Consejo Rector de Incentivos Regionales

Las ayudas regionales para el período 2014-2020 beneficiarán especialmente a las pequeñas y medianas empresas

27.1.2015

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El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas remitirá la propuesta a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, cuya culminación será la aprobación definitiva por el Consejo de Ministros. Entre las novedades destaca una mayor intensidad de ayudas en el caso de medianas y pequeñas empresas y la inclusión en el Mapa de ayudas de las Comunidades Autónomas de las IIles Baleares y de La Rioja.

Los incentivos regionales son las ayudas financieras que concede la Administración General del Estado a la inversión productiva para fomentar la actividad empresarial, orientando su localización hacia zonas previamente determinadas. Consisten en subvenciones a fondo perdido y tienen como objetivo paliar los desequilibrios interterritoriales. Para adaptar la normativa reguladora de los mismos al nuevo marco comunitario, se han de modificar los Reales Decretos 161 a 173/2008, de 8 de febrero, por los que se delimitan las zonas de promoción económica y Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Incentivos Regionales.

Las nuevas directrices comunitarias en materia de ayudas regionales han supuesto la asignación a España de un mayor porcentaje de población asistida, lo que ha permitido la inclusión en el Mapa de zonas elegibles en todas las Comunidades Autónomas, incluidas las Illes Balears y La Rioja que no contaban con ninguna zona protegida en el mapa 2011-2013 y que, por lo tanto, tampoco formaban parte del sistema de ayudas de incentivos regionales. Su incorporación al sistema resulta oportuna teniendo en cuenta que el indicador de renta utilizado para la elaboración del mapa de ayudas, en el caso de Baleares y La Rioja, era inferior al de Aragón que, sin embargo, sí forma parte del sistema de ayudas de incentivos regionales.

Sólo quedarían fuera de su ámbito de aplicación las cuatro Comunidades Autónomas más desarrolladas, esto es: Cataluña, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad de Madrid y País Vasco que, no obstante, pueden poner en marcha sus propias líneas autonómicas de ayudas regionales en las zonas autorizadas por la Comisión Europea.

Intensidad de ayudas

Una de las novedades recogidas en la modificación de los Reales Decretos hace referencia a la inclusión de intensidades de ayudas mayores en el caso de medianas y pequeñas empresas, ya que hasta ahora los incentivos regionales se han centrado en las grandes empresas y no contemplaban los incrementos para las pymes. Así, la propuesta del Consejo de Incentivos Regionales acordada supone alcanzar el porcentaje máximo autorizado (% sobre la inversión elegible) para cada zona según el tipo de empresa: grandes, medianas y pequeñas.

De igual forma, se ha acordado un incremento de la inversión mínima exigible a los proyectos para que la línea de incentivos regionales se centre en las inversiones de mayor tamaño, mientras que las CCAA puedan atender las de menor cuantía. Se pasa así de 600.000 euros a 900.000 euros.

Por otra parte, para potenciar el carácter innovador de los proyectos se podrán subvencionar las inversiones en activos inmateriales, como los derechos de patentes, licencias o "know how".

Asimismo, se propone facilitar el cobro anticipado de las ayudas rebajando el importe mínimo de subvención para acceder a las liquidaciones a cuenta parciales de 5.000.000 euros a 1.000.000 euros, manteniendo la exigencia de aval.

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