Asuntos Económicos y Transformación Digital inicia la transposición de Directivas que refuerzan la solvencia de las entidades financieras

10.2.2020

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Asimismo, se inicia la transposición de la Directiva relativa a la supervisión prudencial de las Empresas de Servicios de Inversión (ESI).

En esta primera fase se recabará la opinión de la sociedad, directamente o a través de las organizaciones representativas de los sectores implicados, sobre el conjunto de opciones nacionales de transposición previstas en cada Directiva.

Las normas del "Paquete Bancario", aprobadas por la Unión Europea en mayo de 2019 incorporan a la normativa comunitaria los acuerdos alcanzados a nivel internacional sobre requisitos de capital en el Comité del llamado Acuerdo de Basilea III. Para su transposición al ordenamiento jurídico español en la fase de consulta pública se recabará la opinión de la sociedad sobre un conjunto de opciones nacionales de transposición.

Estas opciones hacen referencia a la reglas de remuneración del personal directivo de las entidades y su aplicación proporcional en función del tamaño de la entidad.

Consulta sobre resolución de entidades financieras (BRRDII)

Esta Directiva incorpora a la normativa comunitaria las reformas acordadas a nivel internacional por el Consejo de Estabilidad Financiera del G-20.

Las opciones planteadas sobre las que se consulta en esta primera fase hacen referencia a la determinación de la cuantía a la que deberían tener acceso los ciudadanos y empresas en caso de suspensión de las obligaciones de pago de depósitos y la posibilidad de ampliar la protección de los clientes minoristas en la comercialización de instrumentos financieros admisibles para la recapitalización de las entidades tras la resolución.

Consulta sobre Empresas de Servicios de Inversión

Asimismo, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital inicia la transposición de la Directiva relativa a la supervisión prudencial de las Empresas de Servicios de Inversión (ESI).
Las principales opciones nacionales contenidas en la Directiva y objeto de la consulta pública son las referidas a los requisitos de la política de remuneración del personal directivo de estas empresas.

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