Referencia del Consejo de Ministros

30.7.2010

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SUMARIO

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey.

Presidencia

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO sobre visado colegial obligatorio.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 39.800.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 972.972,91 euros y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Sanidad y Política Social, para atender las sentencias de la Audiencia Nacional de 30 de enero de 2008 y del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2010, condenatorias al pago de compensaciones económicas por la colaboración en la asistencia sanitaria prestada, durante 2002 por las entidades colaboradoras Unión Fenosa, S.A., Unión Fenosa Generación, S.A. y Unión Fenosa Distribución, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 17.137,30 euros, para atender gastos en concepto de gratificaciones por servicios extraordinarios prestados por personal de la Guardia Civil, en cumplimiento de sentencia y autos dictados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la Memoria Anual sobre la política de endeudamiento del Tesoro Público correspondiente al año 2009 y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Sanidad y Política Social a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros con el fin de posibilitar la ampliación del Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, el Ministerio de Sanidad y Política Social y la entidad pública empresarial Red.es para el desarrollo de servicios públicos digitales en el Sistema Nacional de Salud, programa "Sanidad en línea. Fase II".
  • ACUERDO por el que se autoriza la participación de España en la sexta ampliación general de capital del Banco Africano de Desarrollo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución de España al Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información a Efectos Fiscales con cargo al ejercicio 2010.
  • ACUERDO para autorizar al Ministerio de Fomento a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros con la finalidad de adecuar los compromisos asumidos por la Dirección General de Ferrocarriles a las medidas adoptadas en el Plan de Acción Inmediata 2010, el Plan de Austeridad de la Administración General del Estado 2011-2013 y dar cumplimiento a la declaración de no disponibilidad establecida por los Acuerdos de Consejo de Ministros de 29 de enero y 20 de mayo de 2010.
  • ACUERDO para autorizar al Ministerio de Fomento a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros con la finalidad de adecuar los compromisos asumidos por la Dirección General de Carreteras a las medidas adoptadas en el Plan de Acción Inmediata 2010, el Plan de Austeridad de la Administración General del Estado 20112013 y dar cumplimiento a la declaración de no disponibilidad establecida por los Acuerdos de Consejo de Ministros de 29 de enero y 20 de mayo de 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Fomento a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros con la finalidad de adecuar la financiación de las infraestructuras del transporte a realizar por la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, a las medidas adoptadas en el Plan de Acción Inmediata 2010, el Plan de Austeridad de la Administración General del Estado 2011-2013 y dar cumplimiento a la declaración de no disponibilidad establecida por los Acuerdos de Consejo de Ministros de 29 de enero y 20 de mayo de 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Vivienda a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para atender las ayudas previstas en el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de tasas consulares.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum y se autoriza la aplicación provisional del Convenio relativo al despacho de aduanas centralizado, en lo que se refiere a la distribución de los gastos de recaudación nacionales que se retienen cuando se ponen a disposición del presupuesto de la Unión Europea los recursos propios tradicionales, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio de suscripción de acciones de capital ordinario serie "C", entre España y la Corporación Andina de Fomento.

Defensa

  • REAL DECRETO de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la prestación del servicio de restauración colectiva en diversas unidades, bases y acuartelamientos del área de influencia de la primera Subinspección General del Ejército.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la prestación del servicio de restauración colectiva en diversas unidades, bases y acuartelamientos del área de influencia de la segunda Subinspección General del Ejército.

Fomento

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.
  • REAL DECRETO por el que se establecen normas de seguridad aeronáutica en relación con los tiempos de actividad y los requisitos de descanso de los controladores civiles de tránsito aéreo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura. Talayuela-Cáceres, tramo: Cañaveral-Embalse de Alcántara", longitud 6,49 km, con un valor estimado del contrato de 62.381.154,03 euros, Cáceres.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia, por importe de 20.333.158,12 euros, del contrato de obras "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, tramo: Seseña-Aranjuez", Toledo y Madrid.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia por importe de 62.038,55 euros, del contrato de obras del "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid-Castilla la Mancha-Comunitat Valenciana-Región de Murcia, tramo: Minglanilla-Embalse de Contreras", Cuenca y Valencia.
  • Acuerdo por el que se toma razón de las obras de emergencia por importe de 61.540,74 euros, del contrato de obras "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid-Castilla la Mancha-Comunitat Valenciana-Región de Murcia, tramo: Arcas del Villar-Fuentes", Cuenca.

Educación

  • REAL DECRETO sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster de universidades de la Iglesia Católica y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos universitarios de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y la Junta de Andalucía, para la financiación de los libros de texto y material didáctico e informático en los niveles obligatorios de la enseñanza.


Trabajo e Inmigración

  • ACUERDO por el que se autoriza al Servicio Público de Empleo Estatal a transferir a la Comunidad Autónoma del País Vasco una subvención destinada a la financiación de las iniciativas de formación profesional para el empleo reguladas en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, acogidas a los acuerdos de formación continua suscritos entre la Comunidad Autónoma del País Vasco y los agentes sociales de ese ámbito territorial, en el marco de la normativa estatal reguladora de la formación profesional para el empleo, por un importe de 21.866.729 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del convenio de colaboración para la prestación de servicios postales entre la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO por el que se regula la liquidación de la prima equivalente a las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica en régimen especial.
  • ACUERDO por el que se aprueban las "Líneas Generales del Plan Integral de Política Industrial 2020" propuestas por la Comisión Interministerial de Política Industrial.
  • ACUERDO por el que se aprueban los importes máximos a percibir por el Instituto de Crédito Oficial en concepto de compensación de los costes en que incurra durante el año 2010 por la administración de los créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • ACUERDO por el que se revierte al Estado una superficie de 136.687 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre, transferidos a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias por medio del Real Decreto 3082/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en materia de puertos, correspondientes al puerto de San Esteban de Pravia, situado en los términos municipales de Muros de Nalón y Soto del Barco (Asturias).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia por un importe global de 520.000,00 euros, para reparar los daños acaecidos en varios términos municipales de la provincia de Lugo.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia por un importe global de 1.845.200,00 euros, para reparar los daños acaecidos en la provincia de Barcelona.
  • ACUERDO por el que se toma razón y se declara excluido del trámite de evaluación de impacto ambiental el proyecto "Obras de emergencia: recuperación de las arenas de las playas dañadas por los temporales 2009-2010 en la provincia de Cádiz".

Sanidad y Política Social

  • REAL DECRETO por el que se regula el procedimiento de concesión de una indemnización a las personas afectadas por la talidomida en España, nacidas durante el período 1960-1965.

ACUERDOS DE PERSONAL

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se nombra Vocal del Tribunal Económico Administrativo Central a D. RAFAEL SUÁREZ-LLANOS ROVIRA.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Política Exterior, Europa y Seguridad a D. ALFONSO LUCINI MATEO .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director General para el Mediterráneo, Magreb y Oriente Próximo a D. FIDEL SENDAGORTA GÓMEZ DEL CAMPILLO .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director General para América del Norte, Asia y Pacífico a D. LUIS FELIPE FERNÁNDEZ DE LA PEÑA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora General para África a Dª MARÍA DEL CARMEN DE LA PEÑA CORCUERA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director General para Iberoamérica a D. JUAN CARLOS SÁNCHEZ ALONSO .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora General de Asuntos Multilaterales a D. JORGE MANUEL DOMECQ FERNÁNDEZ DE BOBADILLA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Asuntos Generales y de Coordinación de Políticas del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a D. ALEJANDRO ABELLÁN GARCÍA DE DIEGO .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Asuntos Consulares y Migratorios a D. SANTIAGO CABANAS ANSORENA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Relaciones Económicas Internacionales y Asuntos Energéticos a D. JOSÉ EUGENIO SALARICH FERNÁNDEZ VALDERRAMA .
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en Negara Brunei Darussalam, con residencia en Kuala Lumpur, a D. JOSÉ RAMÓN BARAÑANO FERNÁNDEZ.
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República De Vanuatu, con residencia en Canberra, a D. CARLOS SÁNCHEZ DE BOADO Y DE LA VÁLGOMA.
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Nauru, con residencia en Canberra, a D. CARLOS SÁNCHEZ DE BOADO Y DE LA VÁLGOMA.
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en Islas Salomón, con residencia en Canberra, a D. CARLOS SÁNCHEZ DE BOADO Y DE LA VÁLGOMA.
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República del Chad, con residencia en Yaundé, a D. ARTURO SPIEGELBERG DE ORTUETA.

Industria, Turismo y Comercio

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino


CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a Dª MARÍA TERESA GÓMEZ CONDADO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D.CARLOS MARTÍNEZ ALONSO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a Dª CARMEN GOMIS BERNAL.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a Dª NIEVES GOICOECHEA GONZÁLEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D.JOAN MESQUIDA FERRANDO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a Dª SILVIA IRANZO GUTIÉRREZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D.FRANCISCO ROS PERÁN.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D.ÁNGEL LOSSADA TORRES-QUEVEDO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D.ÁNGEL MARTÍN ACEBES.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D.FERNANDO ESCRIBANO MORA.


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ASUNTOS GENERALES

Fomento

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DEL SERVICIO POSTAL UNIVERSAL

  • Se garantizan un servicio postal universal de calidad y los derechos de los usuarios y trabajadores del sector.
  • Correos y Telégrafos seguirá siendo el prestador designado único para el servicio postal universal.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, tras un intenso proceso de consultas en el que han participado agentes y empresas del sector así como diversos órganos consultivos, y después de recibir el dictamen favorable del Consejo de Estado.

Con este Proyecto, que atiende en gran medida las observaciones planteadas por dichos agentes, se traspone al ordenamiento jurídico español el nuevo marco regulador europeo establecido por la Directiva comunitaria de 20 de febrero de 2008, en relación con la plena realización del mercado interior de servicios postales comunitarios.

La nueva Ley establecerá el régimen aplicable a la prestación de los servicios postales, garantizará el correcto funcionamiento del mercado postal, la prestación de un servicio postal universal de calidad y la protección de los derechos de los usuarios y los trabajadores del sector, y culmina el proceso de realización plena del mercado único iniciado hace más de diez años.

Objetivos del Proyecto de Ley

El Proyecto persigue el cumplimiento de tres objetivos básicos:

  • Garantizar un servicio postal universal de calidad, prestado en todo el territorio del Estado con precios asequibles y en condiciones de permanencia y no discriminación.
  • Asegurar que los usuarios de los servicios postales gozan de unos derechos adecuados, independientemente de quien sea el prestador de los mismos y del ámbito de esa prestación.
  • Conseguir un mercado postal con reglas de funcionamiento seguras y transparentes que hagan posible la libre concurrencia en la prestación de los servicios postales, garantizando en todo caso el respeto a los derechos sociales y laborales de los trabajadores del sector y la integridad de la red pública de Correos.

Un servicio postal universal de calidad

Para garantizar un servicio postal universal de calidad, que incluye las cartas y tarjetas postales de hasta dos kilogramos, y paquetes de hasta veinte kilogramos, tanto ordinarios como certificados, el Proyecto de Ley regula todos los aspectos, ya sean materiales como de principios, a los que debe atenerse la prestación por parte de Correos y Telégrafos, que en España continuará siendo el prestador designado único para el servicio postal universal.

La norma contempla también un sistema de financiación que garantiza la suficiencia de recursos para hacer frente a la carga financiera que tiene que soportar el operador designado. Así, además de la contribución que todos los operadores y usuarios deben realizar, se establece una aportación del Estado para garantizar la suficiencia de recursos.

Derechos de los usuarios

Los derechos de los usuarios de los servicios postales es el segundo de los elementos esenciales que desarrolla el Proyecto de Ley. Algunos de estos derechos son nuevos, otros aparecen ahora elevados al rango de ley y todos ellos quedan sistematizados y garantizados por la misma.

Así, a los tradicionales derechos al secreto e inviolabilidad de la correspondencia, a la propiedad de los envíos o a la protección de datos, se suman el derecho a la información sobre los servicios postales, el de reclamación y denuncia, el derecho a la identificación del operador y el de protección de los envíos no entregados.

Libre concurrencia en la prestación de servicios

La nueva regulación persigue crear un mercado más dinámico, eliminando las barreras de entrada, con empresas postales más competitivas y más comprometidas con una economía sostenible y socialmente responsable.

De acuerdo con las directrices comunitarias, se pone fin al área reservada a Correos y Telégrafos, sin que por ello ponga en riesgo su viabilidad financiera, dado que, como se ha señalado anteriormente, la norma prevé un sistema sólido de financiación alternativo.

Empleo de calidad

Entre los principios rectores que conforman el Proyecto de Ley se contempla el respeto a los derechos sociales y laborales de los trabajadores postales en el convencimiento de que en un sector tan intensivo en mano de obra, como es el postal, únicamente puede hacer frente a los retos que se le presentan con un empleo de calidad.

El mayor logro de este Proyecto es conjugar la transposición de una Directiva encaminada a construir un mercado interior de los servicios postales en libre concurrencia con la prestación de un servicio universal de calidad sin renunciar a ninguno de los presupuestos sociales que son las señas de identidad de este Gobierno.

Empresas Postales de calidad

La nueva Ley crea el sello de Excelencia de Empresa Postal Sostenible, por el que se distinguirá a las empresas postales más comprometidas con los derechos sociales, la protección ambiental y la responsabilidad social corporativa.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE TASAS CONSULARES

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Tasas Consulares.

La vigente regulación de las tasas consulares fue establecida por la Ley de tasas consulares, del 28 de mayo de 1987. El tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de dicha Ley hace que esa regulación se encuentre significativamente desfasada, tanto desde un punto de vista formal como material, por lo que es conveniente su derogación y su regulación integral mediante una nueva ley.

Objetivos de la Ley

Los objetivos que persigue esta nueva ley son tres:

1. Adaptación a la presente realidad económica y social de España, lo que se realiza con medidas tales como la fijación de la cuantía de las tasas en euros o mediante la supresión de las referencias a figuras ya desaparecidas, como el servicio militar obligatorio, contenidas en la Ley que ahora se deroga.

2. Desde una perspectiva jurídica:

  • Adaptación a la estructura y conceptos asentados por la Ley de tasas y precios públicos de 1989, ley genérica para este ámbito tributario, que será de aplicación para todo lo no previsto específicamente en la presente disposición. De acuerdo con ello, la nueva regulación busca ajustarse a los principios de equivalencia y de capacidad económica, fijados por los artículos 7 y 8 de la citada Ley de tasas y precios públicos.
  • Adaptación a la vigente normativa interna reguladora de los distintos ámbitos sustantivos en los que se desarrollan los supuestos gravados con estas tasas. Tal es el caso de la normativa sobre navegación, de la legislación notarial o de la reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y de la ciudadanía española en el exterior.
  • Adaptación a la fuerte incidencia que sobre esta materia tiene el Derecho Internacional, a través de los distintos Tratados y Convenios, bilaterales y multilaterales, en los que España es parte y que se proyectan en alguna medida sobre las tasas consulares, especialmente mediante la introducción de exenciones o bonificaciones. En concreto, se ha considerado la creciente relevancia del Derecho Comunitario, especialmente en lo relativo a la expedición de visados y a los gastos asociados a los mismos.

3. Cabe destacar, igualmente, la sensibilidad de la Ley a la voluntad del Gobierno de modernización de la Administración pública en sus distintos ámbitos. A tal fin, prevé la posibilidad de gestión telemática del cobro de las tasas en la forma que reglamentariamente se establezca.

Además de las previsiones señaladas, el Proyecto de Ley establece en su disposición adicional única la regulación básica de las tasas por la tramitación y, en su caso, expedición del título de Traductor/a-Intérprete Jurado/a y por la expedición de los carnés, función que corresponde también, de acuerdo con la normativa vigente, al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Impacto económico de la Ley

El Proyecto también aborda la necesidad de corregir la falta de igualdad en la valoración económica de las actuaciones administrativas, ya que hasta ahora ha existido una importante diferencia cuantitativa según éstas se soliciten en el territorio nacional o en las representaciones de España en el exterior; éstas últimas, de menor cuantía.

La norma unifica la moneda a utilizar para la fijación de la cuantía de las tasas, que será el euro, y podrán ser actualizadas mediante las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado. Según la normativa en vigor, hasta ahora las tasas de cuantía fija, a excepción de los visados, son establecidas trimestralmente según la cotización, respecto del Derecho Especial de Giro, que el Fondo Monetario Internacional fija periódicamente a las distintas monedas locales en las que se recaudan las citadas tasas.

Además, en la cuantía a cobrar se han de tener en cuenta los casos de reciprocidad que puedan darse cuando un país tenga establecidas tasas consulares que excedan de las cantidades fijadas en la nueva Ley y sus normas de desarrollo, en cuyo caso éstas se podrán sustituir, para los nacionales de dicho país, por otras de la misma cuantía que las que éste exija a los españoles.

De acuerdo con los datos del ejercicio 2009, la recaudación en concepto de tasas obtenida en las Oficinas Consulares fue de, aproximadamente, 56 millones de euros, de los cuales alrededor del 80 por 100 correspondió a las tasas por actuaciones relativas a la documentación de las personas y tramitación de visados.

Incremento de ingresos

La modificación normativa derivada de la aplicación de las nuevas cuantías de tasas propuestas en el Proyecto, una vez en vigor la nueva Ley de Tasas, producirá, previsiblemente, un incremento en los ingresos superior al 7 por 100 con carácter general y sensiblemente superior en el caso de los pasaportes (actualmente la tasa de éstos en España es de 20,20 euros y en el exterior de 14,98 euros, cantidades que se equipararían con la entrada en vigor de la nueva Ley), lo que supondría una recaudación en torno a los sesenta millones de euros, aceptable desde el punto de vista de los sujetos pasivos al estar justificada por la homologación de las nuevas tasas con las que se aplican tanto en territorio nacional como en la Unión Europea.

Por lo demás, y de acuerdo con el principio de equivalencia, las tasas tenderán a cubrir el coste del servicio o de la actuación que constituya su hecho imponible. De acuerdo con dicho precepto, este Proyecto de Ley pretende igualar los ingresos obtenidos con la recaudación consular al coste de las actuaciones administrativas realizadas. En efecto, con la anterior regulación no se cubrían los costes del servicio en la mayor parte de las actuaciones administrativas llevadas a cabo en las Oficinas Consulares y existía una diferencia sustancial con las mismas actuaciones llevadas a cabo en territorio nacional.


Industria, Turismo y Comercio

APROBADAS LAS LÍNEAS GENERALES DEL PLAN INTEGRAL DE POLÍTICA INDUSTRIAL 2020

  • Servirá de marco para encuadrar las actuaciones del Gobierno en un horizonte de diez años con el fin de aumentar el peso de la industria en el PIB y adaptar la política industrial a los nuevos retos y oportunidades del entorno económico.
  • El documento aprobado hoy se completará con un Plan de Acción para los próximos cinco años (2011-2015) que contendrá medidas más concretas para hacer efectiva la implantación de las nuevas políticas industriales.
  • Los ejes prioritarios que regirán la política industrial son la mejora de la competitividad de la industria, el fomento de la innovación y la I+D, el apoyo al crecimiento y dinamismo de las PYMEs, la orientación de las empresas hacia los mercados internacionales y el refuerzo de los sectores estratégicos industriales.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo en el que se establecen las líneas generales que articularán el Plan Integral de Política Industrial 2020 (PIN 2020). El Plan servirá de marco para encuadrar las actuaciones del Gobierno en un horizonte de diez años con el fin de aumentar el peso de la industria en el PIB, adaptar la política industrial a los nuevos retos y oportunidades del entorno económico y asegurar la recuperación de la industria a la recuperación del crecimiento y del empleo.

El documento de líneas generales que se ha aprobado hoy se enmarca en una primera fase de elaboración del Plan en el que se identifican las claves sobre las que hay que actuar para hacer que el tejido industrial sea una pieza fundamental de nuestra economía con vistas al horizonte 2020.

El Gobierno se ha marcado como objetivo situar la actividad industrial como uno de los ejes del futuro crecimiento económico de España. La Estrategia de Economía Sostenible 2010-2020 (http://www.economiasostenible.gob.es/) incluye como iniciativa complementaria a la Ley de Economía Sostenible una serie de actuaciones sectoriales que contribuyan al impulso modernizador y dinamizador de la economía. Entre estas actuaciones se encuentra la elaboración en el año 2010 de un Plan Integral de Política Industrial 2020.

Los sectores industriales tienen una importante contribución al crecimiento y a la creación de riqueza y empleo en España, por lo que resulta determinante para el futuro de la economía española preservar su capacidad industrial y, al mismo tiempo, fomentar la mejora de su competitividad.

Un espacio de tiempo prolongado como el previsto en el PIN 2020 (diez años) está en línea con los períodos de maduración largos que tienen muchas de las actuaciones que inciden en la actividad industrial, como por ejemplo las infraestructuras, la educación o la I+D, y marca unos objetivos y actuaciones estables necesarios para promover los cambios estructurales en la industria española a medio plazo.

Sin embargo, para hacer más efectiva la articulación e implantación de las nuevas políticas industriales es necesario plantear escenarios temporales más cortos en función de la coyuntura económica de cada momento. Por ello, el documento aprobado hoy por el Ejecutivo se completará con un Plan de Acción para los próximos cinco años (2011-2015) que contendrá medidas más concretas.

El Plan estará alineado con las directrices establecidas para la política industrial europea. En este sentido, la Comisión Europea presentará una propuesta de agenda para la nueva política industrial europea antes de finales de 2010.

Objetivos y ejes de actuación prioritarios del PIN 2020

El PIN 2020 fija cuatro objetivos estratégicos para los distintos sectores industriales que se desarrollarán mediante una serie de políticas industriales articuladas en torno a cinco ejes prioritarios de actuación. Los objetivos estratégicos son:

  • Modernizar el modelo de crecimiento, lo que implica aplicar una política industrial que facilite la transición a un nuevo modelo.
  • Aumentar el peso del sector industrial en el PIB hasta los niveles europeos. La industria en España representa el 15,1 por 100 del PIB, porcentaje que está por debajo de la media europea (17,7 por 100) y unos cinco puntos inferior al de países como Alemania o Suecia,
  • Aumentar la competitividad de la industria española.
  • Alinear la política industrial española con la europea. Buscar la coherencia entre las políticas nacionales para asegurar su eficiencia.

Los ejes prioritarios de actuación que orientarán la política industrial son:

  • Mejora de la competitividad de la industria, ya que el principal reto al que se enfrenta la actividad industrial en la actualidad es competir en mercados cada vez más grandes y más abiertos, lo que exige un esfuerzo para mejorar la productividad y los costes logísticos. Las actuaciones deben focalizarse en la contención de los costes de producción (precios de las materias primas, costes energéticos), medidas que mejoren la productividad de las distintas industrias (técnicas de organización y gestión, uso de los TIC, formación y cualificación profesional, infraestructuras de servicios logísticos, de transporte y energéticas) y actuaciones en diversos marcos institucionales (fiscal, laboral, administrativo, medioambiental). El objetivo es que los costes laborales unitarios de la actividad manufacturera estén en 2020 en el entorno del promedio de la zona euro y converger con la Unión Europea en eficiencia energética.
  • Fomentar la innovación y la I+D. De acuerdo con la Estrategia Estatal de Innovación elaborada por el Ministerio de Ciencia, el PIN 2020 tiene como objetivo situar en 2015 a España en el noveno puesto del ranking de la innovación a nivel mundial, duplicar el número de empresas innovadoras (cuarenta mil nuevas empresas) e incrementar el número de empleados en empresas de contenido tecnológico alto y medio-alto. Para 2015 la I+D privada anual debería ser seis mil millones de euros superior al de 2009. Asimismo, en ese año España deberá estar entre los ocho países europeos con mayor número de solicitudes de patentes y entre los catorce primeros del mundo en solicitudes internacionales de patentes.
  • Fomentar el crecimiento y el dinamismo de las PYMEs. En esta materia las actuaciones se deben centrar en la eliminación de barreras que impidan o desincentiven el crecimiento y en incentivar el emprendimiento, la creación de empresas y el apoyo empresarial mediante acciones como planes de expansión o el fomento de de acuerdos de cooperación. El objetivo es alcanzar un porcentaje de empresas medianas sobre el total de la industria española en 2020 similar al europeo (4 por 100). Para el total de la economía, el aumento del peso de medianas empresas hasta la media en la UE-27 equivaldría al paso de ocho mil empresas pequeñas a medianas en los próximos diez años.
  • Favorecer la orientación de las empresas a los mercados internacionales. La meta en este ámbito es elevar la intensidad exportadora de España hasta alcanzar, al menos, los parámetros de la zona euro en 2009. La intensidad exportadora es el peso de las exportaciones de bienes sobre el PIB. El promedio actual de la zona euro es del 27,5, frente al 15,5 por 100 de España. Asimismo, es necesario hacer un importante esfuerzo de diversificación para alcanzar un 50 por 100 de exportaciones fuera de la Unión Europea en 2020, diecinueve puntos porcentuales más que en 2008.
  • Reforzar los sectores estratégicos. Se considera sector estratégico aquel que tiene un gran potencial de crecimiento, capacidad de arrastre para otros ámbitos de la economía y una orientación hacia el exterior. Dentro de esta categoría se incluyen el sector de automoción, el sector aeroespacial, la biotecnología, las TIC, la industria orientada a la protección ambiental, energías renovables y eficiencia energética y la agroalimentación. El objetivo es incrementar para el año 2020 su peso sobre el total de la producción y el empleo de la industria. El objetivo es que el peso de la cifra de negocio de estos sectores sobre el total de la industria pase del 34,4 por 100 actual al 44 por 100 en 2020.


Fomento

FIJADOS LOS LÍMITES DE ACTIVIDAD Y LOS TIEMPOS DE DESCANSO DE LOS CONTROLADORES AÉREOS

  • Se establece una minuciosa regulación de los períodos de actividad y descanso para garantizar que la fatiga no compromete la seguridad operacional de las aeronaves.
  • Los controladores deberán descansar treinta minutos cada dos horas de actividad operativa; doce horas entre turnos; entre 48 y 60 horas semanales, y, al menos, 184 horas al mes divididas en un mínimo de tres períodos.

El Consejo de Ministros ha aprobado mediante un Real Decreto el Reglamento que establece las normas de seguridad aeronáutica en relación con los tiempos de actividad y los requisitos de descanso de los controladores civiles de tránsito aéreo.

El objetivo de esta norma es asegurar que la fatiga no compromete la seguridad operacional de las aeronaves, para garantizar la seguridad máxima en las operaciones aéreas. Para lograrlo, establece de forma detallada los tiempos de actividad diaria, mensual y anual, y los correspondientes descansos de cada controlador, incluidos los parciales dentro de un mismo período de actividad aeronáutica.

El Real Decreto desarrolla las previsiones contenidas en la Ley de 14 de abril de 2010, que regula la prestación de los servicios de transito aéreo, fijando unos límites máximos de actividad y tiempos mínimos de descanso que toman como referente los modelos más avanzados del mundo, y que combina unos exigentes requisitos en materia de descansos atendiendo a las diferentes situaciones de fatiga acumulada y la carga de trabajo en las distintas unidades.

El Gobierno responde, de este modo, a los requerimientos del nuevo modelo de prestación de servicios de control de transito aéreo y a la prevista apertura a nuevas empresas de control para las torres de los aeropuertos, que exige establecer las condiciones que garanticen la prestación segura de estos servicios, a la vez que permite ordenar y racionalizar el trabajo de las dependencias de control con la suficiente flexibilidad.

La nueva regulación de los tiempos de actividad y descanso está inspirada en la norma británica CAP 670, considerada la más completa y avanzada, pues contempla diferentes tipos de descansos para garantizar que la fatiga que genera el trabajo operacional no afecte a la seguridad de la navegación aérea. También se han tenido en cuenta las regulaciones de la F.A.A. de los Estados Unidos y las mejores prácticas de las empresas del sector en el mundo.


Debe señalarse que Reino Unido registra los más altos estándares de seguridad en la gestión del trafico aéreo, en un contexto operativo caracterizado por un espacio aéreo reducido, congestionado, con más aeropuertos atendidos en una zona limitada y surcado por aeronaves de diferentes características, que Eurocontrol califica como uno de los mas complicados de Europa. Todo ello no impide que sus controladores aéreos tengan la productividad mas elevada de entre las cinco grandes empresas europeas: AENA, la DSNA francesa, la DFS alemana y la ENAV italiana.

Descansos mínimos para evitar los efectos de la fatiga

La norma concreta la duración de los diferentes períodos de actividad y descanso en una jornada, y los ciclos semanales y mensuales máximos, tanto para los controladores habilitados y certificados, como para los alumnos de control de tránsito aéreo o en fase de instrucción.

En particular, en lo relativo a descansos se establecen cuatro requisitos distintos para controlar los efectos acumulativos de la fatiga: durante el turno, entre turnos, semanales y mensuales.

  • Se establece un descanso parcial obligatorio durante el turno de media hora por cada dos horas trabajadas.
  • Entre turnos se establece un descanso mínimo de doce horas, que se eleva hasta 54 horas en caso de dos turnos nocturnos.
  • Después de un ciclo de semanal de varios turnos, se establece un descanso mínimo de entre 48 y 60 horas en función de las horas trabajadas.
  • Finalmente, en un mes se establecen al menos 184 horas de descanso divididas en, al menos, tres períodos de una duración mínima de entre 48 y 54 horas, según el número de turnos programados en cada ciclo semanal.

Límites máximos de actividad aeronáutica

En cuanto a los límites de actividad, también se han establecido límites diarios, semanales, mensuales y anuales.

  • La máxima duración del turno diurno se fija, con carácter general, en diez horas, con excepción de las unidades con baja carga de trabajo -algunas torres de control-, en donde se mantienen las doce horas que fija la Ley de abril de 2010. La duración del turno se modula según el comienzo del mismo y se reduce según se trate de un turno nocturno, de madrugada o matinal hasta las 8 horas.

Como se ha señalado, entre cada turno de actividad se obliga a un descanso mínimo de doce horas, y cada dos horas de actividad operacional el controlador debe realizar un descanso parcial obligatorio de treinta minutos.

  • El límite a la actividad semanal se fija en cincuenta horas.

Se especifica que no podrán realizarse más de seis períodos de actividad consecutivos, con independencia de la duración de cada período, ni esos periodos consecutivos de actividad aeronáutica podrán sumar más de cincuenta horas.

  • El límite mensual de actividad operacional serán doscientas horas.

Al mes los controladores descansarán un mínimo de 184 horas distribuidas en, al menos, tres períodos de descanso, como se señala anteriormente.

  • Y el límite de actividad anual se mantiene en 1.670 horas, más las ochenta horas extraordinarias que permite el Estatuto de los Trabajadores.

Imaginarias, relevos, evaluaciones

Otros aspectos regulados en el Reglamento son;

  • La duración de las guardias o servicios de imaginarias y su cómputo. Al respecto se establece una duración máxima del servicio de imaginaria en veinte horas y no podrán programarse más de dos en seis días.
  • Los relacionados con el relevo ordenado entre turnos para asegurar la coordinación entre turno entrante y saliente.
  • Los descansos entre pruebas y evaluaciones en simulador, que se fijan en cuarenta horas.
  • Por último, el Real Decreto establece también las características y condiciones que deben reunir las áreas de descanso de que deben disponer los controladores para sus tiempos de descanso durante el servicio: ubicación, equipamientos, etcétera.


Industria, Turismo y Comercio

SUPRIMIDAS LAS PRIMAS A LAS INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS QUE NO ACREDITEN QUE CUMPLÍAN LAS CONDICIONES ADMINISTRATIVAS

  • La decisión se toma sin perjuicio de otras responsabilidades en que pudieran incurrir sus titulares.
  • También se contempla la posibilidad de renuncia al régimen económico del vigente, que se podrá solicitar en un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de su entrada en vigor.
  • La acreditación de la instalación que dará derecho al cobro de primas la realizará la Comisión Nacional de la Energía, mediante la prueba de la disposición y correcta instalación de los equipos necesarios para la actividad de producción de energía eléctrica por la totalidad de la potencia comprometida en el proyecto

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la liquidación de la prima equivalente a los parques fotovoltaicos y suprime su percepción a aquellas instalaciones que el 29 de septiembre de 2008 no dispusieran de todos los paneles fotovoltaicos comprometidos en el respectivo proyecto, ni de los equipos técnicos necesarios para su normal funcionamiento, lo que era condición necesaria para la concesión de las subvenciones previstas en el Real Decreto de 2007.

La nueva norma prevé, además, aplicar dicho criterio en la fecha que corresponda a las instalaciones acogidas al Real Decreto de 26 de septiembre de 2008, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades de otro tipo en que pudieran incurrir sus titulares.

La acreditación de la instalación de los equipos necesarios se realizará, previo requerimiento de la Comisión Nacional de Energía (CNE), mediante la prueba de la disposición y correcta instalación de los equipos necesarios para la actividad de producción de energía eléctrica por la totalidad de la potencia de la instalación y, entre ellos, al menos, los paneles fotovoltaicos, los inversores eléctricos y, cuando la instalación disponga de ellos, los seguidores. La misma CNE comprobará documentación presentada para apreciar su suficiencia con relación al hecho que pretende acreditarse.

Las Instalaciones que habrán de ser requeridas serán definidas por la Dirección General de Política Energética y Minas, aunque la Comisión Nacional de la Energía podrá, adicionalmente, requerir la acreditación referida a cualquier otra instalación inscrita en el Registro administrativo de productores en régimen especial que no hubiera sido indicada por la Dirección General de Política Energética y Minas.

La acreditación de la disposición de los equipos necesarios determinará que el titular de la instalación mantenga el derecho al cobro de la tarifa regulada desde el momento en que haya empezado a producir. En caso de falta de acreditación, la CNE comunicará al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la suspensión cautelar del pago de la prima equivalente, remitiendo un informe justificativo de la falta o insuficiencia de la acreditación necesaria y, en su caso, los documentos presentados por el titular.

A la vista de dicha documentación, la Dirección General de Política Energética y Minas iniciará, de oficio, un procedimiento que tendrá por objeto la declaración de que la instalación no cumple con los requisitos para la aplicación del régimen económico primado y que, en consecuencia, no le es aplicable dicho régimen.

El Real Decreto contempla también la posibilidad de renuncia al régimen económico del Real Decreto 661/2007, que se podrá solicitar en un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de su entrada en vigor. A tal efecto, se prevé también la creación de la subsección denominada Registro de régimen especial sin retribución primada, para el adecuado seguimiento de las instalaciones de régimen especial sin derecho a tarifa regulada, o prima equivalente, dentro de la sección segunda del Registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Las primas a la energía fotovoltaica

La asignación de primas a la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica constituye una ayuda permitida y alentada por la Unión Europea, dada la importancia que se otorga a este tipo de producción. Se entiende por prima equivalente la diferencia entre la tarifa regulada y el precio final horario del mercado.

En nuestro país, este tipo de primas esta prevista en la propia Ley del Sector Eléctrico, de 1997, y en el Real Decreto de 2007 por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, así como en el Real Decreto de 26 de septiembre de 2008 sobre retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica.

Hay que recordar que, en la actualidad y desde el 29 de septiembre de 2008, se ha agotado la posibilidad de nuevas instalaciones fotovoltaicas entrantes en el régimen de primas previsto en el citado Real Decreto de 25 de mayo de 2007.


La causa que ha motivado la aprobación de la nueva normativa es la constatación de que, como consecuencia de la ejecución del plan de inspecciones a instalaciones fotovoltaicas, se ha puesto de manifiesto la existencia de determinados supuestos de instalaciones con anomalías graves, consistentes en que han pretendido ser beneficiarias del régimen previsto en el citado Real Decreto de 25 de mayo de 2007, cuando, pese a que han obtenido el acta de puesta en marcha, no tenían instalados, a 29 de septiembre de 2008, fecha tope requerida, el equipamiento comprometido en el respectivo proyecto, lo que era condición necesaria para la concesión de las primas previstas.


Presidencia

DESARROLLO DE LA LEY DE FINANCIACIÓN DE LA CORPORACIÓN RTVE

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento que desarrolla la Ley sobre Financiación de la Corporación RTVE de 2009. Este Reglamento cumple con el mandato, establecido en la propia Ley, de desarrollar y concretar algunos de los aspectos allí contenidos, fundamentalmente procedimentales, para la puesta en práctica efectiva del nuevo modelo de financiación de la radio y televisión pública de titularidad estatal.

Se trata de un modelo que, entre otras cosas, fija un techo presupuestario anual de 1.200 millones de euros y elimina la publicidad como fórmula de financiación de RTVE. Asimismo, prohíbe los contenidos de pago, haciendo de la nueva Corporación un servicio público de acceso universal y gratuito.

Doble financiación

La financiación, a partir de este año 2010, se sustenta, por un lado, en ingresos públicos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado y del Rendimiento de la Tasa de Reserva del Dominio radioeléctrico y, por otro, en las aportaciones de los operadores de televisión y telecomunicaciones en función de sus ingresos brutos anuales en los términos y con los límites que establece la propia ley.

Estas aportaciones, tanto públicas como procedentes de los operadores privados, sólo pueden ir destinadas a financiar contenidos de servicio público.

Un año después de la aprobación de la Ley de Financiación de la Corporación, el Gobierno ha aprobado el Reglamento que la desarrolla, una vez que la Comisión Europea se ha pronunciado a favor de la compatibilidad del nuevo sistema de financiación con las normas comunitarias y, especialmente, con el Tratado de la Unión en lo referido a ayudas estatales.

Con el pronunciamiento positivo de la Comisión, ya no existe ningún impedimento para que el sistema de financiación se aplique en su integridad. Para ello es necesario el desarrollo de algunos aspectos, esencialmente técnicos, que permitan su puesta en práctica efectiva. Ese es el objetivo del Real Decreto que hoy ha aprobado el Consejo de Ministros.

Principales aspectos

En líneas generales, es un Reglamento que regula procedimientos, criterios y mecanismos a contemplar para:

1) el ingreso en el Tesoro público del exceso anual de ingresos presupuestarios por encima de los 1.200 millones de techo legal,

2) la forma, plazos y organismos encargados de la gestión y el pago de la Tasa de reserva de Dominio radioeléctrico en favor de la Corporación de RTVE.

3) el proceso de gestión y liquidación de la aportación de los operadores de telecomunicaciones y las sociedades concesionarias y prestadoras del servicio de televisión obligados por la Ley.

4) la realización, plazos y cantidades de los pagos a cuenta que han de realizar las operadoras de telecomunicaciones y televisión afectadas, así como la forma de compensar en ejercicios posteriores el remanente que resulte cuando la cuantía de los pagos a cuenta efectuados supere el importe de la aportación que legalmente les correspondería aportar.

5) la identificación de los ingresos de las operadoras de televisión y telecomunicaciones que constituyen la base impositiva de las aportaciones.

6) el proceso de determinación de los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma.

7) la clarificación de los servicios audiovisuales cuya explotación obliga a los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas a contribuir a la financiación de la Corporación RTVE.

8) el aplazamiento o fraccionamiento de la aportación anual de los operadores y sociedades, que la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones puede decidir en función de la capacidad financiera y nivel de ingresos de los afectados.

9) la determinación y devolución, en su caso, de las cantidades liquidadas si se superar los topes establecidos por la ley para las aportaciones de las operadoras de televisión y telecomunicaciones.

10) la dotación y utilización del Fondo de Reserva reconocido en la Ley de 2009.

El Real Decreto, que es un paso más, necesario y obligado, en la reforma del sector audiovisual emprendida por el Gobierno, cumple la función de todo Reglamento de desarrollar, clarificar y completar los preceptos de la Ley. Es una función necesaria para la aplicación de un nuevo modelo de financiación para la Corporación cuyos frutos se están empezando a ver, tanto en términos de audiencia y estabilidad financiera para Televisión Española, como dinamizadores para el conjunto del sector audiovisual.


Sanidad y Política Social

REGULADAS LAS AYUDAS A LAS PERSONAS AFECTADAS POR LA TALIDOMIDA

  • Gestionadas por el IMSERSO, oscilarán entre treinta mil y los cien mil euros en función del grado de discapacidad acreditado.
  • Con este Real Decreto se reconoce y se da un apoyo solidario a las personas afectadas por la talidomida entre 1960 y 1965.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas económicas a las personas afectadas por la talidomida en España, durante el período 1960-1965.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 dispone la concesión de una ayuda por una sola vez a quienes durante el período 1960-1965 sufrieron malformaciones corporales durante el proceso de gestación como consecuencia de la ingestión de talidomida por la madre gestante. Para las personas nacidas en el extranjero, la madre gestante debe haber residido en España en cualquier período comprendido entre 1960 y 1965.

Mediante la concesión de estas ayudas económicas, que serán gestionadas por el IMSERSO, se da respuesta a la necesidad de reconocimiento y apoyo solidario a las personas afectadas por la sustancia activa talidomida entre los años señalados, según las diferentes situaciones personales que concurren en cada una de ellas. En particular, el Real Decreto determina el alcance, las condiciones y el procedimiento para su reconocimiento y abono.

Importe de las ayudas

El importe de las ayudas que podrán percibir los afectados oscila entre un mínimo de treinta mil euros y un máximo de cien mil. La cantidad correspondiente a cada caso se establece de conformidad con el grado de la discapacidad acreditada:

  • Un único pago de treinta mil euros a los afectados con un grado de discapacidad del 33 hasta el 44 por 100.
  • Un único pago de sesenta mil euros a los afectados con un grado de discapacidad del 45 hasta el 64 por 100.
  • Un único pago de ochenta mil euros a los afectados con un grado de discapacidad del 65 hasta el 74 por 100.
  • Un único pago de cien mil euros a los afectados con un grado de discapacidad del 75 por 100 o superior.

Mediante la aprobación de este Real Decreto, España sigue la línea fijada por la mayoría de países de nuestro entorno, donde se han establecido esquemas solidarios de ayuda a las personas afectadas.


Economía y Hacienda

RESTRINGIDO EL USO DEL VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO PARA REDUCIR CARGAS ADMINISTRATIVAS Y TRÁMITES INNECESARIOS

  • Sólo se mantiene la obligación de visado en los casos en que resulta estrictamente necesario y proporcionado.
  • La medida generará más de ochocientos millones de euros de ahorro anual a empresas y particulares y fomentará la competitividad.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de racionalización del uso del visado colegial obligatorio, que tiene como objetivo impulsar la convergencia de la regulación de los servicios profesionales en España con la de las economías más avanzadas de la Unión Europea, donde no existe esta figura.

La reforma del visado obligatorio reducirá costes para empresas y particulares por un importe de 815 millones de euros al año, de los 932 millones de euros que actualmente genera el visado tanto en costes directos (lo que los colegios ingresan por este concepto), como indirectos (cargas administrativas asociadas a la preparación y tramitación de los documentos), según las estimaciones realizadas por los servicios técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda.

La mayor parte de los ahorros, en torno al 70 por 100, provienen de la reducción de las cargas para los profesionales que supone la eliminación de los trámites para cumplir con estas obligaciones.

Al reducir el número de trabajos profesionales que obligatoriamente deben ser visados, desde más de ochenta categorías hasta un número total de nueve visados, se contribuye al esfuerzo de reducción de barreras y cargas administrativas y de mejora de la regulación para ganar competitividad, lo que está directamente relacionado con los objetivos de reducción de las cargas administrativas en un 30 por 100 hasta 2012 y en un 50 por 100 hasta 2020, de acuerdo con la Estrategia de Economía Sostenible.

Criterios objetivos

Las obligaciones de visado se han racionalizado con los criterios objetivos de buena regulación que marca la Ley de Colegios Profesionales para este instrumento: necesidad y proporcionalidad. Según esta Ley, el visado acredita la identidad y habilitación de los profesionales y la integridad documental de sus trabajos, pero no evalúa su contenido, ya que no puede referirse a los aspectos técnicos. Es decir, el visado no garantiza la calidad técnica del proyecto, ni responsabiliza al colegio de la revisión de los cálculos. Por tanto, el visado se ha evaluado como un trámite previo que en algunos casos puede ayudar al procedimiento de control de los trabajos que se tramitan ante la Administración, pero que también impone unos costes.

La Ley prevé que sea obligatorio sólo en los casos estrictamente necesarios y proporcionados, y el Gobierno ha aplicado estos principios con rigor, considerando que en determinados casos puede ser un instrumento útil de apoyo a la Administración Pública en el ejercicio de sus funciones de control a priori, al proceder a la revisión documental y comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable a cada trabajo profesional.

Trabajos con visado obligatorio

El Real Decreto establece los nueve trabajos profesionales concretos que serán objeto de visado obligatorio por los colegios antes de que puedan surtir efectos ante la Administración. Estos trabajos se refieren a:

  • Edificación. Se someten a visado obligatorio los proyectos de ejecución de edificación y sus certificados finales de obra, incluso cuando se presenten para legalización de edificaciones ya realizadas. También habrá visado para los proyectos de demolición.
  • Minería y explosivos. Se requiere visado obligatorio para proyectos de apertura de explotaciones mineras y de voladuras, así como para los proyectos de fábricas y depósitos de explosivos y pirotécnica y cartuchería.

Para estos casos, se ha considerado necesario el visado por tratarse de trabajos profesionales cuya realización afecta de forma directa a la seguridad e integridad física de las personas. Además, en todos estos casos se ha considerado que el visado es el instrumento de control más proporcionado por resultar el menos restrictivo de la actividad económica de entre otras alternativas posibles.

El resto de trabajos profesionales que han sido analizados, y sobre los que se ha concluido que debía primar la libertad de elección del cliente y no exigir el visado obligatorio, sino voluntario, son casos en los que no concurren simultáneamente los principios de necesidad y proporcionalidad.

Colegios

Para los casos en que el visado no sea obligatorio, los clientes siempre podrán solicitar voluntariamente el visado del Colegio. Con la nueva regulación los consumidores sabrán con certeza qué garantiza el visado y a qué precio, teniendo así la información necesaria para elegir libremente.

Además, los Colegios siempre podrán ofrecer a sus colegiados y a los consumidores servicios de asistencia técnica con mayor valor añadido. La reforma no interfiere en la libertad organizativa de los Colegios para ofertar otros servicios voluntarios que los consumidores puedan decidir contratar atendiendo a la utilidad que les reporte. Por otro lado, el Real Decreto mejora y concreta el marco regulatorio del visado para aportar una mayor seguridad jurídica y más transparencia a los consumidores y usuarios del visado.

Asimismo, se concreta el régimen jurídico aplicable a los casos de visado obligatorio, prohibiendo los visados parciales y los visados diferidos en el tiempo, garantizando la libre prestación de servicios de los profesionales comunitarios y evitando duplicidades cuando interviene la oficina de supervisión de proyectos en el ámbito de la contratación pública.

Libertad de elección

Esta reforma supone una ampliación de la libertad de elección de los clientes y profesionales, al reducir de forma muy sustancial el número de trabajos profesionales sometidos a visado colegial obligatorio. En la ponderación de la necesidad y proporcionalidad que justifica la exigencia de visado, se ha tenido presente la situación actual de los medios de control, muy superiores a los existentes en 1931, momento en el que se instituyó el visado colegial como un instrumento de control por los colegios profesionales para determinadas obras.

La seguridad sigue siendo una prioridad para el Gobierno. Por ello se mantienen mecanismos de control que conviven con el visado y que sí contribuyen directamente a garantizar la seguridad de la personas, como los seguros de responsabilidad civil, una mayor certeza del marco jurídico que regula la asignación de responsabilidades, el mantenimiento de la exigencia de que determinados trabajos vayan firmados por un técnico competente, la existencia de entidades que realizan labores de certificación y control, unas Administraciones Públicas que incorporan crecientemente las nuevas tecnologías y una mayor eficacia en su actuación supervisora, y un sistema legal e institucional de defensa del consumidor que se ha desarrollado en las últimas décadas.


Economía y Hacienda

MEMORIA DE LA POLÍTICA DE ENDEUDAMIENTO DEL ESTADO EN 2009

El Consejo de Ministros ha sido informado por la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda sobre la Memoria Anual de la política de endeudamiento del Estado en 2009 y de la deuda de los organismos autónomos, para su toma de conocimiento y posterior remisión a las Cortes Generales, en cumplimiento de la Ley General Presupuestaria.

La Memoria incluye información cualitativa y cuantitativa sobre la política de endeudamiento del Estado en 2009, indicando el volumen de emisión bruta efectiva realizada y su distribución por monedas e instrumentos, las amortizaciones de deuda del Estado y la financiación neta efectiva. Se dedica especial atención a las novedades en la política de financiación. Lo más destacado se resume a continuación:

  • En el año 2009 el Tesoro Público ha tenido que aumentar de manera notable sus emisiones con respecto a las previsiones iniciales para hacer frente a unas mayores necesidades de financiación ligadas tanto al descenso de los ingresos fiscales como a la fuerte acción estabilizadora del sector público, que han afectado principalmente a la emisión de Bonos y Obligaciones del Estado, mientras que las emisiones de Letras del Tesoro apenas ha registrado variación.
  • Las emisiones brutas de deuda del Estado han sido de 224.285 millones de euros, con lo que su saldo a 31 de diciembre de 2009, en términos nominales, se cifra en 475.402 millones de euros, 116.977 millones más que a 31 de diciembre de 2008.
  • Únicamente eran titulares de endeudamiento a finales del ejercicio diversos organismos autónomos adscritos a tres Ministerios: Defensa, Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y Ciencia y Tecnología. La cifra agregada ascendía a 422.828.439,16 euros, cifra inferior en 71.468.364,29 euros con respecto a la del 31 de diciembre de 2008.
  • En lo referente a las Letras del Tesoro, la principal novedad este año ha sido la emisión de Letras, con vencimiento a tres, seis y doce meses, todos los meses del año debido al aumento de las necesidades de financiación.
  • En 2009 el Tesoro Público estuvo nuevamente presente en el mercado del dólar mediante dos emisiones de eurobonos a tres años en marzo y septiembre, atraído por la fuerte demanda de papel en esta divisa, así como por el ahorro financiero que ofrecía y por la posibilidad de diversificación de su base inversora.
  • Durante 2009 el Tesoro Público realizó la primera emisión sindicada de un Bono del Estado a tres años a tipo de interés variable denominada en euros desde la adopción de la moneda única. Con posterioridad, dicho Bono del Estado fue reabierto mediante el procedimiento de subasta.
  • Asimismo, ha puesto en circulación seis nuevas referencias en el mercado doméstico: dos Bonos del Estado a tres años (cupón del 2,75 por 100 y 2,30 por 100), un Bono del Estado a cinco años (cupón 3,30 por 100), dos Obligaciones del Estado a diez años (en febrero con cupón 4,60 por 100 y en mayo con cupón 4,30 por 100) y una nueva Obligación del Estado a treinta años (en septiembre con cupón 4,70 por 100). Al igual que en el año 2008, se ha mantenido el esquema de emisión en todos los plazos tres, cinco, diez, quince y treinta años frente a la concentración en torno a pocas referencias que caracterizó años anteriores.
  • El principal procedimiento de emisión por parte del Tesoro Público ha sido de nuevo la subasta, que ha supuesto, aproximadamente, el 81 por 100 del importe emitido de Bonos y Obligaciones, algo inferior al 85 por 100 registrado en 2008. Así, aunque las emisiones de las nuevas referencias a diez y treinta años y el Bono a tipo de interés variable fueron colocadas mediante el procedimiento de sindicación bancaria, la mayor parte de la colocación de títulos de deuda siguió el procedimiento de subasta.
  • Este año se han realizado un mayor número de reaperturas, trece, de referencias antiguas de Bonos y Obligaciones en plazos intermedios a los "benchmark", aumentando así su liquidez. Se han efectuado, tanto a través de subastas ordinarias, como de subastas especiales. Éstas últimas son aquellas que no aparecen recogidas en el calendario anual de subastas ordinarias que se publica en el mes de enero de cada año ni en el anuncio trimestral de las referencias a emitir, y que se convocan específicamente como tales.
  • El Tesoro se esfuerza en mantener la máxima transparencia y predictibilidad en su política de endeudamiento. En este sentido, el Tesoro Público tiene siempre presente la sensibilidad de todo tipo de inversores y, muy especialmente, de los pequeños ahorradores nacionales. La liquidez y regularidad de todos los mercados, tanto en Bonos y Obligaciones, como en Letras del Tesoro, y el mantenimiento de la aceptación de ofertas no competitivas en cada subasta, facilita la presencia de los pequeños inversores.


Presidencia del Gobierno

MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA CASA DE S. M. EL REY

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro de 1988 sobre reestructuración de la Casa de S. M. el Rey. Con el Real Decreto aprobado hoy se actualizan los cambios que se han venido produciendo en la estructura de la Casa desde 1995 y se dota de un soporte normativo a las tareas de control de orden económico del Interventor de la Casa sobre el presupuesto anual de este organismo. La nueva estructura no supone ni incremento de plantilla ni aumento de gasto.

Dichos cambios, que han dado lugar a la estructura orgánica y que fueron adoptados por vía de resoluciones del Jefe de la Casa en base al artículo 14 del citado Real Decreto de 1988, son los siguientes:

  • creación de la Secretaría de S.A.R. el Príncipe de Asturias, en noviembre de 1995; del Gabinete de Planificación y Coordinación, que incorporó en su seno la Secretaría de Despacho y Actividades y Programas, en abril de 1996; y de la Unidad de Administración, Infraestructura y Servicios, de la que pasaron a depender Intendencia y el Centro de Comunicaciones e Informática, en diciembre de 2006.
  • también en abril de 1996 el Servicio de Seguridad se integró en la Secretaría General,
  • y en mayo de 2007 se creó el cargo de Interventor, directamente dependiente del Jefe de la Casa, recogiéndose en este Real Decreto un soporte normativo a las tareas de control de orden económico que viene realizando desde entonces, precisando técnicamente las que desempeñan las autoridades de la Casa en este ámbito (Jefe de la Casa y Secretario General) .


Economía y Hacienda

AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 40.790.110,21 euros, con la siguiente distribución:

  • 39.800.000 euros para financiar una ampliación de crédito en el Ministerio de la Vivienda con el fin de atender el pago de la Renta Básica de Emancipación de Jóvenes, que según un Real Decreto de 2007, podrán recibir las personas de nacionalidad española o de los países de la Unión Europea, de entre veintidós y treinta años, titulares de un contrato de arrendamiento de la vivienda habitual y con unos ingresos inferiores a veintidós mil euros.
  • 972.972,91 euros para la financiación de un crédito extraordinario en el Ministerio de Sanidad y Política Social destinado al abono de las compensaciones económicas por colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante el ejercicio de 2002 por las entidades colaboradoras Unión Fenosa S.A., Unión Fenosa Distribución, S.A. y Unión Fenosa Generación, S.A. según sentencia de la Audiencia Nacional de 2008 y del Tribunal Supremo de 2010.
  • 17.137,30 euros para la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio del Interior, a fin de atender el pago de gratificaciones por servicios extraordinarios al personal del Cuerpo de la Guardia Civil según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 2004.


Educación

REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece los requisitos, el formato común y el procedimiento administrativo para la expedición de los títulos correspondientes a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado.

Entre las principales novedades que introduce el texto se encuentra la creación de un Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales, que recogerá los datos de los futuros estudiantes que concluyan sus estudios de Grado, Máster, o Doctorado, y los de aquellos que se encuentran en el Registro Nacional de Títulos Universitarios Oficiales. Se crea, así, un archivo único de referencia de Titulados Universitarios Oficiales.

Además, el Real Decreto desarrolla el formato Suplemento Europeo al Título, que podrán expedir las universidades españolas con el fin de promover la movilidad de titulados españoles en el Espacio Europeo de Educación Superior. En él constarán todos los detalles personales, académicos y, en su caso, profesionales inherentes a cada titulación conseguida por los alumnos, lo que servirá como elemento de transparencia para la realización de estudios dentro del Espacio Europeo de Educación Superior.

Títulos conjuntos

El Gobierno ha aprobado también la regulación de la expedición de títulos conjuntos, tanto entre universidades españolas, como entre españolas y extranjeras, lo que supone un respaldo al principio de movilidad que inspira el Espacio Europeo de Educación Superior.

Por último, el texto del Real Decreto aprobado hoy establece que los efectos plenos de los títulos universitarios oficiales se obtienen desde la fecha de la completa finalización de los estudios, y no desde la fecha de abono de la tasa como ocurría hasta el momento.

La aprobación de este Real Decreto refuerza la línea de actuación relacionada con el ámbito universitario recogida en el Plan de Acción 2010-2011 en materia educativa presentado recientemente por el ministro de Educación.


Educación

27,4 MILLONES A AYUDAS PARA ADQUIRIR LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR EN ANDALUCÍA

El Consejo de Ministros ha acordado destinar 27,4 millones de euros en ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático en Andalucía en el curso 2010-2011.

Estas ayudas se repartirán entre aquellas familias que tengan jóvenes matriculados en los niveles de enseñanza obligatoria, tanto de Primaria como de Secundaria, en centros de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos.

El objetivo del convenio que establecerán las dos Administraciones es optimizar el empleo de los recursos públicos destinados a la concesión de este tipo de ayudas y favorecer, así, la igualdad de oportunidades y la equidad de la Educación.

La apuesta por la política de ayudas y becas del Gobierno se recoge en el Plan de Acción 2010-2011 presentado recientemente por el ministro de Educación, con el objeto de atender las necesidades del sistema educativo español.


Trabajo e Inmigración

CASI VEINTIDÓS MILLONES AL PAÍS VASCO PARA FORMACIÓN CONTINUA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Servicio Público de Empleo Estatal la transferencia al País Vasco de un total de 21.866.729 euros destinados a la financiación de iniciativas de formación profesional continua.

La distribución de fondos en esta materia a las Comunidades Autónomas a las que se habían traspasado las funciones y servicios en materia de políticas activas de empleo, todas excepto el País Vasco, se viene realizando desde el ejercicio presupuestario de 2004, para que puedan desarrollar sus competencias de ejecución.

En lo que respecta al País Vasco, al no tener traspasadas dichas funciones y servicios, si bien le correspondía la competencia de ejecución en la materia, fue el Servicio Público de Empleo Estatal quien, durante los ejercicios presupuestarios 2004-2006, asumió la publicación y la gestión de las convocatorias de contratos programa para la formación de los trabajadores en ese ámbito territorial.

Durante los años 2007, 2008 y 2009 se han realizado las transferencias de fondos de conformidad con las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para dichos ejercicios.

La transferencia autorizada hoy por el Gobierno se realiza para dar cumplimiento a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, que disponía que aquella Comunidad Autónoma que no hubiera recibido el traspaso de competencias en materia de políticas activas de empleo y, en concreto, de formación profesional continua, podía recibir del Servicio Público de Empleo Estatal, previo acuerdo de la Comisión Estatal de Formación para el Empleo, una transferencia de fondos por cuantía igual a la que le hubiere correspondido de tener asumida dicha competencia, según los criterios de distribución de fondos aprobados en la Conferencia Sectorial para Asuntos Laborales.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

APROBADO EL ESTATUTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PARQUE DE MAQUINARIA

  • Pese a permanecer operativo desde su creación en 1936, el Parque de Maquinaria necesitaba de un reconocimiento legal expreso de su condición de medio propio de la Administración.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Estatuto del Organismo Autónomo Parque de Maquinaria, organismo adscrito al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino que, pese a permanecer operativo desde su creación en 1936, necesitaba de un reconocimiento legal expreso de su condición de medio propio de la Administración, en una norma estatutaria para seguir realizando la actividad que ha venido desarrollando hasta la fecha.

De esta forma, el Estatuto establece que el Organismo Autónomo Parque de Maquinaria está adscrito orgánicamente al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de la Dirección General del Agua, que tendrá la dirección estratégica, la evaluación y el control estratégico de su actividad. Asimismo, este organismo ha quedado adscrito funcionalmente a los Ministerios de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y de Fomento, en el ámbito de sus respectivas competencias.

El Estatuto recoge también los fines que debe cumplir el Parque de Maquinaria, como la ejecución de obras públicas relacionadas con las infraestructuras hidráulicas y el territorio, y la realización y promoción de estudios y proyectos relacionados con el agua y el medio ambiente. También promoverá la formación e innovación tecnológica, y realizará tareas de asistencia técnica, con atención prioritaria a los Ministerios a los que está adscrito.

Para el cumplimiento de estos fines, el Parque de Maquinaria deberá cumplir una serie de tareas, entre las que cabe destacar el mantenimiento y la rehabilitación de cauces públicos; la restauración de caminos y desagües en zonas regables; la corrección de terrenos y estructuras hidráulicas; el mantenimiento operativo de las infraestructuras de emergencias frente a fenómenos hídricos extremos; la ejecución y seguimiento de operaciones derivadas de la puesta en carga de presas y la redacción de proyectos de impermeabilización de canales, pantallas en presas, restauración medioambiental de ríos y de aquellas materias que tengan incidencia en los fines propuestos.

Además, el Estatuto establece cuáles son los órganos de gobierno del Parque de Maquinaria y las funciones que les corresponde desempeñar a cada uno, y diseña la estructura orgánica básica, el régimen de personal y el régimen económico-financiero.


Fomento

73,6 MILLONES PARA LA ALTA VELOCIDAD ENTRE CAÑAVERAL Y EL EMBALSE DE ALCÁNTARA (CÁCERES)

  • Fomento desarrolla obras actualmente en ocho tramos de esta línea a su paso por Extremadura, que suman un total de 104,2 km de longitud. Otros 40,3 km se encuentran adjudicados o en fase de licitación en el trayecto entre Talayuela y Cáceres.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, a través de ADIF, las obras de plataforma de vía del tramo Cañaveral-Embalse de Alcántara, situado en la provincia de Cáceres y perteneciente al tramo Talayuela-Cáceres, de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura-frontera portuguesa, lo que representa un nuevo e importante impulso a la conexión de alta velocidad entre las dos capitales ibéricas.

ADIF desarrolla actualmente obras en un total de ocho tramos de la línea de alta velocidad a su paso por Extremadura, que suman una longitud de 104,2 km.

El tramo cuya licitación ha sido autorizada hoy, Cañaveral-Embalse de Alcántara, tiene una longitud de 6,5 km y cuenta con un presupuesto de licitación de 73.609.761,8 euros, IVA incluido.

Esta autorización de licitación viene a unirse a las adjudicaciones ya realizadas de otros cuatro tramos incluidos en el trayecto Talayuela-Cáceres. Se trata de los tramos Grimaldo Casas de Millán (6,6 km) Casas de Millán-Cañaveral (6,6 km), Garrovillas-Casar de Cáceres (7,2 km) y Casar de Cáceres-Cáceres (7,1 km), que suman un total de 27,5 km. Asimismo, se encuentra en fase de licitación el tramo Embalse de Alcántara-Garrovillas, de 6,3 km de longitud, con lo que en estos momentos hay un total de 40,3 km adjudicados o en fase de licitación correspondientes al trayecto Talayuela-Cáceres.

Descripción del proyecto

El tramo Cañaveral-Embalse de Alcántara tiene una longitud de 6,5 km y discurre por los términos municipales de Cañaveral y Garrovillas de Alconétar, ambos en la provincia de Cáceres. Las obras proyectadas consisten en la ejecución de la plataforma de vía del referido tramo, perteneciente al trayecto Talayuela-Cáceres.

El proyecto define las actuaciones a llevar a cabo para la ejecución de las obras de infraestructura, como son movimientos de tierra, obras de drenaje, estructuras, reposición de servicios y servidumbres afectadas y la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea.

El nuevo trazado se ha diseñado para doble vía de alta velocidad con ancho internacional para tráfico de viajeros y mercancías. En dicho trazado destaca, como elemento singular, el viaducto sobre el río Tajo, de 1.488 m de longitud, con un arco central de 324 m de luz. Asimismo, se han proyectado dos viaductos, sobre el Regato del Cuervo, de 162 m, y sobre la Calzada Romana "Vía de la Plata", de 114 m de longitud.

El trayecto Talayuela-Cáceres tiene una longitud aproximada de 127,5 km y discurre íntegramente por la provincia de Cáceres. Este trayecto está dividido en un total de dieciséis tramos En estos momentos hay cuatro tramos en fase de obras que suman 27,5 km. Otros dos tramos, incluido el autorizado hoy, se encuentran en fase de licitación, con un total de 12,8 km. Los diez restantes, con una longitud de 87,3 km, se encuentran en fase de redacción del proyecto constructivo.

Financiación europea

La Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura-frontera portuguesa se ha diseñado como doble vía de alta velocidad en ancho internacional para tráfico mixto de viajeros y mercancías en todo el recorrido.

Las obras de plataforma del tramo Navalmoral de la Mata-Cáceres-Mérida serán cofinanciadas por el FEDER dentro del P.O. Fondo de Cohesión-FEDER 2007-2013.

Las ayudas RT-T 2007-2013 cofinanciarán estudios y proyectos de esta línea; además dentro del mismo periodo las ayudas RTE-T cofinanciarán las obras de la plataforma Mérida-Badajoz-Caia.

Las ayudas asignadas con cargo al FEDER 2007-2013 ascienden a 240,5 millones de euros, mientras que las ayudas RTE-T 2007-2013 suponen 122 millones de euros. Las ayudas totales de la línea serán 362,5 millones de euros. El Banco Europeo de Inversiones participa también en la financiación de este proyecto.

Beneficios de la actuación

Los principales beneficios derivados de la construcción de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura-frontera portuguesa serán los siguientes:

  • Establecimiento de una nueva relación ferroviaria de alta velocidad entre Madrid y Extremadura.
  • Aumento de la seguridad con la adopción de tecnologías punta en sistemas de conducción automática de trenes, así como vallado a ambos lados de la vía y ausencia de pasos a nivel a lo largo de la línea.
  • Incremento de la capacidad y la regularidad como resultado de disponer de doble vía en todo el trayecto.
  • Aumento del confort, al establecerse unas condiciones óptimas de rodadura y trazado.
  • Reducción del tiempo de viaje entre las poblaciones conectadas, al permitir conexiones directas entre ellas con un trazado de alta velocidad.


Fomento

MÁS DE VEINTE MILLONES PARA OBRAS EN EL AVE MADRID-LEVANTE

El Consejo de Ministros ha aprobado inversiones por valor superior a los veinte millones de euros para la ejecución de distintas obras en la línea de alta velocidad (LAV) Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia.

Esta línea permitirá desde finales de este año conectar Madrid con las ciudades de Cuenca, Albacete y Valencia, a través de un corredor ferroviario de doble vía y alta velocidad, diseñado para la circulación de trenes a una velocidad máxima de 350 km/h.

De este modo, se incorporarán a la red ferroviaria española un total de 438 km más de nueva infraestructura de alta velocidad. Esto permitirá, además, que todas las capitales de Castilla La Mancha tengan conexiones de alta velocidad.


Respecto a las obras aprobadas hoy por el Gobierno, permitirán mejorar la plataforma de la vía en tres puntos de la línea, en concreto en las provincias de Madrid, Toledo, Cuenca y Valencia, por un importe conjunto de 20,4 millones de euros.

La línea de alta velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia representa un reto constructivo y un gran esfuerzo económico. Con 955 km y una inversión total de 12.410 millones de euros, esta línea supone un motor para la dinamización económica y la vertebración de nuestro país.

La nueva infraestructura ha sido construida con los parámetros más exigentes en cuanto a calidad y seguridad, un verdadero reto de ingeniería ferroviaria. Toda la plataforma se ha ejecutado con doble vía de ancho internacional, apta para velocidades puntas de 350 km/h. Ha sido dotada de las últimas tecnologías para las comunicaciones (GSM-R, en telefonía móvil), seguridad y control de trenes (ETCS).


Fomento

FOMENTO PODRÁ INCREMENTAR LOS TECHOS DE GASTO CON CARGO A EJERCICIOS FUTUROS PARA ACTUACIONES EN CARRETERAS Y FERROCARRILES

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a incrementar los techos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el ámbito de las Direcciones Generales de Carreteras e Infraestructuras Ferroviarias y de la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITTSA).

Este acuerdo permitirá adecuar los compromisos presupuestarios ya asumidos por el Ministerio de Fomento a los acuerdos de Consejo de Ministros de 29 de enero y de 20 de mayo de 2010, por los que se ponían en marcha el Plan de Acción Inmediata 2010 y el Plan de Austeridad de la Administración General del Estado 2011-2013.

De esta forma, se posibilitará la reprogramación de las actuaciones del Departamento, adecuándolas a los límites derivados de la aplicación de las medidas arriba indicadas.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

REPARACIÓN DE DAÑOS EN EL LITORAL EN LA PROVINCIA DE BARCELONA

El Consejo de Ministros ha tomado razón de la obras de emergencia para la reparación de los daños acaecidos en la provincia de Barcelona, por un importe aproximado de 1.845.200 euros.

El pasado 8 de marzo se registró en la costa de Barcelona un temporal con alturas de olas máximas de siete metros. Los daños más significativos que ha sufrido la costa de Barcelona se centran especialmente en su zona más sensible, el Maresme a poniente de Port Arenys.

Las actuaciones que se están realizando con la mayor urgencia posible son las siguientes:

  • Senda de Montgat.- El presupuesto previsto para la ejecución de estas obras asciende a 500.000 euros.
  • Playa de Premià de Mar.- La inversión estimada para esta actuación asciende a 358.720 euros.
  • Playa de Vilassar de Mar. - El presupuesto estimado para esta actuación asciende a 448.400 euros.
  • Playa de El Masnou-Montgat. - La inversión prevista para esta actuación asciende a 538.080 euros.

Estas actuaciones forman parte de la política del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para recuperar y mejorar el litoral español respetando las características medioambientales y paisajísticas de cada zona y facilitar el uso y disfrute de la costa a todos los ciudadanos.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

OBRAS DE EMERGENCIA EN VARIAS PLAYAS DE LA PROVINCIA DE LUGO

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia para reparar los daños acaecidos en varios términos municipales de la provincia de Lugo, por un importe global de 520.000 euros.

El 10 y 11 de junio del presente año se produjeron grandes destrozos en diversas zonas y playas de la Mariña lucense, como consecuencia de las lluvias torrenciales acaecidas durante toda esa semana.

Las obras comenzarán al final del período estival, para evitar el perjuicio que se crearía a los usuarios de las playas, así como la peligrosidad de las actuaciones.

Las actuaciones se describen a continuación:

TÉRMINO MUNICIPAL DE BURELA

Playa de A Marosa.- Las obras consistirán en la prolongación de los tubos de salida de agua, así como la restauración del acceso, cumpliendo la normativa para minusválidos, en una longitud aproximada de sesenta metros.

TÉRMINO MUNICIPAL DE FOZ

Playa de Areoura.- Se trata de la retirada de las obras caídas, ejecución de la tubería de salida de aguas de 1,20 metros, relleno y realización del nuevo acceso que permita la entrada de ambulancias y maquinaria de limpieza de playas y colocación de escollera y barandilla de seguridad.

Playa de Peizás.- La actuación consiste en encauzar riego, ejecución de la tubería de salida de aguas de 1,20 metros, realización del nuevo acceso por carretera, paseo marítimo y acceso a la playa.

TÉRMINO MUNICIPAL DE CERVO

Playa de Rueta.- Es la obra más compleja de reparar, ya que es necesaria la ejecución de una gran escollera de pie, de una altura media de unos ocho metros y longitud aproximada de sesenta metros, ejecutando nuevamente el acceso a la playa en unos setenta metros de longitud. El presupuesto total estimado de estas obras es de 520.000 euros.

Estas actuaciones forman parte de la política del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para recuperar y mejorar el litoral español respetando las características medioambientales y paisajísticas de cada zona y facilitar el uso y disfrute de la costa a todos los ciudadanos.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

TOMA DE RAZÓN DE OBRAS DE EMERGENCIA EN PLAYAS DE CÁDIZ

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma razón y se declara excluido del trámite de evaluación de impacto ambiental el proyecto "Obras de emergencia: recuperación de las arenas de las playas dañadas por los temporales 2009-2010 en la provincia de Cádiz".

Debido a los temporales de poniente que han afectado a la provincia de Cádiz desde de diciembre del año pasado, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público y el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, ha presentado los motivos de excepcionalidad que justifican la realización de las obras de emergencia para el proyecto de recuperación de las playas dañadas de Cádiz y su exclusión del trámite de evaluación de impacto ambiental, lo cual ha motivado al Consejo de Ministros aprobar en Acuerdo. Los motivos excepcionales son la puesta en peligro de la estabilidad de las playas así como de las infraestructuras cercanas a las mismas.

La ejecución de las obras de recuperación de las playas afectadas por los temporales de 2009-2010 en la provincia en Cádiz asciende a 1.500.000 euros.


Economía y Hacienda

CONTRIBUCIÓN AL FORO GLOBAL SOBRE TRANSPARENCIA E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN DE LA OCDE

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución del Reino de España al Foro Global de la OCDE sobre Transparencia e Intercambio de Información a Efectos Fiscales correspondiente al ejercicio de 2010, que asciende a 61.418,40 euros, según los acuerdos adoptados en el marco del Consejo de la OCDE.

Este órgano tiene su origen en el año 2000 cuando, en el marco de las actuaciones coordinadas a nivel internacional para contrarrestar las consecuencias perniciosas de los regímenes fiscales opacos y de nula tributación, la OCDE decidió crear un foro, abierto a países y jurisdicciones no miembros, con el objetivo de mejorar los estándares de transparencia e intercambio de información fiscal entre países. Uno de sus principales logros desde entonces ha sido el Modelo de Acuerdo sobre Intercambio de Información en materia tributaria, que sirve desde 2002 como base para los acuerdos bilaterales en este ámbito.

El año pasado los países y jurisdicciones participantes en este foro decidieron darle un nuevo impulso, ampliando sus atribuciones y dotándolo de un presupuesto propio a partir de 2010.

La contribución autorizada hoy, junto a las del resto de los 91 países y jurisdicciones participantes, financiará las actividades que desarrolla el Foro en la evaluación del cumplimiento efectivo de los estándares internacionales acordados; acciones que incluyen, entre otras, el seguimiento de los acuerdos aprobados, la organización de misiones de comprobación, la identificación de deficiencias y la elaboración de recomendaciones específicas a los países.


Industria, Turismo y Comercio

COMPENSACIÓN AL ICO POR LA ADMINISTRACIÓN DE LOS CRÉDITOS FAD

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza al Instituto de Crédito Oficial (ICO) a percibir trimestralmente, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo, cantidades hasta un límite anual de 2,6 millones de euros en concepto de compensación de los gastos en que incurra por la labor de administración de los créditos FAD.

El ICO, como Agente Financiero del Gobierno, gestiona y administra por cuenta del Estado, los créditos otorgados con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo, siendo compensado por ello desde el año 1993, en virtud de lo dispuesto en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.


Economía y Hacienda

PARTICIPACIÓN ESPAÑOLA EN LA SEXTA AMPLIACIÓN DE CAPITAL DEL BANCO AFRICANO DE DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha autorizado la participación de España en la sexta ampliación general de capital del Banco Africano de Desarrollo, aprobada por la Junta de Gobernadores de la institución el 27 de mayo de 2010.

El aumento aprobado ha sido de un 200 por 100 sobre el capital anterior, mediante la emisión de 4.374.000 nuevas acciones. A España se le autoriza suscribir 46.273 acciones, de las que 2.776 son pagaderas y las 43.497 exigibles, lo que le permite mantener su peso y representación en el capital con un 1,058 por 100 del total de las acciones. El coste a desembolsar será de 32.135.809 euros en ocho anualidades a partir del 2011.

El Banco Africano de Desarrollo es una institución financiera multilateral creada en 1964, integrada por 77 países miembros, 53 de ellos regionales (países africanos) y 24 no regionales. Los principales accionistas son Nigeria, Estados Unidos, Japón, Egipto y Alemania. España es miembro del Banco desde 1984.

El objetivo de esta institución es promover el desarrollo económico y la reducción de la pobreza en el continente africano. Financia proyectos en condiciones ventajosas en los países miembros regionales en desarrollo, proporciona asistencia técnica y difunde conocimiento. Su elevada calificación crediticia (AAA) es fundamental a la hora de movilizar recursos en condiciones ventajosas. El Banco trabaja con gobiernos, sector privado, organizaciones no gubernamentales, agencias de desarrollo, organizaciones locales y fundaciones.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES DE LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio de suscripción de acciones de capital ordinario serie "C", entre España y la Corporación Andina de Fomento, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros del pasado 14 de mayo de 2010.

La Corporación Andina de Fomento (CAF), principal fuente de financiación de los Estados Andinos y en infraestructuras en América Latina, es una Organización Internacional cuyos accionistas son cuatro Estados de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), trece Estados asociados (Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, España, Jamaica, México. Panamá, Paraguay, Portugal, República Dominicana, Trinidad y Tobago así como Uruguay) y catorce bancos privados de la Región Andina.

Las acciones se dividen en tres series: A (miembros plenos), B (Instituciones financieras públicas y privadas de los Estados andinos) y C (Estados no andinos).

Nuevos miembros plenos

En 2008 Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay y Panamá iniciaron el proceso para convertirse en miembros plenos de la Corporación, equiparándose así a los cinco Estados de la comunidad andina. Este proceso ha supuesto una suscripción adicional de acciones por valor de 1.500 millones de dólares.

En 2009 el Directorio de la Corporación aprobó un aumento del capital integrante desembolsable por un importe de 2.500 millones de dólares a pagar entre 2010 y 2017 con el objetivo de mantener el papel anticíclico de la institución durante la crisis y fortalecer su papel futuro como intermediario financiero para la región. De esa cuantía, 2.000 millones de dólares podrán ser suscritos por todos los accionistas para mantener su participación relativa y otros 500 millones de dólares se reservarán para accionistas serie C que deseen aumentar su participación.

Corporación Andina de Fomento

España es miembro desde el 1 de enero de 2003 y participa con un porcentaje del 3,5 por 100 en el capital ordinario suscrito. Como consecuencia del acceso de Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay y Panamá a la categoría de miembros de pleno derecho y de la suscripción de las acciones pertinentes, el peso accionarial inicial relativo de España se ha reducido y se sitúa actualmente en el 2,25 por 100 del capital suscrito. Con el presente Acuerdo, España pretende aumentar su participación en la CAF para alcanzar el 5 por 100 del capital suscrito, mediante la suscripción de 23.028 acciones nominativas de la Serie C, correspondientes al capital ordinario de la CAF, por un valor de 326.997.600 dólares, que se desembolsarán en cinco cuotas anuales y consecutivas entre los años 2010 y 2014.


Educación

CARÁCTER OFICIAL DE 27 TÍTULOS DE GRADO, 21 TÍTULOS DE DOCTORADO Y 167 TÍTULOS DE MÁSTER

El Consejo de Ministros ha establecido el carácter oficial de 27 títulos universitarios de Grado, 21 programas de Doctorado y 167 títulos de Máster, así como su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Con el establecimiento del carácter oficial de todos estos títulos son ya 951 los títulos de Grado incorporados al Registro de Universidades, Centros y Títulos, además de 726 programas de Doctorado y 1.040 títulos de Máster.

A continuación se detalla la relación de títulos aprobados:

GRADO

ARTES Y HUMANIDADES

Universidad de Castilla-La Mancha

Graduado o Graduada en Bellas Artes

Graduado o Graduada en Estudios Ingleses

Graduado o Graduada en Geografía y Ordenación del Territorio

Graduado o Graduada en Historia

Graduado o Graduada en Historia del Arte

Graduado o Graduada en Humanidades y Estudios Sociales

Graduado o Graduada en Humanidades y Patrimonio

Graduado o Graduada en Humanidades: Historia Cultural

CIENCIAS

Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila

Graduado o Graduada en Ciencias Ambientales

CIENCIAS DE LA SALUD

Universidad de Oviedo

Graduado o Graduada en Logopedia

Graduado o Graduada en Psicología


CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Universidad de Burgos

Graduado o Graduada en Derecho

Graduado o Graduada en Educación Social

Universidad de Castilla-La Mancha

Graduado o Graduada en Derecho

Graduado o Graduada en Gestión y Administración Pública

Graduado o Graduada en Trabajo Social

Universidad de Oviedo

Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas

Graduado o Graduada en Contabilidad y Finanzas

Graduado o Graduada en Economía

Graduado o Graduada en Maestro en Educación Infantil

Graduado o Graduada en Maestro en Educación Primaria

Graduado o Graduada en Pedagogía

Graduado o Graduada en Relaciones Laborales y Recursos Humanos

Universidad San Jorge

Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas

Universidad San Pablo-CEU

Graduado o Graduada en Turismo

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila

Graduado o Graduada en Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural

Graduado o Graduada en Ingeniería de Sistemas de Información

DOCTORADO

Universidad Autónoma de Madrid

Programa Oficial de Doctorado en Bioquímica, Biología Molecular, Biomedicina y Biotecnología (Biociencias Moleculares)

Programa Oficial de Doctorado en Economía

Programa Oficial de Doctorado en Estudios Franceses y Francófonos

Universidad de Burgos

Programa Oficial de Doctorado en Avances en Ciencia y Biotecnología Alimentarias

Universidad Católica San Antonio de Murcia

Programa Oficial de Doctorado en Abogacía y Práctica Jurídica

Programa Oficial de Doctorado en Actividad Física Terapéutica

Programa Oficial de Doctorado en Bioética

Programa Oficial de Doctorado en Desarrollo Social

Programa Oficial de Doctorado en Dirección y Gestión de Entidades Deportivas

Programa Oficial de Doctorado en Educación Física y Salud

Programa Oficial de Doctorado en Neuro-rehabilitación

Programa Oficial de Doctorado en Osteopatía y Terapia Manual

Programa Oficial de Doctorado en Traumatología del Deporte

Universidad de León

Programa Oficial de Doctorado en Historia

Programa Oficial de Doctorado en Historia del Arte

Universidad de Castilla-La Mancha

Programa Oficial de Doctorado en Ciencia e Ingeniería Agrarias

Programa Oficial de Doctorado en Investigación en Psicología Aplicada

Programa Oficial de Doctorado en Sistemas de Energía Eléctrica

Universidad de Murcia

Programa Oficial de Doctorado en Antropología Social

Programa Oficial de Doctorado en Química Agrícola

Programas Oficiales de Doctorado organizados conjuntamente por distintas universidades:

Programa Oficial de Doctorado en Economía de la Empresa (Programa de Doctorado conjunto de la Universidad de Burgos, León, Salamanca y Valladolid).


MÁSTER

ARTES Y HUMANIDADES

Universidad de Alicante

Máster Universitario en Arqueología Profesional y Gestión Integral del Patrimonio

Máster Universitario en Desarrollo Local e Innovación Territorial

Máster Universitario en Estudios Literarios

Máster Universitario en Traducción Institucional

Universidad Autónoma de Madrid

Máster Universitario en El Francés en el Ámbito Profesional: de los Conocimientos Teóricos a las Competencias Profesionales

Máster Universitario en Lengua Española: Investigación y Prácticas Profesionales

Universidad de Castilla-La Mancha

Máster Universitario en Investigación en Letras y Humanidades

Máster Universitario en Investigación en Prácticas Artísticas y Visuales

Universidad Católica San Antonio de Murcia

Máster Universitario en Danza y Artes del Movimiento

Universidad de Córdoba

Máster Universitario en Traducción Especializada Inglés/Frances/Alemán-Español

Universidad de Extremadura

Máster Universitario en Desarrollo Rural

Universidad de Granada

Máster Universitario en Culturas Árabes y Hebrea: Pasado y Presente

Máster Universitario en Filosofía Contemporánea

Máster Universitario en Literatura y Lingüística Inglesa

Máster Universitario en Traducción e Interpretación

Universidad de las Illes Balears

Máster Universitario en Lengua y Literatura Catalanas: Oralidad y Escritura


Universidad de Málaga

Máster Universitario en Desarrollos Sociales de la Cultura Artística

Máster Universitario en Estudios Ingleses y Comunicación Multilingüe e Intercultural

Máster Universitario en Gestión del Patrimonio Literario y Lingüístico Español

Universidad de Murcia

Máster Universitario en Investigación y Gestión del Patrimonio Histórico-Artístico y Cultural

Máster Universitario en Lengua y Lingüística Inglesas: Aplicaciones académicas y Profesionales

Máster Universitario en Literatura Comparada Europea

Máster Universitario en Producción y Gestión Artística

Universidad de Sevilla

Máster Universitario en Arqueología

Máster Universitario en Estudios Americanos

Máster Universitario en Traducción e Interculturalidad

Universidad de Valencia

Máster Universitario en Estudios Hispánicos Avanzados. Aplicaciones e Investigación

Universidad de Vic

Máster Universitario en Comunicación y Patrimonio Cultural

Universidad Pontificia Comillas de Madrid

Máster Universitario en Filosofía: Humanismo y Transcendencia

CIENCIAS

Universidad de Alicante

Máster Universitario en Gestión Sostenible y Tecnologías del Agua

Universidad de Córdoba

Máster Universitario en Biotecnología Molecular, Celular y Genética


Universidad de Granada

Máster Universitario en Biología Agraria y Acuicultura

Máster Universitario en Estadística Aplicada

Máster Universitario en Geología

Máster Universitario en Métodos y Técnicas Avanzadas en Física

Máster Universitario en Química

Universidad de Málaga

Máster Universitario en Investigación en Actividad Física y Deporte

Máster Universitario en Química Avanzada. Preparación y Caracterización de Materiales

Universidad de Murcia

Máster Universitario en Ingeniería Química

Máster Universitario en Química Agrícola

Universidad de Oviedo

Máster Universitario en Biodiversidad Marina y Conservación

Máster Universitario en Técnicas Experimentales Aplicadas al Manejo y Conservación de Recursos Biológicos

Universidad Pablo de Olavide

Máster Universitario en Biodiversidad y Biología de la Conservación

Máster Universitario en Neurociencias y Biología del Comportamiento

Universidad de Sevilla

Máster Universitario en Ciencia y Tecnología de Nuevos Materiales

Máster Universitario en Estudios Avanzados en Química

Máster Universitario en Física Médica

Máster Universitario en Microelectrónica, Diseño y Aplicaciones de Sistemas Micro/Nanométricos

Universidad de Valencia

Máster Universitario en Técnicas Experimentales en Química


CIENCIAS DE LA SALUD

Universidad de Almería

Máster Universitario en Ciencias de la Enfermería

Máster Universitario en Psicología de la Educación

Universidad de Burgos

Máster Universitario en Seguridad y Biotecnología Alimentarias

Universidad Católica San Antonio de Murcia

Máster Universitario en Actividad Física Terapéutica

Máster Universitario en Ingeniería y Toxicología Medioambiental

Máster Universitario en Investigación en Ciencias Sociosanitarias

Máster Universitario en Neuro-rehabilitación

Máster Universitario en Nutrición Clínica

Máster Universitario en Traumatología del Deporte

Universidad de Granada

Máster Universitario en Antropología Física y Forense

Máster Universitario en Ingeniería Tisular

Máster Universitario en Investigación y Avances en Inmunología Molecular y Celular

Máster Universitario en Investigación y Avances en Medicina Preventiva y Salud Pública

Máster Universitario en Investigación y Avances en Microbiología

Máster Universitario en Neurociencia Cognitiva y del Comportamiento

Máster Universitario en Neurociencia y Dolor

Máster Universitario en Nutrición Humana

Máster Universitario en Óptica y Optometría Avanzadas

Universidad de Murcia

Máster Universitario en Anatomía Aplicada a la Clínica

Máster Universitario en Ciencias Odontológicas y Estomatológicas

Máster Universitario en Envejecimiento

Máster Universitario en Gestión de la Calidad en los Servicios de Salud

Máster Universitario en Optometría Clínica

Máster Universitario en Salud Pública

Universidad de Oviedo

Máster Universitario en Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial


Universidad Rey Juan Carlos

Máster Universitario en Investigación en Medicina Clínica

Universidad de Sevilla

Máster Universitario en Estudios Avanzados en Cerebro y Conducta

Máster Universitario en Fisiología y Neurociencia

Máster Universitario en Genética Molecular y Biotecnología

Máster Universitario en Investigación Biomédica

Máster Universitario en Nuevas Tendencias Asistenciales en Ciencias de la Salud

Universidad de Valencia

Máster Universitario en Aproximaciones Moleculares en Ciencias de la Salud

Universidad de Valladolid

Máster Universitario en Oncología Ocular, Órbita y Oculoplástica

Máster Universitario en Retina

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Universidad de A Coruña

Máster Universitario en Psicología Aplicada

Universidad de Alicante

Máster Universitario en Derecho Ambiental y de la Sostenibilidad

Máster Universitario en Economía Cuantitativa

Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria y Enseñanzas Artísticas, de Idiomas y Deportivas

Universidad Antonio de Nebrija

Máster Universitario en Banca y Finanzas

Máster Universitario en Mercados del Arte y Gestión de Empresas Relacionadas

Máster Universitario en Práctica Jurídica Empresarial

Máster Universitario en Práctica Jurídica Laboral

Máster Universitario en Práctica Tributaria

Máster Universitario en Recursos Humanos


Universidad Autónoma de Madrid

Máster Universitario en Formación de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato

Universidad de Burgos

Máster Universitario en Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas

Universidad Camilo José Cela

Máster Universitario en Operaciones y Logística

Universidad de Castilla-La Mancha

Máster Universitario en Investigación en Psicología Aplicada

Máster Universitario en Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas

Universidad Católica San Antonio de Murcia

Máster Universitario en Dirección y Gestión de Cooperativas y Empresas de Economía Social

Máster Universitario en Dirección y Gestión de Entidades Deportivas

Máster Universitario en Urbanismo

Universidad de Córdoba

Máster Universitario en Educación Inclusiva

Universidad de Granada

Máster Universitario en Derecho Constitucional Europeo

Máster Universitario en Didáctica de la Matemática

Máster Universitario en Economía y Organización de Empresas

Máster Universitario en Problemas Sociales: Dirección y Gestión de Programas Sociales

Máster Universitario en Psicología de la Intervención Social

Universidad de Huelva

Máster Universitario en Mediación Familiar y con Menores


Universidad de Málaga

Máster Universitario en Abogacía

Máster Universitario en Asesoría Jurídica de Empresas

Máster Universitario en Dirección y Planificación del Turismo

Máster Universitario en Investigación e Intervención Social y Comunitaria

Máster Universitario en Regulación Económica y Territorial

Universidad de Murcia

Máster Universitario en Desarrollo Económico y Cooperación Internacional

Universidad Oberta de Catalunya

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales

Universidad de Oviedo

Máster Universitario en Intervención e Investigación Socioeducativa

Máster Universitario en Sistemas de Información Contable

Universidad Politécnica de Cartagena

Máster Universitario en Administración y Dirección de Entidades de Economía Social

Universidad de Sevilla

Máster Universitario en Derecho Constitucional

Máster Universitario en Dirección y Planificación del Turismo

Máster Universitario en Estudios Avanzados en Dirección de Empresas

Máster Universitario en Gestión Estratégica y Negocios Internacionales

Máster Universitario en Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos

Máster Universitario en Intervención y Mediación Familiar

Máster Universitario en Ordenación y Gestión del Desarrollo Territorial y Local

Universidad de Valencia

Máster Universitario en Atención Socio-Sanitaria a la Dependencia

Máster Universitario en Bienestar Social Individual, Familiar y Grupal

Máster Universitario en Desarrollo, Instituciones e Integración Económica

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales

Máster Universitario en Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y de los Recursos Humanos


Universidad de Deusto

Máster Universitario en Asesoría Fiscal

Máster Universitario en Dirección de Empresas - MBA

Máster Universitario en Gestión de Empresas Marítimo - Portuarias y Derecho Marítimo

Máster Universitario en Políticas Públicas y Desarrollo Territorial, Gobernabilidad y Procesos de Integración

Universidad de Navarra

Máster Universitario en Ejecutivo en Dirección de Empresas/Executive Master in Business Administration (EMBA).

Máster Universitario en Ejecutivo Global en Dirección de Empresas/Global Executive Master in Business Administration (GEMBA)

Universidad Pontificia Comillas de Madrid

Máster Universitario en Márketing

Máster Universitario en Metodología y Técnicas de Investigación en Ciencias Sociales

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

Universidad de A Coruña

Máster Universitario en Computación

Universidad de Castilla-La Mancha

Máster Universitario en Sistemas de Energía Eléctrica

Universidad de Extremadura

Máster Universitario en Computación Grid y Paralelismo

Universidad de Granada

Máster Universitario en Desarrollo del Software

Máster Universitario en Ingeniería de Computadores y de Redes

Máster Universitario en Soft Computing y Sistemas Inteligentes

Máster Universitario en Tecnologías Multimedia

Universidad de Málaga

Máster Universitario en Ingeniería del Software e Inteligencia Artificial

Máster Universitario en Sistemas de Información Audiovisual

Máster Universitario en Tecnologías de Telecomunicación

Máster Universitario en Telemática y Redes de Telecomunicación

Universidad de Sevilla

Máster Universitario en Arquitectura y Patrimonio Histórico

Máster Universitario en Automática, Robótica y Telemática

Máster Universitario en Ciudad y Arquitectura Sostenibles

Máster Universitario en Diseño Avanzado en Ingeniería y Mecánica

Máster Universitario en Electrónica, Tratamiento de Señal y Comunicaciones

Máster Universitario en Ingeniería y Tecnología del Software

Máster Universitario en Organización Industrial y Gestión de Empresas

Máster Universitario en Seguridad Integral en Edificación

Máster Universitario en Sistemas de Energía Eléctrica

Máster Universitario en Sistemas de Energía Térmica

TÍTULOS CONJUNTOS

Relación de títulos universitarios oficiales de Máster organizados conjuntamente por distintas universidades, ordenados por ramas de conocimiento:

ARTE Y HUMANIDADES

  • Máster Universitario en Historia e Identidades Hispánicas en el Mediterráneo Occidental (siglos XV-XIX). (Máster Universitario conjunto de las universidades de Alicante, Jaume I de Castellón, Valencia y la Universitá Degli Estudi Di Cagliari).
  • Máster Universitario en Historia y Ciencias de la Antigüedad (Máster Universitario conjunto de las universidades de Autónoma de Madrid y Complutense de Madrid).
  • Máster Universitario en Religiones y Sociedades (Máster Universitario conjunto de las universidades Internacional de Andalucía y Pablo de Olavide).

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

  • Máster Universitario en Derechos Humanos, Interculturalidad y Desarrollo (Máster Universitario conjunto de las universidades Internacional de Andalucía y Pablo de Olavide).

  • Máster Universitario en Desarrollo Económico y Sostenibilidad (Máster Universitario conjunto de las universidades Internacional de Andalucía y Pablo de Olavide).
  • Máster Universitario en Ética y Democracia (Máster Universitario conjunto de las universidades Jaume I de Castellón y Valencia).


Defensa

DESCONCENTRACIÓN DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTRATOS EN EL MINISTERIO DE DEFENSA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos en el ámbito del Ministerio de Defensa.

La aprobación de este Real Decreto responde a los cambios que se han producido desde el año 2001, tanto en la contratación en el sector público, como en la organización y estructura del Ministerio de Defensa y de sus Fuerzas Armadas, que hacían necesaria la adaptación de la vigente organización y estructura de la contratación definida por el Real Decreto de 21 de diciembre de 2001, de desconcentración de facultades en materia de convenios, contratos y acuerdos técnicos en el ámbito del Ministerio de Defensa y por las órdenes ministeriales que lo desarrollan.

De acuerdo con el nuevo Real Decreto, las competencias que la Ley asigna al Ministro y al Secretario de Estado de Defensa en materia de contratación, se desconcentran en un número reducido de órganos:

  • Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa.
  • Director General de Armamento y Material.
  • Director General de Infraestructura.
  • Director General de Asuntos Económicos.
  • Jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra.
  • Inspector General del Ejército de Tierra.
  • Jefe del Apoyo Logístico de la Armada.
  • Jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire.
  • Director de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra.
  • Director de Asuntos Económicos de la Armada.
  • Director de Asuntos Económicos del Ejército del Aire.

Estas autoridades, así como los órganos en que las mismas puedan delegar las facultades de contratación, ejercerán tanto las competencias de aprobación del gasto, como las de su compromiso.


El Ministro y el Secretario de Estado se reservan las facultades sobre contrataciones en el extranjero, así como resolver contratos que requieran informe del Consejo de Estado; dictar orden de proceder previa en algunos contratos especiales en razón de la materia o por la elevada cuantía; establecer modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares para determinadas categorías de contratos, y la facultad de aprobar precios y costes unitarios en actividades y procesos de empresas en contratos que se adjudiquen por procedimiento negociado o diálogo competitivo.

El nuevo Real Decreto establece, igualmente, la necesidad de informe previo del Secretario de Estado de Defensa para las propuestas de delegación de facultades que realicen las autoridades con facultades desconcentradas.


Defensa

SERVICIO DE RESTAURACIÓN EN UNIDADES DE LA PRIMERA Y SEGUNDA SUBINSPECCIÓN GENERAL DEL EJÉRCITO

El Consejo de Ministros ha aprobado sendos Acuerdos por los que se autoriza la celebración de los contratos para la prestación de los servicios de restauración colectiva en diversas unidades, bases y acuartelamientos del área de influencia de la Primera y de la Segunda Subinspección General del Ejército.

La adjudicación de los contratos, cuyo valor máximo estimado es de 50.123.456,84 euros y 42.697.622,10 euros, respectivamente se realizará por lotes por el procedimiento abierto. El plazo de ejecución abarca desde el 1 de octubre de 2010 hasta el 31 de octubre de 2012, si bien está contemplada la prórroga del mismo.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

REVERSIÓN AL ESTADO DE TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE EN EL PUERTO DE SAN ESTEBAN DE PRAVIA (ASTURIAS)

El Consejo de Ministros ha autorizado la reversión al Estado de 136.687 m2 de Dominio Público Marítimo-Terrestre, transferidos a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, correspondientes al puerto de San Esteban de Pravia, situado en los términos municipales de Muros de Nalón y Soto del Barco.

El 26 de marzo de 2010 la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias solicitó la reversión de una superficie de 136.687 m2 de Dominio Público Marítimo-Terrestre, transferidos en su conjunto al puerto de San Esteban de Pravia, ante la imposibilidad de poder realizar las actuaciones portuarias previstas en esa zona debido a las restricciones medioambientales a las que se encuentra regulada, dado que forma parte de los lugares de importancia comunitaria (LIC) y de zonas de especial conservación para aves (ZEPA). El lugar es conocido como "Cabo Busto - Luanco".


Asuntos Exteriores y de Cooperación

FIRMA DEL CONVENIO SOBRE EL DESPACHO DE ADUANAS CENTRALIZADO

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma ad referéndum, ha autorizado su aplicación provisional y ha dispuesto la remisión a las Cortes Generales del Convenio relativo al despacho de aduanas centralizado, en lo que se refiere a la distribución de los gastos de recaudación nacionales que se retienen cuando se ponen a disposición del presupuesto de la Unión Europea los recursos propios tradicionales.

El objeto del Convenio es desarrollar procedimientos específicos para la redistribución de gastos de recaudación cuando se ponen a disposición del presupuesto de la Unión Europea los recursos propios, los cuales tendrán que ser aplicados por los Estados miembros en caso de despacho centralizado: cuando las mercancías se despachen a libre práctica en un Estado miembro, pero se presenten en aduana en otro Estado miembro.

Hasta la entrada en vigor del Convenio, cualquier Estado miembro que haya concluido sus procedimientos internos de ratificación podrá declarar que aplicará el Convenio en sus relaciones con los Estados miembros que hayan formulado la misma declaración. España formulará dicha Declaración de aplicación provisional ya que mediante este Convenio se clarifica la procedencia de los fondos que corresponden a cada Estado miembro, lo cual resulta beneficioso para España. La Administración aduanera española ha respaldado la conclusión del Convenio como medio más eficaz de cumplimentar lo establecido en el Código Aduanero Comunitario.


BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Director General de Política Exterior, Europa y Seguridad.-

D. ALFONSO LUCINI MATEO.

Nacido el 9 de agosto de 1959 en Madrid, es Licenciado en Filología Hispánica e ingresó en la Carrera Diplomática en 1989.

Ha estado destinado en la representación diplomática española en Siria y fue Asesor Ejecutivo de Asuntos Parlamentarios del Gabinete del Ministro de Asuntos Exteriores y Ayudante del Enviado Especial de la Unión Europea para Oriente Medio. Posteriormente, fue Jefe del Gabinete Técnico del Secretario General de Política Exterior y para la Unión Europea y del Secretario General para Asuntos Europeos. En 2001 fue nombrado Segundo Jefe de la Embajada de España en Australia y en abril de 2004 Embajador Representante de España en el Comité Político y de Seguridad del Consejo de la Unión Europea y Embajador Representante Permanente de España en el Consejo de la Unión Europea Occidental. Desde julio de 2008 era Director General de Política Exterior.

Director General para el Mediterráneo, Magreb y Oriente Próximo.-

D . FIDEL SENDAGORTA GÓMEZ DEL CAMPILLO.

Nacido el 11 de febrero de 1956, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1984 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Japón, Cuba y Marruecos. Ha sido Vocal Asesor en los Gabinetes del Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, y del Ministro de Asuntos Exteriores. En 1999 fue nombrado Consejero en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea y desde 2002 era Subdirector General del Gabinete de Análisis y Previsión de Política Exterior. En octubre de 2007 fue designado Embajador en Misión Especial para Asuntos del Mediterráneo y desde julio de 2008 era Director General de Política Exterior para el Mediterráneo, Magreb y Oriente Próximo.


Director General para América del Norte, Asia y Pacífico.-

D. LUIS FELIPE FERNÁNDEZ DE LA PEÑA.

Nacido el 19 de mayo de 1951 en Peñaranda de Bracamonte (Salamanca), es Licenciado en Ciencias Políticas e ingresó en 1979 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en la representación diplomática española en la República Federal de Alemania y fue Director del Gabinete Técnico de la Secretaría General de Política Exterior y Director General Adjunto de Política en la Secretaría General de Política Exterior. En 1993 fue nombrado Embajador de España en Croacia y, posteriormente, Embajador de España en Eslovenia. En 2003 pasó a ocupar el puesto de Embajador en Misión Especial y en agosto de 2004 el de Embajador de España en la República de Turquía. Desde julio de 2008 era Director General de Política Exterior para Europa No Comunitaria y América del Norte.

Directora General para África.-

Dª MARÍA DEL CARMEN DE LA PEÑA CORCUERA.

Nacida el 2 de noviembre de 1952 en Madrid, es Licenciada en Derecho e ingresó en 1979 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinada en las representaciones diplomáticas españolas en República Popular China y Brasil. Ha sido Asesora Técnica en la ONU contratada por la Comisión Económica para África, Subdirectora General de Acción Cooperativa y Subdirectora General de África Subsahariana. En 1996 fue nombrada Consejera de la Embajada de España en Londres y en 2001 pasó a desempeñar la Segunda Jefatura en la Embajada de España en Israel. En junio de 2004 fue designada Embajadora de España en la República Federal Democrática de Etiopía y desde junio de 2008 era Directora General de Política Exterior para África.

Director General para Iberoamérica.-

D. JUAN CARLOS SÁNCHEZ ALONSO.

Nacido el 17 de junio de 1961 en Oviedo, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1991 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Venezuela y Argentina, y fue Subdirector General de Países de la Comunidad Andina. Fue Director del Gabinete de la Secretaria de Estado para Iberoamérica y desde junio de 2008 era Director General de Política Exterior para Iberoamérica.


Directora General de Asuntos Multilaterales.-

D. JORGE MANUEL DOMECQ FERNÁNDEZ DE BOBADILLA.

Nacido el 28 de noviembre de 1960 en Jerez de la Frontera, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1985 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en el Consejo de la Alianza Atlántica y Brasil. Fue Asesor Ejecutivo del Gabinete del Ministro de Defensa, Director del Gabinete del Secretario General de la OTAN y Segundo Jefe en la Embajada de España en Italia. En 2004 fue nombrado Segundo Jefe en la Embajada de España en Marruecos y en 2005 pasó a ocupar el puesto de Subdirector General en la Oficina de Asuntos de Gibraltar. Desde agosto de 2008 era Director General de Naciones Unidas, Asuntos Globales y Derechos Humanos.

Director General de Asuntos Generales y de Coordinación de Políticas del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.-

D. ALEJANDRO ABELLÁN GARCÍA DE DIEGO.

Nacido el 29 de julio de 1963 en Madrid, es Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología, e ingresó en 1991 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en San Salvador y ante el Consejo de Europa. Fue Jefe del Área de Relaciones Institucionales Europeas, Vocal Asesor Jurídico en la Secretaría General de Asuntos Europeos, y Vocal Asesor en el Gabinete del Secretario de Estado de Asuntos Europeos. En 2005 fue nombrado Consejero en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea y desde agosto de 2008 era Director General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias.

Director General de Asuntos Consulares y Migratorios.-

D. SANTIAGO CABANAS ANSORENA.

Nacido el 23 de marzo de 1954 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1981 en la Carrera Diplomática.

Ha sido Director Adjunto del Gabinete del Ministro de Asuntos Exteriores, Secretario en la Embajada de España en Estados Unidos, Subdirector General de Europea Oriental y de Relaciones Culturales y Científicas, y Director del Gabinete del Ministro de Asuntos Exteriores. En 2000 fue nombrado Embajador de España en la República Checa y desde 2005 era Cónsul General de España en Miami.

Director General de Relaciones Económicas Internacionales y Asuntos Energéticos.-

D. JOSÉ EUGENIO SALARICH FERNÁNDEZ VALDERRAMA.

Nacido el 4 de enero de 1955 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1981 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Camerún, Misión Permanente de España ante las Naciones Unidas y Santa Sede. Ha sido Subdirector General de Cooperación Política Europea y de Política Exterior y de Seguridad Comunitaria. En 1997 fue nombrado Embajador de España en la República de Mozambique y en 2001 Embajador de España en Tailandia. En mayo de 2004 fue nombrado Director General de Política Exterior para Asia y Pacífico.

Industria, Turismo y Comercio

Director General de Comercio e Inversiones .-

D. JOSÉ CARLOS GARCÍA DE QUEVEDO RUIZ.

Es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece al Cuerpo de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Ha sido Asesor del Gabinete del Secretario de Estado de Economía, Subdirector General Adjunto de Política Comercial con países OCDE en la Secretaría de Estado de Comercio y Subdirector General de Inversiones Extranjeras en España y de Asuntos Comerciales y Aduaneros de la Unión Europea, en este caso en el Ministerio de Asuntos Exteriores. En 1997 fue nombrado Subdirector General de Planes y Fondos de Pensiones, y en 2002 pasó a ocupar el puesto de Director General de Seguros y Fondos de Pensiones. Desde 2004 era Consejero Económico y Comercial-Jefe en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Tajo.-

D. MARÍA MERCEDES GÓMEZ RODRÍGUEZ.

Nacida en 1966 en Madrid, casada, con una hija, es Licenciada en Veterinaria por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece al Cuerpo Superior de Funcionarios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Ha sido Delegada Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Castilla-La Mancha en Toledo y Secretaria General Técnica de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. En 2003 fue nombrada Consejera de Agricultura de Castilla-La Mancha, en 2008 pasó a ocupar el puesto de Jefe de Área de Calidad de las Aguas en la Entidad de Derecho Público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, donde actualmente era Directora Gerente.

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