Referencia del Consejo de Ministros

16.7.2010

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SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, para regular el Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la información prevista en el artículo 16 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado y se acuerda remitirlo al Congreso de los Diputados.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario por importe de 585.930,76 euros, para dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, de 28 de noviembre de 2007, condenatoria al pago por parte del Ministerio de Sanidad y Política Social de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los ejercicios 2003 y enero de 2004, por la entidad colaboradora Patentes Talgo, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito por importe de 400.000.000 de euros, en el presupuesto del Fondo de Garantía Salarial, para atender al pago de prestaciones a los trabajadores.
  • ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito por importe de 2.607.771,94 euros, en el presupuesto del Instituto de Astrofísica de Canarias, para la realización de proyectos de investigación, financiados por aportaciones de terceros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la participación de España en la ampliación de capital del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD).
  • ACUERDO por el que se aprueban el balance y cuentas del ejercicio 2009 del Banco de España y se dispone la aplicación de los beneficios pendientes de distribución.

Política Territorial

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA de reforma de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y Rumania sobre el funcionamiento del Centro Español del Instituto Cervantes en Bucarest y del Instituto Cultural Rumano en Madrid.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes (UNIÓN PCT) en su 36ª sesión (16ª sesión ordinaria), el 12 de noviembre de 2007.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes (UNIÓN PCT) en su 37ª sesión (21ª sesión extraordinaria) el 15 de mayo de 2008.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes (UNIÓN PCT) en su 38ª sesión (22ª extraordinaria), el 29 de septiembre de 2008.
  • ACUERDO por el que se autoriza la declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Corea al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Protocolo sobre contaminantes orgánicos persistentes al Convenio de 1979 sobre contaminación aérea transfronteriza a gran distancia, hecho en Aarhus el 24 de junio de 1998.

Justicia

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de reforma de la Ley 60/2003, de 22 de diciembre, de Arbitraje y de Regulación del Arbitraje Institucional en la Administración General del Estado.
  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA complementaria a la Ley para la Reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de Regulación del Arbitraje Institucional en la Administración General del Estado por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de modificación de la Ley 1/200, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía.


Fomento

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento sobre seguridad en la circulación de la red ferroviaria de interés general, aprobado por el Real Decreto 810/2007, de 22 de junio.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres para adaptarlo a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 1.225.116,77 euros necesarias para las obras de reparación de los daños sufridos en las carreteras N-340 y N-340a en la provincia de Almería.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 1.770.323,69 euros necesarias para las obras de reparación de los daños sufridos en diversas carreteras por el temporal de diciembre a febrero de 2010 en la provincia de Sevilla.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 2.543.058,94 euros necesarias para las obras de reparación de paso inferior en autovía A-66, p.k. 343, subsanando la situación de grave peligros existente, Salamanca.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 695.226,05 euros necesarias para las obras de estabilización del talud entre los pp.kk. 560,100 a 560,200 en la carretera N-120, Ourense.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 1.200.000 euros necesarias para la reparación de taludes en las carreteras N-VI, A-6, A-8, N634, N-640, N-642 y N-540 y de las obras de paso sobre el arroyo Samai en el p.k. 18,4 de la N-540 en Guntín (Lugo).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 439.408 euros necesarias para las obras de estabilización del talud situado en la carretera N623, p.k. 110, Cantabria.

  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 594.500 euros, necesarias para la reparación y saneo de taludes a causa de los daños provocados por los temporales de lluvia y viento provocados por el ciclón Xinthya en las carreteras A-55, VG-20, N-120 y N-541 y reparación de daños en la estructura sobre el río Ventoso en la carretera N-541, p.k. 57, subsanando la situación de grave peligro existente, Pontevedra.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia del contrato de obras "Proyecto de construcción de plataforma del corredor norte-noroeste de alta velocidad, tramo: Valladolid-Burgos, subtramo: Cabezón de Pisuerga-San Martín de Valvení", por un importe de 8.494.993,74 euros (con iva), Valladolid.

Educación

  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Trabajo e Inmigración

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se aprueba la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza 2.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan de impulso a la contratación de servicios energéticos.
  • ACUERDO por el que se asigna un múltiple digital de cobertura estatal a cada una de las sociedades licenciatarias del servicio de televisión digital terrestre de ámbito estatal.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • REAL DECRETO por el que se establece el programa nacional de control de los nematodos del quiste de la patata.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para reparaciones de daños en elementos funcionales e infraestructuras viarias de las presas de la zona tercera de la cuenca media del Guadiana, por importe de hasta 2.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de compraventa de unidades de cantidad asignada de emisión de gases de efecto invernadero entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de España y el Ministerio de Medio Ambiente de la República de Estonia.
  • ACUERDO por el que se declara la reserva de 73.329 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre afectados por la ejecución del "Proyecto de construcción de desalación y obras complementarias para la Marina Baja", Alicante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la adenda III a la modificación segunda del Convenio de gestión directa suscrito el 12 de enero de 2000 entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Guadalquivir, S.A.
  • ACUERDO por el que se impone a Sniace, S.A., una sanción de 601.012,10 euros y la obligación de indemnizar los daños causados al dominio público hidráulico en la cantidad de 344.246,04 euros, por el vertido de aguas residuales al cauce del río Saja, sin autorización del organismo de cuenca, en el barrio de Riaño, en el término municipal de Santillana del Mar (Cantabria).

Cultura

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ampliación de la sede del Museo de Bellas Artes de Sevilla al Palacio de Monsalves y su remodelación.

Sanidad y Política Social

  • ACUERDO por el que se aprueba financiar nueve proyectos internacionales, seis de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, uno de la Organización Panamericana de la Salud, uno de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas de Perú y otro de la Junta Nacional de Drogas de Uruguay, por un importe total de 400.000 euros.
  • ACUERDO por el que se establece la cuantía de una contribución a la Organización Mundial de la Salud en el año 2010, en el ámbito del Ministerio de Sanidad y Política Social, por importe de 200.000 euros.


ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se nombra Consejera Electiva de Estado a Dª AMELIA VALCÁRCEL BERNALDO DE QUIRÓS.

Fomento


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Justicia

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE ARBITRAJE

  • Establece un procedimiento arbitral para resolver las controversias jurídicas relevantes que puedan surgir entre la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, o entre dos o más de ellos.
  • Las funciones de apoyo y control judicial del arbitraje se atribuyen a las Salas de lo Civil y de lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, que hoy corresponden a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Mercantil.
  • Reducirá carga de trabajo y costes a los tribunales. Reforzará la posición internacional de España como Corte Arbitral, sobre todo con los países iberoamericanos.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley para la reforma de la Ley de Arbitraje y de Regulación del Arbitraje Institucional en la Administración General del Estado de 2003, que se acompaña de un Proyecto de Ley Orgánica complementaria por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1995, en lo que se refiere a las funciones de apoyo al arbitraje de los tribunales, Proyecto de Ley que también se remite a las Cortes Generales.

La finalidad de esta norma es impulsar los sistemas alternativos de resolución de conflictos o controversias, reduciendo así la carga de trabajo de los tribunales a la vez que los costes. Asimismo, otorga mayor rapidez y conformidad con la resolución por laudo, al haber sido dictado por árbitros designados por las partes. Con la reforma se pretende potenciar el uso del arbitraje y reforzar la posición internacional de España como corte de arbitraje, sobre todo en relación con los países iberoamericanos.

Principales modificaciones

  • Las funciones de apoyo y control judicial del arbitraje se atribuyen a las Salas de lo Civil y de lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, que incluye el nombramiento judicial de los árbitros, el conocimiento de la acción de anulación del laudo y el exequátur de laudos extranjeros, que hoy corresponden a los juzgados de primera instancia y de lo mercantil. Se eleva, por tanto, el nivel de los órganos judiciales que realizan tales funciones y se potencia la uniformidad de criterio, lo que redunda en una mayor previsibilidad de las decisiones. Internacionalmente, esta medida es valorada muy positivamente pues atribuir las decisiones jurisdiccionales derivadas del arbitraje, en especial el reconocimiento de laudos extranjeros a tribunales superiores, supone elevar de rango la institución arbitral.
  • Se modifica el tratamiento judicial de la existencia de una cláusula arbitral, la cual deja de ser una falta de jurisdicción o competencia que haya de ponerse de manifiesto mediante declinatoria, para tratarse como una excepción procesal, cuya tramitación resulta más funcional para los arbitrajes tanto nacionales como internacionales.
  • Sin perjuicio de otras posibilidades en el ámbito societario, se explicita la posibilidad del arbitraje en materia de impugnaciones sociales, reconociendo el arbitraje estatutario para las sociedades de capital.
  • Se refuerzan la capacidad, la responsabilidad y las incompatibilidades de los árbitros, así como el papel de las instituciones arbitrales, en aras a potenciar su independencia y la transparencia de su labor. La reforma respeta el régimen de los arbitrajes de consumo, a los que las previsiones de la Ley de Arbitraje se aplican tan sólo supletoriamente.
  • Se introducen modificaciones de carácter formal en los laudos, en los cuales desaparece la mención a los votos particulares y se pasa a exigir en todo caso la motivación de los laudos.
  • Se simplifica la tramitación de la acción de anulación de los laudos definitivos establecida en la vigente Ley de Arbitraje y se incorpora como novedad una solución rápida a los supuestos de extralimitación parcial del laudo.
  • También se incorporan las entidades públicas a los sistemas alternativos de resolución de controversias con renuncia a cualquier otra vía jurisdiccional o administrativa. A través de una disposición adicional, con la rúbrica de "Controversias jurídicas en la Administración General del Estado y sus Organismos públicos" se establece un procedimiento arbitral para resolver las controversias jurídicas relevantes que puedan surgir entre la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, o entre dos o más de ellos. Asimismo, el procedimiento será de aplicación a las sociedades mercantiles estatales y fundaciones del sector público estatal con sus organismos de tutela o matrices.

Quedan fuera de este procedimiento las cuestiones de naturaleza penal, responsabilidad contable, conflictos de atribuciones y las cuestiones derivadas de las actuaciones de la Intervención General del Estado.

  • Por último, se modifica la vigente regla de nulidad del convenio arbitral en caso de concurso de acreedores por la de su vigencia, sin perjuicio de que el juez del concurso pueda anularlo en caso de perjuicio para los acreedores.


Justicia

REGULADA LA APLICACIÓN DE LOS PROCESOS EUROPEOS MONITORIO Y DE ESCASA CUANTÍA

  • Agilizará el cobro de deudas ante los tribunales, de especial utilidad para las operaciones comerciales que afectan sobre todo a pequeños y medianos empresarios.
  • Se eleva de novecientos a dos mil euros la cantidad para la que no es precisa la intervención de abogado y procurador en los procesos civiles.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía.

Esta reforma supone una aproximación a los instrumentos que, con igual propósito de tutelar los créditos, se han ido implantando en la Unión Europea durante estos últimos años a través de lo que la doctrina califica como un derecho procesal europeo. Asimismo, se han introducido en el derecho interno algunos principios que inspira el derecho comunitario con el propósito de aproximar la legislación nacional a la europea.

En este sentido, se destaca que se ha elevado en el juicio verbal la cuantía para la que no es precisa la intervención de abogado y de procurador, que pasa de novecientos a dos mil euros, en consonancia con la cantidad del proceso europeo de escasa cuantía.

En la legislación comunitaria, el proceso monitorio europeo aprobado por un Reglamento comunitario de 2006, aparece como una vía de reclamación transfronteriza de créditos pecuniarios no impugnados, y el proceso europeo de escasa cuantía aprobado por otro Reglamento de 2007 permite cualquier tipo de demanda cuando su valor, excluidos los intereses, gastos y costas, no rebase los dos mil euros.

Sólo asuntos civiles y mercantiles

Ambos procesos comprenden únicamente reclamaciones en asuntos civiles y mercantiles, de acuerdo con las normas de la Unión Europea, con inclusión del contrato de trabajo dentro del ámbito del proceso monitorio europeo, que en el derecho español no se incluye dentro del Derecho Civil o Mercantil.

Los procesos europeo monitorio y de escasa cuantía tienen aplicación únicamente en litigios transfronterizos. Sin embargo, sí se ha pretendido equiparar cualquier reclamación de índole similar al margen de que se trate de un litigio nacional o transfronterizo, situando al mismo nivel a cualquier acreedor que reclame su deuda en España, tanto si reside en España, como si lo hace en otro país de la Unión Europea.


Trabajo e Inmigración

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE ECONOMÍA SOCIAL

  • Configura un marco jurídico único para un sector que representa el 3 por 100 del PIB y que se sitúa en torno a 1.350.000 empleos.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Economía Social, con la que se reconoce como tarea de interés general la promoción, estímulo y desarrollo de las entidades de la economía social y de sus organizaciones más representativas.

La economía social es el ejercicio de actividad económica y empresarial en el ámbito privado mediante la asociación de personas que, conforme a unos principios participativos y sociales, encaminan su acción al interés colectivo de sus miembros; pero también, en su caso, al interés general, tanto económico como social.

El objetivo básico de la Ley es configurar un marco jurídico que suponga el reconocimiento y mejor visibilidad de la Economía Social, otorgándole una mayor seguridad jurídica, sin pretender sustituir la normativa vigente de cada una de las entidades que conforman el sector.

Primacía del fin social sobre el capital

Estas organizaciones están formadas por un conjunto de entidades y empresas que actúan en la actividad económica mediante los siguientes principios: primacía de las personas y del fin social sobre el capital; aplicación de los resultados en función del trabajo y servicio prestado por los socios, y, en el caso de empresas que presten servicios sociales, los resultados se dirigen a intensificar dichas acciones; compromiso con el desarrollo local, la cohesión y la estabilidad, y, por último, independencia del sector respecto a los poderes públicos.

Se trata de empresas que, en el ámbito de la Unión Europea, se agrupan en Cooperativas, Mutualidades, Asociaciones y Fundaciones y que, en España, se concretan básicamente en:

  • Cooperativas, en sus distintas modalidades: de trabajo asociado, de consumidores y usuarios, agrarias, de viviendas, de servicios, de transportes, de crédito, de enseñanza, etcétera.
  • Mutualidades de previsión social.
  • Sociedades Laborales.
  • Empresas de inserción social.
  • Centros especiales de empleo.
  • Fundaciones sociales, laborales, etcétera.
  • Asociaciones de discapacitados.
  • Cofradías de pescadores.
  • Sociedades agrarias de transformación.

Representatividad

En cuanto a la representatividad, el Proyecto de Ley reconoce la importancia de la existencia de asociaciones que representen a la Economía Social y da un papel destacado a las Confederaciones Intersectoriales de ámbito estatal representativas, que serán aquellas que:

  • agrupen a la mayoría de tipos de entidades como las reflejadas con anterioridad.
  • tengan, al menos, el 25 por 100 del total de las entidades o empresas asociadas directamente o a través de organizaciones intermedias de las confederaciones de economía social que concurran al procedimiento de representatividad.
  • reúnan, al menos, al 15 por 100 de entidades asociadas a las diferentes organizaciones de cada tipo señalado.

Estos criterios serán desarrollados reglamentariamente.

Asimismo, se crea el Consejo para el Fomento de la Economía Social, órgano asesor consultivo para las actividades relacionadas con el sector, en el que estarán representadas paritariamente las Administraciones públicas y las entidades de la economía social, por medio de la confederación intersectorial más representativa, así como aquellas representativas del sector no integradas en dicha Confederación, además de contar con cinco expertos de reconocido prestigio.

Importante participación en la creación de empleo

Desde el punto de vista económico, esta Ley permite el reconocimiento de los valores de la Economía Social, reforzando el desarrollo de las distintas fórmulas de empresa que se acogen bajo los principios que la inspiran, sin olvidar su importante participación en la creación de empleo y en el PIB nacional.

El impacto en creación de empleo se sitúa en torno a 1.350.000 empleos, teniendo en cuenta diversos estudios realizados para considerar el empleo en otras entidades de la Economía Social, caso de asociaciones, fundaciones, empresas de inserción social, centros especiales de empleos, etcétera, además de incluir el de cooperativas y sociedades laborales. Según datos de la Seguridad Social, a 31 de marzo de 2010 había 376.569 personas dadas de alta en 38.505 cooperativas y sociedades laborales.


En cuanto al PIB, según datos fiscales de la memoria de la Agencia Tributaria del año 2007, las Cooperativas y Sociedades Laborales declararon una producción de 64.614,5 millones de euros, generando un valor añadido de 11.817,6 millones de euros. Incorporando otros datos económicos del resto de las figuras de la Economía Social, se podría concluir que esta representa el 3 por 100 del PIB.

La aprobación del Proyecto supone, además, cumplir con un compromiso del Presidente del Gobierno para dar respuesta a una de las demandas históricas del sector, la homogeneización mediante una norma de los principios básicos del sector, pero desde el respeto a la diversidad de entidades que conviven bajo ese denominador común.


Política Territorial

REFORMA DEL AMEJORAMIENTO DEL RÉGIMEN FORAL DE NAVARRA

  • Se da un paso adelante en el desarrollo del Régimen Foral, en la línea de los llamados Estatutos de segunda generación.
  • A partir de ahora, en caso de disolución del Parlamento y elecciones anticipadas, la duración de la nueva Legislatura no estará limitada, sino que tendrá un período íntegro de cuatro años.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales Proyecto de Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. El objetivo de esta reforma es dar un nuevo paso en el desarrollo foral navarro, en la línea de los llamados Estatutos de segunda generación, y adaptar el texto a los nuevos retos y necesidades de la sociedad navarra actual.

El Parlamento de Navarra aprobó el pasado 10 de junio el texto de Ley Paccionada para la reforma de la Ley Orgánica, resultado de las negociaciones entre el Gobierno de España y el de Navarra que culminaron el pasado mes de marzo. El documento acordado fue, tal y como está previsto en la propia legislación foral, remitido al Gobierno para su tramitación como Ley Orgánica ante las Cortes Generales. Hasta la fecha, la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra sólo había sido modificada una vez, en 2001.

El Proyecto de Ley aprobado hoy afecta a una veintena de artículos. La reforma más sustancial es la que afecta al Título I, relativo a las instituciones de la Comunidad Foral. De esta forma, se establece que, en el caso de que el Presidente de Navarra acuerde la disolución del Parlamento y la convocatoria de elecciones anticipadas, el nuevo Parlamento que resulte de la convocatoria electoral tendrá un mandato completo de cuatro años. En la actualidad, este período estaba limitado al tiempo que restara hasta la finalización natural de la Legislatura.

De la misma forma, se establece que, si en el plazo de tres meses desde la celebración de los comicios no se presentase ningún candidato a la Presidencia, que a partir de esta reforma se denominará Presidente de la Comunidad Foral de Navarra, o ninguno de los presentados resultase elegido, el Parlamento quedará disuelto y se convocarán nuevas elecciones.

La reforma también afecta al régimen de la Cámara de Comptos (organismo fiscalizador de la gestión económica y financiera del sector público en esta comunidad) y establece el régimen del Defensor del Pueblo de Navarra y del Consejo de Navarra como órgano consultivo superior de la Comunidad Foral. También se habilita al Gobierno para dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de decretos-leyes forales.


Novedades sobre facultades y competencias

Respecto a las facultades y competencias de la Comunidad Foral, se regulan las figuras del Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Fiscal Superior de Navarra, y se adapta la terminología de las políticas de igualdad en algunas competencias de la Comunidad Autónoma.

En el ámbito internacional se establece la información que Navarra debe recibir sobre los Tratados Internacionales que afecten a sus competencias y la posibilidad de dirigir al Gobierno de España observaciones o solicitudes de integración de representantes de la Comunidad Foral para la celebración de tratados o convenios internacionales. En el caso de la Unión Europea, se prevé la participación y actuación de la Comunidad Foral en los asuntos que afecten a sus competencias o intereses.

El Proyecto, además, deroga cuatro disposiciones transitorias (1ª, 2ª, 5ª y 6ª) por haber sido ya cumplidos los mandatos contenidos en ellas.


Industria, Turismo y Comercio

APROBADA LA ESTRATEGIA 2011-2015 DEL PLAN AVANZA 2

  • Situará a España como líder en el uso de productos y servicios TIC avanzados. Coadyuvará al cambio de modelo económico a través de las TIC, al generar un incremento de la competitividad y la productividad.
  • La Estrategia 2011-2015 centrará sus esfuerzos en diez objetivos, entre los que se encuentran fomentar la inversión en redes de alta capacidad, generalizar la Administración electrónica, extender la cultura de la seguridad, fortalecer el sector de los contenidos digitales y desarrollar las TIC verdes.

El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza 2. Esta segunda fase da continuidad al Plan Avanza, incorpora las actuaciones en ejecución y actualiza sus objetivos iniciales para adecuarlos a los nuevos retos de la Sociedad en Red.

El Plan Avanza, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el 4 de noviembre de 2005, ha permitido alcanzar una masa crítica en España, tanto en términos de mercado, como de usuarios, en la aceptación generalizada de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y en la cobertura global de servicios TIC, lo que facilitará enormemente el progreso en los próximos años.

Así ha sido reconocido por la OCDE en su informe "Buena Gobernanza en las Políticas Digitales: Cómo Maximizar el Potencial de las TIC. El Caso del Plan Avanza", donde se señala que el Plan Avanza es la política más completa puesta en marcha en España hasta la fecha para el desarrollo de la Sociedad del Conocimiento y que ha permitido alcanzar ya importantes logros en la difusión de las TIC. Según este mismo informe, el Plan Avanza puede consolidarse como una estrategia política clave para España: a corto plazo para que contribuya a la recuperación económica y a largo plazo para que se convierta en un apoyo determinante para la fundación de un nuevo modelo económico sostenible.

Nueva etapa

Una vez alcanzados una buena parte de los objetivos planteados y siendo conscientes de la necesidad de seguir avanzando hacia una Sociedad del Conocimiento, comienza una nueva etapa integrada por cinco ejes estratégicos de actuación: Infraestructuras, Confianza y Seguridad, Capacitación Tecnológica, Contenidos y Servicios Digitales y Desarrollo del Sector TIC. De este modo, se aprueba ahora la estrategia de ejecución para el período 2011-2015, que no está vinculada a unos presupuestos concretos, sino que marca unas prioridades que se adoptarán y desarrollarán dentro del marco presupuestario que se apruebe cada año.


Una de las principales contribuciones del Plan Avanza 2 es coadyuvar al cambio de modelo económico de nuestro país a través de las TIC, ya que la generalización de su uso genera un incremento de la competitividad y la productividad, además de favorecer la igualdad de oportunidades, dinamizando la economía y consolidando un modelo de crecimiento económico sostenible.

El proceso de elaboración de la Estrategia ha estado marcado por el consenso que ha suscitado entre las fuerzas políticas. En concreto, en diciembre de 2009 el Senado aprobó por unanimidad un documento de propuestas que han sido incorporadas íntegramente en la Estrategia. Asimismo, en este proceso han colaborado también el sector privado y el conjunto de agentes sociales, políticos e institucionales con el fin de lograr la máxima eficacia y eficiencia de las iniciativas identificadas.

La primera fase del Plan Avanza perseguía recuperar el retraso de España respecto de la Unión Europea, especialmente en cobertura y conectividad, mientras que la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza 2 pretende situar a España en una posición de liderazgo en el desarrollo y uso de productos y servicios TIC avanzados.

Objetivos de la Estrategia

Como punto de partida del Plan Avanza aprobado en 2005, así como el marco europeo en el que se encuadran este tipo de iniciativas, se han identificado 34 retos concretos que debe abordar España en el ámbito de las TIC. En este contexto, la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza 2 va a centrar sus esfuerzos en la consecución de los siguientes diez objetivos que facilitarán la superación de los retos definidos:

  • Promover procesos innovadores TIC en las Administraciones Públicas.
  • Extender las TIC en la sanidad y el bienestar social.
  • Potenciar la aplicación de las TIC al sistema educativo y formativo.
  • Mejorar la capacidad y la extensión de las redes de telecomunicaciones.
  • Extender la cultura de la seguridad entre la ciudadanía y las empresas.
  • Incrementar el uso avanzado de servicios digitales por la ciudadanía.
  • Extender el uso de soluciones TIC de negocio en la empresa.
  • Desarrollar las capacidades tecnológicas del sector TIC.
  • Fortalecer el sector de contenidos digitales.
  • Desarrollar las TIC verdes.

Para conseguir estos objetivos se han identificado cuatro acciones de gran alcance y más de cien medidas concretas que se deben articular.


En concreto, las acciones de gran alcance son las siguientes:

  • Avance hacia una Administración sin papeles en 2015.
  • Compartición de recursos y "Cloud Computing" en la Administración General del Estado para lograr ahorros en recursos informáticos.
  • Uso de redes y edificios inteligentes para conseguir ahorros en la Administración.
  • Impulso de sectores estratégicos. Plan Integral de Industria PIN 2020, contenidos digitales, TIC ecológicas y TDT interactiva.

Asimismo, se han definido treinta indicadores de impacto que medirán su grado de consecución y una serie de metas cuantificables, entre las que destacan:

  • En el año 2011 se hará realidad el servicio universal a una velocidad de 1Mbps.
  • A partir del año 2011 se van a conseguir ahorros energéticos en la Administración de hasta un 20 por 100 por el uso de redes y edificios inteligentes.
  • En el año 2012 estará implantada la Historia Clínica Digital en toda España.
  • Para el año 2014 se prevé un aumento en más de un 50 por 100 sobre el valor del año 2009 de las exportaciones del sector TIC.
  • Para el año 2015 el 80 por 100 de la población dispondrá de banda ancha de 10 Mbps y el 50 por 100 de la población dispondrá de banda ancha de 100 Mbps.
  • En 2015 el 60 por 100 de empresas enviarán y recibirán facturas electrónicas.
  • Para el año 2015 el 50 por 100 de la población realizará compras on-line
  • Para el año 2015 el impacto global de las TIC sobre el PIB alcanzará el 30 por 100.
  • Creación de empleo de alta cualificación que fomentará especialmente la integración de los jóvenes en el mercado laboral. Se estima en más de 300.000 nuevos empleos entre 2011 y 2015.
  • Conseguir un crecimiento medio anual del sector de contenidos digitales de un 20 por 100.

Adicionalmente, se han identificado un conjunto de reformas normativas, necesarias, tanto para eliminar las barreras existentes a la expansión y uso de las TIC, como para garantizar los derechos de los ciudadanos en la Sociedad de la Información.

En lo que se refiere al modelo de ejecución para la puesta en marcha de estas medidas, se mantiene el modelo de colaboración con todos los niveles de la Administración Pública, en especial con las Comunidades Autónomas y las entidades locales, así como con las entidades sin fines de lucro y las empresas privadas, iniciado por el Plan Avanza.


Industria, Turismo y Comercio

APROBADO EL PLAN PARA PROMOVER LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS

  • El Plan 2000ESE está llamado a convertirse en el detonante del crecimiento y la viabilidad del incipiente mercado de los servicios energéticos en España, contribuyendo de este modo a la creación de empleo y a la introducción de la cultura de la eficiencia energética.
  • Serán dos mil los centros públicos que se identificarán y que se convertirán en proyectos de eficiencia energética: mil pertenecientes a la Administración Autonómica y Local, y otros mil a la Administración General del Estado.
  • Cada Comunidad Autónoma establecerá una línea de ayudas por un importe máximo del 20 por 100 de la inversión, que será cubierta con un 15 por 100 a cargo del presupuesto no aplicado del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, pudiendo complementarse en un 5 por 100 adicional con recursos propios de la CCAA.
  • El Plan define el Centro Consumidor de Energía (CCE) como unidad que cuenta con un potencial reseñable de ahorro energético y/o con potencialidad de aprovechamiento de energías renovables.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de impulso a la contratación de servicios energéticos cuyo principal objetivo es convertir los centros públicos y privados españoles en edificios eficientes desde el punto de vista energético.

El Plan conocido como el Plan 2000ESE, que articula un conjunto de medidas para reducir al menos en un 20 por 100 el consumo de energía en los edificios destinatarios, está llamado a convertirse en el detonante del crecimiento y la viabilidad del incipiente mercado de los servicios energéticos en España. Contribuye de este modo a la creación de empleo y a la introducción de la cultura de la eficiencia energética y del aprovechamiento de las energías renovables, tal como propone una Directiva comunitaria de 2006.

Las medidas de ahorro energético serán la herramienta principal del Plan y se complementarán con la introducción paulatina de la utilización de las energías renovables como estrategia de gestión de la demanda energética, con la finalidad de ahorrar energía de origen fósil y disminuir la dependencia energética.

La primera iniciativa gubernamental de este tipo ha permitido reducir en 2009 la factura energética de los edificios del complejo de Cuzco (sede del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio) en 485.814 euros respecto a 2008. Además, este menor consumo energético tiene también un impacto positivo para el medio ambiente, ya que evitó la emisión a la atmósfera de 1.500 toneladas de CO2.

Esquema de actuación

Como sujetos principales destinatarios de las actuaciones, el Plan define el Centro Consumidor de Energía como unidad que cuenta con un potencial reseñable de ahorro energético y/o con potencialidad de aprovechamiento de energías renovables, al que por sus condiciones resulta aconsejable y rentable aplicar medidas de fomento del ahorro, de eficiencia energética y de incorporación de energías renovables bajo un "contrato de servicios energéticos" a cargo de una Empresa de Servicios Energéticos en los sectores de actividad industrial, transporte o usos diversos, como edificación o alumbrado público.

Como esquema de actuación, el Plan propone, en primer término, la identificación del potencial de ahorro energético y de aporte de las energías renovables en los Centros Consumidores y la determinación de las medidas necesarias para realizarlo, mediante realización de diagnósticos y auditorías energéticas.

Un segundo paso consistiría en la formalización de un contrato con Empresas de Servicios Energéticos, que son las constituidas por las personas físicas o jurídicas con capacidad y preparación para proporcionar este tipo de asistencias en las instalaciones o locales de un usuario y que afrontan cierto grado de riesgo económico al hacerlo, pero que podrán ayudarse en su financiación con la "Línea ICO-Economía Sostenible" vigente en el momento de su ejecución.

La duración del contrato se acordará por un periodo determinado en función del tiempo necesario para la amortización de las inversiones realizadas por la Empresa de Servicios Energéticos o de las fórmulas de financiación que se prevean. El pago de los servicios prestados se basará, en parte o totalmente, en el ahorro energético obtenido mediante la mejora de la eficiencia energética del edificio y la condición irrenunciable es la obtención de ahorros de energía por introducción de mejoras de la eficiencia energética de los edificios y en el cumplimiento de los demás requisitos de rendimiento convenidos.

En tercer lugar, se prevé la ejecución de las medidas de ahorro y eficiencia energética y aprovechamiento de energías renovables por parte de la Empresa de Servicios Energéticos. Por último, el cuarto paso es el del seguimiento y verificación de los ahorros energéticos y de la producción con energías renovables.

Subprogramas diferenciados para centros de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales

El Plan distingue un programa dirigido al Sector Público que se desglosa en tres subprogramas de actuación en función de la titularidad de los Centros Consumidores: Subprograma Administración Local, Subprograma Administración Autonómica y Subprograma Administración General del Estado.

En su conjunto, serán dos mil los centros que se identificarán y que se convertirán en proyectos de eficiencia energética que garanticen un 20 por 100 de ahorro sobre el consumo actual: mil pertenecientes a la Administración Autonómica y Local y los otros mil a la Administración General del Estado.

Los centros consumidores de energía que se podrán acoger al Subprograma de la Administración Autonómica o Local deberán tener una facturación energética y de mantenimiento de las instalaciones consumidoras de energía superior a 200.000 euros/año.

Líneas de apoyo económico

Los proyectos de las Administraciones Autonómica y Local podrán contar con una serie de apoyos económicos, tanto para la contratación de una asistencia técnica dirigida a la realización de diagnósticos, auditorías energéticas y preparación de los contratos energéticos, como en concepto de prima o compensación dirigida a las dos Empresas de Servicios Energéticos finalistas de los concursos. Además, habrá una línea de apoyo económico, con un montante máximo de ochenta millones de euros dirigida a las Empresas de Servicios Energéticos para la realización de inversiones en medidas de ahorro y eficiencia energética y aprovechamiento de energías renovables.

Se establecerá una línea de ayudas por un importe máximo del 20 por 100 de la inversión elegible, que será cubierta con un 15 por 100 a cargo del presupuesto no aplicado del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética de la que podrá complementarse en un 5 por 100 adicional con recursos propios de la Comunidad Autónoma.

Asimismo, las empresas de servicios energéticos podrán obtener financiación a través del Fondo de Economía Sostenible-Línea ICO Economía Sostenible.

Durante el desarrollo de este Plan se realizarán sesiones de formación, información y difusión del Plan dirigidas a los sectores afectados (propietarios, gestores energéticos, responsables técnicos y de contratación, empresas de servicios energéticos) orientadas, tanto a los aspectos de contratación, como a los técnico-energéticos.


Sanidad y Política Social

REGULADO EL CENTRO DE NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA DE LA LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA

  • El Centro, que se integra en el Real Patronato sobre Discapacidad, permitirá equiparar esta lengua al resto de las lenguas de España.
  • En España viven algo más de 900.000 personas con algún tipo de discapacidad auditiva.

El Gobierno ha aprobado la regulación del Centro de Normalización Lingüística de la lengua de signos española. Esta regulación modifica el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, con objeto de integrar en el mismo a dicho Centro.

De esta forma, el Gobierno cumple con el mandato de la Ley de 23 de octubre de 2007, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. Esta Ley ya contemplaba la integración del Centro de Normalización Lingüística de la lengua de signos española en el Real Patronato sobre Discapacidad.

La regulación de este Centro equipara la lengua de signos al mismo nivel del resto de las lenguas de España y demuestra el compromiso del Gobierno con las políticas sociales y concretamente con las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

Entre los fines que persigue este Centro están los de investigar, fomentar y difundir la lengua de signos española, así como velar por su buen uso y convertirse también en el Observatorio de la Lengua de Signos Española.

Igualmente, el Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española, tiene entre otras funciones, las de realizar informes sobre el uso de la lengua de signos española, establecer la normalización de su uso, participar en los foros de consulta sobre discapacidad o contribuir a la planificación y coordinación de planes de formación y docencia y de las investigaciones realizadas respecto a la lengua de signos española.

Estará regido por un Consejo Rector formado por representantes, tanto de la Administración General del Estado, como de las entidades representativas del movimiento asociativo de la comunidad lingüística de las personas usuarias de la lengua de signos española.


En España viven algo más de novecientas mil personas con algún tipo de discapacidad auditiva. La accesibilidad en la comunicación es un factor indispensable en la participación social y el ejercicio de las libertades fundamentales: educación, empleo, salud, cultura, etcétera. En este sentido, además del Centro que hoy se regula, el Gobierno ha puesto en marcha el Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción, y el Centro Nacional de Tecnologías de la Accesibilidad, así como el sistema S-Visual, que permite la comunicación telefónica entre usuarios oyentes y personas sordas, o la TDT accesible, entre otras actuaciones.


Economía y Hacienda

AUTORIZADOS DOS SUPLEMENTOS DE CRÉDITO Y LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado dos suplementos de crédito, uno por importe de cuatrocientos millones de euros en el presupuesto del Fondo de Garantía Salarial y otro por importe de 2.607.771,94 euros en el presupuesto del Instituto de Astrofísica de Canarias (IACC), y ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar un crédito extraordinario en el Ministerio de Sanidad y Política Social, por un importe de 585.930,76 euros.

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El suplemento de crédito de cuatrocientos millones de euros será destinado a atender el pago a los trabajadores de las prestaciones acordadas, según lo dispuesto en la Ley Concursal , de 9 de julio de 2003, y en el Texto Refundido de la Ley General del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo de 24 de marzo de 1995.

Así, el organismo debe abonar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones que las empresas para las que trabajan no han podido satisfacer por encontrarse en situación legal de insolvencia o haber sido declaradas en situación de concurso.

Esta autorización para ampliar el presupuesto de prestaciones del FOGASA, desde los 900 a los 1.300 millones, permitirá hacer frente al incremento de solicitudes recibidas a lo largo de 2010 y se financiará con el remanente que el organismo tiene depositado en Deuda Pública en el Banco de España.

Instituto de Astrofísica de Canarias

Se ha autorizado un suplemento de crédito por importe global de 2.607.771,94 euros en este organismo con la finalidad de atender los costes directos e indirectos derivados de los proyectos de investigación que desarrolla y que tienen un período de ejecución superior al año. De esta cantidad 1.446.269,80 euros se destinan a gastos de personal y 1.161.502,14 euros, a inversiones del organismo autónomo.

El Instituto de Astrofísica de Canarias es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación responsable de la exploración científica y técnica del cielo de Canarias y el gestor de la organización astrofísica europea. Este Instituto suscribe convenios de colaboración o recibe ayudas, tanto de instituciones nacionales, como internacionales, para financiar, entre otros, los gastos derivados de los proyectos de inversión que acomete y de la contratación del personal necesario para abordarlos.


Fondo de Contingencia

La aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe de 585.930,76 euros, se autoriza para financiar un crédito extraordinario en el Ministerio de Sanidad y Política Social, con la finalidad de cumplir una sentencia de la Audiencia Nacional de 2007 condenatoria al pago de compensaciones económicas por la colaboración prestada en materia sanitaria durante el ejercicio 2003 y enero de 2004 a la entidad colaboradora Patentes Talgo, S. A.


Fomento

ADAPTADA A LA LEGISLACIÓN COMUNITARIA LA NUEVA REGLAMENTACIÓN DEL TRANSPORTE TERRESTRE

  • No se modifica la regulación actual para vehículos con conductor y se suprime el requisito de autorización para arrendar vehículos sin conductor, aunque manteniendo la regulación de esa actividad y el uso de los vehículos arrendados.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, con el objetivo de adaptarlo a lo establecido por la norma legal conocida como Ley Ómnibus, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

En el proceso de elaboración del Real Decreto aprobado por el Gobierno el Ministerio de Fomento ha tenido en cuenta las posiciones expresadas tanto en el Comité Nacional del Transporte por Carretera como en Consejo Nacional de Transportes Terrestres, así como a las respectivas Direcciones de Transportes de todas las Comunidades Autónomas.

La práctica totalidad de las modificaciones que se introducen en el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres mediante la norma aprobada, son de carácter técnico y paralelas a las que han afectado a la propia Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres por el artículo 21 de la citada Ley "Ómnibus".

Arrendamiento de vehículos

Por lo que se refiere al arrendamiento de vehículos con conductor, se mantienen sin modificación alguna los requisitos exigidos actualmente para el ejercicio de la actividad.

La principal novedad normativa afecta a la actividad de arrendamiento de vehículos sin conductor, para la que la que se suprime la exigencia de autorización, si bien se mantiene y sigue vigente la regulación relativa al ejercicio de la actividad y al uso de vehículos arrendados.

Por último, el Real Decreto aprobado hoy suprime las referencias a las autorizaciones de los centros logísticos y de transporte y la regulación de los centros de información y distribución de cargas, en línea con las modificaciones ya aprobadas en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.


Fomento

UNIFICADOS LOS INDICADORES DE SEGURIDAD Y LOS MÉTODOS DE CÁLCULO DE COSTES DE ACCIDENTES FERROVIARIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se introducen modificaciones de carácter técnico en el Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General, con el objetivo de adaptar a una Directiva comunitaria europea la elaboración de los indicadores de seguridad y los métodos de cálculo de costes de accidentes ferroviarios.

Mediante el Real Decreto aprobado hoy se completa la relación de los Indicadores Comunes de Seguridad contenidos en el Anexo de un Real Decreto de 2007, añadiendo algunos que no figuraban en dicho anexo. Por otra parte, se definen los Indicadores Comunes de Seguridad y se establece una metodología común para el cálculo de las repercusiones económicas de los accidentes.

Se homogeneiza, de esta manera, la normativa y se armoniza la medición de la accidentalidad en el conjunto de la Unión Europea mediante unos procedimientos de cálculo comunes que reflejen de forma equiparable las incidencias y sus repercusiones. De este modo, se garantizan y facilitan la vigilancia y la supervisión de la seguridad en la Red Ferroviaria de Interés General.


Industria, Turismo y Comercio

ASIGNACIÓN DE UN MÚLTIPLE A CADA CONCESIONARIO DE TDT DE ÁMBITO ESTATAL

  • Con carácter transitorio, cada concesionario de TDT accederá a la capacidad equivalente de un múltiple digital de cobertura estatal distribuida entre dos múltiples digitales y el acceso al múltiple definitivo se producirá antes del 1 de enero de 2015.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se asigna un múltiple digital de cobertura estatal a cada una de las sociedades concesionarias del servicio de TDT de ámbito estatal: Antena 3, Gestevisión Telecinco, Sogecable, Veo Televisión, NET TV y La Sexta. El múltiple digital está integrado por cuatro canales digitales de televisión susceptibles de ser explotados las veinticuatro horas del día.

La asignación se produce previa solicitud y una vez que, producido el cese de emisiones con tecnología analógica, se ha verificado que las sociedades concesionarias del servicio de televisión digital terrestre han cumplido las obligaciones que, en materia de impulso y desarrollo de la televisión digital terrestre, habían asumido en el marco del Plan Técnico Nacional de Televisión Digital Terrestre y del Real Decreto por el que se regula la asignación concreta de los múltiples de la televisión digital terrestre tras el cese de las emisiones de la televisión terrestre con tecnología analógica.

El citado Real Decreto dispone que, con carácter transitorio, cada una de las sociedades concesionarias del servicio público de televisión terrestre de ámbito estatal accederá a la capacidad equivalente de un múltiple digital de cobertura estatal (cuatro canales digitales), distribuida entre dos múltiples digitales. El acceso al múltiple definitivo se producirá, en todo caso, antes del 1 de enero de 2015, de acuerdo con las fases establecidas en el Real Decreto.

Con este acuerdo, y tras la exitosa culminación del proceso de transición a la TDT y del cese de las emisiones con tecnología analógica, el Gobierno posibilita de nuevo que se pongan a disposición de los ciudadanos un mayor número de canales de televisión y que los operadores dispongan de mayores capacidades del espectro radioeléctrico a partir de las cuales disfrutar de mayor flexibilidad para emitir nuevos contenidos o para utilizar distintas opciones tecnológicas, como la televisión de alta definición (HDTV) o televisión en tres dimensiones (3D).


Sanidad y Política Social

APORTACIONES PARA LA LUCHA CONTRA LAS DROGAS EN LATINOAMÉRICA Y PARA UN PROGRAMA DE GÉNERO Y SALUD

  • Los 400.000 euros destinados a la lucha contra las drogas en Latinoamérica proceden del Fondo de Bienes Decomisados por Tráfico de Drogas y permitirán financiar nueve proyectos internacionales de lucha contra las drogas en diferentes países latinoamericanos.
  • 200.000 euros se destinan al desarrollo de un programa sobre Género y Salud de la OMS en la región europea.

El Gobierno ha acordado destinar cuatrocientos mil euros para la lucha contra las drogas en Latinoamérica y doscientos mil euros para el desarrollo por parte de la Organización Mundial de la Salud de un programa sobre Género y Salud en la región europea.

Los cuatrocientos mil euros proceden del Fondo de Bienes Decomisados por tráfico de drogas y delitos relacionados, y permitirán financiar un total de nueve proyectos internacionales de lucha contra las drogas en diferentes países latinoamericanos. Seis de estos proyectos son de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y Delitos relacionados; uno, de la Organización Panamericana de la Salud; un tercero, de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas de Perú, y otro, de la Junta Nacional de Drogas de Uruguay.

Programa sobre género y salud de la OMS

Asimismo, el Consejo de Ministros ha decidido destinar doscientos mil euros al desarrollo de un programa sobre género y salud de la Organización Mundial de la Salud en la región europea. España participa en el desarrollo de este programa a través del Observatorio de Salud de la Mujer, del Ministerio de Sanidad y Política Social.


Economía y Hacienda

PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA EN LA AMPLIACIÓN DE CAPITAL DEL BANCO EUROPEO DE RECONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha aprobado la participación de España en la ampliación de capital del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), autorizada por la Junta de Gobernadores de la institución.

Dicha participación supone una suscripción de 34.049 nuevas acciones, lo que permitirá mantener la cuota actual española del 3,4 por 100 en el capital social del Banco. De ellas, 30.614 acciones serán no desembolsadas y las 3.435 restantes a desembolsar con cargo a las reservas del Banco.

El capital suscrito por el Banco en la ampliación se elevará en diez mil millones de euros, de los que nueve mil millones de euros son en forma de capital no desembolsado y mil millones de euros en forma de capital a desembolsar. La suscripción que le corresponde a España no conlleva desembolso económico por parte del Estado, al ser la parte del capital a desembolsar financiada con cargo a las reservas del Banco.

La participación de España en la ampliación de capital del BERD es imprescindible para que el Banco pueda proporcionar un apoyo financiero adicional a sus países de operaciones en el período 2011-2015, en respuesta al reciente deterioro de su situación económica y financiera y cumplir así con el mandato del ECOFIN de diciembre de 2008.

El Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo es una institución financiera europea creada en 1991, cuyo objetivo es apoyar la transición hacia una economía de mercado en sus países de operaciones mediante la financiación de proyectos, tanto en el sector público como, fundamentalmente, en el privado.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONVENIO SOBRE EL CENTRO ESPAÑOL DEL INSTITUTO CERVANTES EN BUCAREST Y EL INSTITUTO CULTURAL RUMANO EN MADRID

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre España y Rumania sobre el funcionamiento del Centro Español del Instituto Cervantes en Bucarest y del Instituto Cultural Rumano en Madrid.

Este Acuerdo tiene por objeto regularizar el establecimiento y funcionamiento de los Institutos Culturales existentes desde hace tiempo en cada uno de los dos países.

En el texto se enumeran los principales objetivos de los Centros, que se resumen fundamentalmente en la divulgación de la lengua y la cultura de ambos países, y se definen y establecen de manera pormenorizada sus actividades. Ambos países se comprometen a facilitar el funcionamiento de los Centros para el cumplimiento de sus fines. Los Centros estarán adscritos a las respectivas Embajadas en cada uno de los dos países y, en el caso del Instituto Cultural rumano en Madrid, además, estará subordinado al Ministerio de Asuntos Exteriores de Rumania y al Instituto Cultural Rumano.

El Acuerdo establece, en base al principio de reciprocidad, tanto las normas que serán de aplicación al personal de los Centros (estatus jurídico, legislación laboral, de seguridad social, fiscal, exenciones, etcétera.), como al funcionamiento de los Centros propiamente dicho. El Convenio se suscribe por un período inicial de cinco años.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

COMPRAVENTA DE UNIDADES DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO CON ESTONIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un acuerdo entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de España y el Ministerio de Medio Ambiente de Estonia en virtud del cual España adquirirá unidades de cantidad asignada del citado país báltico que contribuirán a facilitar el cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco del Protocolo de Kioto. Estonia, por su parte, se compromete a destinar los ingresos obtenidos a financiar programas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), en el marco de lo que se conoce como "Esquemas de Inversión Verde".

En particular, el acuerdo contempla dos sectores de inversión con potencial de reducción de GEI y alto interés para las empresas españolas por su potencial exportador: parques eólicos y transporte sostenible. En la ejecución y seguimiento del acuerdo participará el Gobierno de España a través de un Comité Conjunto Hispano-Estonio.


Este acuerdo se enmarca en la estrategia española dirigida a hacer posible el cumplimiento de los compromisos de reducción de emisiones asumidos en la esfera internacional, al tiempo que se trata de potenciar la implantación de empresas españolas en el exterior.


Fomento

PUESTA EN MARCHA DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SECTOR POSTAL

  • Aprobado el nombramiento de su presidenta y sus cuatro consejeros.

El Consejo de Ministros ha aprobado el nombramiento de la Presidenta y los cuatro Consejeros del Consejo Rector de la nueva Comisión Nacional del Sector Postal, organismo público que tendrá plena autonomía para el ejercicio de sus funciones de regulación del sector postal.

La Comisión, adscrita al Ministerio de Fomento y regulada mediante un Real Decreto de 2009 que desarrolla reglamentariamente la Ley de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal, de 8 de octubre de 2007, está dirigida por un Consejo Rector y asistida por su secretario general y el personal a su servicio. Su objetivo es garantizar el correcto funcionamiento del mercado postal, el servicio postal universal, la protección de los usuarios y la consolidación del proceso de completa apertura de este mercado.

Con los nombramientos aprobados hoy por el Gobierno a propuesta del Ministerio de Fomento, su Consejo Rector estará presidido por Rosa Isabel Aza Conejo y en él participarán también como consejeros Ángel Chamorro Pérez -que además es vicepresidente-, Manuel Guillermo Varela Flores, María Ramos Cuadrado y Ramón Companys Sanfeliu. Todos ellos recibieron el visto bueno del Congreso tras su comparecencia, el pasado miércoles 14 de julio, ante la Comisión de Fomento de dicha Cámara.

Profesionales de reconocida trayectoria

Rosa Isabel Aza Conejo es Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Santiago de Compostela y es profesora del Departamento de Economía de la de Oviedo. Ha sido presidenta de los Consejos de Administración de Aucalsa y Viastur, y es autora y coautora de numerosas publicaciones científico-técnicas sobre temas económicos.

Por su parte, Ángel Chamorro es Licenciado en Derecho por la Universidad Pontificia de Comillas y pertenece al Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid. Hasta la fecha ocupaba el cargo de Letrado Jefe en la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.


Manuel Guillermo Varela es Ingeniero Técnico Agrícola y Licenciado en Derecho, además de funcionario del Cuerpo Especial de Ingenieros Técnicos Agrícolas del Estado. María Ramos es Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Valladolid y cuenta con una dilatada experiencia en auditorias a empresas del sector público y privado. Por su parte, Ramón Companys es Ingeniero Técnico por la Universidad de Barcelona y ha sido diputado en el Congreso de los Diputados y senador, en ambos casos durante varias Legislaturas.


Educación

APROBADO EL CARÁCTER OFICIAL DE DIECISÉIS NUEVOS TÍTULOS DE GRADO

El Consejo de Ministros ha acordado establecer el carácter oficial de dieciséis nuevos títulos de Grado y su incorporación al Registro de Universidades, Centros y Títulos.

En concreto, el Gobierno ha aprobado el carácter oficial de once títulos de grado de la Universidad de Valladolid, tres de la Universidad de León, uno de la Universidad de Salamanca y uno de la Universidad de Córdoba. Los títulos aprobados, en función de la correspondiente rama del saber, son los siguientes:

ARTES Y HUMANIDADES

Universidad de Valladolid

  • Graduado o Graduada en Estudios Clásicos
  • Graduado o Graduada en Estudios Ingleses
  • Graduado o Graduada en Historia
  • Graduado o Graduada en Historia del Arte
  • Graduado o Graduada en Traducción e Interpretación

CIENCIAS

Universidad de Valladolid

  • Graduado o Graduada en Química

CIENCIAS DE LA SALUD

Universidad de Valladolid

  • Graduado o Graduada en Fisioterapia

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Universidad de Córdoba

  • Graduado o Graduada en Derecho


Universidad de León

  • Graduado o Graduada en Derecho
  • Graduado o Graduada en Marketing e Investigación de Mercados (MIM)
  • Graduado o Graduada en Relaciones Laborales y Recursos Humanos

Universidad de Salamanca

  • Graduado o Graduada en Ciencia Política y Administración Pública

Universidad de Valladolid

  • Graduado o Graduada en Derecho
  • Graduado o Graduada en Periodismo
  • Graduado o Graduada en Relaciones Laborales y Recursos Humanos

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

Universidad de Valladolid

  • Graduado o Graduada en Ingeniería Informática

Con el establecimiento del carácter oficial de todos estos títulos son ya 924 los títulos de Grado incorporados al Registro de Universidades.


Economía y Hacienda

APROBADOS EL BALANCE Y CUENTAS DEL BANCO DE ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Balance y Cuentas del Banco de España correspondientes al ejercicio 2009. Los beneficios netos han ascendido a 2.673,18 millones de euros, una vez deducida la dotación de veintisiete millones de euros al Fondo de Atenciones Benéfico-Sociales.

Del importe de beneficios, el 1 de diciembre de 2009 se ingresó en el Tesoro Público la cifra de 1.706,6 millones de euros. El 1 de marzo de 2010 tuvo lugar el segundo ingreso en el Tesoro Público que ascendió a 699,1 millones de euros.

El resto, que asciende a 267,3 millones de euros, deberá ser ingresado por el Banco de España en el Tesoro Público con aplicación al Presupuesto de Ingresos del Estado, una vez aprobados el balance y las cuentas por el Gobierno.


Cultura

CONVENIO PARA AMPLIAR EL MUSEO DE BELLAS ARTES DE SEVILLA

  • El presupuesto de las actuaciones para incorporar el Palacio de Monsalves al espacio museístico asciende a dieciocho millones de euros.

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ampliación de la sede del Museo de Bellas Artes de Sevilla al Palacio de Monsalves y su remodelación.

El Museo de Bellas Artes de Sevilla, ubicado en el antiguo Convento de la Merced Calzada, es un museo de titularidad estatal adscrito al Ministerio de Cultura y gestionado por la Junta de Andalucía. La Junta destinará el Palacio de Monsalves a las funciones propias del Museo de Bellas Artes, con carácter indefinido y en todo caso durante un plazo no inferior a treinta años.

Ambas Administraciones están de acuerdo en la necesidad de dotar a la ciudad de Sevilla de un espacio expositivo adecuado a la importancia y trascendencia de los fondos existentes en el Museo de Bellas Artes, incrementando su capacidad, favoreciendo su modernización y mejorando, en definitiva, la oferta y dotaciones culturales puestas a disposición de los ciudadanos.

El coste calculado de la ampliación asciende a dieciséis millones de euros con cargo al presupuesto de gastos de la Gerencia, con la siguiente distribución: 2011: 500.000 euros; 2012: 2.000.000 de euros; 2013: 6.000.000 de euros y 2014: 7.500.000 euros.

La Junta asumirá con cargo a sus Presupuestos los gastos de personal, de mantenimiento y conservación del edificio e instalaciones del Museo, una vez finalizada la obra y puesto en marcha el servicio museístico.


Fomento

DIECISIETE MILLONES PARA OBRAS DE EMERGENCIA EN DIVERSOS PUNTOS DE LA RED VIARIA Y DE FERROCARRILES

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia realizadas en diversos puntos de un total de veinte carreteras de la red principal del Estado, en las que el Ministerio de Fomento ha invertido 8,56 millones de euros, así como en el túnel ferroviario de Peña Rayada, obra a la que se destinan 8,5 millones.

Carreteras

Las intervenciones en carreteras, que se realizan en las provincias de Almería, Cantabria, Lugo, Ourense, Pontevedra, Salamanca y Sevilla, han tenido en su mayoría por objeto la reparación de los daños causados por las abundantes precipitaciones en taludes y estructuras de carreteras nacionales y autovías.

En Andalucía Fomento ha realizado intervenciones por un importe superior a los tres millones de euros en las carreteras N-340 y N-340a en la provincia de Almería, y A-4, N-IVa, A-66, N-630, SE-30 y SE-20 en la de Sevilla, para la reparación de los daños sufridos en diversas carreteras por los sucesivos temporales invernales.

Por lo que respecta a Cantabria, Fomento ha procedido a reparar los daños provocados recientemente en un talud de la carretera N-623 a su paso por el término municipal de Corvera de Toranzo, con una inversión cercana a los 440.000 euros.

El Gobierno también ha tomado razón de las obras para la reparación de un paso inferior bajo la autovía A-66 en el término municipal de Aldeatejada, que con carácter previo han comportado la ejecución de apeo provisional del tablero, y que conllevarán diversas actuaciones para estabilizar los estribos de dicho paso inferior, así como a mejorar el vecino viaducto del Zurguen. Fomento destina a esta intervención más de 2,5 millones de euros.

Por último, el Ministerio de Fomento invierte en Galicia 2,5 millones de euros en varias obras de reparación y estabilización de taludes que han resultado dañados en las carreteras N-VI, A-6, A-8, N-634, N-640, N-642, N-540, N-120, A-55, VG-20, y N-541, así como en dos estructuras sobre sendos cauces fluviales, el del arroyo Samai y el del río Ventoso.


Obras del túnel de Peña Rayada

El Ministerio de Fomento, a través de ADIF, ha destinado, además, 8,5 millones de euros a corregir y prevenir movimientos verticales de tierra en la superficie y el interior del túnel de Peña Rayada, situado en la provincia de Valladolid y perteneciente al tramo Cabezón de Pisuerga-San Martín de Vallvení de la Línea de Alta Velocidad Valladolid-Burgos, y que se encuentra actualmente en fase de construcción.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

REPARACIONES EN INFRAESTRUCTURAS VIARIAS Y OTROS ELEMENTOS DE VARIAS PRESAS DE LA CUENCA MEDIA DEL GUADIANA

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a obras de emergencia para la reparación de daños en elementos funcionales e infraestructuras viarias de las presas de la zona tercera de la cuenca media del Guadiana, por un presupuesto de dos millones de euros.

Las intensas lluvias caídas, entre finales de diciembre de 2009 y marzo de 2010, provocaron numerosos daños en varios elementos funcionales de las presas tales como aliviaderos, paramentos y cuencos amortiguadores, así como en instalaciones auxiliares, sobre todo en caminos de servicio.

Estas obras de emergencia, ejecutadas por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, constan de las siguientes actuaciones:

  • Reparación de los sellos de las compuertas Taintor de las presas de Cijara, García de Sola y Orellana, todas dentro del sistema Guadiana, ya que han resultado dañados debido a las importantes solicitaciones hidrodinámicas a las que se han visto sometidos durante el período de desembalse.
  • Reparaciones de los daños producidos en los cuencos amortiguadores y paramentos de las presas del sistema Guadiana, por la misma causa que en el apartado anterior.
  • Reparación de los caminos perimetrales de los dos sistemas hidráulicos en los que están agrupadas las presas y embalses comprendidos en la zona tercera de la cuenca media del río Guadiana, debido a la gran cantidad de deslizamiento de taludes, desprendimientos rocosos, atascos de obras de drenaje transversal y longitudinal y deterioros importantes en las capas de rodadura y firme.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

MODIFICADO EL CONVENIO CON LA SOCIEDAD ESTATAL AGUAS DE LA CUENCA DEL GUADALQUIVIR

El Consejo de Ministros ha autorizado la adenda III a la modificación segunda del Convenio de gestión directa suscrito el 12 de enero de 2000 entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Guadalquivir S.A.

La Ciudad Autónoma de Ceuta es usuario de la actuación nº 9 encomendada a la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Guadalquivir, S.A. (ACUAVIR) en su Convenio de gestión directa, denominada "Estación Depuradora de Aguas Residuales de Ceuta".

La necesidad de una nueva actuación relacionada con la anterior es lo que origina esta adenda tercera a la modificación segunda del Convenio de gestión directa, con objeto de encomendar a ACUAVIR la ejecución de la actuación nº 11, denominada "Secado térmico de fangos de la Depuradora de Santa Catalina" y la "Mejora de calidad de vertidos" en la Ciudad de Ceuta, y, asimismo, la ampliación del plazo de recuperación de la parte de la inversión financiada con préstamo de la actuación nº 9, Depuradora de Ceuta.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

RESERVA DE BIENES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESALACIÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA, EN ALICANTE

El Consejo de Ministros ha declarado a petición de la Dirección General del Agua, dependiente de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la reserva de 73.329 metros cuadrados de terrenos de dominio público marítimo-terrestre, afectados por la realización del Proyecto de construcción de desalación y obras complementarias para la Marina Baja, en Alicante.

Dicha reserva se declara, entre otras, con las siguientes condiciones: la duración de la reserva se limitará al tiempo necesario para el cumplimiento de los fines establecidos; la reserva nunca podrá amparar la realización de otros usos y actividades distintas de las que justifican su declaración y también se deberá mantener la servidumbre de tránsito definida en la Ley de Costas de 1988, con una anchura de seis metros, para uso público y peatonal.

El órgano encargado de la ejecución de las obras será el responsable de los daños y perjuicios que puedan ocasionar las obras autorizadas, directa o indirectamente, en los terrenos de dominio público marítimo-terrestre. Dicho órgano está exclusivamente autorizado a ocupar la superficie de dominio público marítimo-terrestre destinada a la reserva.

Además, y de acuerdo la Ley de Costas y de su Reglamento, se ha cumplido el trámite de audiencia previsto en ambas disposiciones, sin que el Ayuntamiento de Mutxamel, ni la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Comunidad Valenciana se opusiesen a la citada reserva en el plazo concedido al efecto


Asuntos Exteriores y de Cooperación

PROTOCOLO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES AL CONVENIO SOBRE CONTAMINACIÓN AÉREA TRANSFRONTERIZA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma ad referéndum, así como ha dispuesto la remisión a las Cortes Generales del Protocolo sobre contaminantes orgánicos persistentes al Convenio de 1979 sobre contaminación aérea transfronteriza a gran distancia, hecho en Aarhus el 24 de junio de 1998.

El Convenio de Ginebra supuso una toma de conciencia sobre la gravedad del problema que ya en ese momento constituía la contaminación aérea en el ámbito de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas, y acometió la tarea de plantear las estrategias necesarias para su limitación y gradual reducción y prevención. Ha sido desarrollado de manera más específica en las décadas posteriores a través de ocho Protocolos, de los cuales el relativo a Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) se propone el objetivo de controlar, reducir o eliminar las descargas, emisiones y pérdidas de los mismos.

El Protocolo sobre COP fue firmado por España el 25 de junio de 1998, establece, en primer lugar, como obligaciones básicas la eliminación de la producción y el uso de las sustancias recogidas en el Anexo I, a través de soluciones medioambientalmente racionales; la limitación de las sustancias contempladas en el Anexo II, recopilando en ambos casos información relativa a su producción y venta; y la reducción de las emisiones totales anuales de aquellas incluidas en el Anexo III (Hidrocarburos aromáticos policíclicos, dioxinas y furanos y hexaclorobenceno), elaborando inventarios al respecto. Esta reducción se llevará a cabo con respecto al año base 1990, o bien un año alternativo entre 1985 y 1995.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

APROBADO EL PROGRAMA DE CONTROL DE LOS NEMATODOS DEL QUISTE DE LA PATATA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el programa nacional de control de los nematodos del quiste de la patata con el fin de determinar su distribución, evitar su propagación y mantenerlos bajo control.

Con esta nueva norma se pretende garantizar la ausencia de nematodos del quiste de la patata en parcelas destinadas a la producción de patatas de siembra y determinados vegetales destinados a la producción. Además, se establecen procedimientos de muestreo y ensayo para la realización de los exámenes y estudios oficiales.

De acuerdo con esta normativa, los agricultores, productores de patata de siembra y demás operadores del sector tendrán la obligación de notificar a los organismos oficiales responsables de las Comunidades Autónomas toda sospecha o presencia confirmada de nematodos del quiste de la patata en su territorio.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, dentro de los límites establecidos por los créditos disponibles para estos fines, y sobre la base de la información proporcionada por las Comunidades Autónomas, colaborará con éstas en la financiación de hasta el 50 por 100 de los gastos correspondientes a las medidas obligatorias de control establecidas en aplicación de este Real Decreto.

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