Referencia del Consejo de Ministros

19.11.2010

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SUMARIO

Presidencia

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de colaboración entre los Ministerios de Cultura, de Economía y Hacienda, el Consejo Superior de Deportes y el Ayuntamiento de Barcelona para la financiación de instituciones con amplia proyección y relevancia del municipio de Barcelona.

Interior

  • REAL DECRETO por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo radiológico.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para tomar préstamos y realizar una o varias emisiones de deuda pública (obligaciones y bonos) hasta un importe máximo de 317.975.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución de España de 10.587.375 dólares al Fondo de Operaciones Especiales del Banco Interamericano de Desarrollo y su correspondiente pago en 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros a fin de posibilitar la suscripción de una adenda al Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona para la creación del Consorcio del Plan de rehabilitación y equipamientos de teatros de Barcelona.

Política Territorial y Administración Pública

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), aprobado por Real Decreto 802/1986, de 11 de abril.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto de la entidad pública empresarial Renfe-Operadora, aprobado por Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre.

  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley 1/2010, de 11 de febrero, de modificación de diversas leyes de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA por la que se autoriza la ratificación por España del Protocolo por el que se modifica el Protocolo sobre las disposiciones transitorias, anejo al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y al Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, firmado en Bruselas el 23 de junio de 2010.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Protocolo por el que se modifica el Protocolo sobre las disposiciones transitorias, anejo al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de funcionamiento de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
  • ACUERDO por el que se solicita a la Mesa del Congreso de los Diputados la tramitación del Proyecto de Ley Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del Protocolo por el que se modifica el Protocolo sobre las disposiciones transitorias, anejo al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, firmado en Bruselas el 23 de junio de 2010, por el procedimiento de urgencia previsto en el Reglamento del Congreso, y se declara su urgencia a efectos de la tramitación en el Senado.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Addendum al Acuerdo de cooperación científica y técnica entre el Reino de España y la Comunidad del Caribe (CARICOM), por el que se crea el Fondo Mixto y su anexo relativo al procedimiento de utilización del Fondo Mixto de cooperación científica y técnica CARICOM-España, así como su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las enmiendas de 2008 al Código internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 2000 (Código NGV 2000), aprobadas mediante la Resolución MSC.271(85).
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las enmiendas de 2009 al anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (enmiendas a las reglas 1,12,13,17 y 38 del anexo I del Convenio Marpol, al suplemento del certificado IOPP y a las partes I y II del libro de registro de hidrocarburos), aprobadas mediante la resolución MEPC.187(59).

  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las enmiendas de 2009 al anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (adición de un nuevo capítulo 8 del anexo I del Convenio Marpol e introducción de las enmiendas consiguientes en el modelo B del suplemento del certificado IOPP), aprobadas mediante la resolución MEPC.186(59).
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Acuerdo marco global de asociación y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros por una parte, y la República de Indonesia, por otra, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado) 2003 (nº 185), de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Maryna Zavhorodniy.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Artem Zavhorodniy.
  • ACUERDO por el que se decide la entrega en extradición a las autoridades de Marruecos del ciudadano nacional de Marruecos, también con nacionalidad belga, Alí Aarras.
  • ACUERDO por el que se deniega la entrega en extradición a las autoridades de Marruecos del ciudadano nacional de Marruecos, también con nacionalidad española, Mohamed El Bay.

Defensa

  • INFORME sobre la participación de las Fuerzas Armadas Españoles en Bosnia-Herzegovina.

Trabajo e Inmigración

  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 10/1997, de 24 de abril, sobre derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria.


Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de la contratación por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de un servicio con 6 helicópteros bombarderos pesados de 4.500 litros para la lucha contra los incendios forestales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de un servicio con 14 helicópteros medios de transporte de brigadas para la lucha contra los incendios forestales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de un servicio con 5 helicópteros de transporte de brigadas para la lucha contra los incendios forestales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación núm. 3 del contrato de ejecución de las obras del proyecto de embalse de Castrovido en el río Arlanza, en el término municipal de Salas de los Infantes (Burgos).
  • ACUERDO por el que se declara la modificación de la reserva de 80.100 metros cuadrados, establecida por Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de enero de 2009, a otra reserva de 82.185 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre, destinada a la realización de las obras del "Proyecto de construcción de la nueva planta desaladora de Águilas/Guadalentín (Murcia). Modificado nº 1 sobre la solicitud de reserva de dominio público marítimo-terrestre. Adenda relativa al emisario. Revisión 0", en el término municipal de Águilas (Murcia).
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del Convenio de colaboración, suscrito entre el entonces Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de actuaciones declaradas de interés general de la Nación en el ámbito de las cuencas hidrográficas intracomunitarias de Andalucía.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Singapur a D. FEDERICO PALOMERA GÜEZ .

  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en Granada, con residencia en Puerto España, a D. JOAQUÍN MARÍA DE ARÍSTEGUI LABORDE.
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador en Misión Especial para las Relaciones con Países del Golfo a D. DÁMASO DE LARIO RAMÍREZ .
  • REAL DECRETO por el que designa Embajador en Misión Especial para Asuntos Energéticos a D. ENRIQUE VIGUERA RUBIO .

CONDECORACIONES

Cultura

  • REAL DECRETO por el que se concede la Orden de las Artes y las Letras de España a Dª. BARBARA PROBST SOLOMON.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Orden de las Artes y las Letras de España a D. LUIS ROJAS MARCOS VIESCA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Orden de las Artes y las Letras de España a D. JOSÉ RAMÓN ANDRÉS PUERTA.

Ciencia e Innovación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Medalla al Mérito en la Investigación y en la Educación Universitaria, en su categoría de oro, a D. SANTIAGO GRISOLÍA GARCÍA.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Trabajo e Inmigración

LOS TRABAJADORES EN EMPRESAS COMUNITARIAS VERÁN ASEGURADOS SUS DERECHOS DE INFORMACIÓN Y CONSULTA

  • Informe sobre el Anteproyecto de Ley que incorporará al ordenamiento jurídico español las novedades introducidas por la normativa comunitaria en esta materia y que estarán en vigor a partir del próximo mes de junio.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Trabajo e Inmigración, sobre el Anteproyecto de Ley que incorporará al ordenamiento jurídico interno las novedades introducidas en materia de información y consulta transnacional de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria, como consecuencia de la Directiva comunitaria del 6 de mayo de 2009.

La mencionada Directiva deroga una Directiva anterior transpuesta al Derecho español por la Ley sobre derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria de 1997. Dado el plazo para la transposición de la norma comunitaria, la futura Ley entrará en vigor el día 6 de junio de 2011.

Objetivos

Los objetivos del Anteproyecto son: asegurar la efectividad de los derechos de información y consulta transnacional de los trabajadores, incrementar el número de comités de empresa europeos creados (se mantienen los acuerdos existentes sobre la materia) y resolver los problemas observados en la aplicación práctica de la norma anterior, mejorando la seguridad jurídica y la articulación entre los ámbitos nacional y transnacional de representación de los trabajadores, para lo cual se contempla:

  • Mayor efectividad de la información y consulta para una eficaz toma de decisiones empresarial y nuevas definiciones de «información», «consulta» y «cuestiones transnacionales».
  • Competencias del comité de empresa europeo ceñidas a las cuestiones transnacionales.

  • Responsabilidad de obtener y transmitir la información para la apertura de las negociaciones: dirección de cualquier empresa incluida en el grupo de empresas de dimensión comunitaria, así como la dirección central o la que se presuma dirección central.
  • Composición de la comisión negociadora: un miembro por cada grupo de trabajadores que en cada Estado miembro represente el 10 por 100 o fracción de dicho porcentaje del total de trabajadores empleados globalmente en todos los Estados miembros.
  • Información, tanto de la dirección central como de la comisión negociadora, del inicio de las negociaciones a las organizaciones europeas de trabajadores y empleadores competentes. Esta comisión se podrá reunir, antes y después de negociar, sin la presencia de la empresa y se contempla la posibilidad de asistencia de expertos, incluidos representantes sindicales.
  • Refuerzo del contenido mínimo del acuerdo sobre la constitución del comité de empresa europeo o el establecimiento del procedimiento de información y consulta a los trabajadores, para que se tenga en cuenta, entre otros aspectos, la representación equilibrada de ambos sexos en la composición de dicho comité.
  • Aplicación a la composición del comité de empresa europeo de las reglas de proporcionalidad previstas para la comisión negociadora.
  • Derecho de los miembros de la comisión negociadora y del comité de empresa a la formación necesaria sin pérdida de salario.
  • Información por parte del comité de empresa europeo a sus representados sobre el contenido y resultados del procedimiento de información y consulta.
  • Articulación de la información y consulta entre los ámbitos comunitario y nacional.
  • Adaptación del procedimiento de información y consulta, en caso de cambios sobrevenidos que afecten de manera significativa a la estructura de la empresa o del grupo, con apertura de las negociaciones, para la constitución de un nuevo comité de empresa europeo.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

RATIFICACIÓN DE L PROTOCOLO DE AMPLIACIÓN DEL NÚMERO DE DIPUTADOS AL PARLAMENTO EUROPEO

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del Protocolo por el que se modifica el Protocolo sobre las disposiciones transitorias, anejo al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, firmado en Bruselas el 23 de junio de 2010.

El Tratado de la Unión Europea, en su versión resultante del Tratado de Lisboa, establece en su artículo 14.2 que el Parlamento Europeo estará compuesto por representantes de los ciudadanos de la Unión cuyo número no excederá de 751 (750 más el Presidente), a diferencia de los 736 anteriores. Además, prevé que el Consejo Europeo adopte por unanimidad, a iniciativa del Parlamento Europeo y con su aprobación, una decisión por la que se fije la composición de la citada Institución. En la Declaración nº 5 aneja al Acta Final de la Conferencia Intergubernamental que adoptó el Tratado de Lisboa el Consejo Europeo manifestó su aprobación política al proyecto revisado de Decisión relativa a la composición del Parlamento Europeo para la legislatura 2009 2014, en la que a España correspondían 54 escaños.

Retraso en el Tratado de Lisboa

Al estar prevista la entrada en vigor del Tratado de Lisboa antes del 1 de enero de 2009 o, en todo caso, antes de las elecciones europeas de junio de 2009, el Protocolo adicional de disposiciones transitorias (Protocolo nº 36) se limitó a mantener la composición del Parlamento Europeo resultante de las elecciones de 2004 hasta el fin de esa legislatura.

La tardía entrada en vigor del Tratado de Lisboa determinó que las elecciones al Parlamento Europeo de junio de 2009 se celebraran aún bajo la vigencia de la versión anterior de los Tratados comunitarios. De acuerdo con ella, se eligieron 736 diputados; 50 de ellos, en España.

Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009 este equilibrio quedó defectuoso al ser efectivos otros elementos del Tratado y no éste. Por ello, y a instancias de España, el Consejo Europeo acordó hacer lo necesario para la más rápida corrección de esta situación.


Cobertura de escaños

Se consideró que la fórmula más adecuada era la reforma del Protocolo nº 36 de medidas transitorias, de forma que ahora se prevea la situación para el resto de la actual legislatura 2009-2014. El Protocolo, cuya ratificación es el objeto del presente Proyecto de Ley Orgánica, establece disposiciones transitorias sobre la composición del Parlamento Europeo hasta el final de legislatura 2009-2014, de tal modo que se permita a aquellos Estados miembros cuyo número de diputados hubiera sido superior si el Tratado de Lisboa hubiese entrado en vigor antes de las elecciones del Parlamento Europeo de 2009 que dispongan de ese número de escaños adicionales y que puedan cubrirlos antes del fin de la legislatura en curso.

La Presidencia española del Consejo procedió a convocar una Conferencia intergubernamental el 23 de junio de 2010, a nivel de Representantes Permanentes, quienes dieron su aprobación formal al Protocolo de modificación y procedieron a su inmediata firma. La firma ad referéndum por parte de España por el Embajador Representante Permanente de España ante la Unión Europea ha sido aprobada en este Consejo de Ministros.

Trámite de urgencia

Por otra parte, España tiene interés en que la entrada en vigor de esta modificación se produzca cuanto antes para permitir la incorporación al Parlamento Europeo de los cuatro nuevos diputados españoles, el número mayor de entre los doce Estados miembros afectados. Por ello, el Consejo de Ministros ha acordado también que se solicite a la Mesa del Congreso de los Diputados la tramitación del Proyecto de Ley Orgánica por el procedimiento de urgencia y se declare su urgencia a efectos de la tramitación en el Senado.

En España, el Real Decreto de convocatoria en 2009 de elecciones al Parlamento Europeo disponía que los posibles nuevos diputados que puedan corresponder a España se designarán por aplicación de los resultados electorales de las citadas elecciones.


Industria, Turismo y Comercio

APROBADA LA NUEVA REGULACIÓN FOTOVOLTAICA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS DEL SECTOR DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES

  • Complementariamente a la revisión de tarifas, el Real Decreto persigue mejorar la integración técnica de las instalaciones de fuentes renovables y de cogeneración, y simplificar y agilizar los procedimientos administrativos de aplicación.
  • Se reducen las retribuciones de las plantas fotovoltaicas en un 5 por 100 (instalaciones de techo pequeño), 25 por 100 (instalaciones de techo medianas) y 45 por 100 (instalaciones de suelo), para la primera convocatoria de preasignación a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto.
  • Las medidas contenidas en el Real Decreto garantizan la rentabilidad razonable de las inversiones, dan certidumbre a futuro y respetan los derechos de los titulares de las instalaciones.

El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva regulación de las energías renovables, cuyos objetivos principales son reducir costes, especialmente los de la energía fotovoltaica, en beneficio de los consumidores, mejorar la integración técnica de las instalaciones de fuentes renovables y de cogeneración, y simplificar y agilizar los procedimientos administrativos de aplicación.

La nueva normativa, que aportará seguridad jurídica al sector, reforma la regulación vigente del régimen económico y jurídico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial. Concretamente, modifica tres Reales Decretos anteriores: el de 25 de mayo de 2007 por el que se regula la producción de energía eléctrica en régimen especial; el de 24 de agosto de 2007, por el que se aprobó el reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, y el del 26 de septiembre de 2008, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica.

La nueva normativa asegura una retribución suficiente para las instalaciones, atractiva para a los promotores de nuevos proyectos y garantiza un retorno a las inversiones realizadas. Entre las medidas que contiene destacan las siguientes:

  • Se limita el derecho a la percepción de prima equivalente para las instalaciones fotovoltaicas a los veinticinco años de vida útil.

  • Se reduce la tarifa fotovoltaica en un 5 por 100 (instalaciones de techo pequeño), 25 por 100 (instalaciones de techo medianas) y 45 por 100 (instalaciones de suelo), para la primera convocatoria de preasignación a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto.

Se espera que la reducción de las tarifas reguladas que se introduce para las instalaciones fotovoltaicas suponga un ahorro para el sistema de 141,5 millones en 2011; 202,3 millones, en 2012 y 263,4 millones, en 2013.


Defensa

INFORME SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPAÑOLAS EN BOSNIA-HERZEGOVINA

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Defensa sobre la participación de las Fuerzas Armadas españolas en Bosnia-Herzegovina.

El informe destaca que España participó activamente en las operaciones militares en beneficio de la protección de la población de Bosnia Herzegovina, la puesta en vigor de los aspectos militares y civiles de los Acuerdos de Dayton para la estabilización del país, y el apoyo a la reconstrucción de las infraestructuras y el restablecimiento de la normalidad funcional de las instituciones.

La de Bosnia-Herzegovina, en la que han participado más de 46.000 militares, ha sido la operación de paz más prolongada de las que España ha llevado a cabo. De esta participación cabría destacar que ha sido:

  • Una escuela práctica para los militares españoles, no solamente en la adopción de procedimientos, sino también en la generación de nuevos métodos de trabajo.
  • Un escaparate privilegiado para mostrar a la sociedad española la capacidad de actuación en el ámbito internacional y la sensibilidad en la forma de conducir las operaciones militares en un ambiente de enfrentamiento civil.
  • Un modelo de conducción de una operación de paz, ya que puede servir de experiencia, no sólo personal a quienes participaron en ella directamente, sino también en los organismos involucrados en la toma de decisiones en una prolongada gestión de crisis.

Finalmente, hay que señalar la irreprochable actuación de los militares españoles a lo largo de los más de dieciocho años de presencia en Bosnia-Herzegovina, que, sin duda, ha repercutido positivamente en la imagen de España como contribuyente a las operaciones de paz en otros lugares del mundo.


Interior

APROBADA LA DIRECTRIZ BÁSICA DE PLANIFICACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL ANTE EL RIESGO RADIOLÓGICO

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Radiológico que contiene los criterios mínimos que deberán seguir las Administraciones Públicas, así como los titulares de instalaciones nucleares radiactivas y otras instalaciones en las que pudiera existir riesgo radiológico cuando éste se verifique. En particular, se establecen las normas y principios a seguir en la elaboración, implantación y mantenimiento de eficacia de los planes especiales de protección civil frente a emergencias radiológicas.

Marco organizativo

El Real Decreto crea un sistema de dirección y organización cuyos componentes son:

  • El Comité Estatal de Coordinación (CECO), cuyo presidente y vicepresidente son, respectivamente, el titular de la Subsecretaría del Ministerio del Interior y el titular de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Asimismo, el Comité se compone de vocales representantes del Consejo de Seguridad Nuclear, la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, la Dirección General de Política de Defensa, la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior, el Departamento de Infraestructura y Seguimiento de Crisis del Gabinete del Presidente del Gobierno y la Agencia Estatal de Meteorología. El CECO coordina las actuaciones y participará en la elaboración del Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo radiológico.
  • El Consejo de Seguridad Nuclear, cuya labor es confeccionar un Catálogo Nacional de instalaciones o actividades que puedan dar lugar a situaciones de emergencia por riesgo radiológico, así como elaborar una guía técnica en la que se contemplen medidas de protección y actuaciones radiológicas a considerar en la subsiguiente planificación en colaboración con la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A. (ENRESA).
  • El resto de Administraciones Públicas elaborarán sus correspondientes planes de protección civil ante riesgo radiológico, de acuerdo con los criterios de la presente Directriz.
  • Los titulares de las instalaciones susceptibles de generar riesgo radiológico son responsables de la notificación de los accidentes a todas las Administraciones Públicas competentes.


Planificación de la protección civil ante el riesgo radiológico

La planificación de la protección civil tiene el doble objetivo de reducir el riesgo y evitar o, como mínimo, reducir los efectos de las radiaciones. En cuanto a la planificación de las actuaciones de protección civil, la Directriz distingue entre las actividades del nivel de respuesta interior y las del nivel de respuesta exterior, en función de que se apliquen a los titulares de instalaciones que puedan dar lugar a situaciones de especial peligrosidad, o a las Administraciones Públicas. En concreto, los planes deberán considerar como bases de la planificación las previsiones de la Directriz respecto de los siguientes aspectos: a) criterios radiológicos; b) pronta notificación y alerta temprana; c) mando único y estructura operativa; d) colaboración de los titulares de las instalaciones o actividades; e) actuación coordinada; f) garantía de información en emergencia; g) suficiencia de medios y recursos; y h) implantación material y mantenimiento de la efectividad.

Otras disposiciones de la Directriz Básica fijan los criterios radiológicos, y establece los objetivos de las medidas de protección, los niveles de intervención, los niveles de dosis de emergencias para el personal de intervención, las diferentes situaciones de emergencia (Situación 0, 1, 2 y 3), las zonas de actuación (zona de medidas urgentes, zona de alerta y zona libre), la notificación y la evaluación de las consecuencias. Finalmente, la Directriz también recoge lo relativo a las funciones, estructura y organización que deberán observar los planes autonómicos, los municipales y el plan estatal, así como las actividades a realizar para la implantación y mantenimiento de la eficacia de los planes.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

19 HELICÓPTEROS DE TRANSPORTE DE BRIGADAS Y 6 HELICÓPTEROS BOMBARDEROS DE 4.500 LITROS REFORZARÁN LA LUCHA CONTRA LOS INCENDIOS FORESTALES

El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación, por parte del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, de cinco helicópteros de transporte y catorce helicópteros medios de transporte de brigadas para la lucha contra los incendios forestales (BRIF) en los ejercicios 2011 y 2012, y de otros seis helicópteros bombarderos pesados de 4.500 litros para las próximas anualidades verano-invierno 2011-2013.

Con estas contrataciones, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrá realizar un gasto máximo estimado de 54.570.800 euros para el conjunto de los diecinueve helicópteros de transporte, y de otros 31.201.800 euros para los helicópteros bombarderos pesados, en función de la aplicación de las correspondientes prórrogas de los contratos.

De esos diecinueve helicópteros, catorce van a ir destinados al transporte de las BRIF de verano, con un coste aproximado de 36.668.800 euros, mientras que los cinco restantes estarán dedicados al transporte de las BRIF de invierno y verano, con un coste de 17.902.000 euros.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal tiene encomendado el apoyo a las Comunidades Autónomas en la extinción de los incendios forestales, y la coordinación general de las actuaciones que en esta materia se realizan en España.

Además de los medios contratados, la Administración General del Estado cuenta con un conjunto de aeronaves propias de gran capacidad, como son los aviones anfibios de los modelos CL-215, CL-215T y CL-415, para atender las solicitudes de apoyo a las Comunidades Autónomas. Asimismo, durante los periodos de mayor riesgo de incendios el dispositivo existente se refuerza mediante la contratación de otros medios aéreos y terrestres que se despliegan en más de treinta bases por todo el territorio.


Cultura

22,75 MILLONES PARA INSTITUCIONES CULTURALES Y DEPORTIVAS DE BARCELONA

  • Los Ministerios de Cultura, Economía y Hacienda y el Ayuntamiento de Barcelona firmarán un convenio de colaboración.

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre los Ministerios de Economía y Hacienda, de Cultura, el Consejo Superior de Deportes y el Ayuntamiento de Barcelona, para la financiación de instituciones con amplia proyección y relevancia en el Municipio de Barcelona.

El convenio establece una aportación de 22.753.000 euros por parte de la Administración General del Estado, de los que 15.700.000 proceden del Ministerio de Cultura. De esa cantidad, 4.950.000 euros corresponden a subvenciones nominativas destinadas a:

  • Museo de Arte Contemporáneo de Barcelona (MACBA): 2.100.000 euros.
  • Mercat de les Flors: 1.100.000 euros.
  • Ayuntamiento de Barcelona (para la construcción de la sala de Cámara del Auditorio): 400.000 euros.
  • Gran Teatro del Liceo: 450.000 euros.
  • Teatro Lliure: 900.000 euros.

Además, el Ministerio realizará transferencias corrientes por una cuantía de 10.750.000 euros a las siguientes instituciones:

  • MACBA: 590.000 euros.
  • Fundació Teatre Lliure: 270.000 euros.
  • Centre de Cultura Contemporània de Barcelona: 450.000 euros.
  • Fundació Tàpies: 200.000 euros.
  • Fundació Joan Miró: 360.000 euros.
  • Auditori de Barcelona: 980.000 euros.
  • Consorci del Mercat de les Flors: 400.000 euros.
  • Centre del Disseny de Barcelona: 2.200.000 euros.
  • Festival Grec: 1.000.000 euros.
  • Museo Picasso de Barcelona: 1.500.000 euros.
  • Museu de Ciències Naturals: 2.100.000 euros.
  • Fàbrica de creació Fabra i Cotas: 700.000 euros.

Otras aportaciones

Por su parte, 4.300.000 euros se destinarán a estas instituciones:

  • Centre del Disseny: 1.000.000 euros.
  • Festival Grec: 1.000.000 euros.
  • Museo Picasso de Barcelona: 1.000.000 euros.
  • Museu de Ciències Naturals: 1.300.000 euros.

Finalmente, figura una aportación con cargo al presupuesto del Consejo Superior de Deportes para la rehabilitación del Estadi Olimpic de Montjuic. Esta aportación está dotada con 2.753.000 millones.


Cultura

1,5 MILLONES PARA REHABILITACIÓN DE TEATROS DE BARCELONA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura, a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros a fin de posibilitar la suscripción de una adenda al convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona para la creación del consorcio del plan de rehabilitación y equipamientos de teatros de Barcelona.

La aportación del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música se elevará a 1.500.000 euros para el período 2011-2015, repartido en 300.000 euros para cada anualidad.

El 15 de noviembre de 2001 se suscribió un convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona para la creación del consorcio del Plan de Rehabilitación y equipamiento de Teatros de Barcelona durante los años 2001-2005. Finalizado este período, la Junta del Consorcio acordó prorrogar el Convenio hasta 2010 y, posteriormente, hasta el año 2015.


Política Territorial y Administración Pública

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY GALLEGA QUE ADAPTA SU NORMATIVA A LA DIRECTIVA DE SERVICIOS

  • El Gobierno entiende que la norma gallega infringe la competencia estatal en materia de colegios profesionales.

El Consejo de Ministros ha acordado hoy, a propuesta del vicepresidente tercero del Gobierno y ministro de Política Territorial y Administración Pública, Manuel Chaves, solicitar al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Galicia de 11 de febrero de 2010, que modifica varias normas gallegas para adaptarlas a la Directiva europea de Servicios del Mercado Interior.

La propuesta de recurso, que cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado, señala que la norma gallega infringe la competencia estatal en materia de colegios profesionales en tres aspectos:

  • Obligación de comunicación previa. La Ley gallega obliga al profesional de la Unión Europea que quiera desplazarse temporalmente para prestar servicios en Galicia a realizar una comunicación previa al colegio profesional gallego. El Gobierno entiende que esta exigencia es contraria a lo previsto en la normativa estatal y comunitaria en dicha materia, que precisa que la comunicación se debe realizar a la autoridad española competente. Según los casos, se trata de la Administración General del Estado o de alguna de las administraciones autonómicas, no de los colegios profesionales.

Además, la Ley gallega es contraria al principio de habilitación única, que establece, con carácter básico, que cualquier prestador establecido en España que ejerza legalmente una actividad de servicios podrá ejercerla en todo el territorio nacional.

  • La obligación de colegiación. De acuerdo con la Ley de Colegios Profesionales y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el Estado es el único competente para establecer la integración forzosa en un colegio profesional, como condición para el ejercicio de determinadas profesiones. En este sentido, el Gobierno entiende que la Ley gallega incurre en un exceso competencial, al establecer que la colegiación será obligatoria para los profesionales médicos y demás profesionales de ciencias de la salud al servicio del Sistema Público de Salud de la comunidad.

  • La regulación de la obligación de visado. El Gobierno entiende que en esta materia se produce un exceso competencial, pues posibilita que el legislador autonómico decida cuándo es obligatorio el visado mediante Ley. Sin embargo, la Ley de Colegios Profesionales establece que la competencia para determinar la obligatoriedad de visar los trabajos profesionales de los colegidos corresponde al Gobierno del Estado mediante Real Decreto.

También contraviene la legislación estatal la obligación de contar con un servicio de visado para todos los colegios profesionales (está acotada sólo a las profesiones técnicas), así como la disposición relativa al control técnico de los elementos facultativos y la que tiene relación con la posible responsabilidad subsidiaria del colegio profesional por el visado de trabajo.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

IMPULSO A LAS OBRAS DEL PROYECTO DEL EMBALSE DE CASTROVIDO( BURGOS)

  • El Gobierno autoriza el modificado número 3 del contrato de ejecución de las obras que responde, de manera prioritaria, a la necesidad de redefinición de la cimentación de la presa para incrementar su seguridad.
  • La presa protegerá contra inundaciones a los municipios de la cuenca del Arlanza y dará respuesta a las demandas de agua para consumo urbano, regadío y caudal ecológico del río.

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación número 3 del contrato de ejecución de las obras del proyecto del embalse de Castrovido en el río Arlanza, en el término municipal de Salas de los Infantes (Burgos), lo que supone una inversión de 95.210.002 euros adicionales sobre el presupuesto de construcción vigente.

Las modificaciones propuestas son, fundamentalmente, las siguientes:

  • Redefinición de la cimentación de la presa con el objetivo de dar mayor profundidad y mayor pendiente para incrementar su seguridad respecto al diseño original. Se van a excavar otros 194.000 m3 de terreno que se suman a los 370.000 m3 previstos en el proyecto inicial y se van a utilizar 148.000 m3 más de hormigón hasta un total de 781.000 m3.
  • Protección de los taludes de la excavación con hormigón proyectado con fibra de acero, hormigón anclado al terreno o escollera, alcanzando cotas superiores a las que habrán de quedar cubiertas por el hormigón del zócalo.
  • Implementación de los elementos de seguridad de los encofrados con consolas que permitan acceder a los paramentos de la tongada inferior.
  • Incremento en la auscultación de la presa para su adaptación a las nuevas tecnologías existentes en la actualidad.
  • Realización de nuevos ensayos geotécnicos que garanticen la seguridad en la ejecución del diseño actual.
  • Reposición de nuevos servicios afectados, entre los que se van a incluir, para garantizar una comunicación adicional entre ambas márgenes, la construcción de un puente sobre la presa de "Los Vados" que, además, restituye la continuidad de la Cañada Real Soriana.

  • Para asegurar aún más la estabilidad de la presa al deslizamiento se procederá al encepado con micropilotes de trabazón de los seis bloques centrales del cuerpo de la presa al terreno, en profundidad.

La ejecución de las actuaciones contempladas en el modificado ampliarán en un año los trabajos de hormigonado del muro de la presa que terminarán en 2013, de tal modo que el embalse pueda entrar en funcionamiento en el 2014.

Menor impacto medioambiental posible

Las obras de la presa de Castrovido se están llevando a cabo con el menor impacto medioambiental posible. Su objetivo fundamental es proteger contra inundaciones a los municipios de la cuenca del Arlanza y dar respuesta a las demandas de agua para consumo urbano, regadío y caudal ecológico del río.

En ese sentido, la presa de Castrovido permitirá el abastecimiento de agua para consumo urbano de treinta mil personas de los municipios de la cuenca del Arlanza y el regadío de 6.010 hectáreas con un consumo anual de cinco mil metros cúbicos por hectárea y año. Asimismo, posibilitará que el río Arlanza tenga siempre un caudal ecológico de 1 m3 por segundo, que se incrementará hasta los nueve metros cúbicos por segundo durante el período de freza.


Justicia

NACIONALIDAD ESPAÑOLA A DOS FAMILIARES DEL CAPITÁN DE LA GUARDIA CIVIL ASESINADO EN AFGANISTÁN EN AGOSTO

El Consejo de Ministros ha concedido hoy la nacionalidad española por carta de naturaleza a Maryna Zavgorodnia y a Artem Zavhorodniy, viuda y cuñado, respectivamente, de José María Galera Córdoba, capitán de la Guardia Civil, fallecido en acto de servicio, junto a otro agente de la Benemérita, en el atentado terrorista perpetrado el 25 de agosto de 2010 en la base española de Qala i Naw, en Afganistán.

Maryna Zavogorodnian, de nacionalidad ucraniana, nació el 25 de junio de 1986 en Cherkasy. Es la viuda de José María Galera con quien contrajo matrimonio el 14 de marzo de 2009.

Artem Zavhorodniy, de nacionalidad ucraniana, nació el 6 de agosto de 1989 y es cuñado de José María Galera.

La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales y después de tramitar un expediente para cada caso particular, como ha ocurrido en los que ha resuelto hoy el Gobierno.

Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad (salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal).


Fomento

RATIFICADA LA REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CONSEJEROS DE RENFE

  • En consonancia con las medidas de racionalización del Gobierno, el número máximo de vocales pasa de dieciocho a quince. Este reajuste, que ahora se formaliza, es efectivo desde el pasado 13 de julio.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el cual se reduce el número de Consejeros de Renfe-Operadora, que pasa de dieciocho a quince vocales como máximo.

La norma modifica así el artículo 8 (apartado 1) del Estatuto de esta entidad pública empresarial, dependiente del Ministerio de Fomento, aprobado mediante un Real Decreto del 30 de diciembre de 2004.

La medida se toma en consonancia con el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 30 de abril, sobre Racionalización del Sector Público Empresarial, en el que se establece la reducción de, al menos, un 15 por 100 de los consejeros de estas entidades.

Con el objetivo de adaptarse a los planes de austeridad puestos en marcha por el Gobierno, Renfe ya procedió a reordenar su estructura directiva en marzo de este año, reduciendo el número de cargos de dirección de 116 a 61. En esta misma línea, el pasado 13 de julio el Consejo de Administración de la Operadora aprobó también la reducción del número de consejeros, que es efectiva desde entonces.


Industria, Turismo y Comercio

MODIFICADO EL ESTATUTO DEL INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y EL AHORRO ENERGÉTICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la composición del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético (IDAE), de acuerdo con lo establecido en el punto séptimo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2010, sobre racionalización del sector público empresarial.

La modificación del Estatuto consiste en reducir en dos el número de miembros del Consejo de Administración, de forma que dejan de serlo el Director General de Política Universitaria del Ministerio de Educación y el representante de la Dirección General de Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (uno de los tres Consejeros con que contaba el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, así como en actualizar todas las denominaciones de los distintos órganos directivos y de los Ministerios a los que pertenecen, de acuerdo con las últimas modificaciones habidas en los Departamentos Ministeriales.


Ciencia e Innovación

MEDALLA DE ORO AL MÉRITO EN LA INVESTIGACIÓN Y EN LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA A SANTIAGO GRISOLÍA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se concede, a propuesta conjunta de los Ministerios de Ciencia e Innovación y de Educación, la Medalla al Mérito en la Investigación y en la Educación Universitaria, en su categoría de oro, al profesor Santiago Grisolía García, en atención a los méritos que atesora en estas materias.

La Medalla al Mérito en la Investigación y en la Educación Universitaria. Fue creada en 1980. Con ella se reconocen los servicios relevantes prestados por aquellas personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que han destacado en el campo de la educación universitaria y de la investigación científica, así como en su apoyo y fomento, y son acreedores de un público reconocimiento que, a la vez que sirva de justa recompensa para quienes se han distinguido por tal meritoria actuación, estimule a otras personas y entidades a seguir su ejemplo.

Datos biográficos

Grisolía nació en 1923 en Valencia y se ha dedicado a la investigación en diversos campos del área de la bioquímica. Tras terminar la Licenciatura en Medicina en la Facultad de Medicina de la Universidad de Valencia y obtener el título de doctor en la Universidad de Madrid, se trasladó a Estados Unidos, al Departamento de Química de la Universidad de Nueva York, bajo la dirección del profesor Severo Ochoa.

Su vocación docente e investigadora se consolidó en la Universidad de Kansas donde llegó a ser profesor de Bioquímica y Biología Molecular. Posteriormente, desarrolló su tarea docente e investigadora en las Universidades de Chicago y Wisconsin.

Actualmente es secretario de la Fundación Valenciana de Estudios e Investigaciones Avanzadas. Grisolía ha publicado más de cuatrocientos trabajos científicos y ha impartido docencia en universidades de todo el mundo, en especial España y Estados Unidos. Su labor institucional ha sido igualmente intensa, presidiendo diversos comités nacionales e internacionales, entre los que destaca el Comité Científico de Coordinación del Proyecto Genoma Humano de la UNESCO. Es miembro de la Academia Europea de Ciencias y Artes, académico de honor de la Real Academia de Doctores de España y miembro fundador del Colegio Libre de Eméritos. Asimismo, en 1990 fue galardonado con el Premio Príncipe de Asturias de Investigación Científica y Técnica.


Cultura

CONDECORACIONES DE LA ORDEN DE LAS ARTES Y LAS LETRAS DE ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha concedido la Orden de las Artes y las Letras de España al restaurador José Andrés, a la escritora Barbara Probst Solomon y al psiquiatra Luis Rojas Marcos.

José Andrés

Se le concede esta Orden por su incansable actividad de divulgación de la tradición gastronómica española, a través de sus restaurantes, libros de cocina y, especialmente, de su programa de televisión "Made in Spain" que han contribuido decisivamente al creciente interés de los medios de comunicación americanos por la actual cocina española.

Reconocido internacionalmente como innovador culinario, es propietario de ThinkFoodGroup (TFG), el equipo responsable de los conocidos restaurantes de Washington "DC Jaleo", "Zaytinya", "Oyamel", "Café Atlántico" y "Minibar", y del célebre "The Bazaar by José Andrés", en el SLS Hotel de Beverly Hills.

José Ramón Andrés Puerta nació en Asturias y eligió la cocina como profesión a los quince años. Tras su paso por la Escuela Superior de Hostelería de Barcelona, se formó en restaurantes como "El Bulli", de Ferran Adrià. Una vez en Estados Unidos, comenzó a trabajar en Washington DC donde, dirigiendo la cocina en "Jaleo", ayudó a crear uno de los primeros restaurantes de tapas del país con éxito de crítica y público. Posteriormente, asumió el mando de la cocina del "Café Atlántico", un popular bar de DC, que transformó en uno de los destinos gastronómicos más apasionantes de la ciudad.

Es el presentador y productor ejecutivo de la serie "Made in Spain", en la PBS, un viaje culinario por su tierra natal. Ha escrito varios libros de cocina: "Spanish Dishes for the American Kitchen" y "Tapas: A Taste of Spain in America". En España, el programa "Vamos a cocinar" de Televisión Española revolucionó la televisión gastronómica en nuestro país.

Tras un reciente viaje a Haití, creó una organización sin ánimo de lucro, World Central Kitchen, con el objeto de alimentar y apoyar a las personas más vulnerables en las crisis humanitarias que se producen en el mundo.

Bárbara Probst Solomon

Recibe la Orden de las Artes y las Letras de España por manifestar a través de sus libros y colaboraciones periodísticas su compromiso cívico y su voluntad de mejorar la sociedad en que vivimos, así como por haber contribuido al acercamiento de dos países y dos culturas.

Nacida en Nueva York, tras graduarse en la escuela secundaria de Dalton se trasladó a vivir a París, finalizada la Segunda Guerra Mundial. Allí tomó conciencia de que Europa no había hecho gran cosa por salvar a su población judía, lo que determinó su compromiso personal con la causa de las libertades y la defensa de los derechos humanos que impregnarán desde entonces el desarrollo de una prolongada trayectoria literaria y activismo social.

Durante su estancia en París colaboró con Paco Benet (el hermano del novelista Juan Benet) en el rescate de estudiantes españoles de un campo de trabajo cercano a Madrid. Posteriormente, en París, le ayudó a publicar y pasar de contrabando a España la revista disidente "Península".

Entre los libros de Solomon destacan la novela "The Beat of Lif"; su libro autobiográfico "Arriving Where We Started" y su secuela "Short Flights"; y su colección de ensayos "Horse-Trading and Ecstasy". Actualmente ha terminado "The King of Paris" y está trabajando en un libro de memorias. Su documental autobiográfico, "When the war was over", ganó el premio Lancelot Law Whyte de la Universidad de Boston por su aportación a la cultura moderna.

En 2001 creó su propia empresa de edición literaria, Great Marsh Press, y la revista de literatura internacional "The Reading Room", en cuyo consejo fundador se encontraban Saul Bellow, Normal Mailer, Juan Goytisolo y Larry Rivers.

Luis Rojas Marcos

Se le concede la Orden de las Artes y las Letras de España por la proyección internacional de su trayectoria médica y literaria, que le ha convertido en un brillante representante de la ciencia y la cultura de nuestro país.

Nacido en Sevilla, Luis Rojas Marcos es médico, psiquiatra y escritor. Se licenció en Medicina y Cirugía por la Universidad de Sevilla en 1968 y ese mismo año emigró a Nueva York donde reside desde entonces.

Se especializó en psiquiatría en el Hospital Bellevue y la Universidad de Nueva York (1969-1972). En 1972 fue premiado por el Instituto Nacional de Salud Mental estadounidense con una beca para investigar los efectos de la barrera del lenguaje en inmigrantes con enfermedades mentales.

En 1981 fue nombrado director de los Servicios Psiquiátricos de la red de hospitales públicos de Nueva York. En este cargo creó el Proyecto HELP (Homeless Emergency Liaison Project), primer servicio médico móvil para atender y hospitalizar a enfermos mentales sin techo. En 1992 fue designado como máximo responsable de los servicios municipales de salud mental, alcoholismo y drogas creando los primeros programas de salud mental específicos para las comunidades inmigrantes y de prevención de la violencia en los colegios públicos.

De 1995 a 2002 desempeñó el cargo de presidente ejecutivo del Sistema de Sanidad y Hospitales Públicos de Nueva York (New York City Health and Hospitals Corporation). Como responsable de los hospitales públicos y miembro del Consejo de Control de Emergencias de Nueva York, Rojas Marcos vivió muy de cerca el ataque terrorista del 11 de septiembre de 2001 y coordinó muchos de los servicios a los damnificados.

En España, Luis Rojas Marcos ha sido patrono de la Fundación la Caixa (2000-2010) y colabora regularmente con instituciones preocupadas por temas sociales y de salud pública. Además, ha desarrollado una extensa labor como escritor en lengua castellana.


Economía y Hacienda

AUTORIZACIÓN DE DEUDA PÚBLICA A LAS ILLES BALEARS

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a tomar préstamos y realizar una o varias emisiones de deuda pública (obligaciones y bonos) hasta un importe máximo de 317.975.000 euros.

Dicha operación es la segunda que se autoriza con cargo al incremento de deuda del ejercicio 2010, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 15 junio de 2010..

Así, el importe autorizado se encuentra dentro del segundo tramo del 1,20 por 100 del PIB de la Comunidad previsto en el Acuerdo y se produce tras la evaluación por el Ministerio de la aplicación de las medidas incluidas en el plan de reequilibrio, así como de la ejecución del presupuesto de la Comunidad correspondiente al primer semestre del ejercicio, de la que se deduce que la actuación hasta dicha fecha resulta adecuada a la senda de déficit aprobada.

La operación que se autoriza es, igualmente, conforme con el Plan económico financiero de reequilibrio declarado idóneo por el citado Consejo y con el programa anual de endeudamiento de la Comunidad.

Esta operación de endeudamiento se autoriza según lo establecido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y en la Ley Orgánica complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, de 2001.


Economía y Hacienda

CONTRIBUCIÓN DE ESPAÑA AL FONDO DE OPERACIONES ESPECIALES DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución española al Fondo de Operaciones Especiales del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por importe de 10.587.375 dólares, y su desembolso en 2010.

En la Asamblea Anual de Gobernadores del BID, celebrada este año en Cancún, se acordó el alivio de la deuda de Haití con el Fondo, tras el grave terremoto sufrido por este país en enero de 2010, que asciende a 479 millones de dólares. En dicha Asamblea se aprobó, además, compensar esta cuantía con contribuciones de los países miembros para seguir dando apoyo preferencial a los países más pobres de la región, uno de los objetivos prioritarios de la nueva estrategia institucional del Banco.

España, en función de su participación en el Fondo, debería aportar 11.433.709 dólares en cinco años. Sin embargo, el Banco prevé la posibilidad de hacer contribuciones anticipadas que permiten reducir el importe de la aportación. Por ello, el Gobierno ha decidido realizar una sola contribución en 2010, por un importe de 10.587.375 dólares, lo que supone un ahorro de 846.334 dólares al erario público.

El Banco Interamericano de Desarrollo se estableció en 1959 y constituye la principal fuente de financiación multilateral para el desarrollo económico, social e institucional de América Latina y el Caribe. El Convenio Constitutivo del Banco también estableció el Fondo de Operaciones Especiales con el objetivo de financiar proyectos y programas especiales a los países miembros del BID menos desarrollados de la región. Los principales países beneficiarios de este Fondo son Bolivia, Guyana, Honduras, Nicaragua y Haití, pero también reciben recursos del Fondo países como Ecuador, El Salvador, Guatemala, Paraguay y Surinam.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

FONDO DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA CON LA COMUNIDAD DEL CARIBE

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un Addendum al Acuerdo de Cooperación Científica y Técnica entre el Reino de España y la Comunidad del Caribe (CARICOM). El Addendum crea el Fondo Mixto y su Anexo relativo al procedimiento de utilización del Fondo Mixto de Cooperación Científica y Técnica CARICOM-España. Además, el Consejo de Ministros autoriza la aplicación provisional del mismo.

España y la Comunidad del Caribe suscribieron el 4 de julio de 1999 el Acuerdo de Cooperación Científico y Técnica entre el Reino de España y la Comunidad del Caribe.

El Addendum y su Anexo permitirán poner en práctica la cooperación entre las Partes, tal y como se expresa en el Acuerdo de Cooperación de 1999 mediante el apoyo a programas y proyectos que contribuyan al proceso de integración regional de CARICOM.

El objetivo del presente Addendum es el establecimiento de un Fondo Mixto de Cooperación Científica y Técnica CARICOM-España para la financiación de programas y proyectos de cooperación entre las Partes, en las áreas mutuamente definidas como prioritarias.

El Addendum incluye disposiciones relativas a las modalidades de financiación y las contribuciones al Fondo Mixto. Se establece la cofinanciación para todos los programas, proyectos específicos y actividades de cooperación. Las contribuciones, monetarias y en especie, se comunicarán anualmente por ambas partes y en el caso de España se realizarán en forma de donaciones.

El texto precisa que la propiedad del Fondo corresponderá al CARICOM y la gestión estará a cargo de un Comité Técnico de composición paritaria, una de cuyas funciones será estudiar y aprobar los programas y proyectos presentados por las Partes. Se prevé que el Fondo sirva exclusivamente para cubrir las necesidades de financiación de proyectos acordados por el Comité Técnico y de programas y proyectos acordados entre España y CARICOM en el seno de la Comisión Mixta de Cooperación Científica y Técnica.

El Addendum se acompaña de un Anexo, en el que se recoge el procedimiento de utilización del Fondo Mixto de Cooperación Científica y Técnica CARICOM-España, donde se explicitan las condiciones generales, la financiación del Fondo, la gestión y el control del Fondo y el seguimiento de los proyectos.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

FIRMA DEL ACUERDO DE ASOCIACIÓN Y COOPERACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA E INDONESIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma "ad referéndum" del Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros por una parte, y la República de Indonesia, por otra, y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

Este Acuerdo sirve de catalizador en las negociaciones para la celebración de un Acuerdo de Libre Comercio, en línea con el mandato del Consejo que supedita este tipo de Acuerdos a los Acuerdos de Asociación y Cooperación. Es el primero en perfeccionarse de entre los que está negociando la Unión Europea con los países de la región y constituye, por tanto, un marco de referencia para los demás. La firma del Acuerdo ha coincidido con el establecimiento de un diálogo bilateral sobre derechos humanos, cuya primera sesión tuvo lugar en Yakarta el 29 de junio de 2010.

Este Acuerdo se enmarca en la estrategia global de la Unión Europea de aumentar su proyección en Asia, tanto desde un punto de vista de socio individual, como regional. Los Acuerdos de Asociación y Cooperación buscan actualizar los marcos contractuales de relaciones con los distintos socios e impulsar con ello la cooperación en todos los sectores interés mutuo, al tiempo que promocionar algunos de los valores universales que defiende la Unión Europea y que se articulan en las llamadas "cláusulas políticas". Dada la importancia de Indonesia en la región, ya que es el tercer país más poblado de Asia y el más grande país musulmán en el mundo, este Acuerdo permitirá afianzar la influencia europea en esta zona.

El objeto del Acuerdo es reforzar las relaciones bilaterales entre las partes, que se comprometen a mantener un diálogo global y a promover una mayor cooperación en todos los sectores de interés común, desarrollando especialmente el comercio y la inversión entre las Partes en beneficio mutuo.

El texto hace mención a la lucha contra la proliferación de armas de destrucción masiva, a la cooperación jurídica y a la lucha contra el terrorismo y regula la cooperación en materia comercial y de inversión: principios generales, asuntos sanitarios y fitosanitarios, obstáculos técnicos al comercio, protección de derechos de propiedad intelectual, facilitación del comercio, cooperación aduanera, inversión, política de competencia y servicios. También precisa la cooperación en otros sectores, entre los que destacan, de manera más significativa los siguientes: turismo; servicios financieros; industria; ciencia y tecnología; energía; transporte; educación; medio ambiente; agricultura; protección de datos personales; inmigración; lucha contra la delincuencia organizada y las drogas ilícitas; contra el blanqueo de capitales; sociedad civil y modernización del Estado.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONVENIO SOBRE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LA GENTE DE MAR

El Consejo de Ministros ha autorizado la ratificación del Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado) 2003 (nº 185), de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

Junto con la ratificación de este Convenio, el Consejo de Ministros ha autorizado una Declaración a formular por España para el caso de que el Convenio sea extendido por el Reino Unido a Gibraltar en la que se recoge la posición española sobre el estatus del territorio no autónomo de Gibraltar y el carácter local de sus autoridades.

El objetivo de este nuevo Convenio es reforzar la seguridad en la navegación mejorando el sistema de identificación de la gente del mar para responder a la situación que plantean fenómenos como el terrorismo, agilizar su acceso a la estancia en tierra y mejorar sus condiciones de trabajo, asegurando la fiabilidad de los documentos que se les proporcionan y garantizando la protección de la información personal.

Los Estados miembros deberán expedir a sus nacionales afectados por el Convenio los documentos de identidad específicos, acordes con las legislaciones nacionales. Las características básicas de los citados documentos, que incorporarán datos biométricos, se detallan en el Convenio, debiendo conservarse los datos en bases electrónicas de datos nacionales fiables, que cumplan con las disposiciones vigentes sobre protección de datos. En España la competencia para la expedición de estos documentos se atribuye a la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento.

Se incluyen disposiciones relativas al permiso para bajar a tierra durante la escala del buque, el reembarque de los titulares de documentos y su tránsito por el territorio para otros embarques. Por otra parte, el Convenio establece la posesión continuada del documento por el marino y contempla su retirada cuando se dejen de cumplir las condiciones requeridas, que podrá ser recurrida en vía administrativa.


BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajador de España en la República de Singapur.-

D. FEDERICO PALOMERA GÜEZ.

Nacido el 20 de noviembre de 1951 en Madrid, Licenciado en Derecho e ingresó en 1979 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Líbano, Marruecos, Tailandia, Egipto, Costa Rica y Estados Unidos. Fue subdirector general de Relaciones Científicas Internacionales y de Programas y Convenios Culturales y Científicos, y jefe del Área de Relaciones Económicas con África y Medio Oriente. En 2000 fue nombrado segundo jefe en la Embajada de España en Túnez y, posteriormente, cónsul general de España en Melbourne. Desde 2006 era cónsul general de España en Edimburgo.

Embajador en Misión Especial para las Relaciones con Países del Golfo.-

D. DÁMASO DE LARIO RAMÍREZ.

Nacido el 8 de septiembre de 1949 en Valencia, es Doctor en Historia e ingresó en 1977 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Jordania, Australia y Reino Unido. Ha sido Secretario Permanente y Vicepresidente de la Sección Española del Comité Hispano-Norteamericano y Jefe de Área de Organización Técnica en la Oficina de Información Diplomática. En 1998 fue nombrado Subdirector General de Relaciones Económicas Bilaterales con países no europeos y, posteriormente, Embajador de España en la República de Indonesia y Embajador de España en la República Bolivariana de Venezuela. En agosto de 2010 pasó a ocupar el puesto de Director General de Comunicación Exterior.


Embajador en Misión Especial para Asuntos Energéticos.-

D. ENRIQUE VIGUERA RUBIO.

Nacido el 6 de abril de 1953 en Sevilla, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1982 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Etiopía, Representación Permanente de España ante las Comunidades Europeas y Canadá. Fue subdirector general de África Subsahariana y de Coordinación de Asuntos Generales de la Unión Europea. En 2000 fue nombrado Director General de Coordinación de Asuntos Generales y Técnicos de la Unión Europea y en 2006 pasó a ocupar el puesto de Embajador de España en el Reino de Suecia.