Referencia del Consejo de Ministros

20.5.2011

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SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor.

Interior

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de Protección de las Infraestructuras Críticas.
  • ACUERDO sobre medidas contempladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, a los damnificados por los episodios meteorológicos de carácter extraordinario acaecidos en las Comunidades Autónomas de Andalucía y de Extremadura.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Jefatura Central de Tráfico para encomendar la fabricación y distribución de los permisos de conducción en tarjeta plástica y del permiso de circulación, por un importe de 47.243.271,87 euros.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Foral de Navarra para tomar préstamos y realizar una o varias emisiones de deuda pública (obligaciones) hasta un importe máximo de 230.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de la garantía del Estado a ciento noventa y seis obras para su exhibición en las salas de exposiciones temporales del Palacio Real de Madrid, en la exposición "Polonia, tesoros y colecciones artísticas", por un valor económico de 337.093.758,80 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza el tercer pago correspondiente a 2011 a la Novena Reposición de Recursos del Fondo Asiático de Desarrollo por importe de 20.274.845 euros.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Acuerdo de asociación preliminar entre Costa de Marfil, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, se autoriza su aplicación provisional y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a la población afectada por el conflicto armado en Libia, por importe de 425.000 euros.

Fomento

  • ACUERDO por el que se propone la convalidación de la fecha de terminación de las obras y del gasto correspondiente a la variación derivada de la compensación financiera incluida en la certificación final del contrato bajo la modalidad de abono total del precio de las obras: "Autovía A-67. Tramo: Villaprovedo-Herrera de Pisuerga", en Palencia.
  • ACUERDO por el que se convalidan las actuaciones referentes al modificado núm. 1 del contrato de las obras: "Seguridad vial. Construcción de parque de maquinaria. A1, Autovía del norte, p.k. 235,000. m.d. tramo de control: Nudo Landa", en Burgos.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Integración ambiental de taludes, instalaciones de túneles y otras obras complementarias. N-620 (Eje Pirenaico), de Sabiñánigo a Frontera Francesa (Port Bou). Tramo: Sabiñánigo-Fiscal". Valor estimado: 15.600.280,72 euros, en Huesca.
  • ACUERDO por el que se declara lesivo a los intereses del Estado el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos, de 14 de septiembre de 2007, por el que se fijó el justiprecio de la finca B2-V077, propiedad de doña Esperanza Alcalde Cuesta, afectada por las expropiaciones derivadas del proyecto "Variante Ferroviaria de la línea Madrid-Hendaya en Burgos" en el término de Burgos.

  • ACUERDO por el que se declara la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa como consecuencia de las obras de la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea "Aeropuerto de Madrid-Barajas, expropiación de terrenos para la imposición de servidumbres y ocupación temporal de los terrenos necesarios para la instalación de saneamiento del nuevo centro de apoyo logístico en Paracuellos de Jarama, en Madrid".

Educación

  • REAL DECRETO por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación para el curso 2011-2012 y por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para financiar actuaciones de reparación de los daños causados en infraestructuras educativas por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011, en Lorca (Murcia).
  • REAL DECRETO por el que se establece el Título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
  • REAL DECRETO por el que se establece el Título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
  • REAL DECRETO por el que se crea la especialidad de Flamenco en las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música y se regula su contenido básico.
  • REAL DECRETO por el que se crea la escuela infantil Melilla, dependiente del Ministerio de Defensa, en la Ciudad de Melilla.

Trabajo e Inmigración

  • REAL DECRETO por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Sanidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa a la Comunidad Autónoma de Canarias para el traslado y acogida de menores extranjeros no acompañados.

  • REAL DECRETO por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Actividades físicas y deportivas que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido en el Real Decreto 1209/2009, de 17 de julio.
  • REAL DECRETO por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Artes gráficas que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen doce certificados de profesionalidad de la familia profesional Industrias extractivas que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan determinados certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1217/2009, de 17 de julio.
  • REAL DECRETO por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Vidrio y cerámica que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen diez certificados de profesionalidad de la familia profesional Instalación y mantenimiento que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan determinados certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1375/2009, de 28 de agosto.
  • REAL DECRETO por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Imagen personal que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1373/2008, de 1 de agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1379/2009, de 28 de agosto.
  • REAL DECRETO por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Madera, mueble y corcho que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Marítimo pesquera que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen diez certificados de profesionalidad de la familia profesional Química que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido como anexo III en el Real Decreto 1970/2008, de 28 de noviembre.
  • REAL DECRETO por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Seguridad y medio ambiente que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen cuatro certificados de profesionalidad de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexo I y II en el Real Decreto 1379/2008 de 1 de agosto.
  • REAL DECRETO por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Textil, confección y piel que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen once certificados de profesionalidad de la familia profesional Transporte y mantenimiento de vehículos que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Imagen y sonido que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de servicios para la prestación de los servicios postales y de paquetería del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • ACUERDO por el que se impone una sanción de 127.193,75 euros a la empresa Talleres Macor, S.L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social nº I292010000283825, formalizada por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Málaga.

Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 de abril.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de ayudas para la realización de actuaciones en el marco de la política pública para el fomento de la competitividad de los sectores estratégicos industriales para el período 2010-2011, en el ámbito del sector de automoción.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de Contratos de Distribución.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la tercera adenda del Convenio de Colaboración suscrito con fecha 14 de diciembre de 2007, entre el extinto Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (actual Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino) y la extinta Sociedad Estatal SEIASA de la Meseta Sur, S.A. (actual SEIASA), para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la Sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos contempladas en la planificación del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y declaradas de interés general.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de los daños producidos por los fenómenos meteorológicos acaecidos, a partir de diciembre de 2010, en los caminos rurales del término municipal de Écija (Sevilla).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de los daños causados por inundaciones en diversos caminos de los términos municipales de Los Palacios y Villafranca, Lebrija y Las Cabezas de San Juan (Sevilla).
  • ACUERDO por el que establecen las cuantías de las contribuciones a diferentes organismos internacionales para el año 2011 en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, por un importe global de 1.169.774,90 euros.

Cultura

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY Reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de El Salvador a D. ENRIQUE OJEDA VILA .
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en el Reino de Nepal a D. FRANCISCO JAVIER ELORZA CAVENGT, con residencia en Nueva Delhi.

CONDECORACIONES

Sanidad, Política Social e Igualdad

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de la Solidaridad Social a D. GERVASIO SÁNCHEZ FERNÁNDEZ.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Cultura

APROBADO EL PROYECTO DE LEY REGULADORA DEL MUSEO REINA SOFÍA

  • Dota a la institución de un marco jurídico que responde a las necesidades de funcionamiento y gestión propias de un centro de estas características, garantiza el máximo nivel de calidad exigible y flexibiliza su gestión en general.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

El Proyecto prevé dotar a la institución de un nuevo marco jurídico que responda a las necesidades de funcionamiento y gestión propias de un centro de estas características, garantizando al mismo tiempo el máximo nivel de calidad exigible a un museo de titularidad pública estatal en la prestación de sus servicios culturales. Se trata de lograr una gestión más ágil y flexible de la institución manteniendo siempre el carácter público del museo, si bien con algunas características que lo sitúan en aspectos concretos en la órbita del derecho privado.

La modificación de la naturaleza jurídica de los museos ha sido un fenómeno generalizado entre los grandes museos del resto de Europa. En España existe el precedente inmediato del Museo Nacional del Prado, que abandonó la figura de organismo autónomo de carácter administrativo, como hace ahora el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para convertirse en un organismo público con estatuto específico, en virtud de una Ley propia que se aprobó en el año 2003.

Principales cambios

Las principales diferencias respecto del régimen actualmente aplicable en el Museo se concentran en tres grandes materias:

  • En el ámbito de la contratación administrativa se le dota de más flexibilidad para agilizar algunas actividades, especialmente necesitadas de un margen de maniobra superior, como las exposiciones temporales. A su vez, facilitará la gestión de otros servicios del Museo como la tienda-librería o la cafetería-restaurante.
  • Desde la perspectiva presupuestaria, el Proyecto proporcionará una gestión económico-presupuestaria más ágil al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. Para ello prevé un control financiero permanente que permitirá mayor rapidez y eficacia de la gestión, reduciendo notablemente los tiempos de tramitación. Hay que tener en cuenta que el Museo celebró más de mil contratos en 2010, muchos de ellos, además, con instituciones extranjeras.
  • Por último, se aborda también una modificación a futuros, unificando el régimen jurídico del personal del organismo, promoviendo así una gestión homogénea y eficiente de los recursos humanos.

Un museo en constante modernización

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía es en la actualidad una de las instituciones culturales de cabecera en el panorama museístico nacional e internacional y un auténtico referente en la escena de los museos dedicados a la creación artística contemporánea.

La evolución del Museo ha venido a reflejar el propio desarrollo de la noción de "museo" en las últimas décadas. Abrió sus puertas como Centro de Exposiciones Temporales en 1986, se convirtió en Museo Nacional en 1988 y se inauguró como tal en 1990. La presentación de su colección permanente fue en el año 1992. Desde entonces su progresión ha sido constante hasta convertirse hoy en día en un referente museístico internacional.

Superado el tradicional modelo de institución centrada en las funciones de custodia y preservación, el Museo Reina Sofía ejemplifica la consolidación de la dimensión social del museo, convertido en auténtico foro multidisciplinar de experimentación, generación de conocimiento y debate en la esfera pública.

La reciente historia del organismo ha demostrado una permanente voluntad de modernización y compromiso con la creación artística contemporánea, tanto en la formación y enriquecimiento de su colección, como en la reforma y ampliación de sus instalaciones para dar cabida a una creciente oferta de actividades públicas, paralela al incesante incremento del número de visitantes.

En la actualidad, el Museo gestiona un presupuesto anual de cerca de cincuenta millones de euros, dispone de una superficie total de aproximadamente 85.000 metros cuadrados para el desarrollo de su actividad y alberga una colección de arte contemporáneo integrada por más de diecisiete mil obras de arte de diversas disciplinas y técnicas. Además, el número de visitantes se ha multiplicado a lo largo de los años, desde los 686.372 visitantes que recibió el Museo en el año 1991, hasta alcanzar 2.313.532 visitantes en 2010.


Industria, Turismo y Comercio

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LA LEY DE CONTRATOS DE DISTRIBUCIÓN

El consejo de Ministros ha recibido un Informe del ministro de Industria, Turismo y Comercio sobre el Anteproyecto de Ley de Contratos de Distribución, un instrumento normativo para el sector de la distribución comercial, acorde al nuevo contexto económico y a los nuevos modelos de negocio.

El Anteproyecto pretende modernizar la regulación del sector, respetando al máximo la capacidad de pacto entre las partes, si bien se regulan una serie de cuestiones mínimas que están en el origen de la mayor parte de los problemas que se han dado hasta ahora: evitar la imposición unilateral de condiciones, la falta de claridad, la imposición de compras mínimas o inversiones, la ausencia de plazos en los contratos, etcétera.

Objetivos

Entre sus grandes objetivos figuran los siguientes: mejorar la transparencia en contratación entre proveedores y distribuidores; reequilibrar la capacidad negociadora de las partes; establecer reglas de contratación claras, que ofrezcan un régimen supletorio mínimo ante la ausencia de previsión contractual por las partes, y promover Códigos de Conductas Sectoriales, así como mecanismos de resolución de conflictos para dirimir controversias (mediación y arbitraje).

La nueva norma afecta a los contratos del sector de la distribución comercial con exclusión de la comercialización directa con consumidores y usuarios, y de los sectores y mercados especiales dotados de régimen propio (agua, gas, luz, servicios financieros y seguros, productos sanitarios y medicamentos).

Con antelación a la firma del contrato, las partes intercambiarán toda la información necesaria, que se concreta en las redes de distribución integrada (concesionarios).

Ejecución y extinción contractual

En la fase de ejecución contractual, la norma se refiere a los objetivos comerciales a la regulación de ruptura de stock, a las compras mínimas, que se establecerán sobre la base de previsiones razonables del mercado sin que proceda la facturación o cobro de suministros no solicitados por el distribuidor o no puestos a su disposición; a los pactos de exclusiva; a los descuentos de común acuerdo y por anticipado (kioscos); y a la cesión del contrato con consentimiento. En cuanto a la fase de extinción contractual, se regula la duración de los contratos de modo que se garantice un plazo suficiente para amortizar las inversiones específicas; el preaviso y la indemnización por daños y perjuicios.


Educación

APROBADA LA MAYOR INVERSIÓN EN BECAS CON UNA SUBIDA DEL 5'28 POR 100 PARA EL CURSO 2011-2012

  • La cifra asciende a 1.324 millones de euros, 66 millones más que en la convocatoria anterior, lo que supone que desde el año 2004 la inversión en becas y ayudas se ha duplicado. Más de 1.700.000 estudiantes se van a beneficiar de becas y ayudas.
  • Por primera vez se equipara la cuantía de las becas-salario de los estudiantes de Ciclos Formativos de Grado Superior con la de los universitarios.
  • Como novedad habrá un complemento de rendimiento para aquellos alumnos becados que aprueben la totalidad de los créditos de los que se matriculen.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece los umbrales de renta y patrimonio familiar, así como las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2011-2012. La norma se ha elaborado bajo la convicción de que la educación es un derecho que debe regirse por los principios de equidad e igualdad de oportunidades. Las partidas destinadas a becas no se encuentran afectadas por los ajustes derivados del plan de austeridad.

El presupuesto hoy aprobado supone la mayor inversión en becas y ayudas en una apuesta por fortalecer la dimensión social de la educación. Para el próximo curso 2011-2012 la inversión aumenta en un 5 por 100 con respecto al año pasado, es decir, 66´4 millones de euros más, alcanzando un total de 1.324 millones. Desde el año 2004 el Gobierno ha duplicado la cantidad destinadas a becas y ayudas.

El Real Decreto establece que los umbrales de renta y patrimonio familiar se mantienen igual que los fijados en el curso pasado, tras lo cual se estima que el número de becarios experimente un incremento neto de más de un 3 por 100, llegando a superar la cifra de 1.700.000 estudiantes.

Una de las principales novedades para el curso 2011-2012 es la equiparación en la cuantía de las becas-salario concedidas a estudiantes universitarios y de Grado Superior de Formación Profesional, con una cuantía en ambos casos de 3.500 euros. Así, la inversión total para este tipo de ayudas asciende a casi nueve millones de euros.

Impulso del rendimiento académico

Con el objetivo de estimular el rendimiento académico de los estudiantes que cursen estudios universitarios, el Gobierno ha introducido varias medidas que contribuyen a que esto sea así.

Por un lado, se crea un nuevo componente de beca destinado a recompensar el rendimiento de aquellos estudiantes que, ya siendo beneficiarios de una beca general, obtengan unos resultados académicos superiores a los requeridos para tener derecho a esta ayuda. La cuantía será de 150 euros individuales, de la que podrán beneficiarse aquellos alumnos becados que se matriculen con carácter general de un mínimo de sesenta créditos ECTS. Para lograr ser beneficiarios del mismo tendrán que aprobar los sesenta créditos o entre 48 y 54 créditos en el caso de los estudios de Ingeniería y Arquitectura. Se estima que el número de beneficiados con este complemento supere los 76.000.

EDUCACION cuadro BECAS

Además, por primera vez en el curso 2011-2012 la beca de matrícula no incluirá el coste de los créditos que se matriculen por tercera y sucesivas veces, y será el estudiante el que deberá abonar esta cantidad frente a la actual situación en la que la matrícula de los estudiantes becados era financiada íntegramente por el Ministerio. En el caso de Ingeniería y Arquitectura, el estudiante tendrá que abonar esa cantidad a partir de la cuarta matrícula y sucesivas.


Industria, Turismo y Comercio

LA INCLUSIÓN DE LA BANDA ANCHA EN EL SERVICIO UNIVERSAL DE TELECOMUNICACIONES BENEFICIARÁ A 350.000 HOGARES

  • Modificado el Reglamento del servicio universal para garantizar como servicio básico para todos los ciudadanos el acceso a Internet a la velocidad de un megabit por segundo, como establece la Ley de Economía Sostenible.
  • Se extiende el derecho de acceso de los usuarios con discapacidad en condiciones equivalentes, hasta ahora limitado al servicio telefónico, a las guías y al servicio de consulta telefónica sobre números de abonado.
  • Se adecua el número de cabinas al uso decreciente de este servicio y se suprime la obligación de entrega de las guías en formato impreso, salvo petición expresa del abonado.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, con el objetivo de que los usuarios se beneficien cuanto antes de la inclusión de la banda ancha en el servicio universal de telecomunicaciones.

La incorporación al servicio universal del acceso a Internet a una velocidad en sentido descendente de un megabit por segundo, establecida en la Ley de Economía Sostenible, beneficiará a unos 350.000 hogares que actualmente no cuentan con cobertura de banda ancha. De este modo, se garantiza que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet a una velocidad de, al menos, un megabit por segundo.

El servicio universal de telecomunicaciones es un conjunto definido de servicios básicos cuya prestación por parte del operador designado está garantizada para todos los usuarios finales, con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.

Se trata de un concepto único y armonizado para toda la Unión Europea cuyo objetivo es crear una red de seguridad que evite la exclusión social causada por no disponer del conjunto de servicios básicos incluidos: conexión a la red publica de comunicaciones electrónicas, servicio telefónico fijo, cabinas, guías telefónicas y servicio de consulta telefónica sobre números de abonado.


DESARROLLO DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE

El artículo 52 de la Ley de Economía Sostenible establece que la conexión a la red pública de comunicaciones, con capacidad de acceso funcional a Internet, deberá permitir comunicaciones de datos de banda ancha a una velocidad de un megabit por segundo.

En virtud del Real Decreto aprobado hoy, el operador designado para la prestación de este elemento del servicio universal garantizará a cada usuario que la media de velocidad de su conexión, en cualquier período de veinticuatro horas, sea, al menos, de un megabit por segundo.

En cualquier caso, el usuario tendrá derecho a contratar conexiones sin capacidad de banda ancha, es decir, no estará obligado a contratar servicios o facilidades que no necesite. El plazo máximo para satisfacer cada solicitud razonable de conexión a la red será de sesenta días.

Transposición de una Directiva comunitaria

El Real Decreto establece la separación de las obligaciones de servicio universal relativas a la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas, por un lado, y a la prestación de un servicio telefónico disponible al público, por otro, lo que abre la puerta a la designación de operadores distintos para ambos elementos.

Asimismo, refuerza los derechos de los usuarios con discapacidad. En concreto, extiende su derecho de acceso en condiciones equiparables a las guías y al servicio de consulta telefónica sobre números de abonado, mientras que en la anterior regulación sólo se garantizaba el acceso al servicio telefónico.

El Real Decreto también establece que, si el operador prestador del servicio universal decide separar en empresas distintas las actividades de operador de red y la de prestación de servicios, deberá comunicar esta separación funcional voluntaria al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Actualización de la regulación del servicio universal

El Real Decreto incorpora una serie de ajustes y actualizaciones técnicas necesarias:

  • Actualización de los supuestos de no razonabilidad a la nueva normativa sobre el suelo. En concreto, se considerará razonable la petición de conexión para cualquier inmueble situado en suelo urbano y también para una edificación que, aún no estando en suelo urbano, sea utilizada como vivienda habitual por el solicitante de conformidad con la normativa urbanística aplicable.
  • Adecuación de los umbrales de oferta suficiente de teléfonos de pago (cabinas) a la caída de la demanda de este servicio, que está siendo sustituido por la telefonía móvil. Así, se considerará oferta suficiente la existencia, con una distribución geográfica razonable, de, al menos, un teléfono público de pago y uno más por cada tres mil habitantes en cada municipio de mil o más habitantes y de un teléfono público de pago en los municipios de menos de mil habitantes en los que esté justificado.
  • Supresión de la obligación de entrega de las guías en formato impreso si no existe una solicitud expresa del abonado, de modo que, como regla general, se entregarán en soporte electrónico.
  • Se completa la separación por elementos en lo referente a obligaciones y coste neto para posibilitar una designación separada de operador por elemento. Los servicios o elementos integrantes del servicio universal susceptibles de ser objeto de licitación en determinadas zonas, son: conexión a la red, prestación del servicio telefónico, teléfonos públicos, guías y servicio de consulta telefónica sobre número de abonado.

Designación del prestador del servicio universal

Tras la entrada en vigor de este Real Decreto, un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se procederá a la aprobación de los pliegos y la convocatoria de los procesos de licitación correspondientes a los diferentes elementos del servicio universal. La designación de los operadores responsables de las obligaciones del servicio universal se producirá antes de la fecha de finalización del período actual (31 de diciembre de 2011).


Educación

DOS MILLONES PARA REPARAR INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS AFECTADAS POR EL TERREMOTO DE LORCA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión de una subvención directa a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para financiar actuaciones de reparación de los daños causados en las infraestructuras educativas como consecuencia de los movimientos sísmicos acaecidos el pasado 11 de mayo en la localidad de Lorca.

Esta ayuda está destinada a aquellos centros docentes de carácter público y privado concertado situados en Lorca, aunque podrían incluirse además aquellos que se encuentran en localidades próximas y que también resultaron dañados por el terremoto.

Con esta partida se pretende facilitar la reparación de las infraestructuras, equipamientos e instalaciones educativos y, en consecuencia, el reestablecimiento de los servicios educativos con los estándares de calidad anteriores al seísmo. Además, de forma indirecta se verá favorecida la reactivación económica con el mantenimiento e incremento del empleo en la zona, al mismo tiempo que servirá de oportunidad para aumentar la calidad de las infraestructuras, equipamientos e instalaciones educativas introduciendo mejoras de accesibilidad, así como de ahorro energético.

Esta ayuda aprobada hoy complementa el Real Decreto Ley de medidas urgentes que el Consejo de Ministros aprobó la semana pasada con el objetivo de facilitar la reparación de los daños causados por el seísmo.


Interior

AYUDAS POR LAS LLUVIAS EN ANDALUCÍA Y EXTREMADURA

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo para que el Ministerio del Interior, en colaboración con los representantes de la Administración Periférica del Estado, las Administraciones Territoriales competentes y el Consorcio de Compensación de Seguros, proceda con la máxima urgencia posible a realizar las valoraciones y a tramitar los procedimientos administrativos de pago de los daños que se han producido como consecuencia de los episodios meteorológicos adversos que afectaron a las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.

Las ayudas previstas en el Real Decreto de 18 de marzo de 2005, son las siguientes:

  • Por destrucción total de vivienda: 15.120 euros.
  • Por daños en la estructura de la vivienda: 10.320 euros.
  • Por daños no estructurales en vivienda: 5.160 euros.
  • Por daños en enseres: 2.580 euros.
  • Por muerte o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
  • Por daños en elementos comunes de una comunidad de propietarios: 8.000 euros.
  • Por daños en establecimientos mercantiles: 8.000 euros.

El fuerte temporal que ha afectado los últimos días a diversas zonas de la Península, especialmente a Andalucía y con más incidencia a la provincia de Córdoba, en las poblaciones de Villa del Río y Cañete de las Torres, y a Extremadura, en el municipio de Villanueva de la Serena, en la provincia de Badajoz, ha provocado cortes en carreteras y en el tráfico ferroviario, daños materiales en viviendas, explotaciones agrícolas y en establecimientos mercantiles. Además, este temporal ha provocado también cortes en los suministros de agua, teléfono y luz, y el fallecimiento de una persona en Cañete de las Torres (Córdoba).

Entre las consecuencias más graves de estos fenómenos cabe destacar, en la provincia de Córdoba, el corte de carreteras y vías férreas, la evacuación de varias decenas de personas en el Camino de la Vega de Villa del Río, en el Polígono de Cepansa y Polígono industrial de la Vega de Villa del Río. En Cañete de las Torres hubo que realojar a cerca de cincuenta personas, además de verse afectadas unas trescientas viviendas, cocheras y cerca de una treintena de vehículos estacionados.

En Extremadura, en concreto en la provincia de Badajoz, fueron importantes los daños en el municipio de Villanueva de la Serena, que afectaron a viviendas, bajos comerciales, garajes, mobiliario urbano.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

OBRAS DE EMERGENCIA PARA REPARAR CAMINOS RURALES DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración de la tramitación de emergencia para la reparación de los daños causados por fenómenos meteorológicos en varios caminos rurales de los términos municipales de Écija, Los Palacios y Villafranca, Lebrija y Las Cabezas de San Juan, en la provincia de Sevilla, por un importe de 692.182,05 euros, que se financiará con cargo al Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Las precipitaciones de extraordinaria intensidad ocurridas en diversos puntos del sur de España durante el invierno de 2010 ocasionaron daños de consideración en infraestructuras rurales, principalmente en los caminos rurales de los citados municipios, dificultando la circulación y poniendo en peligro el tráfico, tanto rodado, como peatonal.

Para corregir esta situación, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino está realizado una serie de actuaciones de emergencia. Así, en el término municipal de Écija las obras consisten en la reconstrucción de alcantarillas, badenes y escolleras, la reposición de la capa de firme dañada y otros trabajos complementarios.

Por lo que respecta a los daños causados en los términos municipales de Los Palacios y Villafranca, Lebrija y las Cabezas de San Juan, los trabajos están consistiendo en la limpieza y reconstrucción de cunetas, reparación y acondicionamiento del firme, adecuación de drenajes, reconstrucción de badenes y rampas de acceso, reconstrucción de escolleras y reposición de señalización. El presupuesto de estas actuaciones, que también se han iniciado en 2011 y se encuentran en ejecución, asciende a 397.772,05 euros.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

FIRMA DEL PROTOCOLO DE NAGOYA SOBRE ACCESO A LOS RECURSOS GENÉTICOS

  • También se recoge la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización.

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica.

El citado Protocolo fue adoptado en la décima Sesión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre Diversidad Biológica, celebrada en Nagoya en octubre del pasado año, tras ocho intensos años de negociación con el objetivo principal de asegurar la participación justa y equitativa en el reparto de beneficios derivados del uso de los recursos genéticos. Con la adopción de este instrumento se refuerza el tercer objetivo del Convenio que, junto con la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, suponen el marco general de la política global en materia de biodiversidad.

El Protocolo intenta fortalecer el cumplimiento de las normas nacionales de acceso de los países proveedores de recursos genéticos mediante la exigencia de medidas de cumplimiento y seguimiento en los terceros países donde se utilicen dichos recursos genéticos. Ello permitirá lograr una mayor transparencia en los sectores que utilizan recursos genéticos y una más fluida y constante transferencia de beneficios a los países proveedores con la consecuente mejora de la conservación de la biodiversidad.

Se trata, por tanto, de un instrumento de gran valor para conseguir ingresos e incentivos para la conservación de la biodiversidad en la Tierra, además de contribuir a la justicia y equidad social.

Papel de España

España, que por su riqueza en diversidad biológica tiene el doble perfil de país proveedor y usuario de recursos genéticos, considera el acuerdo un nuevo avance en la lucha contra la pérdida de biodiversidad, que debe protegerse y valorarse por cuestiones éticas y por su contribución al bienestar humano.

Cabe destacar el papel fundamental desempeñado por España en la negociación de este Protocolo, al ser uno de sus principales impulsores en el seno de la Unión Europea, además de uno de los principales financiadores de las múltiples reuniones internacionales que se han celebrado durante los cerca de ocho años del proceso negociador, con contribuciones voluntarias para apoyar esta negociación que han ascendido a un total de 1.343.440 dólares desde 2006.

Posibilidad de exigencia de contrapartida

La adopción de este Protocolo constituye uno de los hitos principales alcanzados en la Conferencia de Nagoya y su eventual entrada en vigor representará para los países proveedores de recursos genéticos la posibilidad de exigir a las empresas o agentes que los utilicen contrapartidas monetarias o no monetarias por su utilización, y supondrá, en definitiva, un instrumento de gran valor para asegurar los ingresos e incentivos para la conservación de la biodiversidad, además de contribuir a la justicia y equidad social.

El contenido de este Protocolo responde, tanto a los objetivos generales de la Unión Europea, como a los de España. Nuestro país es, al mismo tiempo, proveedor de recursos genéticos, por su rica biodiversidad -la mayor de toda la Unión Europea- y usuario de recursos generados tanto en España como en países terceros a través de empresas españolas.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

AYUDA DE EMERGENCIA A LA POBLACIÓN AFECTADA POR EL CONFLICTO DE LIBIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a la población afectada por el conflicto armado que sufre Libia, por importe de 425.000 euros.

Se trata del tercer envío de ayuda humanitaria de emergencia al citado país. El pasado 20 de abril de 2011 el Consejo de Ministros tomó razón de dos envíos de ayuda humanitaria de emergencia a la población libia desplazada en Túnez por importes de trescientos mil euros y un millón de euros, respectivamente.

La ayuda consiste en el soporte logístico a las víctimas del conflicto y apoyo al retorno de la población migrante de distintas nacionalidades a su país. El gasto, que asciende a un importe máximo de 425.000 euros, está destinado a pagar los gastos correspondientes al soporte logístico y los costes del operativo humanitario.


Industria, Turismo y Comercio

AUTORIZADAS AYUDAS AL SECTOR DE AUTOMOCIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado el reparto de ayudas para fomentar la competitividad en el sector de la automoción por un importe total de 47,8 millones de euros. Estas ayudas se enmarcan la política de fomento de la competitividad en los sectores estratégicos, en su apartado de automoción.

Bajo este programa, el Gobierno repartirá en 2011 un total de 215 millones de euros a 141 proyectos que fomentan la competitividad y la innovación en el sector, según anunció el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio el pasado 3 de marzo. La resolución de la convocatoria fue examinada por el Consejo de Ministros el día 11 del mismo mes.

En su reunión de hoy, tal y como marca la legislación, el Consejo de Ministros ha dado su visto bueno al reparto de las ayudas relativas a esta resolución que superan los doce millones de euros. Los proyectos que cumplen esta característica suman unas ayudas totales de 47,8 millones de euros.

La finalidad de estas ayudas es potenciar actividades estratégicas, claves para acelerar la evolución del sector de automoción hacia modelos de producción más avanzados, eficientes y respetuosos con el medio ambiente, y hacia productos de más valor añadido, que reduzcan el impacto ambiental durante su ciclo de vida y que mejoren su seguridad, contribuyendo con ello, a la generación o, al menos, el mantenimiento de empleo.

Así, se pretende favorecer el posicionamiento estratégico del sector, haciendo una apuesta por inversiones y actuaciones punteras que aseguren la continuidad del sector del automóvil en España anticipando lo que van a ser los segmentos de mercado más competitivos en el futuro: coches híbridos, eléctricos, de reducidas emisiones de CO2, de mayor seguridad, etcétera.


Sanidad, Política Social e Igualdad

APROBADA LA COMERCIALIZACIÓN DE PREPARADOS CÁRNICOS FRESCOS DE COMERCIOS MINORISTAS A BARES Y RESTAURANTES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro de 7 de noviembre de 2003, por el que se establecían las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor.

El principal objetivo de esta modificación es flexibilizar la norma vigente para permitir la comercialización de preparados cárnicos frescos desde los establecimientos de comercio minoristas de carne a bares y restaurantes.

La presente norma supone una ampliación de los productos que las carnicerías pueden comercializar a bares y restaurantes, generando un entorno más favorable para los operadores económicos al aumentar la productividad e incentivando la creación o ampliación de empresas, sin menoscabo de la seguridad alimentaria.

El Real Decreto se justifica por la moción del Pleno del Senado del 11 de marzo de 2009 y tras la opinión favorable de las Comunidades Autónomas para flexibilizar la comercialización de determinados productos desde establecimientos minoristas de la carne a bares y restaurantes, sin comprometer los objetivos básicos de higiene.

La normativa que se modifica ya introdujo una mayor liberalización en la actividad minorista de comercialización de productos cárnicos, facultando a los establecimientos de venta al por menor para ampliar su actividad para determinados productos y servicios para los que hasta la fecha no tenían autorización. A la vez, mantuvo una serie de limitaciones que se consideraban imprescindibles para garantizar las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas y el respeto al marco normativo nacional y comunitario de referencia.

Las modificaciones que hoy se aprueban no comprometen los objetivos de los Reglamentos comunitarios de 2004 que rigen esta materia: Reglamento relativo a la higiene de los productos alimenticios y Reglamento por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.


Interior

APROBADO EL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento de Protección de las Infraestructuras Críticas, que desarrolla la Ley de 29 de abril de 2011 por la que se establecen medidas de protección de las infraestructuras críticas

La nueva dimensión de la seguridad, que ha dejado de ser un asunto doméstico en la agenda de los Estados, exige la adopción de medidas dirigidas a la prevención, planificación y reacción ante los eventuales ataques terroristas que se han visto afectados por la globalización.

Del Reglamento destacan los siguientes aspectos:

Definición y desarrollo del Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas

Se trata del registro administrativo del Ministerio del Interior, que contiene la información completa, actualizada y contrastada de todas las infraestructuras estratégicas ubicadas en el territorio nacional, así como de las clasificadas como críticas europeas que afecten a España.

Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas

Se desglosan todas las competencias de los agentes que forman parte de este sistema, incluyendo entre ellos a dos órganos colegiados: la Comisión Interministerial para la Protección de las Infraestructuras Críticas y el Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Protección de las Infraestructuras Críticas. Se reconoce el derecho a participar en ambos de las Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente reconocidas para la protección de personas y bienes, y para el mantenimiento del orden público, así como, en su caso, otras Administraciones, especialmente las Locales, y expertos.

Instrumentos de planificación exigibles a los agentes del Sistema

Se aborda el contenido, elaboración, aprobación, registro y revisión y de todos los Planes, que se estructuran secuencialmente, de forma que la aprobación de uno define el plazo para elaborar el siguiente:

a) Planes de elaboración administrativa:

  • Plan Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas, aprobado por el Secretario de Estado de Seguridad.
  • Planes Estratégicos Sectoriales, que deberán elaborar los distintos agentes del Sistema (básicamente, Ministerios) y cuya aprobación corresponde a la Comisión de Protección de las Infraestructuras Críticas.
  • Planes de Apoyo Operativo, a elaborar por el Cuerpo policial estatal o, en su caso, autonómico competente y que serán supervisados por la Delegación del Gobierno.

b) Planes cuya elaboración corresponde a los operadores críticos, públicos y privados:

  • Planes de Seguridad de los Operadores, definidores de las políticas generales de los operadores para garantizar la seguridad del conjunto de sus instalaciones.
  • Planes de Protección Específicos, documentos operativos donde se definen las medidas concretas a implementar en cada una de las infraestructuras del operador.

Definición de los Responsables de Seguridad y Enlace y Delegados de Seguridad

El Responsable de Seguridad y Enlace representa al operador crítico ante la Secretaría de Estado de Seguridad en todo lo relativo a la seguridad de sus infraestructuras y los diferentes planes, en tanto que el Delegado de Seguridad es nombrado como enlace operativo respecto a cada infraestructura crítica.

Garantías de seguridad en las comunicaciones

Se garantiza su seguridad mediante la certificación por el Centro Criptológico Nacional del Centro Nacional de Inteligencia.


Educación

EL FLAMENCO, NUEVA ESPECIALIDAD DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la especialidad de Flamenco dentro de las Enseñanzas Artísticas Superiores de Grado en Música y regula su contenido básico.

Debido a la importancia del Flamenco como patrimonio cultural del Estado, su extraordinaria proyección cultural a nivel internacional y su reciente incorporación al Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO, el Gobierno ha resuelto crear una especialidad dentro de las Enseñanzas Artísticas superiores para poder atender a las actuales necesidades de formación.

La nueva especialidad de Flamenco pretende formar especialistas en este complejo arte, los cuales reúnan las características interpretativas del Cante y de la Guitarra con un valor teórico/humanístico añadido.

Este Real Decreto establece las competencias específicas, el perfil profesional correspondiente y contenidos de la nueva especialidad.


Educación

APROBADOS DOS NUEVOS TÍTULOS DE ENSEÑANZAS DEPORTIVAS

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos que establecen la creación de dos nuevos títulos de Enseñanzas Deportivas, uno de Grado Medio y otro de Grado Superior, además de las enseñanzas mínimas correspondientes a cada uno de ellos.

El Gobierno pretende garantizar, así, la adecuada preparación de profesionales en el ámbito deportivo. La puesta en marcha de esta oferta específica desarrolla lo ya establecido en la Ley Orgánica de Educación, que consiste en otorgar a las Enseñanzas Deportivas un tratamiento similar al del resto de enseñanzas ofertadas en el sistema educativo.

En la actualidad la oferta formativa de Enseñanzas Deportivas se compone de 34 títulos, de los que diecinueve corresponden a Técnicos Deportivos y quince a Técnicos Deportivos Superiores.

Los títulos aprobados hoy son:

Técnico Deportivo Superior de Judo y Defensa Personal

Este título pertenece a las enseñanzas deportivas de Grado Superior y tendrá una duración de 775 horas.

El título va dirigido a todos aquellos que deseen desarrollar un perfil profesional vinculado a la programación y dirección del entrenamiento de los deportistas de alto nivel en judo y defensa personal; la organización, tutela y participación en competiciones de alto nivel en judo; la coordinación de técnicos especialistas en alto rendimiento en judo y defensa personal, y la formación de los técnicos deportivos en judo y defensa personal.

Este título permite el acceso directo a las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las condiciones de admisión que se establezcan.

Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal

Este título, perteneciente a las enseñanzas deportivas de Grado Medio, tendrá una duración de 1.540 horas ya que se organizan en dos ciclos de grado medio: uno, inicial, de 670 horas, y otro, final, de 870.

El tipo de estudios va dirigido a aquellos que deseen vincular su perfil profesional a la iniciación y tecnificación deportiva en las modalidades de judo y defensa personal y a la organización de eventos en el nivel de iniciación y tecnificación deportiva en la modalidad.

El título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal permitirá el acceso directo a todas las modalidades de Bachillerato.

Ambos títulos abren la posibilidad de un reconocimiento oficial a efectos de equivalencia profesional, convalidación u homologación de aproximadamente 4.300 técnicos formados hasta la fecha.


Trabajo e Inmigración

APROBADOS NOVENTA NUEVOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado quince nuevos Reales Decretos por los que se establecen noventa certificados de profesionalidad, que son las acreditaciones de las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral.

Los certificados de profesionalidad y su formación asociada tienen como objetivo dar respuesta a las necesidades de la sociedad del conocimiento, basada en la competitividad, la empleabilidad, la movilidad laboral y el fomento de la cohesión y la inserción laboral. Su expedición corresponde a la Administración competente, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Dichos certificados acreditan, en el ámbito de la administración laboral, las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, obtenidas a través de procesos formativos o del proceso de reconocimiento de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Favorecer la formación permanente

Se trata, por tanto, de proporcionar a los trabajadores la formación requerida por los distintos sectores productivos y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral y de las empresas, permitiendo la mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales y favoreciendo la formación a lo largo de la vida de la población activa.

Los noventa certificados de profesionalidad aprobados corresponden a quince familias profesionales: Actividades físicas y deportivas; Artes gráficas; Imagen personal; Imagen y sonido; Industrias extractivas; Instalación y mantenimiento; Madera, mueble y corcho; Marítimo pesquera; Química; Sanidad; Seguridad y medioambiente; Servicios socioculturales y a la comunidad; Textil, confección y piel; Transporte y mantenimiento de vehículos, y Vidrio y cerámica.

Hay que tener en cuenta que diecinueve de los certificados de las familias de Artes gráficas, Industrias extractivas, Instalación y mantenimiento, Imagen personal, Madera, mueble y corcho, Química, Transporte y mantenimiento de vehículos, sustituyen a otros quince certificados, que ahora se derogan, y se actualizan catorce correspondientes a las familias profesionales de Actividades físicas y deportivas, Imagen personal, Industrias extractivas, Instalación y mantenimiento, Química y Servicios socioculturales y a la comunidad.


Criterios de elaboración

Para su elaboración, se han tenido en cuenta los siguientes criterios:

  • Incidencia económica de estos sectores productivos en el mercado laboral.
  • Demanda de trabajadores cualificados y ausencia de oferta formativa, o bien que dicha oferta no responda a las necesidades reales del mercado laboral.
  • Demanda de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
  • Inclusión de niveles 1 de cualificación profesional en la oferta formativa de la formación para el empleo.
  • Establecimiento de formación asociada a actividades laborales relacionadas con el desarrollo de la economía sostenible.
  • Desarrollo de áreas profesionales completas dentro de las familias, de modo que se pueda tratar con coherencia la transversalidad en la formación.

El reciente Real Decreto Ley de 18 de febrero de 2011, sobre medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo, estableció que, en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y formación Profesional, la oferta formativa vinculada a la obtención de los Certificados de Profesionalidad, estructurada en módulos formativos, facilitará la acreditación parcial acumulable para el proceso de reconocimiento de competencias profesionales que actualmente se está impulsando desde el Gobierno.


Economía y Hacienda

AUTORIZACIÓN DE DEUDA A NAVARRA

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Foral de Navarra a tomar préstamos y realizar una o varias emisiones de deuda pública (obligaciones) hasta un importe máximo de 230 millones de euros.

Dicha operación responde al plan económico-financiero de reequilibrio presentado por esta Comunidad y se encuentra dentro del límite de endeudamiento no dispuesto de ejercicios anteriores recogido en el Programa Anual de Endeudamiento de 2010 acordado entre la Comunidad Foral y el Estado.

Esta operación es conforme a los límites de endeudamiento que se derivan de los acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera y se autoriza según lo establecido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y en la Ley Orgánica, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, de 2001.


Trabajo e Inmigración

DIEZ MILLONES A CANARIAS PARA LA ATENCIÓN DE MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención directa a la Comunidad Autónoma de Canarias para el traslado y acogida de menores extranjeros no acompañados.

La subvención objeto de este Real Decreto, que se abonará por anticipado y de una sola vez, tiene como principal objetivo financiar los gastos derivados del traslado y acogida de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias a otras Comunidades Autónomas, así como de los gastos que se deriven de la acogida de estos menores en su territorio originados durante la tramitación de los acuerdos de cooperación con las autonomías hasta hacer efectivo el traslado.

En el último año se ha producido un cambio de tendencia en la llegada de estos menores inmigrantes a las costas canarias, cuyo número se ha reducido significativamente. No obstante, como consecuencia de la colaboración prestada en respuesta a la solicitud del Gobierno de Canarias en 2008, todavía permanecen bajo protección en la Península numerosos menores no acompañados, por lo que se requiere el mantenimiento de los dispositivos habilitados en atención a esa demanda.


Educación

CREADA EN MELILLA LA ESCUELA INFANTIL "MELILLA"

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la Escuela Infantil "Melilla", dependiente del Ministerio de Defensa, que estará situada en la Ciudad Autónoma que da nombre a este nuevo centro educativo.

Así, el Gobierno da cumplimento a la Ley Orgánica de Educación que establece que las Administraciones públicas deben promover un incremento progresivo de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil, es decir, en la etapa de cero a tres años, y que la Administración central viene impulsando desde el año 2008 a través del Plan Educa 3 que favorece los acuerdos de colaboración con otras administraciones para la puesta en funcionamiento de este tipo de centros.

La creación de la Escuela Infantil de Melilla es fruto de un acuerdo suscrito el pasado mes de septiembre entre los Ministerios de Defensa y de Educación que fijaba la puesta en funcionamiento de un centro educativo de este tipo en la Ciudad Autónoma y la regulación de su régimen económico y de funcionamiento.

En el texto aprobado hoy se fijan la normativa docente sobre la que se basa la creación de esta Escuela, los requisitos mínimos que debe cumplir, su régimen de funcionamiento y el nombre de la misma, así como la enseñanza que impartirá.

Para su puesta en funcionamiento el Ministerio de Educación destinará una partida presupuestaria de 126.000 euros.


Fomento

OBRAS COMPLEMENTARIAS EN EL TRAMO SABIÑÁNIGO-FISCAL DE LA N-260, EN HUESCA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar obras complementarias en el tramo Sabiñánigo-Fiscal de la N-260 (Eje Pirenaico) que están destinadas, principalmente, a la integración ambiental de los taludes y la adaptación de los túneles a la normativa vigente, en la provincia de Huesca.

Con esta actuación se mejora la funcionalidad de la obra principal en este tramo de 23,28 kilómetros de longitud. El presupuesto de licitación de las obras asciende a 15,6 millones de euros.

Las obras se integran dentro de la planificación prevista por el Ministerio para la transformación de este Eje, de la que se beneficiará el tráfico de largo recorrido así como el de las Comarcas de Sobrarbe y Alto Gállego. Asimismo, con estas obras complementarias, que pasan a integrarse en las previstas por el proyecto inicial, se optimizan la seguridad vial y la integración ambiental.

El presupuesto total del acondicionamiento entre Fiscal y Sabiñánigo supera ya los 110 millones de euros, lo que supone una inversión sin precedentes para la mejora de la carretera N-260. El impulso de estas obras se enmarca dentro de los importantes avances de las actuaciones planificadas en el Eje Pirenaico.

Las actuaciones sobre taludes consisten en el colocado de mallas y redes de cables ancladas para evitar desprendimientos, el recubrimiento e impermeabilización con hormigón de los cunetones de pie de talud, y el extendido de tierra vegetal para plantaciones.

Además, se adaptarán los tramos de túnel al Real Decreto de 2006 sobre requisitos mínimos de seguridad en túneles de carreteras del Estado con los siguientes trabajos: refuerzo de señalización, puertas de acceso para vehículos, aceras rebajadas y eliminación de barreras arquitectónicas, puestos de emergencia en apartaderos, barreras de cierre y doble circuito de iluminación.

Mapa Sabiñánigo-Fiscal


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

ADENDA AL CONVENIO PARA LA MODERNIZACIÓN DE REGADÍOS EN CIUDAD REAL

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de la tercera adenda del Convenio de Colaboración, suscrito el 14 de diciembre de 2007, entre el antiguo Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la extinta Sociedad Estatal SEIASA de la Meseta Sur (actual SEIASA), para el establecimiento de los criterios generales de actuación de dicha sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos contempladas en la planificación del Ministerio y declaradas de interés general.

Dicha adenda contempla la ejecución, por parte de SEIASA, de las obras de modernización de regadíos de la zona regable de "La Serna", en La Solana y Membrilla (Ciudad Real), que cuenta con un presupuesto de ejecución de siete millones de euros, financiados por SEIASA hasta el 45 por 100.

Estas actuaciones se van a financiar con cargo a los recursos con los que actualmente cuenta la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), en los términos del Convenio entre ambos organismos, por lo que no será necesario que el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino transfiera cantidad alguna a dicha Sociedad para su ejecución.


Interior

MÁS DE 47 MILLONES PARA LA FABRICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PERMISOS DE CONDUCCIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Jefatura Central de Tráfico a suscribir una nueva encomienda de gestión con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda para la fabricación y distribución del permiso de conducir en tarjeta de plástico y del permiso de circulación para los años 2011, 2012 y 2013, por un importe de 47.243.271,87 euros.

Éstos son los puntos más destacados del contenido de la encomienda:

1.- El precio unitario fijado para los permisos es similar al previsto en contratos anteriores y es el de 2,7158 euros/permiso de conducir y 0,1314 euros/permiso de circulación.

2.- En esta encomienda se prevén, de manera similar a lo dispuesto en encomiendas anteriores, las características de la tarjeta soporte del permiso de conducir: formato de plástico de conformidad con el modelo impuesto por la normativa comunitaria con una durabilidad superior a diez años en condiciones normales de uso, fotografía en color del titular del permiso, protección con láminas de seguridad de los datos del anverso y grabación láser de los datos de personalización del reverso.

3.- El tiempo medio de fabricación de cada tarjeta (cinco días laborables desde la entrada de la orden de fabricación hasta su entrega a Correos para el envío al domicilio de su titular) y el tiempo máximo (siete días laborables, salvo fuerza mayor).

4.- Los requisitos y características del permiso de circulación (según el modelo comunitario).

5.- La forma de pago (facturas mensuales del total de permisos fabricados el mes anterior).

6.- Constitución de una Comisión de Seguimiento, de composición paritaria, encargada de asesorar, informar y proponer las modificaciones necesarias para la adecuada ejecución de la encomienda.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

MODIFICADA LA REGULACIÓN DE LOS PROGRAMAS NACIONALES DE ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES DE LOS ANIMALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la normativa reguladora de los Programas Nacionales de erradicación de enfermedades de los animales, con objeto de clarificar determinados aspectos como el régimen de movimientos de los animales de las especies bovina, ovina y caprina, para lo que se hace preciso eliminar la figura de la explotación de precebo y especificar los criterios para el movimiento desde explotaciones de cebo.

Asimismo, el Real Decreto establece el plazo máximo y las condiciones en que podrá autorizarse, cuando la situación epidemiológica de la enfermedad valorada en cada región así lo aconseje, la vacunación contra la brucelosis bovina de hembras, con la vacuna RB-51 o con la vacuna REV-1, según se trate de la infección con Brucella Abortus o con Brucella Melitensis respectivamente.

En uso de dicha posibilidad, algunas Comunidades Autónomas han establecido programas obligatorios de vacunación con la mencionada vacuna RB-51, de tal manera que, una vez iniciada la misma, debe preverse una ampliación del plazo máximo previsto en la normativa para contemplar las necesarias revacunaciones o nuevas vacunaciones en zonas de actuación donde la situación epidemiológica y el Programa Nacional de Erradicación de la Brucelosis Bovina así lo aconsejen.

Carácter plurianual

En este sentido, y dado el carácter plurianual del referido programa de vacunación (mínimo cinco años), las previsiones de vacunación con RB-51 se extienden al año 2014, lo que hace necesario modificar la norma básica para ampliar hasta el 31 de diciembre de 2014 la posibilidad de uso de dicha vacuna, permitiendo de manera adicional que otras Comunidades Autónomas dispongan del periodo suficiente para que sea eficaz.

Dado que en la actualidad se cuenta con una amplia experiencia en cuanto al uso de la vacuna RB-51 en España, el nuevo Real Decreto equipara los movimientos de las explotaciones vacunadas, dentro del territorio nacional, al resto de explotaciones calificadas o en fase de calificación como B3 (explotaciones indemnes de brucelosis).

Finalmente, la nueva normativa señala que la detección de la leucosis enzoótica bovina se podrá realizar mediante un nuevo método autorizado por la Unión Europea.


Economía y Hacienda

CONTRIBUCIÓN A LOS RECURSOS DEL FONDO ASIÁTICO DE DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha aprobado el tercer pago de la participación española en la novena reposición de recursos del Fondo Asiático de Desarrollo, por importe de 20.274.845 euros.

El 3 por 100 de esta cantidad se destinará al pago de la cuarta reposición del Fondo Especial de Asistencia Técnica, creado para la financiación de donaciones para proyectos que se encuadren en este ámbito.

El Fondo Asiático de Desarrollo es la ventanilla de financiación concesional del Banco Asiático de Desarrollo y su principal objetivo es la lucha contra la pobreza y la mejora de la calidad de vida en los países de la región de Asia y el Pacífico. Creado en 1974, este Fondo concede préstamos a bajo interés y donaciones a los países miembros con menores niveles de renta y limitada capacidad de pago de su deuda.

Esta contribución responde a los compromisos de España en la lucha contra la pobreza adquiridos en la Conferencia de Monterrey y con los Objetivos de Desarrollo del Milenio y la política de cooperación de España. Además, está en línea con la política general de fortalecimiento de la presencia de España en las Instituciones Financieras Internacionales.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

APORTACIONES A DIFERENTES ORGANISMOS INTERNACIONALES AGRÍCOLAS Y MEDIOAMBIENTALES

El Consejo de Ministros ha autorizado las cuantías de las contribuciones voluntarias a diversos organismos internacionales para el ejercicio de 2010, en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, por un importe global de 1.169.774 euros. Su desglose es el siguiente:

  • Se van a destinar 500.000 euros de la Agencia Estatal de Meteorología a la Agrupación de Interés Económico de los Servicios Meteorológicos Nacionales en Europa (EIG-EUMENET).
  • Un total de 158.944 euros irán destinados a la Convención sobre la Conservación de las especies migratorias de animales silvestres del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la cantidad de 143.750 euros a la Organización Mundial para la Sanidad Animal y 74.739 al Programa de Químicos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
  • El Ministerio va a aportar 62.950 euros para la Conservación de Aves Acuáticas Migratorias Afroeuroasiáticas del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente; 58.200 euros a la Organización Internacional para el desarrollo de la pesca en Europa Oriental y Central de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación; 55.847 euros para el Convenio sobre la Conservación de los Cetáceos del Mar Negro, el Mar Mediterráneo y la zona atlántica contigua del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, y un total de 31.000 euros para apoyar el Acuerdo de Cooperación entre la Dirección General de Estructuras y Mercados Pesqueros y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.
  • También se van a destinar 13.118 euros a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico "Códigos y Sistemas Agrarios/Tractores"; la cantidad de 11.974 euros a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico "Códigos y Sistemas Agrarios/Semillas"; 10.000 euros al Punto Focal Europeo de los Recursos Zoogenéticos de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y 9.250 euros a la Comisión Internacional sobre Industrias Agrícolas y Alimentarias.
  • Por otro lado, 6.500 euros irán para el Consejo Asesor de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible; 6.483 euros para la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico "Códigos y Sistemas Agrarios/Bosques"; un total de 5.500 a la Red Impel, 4.950 para la Organización Internacional de Ciencia y Tecnología de los Cereales; 4.000 euros al Consejo Consultivo Regional de las aguas sudoccidentales y 3.700 euros al Consejo Consultivo Regional de las aguas noroccidentales.
  • Finalmente, el Ministerio va a aportar 3.150 euros al Consejo Consultivo Regional de las aguas del Mediterráneo; la cantidad de 2.933 euros al Comité Internacional para el Control del Rendimiento del Ganado; 2.000 euros a la Organización Internacional de Lucha Biológica de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y un total de 784 euros a la Unión Internacional de Organizaciones de Investigación Forestal.


Trabajo e Inmigración

SANCIÓN A UNA EMPRESA POR IMPAGO DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL

El Consejo de Ministros ha acordado sancionar a la empresa Talleres Macor, S.L. con una multa por importe de 127.193,75 euros por una infracción en materia de Seguridad Social detectada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La infracción de Talleres Macor, S.L. se califica de grave al no haber ingresado en forma y plazo las cuotas correspondientes que por todos los conceptos recauda la Tesorería General de la Seguridad Social, y lleva aparejada una sanción en grado mínimo. Además, en el acta consta que no se ha acreditado ninguna situación extraordinaria en el periodo comprendido entre enero de 2009 y agosto de 2010, en el que la empresa Talleres Macor contrajo una deuda que asciende a 254.387,51 euros.

La sanción a la empresa infractora aprobada por el Gobierno es consecuencia del acta levantada en su día por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Málaga.


Economía y Hacienda

GARANTÍA DEL ESTADO A LA EXPOSICIÓN "POLONIA, TESOROS Y COLECCIONES ARTÍSTICAS"

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de la garantía del Estado, por un importe de 337.093.758,80 euros, a 196 obras para su exhibición en las salas de exposiciones temporales del Palacio Real de Madrid, en la exposición "Polonia, tesoros y colecciones artísticas".

La garantía pública estatal es un sistema por el que el Estado asume el compromiso de asegurar las obras de relevante interés cultural que se presten para exposiciones celebradas en museos de titularidad estatal frente a la posible destrucción, pérdida, sustracción o daño que puedan sufrir entre el acuerdo del préstamo y la devolución de la obra.

El otorgamiento no tiene, por tanto, un coste inmediato, sino que supone un compromiso del Estado, como asegurador, para hacer frente a un pago si alguno de los bienes culturales resultase dañado.


Fomento

AUTORIZADO EL TRÁMITE PARA INSTALAR EL SANEAMIENTO DEL NUEVO CENTRO LOGÍSTICO DE AENA EN PARACUELLOS

El Consejo de Ministros ha acordado declarar la urgente ocupación de los terrenos y utilidad pública de los bienes y derechos necesarios para la instalación del saneamiento del nuevo centro de apoyo logístico en el término municipal de Paracuellos de Jarama (Madrid).

La ocupación de los terrenos está motivada, fundamentalmente, por la necesidad de AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) de centralizar las existencias de repuestos y equipos, y poder dar así una respuesta más eficaz en caso de averías.

La superficie a ocupar, de 2.739 metros cuadrados, se distribuye en tres parcelas de propiedad privada situadas en Paracuellos de Jarama.

El acuerdo incluye también las servidumbres de paso y ocupación temporal.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y COREA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y sus Estados miembros y la República de Corea, por otra

Con este Acuerdo Marco se crea una plataforma moderna para las relaciones bilaterales que hasta la fecha estaban reguladas por el anterior Acuerdo Marco de Comercio y Cooperación, firmado en 1996 y en vigor desde 2001. Con el nuevo Acuerdo se actualiza el marco contractual de las relaciones bilaterales, que ha evolucionado en los últimos años desde una relación predominantemente comercial hacia una activa colaboración multilateral. Con ello se impulsa la cooperación en todos los sectores de interés mutuo, al tiempo que se promocionan algunos valores universales que defiende la Unión Europea y que se articulan en las llamadas "cláusulas políticas". El Acuerdo Marco se podrá complementar con acuerdos específicos en cualquier campo.

Desde un punto de vista político, el Acuerdo Marco con Corea, junto con el Acuerdo de Libre Cambio, eleva la relación estratégica con un socio fundamental para la Unión Europea en Asia.

El Acuerdo contiene compromisos, entre otras materias, en la lucha contra la proliferación de armas de destrucción masiva y contra el terrorismo, derechos humanos, comercio, inversión, transporte o energía; sienta las bases del diálogo político en la lucha contra la proliferación de armas de destrucción masiva, armas ligeras y de pequeño calibre, delitos más graves que preocupan a la comunidad internacional y cooperación contra el terrorismo; precisa la cooperación en los campos del desarrollo económico, del desarrollo sostenible, de la cultura y la educación; y de la justicia, la libertad y la seguridad, así como la cooperación en otros ámbitos en relación al turismo, sociedad civil, administración pública y estadísticas.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

FIRMA DEL ACUERDO DE ASOCIACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y COSTA DE MARFIL

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma "ad referéndum" del Acuerdo de Asociación preliminar entre Costa de Marfil, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, ha autorizado su aplicación provisional y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

Este Acuerdo se encuadra en el compromiso de apoyo de la Unión Europea al proceso de integración regional en África Occidental, proceso que constituye el instrumento esencial para fomentar el desarrollo económico y social de la zona. Por una parte, mejora para Costa de Marfil las condiciones de acceso al mercado comunitario, en el marco de las negociaciones relativas al Acuerdo de Asociación Económica y, por otra, trata de evitar perturbaciones en el flujo comercial entre ambas partes derivadas de la expiración del Acuerdo de Cotonou, a la espera de un Acuerdo de Asociación Económica global entre África Occidental y la Unión Europea que garantice la continuidad del crecimiento de la región.

El texto reconoce la necesidad de establecer un Acuerdo de Asociación Económica preliminar para proteger los intereses económicos y comerciales de las Partes a la espera de la firma de un Acuerdo de Asociación Económica global entre el África Occidental y la Unión Europea. Además recoge la asociación para el desarrollo, el régimen comercial de los productos, los servicios, inversiones y normas vinculadas al comercio, y la prevención y solución de diferencias.


BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajador de España en la República de El Salvador.-

D. ENRIQUE OJEDA VILA.

Nacido el 10 de abril de 1968 en Sevilla, es Licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla e ingresó en 1994 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Bolivia, Guatemala y Estados Unidos. En 2004 fue nombrado director de la Fundación Tres Culturas del Mediterráneo y, posteriormente, Secretario General de Acción Exterior de la Junta de Andalucía. Desde abril de 2009 era Director General de Cooperación Autonómica en el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

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