria.

ASUNTOS EXTERIORES

Comisario para la conmemoración del V Centenario del nacimiento de San Francisco Javier.-

D. FERNANDO GARCÍA DE CORTÁZAR RUIZ DE AGUIRRE.

Catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad de Deusto. Académico correspondiente de la Real Academia de la Historia. Profesor de Historia del Mundo Actual en el Master de Periodismo de "El Correo"-Universidad del País Vasco.

Ha sido Director de distintos jurados de los Premios Príncipe de Asturias y ha dirigido más de 40 tesis doctorales, defendidas en distintas universidades españolas. Coautor de la serie de TVE en treinta capítulos "España en Guerra" y autor de otra en cuatro capítulos sobre "La Guerra Civil en el País Vasco".

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