Referencia del Consejo de Ministros

10.5.2013

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2013.
  • ACUERDO por el que se modifica la Comisión Mixta de Control y Seguimiento del Plan Director para la recuperación del patrimonio cultural de Lorca.

Defensa

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco, y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, para la adquisición de raciones individuales de combate (módulos A, módulos B y módulos desayuno), raciones individuales de emergencia, módulos pan galleta, refuerzos especiales y raciones colectivas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de la sociedad francesa Assystem, S.A., en la sociedad española Assystem Iberia, S.L., para realizar actividades relacionadas con la defensa nacional.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 1.591.877,20 euros, para el abono de indemnizaciones derivadas de una sentencia del Tribunal Supremo, por incompatibilidad del artículo 20 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados con la Directiva 69/335/CEE del Consejo y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por el importe y para la finalidad indicados.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por un importe de 62.008,78 euros, para reintegrar los gastos de constitución y comisiones de un aval, según sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de fecha 27 de febrero de 2009, que declaró nulas las liquidaciones practicadas que originaron el aval prestado en vía administrativa y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por el importe y para la finalidad indicados.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para atender gastos de mantenimiento informático y asistencias técnicas de los servicios de Informática Presupuestaria de la Intervención General de la Administración del Estado.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a adquirir compromisos de gasto con cargo ejercicios futuros, a fin de posibilitar la firma de una Adenda al Convenio de Colaboración suscrito el 19 de enero de 2009, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Instituto de Crédito Oficial, para instrumentar la línea de financiación del Plan Renove de Turismo 2009.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a adquirir compromisos de gasto con cargo ejercicios futuros, a fin de posibilitar la firma de una Adenda al Convenio de colaboración de 3 de septiembre de 2009, suscrito entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Instituto de Crédito Oficial para instrumentar la línea de financiación del Plan FuturE de infraestructuras turísticas.

Empleo y Seguridad Social

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa a la entidad Asociación Comisión Católica Española de Migración (ACCEM), para la acogida temporal de españoles mayores retornados.
  • ACUERDO por el que se impone una sanción de 187.515,00 euros a la empresa Transmarva 2001, S.L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Málaga.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se crea una Comisión de Expertos en materia de gobierno corporativo.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

ACUERDOS DE PERSONAL

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueven al empleo superior, con carácter honorífico y a título póstumo a los siguientes miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil fallecidos en acto de servicio:

A Comandante:

  • D. JULIO CASTELLÓN BUENO.

A Teniente:

  • D. EDUARDO FRANCISCO CASTILLA RODRÍGUEZ.
  • D. JUAN MANUEL MEDINA ÁLVAREZ.

A Cabo Mayor:

  • D. ALBERTO GUISADO MAJANO.

A Cabo:

  • D. JESÚS GARCÍA RODRÍGUEZ.
  • D. JUAN FRANCISCO DEL PINO SOSA.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor MIGUEL BENTO MARTINS DA COSTA DE MACEDO E SILVA, ministro de Administración Interna de la República Portuguesa.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor PAULO SACADURA CABRAL PORTAS, ministro de Estado y de Negocios Extranjeros de la República Portuguesa.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Defensa

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que desarrolla el mandato de la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, de 2011.

Novedades

Sus principales novedades respecto a la normativa anterior son las siguientes:

  • Ampliación de las garantías del expedientado, al que se reconoce el derecho a la presunción de inocencia, a ser informado de la acusación disciplinaria, a la defensa, a la audiencia previa, a la utilización de los medios de prueba adecuados y a interponer los recursos correspondientes.
  • Tutela judicial a todos los sancionados en la vía disciplinaria militar, con la posibilidad de interponer recurso contencioso-disciplinario militar ordinario contra las resoluciones adoptadas, incluso en los recursos por faltas leves, frente al criterio restrictivo de normas anteriores.
  • Simplificación de los trámites y las comunicaciones, que podrán realizarse de forma directa y por medios electrónicos. Asimismo, se suprime la formulación del pliego de cargos.
  • En cuanto a sanciones:
    • Se introduce la sanción económica de uno a quince días, con pérdida de retribución proporcional al empleo, en iguales términos a los recogidos en el régimen disciplinario de otros ejércitos occidentales.
    • La sanción económica será proporcionada a las retribuciones de cada empleo.
    • Se reducen a la mitad las sanciones máximas de arresto: de treinta a catorce días por faltas leves y de dos meses a treinta días por faltas graves, mientras que se introduce la de arresto, máxima de sesenta días, para faltas muy graves.
    • Cumplimiento de arrestos por faltas leves, sin perjuicio del servicio, en las unidades militares o en los domicilios de los sancionados, en lugar de en establecimientos penitenciarios.
    • Se restringe la potestad disciplinaria a los jefes de unidades, lo que en la práctica supone otorgarla a los empleos de capitán/teniente de navío o superiores

Equilibrio

El principio general que inspira la nueva Ley es el equilibrio entre las garantías básicas del infractor y las prerrogativas de la Administración, sin olvidar que la atribución de la potestad disciplinaria se justifica en el interés público y en la defensa de los valores esenciales de las Fuerzas Armadas.

Además, la futura norma realiza una revisión completa del régimen disciplinario: tipología de infracciones, catálogo de sanciones, autoridades y mandos con potestad disciplinaria y procedimientos.

La finalidad de la Ley es garantizar la observancia de las reglas de comportamiento de los militares; en particular, la disciplina, la jerarquía y la unidad que, de acuerdo con la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, constituyen el código de conducta de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Tipificación de las faltas

La entrada en vigor de la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas ha determinado una profunda modificación de los tipos disciplinarios y se incorporan la protección de derechos y la sanción de deberes establecidos en ésta.

Las faltas disciplinarias se clasifican en leves, graves y muy graves, al mismo tiempo que se distinguen éstas de los delitos recogidos en el Código Penal o Código Penal Militar.

Como novedad, al tipificar las faltas, la nueva Ley tiene muy en cuenta la especial gravedad de algunas conductas, como las relacionadas con la libertad de las personas: acoso sexual o profesional, discriminación y comportamientos que atenten contra la intimidad o la dignidad.

La Ley castiga como falta leve la expresión pública de opiniones que, relacionadas estrictamente con el servicio, no se ajusten a los límites de la disciplina o supongan una falta de consideración con los superiores, de palabra, por escrito o por medios telemáticos.

Se incurrirá en falta muy grave cuando se produzca la reiteración en comportamientos sancionables, tutelando especialmente los valores de las Fuerzas Armadas, como la disciplina, los deberes del mando y del servicio, así como los derechos constitucionales de los militares.


Otras infracciones

En lo referente a las infracciones del derecho de asociación profesional, se castigará como falta leve la inexactitud en el incumplimiento de la normativa asociativa; como falta grave, su incumplimiento y, como falta muy grave, la reiteración.

Por otro lado, el ministro y el subsecretario de Defensa serán los únicos competentes para sancionar a los representantes de asociaciones profesionales en el Consejo de Personal por faltas cometidas en el desempeño de su actividad en este órgano.

Además, la nueva norma establece el castigo de las infracciones al Derecho Internacional aplicable en los conflictos armados.

La ejecución de las sanciones impuestas en zona de operaciones podrá ser demorada hasta la finalización de la misión y, en su caso, ser cumplidas en territorio nacional.

Finalmente, la nueva norma establece en su Disposición Adicional Quinta la aplicación del régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas al personal de la Guardia Civil cuando actúe en misiones de carácter militar o cuando esté integrado en unidades militares.

El Proyecto de Ley ha recabado todos los informes preceptivos durante su tramitación y cuenta con el juicio favorable del dictamen del Consejo de Estado.

Economía y Competitividad

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE CÁMARAS DE COMERCIO
  • Se crea la Cámara de Comercio de España que sustituirá al Consejo Superior de Cámaras.
  • No habrá pagos obligatorios a las Cámaras y se harán públicas las retribuciones de los directivos.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Economía y Competitividad sobre el Anteproyecto de Ley Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, que permitirá la continuidad del sistema cameral en España, y reforzará el papel de estos organismos en el proceso de internacionalización y el impulso de la competitividad de las empresas españolas.

Una vez se apruebe la Ley, incluida en el Plan Nacional de Reformas, el Consejo Superior de Cámaras se convertirá en la Cámara de Comercio de España, órgano de representación y coordinación de todas las Cámaras. La Cámara de España tendrá a su cargo, en coordinación con la red nacional e internacional de Cámaras y las propias Administraciones Públicas, el desarrollo efectivo del Plan Cameral de Internacionalización y del nuevo Plan Cameral de Competitividad así como el objetivo de impulsar en España la formación profesional dual como ejes centrales de su actividad.

Nuevo marco de futuro

La supresión, a partir de 2010, del recurso cameral permanente ha generado una situación de incertidumbre e inseguridad en las Cámaras de Comercio. Esta modificación, unida a la ausencia de un nuevo marco legal adaptado a las nuevas circunstancias, ponía en riesgo el debido cumplimiento de las funciones público-administrativas que tienen encomendadas, dada su naturaleza de corporaciones de derecho público, que mantiene el nuevo texto legal.

El Gobierno promueve con la Ley un nuevo marco regulador que dota de claridad y seguridad jurídica a las actuaciones de las Cámaras, tal y como le han venido demandando las propias Cámaras, las Comunidades Autónomas, que son la administración tutelante de las Cámaras localizadas en su territorio, y distintas organizaciones empresariales.

En consecuencia, la nueva Ley está dirigida a sentar las bases de un modelo sólido que garantice la continuidad de un sistema cameral en España similar al de países como Alemania y Austria.

Internacionalización y competitividad

Dos de las principales novedades que desarrollarán las Cámaras en colaboración con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de España, son el Plan Cameral de Internacionalización, que actualiza al plan anterior, y un nuevo Plan Cameral de Competitividad.

El Plan Cameral de Internacionalización se regula como uno de los principales cometidos que la Cámara de España va a ejecutar bajo la dirección del Ministerio de Economía y Competitividad, en colaboración con el resto de Cámaras de Comercio. En el mismo, además de las Cámaras nacionales, participarán también las Cámaras de Comercio de España en el exterior.

El Plan de Competitividad incluirá el conjunto de las funciones públicas que deben desarrollar las Cámaras en apoyo de las empresas españolas, con especial consideración a las pequeñas y medianas. Su finalidad es ordenar y ejecutar, de acuerdo con las prioridades de la política económica del Gobierno, todas aquellas actuaciones que incidan de manera efectiva en la mejora de la competitividad de las empresas.

Entre las novedades destaca, igualmente, la formación profesional dual como objetivo a potenciar en España, donde la tasa de paro supera el 50 por 100 entre los menores de veinticinco años. Las Cámaras podrán desempeñar un papel similar al que desarrollan las Cámaras alemanas.

Por ello, el texto legal contempla como función la de participar, con las Administraciones competentes, en la organización de la formación práctica en los centros de trabajo, incluida en las enseñanzas de la formación profesional, en especial en la selección de centros de trabajo y empresas, en la designación y formación de tutores y en el control y evaluación del cumplimiento de la programación.

Nuevas funciones

Se incorporan funciones nuevas como son la prestación de servicios en materia de comprobación material del cumplimiento de los requisitos legales, y funciones en materia de innovación y simplificación administrativa en los procedimientos para el inicio y desarrollo de actividades económicas y empresariales, y de la implantación de la economía digital en las empresas.

También en el ámbito de las funciones de las Cámaras destacan la mediación y el arbitraje. Este tipo de resolución de conflictos es cada vez más demandado en el ámbito mercantil y, además, revierte en una importante disminución de la carga de trabajo de los jueces y tribunales.

Mayor coordinación

La Cámara de Comercio de España será una herramienta fundamental para abrir puertas a las Pymes en los mercados internacionales. La Ley incide en diversos aspectos para mejorar sensiblemente el funcionamiento y la coordinación de la presencia institucional comercial de España en el exterior y establece un vínculo permanente entre las Cámaras Oficiales de España en el exterior con la Cámara de España.

Además, para mejorar la coordinación entre la Cámara de España y las Cámaras en el exterior, las Federaciones de Cámaras en el extranjero estarán representadas en el Pleno de la Cámara de Comercio de España.

Se trata de garantizar la correcta coordinación de la red cameral -conformada por 88 Cámaras y más de 400 puntos de atención personalizada a las pymes- con la red de oficinas económicas y comerciales del Estado -en pleno proceso de integración de oficinas autonómicas- y el resto de organismos dedicados a este objetivo.

Financiación

La Ley no contempla la recuperación del recurso cameral permanente y establece que la financiación de las Cámaras se basará en los ingresos que se generen por los servicios que presten y por las aportaciones voluntarias de empresas.

En atención a este nuevo régimen de financiación, la Ley permite a las Cámaras incentivar las contribuciones voluntarias y se podrá dar, si así lo estiman conveniente, una mayor representatividad a las empresas que hayan realizado contribuciones en sus órganos de gobierno. Estos incentivos estarán limitados a la obligación de mantener la representación mayoritaria en los mismos de todas las empresas a través de un proceso electoral basado en el sufragio universal y la elección democrática de dichos órganos.

Otras novedades

Entre otras novedades que incorpora el texto destacan, asimismo:

  • Se incluye la obligación de hacer públicas las retribuciones de los altos cargos y máximos responsables de las Cámaras.
  • Se elimina la obligación de que exista, al menos, una Cámara por provincia. No se fija por ley mapa cameral alguno. Serán las propias Cámaras en función de la demanda de las empresas y junto con la Administración tutelante (Comunidad Autónoma para las que estén localizadas en su territorio) las que determinen las ubicaciones finales.
  • Se homogeneiza el régimen jurídico de todos sus trabajadores al régimen laboral ordinario, pues una parte del personal de las Cámaras estaba sujeto a un régimen especial que data del año 1936.
  • Se regula un sistema de adscripción por el cual las empresas pertenecen a las Cámaras territoriales sin que de ello derive obligación económica alguna, ni de ningún otro tipo.

Economía y Competitividad

CREADA UNA COMISIÓN DE EXPERTOS EN MATERIA DE GOBIERNO CORPORATIVO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se crea una Comisión de Expertos en materia de gobierno corporativo. Con la creación de esta Comisión se comienza a dar cumplimiento a uno de los objetivos del Plan Nacional de Reformas 2013, que es ampliar el actual marco del Buen Gobierno Corporativo en España, con la finalidad de mejorar la eficacia y responsabilidad en la gestión de las sociedades españolas y, al tiempo, situar los estándares nacionales al más alto nivel de cumplimiento comparado de los criterios y principios internacionales de Buen Gobierno.

Esta Comisión de Expertos deberá remitir, en el plazo máximo de cuatro meses, al Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Competitividad, un estudio que analice el marco actual y proponga medidas para mejorarlo. Entre ellas, se valorará la potenciación del papel de las Juntas de accionistas en el control de las políticas de retribución de los órganos de gestión y alta dirección de la sociedad y la posibilidad de elaborar un Código de Buenas Prácticas para las sociedades no cotizadas.

También se analizarán las medidas a adoptar para que la función de los administradores tenga por finalidad el incremento del valor de la compañía y la adecuada retribución del accionista, así como iniciativas destinadas a que la información suministrada en todo momento por los administradores a los socios y a los mercados sea veraz y comprensible. El Gobierno adoptará las reformas normativas que resulten necesarias dos meses después de recibir ese informe.

Además, una vez concluido el informe de la Comisión de expertos, la Comisión Nacional del Mercado de Valores completará la revisión del Código Unificado de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas en el plazo de cuatro meses.

Composición

La Comisión de expertos estará formada por:

  • La presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que ostentará su presidencia, y la vicepresidenta de dicha institución.
  • Dos representantes del Ministerio de Economía y Competitividad.
  • Dos representantes del Ministerio de Justicia.
  • Seis representantes del sector privado: dos, a propuesta del Ministerio de Economía y Competitividad; dos, a propuesta del Ministerio de Justicia y, dos, a propuesta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Defensa

APROBADA LA PROVISIÓN DE PLAZAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE OFICIALES DE LA GUARDIA CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, de acuerdo con las previsiones establecidas por la Ley de la Carrera Militar y por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013, en lo relativo al ingreso de militares de carrera y de complemento en las Fuerzas Armadas.

Este año se ofertan 250 plazas para ingreso directo como alumno en centros de formación militar, de las que cuatro son para acceder a la escala de suboficiales y las 246 restantes a las escalas de oficiales. En estas últimas se incluyen tres para militares de complemento del Cuerpo Militar de Sanidad, plazas a las que se pueden presentar nacionales y extranjeros.

Promoción interna

Por otra parte, se ofertan 1.200 plazas para ser cubiertas mediante procesos de promoción interna en las Fuerzas Armadas. La mayor parte de ellas, 985, se reservan a los militares de tropa y marinería, que dispondrán de 905 plazas para acceder a la escala de suboficiales y de 80 para acceder a las de oficiales. Además, 116 plazas permitirán a los militares de complemento acceder a la condición de militar de carrera en los distintos cuerpos y escalas y 99 se reservan para el cambio de cuerpo o escala entre los militares de carrera. En este último apartado se incluyen 57 plazas para el acceso de suboficiales a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales e Infantería de Marina.

Sanidad

Por lo que se refiere a la especialidad fundamental de Medicina del Cuerpo Militar de Sanidad, la oferta total asciende a 35 plazas. En esta cifra se incluyen este año, como consecuencia de la implantación del nuevo modelo de formación en la especialidad de medicina, que permite el ingreso sin titulación universitaria previa, veinte plazas mediante este último sistema: diez de ingreso directo y diez de promoción.

Reservistas

Asimismo, el Real Decreto contempla la convocatoria de un máximo de 100 plazas de reservista voluntario. También se incluyen 131 plazas para que militares de complemento y militares de tropa y marinería accedan a una relación de servicios de carácter permanente desde el compromiso temporal.

La oferta de plazas para el acceso a militar de tropa y marinería respetará el límite máximo de 80.000 efectivos establecido en la Ley de Presupuestos para el año 2013.

Guardia Civil

Finalmente, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, la provisión anual incluye 80 plazas de ingreso directo en los centros de formación para acceso a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

En definitiva, la provisión de plazas para el año 2013 permite alcanzar un nivel adecuado de ingresos en los centros de formación, respetando las premisas que sobre oferta de empleo público establece la Ley de Presupuestos para el año 2013.

Empleo y Seguridad Social

SUBVENCIÓN A ACCEM PARA LA ATENCIÓN A ESPAÑOLES MAYORES RETORNADOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la concesión de una subvención a la Asociación Comisión Católica Española de Migración (ACCEM), para la acogida temporal de españoles mayores retornados.

El objetivo de este Real Decreto es regular la concesión directa, con carácter excepcional, de una subvención a ACCEM, destinada a sufragar los gastos originados en el periodo del 22 de junio de 2012 al 19 de marzo de 2013, por la acogida temporal de dieciocho españoles de origen, mayores retornados a España, como consecuencia del cierre de la residencia "El Retorno", ubicada en Alalpardo (Madrid), en la que estaban atendidos en espera de la adjudicación de una plaza en una residencia de mayores de su Comunidad Autónoma de origen.

Hacienda y Administraciones Públicas

DESIGNADO EL ÓRGANO DE GESTIÓN DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LORCA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo, a propuesta conjunta de los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que se designa al órgano encargado de la gestión del programa de apoyo del acontecimiento de excepcional interés público "Plan Director para la Recuperación del Patrimonio Cultural de Lorca"

La declaración de acontecimiento de excepcional interés público del citado plan director se efectuó en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 a los efectos de aplicar los beneficios de la Ley de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo, del 23 de diciembre de 2002.

Se ha designado ahora el órgano competente para aprobar los planes y programas del Plan Director, así como emitir las certificaciones de adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa aprobados de conformidad con la citada Ley de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo.

Con esta finalidad no se crea un nuevo órgano sino que se opta por ampliar, con carácter temporal, las funciones de la actual Comisión Mixta de Control y Seguimiento del plan Director, creada al amparo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de octubre de 2011

Así, para la realización de las funciones relacionadas con el programa de apoyo, la Comisión Mixta podrá constituirse como Comisión de Gestión del programa de apoyo. En ese caso, uno de los tres representantes designados por la Administración General del Estado lo será en representación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por así exigirlo la Ley de incentivos fiscales al mecenazgo.

Defensa

AUTORIZADA LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN LA SOCIEDAD ASSYSTEM IBERIA S.L. PARA ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA DEFENSA

El Consejo de Ministros ha autorizado a la sociedad francesa Assystem S.A. a subscribir el 100 por 100 del capital social de la empresa española Assystem Iberia S.L. para realizar actividades directamente relacionadas con la defensa nacional.

El importe de la inversión asciende a 2.465.672,39 euros, dividido en 243.403 participaciones sociales con un valor nominal de 10,13 euros por cada una de ellas.

Las principales actividades llevadas a cabo por Assystem Iberia S.L. están relacionadas con el desarrollo de programas de defensa y destaca la elaboración de estudios de diseño y análisis estructurales del avión de transporte militar A400M por encargo de Assystem UK, Assystem FR y Assystem Alemania.

El objetivo de Assytem S.A. es diversificar su mercado potencial en España, ampliando sus áreas de energía, aeronáutica y automoción hacia el mercado de material de defensa.

Defensa

PROMOCIÓN CON CARÁCTER HONORÍFICO Y A TÍTULO PÓSTUMO DE FALLECIDOS EN ACTO DE SERVICIO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el cual se asciende al empleo superior con carácter honorífico y a título póstumo a un capitán, un alférez, un suboficial mayor, un cabo primero y a dos guardias civiles fallecidos en acto de servicio durante 2012.

El Real Decreto asciende al empleo de comandante al capitán del Ejército del Aire Julio Castellón Bueno y al de teniente al alférez alumno Eduardo Francisco Castilla Rodríguez, fallecidos en accidente de aviación durante un vuelo de instrucción el 26 de abril.

Asimismo, es ascendido al empleo de teniente el suboficial mayor del Ejército de Tierra, Juan Manuel Medina Álvarez, fallecido por infarto en Afganistán cuando desempeñaba servicios de monitorización y entrenamiento del ejército afgano, el 24 de junio; y a cabo mayor el cabo 1º del Ejército de Tierra, Alberto Guisado Majano, fallecido en un accidente durante su participación en la extinción de un incendio en la Sierra de Gata el 4 de agosto.

También son ascendidos al empleo de cabo los guardias civiles Jesús García Rodríguez, fallecido tras sufrir un infarto cuando realizaba labores de búsqueda de senderistas perdidos en los Picos de Europa el 18 de julio, y Juan Francisco del Pino Sosa, fallecido el 27 de diciembre por infarto en acto de servicio en su unidad.

Con estos ascensos se reconoce el sacrificio realizado por todos estos profesionales de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, que han dado lo mejor de ellos mismos por la seguridad de España.

Defensa

CONTRATOS PARA ADQUIRIR RACIONES DE CAMPAÑA PARA EL EJÉRCITO DE TIERRA

El Consejo de Ministros ha autorizado el acuerdo marco y los contratos necesarios para que el Ejército de Tierra adquiera en 2013 y 2014 raciones individuales de combate, raciones individuales de emergencia, refuerzos especiales y raciones colectivas, por unos catorce millones de euros.

Estas raciones cubrirán sus necesidades en maniobras, ejercicios y en misiones en el extranjero, y permitirán, además, mantener unas reservas necesarias para atender necesidades imprevistas.

El acuerdo se inscribe en el Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa para 2013, con el que se quiere aumentar la eficacia en las adquisiciones del Departamento.

El contrato autorizado por el Consejo de Ministros será de dos años, prorrogables por otros dos.

Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 1.653.885,98 euros, para financiar sendos créditos extraordinarios en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con las siguientes finalidades:

  • 1.591.877,20 euros para financiar obligaciones derivadas del cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo de 2012 en la que se declara que se debe indemnizar a una empresa alemana que fue grabada por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por la creación de una sucursal en España en enero de 2003.
  • 62.008,78 euros para hacer efectivo el reintegro de los gastos de la constitución de un aval, según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 2009 que declaró nulas las liquidaciones que se le habían practicado a un particular por la valoración catastral de varias fincas de su propiedad.

Hacienda y Administraciones Públicas

COMPROMISOS DE GASTO PARA LOS MINISTERIOS DE HACIENDA E INDUSTRIA

El Consejo de Ministros ha autorizado a los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y de Industria, Turismo y Comercio a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.

HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la adquisición de compromisos de gasto para el año 2014 con el fin de atender los gastos de mantenimiento informático y asistencias técnicas de los servicios de Informática Presupuestaria de la Intervención General de la Administración del Estado.

El Real Decreto de 2012 por el que se desarrollaba la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas atribuía a la Intervención General de la Administración del Estado la planificación, diseño y ejecución de la política informática de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Intervención General de la Administración del Estado, el soporte informático de las actividades y el asesoramiento, coordinación e instrumentación de los proyectos informáticos de sus órganos, prestando servicios técnicos informáticos a través de diversos dispositivos informáticos y realizando las acciones necesarias para el soporte técnico de los sistemas de información implantados y la gestión de la infraestructura instalada.

Para atender a los gastos derivados de estas actuaciones se requiere proceder a la autorización de los compromisos de gasto a asumir en el próximo ejercicio.

INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Por otra parte, el Gobierno ha autorizado al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para, por una parte, posibilitar la firma de una Adenda al Convenio sobre la Línea de financiación del Plan FuturE de Infraestructuras Turísticas y, por otra, para la firma de otra Adenda al Convenio de Colaboración destinado a la Línea de Financiación del Plan Renove de Turismo 2009.

Plan FuturE

El Consejo de Ministros autorizó en 2009 la firma del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Instituto de Crédito Oficial (ICO), lo que dio lugar a que ese mismo año se suscribiera un Convenio de Colaboración con el ICO para instrumentar la línea de financiación del Plan FuturE de infraestructuras turísticas, con una dotación global de 500.000.000 de euros.

La Secretaria de Estado de Turismo asumió el compromiso de abonar al ICO los costes financieros en los que incurría el Instituto por la cesión de fondos a las Entidades de Crédito, estimados en un importe máximo de 21.760.000 euros y distribuidos en los ejercicios 2010 a 2021, ambos inclusive.

En el citado Convenio con el ICO se establecía que ante posibles modificaciones de los costes financieros reales respecto de los estimados, las partes deberán suscribir las correspondientes adendas para adaptar los importes previstos a los reales y someterse, en su caso, a la aprobación del Consejo de Ministros por la modificación del coste total, lo que se ha producido hoy.

Plan Renove

En este caso, el Consejo de Ministros autorizó al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en 2009 a adquirir compromisos de gasto para ejercicios futuros con el fin de posibilitar la firma de una Adenda al Convenio entre el citado Departamento y el Instituto de Crédito Oficial de 19 de enero de 2009 que permitiese la ampliación de la línea de financiación del Plan de Renovación de Infraestructuras turísticas. El Consejo de Ministros autorizó ese mismo año la suscripción de la citada Adenda.

En la misma, además de ampliar la dotación de la línea de préstamos, se establecía que el importe de los costes financieros o su distribución anual podrá variar, en cuyo caso las partes firmarán las adendas que procedan con el fin de adaptar dichos importes a los costes financieros reales experimentados por el ICO, para lo cual sería necesaria, al igual que en el caso anterior, la aprobación por el Consejo de Ministros de la preceptiva modificación del coste total, según proceda.

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