Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría

10.5.2013

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Vicepresidenta.- Muy buenos días a todos. Hoy voy a darles cuenta de algunos de los acuerdos y de las leyes adoptadas en Consejo de Ministros. Dos de ellos, los que abordaré en primer lugar, son dos reformas importantes que forman parte del Programa Nacional de Reformas en dos ámbitos fundamentales: de un lado, en un ámbito que afecta especialmente a la internacionalización y al apoyo a la pequeña y mediana empresa, como es el Anteproyecto de Ley Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación; y, de otro, una de las reformas importantes, de las ocho reformas clave, que se explicó en el Programa Nacional de Reformas, que es aprobación de un nuevo Código de Buen Gobierno. Hoy damos el primer paso para la elaboración de ese Código.

Respecto de la primera de estas normas, de la Ley de Cámaras de Comercio, como ustedes saben, las Cámaras de Comercio son una institución con 125 años de vida y una presencia muy relevante en la vida empresarial española. En la Legislatura pasada, en diciembre de 2010, se eliminó el recurso cameral permanente y colocó a las Cámaras ante un marco jurídico complejo para adaptarse a la nueva situación.

Las Cámaras de Comercio han llevado a cabo un proceso de racionalización muy importante de sus propias estructuras, pero es necesario adaptar sus funciones y sus servicios al nuevo régimen de financiación; pero, sobre todo, utilizar a las Cámaras de Comercio, que son un elemento fundamental de vertebración empresarial en nuestro país, ante una demanda de servicios mucho más innovadora y mucho más eficiente.

Por tanto, y previas conversaciones con las Cámaras de Comercio, hemos atendido a la demanda generalizada de promover un marco jurídico que las dote de claridad y de seguridad, y aprovechar todo ese potencial que tienen las Cámaras de Comercio para actuar en algunos ámbitos que son fundamentales para nuestras empresas, especialmente pequeñas y medianas.

El modelo cameral es un modelo que está absolutamente consolidado en los principales países de nuestro entorno --en Alemania, en Francia, en Reino Unido y en Italia-- y las grandes economías han sabido preservar a lo largo de todo este tiempo ese papel de las Cámaras, que, además, en España gozan de un gran prestigio y de una gran cercanía a las empresas, especialmente a las Pymes. Tienen una capilaridad territorial que es única y que les permite, por tanto, actuar en una red que hoy complementaremos, como ya explicaré, con una mayor presencia en el exterior para orientar las relaciones económicas y comerciales de España con el resto del mundo, y facilitar la internacionalización de las empresas.

Quiero decir que el Gobierno ha trabajado para la elaboración de la Ley con el Consejo Superior de Cámaras, con las Cámaras en sí mismas, con las Comunidades Autónomas y con las organizaciones empresariales, y queremos dar a todos ellos las gracias por su colaboración y el buen nivel de interlocución.

La Ley lo que establece es un sistema de financiación de Cámaras a través de los ingresos que se generen por los servicios que prestan en condiciones de libre dependencia y por las aportaciones voluntarias de empresas; pero, además, podrán suscribir con la Administración, al igual que hasta ahora, convenios de colaboración con las Cámaras ya que, dada su naturaleza de corporaciones de derecho público, son muchas veces instrumentos muy adecuados para actuar o para hacer llegar algunas políticas de los Gobiernos centrales y autonómicos en lo que constituyen los principales ejes de actuación económica del país.

La define a las Cámaras como lo que son, corporaciones de derecho público, que llevan a cabo funciones político-administrativas de interés general; pero a la vez pone de manifiesto la necesidad de atender a modelos más eficientes y más competitivos.

Voy a entrar en lo que es la parte fundamental del cambio en las tareas de las Cámaras de Comercio, que es, sobre todo, en su labor hacia la internacionalización de las empresas y hacia la competitividad mediante dos ejes principales: un Plan Cameral de Internacionalización y un Plan Cameral de Competitividad.

Pero un elemento fundamental en el que las Cámaras van a participar, adoptando, además, modelos exitosos en otras economías, es en potenciar su presencia en la Formación Profesional dual. Hay países en los que las Cámaras de Comercio tienen un protagonismo amplísimo en la formación, incluso en los pasos previos a la titulación de profesionales. Pues bien, lo que vamos a hacer es dotar a las Cámaras de Comercio de mecanismos necesarios para que puedan jugar ese papel en un combate en España clave, que es luchar contra el paro juvenil.

Esta nueva Ley, además, sitúa a las Cámaras en un punto fundamental en otro elemento clave, que es fortalecer la seguridad jurídica, la eficacia y la rapidez en la solución de conflictos, y es darle un papel importante como espacio natural para la mediación y el arbitraje de los conflictos internacionales.

Voy a entrar ahora en lo que es, quizás, con la formación dual, en lo que van a tener un mayor papel un elemento clave en la nueva concepción de las Cámaras, que es la internacionalización. Una vez que se apruebe la Ley, incluida en el Plan Nacional de Reformas, el Consejo Superior de Cámaras se convertirá en la Cámara de Comercio de España. Se crea, por tanto, la Cámara de Comercio de España como un órgano de representación y coordinación de todas las Cámaras, que tendrá a su cargo, en coordinación con la red nacional e internacional de Cámaras y las propias Administraciones Públicas, el desarrollo efectivo de los planes: el de internacionalización y el de competitividad.

La Cámara de Comercio de España será una marca comercial de gran fuerza, porque tiene potencia y estructura para serlo; que puede ayudar, y mucho, a la salida de la empresa española en el exterior y es una herramienta fundamental para abrir la puerta a las Pymes a esos mercados internacionales.

Uno de los principales elementos que tenemos que fortalecer del funcionamiento de nuestro mercado exterior es ayudar a las Pymes a que salgan, a que sean exportadoras. Mientras que las grandes empresas han llevado a cabo un proceso de internacionalización muy importante, de lo que se trata ahora es de que Pymes, y las hay, y muy buenas, que están saliendo fuera todavía puedan hacerlo más. Para ello necesitan, y van a tener, el apoyo de las Cámaras de Comercio, especialmente la Cámara de Comercio de España, para darles ese auxilio, ese apoyo y esa cobertura. Lo que haremos, por tanto, es mejorar el funcionamiento y la coordinación centralizada de la presencia institucional de la Cámara de Comercio de España en el exterior.

Otras novedades significativas: la obligación, en virtud del principio de transparencia que se aplica a todas las Administraciones, de hacer públicas las retribuciones de los altos cargos y máximos responsables de las Cámaras, así como las subvenciones y recursos públicos que reciban; y se elimina la obligación de que exista, al menos, una Cámara Oficial de Comercio por provincia, pues podrá haber superiores, autonómicos, provinciales, pero también locales, así como Consejos de Cámara y similares, de acuerdo con lo que establezca la normativa de la Administración tutelante, que es la Comunidad Autónoma. Con ello se permite que las Cámaras de Comercio se adapten muy bien a lo que es la propia realidad empresarial de cada uno de los territorios.

Además, se va a homogeneizar el régimen jurídico de todos sus trabajadores para establecer una aplicación con carácter general de la legislación laboral, frente a diferencias anteriores.

Esto es por lo que corresponde al elemento del Anteproyecto de Ley de Cámaras de Comercio, que como digo, es una demanda solicitada por el sector; pero, sobre todo, es el aprovechamiento de una estructura muy consolidada en España para ayudar en dos elementos fundamentales de la política económica que se está llevando a cabo: la internacionalización de nuestra economía, y especialmente de las Pymes, con la creación de la Cámara de Comercio de España; y, de otro, aprovechar el potencial que tienen, la red que tienen, la formación que tienen y la capacidad que tienen para colaborar en la implantación del modelo de formación dual como un elemento básico de mejora de la Formación Profesional y del acceso al empleo en nuestro país. Se trata, de aprovechar lo que tenemos, y que tenemos muy bueno, y con una gran experiencia, como son las Cámaras de Comercio para que en su entorno natural, que es la pequeña y mediana empresa, ayuden en estos dos elementos clave.

El segundo de los Acuerdos --en este caso es un Acuerdo-- que hoy aprobamos es la creación de una comisión de expertos en materia de gobierno corporativo. Una de las ocho reformas claves del Plan Nacional de Reformas, que es necesario para fortalecer la transparencia para fortalecer el buen gobierno corporativo y la responsabilidad social de las empresas, es actualizar, es modernizar y es adaptar a los nuevos tiempos los códigos de buen gobierno corporativo en España, para situarlos a lo largo de una serie de años a los estándares de más alto nivel internacional.

Para ello se crea, como anteriores ocasiones, una comisión de expertos, que en cuatro meses tiene que remitir al Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Competitividad, un estudio por el que se analice el marco actual existente en España de buen gobierno corporativo y se propongan cuantas medidas se consideren necesarias para mejorar.

Se va a valorar especialmente el papel de las juntas de accionistas. Es uno de los elementos, de los cambios, que se han tenido a nivel internacional en este punto y consideramos que tenemos que analizar qué papel tienen las juntas generales de accionistas en el buen gobierno de las empresas en materias tan importantes como el control de las políticas de retribución de los órganos de gestión y de la alta dirección de la sociedad.

A partir de este informe de la comisión de expertos, de ese informe, saldrán, digamos, dos tipos de actuaciones; de un lado, la propuesta de cambios normativos, legales o reglamentarios que le corresponden al Gobierno --el Gobierno asume el compromiso de proceder a su elaboración al plazo de dos meses desde la elaboración del informe: y, de otro, la elaboración de un Código de buenas prácticas para las sociedades no cotizadas: esto es autorregulación y esto es lo que se llama "soft law". Es decir, son normas para las propias sociedades cotizadas, como fueron las del anterior, el vigente, el conocido como Código Conthe, que sólo se ocupaba de las cotizadas. Lo actualizaremos y, además, intentaremos establecer o que se elabore un código también de buenas prácticas para las sociedades no cotizadas.

¿En qué elementos se quiere poner el acento? En que la función de los administradores tenga por finalidad el incremento del valor de la compañía y la adecuada retribución del accionista; que tengamos un especial acento en el régimen de retribuciones, para que estén supeditadas a ese objetivo; también en la responsabilidad de las actuaciones de esos administradores y el establecimiento de reglas claras respecto a los mecanismos que pueden permitir a los administradores y a otros agentes influir en las juntas de socios, evitando conflictos de intereses y amparando las expectativas de los socios minoritarios. Otro de los elementos que se persigue es la claridad: que la información suministrada en todo momento por los administradores a los socios sea veraz y sea comprensible.

La comisión de expertos tendrá la siguiente composición: la presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores presidirá la comisión de expertos y de ella formarán parte la vicepresidenta de dicha institución, la CNMV, dos representantes nombrados por el secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, en representación del Ministerio de Economía y Competitividad; dos representantes nombrados por el secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa a propuesta del Ministerio de Justicia, y seis representantes del sector privado, que serán nombrados por el secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, dos a propuesta del Ministerio de Justicia, dos a propuesta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y dos por el Ministerio de Economía.

La comisión de expertos tiene que orientar sus trabajos para cumplir una serie de objetivos que nos coloquen en los estándares más elevados a nivel internacional: adecuado funcionamiento de órganos de gobierno y administración de las empresas españolas; generar confianza y transparencia para los accionistas y los inversores nacionales y extranjeros; mayor control interno y responsabilidad corporativa, y adecuado reparto de funciones, deberes y responsabilidades de las empresas de acuerdo con los criterios de máxima profesionalidad y rigor.

Para ello, se guiarán de los siguientes criterios: las recomendaciones contenidas en el Código Unificado de Buen Gobierno de Sociedades Cotizadas; los estándares internacionales de buen gobierno y cualquier otro documento, propuesta o experiencia nacional o extranjera que se considere útil.

Como decía, en cuatro meses se prevé tener este informe y, a partir de ahí, dos meses para la elaboración de los cambios normativos que competan al Gobierno y el análisis de la elaboración de un nuevo Código con un plazo más amplio. Aquí ya estamos hablando de autorregulación para cambios en el buen gobierno de sociedades cotizadas y ampliación en medidas a sociedades no cotizadas.

Por último, voy a informarles brevemente de dos asuntos. Uno de ellos ya se explicó en esta misma mesa por el ministro de Defensa. Es el Proyecto de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que ya ha pasado toldos los trámites consultivos correspondientes. Se desarrolla un mandato de la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas del año 2011, y lo que tiene por objeto es establecer la observancia de las reglas de comportamiento de los militares de las Fuerzas Armadas, de acuerdo con los principios de disciplina, jerarquía y unidad que establece lan Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.

Sólo me voy a detener en las novedades respecto al texto anterior que ya explicamos: la ampliación de las garantías del expedientado; la tutela judicial a todos los sancionados en la vía disciplinaria militar, con la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo disciplinario militar ordinario contra todas las resoluciones adoptadas, incluso en los recursos por faltas leves, ampliando el criterio restrictivo de normas anteriores; y la simplificación de trámites y comunicaciones, que podrán hacerse de forma directa y por medios electrónicos. Y se establecen también algunas modificaciones en las sanciones que verán detalladas en la Referencia de Consejo de Ministros.

Lo que se busca, como ya expuso el ministro, es el equilibrio entre las garantías básicas del infractor y las prerrogativas de la Administración.

Por último, el Consejo de Ministros --también afecta a las Fuerzas Armadas y a la Guardia Civil-- ha aprobado el Real Decreto de provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para 2013 en lo relativo al ingreso de militares de carrera y de complemento a las Fuerzas Armadas.

Este año se ofertan 250 plazas para ingreso directo como alumno en los centros de formación militar, de las que cuatro son para acceder a la Escala de Suboficiales y las 246 restantes, a la Escala de Oficiales. En estas últimas se incluyen tres para militares de complemento del Cuerpo Militar de Sanidad a las que se pueden presentar.

Por otra parte, en la promoción interna se ofertan 1.200 plazas para ser cubiertas mediante procesos de promoción interna en las Fuerzas Armadas, con el detalle que tendrán en la Referencia de Consejo de Ministros. Y en la especialidad fundamental de medicina del Cuerpo Militar de Sanidad la oferta total asciende a 35 plazas. También en reservistas se contempla la convocatoria de un máximo de 100 plazas para reservistas voluntarios y 131 para que militares de complemento y militares de tropa y marinería accedan una relación de servicios de carácter permanente desde el compromiso temporal.

La oferta, en todo caso, respeta los límites establecidos de ochenta mil efectivos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Finalmente, de acuerdo con la Ley de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, la provisión anual incluye ochenta plazas de ingreso directo en los centros de formación para acceso a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

Tienen el detalle, que siempre interesa y mucho a los afectados, en la Referencia del Consejo de Ministros, además de en las páginas correspondientes del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior.