Presidencia y para las Administraciones Territoriales

Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de la Agencia de Protección Social de Cataluña

29.9.2017

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para la interposición de un recurso de inconstitucionalidad en relación con determinados preceptos de la Ley de la Agencia de Protección Social de Cataluña, del 20 de septiembre de 2017. Asimismo, se hace expresa invocación del artículo 161.2 de la Constitución a fin de que se produzca la suspensión de la ley cuestionada.

Esta Ley se enmarca en el conjunto de actuaciones llevadas a cabo por la Generalidad en su propósito declarado de construir estructuras de Estado. Supone la creación de la Agencia Catalana de Protección Social como un organismo autónomo de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia, capacidad de obrar y de organizarse, y que actúa con plena autonomía presupuestaria y funcional.

Implica, por tanto, la vulneración de las competencias estatales en materia de sanidad y seguridad social. A pesar de que el concepto de protección social podría encontrar, a priori, acomodo en las competencias que sobre asistencia social, sanidad o seguridad social ostenta la Comunidad Autónoma, determinadas previsiones exceden de las competencias autonómicas, afectando a las competencias que el artículo 149.1 reserva al Estado en sus apartados 16ª (bases y coordinación general de la sanidad) y 17ª (legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social).