Referencia del Consejo de Ministros convocado con arreglo al Acuerdo del Pleno del Senado de 27 de octubre de 2017 por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución

24.11.2017

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Madrid

SUMARIO

Presidencia y para las Administraciones Territoriales

  • ACUERDO por el que se autoriza al Ayuntamiento de Barcelona a celebrar el contrato de servicios de implantación, mantenimiento y gestión del servicio de transporte mediante bicicletas compartidas (Bicing 2.0), con una duración de diez años, con posibilidad de prórroga por mutuo acuerdo de las partes hasta un máximo de cinco años.

Hacienda y Función Pública

  • ACUERDO por el que se aprueba, en los presupuestos de la Generalitat de Cataluña para 2017, Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, la modificación presupuestaria por importe de 30.000 euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba, en los presupuestos de la Generalitat de Cataluña para 2017, modificación presupuestaria por importe de 18.085.401,03 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a los representantes de la Generalitat de Cataluña en los Órganos de gobierno del Consorcio Parque de Investigación Biomédica de Barcelona a renovar por el mismo importe una operación de endeudamiento a corto plazo por un importe máximo de 500.000 euros.

Fomento

  • ACUERDO por el que se aprueban las tarifas por productos y servicios a precio tasado y las directrices, las condiciones básicas de ejecución y metodología de cálculo de acuerdo con las cuales la Administración de la Generalitat de Catalunya y su Sector Público vinculado o dependiente y los Entes Locales de Cataluña deben retribuir al Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC) por los encargos que le realicen.
  • ACUERDO por el que se aprueba la modificación de los Estatutos del Consorcio Urbanístico para el desarrollo de las Áreas Residenciales Estratégicas L´Estrella y Sant Crist, del término municipal de Badalona, y su texto refundido.

Educación, Cultura y Deporte

  • ACUERDO por el que se autoriza al Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamientos de Teatros de Barcelona a destinar los remanentes de tesorería no afectados que presenta el Consorcio a 31 de diciembre de 2016 para hacer frente al aumento de las solicitudes de subvenciones de la convocatoria 2017 para la rehabilitación y la dotación de equipamientos de teatros de Barcelona.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Plan rector de uso y gestión del área protegida de las islas Medes, aprobado por el Decreto 222/2008, de 11 de noviembre, se establecen las reglas de aplicación durante su vigencia transitoria, y se crea el Consejo Científico del Parque Natural del Montgrí, las Illes Medes y el Baix Ter.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

MODIFICADO EL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DE LAS ISLAS MEDES (GIRONA)
  • El objetivo es mejorar la regulación de las actividades de buceo con escafandra autónoma, evitar que esta actividad suponga un impacto negativo sobre comunidades biológicas marinas y facilitar a las empresas que gestionan esta actividad la divulgación de sus valores naturales

El Consejo de Ministros, dentro de la competencia actual del Gobierno sobre la gestión de la Comunidad Autónoma de Catalunya según un Real Decreto del 27 de octubre de 2017, ha aprobado un acuerdo por el que se modifica el Plan Rector de Uso y Gestión del área protegida de las Islas Medes, aprobado por el Decreto 222/2008, del 11 de noviembre, así como establecer las reglas de aplicación durante su vigencia transitoria y la creación del Consejo Científico del Parque Natural del Montgrí, las Islas Medes y el Baix Ter (Girona).

El objetivo de esta decisión es establecer un sistema de regulación de las inmersiones que permita determinar las capacidades de carga en lo que respecta a la actividad de buceo con escafandra autónoma (máximo de inmersiones), con el fin de evitar que esta actividad suponga un impacto negativo sobre las comunidades biológicas marinas, y, por tanto, contribuir a su conservación y/o recuperación.

Asimismo, se trata de mejorar la actitud y la cualidad de la práctica del buceo con escafandra autónoma para que las inmersiones de los usuarios disminuyan al máximo los impactos por golpes sobre el fondo marino y las comunidades biológicas, y facilitar a las empresas que gestionan esta actividad de inmersión atender a todos los usuarios que quieren visitar y disfrutar del fondo submarino.

También se aprueba la creación del Consejo Científico del Parque Natural como órgano colaborador en la gestión del parque, entre cuyas funciones está la de proponer actuaciones relacionadas con el conocimiento de este espacio natural.

Presidencia y para las Administraciones Territoriales

AUTORIZADO EL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA AL CONTRATO DURANTE DIEZ AÑOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE MEDIANTE BICICLETAS COMPARTIDAS

El Consejo de Ministros ha autorizado al ayuntamiento de Barcelona a celebrar el contrato de servicios de implantación, mantenimiento y gestión del servicio de transporte mediante bicicletas compartidas (bicing 2.0), con una duración de diez años, con posibilidad de prórroga por mutuo acuerdo de las partes hasta un máximo de cinco años.

Según se estipula en la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos de servicios no pueden tener un plazo de vigencia superior a cuatro años, si bien se puede prever en el mismo contrato su prórroga por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años.

La celebración de contratos de servicios de duración superior puede ser autorizada excepcionalmente por el Consejo de Ministros para contratos determinados, o de forma genérica para determinadas categorías.

La solicitud del Ayuntamiento de Barcelona para celebrar el contrato se considera justificada por razones de interés público, teniendo en cuenta que el contrato se refiere a un servicio de transporte público de gran importancia para la movilidad en la ciudad y la necesidad de la duración está debidamente justificada en el expediente. Se fundamenta en el período de amortización de las inversiones que ha de realizar el adjudicatario.

Hacienda y Función Pública

MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS EN LOS PRESUPUESTOS DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA PARA 2017

El Consejo de Ministros ha aprobado dos expedientes de modificación de crédito en los Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para 2017 para atender las siguientes actuaciones:

  • Transferencia de crédito por importe de 18.085.401 de euros al Instituto Catalán de la Salud, con cargo al Fondo de Contingencia del Presupuesto de la Generalitat, con el fin de dar cumplimiento al incremento del 1 por 100 de las retribuciones correspondientes al año 2017, fijado, con carácter básico, por los Presupuestos Generales del Estado para 2017.
  • Transferencia de crédito, por importe de 30.000 euros, entre diferentes conceptos del capítulo 4 del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, con destino el Consorcio del Auditorio y la Orquesta, con el fin de efectuar el pago correspondiente al 50 por 100 de la justificación final de una subvención otorgada en el ejercicio 2016 (Proyecto Apropa Cultura de fomento del acceso de personas con discapacidad a la cultura).

Estas modificaciones de crédito en los Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para 2017 se han hecho en virtud del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designa a los órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, al amparo del artículo 155 de la Constitución Española.

Hacienda y Función Pública

AUTORIZADO UN ORGANISMO PÚBLICO DE CATALUÑA A FORMALIZAR UNA OPERACIÓN DE DEUDA

El Consejo de Ministros ha autorizado a los representantes de la Generalitat de Cataluña en los órganos de gobierno del Consorcio Parque de Investigación Biomédica de Barcelona a renovar una operación de endeudamiento a corto plazo, por un importe máximo de 500.000 euros.

La aprobación de dicha autorización se hace de acuerdo con las competencias asumidas por el Gobierno conforme con lo dispuesto en el Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, autorizadas por acuerdo del Pleno del Senado del 27 octubre de 2017 por el que se aprobaron las medidas requeridas por el Gobierno al amparo del artículo 155 de la Constitución.

La operación de crédito mencionada se amortizará tan pronto como cesen las causas que la han motivado y, en todo caso, en el plazo máximo fijado.

Fomento

MODIFICADOS LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO PARA EL DESARROLLO DE LAS ÁREAS RESIDENCIALES ESTRATÉGICAS L'ESTRELLA Y SANT CRIST, DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE BADALONA

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación de los estatutos del Consorcio Urbanístico para el desarrollo de las áreas residenciales estratégicas L'Estrella y Sant Crist, del término municipal de Badalona, y su texto refundido, y ha dispuesto la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña.

Mediante un Acuerdo del Gobierno de la Generalitat del 4 de mayo de 2010, se autorizó al Instituto Catalán del Suelo para que constituyera, con el Ayuntamiento de Badalona, el Consorcio Urbanístico para el desarrollo de las áreas residenciales estratégicas L'Estrella y Sant Crist, del término municipal de Badalona, y se aprobaron los estatutos.

El 29 de diciembre de 2014, el Consejo General del Consorcio aprobó una propuesta de modificación de sus estatutos para adaptarlos a las previsiones de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local, aprobación que finalmente no prosperó, vistas las sucesivas modificaciones legislativas que afectaron al régimen jurídico del Consorcio.

Por otra parte, el Consejo General del Consorcio, en sesión del 11 de enero de 2017, aprobó, por unanimidad, la modificación de los estatutos con el fin de adaptarse a las previsiones que, inicialmente, estaban recogidas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local, y en la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, y que ahora se contienen en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Finalmente, se ha aprovechado la necesidad de modificar los estatutos para incorporar las últimas modificaciones del Plan director urbanístico de las áreas residenciales estratégicas del ámbito de El Barcelonès, con respecto al área residencial estratégica de L'Estrella, así como varios cambios a nivel de actualización legal y organizativa que permitan un funcionamiento más ágil y acuerdo con la realidad de la entidad.

Educación, Cultura y Deporte

AUTORIZADO EL DESTINO DE REMANENTES DE TESORERÍA DEL CONSORCIO DEL PLAN DE REHABILITACIÓN DE TEATROS DE BARCELONA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamientos de Teatros de Barcelona a destinar los remanentes de tesorería no afectados que presenta el Consorcio a 31 de diciembre de 2016. Esta autorización es para hacer frente al aumento de las solicitudes de subvenciones de la convocatoria 2017 para la rehabilitación y la dotación de equipamientos de teatros de Barcelona.

El Acuerdo se ha aprobado de conformidad con el Real Decreto regulador de los órganos y autoridades encargados de cumplir las medidas autorizadas por el Senado cuando aprobó, el pasado mes de octubre, las medidas requeridas por el Gobierno al amparo del artículo 155 de la Constitución.

El Consorcio del Plan de Rehabilitación de Equipamientos de Teatros de Barcelona presentaba un remanente de tesorería no afectado al término de 2016 de 163.786,30 euros, en la parte que le corresponde a la Generalitat de Cataluña.

Este Consorcio es una entidad participada por la Administración General del Estado (Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música), la Administración de la Generalitat de Cataluña (Institut Català de les Empreses Culturals) y el Ayuntamiento de Barcelona (Institut de Cultura de Barcelona), y está adscrito a la Administración de la Generalitat de Cataluña.

El Consorcio tiene entre sus finalidades la de gestionar las acciones relacionadas con la rehabilitación y equipamiento de los edificios y locales destinados a la actividad teatral en el municipio de Barcelona.

Fomento

APROBADAS LAS TARIFAS A RETRIBUIR AL INSTITUTO CARTOGRÁFICO Y GEOLÓGICO DE CATALUÑA

El Consejo de Ministros ha aprobado las tarifas por productos y servicios a precio tasado y las directrices, las condiciones básicas de ejecución y metodología de cálcul,o de acuerdo con las cuales la administración de la Generalitat de Cataluña y su sector público vinculado o dependiente y los entes locales de Cataluña deben retribuir al Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC) por los encargos que le realicen.

También ha acordado disponer la publicación de este acuerdo y de las tarifas máximas y las directrices, las condiciones básicas de ejecución y metodología de cálculo en él aprobadas, mediante su inserción en la web del Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (http://www.icgc.cat).

El Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC), creado por la Ley 2/2014, de 27 de enero, de Medidas Fiscales, Administrativas, Financieras y del Sector Público, asume las competencias y funciones que tenían el Instituto Cartográfico de Cataluña y el Instituto Geológico de Cataluña, disueltos por la mencionada Ley.

Encargos formulados por la Generalitat

En consecuencia, el ICGC queda obligado a llevar a cabo, en el ámbito de sus funciones, los encargos que le formulen los departamentos de la Administración de la Generalitat, los entes integrados en su sector público y los entes locales de Cataluña.

La Dirección del Instituto, tal como recogen los estatutos del ICGC, estableció las directrices y las condiciones básicas de ejecución y metodología de cálculo vigente que tiene que aplicar el ICGC como medio propio de la Generalitat y de los entes locales de Cataluña, y dio cuenta de ello a su Consejo Rector en la sesión del día 5 de abril de 2017.

Asimismo, el artículo 152 de la Ley 2/2014, de 27 de enero también indicaba que el Gobierno tiene que aprobar anualmente las directrices para la fijación individualizada de las tarifas de referencia que deben aplicarse para las diferentes actividades del ente y las condiciones básicas de ejecución de estas actividades.

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