Referencia del Consejo de Ministros

14.5.2010

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SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento.
  • REAL DECRETO por el que se regula el funcionamiento y se establece la estructura orgánica básica del Museo del Ejército.
  • REAL DECRETO por el que se prevé la incorporación de los deportistas de alto nivel a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • ACUERDO por el que se formula una Declaración Institucional del Consejo de Ministros con motivo de la celebración, el 17 de mayo, del Día Internacional contra la homofobia y la transfobia.

Economía y Hacienda

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público y de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa para adaptación de la normativa comunitaria de las dos primeras.
  • REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósito en entidades de crédito y el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de La Rioja, para tomar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 68.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aportación de 17.500.000 euros a la Facilidad de Partenariado de Carbono del Banco Mundial, correspondiente a 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución de 7.171.713 euros a la Iniciativa Iberoamericana de Carbono de la Corporación Andina de Fomento, correspondiente a 2010.
  • ACUERDO por el que se aprueba la contribución de 15.000.000 de euros al Fondo Español de Carbono del Banco Mundial, correspondiente a 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, al Organismo Autónomo Oficina Española de Patentes y Marcas y al Ministerio de Economía y Hacienda, a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para atender la financiación de un contrato de colaboración entre el Sector Público y el Sector Privado para la mejora de la eficiencia energética de la climatización en el Complejo Cuzco.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Ministro de Defensa de la República Francesa, el Ministro de Defensa de la República Italiana, el Ministro de Defensa del Reino de España y el Secretario General del Consejo de la Unión Europea Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) relativo a la puesta a disposición de la Unión Europea de las imágenes Helios I.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo sobre servicios aéreos entre el Reino de España y la República de Singapur.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la República de Albania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio de suscripción de acciones de capital ordinario serie "C" entre España y la Corporación Andina de Fomento.

Justicia

  • REALES DECRETOS por los que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a:
  • D. Jose Benzaquen Murcian.
  • D. Raymundo Isaac Botbol Serfaty.
  • Dª Luna Wahnon Bencid.
  • D. Alberto Tangir Benhamu.
  • D. Elias Tangir Cohen.
  • Dª Alegria Benhamu.
  • Dª Mary Pinto Benhamu.
  • D. Meyer Benhayoun Benchimol.
  • Dª Annie Abittan Bensamoun.
  • D. Avi Benayoun Wahnon.
  • Dª Sally Benayoun Wahnon.
  • Dª Simy Chocron Nahon.
  • D. Carlos Hayon Corcias.
  • Dª Ilana Beniflah Bensicsu.
  • Dª Renee Bensamoun Bendayan.
  • D. Jacob Obadia Benzadon.
  • D. Elias Obadia Benzadon.
  • Dª Sara Obadia Benzadon.
  • Dª Flora Serruya Fimat.
  • Dª Jacqueline Benaim Abadi.

Defensa

  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza la prórroga y modificación del contrato para la prestación de los servicios postales y telegráficos.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 389/1998, de 13 de marzo, por el que se regula la investigación de accidentes e incidentes de aviación civil, con el fin de modificar la composición de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Educación

  • REAL DECRETO por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • REAL DECRETO por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • REAL DECRETO por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Danza establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • REAL DECRETO por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • REAL DECRETO por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Artes Plásticas en especialidades de Cerámica y Vidrio establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • REAL DECRETO por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias para el desarrollo del plan integral de empleo de Canarias en materia de infraestructuras educativas.

Trabajo e Inmigración

  • ACUERDO por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de menores de origen saharaui en España en el marco del Programa "Vacaciones en Paz 2010".
  • ACUERDO por el que se formalizan para el ejercicio 2010 los criterios objetivos de distribución así como la distribución resultante del crédito presupuestario, por un importe de 70.000.000 de euros, del Fondo de apoyo a la acogida y la integración de inmigrantes así como al refuerzo educativo de los mismos.

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se aprueba la distribución de créditos del Programa de apoyo a la innovación de las PYMES (InnoEmpresa), entre las Comunidades Autónomas, ejercicio 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado para la prestación de servicios energéticos.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras correspondientes al "Proyecto 01/06 de construcción de la segunda fase del sistema Quiebrajano-Víboras. Renovación del resto de la red del sistema Quiebrajano", Jaén.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de elaboración del proyecto y ejecución de las obras correspondientes a la construcción de la estación depuradora de aguas residuales de Gijón este, Asturias.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación en las playas de Mazagón y el Portil, en los términos municipales de Palos de la Frontera y Cartaza (Huelva), por un importe global de 600.000 euros.
  • ACUERDO por el que autoriza la modificación nº 3 al Convenio de gestión directa celebrado el 10 de abril de 2002 entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Norte, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del Convenio de colaboración suscrito entre el entonces Ministerio de Medio Ambiente, la preexistente Confederación Hidrográfica del Norte y el Principado de Asturias, relativo al esquema general de coordinación y financiación para la ejecución en el Principado de Asturias del Plan Nacional de Calidad de las Aguas: saneamiento y depuración 2007-2015, y se aprueba el gasto correspondiente al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Sanidad y Política Social

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco.


ACUERDOS DE PERSONAL

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de General de División al General de Brigada del Cuerpo de Intendencia de la Armada D. FRANCISCO BUSTO SALGADO y se le nombra Director de Asuntos Económicos de la Armada.

Fomento


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Defensa

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Defensa sobre las líneas básicas del Anteproyecto de Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y ha decidido su remisión al Consejo de Estado para que emita su dictamen.

Las novedades más relevantes que se incluyen en el Anteproyecto son la regulación del derecho de asociación, la configuración de un nuevo Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas y la creación del Observatorio de la vida militar.

Objetivos

Los principales objetivos son los siguientes:

  • Regular el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas de los miembros de las Fuerzas Armadas, actualizando los preceptos aun vigentes de las Reales Ordenanzas de 1978 y de la Ley de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, de 18 de mayo de 1999.
  • Completar el estatuto del militar una vez promulgada la Ley de la Carrera Militar, de 19 de noviembre de 2007, y las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, aprobadas por Real Decreto de 6 de febrero de 2009.
  • Dar cumplimiento al mandato legislativo de creación del Observatorio de la Vida Militar establecido en la disposición final tercera de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, de 2005.
  • Culminar el ciclo de transformación y modernización de las Fuerzas Armadas iniciado tras la aprobación de la Constitución.

Derechos a la intimidad y dignidad personal, y de reunión

La futura norma establece el derecho a la intimidad y dignidad personal. Para las revistas e inspecciones se fijan medidas y garantías análogas a las recogidas en el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, y se deberá respetar la inviolabilidad del domicilio. Además, el militar tendrá derecho a la libertad de expresión y a comunicar y recibir información en los términos establecidos en la Constitución, con los límites de los principios de unidad, jerarquía, disciplina y neutralidad.

Por otro lado, el Anteproyecto de Ley establece que los miembros de las Fuerzas Armadas podrán ejercer el derecho de reunión, pero no organizar ni participar en reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical. Asimismo, no podrán participar, vistiendo el uniforme o haciendo uso de su condición militar, en manifestaciones o en reuniones de tránsito público.

Asociacionismo profesional

Se regulan las asociaciones profesionales integradas por miembros de las Fuerzas Armadas que se encuentren en cualquiera de las situaciones administrativas en las que, de acuerdo con la Ley de la Carrera Militar, estén sujetos al régimen general de derechos y deberes (principalmente servicio activo y reserva).

Tendrán por finalidad la promoción y defensa de los intereses profesionales, económicos y sociales de sus asociados, y deberán respetar en sus actuaciones el principio de neutralidad política y sindical.

De acuerdo con la doctrina jurisprudencial del Tribunal Constitucional, no podrán llevar a cabo ni amparar acciones de naturaleza sindical como la negociación colectiva, las medidas de conflicto colectivo o el ejercicio del derecho de huelga.

Las asociaciones podrán realizar propuestas y dirigir solicitudes y sugerencias, así como recibir información sobre los asuntos que favorezcan la consecución de sus fines estatutarios.

Las que tengan un porcentaje determinado de afiliados participarán en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas y podrán contribuir, por medio de informes o consultas, en el proceso de elaboración de proyectos normativos que afecten al régimen de personal.

Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas

El Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas es el órgano de participación de las asociaciones profesionales y de interlocución con el Ministerio de Defensa. Estará compuesto por los representantes de las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas y por representantes de la Administración General del Estado y, en particular, de los Ejércitos.

Será competencia del Consejo de Personal analizar y valorar las propuestas o sugerencias referidas a materias relacionadas con la condición militar, el ejercicio de los derechos y libertades y el régimen de personal y las condiciones de vida y trabajo en las unidades.


El sistema de participación de las asociaciones profesionales en el Consejo de Personal se basa en el número de afiliados. Se establecerá un mínimo porcentaje de ellos que varía en función de que las asociaciones estén abiertas a todas las categorías militares o a una sola de ellas.

Observatorio de la Vida Militar

El Observatorio de la Vida Militar es un nuevo órgano colegiado, de carácter asesor y consultivo, para el análisis permanente de la condición militar y de la forma que el Estado vela por los intereses de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Sus miembros serán nombrados por el Congreso de los Diputados por un período de cinco años entre personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de la Defensa o en el de recursos humanos.


Fomento

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DEL SERVICIO POSTAL UNIVERSAL

  • Apuesta por garantizar un servicio postal universal de calidad y los derechos de los usuarios y trabajadores del sector
  • Correos y Telégrafos seguirá siendo el prestador designado único para el servicio postal universal.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Fomento sobre el Anteproyecto de Ley del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal. De esta forma, se traspone al ordenamiento jurídico español el nuevo marco regulador europeo establecido por la Directiva comunitaria de 2008 en relación con la plena realización del mercado interior de servicios postales comunitarios.

La nueva Ley establecerá el régimen aplicable a la prestación de los servicios postales, garantizará el correcto funcionamiento del mercado postal, la prestación de un servicio postal universal de calidad, la protección de los derechos de los usuarios y los trabajadores del sector, y culminará el proceso de realización plena del mercado único iniciado hace más de diez años.

Objetivos del Anteproyecto de Ley

El Anteproyecto persigue el cumplimiento de tres objetivos básicos:

  • Garantizar un servicio postal universal de calidad, prestado en todo el territorio del Estado con precios asequibles y en condiciones de permanencia y no discriminación.
  • Asegurar que los usuarios de los servicios postales gozan de unos derechos adecuados, independientemente de quien sea el prestador de los mismos y del ámbito de esa prestación.
  • Conseguir un mercado postal con reglas de funcionamiento seguras y transparentes que hagan posible la libre concurrencia en la prestación de los servicios postales garantizando en todo caso el respeto a los derechos sociales y laborales de los trabajadores del sector y la integridad de la red pública de Correos.

Un servicio postal universal de calidad

Para garantizar un servicio postal universal de calidad, que incluye las cartas, tarjetas postales y paquetes de hasta diez kilogramos, tanto ordinarios como certificados, el Anteproyecto de ley regula todos los aspectos, ya sean materiales como de principios, a los que debe atenerse la prestación por parte de Correos y Telégrafos, que en España continuará siendo el prestador designado único para el servicio postal universal.

La norma contempla también un sistema de financiación que garantiza la suficiencia de recursos para hacer frente a la carga financiera que tiene que soportar el operador designado. Así, además de la contribución que todos los operadores y usuarios deben realizar, se establece una aportación del Estado para garantizar la suficiencia de recursos.

Derechos de los usuarios

Los derechos de los usuarios de los servicios postales son el segundo de los elementos esenciales que desarrolla el proyecto de ley. Algunos de estos derechos son nuevos, otros aparecen ahora elevados al rango de ley y todos ellos quedan sistematizados y garantizados por la misma.

Así, a los tradicionales derechos al secreto e inviolabilidad de la correspondencia, a la propiedad de los envíos o a la protección de datos, se suman el derecho a la información sobre los servicios postales, el de reclamación y denuncia, el derecho a la identificación del operador y el de protección de los envíos no entregados.

Libre concurrencia en la prestación de servicios

La nueva regulación persigue crear un mercado más dinámico, eliminando las barreras de entrada, con empresas postales más competitivas y más comprometidas con una economía sostenible y socialmente responsable.

De acuerdo con las directrices comunitarias, se pone fin al área reservada a Correos y Telégrafos, sin que por ello ponga en riesgo su viabilidad financiera, dado que, como se ha señalado anteriormente, la norma prevé un sistema sólido de financiación alternativo.

Empleo de calidad

Entre los principios rectores que conforman el Anteproyecto de Ley se contempla el respeto a los derechos sociales y laborales de los trabajadores postales en el convencimiento de que en un sector tan intensivo en mano de obra, como es el postal, únicamente puede hacer frente a los retos que se le presentan con un empleo de calidad.

El mayor logro de este Anteproyecto es conjugar la transposición de una Directiva encaminada a construir un mercado interior de los servicios postales en libre concurrencia con la prestación de un servicio universal de calidad, sin renunciar a ninguno de los presupuestos sociales que son las señas de identidad de este Gobierno.


Empresas Postales de calidad

La nueva norma crea el sello de Excelencia de Empresa Postal Sostenible, por el que se distinguirá a las empresas postales más comprometidas con los derechos sociales, la protección ambiental y la responsabilidad social corporativa.


Fomento

REFORZADA LA INDEPENDENCIA Y EFICACIA DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL

Se fortalece el control parlamentario de la Comisión, se mejora el cumplimiento y seguimiento de las recomendaciones, se refuerza la protección de la investigación técnica y se mejora su funcionamiento y la coordinación con AESA en la notificación de sucesos.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que actualiza la regulación de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC) y la dota de mayor independencia para reforzar la eficacia en su funcionamiento.

Este Real Decreto modifica la composición de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil, reduce el número de sus miembros, elimina el requisito de estar jubilado por edad para ser designado vocal y fortalece su independencia, al vincular su composición exclusivamente al prestigio y competencia profesional de sus integrantes en el sector de la aviación civil. La norma aprobada modifica un Real Decreto del 13 de marzo de 1998, que regulaba la investigación de accidentes e incidentes de aviación civil.

Se prevé la inmediata renovación de la composición de la Comisión aplicando las nuevas reglas aprobadas, dado que ya ha expirado el mandato de los actuales miembros de la Comisión. Con este objeto se fija un plazo de tres meses para su renovación.

El Real Decreto contempla otras significativas modificaciones que tienen por objeto mejorar el funcionamiento interno de la Comisión de Investigación, para el desempeño de su función ante accidentes o incidentes especialmente graves, y su coordinación con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en relación con la notificación de sucesos y en el ámbito de los incidentes de tránsito.

Control parlamentario e informe anual

Asimismo, el Real Decreto completa la reforma de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Aéreos con las disposiciones siguientes:

  • Fortalece el control parlamentario en la designación del presidente de la Comisión y en sus actuaciones
  • Establece la remisión de un informe anual sobre su actividad a la Comisión competente del Congreso de los Diputados, cuyo contenido mínimo recoge el Real Decreto aprobado por Consejo de Ministros.
  • Especifica medidas para mejorar el seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones que realice la Comisión de Investigación de Accidentes.
  • Refuerza la protección de la información de la investigación técnica de los accidentes e incidentes para facilitar la colaboración de las partes implicadas, sin perjuicio de la investigación judicial.

Todas estas novedades contempladas en la nueva regulación de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación Civil, que acentúan su independencia y la eficiencia en su funcionamiento, quedarán reforzadas con la aprobación y entrada en vigor de la Ley que establece el Programa Estatal de Seguridad Aérea y modifica la Ley de Seguridad Aérea de 4 de julio de 2003, que se encuentra en tramitación parlamentaria.


Economía y Hacienda

CREADO UN NUEVO ÓRGANO INDEPENDIENTE PARA RESOLVER LOS RECURSOS CONTRA LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS PÚBLICOS

  • Se denominará Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales y tendrá naturaleza administrativa.
  • Se pondrá en marcha a través de un Proyecto de Ley que modifica la Ley de Contratos del Sector Público para adaptarla a la regulación europea

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Modificación de las Leyes de Contratos del Sector Público; sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales; y reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa para adaptación a la normativa comunitaria de las dos primeras".

La nueva norma regula la naturaleza y características de los órganos independientes que deberán resolver los recursos que interpongan los particulares contra los actos de las entidades adjudicadoras dentro de los procesos de adjudicación de contratos públicos, tanto si éstas se integran en el sector público, como si son entidades privadas que gozan de derechos especiales o exclusivos y operan en los sectores del agua, la energía, los transportes o los servicios postales.

El Proyecto, para cuya tramitación parlamentaria se solicita el procedimiento de urgencia, implica la creación de un nuevo órgano, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, que se encargará de resolver los recursos interpuestos contra actos de entidades vinculadas a la Administración General del Estado. Además, el texto garantiza la inamovilidad e independencia de los miembros que compongan el Tribunal.

Órgano propio en las Comunidades Autónomas

En el marco de lo establecido por la Directiva europea, las Comunidades Autónomas podrán regular un órgano propio para resolver los recursos que se planteen en sus propios procesos de contratación, si bien el Proyecto de Ley también permite la posibilidad de que encomienden voluntariamente la resolución de los mismos al Tribunal Administrativo Central. En el caso de las Corporaciones Locales, las reclamaciones derivadas de sus procesos de contratación se resolverán, o bien en los órganos autonómicos constituidos a tal efecto, o bien en el Tribunal Administrativo Central si la Comunidad Autónoma así lo decidiera.

El Tribunal se encargará, tanto de resolver los recursos que se interpongan contra las decisiones de las entidades adjudicadoras de contratos, como de adoptar las medidas provisionales que sean necesarias respecto del procedimiento de adjudicación durante el periodo de resolución de los mismos.

Suspensión de la adjudicación

En este sentido, el Proyecto de Ley prevé la suspensión de la adjudicación del contrato cuando medie una reclamación por alguna de las partes perjudicadas. Asimismo, cuando el órgano de contratación infrinja las normas relativas a la publicidad de la licitación o a la suspensión de la adjudicación cuando se interponga un recurso, el Proyecto prevé la declaración de ineficacia del contrato o, en los casos en que el interés público aconseje mantener su eficacia, la imposición de sanciones alternativas a los poderes adjudicadores.

Con ello se pretende reforzar la garantía de igualdad, transparencia y no discriminación en la selección de los contratistas. Por esta razón también se pondrá en marcha un procedimiento más rápido y eficaz para que éstos puedan ejercitar sus derechos cuando consideren que han sido conculcados en el desarrollo del procedimiento de adjudicación de un contrato público y puedan obtener una respuesta administrativa en el menor periodo de tiempo posible.

Adaptación a la normativa europea

El Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley de Contratos del Sector Público adapta a la legislación española una Directiva comunitaria sobre regulación de los recursos contra los actos de trámite y de resolución de los procedimientos de adjudicación de los contratos del sector público, cuya principal finalidad es reforzar la figura del recurso para dar la posibilidad razonable a los perjudicados de conseguir una resolución eficaz antes de que el contrato adjudicado sea operativo.


Economía y Hacienda

MEJORADA LA NORMATIVA SOBRE SISTEMAS DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva europea relativa a los sistemas de garantía de depósitos, en lo que se refiere al nivel de cobertura y al plazo de pago. Adicionalmente, se ha modificado el Real Decreto sobre sistemas de indemnización de los inversores, debido a la necesidad de garantizar la coherencia en determinados elementos de ambos sistemas de protección de depositantes e inversores. Asimismo, se han introducido una serie de modificaciones que tienen por objeto fundamental llevar a cabo mejoras técnicas y actualizar la normativa principal de los sistemas de protección de depositantes e inversores.

Directiva

En relación con el primer y fundamental objetivo de la norma, la incorporación de la Directiva comunitaria, las novedades que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico son las siguientes:

  • Se introduce para los fondos de garantía de depósitos la obligación de cooperar con los de otros países con el fin de organizar el pago de depósitos garantizados.
  • Se incluyen mejoras relativas al acceso a la información de los depositantes. En este sentido, se clarifica la información que deberán proporcionar a las entidades los depositantes.
  • Se establece el límite de cobertura por depositante del fondo en 100.000 euros, si bien ello constituye más una mejora técnica que una novedad, ya que el nivel de cobertura, que ya fue aumentado con un Real Decreto de 2008, pasa ahora a recogerse en la norma adecuada y no en una norma "ad hoc" que ahora se deroga.
  • Se reducen los plazos previstos hasta ahora, con el fin de agilizar el procedimiento administrativo de puesta a disposición de los titulares de las cantidades garantizadas. La reducción de los plazos se traduce en lo siguiente:

a) Se reduce el plazo del que el Banco de España dispone para declarar que una entidad no se encuentra en disposición de realizar el pago de sus depósitos. Así, se establece, en lugar de los veintiún días actuales, un plazo de cinco días para efectuar la declaración administrativa que constata la incapacidad por parte de una entidad de hacer frente a sus obligaciones.

b) Se reduce el plazo con el que cuentan los fondos de garantía de depósitos para realizar el pago de los mismos. De este modo, se fija un plazo de veinte días ampliables a diez más para la puesta a disposición efectiva del depositante de las cantidades cubiertas en caso de que los fondos hayan de intervenir, frente a los tres meses ampliables tres veces más por períodos similares de la normativa vigente.

  • Se introduce la obligación, para los fondos de garantía de depósitos, de realizar pruebas de esfuerzo y para el Banco de España, de informar a éstos de la existencia de problemas en una entidad de crédito, siendo ambas obligaciones establecidas por la directiva.

Cien mil euros

En relación con el segundo objetivo de la norma, el de garantizar la coherencia entre los sistemas de garantía de depósitos y de inversores, se mantiene el nivel de cobertura de cien mil euros ya establecido en el Real Decreto de 2008 para los sistemas de garantía de inversiones, con el fin de que continúe equiparado el nivel de cobertura que se garantiza a depositantes e inversores.

Protección de depositantes

Finalmente, en relación con el tercero de los objetivos, la mejora técnica y actualización de algunos elementos de la normativa principal de los sistemas de protección de depositantes e inversores, se introducen las siguientes novedades:

  • Se añade una cláusula en la que se aclara que el excedente del patrimonio de los fondos deberá permanecer en dicho patrimonio y no se podrá distribuir entre las entidades adheridas.
  • Se prevé la adecuación de la terminología a la de la nueva Ley Concursal, fundamentalmente eliminando referencias a quiebra y suspensión de pagos.
  • Se modifica el comienzo del cómputo del período de tres meses para realizar el pago de valores, tanto para entidades de crédito, como para empresas de servicios de inversión.
  • Se equiparan los derechos de cobro de los acreedores que reclaman al fondo antes del concurso de acreedores con los que reclaman después, con lo que se reduce la posibilidad de arbitrajes regulatorios.


Sanidad y Política Social

MODIFICADO EL CONTENIDO DEL ETIQUETADO DE LOS PRODUCTOS DE TABACO

  • El etiquetado de los envases de tabaco advertencias sanitarias en forma de fotografías o ilustraciones sobre los riesgos y las enfermedades que provoca esta sustancia.
  • Las imágenes seleccionadas han sido escogidas del catálogo elaborado por la Unión Europea en 2005. En la Unión Europea, Bélgica fue el primer país que adoptó esta medida y fuera de la Unión Europea lo han hecho ya quince países.
  • Esta medida ha demostrado en los países que ya la han adoptado que es eficaz para reducir o abandonar el consumo del tabaco.
  • Se prevé una prórroga de doce a veinticuatro meses para la adaptación de los envases a los nuevos requisitos de comercialización.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro de 2002 que regulaba los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco y las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de este tipo de productos.

El texto recoge la obligación de incorporar de forma visible en las cajetillas de cigarrillos advertencias sanitarias en forma de fotografías e ilustraciones de los riesgos y efectos nocivos que tiene en la salud el tabaco.

Se trata de imágenes con texto que informan visualmente de que el consumo de tabaco provoca, por ejemplo, cáncer mortal de pulmón, envejecimiento prematuro, cardiopatías y enfermedades cerebrovasculares. También informan de que dejar de fumar reduce un 50 por 100 el riesgo de enfermedades coronarias e introducen, además, mensajes de protección de los niños frente al humo del tabaco y de ayuda para dejar de fumar.

Estas imágenes se alternarán de manera que se garantice la aparición regular de todas las advertencias en una cantidad igual de unidades de envasado. En cualquier caso, estas imágenes no sustituirán a las advertencias generales que seguirán figurando en el etiquetado, como "Fumar mata" y "Fumar perjudica gravemente su salud y la de los que están a su alrededor".

El Real Decreto incluye una prórroga de doce o de veinticuatro meses posteriores a su entrada en vigor para las comercialización de cajetillas de cigarrillos o de otros productos que, sin adecuarse a los cambios introducidos por este Real Decreto, se ajustan a lo que disponía hasta ahora la normativa vigente. Esta prórroga se establece en previsión del coste que pueda suponer para la industria tabaquera la modificación del etiquetado.

Experiencia en otros países

El texto aprobado hoy recoge la línea de actuación marcada por la Unión Europea. En este sentido, la normativa comunitaria prevé la posibilidad de que los Estados miembros exijan la inclusión de advertencias sanitarias en forma de fotografías en color u otras ilustraciones en los envases de los productos del tabaco y que se haga conforme a sus directrices.

La Comisión de las Comunidades Europeas adoptó en 2003 la decisión sobre el uso de fotografías en color u otras ilustraciones como advertencias sanitarias en los envases de tabaco y en 2005 determinó la serie de fotografías e ilustraciones entre las que los Estados miembros pueden elegir las más oportunas para su país.

Bélgica fue el primer país de la Unión Europea en introducir las advertencias con imágenes en los paquetes de cigarrillos en 2006, seguido de Rumania y de Gran Bretaña. Otros países de la Unión Europea están considerando la medida en un futuro próximo y fuera de la Unión Europea ya han introducido las advertencias con imágenes quince países más, entre ellos Canadá, Brasil y Australia.

Por otra parte, España ratificó en 2004 el Convenio marco de la Organización Mundial de la Salud para el control del tabaco, en cuyo seno se adoptó en 2008 la directriz de utilizar advertencias con imágenes en tanto son más eficaces que aquéllas que sólo tienen texto.

En este sentido, la experiencia previa en los países que han introducido en los envases de tabaco este tipo de advertencias ha demostrado una mayor eficacia para informar sobre sus riesgos y favorecer la reducción de su consumo o su abandono definitivo. Este mayor eficacia se debe a que las advertencias en este formato llegan más fácilmente a las personas, incluso a las de bajo nivel de alfabetización, llaman más la atención y comunican mejor los riesgos sanitarios del consumo del tabaco.


Interior

INCORPORACIÓN DE DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL A LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula y valora la condición de los deportistas de alto nivel como mérito para acceso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Este acuerdo está directamente relacionado con uno de los objetivos de la Ley del Deporte, que establece una serie de medidas para permitir a los deportistas de alto nivel una fácil incorporación al mercado laboral durante su carrera deportiva y al final de ésta. Por otro lado, el Real Decreto de 13 de julio de 2007, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, sienta las líneas fundamentales del reconocimiento de este mérito para todas las Administraciones Públicas (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales) y otras instituciones públicas.

El Real Decreto tiene como objetivo concretar esta medida para el ámbito de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, unificando los criterios de valoración del mérito en los ámbitos de la Policía y la Guardia Civil. Además, establece un baremo que se aplicará en las pruebas de acceso al Cuerpo Nacional de Policía y al Cuerpo de la Guardia Civil en las que esté prevista la valoración de méritos y en la provisión de puestos de trabajo en ambos Cuerpos.

Baremos

El baremo reconocimiento para estas pruebas de acceso será por cada año que se haya ostentado la condición de deportista de alto nivel en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria:

  • 0,35 puntos a aquellos deportistas de alto nivel que hayan pertenecido al Grupo A (grupo de deportistas de alto nivel de categoría absoluta que participen en modalidades y/o pruebas olímpicas).
  • 0,25 puntos a aquéllos que hayan pertenecido al Grupo B (deportistas de categoría absoluta que participen en modalidades y/o pruebas no olímpicas, definidas y organizadas por federaciones internacionales en las que estén integradas las federaciones españolas).
  • 0,20 puntos para los que hubieran formado parte del Grupo C (deportistas entre quince y veintidós años de edad de categorías inferiores a la absoluta, que participen en modalidades y/o pruebas olímpicas).


Trabajo e Inmigración

DISTRIBUCIÓN DE SETENTA MILLONES PARA ACOGIDA E INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES

El Consejo de Ministros ha acordado formalizar los objetivos y la distribución del crédito presupuestario de setenta millones de euros del Fondo de Apoyo a la acogida y la integración de los inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos, de conformidad en lo establecido en la Ley General Presupuestaria.

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El acuerdo es el resultado del marco de cooperación para la gestión del Fondo de Integración examinado en la reunión del 25 de marzo de 2010, de la Conferencia Sectorial de Inmigración, que es el órgano colegiado de coordinación y cooperación entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas en las actuaciones con incidencia en la política de integración de los inmigrantes.

Actuaciones de las Comunidades Autónomas

Con esta dotación presupuestaria se pretende financiar las actuaciones que realicen las Comunidades Autónomas para fomentar el desarrollo de políticas de integración de las personas inmigrantes en los ámbitos siguientes: acogida; integración en los ejes de empleo vivienda, servicios sociales, salud, infancia y juventud, igualdad de trato, mujer, participación, sensibilización y desarrollo; y refuerzo educativo.

El Fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes, así como el refuerzo educativo de los mismos, queda recogido en el presupuesto en vigor del Ministerio de Trabajo e Inmigración para el año 2010, contemplado en la Ley de los Presupuestos Generales del Estado.

El papel de las Administraciones Públicas en el ámbito de las políticas de integración de los inmigrantes viene delimitado por la Constitución Española, que atribuye al Estado competencias exclusivas en materia de inmigración y a las Comunidades Autónomas y entidades locales, competencias en áreas clave para la integración, tales como el empleo, la educación, la salud, los servicios sociales o la participación cívica.

Criterios de distribución

En cuanto a los criterios de distribución, la cuantía total que se distribuye entre las comunidades autónomas se realiza en tres partidas:

  • 41.208.600 euros para Acogida e Integración.
  • 27.472.400 euros para Refuerzo Educativo.

  • 1.319.000 euros para Atención a menores extranjeros no acompañados en el marco del Programa especial para la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias.

El criterio que se sigue es establecer una asignación básica para cada Comunidad Autónoma en aplicación de un criterio de solidaridad interterritorial y con el fin de que las Comunidades en las que haya una presencia menor de inmigrantes cuenten, en todo caso, con una aportación estable.

En cuanto a la partida de refuerzo educativo, se asigna en función de los siguientes criterios: el número total de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria por Comunidad Autónoma y el número de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria procedente de países no castellanohablantes por Comunidad Autónoma.

CUADRO DE ASIGNACIONES 2010

Cuadro de Asignaciones 2010


Economía y Hacienda

APORTACIONES ESPAÑOLAS A FONDOS INTERNACIONALES DE CARBONO

El Consejo de Ministros ha aprobado tres acuerdos sobre la contribución española a fondos internacionales relacionados con el carbono, por un importe conjunto de 39.671.713 de euros. Su desglose es el siguiente:

Fondo Español de Carbono en el Banco Mundial

En primer lugar, el Consejo de Ministros ha aprobado la aportación de quince millones de euros al Fondo Español del Carbono, fondo fiduciario del Banco Mundial, correspondientes al año 2010.

El Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de España firmaron un acuerdo con el Banco Mundial para crear el Fondo Español de Carbono (FEC), con el que se pretenden comprar un máximo de 34 millones de toneladas de CO2 equivalente de proyectos que benefician al medio ambiente global, a la vez que transfieren tecnologías limpias para el desarrollo sostenible de países en desarrollo y países con economías en transición.

El Fondo Español del Carbono es gestionado por el Banco Mundial y supone una contribución total del Ministerio de Economía y Hacienda de 170 millones de euros al primer tramo del Fondo, que deberán haber sido aportados en su totalidad para el año 2015, siguiendo lo establecido en el calendario de desembolsos acordado.

Los proyectos del Fondo Español del Carbono tienen como objetivo apoyar un amplio rango de tecnologías y regiones, prestando especial atención a los proyectos de eficiencia energética y energías renovables y a los que se desarrollen en Latinoamérica, Norte de África y Este de Europa.

Al mismo tiempo, a través de estos proyectos se contribuye al cumplimiento de los compromisos adquiridos por España en el marco del Protocolo de Kioto.

Facilidad de Partenariado de Carbono

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado la participación de España en el Fondo de Carbono de la Facilidad de Partenariado de Carbono del Banco Mundial, con una contribución de 17.500.000 de euros.


La Facilidad de Partenariado de Carbono del Banco Mundial tiene como objetivo promover la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a largo plazo a través de programas de inversión en países en desarrollo con un enfoque a gran escala. Dentro de esta Facilidad, el Fondo de Carbono se destina a la compraventa de los créditos de carbono resultantes de esos programas.

Estos programas se dirigen al desarrollo del sector de generación de energía, la mejora de la eficiencia energética, la gestión de residuos y el desarrollo rural, entre otras iniciativas. Los proyectos se pueden llevar a cabo en todos los países beneficiarios del Banco.

Iniciativa Iberoamericana de Carbono de la Corporación Andina de Fomento

Por último, el Consejo de Ministros ha aprobado la contribución a la Iniciativa Iberoamericana de Carbono de la Corporación Andina de Fomento (CAF) correspondiente a 2009, por un importe de 7.171.713 euros.

España firmó en 2005 un Acuerdo con la CAF para la puesta en marcha de la Iniciativa Iberoamericana de Carbono (IIC), lo que supuso el compromiso del Gobierno de aportar un total de 47,43 millones de euros en el período 2005-2012 con el fin de comprar nueve millones de toneladas de CO2 equivalente a través de proyectos de eficiencia energética y energías renovables en países latinoamericanos.

Con esta iniciativa se contribuye también al cumplimiento de los compromisos adquiridos por España en el marco del Protocolo de Kioto.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES DE CAPITAL ORDINARIO ENTRE ESPAÑA Y LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio de suscripción de acciones de capital ordinario serie "C" entre España y la Corporación Andina de Fomento.

La Corporación Andina de Fomento es una Organización Internacional cuyos accionistas son cinco Estados de la Comunidad Andina de Naciones (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela), trece Estados asociados (Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, España, Jamaica, México. Panamá, Paraguay, Portugal, República Dominicana, Trinidad y Tobago, y Uruguay) y catorce bancos privados de la Región Andina.

El Directorio de la Corporación decidió en 2009 un aumento del capital integrante desembolsable por un importe de 2.500 millones de dólares a pagar entre 2010 y 2017, con el objetivo de mantener el papel anticíclico de la institución durante la crisis y fortalecer su papel futuro como intermediario financiero para la región.

España es miembro de pleno derecho de la Corporación desde el 1 de enero de 2003. El porcentaje de España en el capital ordinario suscrito se sitúa actualmente en el 2,25 por 100 del capital suscrito.

La participación de España en la ampliación de capital se realizará con cargo a los presupuestos de la Dirección General de Financiación Internacional del Ministerio de Economía y Hacienda, con un desembolso de 326.997.600 dólares, con un calendario de pagos de 65.405.200 dólares anuales entre los años 2010 y 2013, ambos inclusive, y 65.376.800 dólares en el año 2014.


Trabajo e Inmigración

AUTORIZADA LA RESIDENCIA TEMPORAL DE LOS MENORES SAHARAUIS DEL PROGRAMA "VACACIONES EN PAZ"

  • Unas nueve mil niñas y niños, procedentes de campos de refugiados, se beneficiarán este año de la acogida temporal en familias españolas en distintas Comunidades Autónomas.

El Consejo de Ministros ha aprobado las instrucciones necesarias por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de los menores de origen saharaui que se desplazan a España en el marco del Programa "Vacaciones en Paz 2010".

Este programa solidario permite que cada año unas nueve mil niñas y niños, procedentes de los campamentos de refugiados saharauis situados en la provincia argelina de Tinduf, puedan disfrutar durante el verano de unas vacaciones en España y luego regresar a sus lugares de procedencia.

El traslado de estos menores a nuestro país, en esta ocasión, se ve afectado por las recientes modificaciones normativas en el ámbito comunitario; pero, habida cuenta de la especial relevancia social y humanitaria que conlleva la acogida de familias españolas de estos menores, y aplicando un Real Decreto de 2004, el Consejo de Ministros aprueba las instrucciones necesarias para autorizar la residencia temporal en España de estas niñas y niños.

El programa "Vacaciones en Paz" es una iniciativa que se lleva a cabo por las Asociaciones de amigos del Pueblo Saharaui de las provincias españolas en colaboración con la Delegación Nacional Saharaui y las Delegaciones saharauis en las distintas Comunidades Autónomas.


Igualdad

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CONTRA LA HOMOFOBIA Y LA TRANSFOBIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se formula una declaración institucional contra la homofobia y la transfobia.

Con la redacción de este documento, que coincide con la celebración el 17 de mayo del Día Internacional contra la Transfobia y la Homofobia, el Gobierno de España quiere dar un nuevo paso en su lucha contra todas las formas de discriminación.

Asimismo, y como una manifestación más del firme compromiso del Gobierno en la erradicación de la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, solicitará a la Organización Mundial de la Salud la eliminación de la transexualidad de la Clasificación Internacional de Enfermedades y de su consideración como tal en los Manuales especializados de referencia, a fin de contribuir con ello a avanzar en la difusión y promoción de los valores de la igualdad.

En esta línea, y con ocasión de la Presidencia española de la Unión Europea, el Gobierno de España trasladará esta declaración a las delegaciones de la Unión Europea, representaciones y embajadas para que les sirva de apoyo a la hora de promocionar y proteger los derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales en terceros países, y, especialmente, para habilitar a los socios de la Unión Europea a reaccionar ante casos de violación de derechos humanos en este ámbito.


Educación

APROBADOS LOS CONTENIDOS BÁSICOS DE LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES

El Consejo de Ministros ha aprobado seis Reales Decretos que concretan los contenidos básicos de los títulos de las enseñanzas artísticas superiores: Arte Dramático; Música; Danza; Diseño; Artes Plásticas en Especialidades de Cerámica y Vidrio, y Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

Estos Reales Decretos regulan por primera vez el contenido de las enseñanzas artísticas superiores que tienen la consideración, a todos los efectos, de ser equivalentes a los correspondientes títulos universitarios de Grado.

El Ministerio de Educación prosigue así con la regulación de enseñanzas superiores no universitarias, ya previstas en la Ley Orgánica de Educación, y cuyo desarrollo específico por materias se proyectan en estos Reales Decretos.

Objetivos

Los objetivos que se pretenden con esta regulación son los siguientes:

  • Determinar el contenido de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en el contexto de la ordenación de la Educación Superior española en el marco europeo.
  • Definir el contenido básico de los planes de estudio conducentes a la obtención del título de Graduado.
  • Establecer las competencias transversales y generales del Título de Graduado así como las competencias específicas y los perfiles profesionales para cada una de las especialidades.
  • Fijar las materias de formación básica y las materias obligatorias de cada especialidad con sus descriptores y número de créditos correspondientes.

Con la aprobación de estos Reales Decretos, se culmina un largo proceso cuyo objetivo principal ha sido preservar la calidad de las enseñanzas y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de estos ámbitos artísticos, mediante la ubicación en un espacio de educación superior acorde con su nivel de excelencia propio y específico.


El nuevo espacio de enseñanzas superiores no universitarias representa una novedad en este país y el éxito de su culminación requerirá de todo el apoyo y difusión por parte de las administraciones educativas, y de la preservación de sus correspondientes ámbitos de forma independiente, al menos, hasta su total afianzamiento en la sociedad.


Educación

CUARENTA MILLONES PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS EN CANARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma de un convenio, dotado con cuarenta millones de euros, entre el Ministerio de Educación y el Gobierno de Canarias para la construcción, ampliación, reforma, adaptaciones de infraestructuras y equipamiento de centros docentes no universitarios de esta Comunidad Autónoma.

Este Convenio se enmarca en el Plan Integral de Empleo de Canarias, que persigue la mejora del capital humano para lograr una mayor inserción de la población en el mercado del trabajo y un incremento de la productividad. Para alcanzar dicho fin es preciso lograr los mejores resultados del sistema educativo en todos sus aspectos, por lo que ha de contarse con las infraestructuras educativas adecuadas y necesarias.


Industria, Turismo y Comercio

AYUDAS A LAS PYMES A TRAVÉS DEL PROGRAMA INNOEMPRESA

  • Aprobada la distribución de fondos de este programa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio entre las distintas Comunidades Autónomas (45,6 millones). A esta cantidad las Comunidades aportarán como mínimo 11,4 millones más y el Ministerio, otros 8 millones para los proyectos de inversión que afectan a más de una autonomía.
  • Se calcula que en 2010 alrededor de 6.500 pequeñas y medianas empresas podrán beneficiarse de este programa de ayudas, y que las subvenciones concedidas generarán unas inversiones inducidas de entre 140 y 180 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución entre las Comunidades Autónomas de los fondos correspondientes a las ayudas del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) para el año 2010 del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El Programa InnoEmpresa pretende fortalecer el tejido empresarial al incrementar la capacidad innovadora de la PYME mediante la incorporación de técnicas empresariales, al financiar proyectos para mejorar los procesos de producción, comercialización y gestión de las empresas y al estimular la innovación a través de la incorporación del diseño, la implantación de sistemas de calidad y potenciando el uso de tecnologías de la información.

InnoEmpresa tiene una dotación total de 65 millones de euros. Además de los fondos distribuidos entre las distintas Comunidades Autónomas, que ascienden a 45,6 millones de euros, éstas aportan como mínimo un 25 por 100 más, 11,4 millones, y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio otros ocho millones para financiar proyectos que afectan a más de una Comunidad Autónoma (suprarregionales).

Criterios de distribución

La distribución de los fondos entre Comunidades Autónomas utiliza una serie de criterios que tienen en cuenta aspectos como el reparto de las ayudas de forma proporcional al número de PYMES en función de la prosperidad relativa regional y la eficacia en la gestión del gasto comprometido sobre el presupuesto transferido, entre otros. Estos criterios contribuyen a aproximar el reparto a la realidad de cada región y del colectivo de PYME existente.

El programa cumple en estos momentos tres años desde su puesta en marcha y ha tenido muy buena acogida, tanto por el colectivo empresarial, como por las Comunidades Autónomas que participan en su gestión.

En los ejercicios 2007, 2008 y 2009 la inversión inducida con la subvención fue superior a los setecientos millones de euros y benefició a más de veinte mil empresas, en su mayoría de menos de cincuenta trabajadores y microempresas.

Beneficiarios

Se calcula que en 2010 alrededor de 6.500 pequeñas y medianas empresas podrán beneficiarse de este programa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y que las subvenciones concedidas generarán unas inversiones inducidas de entre 140 y 180 millones de euros.

Las convocatorias de ayudas de este año serán de aplicación a los sectores de industria (incluida la agroalimentaria), construcción, turismo, comercio y servicios.

InnoEmpresa cuenta también con apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER.

El reparto de los fondos entre Comunidades Autónomas es el siguiente:

Tabla InnoEmpresa


Fomento

REFORMA DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE FOMENTO

  • Simplifica su estructura directiva al suprimir cuatro subdirecciones y dos divisiones, y crear un nuevo órgano, la Inspección General.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, y que servirá para reducirla y reordenarla en aplicación de los criterios de austeridad que deben presidir las estructuras administrativas de la Administración General del Estado.

La norma es la respuesta del Ministerio de Fomento al Plan de racionalización de estructuras de la Administración General del Estado, aprobado por un Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 30 de abril, con el que se realizó una importante reducción de altos cargos y una sustancial reordenación del sector público empresarial, y que se tradujo en la supresión de las Direcciones Generales de Planificación y de Servicios.

El Ministerio de Fomento realiza ahora, gracias a esta norma, un esfuerzo adicional para reorganizar su esquema organizativo, reduciendo el número de órganos con rango de subdirección general y de divisiones, con la finalidad de dar continuidad a la política de contención del gasto público del Gobierno.

Las novedades más importantes introducidas en el presente Real Decreto son las siguientes:

  • Supresión de cuatro subdirecciones generales y dos divisiones.
  • Las Comisiones de Investigación de accidentes aéreos, marítimos y ferroviarios pasan a depender de la Secretaría de Estado de Transportes, en lugar de la Subsecretaría de Fomento.
  • Creación de la Inspección General de Fomento, con rango de Dirección General, que dependerá de la Subsecretaría.
  • Supresión de la Dirección General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), que se convierte en una Subdirección General.


Industria, Turismo y Comercio

MEJORA DE LA EFICIENCIA EN LA CLIMATIZACIÓN DEL COMPLEJO CUZCO

  • Se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a contratar con una Empresa de Servicios Energéticos las obras necesarias.

Con la finalidad de conseguir un ahorro aproximado del 10 por 100 de los consumos energéticos del Complejo Cuzco, el Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio un contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado para la mejora de la eficiencia energética de la climatización de este conjunto de edificios (Paseo de la Castellana, 160-162), en donde se encuentran la sede del Ministerio y de parte del Ministerio de Economía y Hacienda, así como de la Oficina de Patentes y Marcas.

La cantidad máxima de licitación que autoriza el Consejo de Ministros al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el cierre del contrato asciende a 2.952.829,63 euros y será recuperada por la empresa adjudicataria, que es la que hace la inversión, en 192 mensualidades, es decir, en los dieciséis años que van de 2011 a 2027.

Las empresas de servicios energéticos se dedican a diseñar, financiar y llevar a cabo para sus clientes proyectos de eficiencia energética y su instalación. Son las propias empresas las que realizan la inversión necesaria para alcanzar los objetivos contemplados en los contratos y, a cambio, reciben como compensación parte de las cuantías correspondientes al ahorro energético que esas medidas traen consigo para el cliente. Las ventajas para ambas partes son innegables: para el cliente, no hacer desembolso inversor alguno y ver rebajada su factura energética; para la empresa contratista, recuperar su inversión en las mensualidades que se estipulen (192 en este caso) a través de esos mismos ahorros.

Mediante este nuevo contrato, que tiene carácter de pionero y, por lo tanto, servirá de modelo para los siguientes, se pretende potenciar el mercado de las Empresas de Servicios Energéticos en los edificios e instalaciones de la Administración Pública, con lo que se da cumplimiento al Plan de Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011, aprobado el 1 de agosto de 2008, y a una de las principales iniciativas estratégicas contempladas en la Estrategia de Economía Sostenible.

La finalidad del contrato es conseguir un ahorro energético de un 10 por 100, sin reducir el confort de las instalaciones ni la calidad de los servicios, así como reducir las emisiones de CO2 en un 13 por 100 como mínimo y mejorar la calificación energética del complejo Cuzco hasta la categoría C (en la actualidad es la F).


El Documento Descriptivo Final establece las siguientes condiciones del contrato:

  • Los pagos a la empresa adjudicataria se efectuarán por el importe que figure en su oferta, puesto en marcha el conjunto de instalaciones del contrato y recibidas de conformidad por la Administración, con una duración máxima de 192 mensualidades (16 años).
  • El precio de licitación se fija en cuantía anual de 2.502.397,99 euros, a los que habrá que añadir 450.431,64euros en concepto de IVA al tipo general (18 por 100) lo que supone un total anual de 2.952.829,63 euros. La oferta económica deberá actualizarse a la fecha de recepción de conformidad de las nuevas instalaciones.
  • La duración del contrato se fija en un máximo de dieciocho años, que comprende dos como máximo para la elaboración de proyectos, ejecución de obra y puesta en marcha de las instalaciones, y dieciséis años como plazo obligatorio para la prestación de los restantes servicios objeto del contrato.
  • El importe máximo anual a satisfacer, IVA incluido, imputable a cada uno de ellos en función del porcentaje de participación en el gasto Industria (64,10 por 100), Oficina de Patentes y Marcas (0,60 por100), y Economía y Hacienda (43,30por 100), es el siguiente:

Tabla de importes

Dichos compromisos de gasto se prevén satisfacer durante la duración del contrato, distribuidos entre los años 2011 a 2027. Una anualidad se repartirá entre los años 2011 y 2027, tres mensualidades corresponderán al año 2011 y las nueve restantes, al 2027.


Defensa

REGULADOS EL FUNCIONAMIENTO Y LA ESTRUCTURA DEL MUSEO DEL EJÉRCITO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el funcionamiento y se establece la estructura orgánica básica del Museo del Ejército, que tendrá su sede en el Alcázar de Toledo.

El nuevo museo, que es de titularidad y gestión estatal y de categoría nacional, tiene entre sus fines los de mostrar la historia del Ejército español; dar a conocer las aportaciones militares al progreso institucional, social, cultural y científico de España; potenciar la cultura de defensa y potenciar la investigación.

Debido a la ampliación del Museo del Prado, el Museo del Ejército ha trasladado su sede desde el Palacio del Buen Retiro en Madrid al Alcázar de Toledo, y debe experimentar una evolución acorde con los nuevos criterios en un doble plano: a través de la actualización y modificación de sus órganos rectores, en orden a gestionar sus actividades de modo más adecuado a su mayor dimensión; y con la mejora de su oferta al público, articulando la exposición permanente mediante un discurso expositivo didáctico, comprensible para un público general, atractivo para todos los sectores sociales y edades, y que constituya un lugar privilegiado de aprendizaje de la historia del Ejército español.

El Museo del Ejército tendrá como funciones la catalogación, conservación y exhibición ordenada de los bienes asignados; el conocimiento y difusión de las colecciones adscritas; el incremento de sus colecciones museográficas y documentales; la organización periódica de exposiciones y actividades acordes con la naturaleza y fines del museo; y el fomento y garantía de acceso al público a sus colecciones.

Órganos rectores

Los órganos rectores del Museo del Ejército serán el Patronato y la Dirección del Museo.

El Patronato es el órgano rector colegiado. La presidencia y vicepresidencia del mismo serán ejercidas por la Ministra de Defensa y el Jefe de Estado Mayor del Ejército, respectivamente.

El Patronato estará integrado por los siguientes vocales natos: el Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; el Alcalde de Toledo; el Segundo Jefe de Estado Mayor del Ejército; el Director General de Relaciones Institucionales de la Defensa; el Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales; el Presidente del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional; el Director del Instituto de Historia y Cultura Militar; el Director del Museo del Ejército; el Director de la Real Academia de la Historia; el Director de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando; el General Jefe de la Subinspección General de Ejército de la zona Centro; el Director de la Academia de Infantería de Toledo y un representante del Estado Mayor del Ejército, nombrado por el Jefe de Estado Mayor del Ejército.

Asimismo, habrá un número máximo de hasta seis vocales designados por la Ministra de Defensa, a propuesta del jefe de Estado Mayor del Ejército, que serán nombrados entre personas de destacado prestigio en el ámbito de la historia y de la milicia, y que permanecerán en el ejercicio de sus funciones durante cinco años.

El Director del Museo del Ejército será un oficial general del Ejército de Tierra. El Museo contará, además, con un director técnico, funcionario del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, que dependerá orgánicamente del director del Museo.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE GIJÓN ESTE

  • Resolverá la depuración de los vertidos de unos 150.000 habitantes equivalentes.

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de elaboración del proyecto y ejecución de las obras correspondientes a la construcción de la estación depuradora de aguas residuales de Gijón Este, en Asturias. La inversión prevista para esta actuación por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, asciende a 52.206.346 euros.

Las obras proyectadas para la construcción de esta estación, que resolverá la depuración de los vertidos de unos 150.000 habitantes equivalentes, son, fundamentalmente, las siguientes:

Línea de agua localizada en la zona conocida como "El Pisón", que consta de los siguientes elementos:

  • Obra de llegada: se amplia el bombeo existente de llegada de agua bruta de 6 m3/s a 8 m3/s.
  • Pretratamiento: se proyecta enterrado con capacidad para 8 m3/s.
  • Bombeo intermedio previo al tratamiento biológico.
  • Tratamiento secundario: se proyecta un tratamiento biológico de media carga seguido de decantadores rectangulares para una capacidad de 45.000 m3/día.
  • Tratamiento terciario para un caudal de 2.500 m3/día, mediante filtro de malla, membranas de ultra filtración y desinfección con rayos ultravioleta.
  • Bombeo a emisario.
  • Bombeo de fangos en exceso a la estación depuradora de La Reguerona.
  • Impulsión de fangos en exceso mediante doble tubería de polietileno de 200 milímetros de diámetro exterior y 9,2 kilómetros de longitud.
  • Instalaciones de control, mantenimiento y visitas, contemplándose la construcción de dos edificios.

Línea de fango situada junto a las instalaciones de la estación depuradora de La Reguerona, que está constituida por los siguientes elementos:

  • Deposito de recepción de fangos.
  • Espesamiento de fangos bombeados desde las instalaciones del Pisón
  • Bombeo a digestión: se disponen dos bombeos, uno, para los fangos espesados procedentes de La Reguerona y otro, para los procedentes del Pisón.
  • Digestión anaerobia mesófila de una etapa, mediante dos digestores.
  • Deshidratación: se amplían las instalaciones en La Reguerota mediante centrífugas.
  • Secado térmico: se contempla una línea adicional de características similares a la existente en La Reguerona.

Urbanización, acabados y un nuevo acceso desde la zona Este, como continuación del acceso existente al Museo del Pueblo de Asturias.

Las obras correspondientes a la actuación "Estación depuradora de aguas residuales de Gijón Este" están incluidas en el anexo II de inversiones de la Ley de 2005 por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional.

Dicha actuación también esta incluida en el Convenio de colaboración suscrito entre el entonces Ministerio de Medio Ambiente, la preexistente Confederación Hidrográfica del Norte y el Principado de Asturias, por el que se fija el esquema general de coordinación y financiación para la ejecución en el Principado de Asturias del Plan Nacional de Calidad de las Aguas: Saneamiento y Depuración 2007-2015.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

MODIFICADO EL CONVENIO DE DESARROLLO DEL PLAN NACIONAL DE CALIDAD DE LAS AGUAS EN ASTURIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación del convenio de colaboración suscrito entre el entonces Ministerio de Medio Ambiente, la preexistente Confederación Hidrográfica del Norte y el Principado de Asturias, relativo al esquema general de coordinación y financiación para la ejecución en dicha Comunidad Autónoma del Plan Nacional de Calidad de las Aguas: saneamiento y depuración 2007-2015, y se aprueba el gasto correspondiente al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Dicha modificación está motivada porque este acuerdo implica una alteración del importe global del gasto y de su destino.

En primer lugar, en el anexo I del Convenio se preveían cuatro actuaciones declaradas de interés General del Estado, cuya financiación era asumida íntegramente por el mismo y su ejecución por la Confederación Hidrográfica del Norte (actual Confederación Hidrográfica del Cantábrico) con la cofinanciación de Fondos de Cohesión del período 2007-2013. Una de las actuaciones incluidas era la estación depuradora de aguas residuales de Gijón Este.

Dicha actuación debe ser asumida por la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, con cargo a sus créditos presupuestarios, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Seguimiento del Convenio del 9 de diciembre de 2009. El proyecto cuenta con un presupuesto de 52.206.346 euros.

Por otro lado, en el anexo II se recogía una actuación por importe de 3.108.370,00 euros, de la que la Dirección General del Agua asumía la financiación del 25 por 100 por de su presupuesto. El 10 de noviembre de 2009 la Comisión de Seguimiento del Convenio propuso un reajuste de anualidades para dicha partida y quede establecida la financiación por importe de 780.000 euros para el año 2010.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA FASE DEL SISTEMA QUIEBRAJANO-VÍBORAS (JAÉN)

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de las obras correspondientes al proyecto de construcción de la segunda fase del sistema Quiebrajano-Víboras. Renovación del resto de la red del sistema Quiebrajano, en la provincia de Jaén.

La inversión prevista para esta actuación por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino a través de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, es de 20.366.318 euros.

Las obras afectan a los núcleos de la campiña jiennense Fuerte del Rey, Villadompardo, Escañuela, Arjona, Arjonilla, Porcuna, Lopera, Higuera de Calatrava y Santiago de Calatrava, así como a dos municipios de la provincia de Córdoba: Cañete de las Torres y Valenzuela.

Este proyecto pretende renovar la red de distribución de agua a estas poblaciones mediante la instalación de setenta kilómetros de tubería, conexiones a los depósitos existentes y la reposición de tomas históricas a particulares, actuando sobre los siguientes ejes del sistema:

  • Eje Fuerte del Rey: trazado que une la derivación de Fuerte del Rey con Fuerte del Rey.
  • Eje Arjonilla: trazado que discurre desde Arjona a Arjonilla.
  • Eje Lahiguera: trazado que discurre entre el punto kilométrico 0+661 del eje Arjonilla hasta Lahiguera.
  • Eje 1: trazado que comprende el tramo desde Venta Illana hasta Cañete de las Torres.
  • Eje Porcuna: trazado urbano en Porcuna. Parte del punto kilométrico 7+870 del eje 1 hasta el depósito de Porcuna.
  • Eje Lopera: parte del punto kilométrico 10+347 del eje 1 hasta el depósito de Lopera.
  • Eje 2: trazado que comprende el tramo desde Venta Illana hasta Santiago de Calatrava.
  • Eje Higuera de Calatrava: trazado que parte del punto kilométrico 6+600 hasta el depósito de Higuera de Calatrava.
  • Eje Valenzuela: parte en el punto kilométrico 7+620 del eje 2 y acaba en el depósito de Valenzuela.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

REPARACIONES EN LAS PLAYAS DE MAZAGÓN Y EL PORTIL, EN PALOS DE LA FRONTERA Y CARTAYA (HUELVA)

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia de reparación en las playas de Mazagón y El Portal, términos municipales de Palos de la Frontera y Cartaya (Huelva), que está llevando a cabo el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino por un importe global de 600.000 euros.

Playa de Mazagón

La acción de los temporales acaecidos desde finales de 2009 sobre la playa de Mazagón, en el término municipal de Palos de la Frontera, provocó una erosión importante de la playa, incluida su duna más exterior. Dicha erosión ha sido especialmente fuerte en su sector central y en su sector oriental (zona de Bonares). El presupuesto estimado para la reparación de los daños es de 400.000 euros.

La playa de Mazagón (a Levante del puerto deportivo) cuenta con deslinde aprobado por la Orden Ministerial de 15 de julio de 1991. La primera fila de edificaciones se localiza sobre el dominio público marítimo-terrestre determinado mediante el citado deslinde, salvo en lo que se refiere a las fincas de la zona de Bonares, en la que solamente está afectada la parte más meridional de las fincas.

Entre las parcelas de primera línea y la playa discurre el colector general de saneamiento, enterrado en la duna litoral. Por todo ello, la erosión de la duna ha traído consigo la rotura del colector, con el consiguiente vertido de las aguas residuales a la playa. La longitud de colector dañado es bastante considerable y su reparación complicada.

Por otra parte, la obra arruinada y el vertido sobre la playa hacen imperiosa la corrección de las disfunciones generadas. También se ha producido la rotura de algunos de los accesos a la playa desde la urbanización y la caída de los cerramientos de algunas de las parcelas de primera línea.

Los desplazamientos de arena habidos en la zona aconsejan que se acometa cuando menos una redistribución de las arenas disponibles en la playa. En este sentido, se ha hecho recomendable desplazar arena desde las zonas en las que se ha ido acumulando hasta las zonas más comprometidas por la escasez de sedimentos. En cualquier caso, será necesario compaginar esas actuaciones con las que sean necesarias para reparar al colector dañado, aunque sea de forma transitoria, actuaciones que habría que exigir a la Administración competente.


Por todo lo expuesto, se ha considerado absolutamente necesaria la ejecución de la actuación tendente a la redistribución de las arenas disponibles en la playa de Mazagón. Dicha actuación consistiría en la extracción de cincuenta mil metros cúbicos de arena de la playa apoyada en el dique del puerto deportivo de Mazagón, su transporte y su depósito en los sectores central y oriental, realizándose su reperfilado.

Playa de El Portil

La acción de los temporales sobre la playa de El Portil, en lo que se refiere a la parte de la misma correspondiente al término municipal de Cartaya, ha provocado la destrucción de los dos accesos a la misma, ejecutados por el Ministerio hace unos años. Dichos accesos se construyeron mediante pasarelas de madera con un trazado y una pendiente adecuados para salvar el gran desnivel existente entre la playa y las zonas colindantes con la misma. Aunque dichas pasarelas fueron entregadas al Ayuntamiento de Cartaya para su conservación y mantenimiento, se entiende que su reparación exige el desmontaje de gran parte de las mismas y su reconstrucción con un trazado alternativo al que tenían, circunstancias que podría considerarse que exceden de las labores de conservación y mantenimiento asumidas por el Ayuntamiento. El presupuesto aproximado para la reparación de los daños es de doscientos mil euros.

Por lo tanto, habiendo quedado este sector de la playa sin posibilidad de acceso, se ha considerado absolutamente necesario la reparación de las dos pasarelas de acceso a la playa de El Portil y se hará necesaria también la aportación de un determinado volumen de arena procedente de las playas adyacentes.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

OBRAS PÚBLICAS HIDRÁULICAS EN ASTURIAS, CANTABRIA, CASTILLA Y LEÓN Y GALICIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación nº 3 del Convenio de gestión directa celebrado el 10 de abril de 2002 entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuenca del Norte S.A.

Mediante esta modificación se encomienda, a través de dicha Sociedad, la ejecución por gestión directa de varias obras públicas hidráulicas, todas ellas en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León y Galicia. Son las siguientes:

  • Obras relativas a la mejora de estructuras hidroeléctricas para riego.
  • Ampliaciones y mejoras en diferentes estaciones depuradoras de agua.
  • Instalación de nuevas redes de abastecimiento y mejora de otras existentes.
  • Instalación de una nueva red de saneamiento en Vigo.
  • Instalación de una planta de filtrado en el trasvase reversible Ebro-Besaya.


Economía y Hacienda

AUTORIZACIÓN DE DEUDA PÚBLICA A LA RIOJA

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de La Rioja a concertar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 68.000.000 de euros.

Dichas operaciones de endeudamiento se destinarán a cubrir las necesidades de financiación previstas en el Plan económico-financiero de reequilibrio declarado idóneo por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, y corresponden al Programa Anual de Endeudamiento de 2010 que se firmará entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Esta operación de endeudamiento se autoriza según lo establecido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y en la Ley Orgánica de 2001, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONVENIO CON ALBANIA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre el Reino de España y la República de Albania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la Renta y su Protocolo. La firma está prevista durante la visita oficial a España del Ministro de Asuntos Exteriores de Albania, el próximo 20 de mayo de 2010.

La negociación de este Convenio está motivada por la necesidad de crear un marco fiscal adecuado que favorezca el intercambio comercial y el flujo de inversiones entre ambos países, facilitando la cooperación entre sus autoridades fiscales.

Los elementos del Convenio entre España y la República de Albania se pueden considerar los habituales en los Acuerdos bilaterales de este tipo firmados por España con otros países, y en todos ellos se sigue el modelo elaborado por la OCDE.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO SOBRE SERVICIOS AÉREOS CON SINGAPUR

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo sobre servicios aéreos entre el Reino de España y la República de Singapur.

Este Acuerdo sigue la fórmula habitual de este tipo de tratados bilaterales sobre servicios aéreos y recoge en su articulado las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) recomienda incluir en dichos acuerdos a sus Estados miembros. A su vez, para la conclusión del texto se han cumplido todos los preceptos del Reglamento comunitario sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros, al incluir en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la Unión Europea.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO SOBRE LA PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA DE LAS IMÁGENES HELIOS I

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Ministro de Defensa de la República Francesa, el Ministro de Defensa de la República Italiana, la Ministra de Defensa del Reino de España y el Secretario General del Consejo de la Unión Europea Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) relativo a la puesta a disposición de la Unión Europea de las imágenes Helios I.

El sistema HELIOS I es un sistema de observación militar europeo, en el que participan Francia, Italia y España, países que firmaron en abril de 1993 un Memorando de Entendimiento con la Unión Europea Occidental (UEO) sobre el "suministro de productos HELIOS" a la misma. Los cambios habidos en la Unión Europea a partir del desarrollo de la Política Europea de Seguridad y Defensa, determinaron la asunción por aquélla de las funciones de la UEO y aconsejaron el establecimiento de un nuevo Acuerdo de cesión de imágenes entre los países participantes en el sistema HELIOS y la UE.

El objeto del Acuerdo es establecer las condiciones y los mecanismos para la puesta a disposición de la Unión Europea las imágenes del sistema Helios I y sus productos elaborados, protegiendo al mismo tiempo las prestaciones del sistema y controlando la difusión de sus imágenes.

El destinatario de las imágenes será el Centro de Satélites de la Unión Europea, ubicado en Torrejón de Ardoz, provincia de Madrid.


Justicia

NACIONALIDAD ESPAÑOLA A VEINTE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD SEFARDÍ

El Consejo de Ministros ha concedido la nacionalidad española por carta de naturaleza a veinte miembros de la comunidad sefardí, de nacionalidad venezolana.

En todos ellos concurren como circunstancias excepcionales el mantenimiento de profundos e intensos lazos emocionales, históricos y afectivos con el Reino de España, conservando la tradición de su procedencia española con el consiguiente reflejo cultural de sus costumbres y el mantenimiento del idioma español.

La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales y después de tramitar un expediente para cada caso particular, como ha ocurrido en los que ha resuelto hoy el Gobierno.

Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad (salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal).


Interior

PRÓRROGA DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la prórroga y modificación del contrato para la prestación de los servicios postales y telegráfico del Ministerio del Interior por parte de Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.

La prórroga tendrá una vigencia de un año, desde el 1 de julio de 2010 hasta el 30 de junio de 2011, y su cuantía asciende a 22.916.315,89 euros, lo cual supone una modificación a la baja del contrato de un 31,87 por 100, respecto al importe del contrato inicial, que ascendía a 33.716.315,89 euros.

La disminución del contrato se debe, fundamentalmente, a que se prevé que la entrada en vigor el próximo día 24 de mayo de la reforma del procedimiento sancionador en materia de tráfico como consecuencia de la Ley de 23 de noviembre de 2009, se traduzca en una reducción importante de las notificaciones y comunicaciones postales derivadas del procedimiento sancionador, gracias a la implantación de la "Dirección Electrónica Vial"(a través de la cual se podrán notificar electrónicamente las denuncias y demás comunicaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador) y el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).


BIOGRAFÍAS

Defensa

Director de Asuntos Económicos de la Armada.-

General de División D. FRANCISCO BUSTO SALGADO.

Nacido el 4 de febrero de 1948 en Cambados (Pontevedra), casado, con cuatro hijos, ingresó en la Armada en 1968 y fue ascendido al empleo de Teniente en 1973.

Entre otros destinos, ha sido Jefe de la Sección Económica de la Jefatura de Personal del Cuartel General de la Zona Marítima del Cantábrico, Jefe del Servicio Económico-Administrativo de la Escuela Naval Militar, Habilitado General de la Zona Marítima del Cantábrico, Jefe de las Secciones Económicas de las Zonas Marítimas del Cantábrico y del Arsenal de El Ferrol, donde también fue Jefe de Aprovisionamiento. Estuvo al mando de la fragata rápida "Temerario", del petrolero "Teide" y de la Estación Naval de Tarifa, y actualmente era Subdirector de Presupuestos y Contabilidad de la Dirección de Asuntos Económicos de la Armada.

Fomento

Inspectora General de Fomento .-

Dª MONTSERRAT MERINO PASTOR.

Es Licenciada en Derecho por la Universidad de Valladolid y pertenece a los Cuerpos Técnico de Administración General de Administración Local y Superior de Gestión Catastral.

Ha desempeñado diversos puestos en las Administraciones Local y Estatal, como Gerente Regional del Catastro de Castilla y León o Vocal Asesor. Asimismo, ha ejercido labor docente en el ámbito universitario en el campo del Derecho Financiero y Tributario. Actualmente era Secretaria General en la Dirección General del Catastro. Desde julio de 2009 era Directora General de Servicios del Ministerio de Fomento.

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