Referencia del Consejo de Ministros

18.11.2011

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO LEY por el que se regulan las bonificaciones de cuota a la Seguridad Social de los contratos de trabajo celebrados con persona con discapacidad por la Organización Nacional de Ciegos de España (ONCE), y se establecen medidas de Seguridad Social para las personas trabajadoras afectadas por la bacteria E.coli.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada.
  • REAL DECRETO por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
  • REAL DECRETO por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.
  • REAL DECRETO por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • ACUERDO para la recuperación y preservación del patrimonio de la Residencia de Estudiantes.
  • ACUERDO por el que se autoriza a formalizar la prórroga hasta el 31 de marzo de 2012 del contrato de la prestación de servicios informativos de cobertura nacional e internacional.

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre.

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de procedimiento administrativo sancionador de las infracciones por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la función estadística pública, aprobado por el Real Decreto 1572/1993, de 10 de septiembre.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Fomento a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para atender la financiación de la contratación de la prestación de servicio de transporte aéreo regular en las rutas aéreas sometidas a obligaciones de servicio público entre las Islas Canarias.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para poder atender al mantenimiento de determinados servicios del Departamento.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para atender necesidades de contratación de determinados servicios y suministros del Departamento.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el fin de posibilitar la prórroga durante el primer trimestre de 2012 del servicio de cobertura informativa nacional e internacional de interés público del Departamento, así como para la contratación de los servicios de telecomunicaciones de sus organismos y del Instituto de Salud Carlos III.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Ciencia e Innovación a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicio futuros, con el fin de posibilitar la prórroga del contrato del servicio de cobertura informativa nacional e internacional de interés público del Departamento, durante el primer trimestre de 2012.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Educación a adquirir compromiso de gasto en el año 2012 para posibilitar la suscripción de un convenio de colaboración con la Generalidad de Cataluña para la gestión de las becas y ayudas al estudio correspondientes al curso académico 2011-2012.
  • ACUERDO por el que se autoriza un crédito extraordinario por importe de 456.290,91 euros, para abono de indemnizaciones por reclamaciones presentadas al amparo de la Orden ARM/2970/2009, de 5 de noviembre, que desarrolla el Real Decreto Ley 12/2009, de 13 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar daños por incendios y otras catástrofes naturales.
  • ACUERDO sobre el régimen de control económico-financiero aplicable por la Intervención General de la Administración del Estado al Instituto Español de Comercio Exterior.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria a adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros para la contratación de los servicios de telecomunicaciones en el período 2012-2016.

Política Territorial y Administración Pública

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto del Museo Nacional del Prado, aprobado por Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo.
  • REAL DECRETO sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de turismo.
  • REAL DECRETO de modificación de medios patrimoniales y personales adscritos a las funciones y servicios traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por el Real Decreto 895/2011, de 24 de junio.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Principado de Andorra sobre el traslado de residuos, así como su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para los asentamientos humanos para su establecimiento en España y su aplicación provisional.

Justicia


Defensa

  • REAL DECRETO por el que se crea el Archivo General e Histórico de Defensa.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1053/2010, de 5 de agosto, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, la enajenación por subasta de la propiedad denominada "Solar del antiguo Hospital Central del Aire", en el término municipal de Madrid.

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza la addenda al Acuerdo de encomienda de gestión entre la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y el organismo autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para la gestión parcial de los servicios de cocina de los centros penitenciarios bajo la fórmula de taller productivo.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio del Interior la contratación de la fabricación y suministro de seis helicópteros con destino a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por un importe máximo de 32.400.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contratación del servicio de mantenimiento de los despliegues fijos del Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE), y de las unidades móviles, a fin de garantizar la cobertura de la frontera sur de la Unión Europea.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la adquisición de chalecos de protección personal de uso interno para personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Convenio entre la Administración General del Estado y Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, Sociedad Anónima, por el que se modifican determinados términos de la concesión para la construcción, conservación y explotación de la Autopista del Atlántico AP-9, para la ampliación de capacidad de diversos tramos de dicha autopista.
  • REAL DECRETO por el que se regula la información sobre los derechos de tráfico aéreo procedentes de los acuerdos con terceros Estados en los que España sea parte y el régimen de su ejercicio.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de demolición y de reposición del muro medianero norte del edificio cívico en San Esteban del Valle (Ávila), actualmente en construcción mediante contrato de obras otorgado por la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas.
  • ACUERDO complementario número 1 por el que se amplían las obligaciones de servicio público contemplados en el "Acuerdo por el que se señalan las obligaciones de servicio público correspondientes a los servicios de transporte ferroviario de viajeros desarrollados por RENFE-Operadora en la red ferroviaria de interés general", de fecha 30 de diciembre de 2010.
  • ACUERDO por el que se declara lesivo a los intereses del Estado el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Albacete de fecha 25 de septiembre de 2009 por el que se fijó el justiprecio de la finca núm. 02630-002, propiedad de don José Miguel Tébar Martínez, doña María Ángeles Castillejo Pérez y don Juan Miguel Tébar Martínez, del t.m. de La Roda, afectada por la obra del proyecto clave 37-AB-4070-1, de modificación de accesos y de implantación del Área de Servicio La Roda en Autovía A-31 de Levante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un préstamo participativo a Autopistas del Henares, S.A., Concesionaria del Estado, por sobrecoste de expropiaciones, en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional cuadragésima primera de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un préstamo participativo a Accesos de Madrid, Concesionaria Española, S.A., por sobrecoste de expropiaciones, en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional cuadragésima primera de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza el Convenio entre el Ministerio de Fomento, la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.A., y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para la realización de la administración de la red de titularidad del Estado en el segundo semestre de 2011 y se convalida el gasto correspondiente a los servicios prestados por ADIF desde el 1 de julio de 2011.

  • ACUERDO por el que se autoriza el Convenio entre la Administración General del Estado, la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.A., y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, para la promoción de inversiones en la red de titularidad del Estado en 2011.
  • ACUERDO por el que se autoriza el Convenio entre la Administración General del Estado y el ente público Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para la gestión y mantenimiento de la red ferroviaria de titularidad del Estado durante el primer semestre de 2012.

Educación

  • REAL DECRETO por el que se establece el Título de Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Sonido para Audiovisuales y Espectáculos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Postimpresión y Acabados Gráficos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de Imagen y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Prótesis Dentales y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Actividades Comerciales y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior Artista Fallero y Construcción de Escenografías y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • INFORME sobre el Aprendizaje Permanente en España.

Trabajo e Inmigración

  • REAL DECRETO por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
  • REAL DECRETO por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Artes y Artesanías que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Comercio y Marketing que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecidos en el anexo II del Real Decreto 1377/2008, de 1 de agosto.
  • REAL DECRETO por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y Turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establece un certificado de profesionalidad de la familia profesional Química que se incluye en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • REAL DECRETO por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.

Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 648/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos durante 2011, en el Marco del Plan de acción 2010-2012 del Plan Integral de impulso al vehículo eléctrico en España 2010-2014, para prorrogar el plazo de admisión de solicitudes de ayuda.
  • REAL DECRETO por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.
  • REAL DECRETO por el que se designa a la empresa GEM Suministro de Gas Sur, S.L. como suministrador de último recurso de Gas Natural.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan marco de actuaciones para la liberación del dividendo digital.
  • ACUERDO por el que se declara de utilidad pública y se aprueba a Red Eléctrica de España, S.A.U. el proyecto de ejecución de la Subestación de "Gramanet", en el término municipal de Santa Coloma de Gramanet, en la provincia de Barcelona.
  • ACUERDO por el que se declara de utilidad pública y se aprueba a Red Eléctrica de España, S.A.U. el proyecto de ejecución de la modificación de las líneas a 220 Kv Sentmenat-Sant Fost-Canyet-Sant Andreu-Can Jardi, para la conexión del circuito a 400 Kv Piérola-Santa Coloma, en los términos municipales de Santa Coloma de Gramanet, Sentmenat y Castellar del Vallés, en la provincia de Barcelona.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1515/2009, de 2 de octubre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina.
  • REAL DECRETO de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a las agrupaciones de productores en los sectores ovino y caprino en el ejercicio 2012.
  • REAL DECRETO por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la demarcación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo.
  • REAL DECRETO por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la demarcación hidrográfica del Segura.
  • ACUERDO por el que se autoriza la quinta adenda a la modificación segunda del convenio de gestión directa celebrado entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Medio Ambiente y, Medio Rural y Marino, y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas del Mediterráneas, S.A., sobre ampliación de capital.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras correspondientes al Proyecto 11/11 de aprovechamiento energético limpio y sostenible y optimización de los recursos hídricos de la interconexión canal Bajo Guadalquivir-embalse de Torre del Águila, en el término municipal de Utrera (Sevilla).
  • ACUERDO por el que se declara la modificación de la reserva de 10.165 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre para la ejecución de las obras contenidas en el "Proyecto Modificado nº 1 de la nueva desaladora del Bajo Almanzora, en Almería".

Cultura

  • REAL DECRETO por el que se suprime el Museo Nacional de Reproducciones Artísticas, y se modifica el Real Decreto 1136/2008, de 4 de julio, por el que se cambia la denominación del Museo Nacional de Escultura por la de Museo Nacional Colegio de San Gregorio y se modifican la composición y funciones de su Patronato, para volver a su denominación original de Museo Nacional de Escultura.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia en las cresterías y pináculos que decoran las cubiertas del Museo Arqueológico de Sevilla.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria al Programa IBERMEDIA para incrementar el Fondo de ayudas a proyectos cinematográficos, por un importe en euros equivalente a 100.000 dólares.

Sanidad, Política Social e Igualdad

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Junta de Andalucía para financiar la construcción de un centro de servicios sociales de atención especializada en Jaén.
  • ACUERDO por el que se autoriza la realización de un contrato para la prestación del servicio de telecomunicaciones en el ámbito del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, sus organismos autónomos adscritos al mismo y al Instituto de Salud Carlos III.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la Organización Nacional de Ciegos Españolas (ONCE) en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad del futuro de la ONCE para el período 2012-2021.

Ciencia e Innovación

  • REAL DECRETO por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para Investigación Biomédica.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Servicio Gallego de Salud, para la ejecución del Proyecto Hospital 2050.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Servicio Gallego de Salud, para la ejecución del Proyecto Innova Saúde.
  • ACUERDO del Consejo de Ministros por el que se autoriza la suscripción de la Adenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Entidad Pública Empresarial Red.es, sobre el precio, la forma de pago y la justificación del proyecto "RedIRIS NOVA".
  • ACUERDO del Consejo de Ministros por el que se autoriza la suscripción del Acuerdo por el que se modifica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha para la creación del consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación del Centro nacional de Experimentación de Tecnologías del Hidrógeno y Pilas de Combustible
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) y el Instituto Nacional de Técnicas Aeroespaciales "Esteban Terradas" (INTA), para el desarrollo de un Centro de Ensayos de Aviones no Tripulados.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa HISDESAT Servicios Estratégicos, S.A., para el desarrollo del Programa HISNORSAT de Comunicaciones por Satélite.

ASUNTOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se confiere a Su Alteza Real Don Felipe, Príncipe de Asturias, la representación de España en los actos de toma de posesión de la Presidenta de la República Argentina.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa Embajadora de España en la República de Botswana, con residencia en Windhoek, a Dª MARÍA DEL CARMEN DÍEZ OREJAS.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a la señora ENIKÖ GYÖRI, Secretaria de Estado para la Unión Europea de la República de Hungría.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Sanidad, Política Social e Igualdad

Trabajo e Inmigración

ACTUALIZADOS Y PRORROGADOS LOS ACUERDOS CON LA ONCE PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD DE SU ACCIÓN SOCIAL HASTA 2021

  • La modalidad de juego de lotería instantánea se prorroga hasta el 31 de diciembre del 2021.
  • También un Real Decreto Ley para bonificar las cuotas a la Seguridad Social de los contratos de trabajos de personas con discapacidad y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).

El Consejo de Ministros ha acordado actualizar y prorrogar los acuerdos vigentes con la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) para garantizar su estabilidad financiera y su acción social hasta el 2021.

El Gobierno ha prorrogado y actualizado hasta el 31 de diciembre del 2021, según lo previsto en un Real Decreto de 2005, la explotación de la lotería instantánea de ámbito nacional, uno de los instrumentos básicos para el adecuado cumplimiento de los fines de interés social de la ONCE. El nuevo Real Decreto adapta la normativa a las previsiones contenidas en la reciente Ley de ordenación del juego del 27 de mayo de 2011 y actualiza el importe de las cuantías relativas al volumen máximo de ventas y de emisión anual, así como el porcentaje destinado a premios dentro de cada emisión.

Asimismo, el Consejo de Ministros renueva el Acuerdo General suscrito con la ONCE en 2004 en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para garantizar el cumplimiento de las funciones sociales que la Administración encomienda a esta organización.

El nuevo Acuerdo General entre el Gobierno y la ONCE se desarrollará en el periodo 2012-2021 y sustituye en su totalidad al anterior. Su objetivo es la proyección de la continuidad de los anteriores acuerdos a través de actualizaciones y mejoras en su contenido para asegurar la consecución del objetivo primordial: garantizar la estabilidad institucional y financiera de la ONCE para que pueda mantener la solvencia y calidad de la labor social que desempeña.

En consonancia con el nuevo contexto normativo definido en la Ley de Regulación del Juego de 2011, que abre el mercado liberalizado de juego a la competencia, se designa a la ONCE, junto a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado, como uno de los operadores a los que quedan reservadas en exclusiva las loterías de ámbito estatal. Esta regulación salvaguarda el régimen jurídico preexistente de la ONCE.

La estabilidad de la ONCE, basada en su consolidación institucional, una inequívoca vocación social y en su reconocimiento como entidad singular de economía social, a través de la Ley de Economía Social de 2011, permite asegurar su continuidad y su futuro como organización de ciegos, creada para conseguir el bienestar y la integración social de sus afiliados, promoviendo su autonomía personal y plena integración en la sociedad, y el compromiso de solidaridad adquirido con otros discapacitados a través de la Fundación ONCE.

BONIFICACIONES PARA CONTRATOS CON PERSONAS DISCAPACITADAS

La ONCE, como corporación de derecho público de carácter social, basada en los principios de la solidaridad, la ausencia de ánimo de lucro y el interés general, es la mayor empleadora de personas con discapacidad que existe en España. Por ello, el Gobierno ha aprobado, mediante un Real Decreto Ley, bonificar con el 100 por 100 las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta, de forma similar a lo que sucede con los Centros Especiales de Empleo.

El Gobierno entiende que la actualización y prórroga de estos acuerdos favorecen el cumplimiento de los fines sociales y de solidaridad encomendados a la ONCE, en especial el acceso al empleo de las personas con discapacidad, al asegurar su estabilidad jurídica y financiera hasta el año 2021.

COMPENSACIÓN DE MENOR COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR LA "CRISIS DEL PEPINO"

Además, el Real Decreto Ley establece medidas de compensación por la disminución de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por la llamada "crisis del pepino" o de la bacteria "E.coli".

La crisis de la bacteria "E.coli" y la intoxicación alimentaria en Alemania motivaron una serie de ayudas institucionales a las empresas del sector agrícola español afectadas por los primeros informes que apuntaban a los productos de nuestro campo como posible causa de la enfermedad; algo que se descartó posteriormente, pero ya se había perjudicado sensiblemente al sector agrícola español.

Las ayudas aprobadas por la Comisión Europea tuvieron como destinatarias a las empresas y, sin embargo, los trabajadores y trabajadoras no fueron protegidos por dicha contingencia.

Con el acuerdo adoptado hoy, el Gobierno compensará a estas personas por la disminución de la cotización a la Seguridad Social, producida como consecuencia de la no realización de las jornadas de trabajo agrícolas, mediante la suscripción de un Convenio Especial con la Tesorería General de la Seguridad Social, que se financiará con cargo a los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Así pues, se considerará que un trabajador o trabajadora ha visto disminuida su actividad laboral como consecuencia de la conocida como "crisis del pepino" tendrán que acreditar la situación de inactividad en una empresa afectada durante el período de mayo a julio en el ejercicio 2011.


Cultura

Sanidad, Política Social e Igualdad

CREADO EL FORO DE CULTURA INCLUSIVA

  • Tiene como objetivo garantizar que las personas con discapacidad puedan disfrutar de la cultura en condiciones plenas de accesibilidad.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto, a propuesta de los Ministerios de Cultura y de Sanidad, Política Social e Igualdad, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva.

Este órgano interministerial se encargará de realizar el seguimiento de la aplicación de la Estrategia Integral Española de Cultura para Todos, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de julio. El Foro se encargará de sumar en un único plan nuevas actuaciones y aquellas que ya están en marcha para que las personas con discapacidad puedan disfrutar de la cultura en condiciones plenas de accesibilidad.

Además de este objetivo general, el Foro supervisará y auditará la puesta en marcha de las líneas de actuación previstas en la Estrategia y con criterios de calidad; elaborará un catálogo de indicadores e informará, asesorará y apoyará a los órganos, organismos e instituciones que constituyen el ámbito de aplicación de esta Estrategia, así como a las organizaciones de personas con discapacidad y de sus familias.

Este órgano colegiado y de carácter consultivo queda adscrito al titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. Está integrado por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad; el Ministerio de Cultura, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional; el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad; los centros de referencia públicos y privados, y diversos expertos en el ámbito de aplicación de la Estrategia.

Composición del Foro

El Foro de Cultura Inclusiva actuará en Pleno y en Comisiones. El Pleno celebrará, al menos, dos sesiones ordinarias al año, cuya convocatoria será acordada por la persona titular de la Presidencia, quien podrá acordar la convocatoria de sesiones extraordinarias.

La composición del Foro tiene la siguiente estructura: la Presidencia del Pleno corresponderá a la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de Cultura; la Vicepresidencia primera del Pleno estará representada por la persona titular de la Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales de la Discapacidad; la Vicepresidencia segunda estará ocupada por un representante del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad; dos de los trece vocales serán representantes del Ministerio de Cultura, nombrados por la persona titular de ese departamento; y la Secretaría del Pleno, con voz pero sin voto, la ejercerá un funcionario de la Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales de la Discapacidad, del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. Asimismo, el Foro podrá nombrar expertos para que participen, con voz y sin voto, y asesoren en las sesiones del Pleno.


Trabajo e Inmigración

PROCEDIMIENTO PARA REDUCIR LA EDAD DE JUBILACIÓN EN TRABAJOS PENOSOS, TÓXICOS O PELIGROSOS

  • Se desarrolla el acuerdo consensuado con los agentes sociales y se recoge como excepcional el adelanto de la jubilación en estas situaciones de riesgo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social, en el caso de trabajos que, por ser excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos, registren índices elevados de morbilidad o mortalidad.

Este desarrollo reglamentario, que parte del acuerdo con los agentes sociales, considera la jubilación anticipada como situación excepcional, siempre que no sea posible cambiar las condiciones de penosidad, toxicidad o peligrosidad, o el propio puesto de trabajo. Los trabajadores autónomos podrán acceder a la jubilación anticipada en los mismos supuestos y colectivos que se fijen para los trabajadores asalariados.

El procedimiento que aprueba este nuevo texto legal exige estudios previos de siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo, de qué forma inciden en las bajas laborales que generan en los trabajadores y los requerimientos físicos exigidos para desarrollar la actividad laboral de que se trate.

Además, la norma recoge incentivos para las empresas que adopten medidas que, sin ser obligatorias, contribuyan a eliminar o a reducir estas características.

La regulación de los coeficientes reductores responde a la exigencia recogida, tanto en la Ley de medidas en materia de Seguridad Social de 2007, como en la Ley de 2011 sobre actualización adecuación y modernización de la Seguridad Social, norma que contó con el acuerdo de las organizaciones sindicales y patronales.


Industria, Turismo y Comercio

PRORROGADAS LAS AYUDAS A LA COMPRA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

  • Se amplía el período de solicitud de ayudas hasta el 15 de diciembre de 2011 y desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2012.
  • Esta ampliación está motivada por el retraso a 2012 de gran parte de la oferta prevista de vehículos eléctricos y busca transmitir un apoyo claro al desarrollo del vehículo eléctrico en nuestro país.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para ampliar hasta finales de 2012 el plazo para que los usuarios soliciten ayudas directas a la compra de vehículos eléctricos, con el objetivo de evitar un estancamiento de la demanda debido al retraso a 2012 de la llegada al mercado de muchos modelos eléctricos.

Con esta prórroga de las ayudas el plazo para presentar las solicitudes se amplía en dos semanas, hasta el 15 de diciembre de 2011, y entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2012. Las ayudas mantienen las mismas características que las aprobadas mediante un Real Decreto del 9 de mayo de 2011.

El estímulo a la demanda de vehículos eléctricos mediante ayudas directas a la compra es una de las medidas incluidas dentro del Plan de Acción 2010-2012 de la Estrategia Integral para el Impulso del Vehículo Eléctrico en España 2010-2014, elaborada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio tras debates con los agentes del sector. Además del apoyo a la demanda, el Plan de Acción también contiene actuaciones en los ámbitos de la industrialización y la I+D+i, la infraestructura de recarga y la gestión energética, así como medidas transversales.

Retrasos en la oferta

A lo largo de 2011 distintas marcas han ido concretando su oferta de vehículos eléctricos y, también a lo largo de 2011, la industria española ha puesto en marcha planes de fabricación y desarrollo de vehículos eléctricos. No obstante, analizando la oferta de las principales marcas se concluye que el 54 por 100 de los modelos de vehículos eléctricos previstos para 2011/2012 han sufrido retrasos, lo que ha afectado a la demanda.

Se prevé que desde finales de 2011 y durante 2012 se consolide la oferta de estos vehículos, con la incorporación de modelos fabricados en plantas españolas. La ampliación de las ayudas se ajusta así a la disponibilidad de modelos en el mercado y pretende incentivar la demanda cuando se va a consolidar la oferta, dando una señal clara a los fabricantes de la apuesta de España por el vehículo eléctrico.


La financiación de la prórroga en 2011 se realizará con cargo al remanente existente, a 1 de diciembre de 2011, en el vigente Presupuesto de Gastos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por un importe no superior a un millón de euros. Las solicitudes presentadas desde el 1 de enero de 2012 al 30 de noviembre de 2012 se financiarán con cargo al presupuesto para 2012, por un importe máximo de 49 millones de euros.

Ayudas a la compra

Las ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España, ya sean turismos (categoría M1), furgonetas (N1), furgones (N2), autobuses (M2 y M3), motocicletas (L3e y L5e) ó cuadriciclos, tanto ligeros (L6e), como pesados (L7e).

La cuantía de la subvención individual es del 25 por 100 del precio de venta antes de impuestos del vehículo completo, incluyendo sus baterías propulsoras. Si el vehículo adquirido no incluye sus baterías propulsoras, el porcentaje del 25 por 100 de la ayuda individual pasa a ser del 35 por 100, manteniendo los límites anteriores.

Dependiendo del tipo de vehículo y de su autonomía (en modo exclusivamente eléctrico) se establecen una serie de límites a estas ayudas:

GRUPO 1: vehículos de las categorías M1, N1, L6e, L7e, L5e, L3e.

  • 2.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 km y no inferior a 15 km.
  • 4.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 40 km e inferior o igual a 90 km.
  • 6.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 90 km.

GRUPO 2: vehículos microbuses M2 y comerciales N2

  • Máximo de 15.000 euros, siempre que su autonomía sea superior a 60 km.

GRUPO 3: vehículos autobuses y autocares M3

  • Máximo de 30.000 euros, siempre que su autonomía sea superior a 60 km.

Cuando el mismo beneficiario adquiera más de un vehículo de la misma categoría, se incrementará la ayuda individual correspondiente a cada vehículo como sigue:

  • Incremento del 15 por 100 para los vehículos del segundo al quinto.
  • 20 por 100 para los vehículos del sexto al décimo.
  • 25 por 100 para el undécimo vehículo y siguientes.


Industria, Turismo y Comercio

PLAN DE ACTUACIONES PARA LA LIBERACIÓN DEL DIVIDENDO DIGITAL

  • El Plan detalla las acciones técnicas, sociales y transversales necesarias para la liberación de las frecuencias radioeléctricas que constituyen el llamado dividendo digital.
  • El objetivo es que la banda de frecuencias 790-862 MHz, actualmente utilizada por la televisión, quede libre antes de 2015 para servicios de banda ancha.
  • Entre otros ejes, incluye la planificación de las frecuencias radioeléctricas, un plan de despliegue de la red técnica y un plan de compensaciones para la emisión temporal en simulcast y para la adaptación, en los casos en que sea necesario, de las instalaciones receptoras.
  • Además, incorpora una serie de actuaciones de comunicación dirigidas a ciudadanos y administraciones.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Plan Marco por el que se establecen las actuaciones necesarias para la liberación de las frecuencias radioeléctricas que constituyen el llamado dividendo digital, para que puedan ser utilizadas por los operadores de telecomunicaciones para prestar servicios avanzados de comunicaciones electrónicas.

El 3 de abril de 2010 se completó con éxito el proceso de transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT), con el cese definitivo de las emisiones con tecnología analógica terrestre. Las actuaciones conocidas como dividendo digital tienen por objetivo final que el servicio de TDT se explote en la banda de frecuencias de 470 a 790 MHz, de modo que la subbanda de frecuencias de 790 a 862 MHz (canales radioeléctricos 61 a 69), donde actualmente se presta, quede reservada para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de carácter paneuropeo, tal y como establece la Ley de Economía Sostenible.

De este modo, las bandas que conforman el dividendo digital se dedicarán a servicios que son considerados clave para la recuperación económica, como los servicios de banda ancha. Así, la consecución del dividendo digital y el desarrollo de nuevos servicios y tecnologías en esta banda de frecuencias son fundamentales para alcanzar el objetivo de cobertura de banda ancha a 30 Mbps del 100 por 100 de los ciudadanos antes de mayo de 2020, según establece la Agenda Digital Europea.

La Ley de Economía Sostenible prevé que la banda del dividendo digital quede libre antes del 1 de enero de 2015. Con el objetivo de abordar todo este proceso, se aprueba este Plan Marco que define la hoja de ruta de las actuaciones necesarias, que se desarrollarán en el período 2012-2014.


Con el Plan se persigue asegurar el mantenimiento del servicio público de televisión, minimizando al máximo posible el impacto en los ciudadanos y difusores derivado de este proceso de reordenación paneuropea del espectro radioeléctrico. Al mismo tiempo, se cumplirán los compromisos adquiridos con los operadores que se han adjudicado frecuencias en la banda de 790 a 862 MHz en las licitaciones que se han llevado a cabo recientemente.

El Plan Marco cuenta con un amplio grado de consenso entre los agentes del sector, tanto en la oportunidad de su aprobación, como guía de las actuaciones a realizar en el período 2012-2014 como en el contenido del mismo.

ACTUACIONES PREVISTAS EN EL PLAN

El Plan comprende la adopción de los siguientes planes o ejes de actuación que cubren el área técnica del proceso, la parte social y los aspectos transversales.

Plan de frecuencias radioeléctricas

Su objetivo es el desarrollo de la planificación de las frecuencias radioeléctricas que se utilizarán en las 76 áreas geográficas en las que se ha dividido el territorio nacional.

Plan de despliegue de la red técnica

El objetivo de este plan es la identificación y priorización de actuaciones técnicas sobre las redes de difusión de cada área geográfica, para lograr la migración de frecuencias. Asimismo, incluye como actuaciones necesarias para la liberación del dividendo digital las asociadas a la adaptación de las instalaciones receptoras (antenización) y las de emisión simultánea o simulcast. Ambas se llevarán a cabo a partir de julio de 2012.

Plan de seguimiento del proceso y control de actuaciones

Tiene por objeto la definición de indicadores y actuaciones de control, que permitan la consecución de los objetivos del Plan Marco en tiempo y forma.

Plan de comunicación ciudadana

En él se diseña la estrategia de comunicación para minimizar el impacto ocasionado por el proceso en la ciudadanía y en los agentes afectados. Incluye la comunicación en grandes medios y también la comunicación de proximidad, tanto a usuarios como a administraciones locales, así como a asociaciones y otros actores involucrados.


Plan de contingencias y gestión de riesgos

En él se identifican los riesgos potenciales del proceso y se evalúa la posibilidad real de que ocurran, al tiempo que se proponen acciones preventivas y correctivas e indicadores de la gestión de los riesgos.

Plan de compensaciones

El plan de compensaciones se plantea para la emisión en "simulcast" durante un período transitorio y, en los casos en que sea necesario, para la adaptación de las instalaciones receptoras, compensando así los perjuicios ocasionados por la liberación del Dividendo Digital. Para la puesta en marcha de los mecanismos asociados a dichas compensaciones se deberán establecer las necesidades concretas y determinar, en función de las disponibilidades presupuestarias, las cantidades que se destinarán y su distribución en el tiempo.


Economía y Hacienda

MODIFICADA LA NORMATIVA REGULADORA DE LA VENTA DE TABACO

Se trata de adaptarla a la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro de 1999 que desarrolló la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y reguló el Estatuto Concesional de la Red de Expendedurías de Tabaco y Timbre. El texto aprobado hoy adapta el citado Real Decreto del año 1999 a la redacción de la Ley del 26 de diciembre de 2005 sobre medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

La adaptación supone incluir, entre los establecimientos a los que se puede autorizar para vender con recargo, las tiendas de conveniencia previstas en el artículo 5.4 de la Ley de Horarios Comerciales de 2004, tanto las ubicadas en estaciones de servicio, como aquellas que aporten certificación acreditativa de la condición de tienda de conveniencia expedida por la autoridad competente en materia de comercio.

Asimismo, se incorpora la posibilidad de vender cigarros y cigarritos provistos de capa natural de forma manual en todos los establecimientos autorizados para la venta con recargo, y no solamente en los bares y restaurantes con una superficie igual o superior a cien metros de superficie útil.

También se introduce una modificación en las autorizaciones de punto de venta con recargo, al objeto de permitir la obtención de una única autorización para varios puntos de venta situados en el mismo establecimiento, siempre que las solicitudes se presenten el mismo día. De esta forma, se eliminan cargas administrativas en cumplimiento de la Ley de Economía Sostenible.


Presidencia

Cultura

CREADO EL SISTEMA ESPAÑOL DE ARCHIVOS

  • Los ciudadanos podrán acceder de una forma más sencilla a los archivos de la Administración General del Estado.
  • Se establece un procedimiento común de acceso y un plazo máximo de un mes para que los órganos competentes resuelvan las solicitudes de acceso a los archivos.
  • Se crean los dos sistemas archivísticos pendientes en nuestro país.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos, así como su régimen de acceso, que será común para todos los archivos y más sencillo para los ciudadanos.

A través de este Real Decreto se llena el vacío normativo existente en materia archivística y de acceso a archivos y se renueva una normativa que se remontaba al año 1901. Asimismo, la nueva normativa se adapta a los cambios derivados de la incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación, la perspectiva autonómica y al reconocimiento a la ciudadanía de una serie de derechos de información y acceso.

El Real Decreto aprobado hoy se guía por tres principios:

1.- Modernizar la Administración, mejorando la organización, la eficiencia y la cooperación entre ministerios y entre administraciones en la gestión archivística.

2.- Reforzar la transparencia y la información pública, garantizando el derecho de la ciudadanía de acceso a los archivos y mejorando el acceso electrónico.

3.- Facilitar la tarea de investigación a universidades y científicos de diferentes áreas de conocimiento histórico, sociológico, politológico, estadístico, etcétera.

Mediante este Real Decreto, y a través de la creación del Sistema Español de Archivos, se mejora de la cooperación entre administraciones, de acuerdo con las competencias de cada cual y el principio de voluntariedad, a través de convenios, protocolos, etcétera, y se integra también en el mismo régimen a los de titularidad privada. Asimismo, se crea el Consejo de Cooperación archivística, adscrito al Ministerio de Cultura.


Administración General del Estado

Además, el Real Decreto configura el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos con el objeto de establecer una normativa común para una gestión archivística moderna, ordenada y eficiente, basada en una concepción de servicio público. En este sentido, se crea la Comisión de Archivos de la Administración General del Estado, como órgano interministerial adscrito al Ministerio de Presidencia, y se profundiza en lo relativo a los documentos electrónicos generados en el ámbito de la Administración.

Acceso a documentos y archivos

En tercer lugar, se establece el procedimiento para que los ciudadanos puedan ejercer el derecho de acceso a documentos y archivos de titularidad del Estado y sus organismos públicos. Este derecho está reconocido en la Constitución y en nuestras leyes. Sin embargo, no estaba regulado el procedimiento para su ejercicio, condición imprescindible tanto para la garantía efectiva del derecho, como para dotar de un marco de actuación preciso y seguro a los responsables de los archivos.

Lo más relevante del procedimiento para ejercer el derecho de acceso a los archivos es que la resolución de la solicitud deberá adoptarse en el plazo máximo de un mes desde su recepción por el órgano competente. En caso de no existir respuesta en ese plazo, la solicitud de acceso se entenderá estimada.

El articulado del Real Decreto establece un procedimiento común de acceso de los ciudadanos a los archivos de la Administración General del Estado y de sus organismos. Regula también los documentos cuyo acceso está restringido y condicionado a la obtención de autorización previa, como los documentos clasificados, los que contengan información cuya difusión pudiera entrañar riesgos para la seguridad y la defensa del Estado y los que contengan datos personales.

La aplicación de las disposiciones contenidas en este Real Decreto constituye un paso más en la madurez de la organización archivística de nuestro país y en el desarrollo del acceso efectivo de los ciudadanos a la información como práctica esencial del buen gobierno, y contribuye a la consecución de unos niveles de transparencia, entendidos como un indicador indiscutible de la calidad de todo sistema democrático.


Defensa

CREADO EL ARCHIVO GENERAL E HISTÓRICO DE DEFENSA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crear el Archivo General e Histórico de Defensa, que se regirá de acuerdo a las disposiciones reguladas en la Ley del Patrimonio Histórico Español del 25 de junio de 1985 y el Reglamento de Archivos Militares.

El citado Reglamento crea y define el Sistema Archivístico de la Defensa, que queda articulado en cuatro subsistemas: Subsistema Archivístico del Ejército de Tierra, Subsistema Archivístico de la Armada, Subsistema Archivístico del Ejército del Aire y Subsistema Archivístico del Órgano Central.

En la actualidad, el Subsistema Archivístico del Órgano Central cuenta con una amplia red de archivos de gestión y archivos centrales, pero no con archivos históricos, por lo que es necesario completar dichas infraestructuras con la creación del Archivo General e Histórico de Defensa, que se convertirá en su principal referencia.

Sede en Madrid

El Archivo General e Histórico de Defensa, que tendrá su sede en Madrid, será de titularidad estatal y carácter nacional, y será declarado Archivo Militar Nacional conforme con el artículo 22 del Reglamento de Archivos Militares.

Los fondos custodiados en el Archivo General e Histórico de Defensa procederán del Órgano Central del Ministerio de Defensa y sus Centros Directivos, así como de los Órganos periféricos y los Organismos autónomos del Ministerio de Defensa, y de los Órganos que gestionan los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

Asimismo, custodiará los fondos procedentes de cualquier otro organismo dependiente del Ministerio de Defensa no integrado en los Subsistemas Archivísticos del Ejército de Tierra, la Armada o el Ejército del Aire; y podrá también aceptar la incorporación de fondos documentales procedentes de otros organismos públicos o de personas físicas o jurídicas de carácter privado, vinculados a la Defensa o a las Fuerzas Armadas.

Funciones

Sus funciones serán, entre otras, recibir, custodiar y preservar la documentación generada por los órganos, organismos y personas físicas y jurídicas indicados anteriormente; realizar los procesos de valoración y las propuestas iniciales de conservación y selección de los fondos, y organizar y describir los fondos documentales custodiados, así como promover su consulta y difusión.

La creación del Archivo General e Histórico de Defensa no supondrá aumento del gasto público y las unidades administrativas y puestos de trabajo necesarios para su puesta en marcha se realizarán mediante la modificación de las relaciones o catálogos de puestos de trabajo del Ministerio de Defensa que sean precisos.


Industria, Turismo y Comercio

REGULADAS LAS CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA LA CONEXIÓN DE LAS INSTALACIONES DE PEQUEÑA POTENCIA

  • Se allana el camino a la generación distribuida al simplificar la tramitación para la entrada en el sistema de pequeñas instalaciones de generación eléctrica, preparando las condiciones para dar paso al autoconsumo.
  • La norma facilitará el desarrollo de energías renovables en viviendas y PYMEs. Se complementará con la normativa de balance neto, en fase de elaboración, que regulará el autoconsumo.
  • La paulatina entrada de este tipo de pequeñas plantas modificará el actual modelo centralizado de grandes instalaciones eléctricas al promover un nuevo sistema de generación cada vez más distribuida, con importantes ventajas para el sistema y consumidores.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula las condiciones administrativas y técnicas básicas para la conexión de las instalaciones de fuentes renovables y de cogeneración de pequeña potencia. La nueva normativa, que traspone a la legislación española parte de la Directiva Europea de Energías Renovables, se suma a la ya existente en este capítulo y tiene como finalidad simplificar la tramitación exigida para acelerar la entrada en el sistema eléctrico de instalaciones de pequeño tamaño.

La norma permitirá el acceso de las viviendas y pequeños comercios a la generación eléctrica a pequeña escala para, una vez que se establezca la regulación de balance neto en el que se está trabajando, se pueda autoconsumir la energía producida.

Este procedimiento para el suministro en la modalidad de balance neto será aprobado en los próximos meses, tal y como establece el Real Decreto aprobado hoy.

La norma facilitará el desarrollo de energías renovables en viviendas y PYMEs. Se complementará con la normativa de balance neto, en fase de elaboración, que regulará el autoconsumo.

La paulatina entrada en el sistema eléctrico español de este tipo de pequeñas plantas generadoras de electricidad promoverá una generación cada vez más distribuida, modificando el actual modelo centralizado de grandes instalaciones eléctricas con numerosas ventajas para el sistema y para el propio consumidor. Respecto al sistema eléctrico, el sistema de generación eléctrica distribuida supondrá menores pérdidas de energía en las redes y la reducción de inversiones económicas en transporte y distribución, además de un ahorro de energía primaria; y para los consumidores, la mejora de la autonomía energética y de la seguridad de suministro.

El Real Decreto aprobado hoy establece el procedimiento a seguir para la tramitación por parte del titular de la instalación o, en su caso, el que pretenda adquirir esta condición, de la solicitud de acceso y conexión a la red. Asimismo, se regula un procedimiento abreviado para las instalaciones de potencia no superior a 10 kW que pretendan conectarse en la red de distribución en baja tensión.

Relaciones entre el pequeño productor y la empresa distribuidora

El Real Decreto detalla todos los aspectos que puedan surgir en la relación entre el generador de energía mediante una pequeña instalación y el distribuidor. Entre ellas, estipula la fijación del procedimiento de medida y facturación para permitir y garantizar la correcta medida y facturación de la energía producida.

Determina también las condiciones técnicas de acceso y conexión que deberán ser notificadas por la empresa distribuidora en determinado plazo, y las condiciones económicas de la conexión, especificando en qué casos el coste será a cargo del titular de la instalación de generación.

En la nueva normativa se describen los aspectos relativos a la elaboración del contrato y a las obligaciones de suscripción por parte de la empresa distribuidora, y se detallan las obligaciones del titular de la instalación, responsable de mantener la instalación en perfectas condiciones de funcionamiento.

El Real Decreto aclara, además, que como paso previo a efectuar la conexión a la red, es necesario emitir un boletín de las características principales de la instalación y de superación de las pruebas de la instalación. Asimismo se recogen los tipos de protecciones con los que deberá contar la instalación, las condiciones en las que se efectuará la puesta a tierra de la instalación conectada, y lo relativo a armónicos y compatibilidad electromagnética y garantía de seguridad en trabajos de la red de distribución.

Finalmente, se llevan a cabo otras modificaciones reglamentarias al objeto de optimizar los flujos de información entre los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Comisión Nacional de la Energía, para, de esta forma, mejorar el servicio prestado a los administrados.


Economía y Hacienda

REGULADO EL RÉGIMEN TRANSITORIO DE CONTROL ECONÓMICO-FINANCIERO SOBRE EL ICEX

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se regula el régimen de control económico-financiero que será aplicable por la Intervención General de la Administración del Estado al Instituto de Comercio Exterior (ICEX), tras la transformación de éste en entidad pública empresarial como consecuencia del Real Decreto de medidas urgentes de impulso a la internacionalización, de 2011.

El acuerdo adapta de forma transitoria el régimen de control financiero aplicable al ICEX, según la Ley General Presupuestaria, al proceso de adaptación a su nueva forma jurídica, en el que habrá de adoptar determinados cambios relacionados con sus sistemas y procedimientos de planificación, gestión y contabilización de su actividad.

Por ello, en tanto que se consoliden estas necesarias modificaciones, el ICEX quedará sujeto a las actuaciones de auditoría pública que se establezcan en el Plan Anual de Auditorías.


Educación

NUEVA REGULACIÓN DE LAS PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS DE LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado UN Real Decreto por el que se establece la nueva regulación de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios con el fin de hacerlas más acordes a la realidad actual y al nuevo marco establecido tras la adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior.

De esta manera, el texto desarrolla, precisa y aclara aspectos como los referidos a los objetivos de las prácticas, entidades colaboradoras y destinatarios, requisitos, tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa.

Fines

En cuanto a los fines que se pretenden alcanzar con la realización de las prácticas, se recoge la importancia de la contribución a la formación integral de los estudiantes, el complemento de su aprendizaje y la adquisición de una experiencia práctica favorecedora, no sólo de su inserción en el mercado de trabajo, sino también de mejora de su empleabilidad futura, así como el fomento de valores como la innovación, la creatividad y el emprendimiento.

Modalidades

Otro aspecto que queda recogido en el Real Decreto es el referido a las modalidades de las prácticas académicas externas. Se distingue entre prácticas curriculares y prácticas extracurriculares. La primera modalidad se refiere a aquellas que se configuran como actividades académicas obligatorias recogidas en el Plan de Estudios y que tienen una duración fijada en el mismo. Las prácticas extracurriculares, por su parte, son aquellas que el estudiante podrá realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aunque no forman parte del Plan de Estudios, serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título. Estas prácticas tendrán una duración, preferentemente, no superior al 50 por 100 del curso académico, tal y como ocurría hasta el momento.

Convenios de Cooperación Educativa

Los Convenios de Cooperación Educativa tendrán a partir de ahora dos novedades. En primer lugar, se regula un nuevo sujeto, las entidades gestoras. Se trata de unidades no integradas en la estructura administrativa de las universidades, sino en la de las fundaciones universitarias, fundaciones universidad-empresa y otras unidades similares que han venido impulsando no sólo las prácticas en empresas, sino también la formación y orientación para el empleo, el fomento de la emprendeduría y las actividades de inserción laboral de los estudiantes universitarios.


En segundo lugar, se establece un contenido mínimo de los convenios, que son: el proyecto formativo; el régimen de permisos; las condiciones de rescisión anticipada de la práctica en caso de incumplimiento de sus términos; la existencia, en su caso, de una bolsa o ayuda de estudios para el estudiante y la forma de su satisfacción; la protección de sus datos y la regulación de los eventuales conflictos surgidos en su desarrollo, así como los términos del reconocimiento de la Universidad a la labor realizada por los tutores de la entidad colaboradora.

Otras novedades

Además, el Real Decreto define de forma más amplia los destinatarios de las prácticas, que serán aquellos estudiantes matriculados en enseñanzas universitarias, al mismo tiempo que fija los requisitos que han de cumplir para su realización. Entre éstos destacan la no vinculación, en el caso de las extracurriculares, a la superación de cierto número de créditos, ya que se considera conveniente la posibilidad de realizar prácticas desde los primeros cursos.

Por otra parte, se señala expresamente que en ningún caso podrán derivarse obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. Asimismo, se prevé que, en el caso de que el estudiante se incorporase a la plantilla de la entidad colaboradora, el tiempo de las prácticas no se computará a efectos de antigüedad ni eximirá del período de prueba, salvo que en el oportuno convenio colectivo aplicable estuviera expresamente estipulado algo distinto.

En cuanto a la evaluación de las prácticas, se establece el contenido de los informes y memorias en los que se expresan los resultados de las prácticas, y se establece el contenido mínimo que debe tener el documento acreditativo de haber realizado las prácticas, que también se incorporará al Suplemento europeo del Título.

Otra de las novedades está en el hecho de que, además de recoger los derechos y deberes de los estudiantes en prácticas, también se regulan los de los tutores.

Además, se establecen los criterios para la conformación del proyecto formativo en que se concreta la realización de cada práctica. Se hace especial mención a la relación directa que ha de existir entre sus contenidos y competencias a adquirir con los estudios cursados por el estudiante, así como a la consideración de los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.

Finalmente, se recogen por primera vez algunas directrices sobre oferta, difusión y adjudicación de las prácticas externas, como el hecho de que las universidades priorizarán a los estudiantes que tengan prácticas curriculares frente a los que soliciten prácticas extracurriculares, o que la realización de las prácticas conlleven el menor coste económico posible para los estudiantes.


Educación

INFORME SOBRE EL APRENDIZAJE PERMANENTE EN ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Educación sobre el Aprendizaje Permanente en España-Nuevas oportunidades para aprender.

El informe recoge que España se ha situado en niveles ligeramente superiores a la media europea en participación de personas adultas en educación y formación. De esta forma, en 2010 el 10´8 por 100 de las población entre 25 y 64 años participaba en educación formal o no formal, mientras que la cifra correspondiente a la Unión Europea es del 9'1 por 100.

En mayo de 2009 el Consejo de la Unión Europea respaldó el objetivo de alcanzar un porcentaje del 15 por 100 para el año 2020, ya que en este año se espera que el 85 por 100 de los puestos de trabajos requieran de una cualificación de nivel medio-alto.

Con esta perspectiva debe preocupar la existencia de colectivos numéricamente importantes que tienen una baja o nula cualificación, y a los que se debe prestar atención prioritaria para darles la posibilidad de integración social y laboral. Entre estos colectivos está la población adulta (mayores de dieciséis años) que carece de las competencias básicas correspondientes a la enseñanza obligatoria, que según la EPA del segundo trimestre de 2010, es del 33'5 por 100. También hay que prestar especial atención a la población activa que carece de acreditación de su cualificación profesional que asciende al 58'2 por 100. Por otro lado, es prioritario el colectivo de los jóvenes que no obtienen el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria al finalizar 4º curso de la ESO, así como el de los jóvenes que abandonan prematuramente los estudios, que según los datos de 2010 son el 28´4 por 100.

Plan de Acción

Por este motivo, el informe contempla un Plan de Acción que presenta, de forma sistematizada, las medidas necesarias para cumplir los objetivos comprometidos por la Comisión Europea de incrementar el aprendizaje de personas adultas en el período 2010-2020. Se trata, por tanto, de la necesaria concreción en el ámbito nacional de las políticas europeas para el aprendizaje permanente y, especialmente, del Plan de Acción el Aprendizaje para Adultos-Siempre es un buen momento para aprender, aprobado en 2007.

Este Plan de Acción 2012-2014 tiene como punto de partida el Plan de Acción 2007 de la Comisión Europea y es resultado de un proceso de trabajo impulsado por el Ministerio de Educación a lo largo de los últimos tres años. El principal objetivo es alcanzar en este periodo una tasa de participación del 12 por 100, y del 20 por 100, cinco puntos más que lo fijado por la Unión Europea, en 2020.

Este Plan está dirigido al conjunto de la población para que pueda aumentar sus competencias profesionales, personales o sociales, complementando las adquiridas durante su paso por el sistema educativo en la etapa escolar inicial. No obstante, el Plan tiene como prioridad los colectivos con baja o nula cualificación.

Ejes estratégicos

Para alcanzar los objetivos que fija Europa para el aprendizaje permanente, el Gobierno de España propone a las Administraciones, Comunidades Autónomas, agentes sociales y organizaciones o entidades interesadas en el sector, la coordinación de sus acciones y recursos, y la participación en los siguientes ejes estratégicos, vinculados y coherentes con el Plan de Acción 2010-2011 del Ministerio de Educación, con la Ley de Economía Sostenible, y con el Real Decreto Ley de 2011 de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas:

1.Desarrollar mecanismos que faciliten la reincorporación de la población adulta al sistema educativo para obtener el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

2.Generalizar el reconocimiento de competencias profesionales como mecanismo para aumentar la cualificación de la población activa, en particular la de los trabajadores poco cualificados.

3.Establecer nuevas vías de acceso a la Formación Profesional y hacer compatible el trabajo y el estudio para los jóvenes que lo abandonan prematuramente.

4.Reforzar la actualización y la adquisición de nuevas competencias profesionales para afrontar con éxito el cambiante mercado laboral.

5.Promover el acceso de las personas adultas al Bachillerato, a la Formación Profesional y a la Universidad.

6.Ofrecer educación y formación, formal y no formal, a personas en riesgo de exclusión social como estrategia de apoyo a la superación de situaciones de pobreza y marginación.

7.Difundir entre la ciudadanía las posibilidades de la formación permanente.

8.Establecer mecanismos para la mejora de la calidad y la evaluación periódica de la implementación de las políticas relacionadas con el aprendizaje a lo largo de la vida, con participación de todos los agentes implicados.


Estos ejes estratégicos se articulan en veinticinco Acciones en las cuales es posible integrar las actividades actualmente en desarrollo y aquellas a implantar por las distintas administraciones, agentes sociales y entidades de la sociedad civil implicadas en el aprendizaje permanente.

El informe completo puede consultarse en la página web del Ministerio de Educación:

http://www.educacion.gob.es/horizontales/prensa/notas/2011/11/consejo-aprendizaje.html


Educación

AUTORIZADO EL GASTO DE MÁS DE 1,4 MILLONES PARA GESTIÓN DE BECAS EN CATALUÑA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Educación a adquirir el compromiso de un gasto no superior a 1.410.877 euros en el año 2012 para posibilitar la suscripción de un convenio de colaboración con la Generalitat de Cataluña para la gestión de las becas y ayudas al estudio correspondientes al curso académico 2011-2012.

El pasado mes de mayo el Gobierno aprobó un Real Decreto por el que se establecían los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas para el curso 2011-2012. Este texto modificó parcialmente otro Real Decreto de 2007 que contemplaba que, excepcionalmente, para el curso 2011-2012, las Comunidades Autónomas que hayan iniciado la negociación para el traspaso de las funciones y servicios en materia de gestión de becas y ayudas al estudio personalizadas podrán acordar, a través de un convenio con el Ministerio de Educación, la cofinanciación con cargo a sus propios presupuestos del 25 por 100 de las becas que se concedan a los estudiantes cuya renta familiar se sitúe dentro de un determinado intervalo.

Asimismo, se dispone que la cuantía de la financiación que debiera aportar la Administración General del Estado en concepto de compensación a la Comunidad Autónoma por los gastos en que incurriese para ejecutar este convenio, deberá reflejarse en el mismo.

Por este motivo, el Ministerio de Educación tiene previsto suscribir un convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Cataluña en el que se establece la compensación al Gobierno autonómico antes de finalizar 2012 por los gastos que supone la gestión prevista en el presente convenio, que se evalúan en un 1 por 100 del importe total a que asciendan las becas y ayudas que se concedan sin que su importe pueda exceder la cantidad de 1.410.877 euros.


Trabajo e Inmigración

NUEVA REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES DE RESIDENCIA Y TRABAJO DE LOS CIUDADANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

  • También afecta a los familiares de ciudadanos comunitarios con nacionalidad de terceros países.

El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del Real Decreto de ciudadanos de la Unión Europea.

Un Real Decreto de 2007 regulaba las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los países que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como las limitaciones a estos derechos por razones de orden público, seguridad pública o salud pública. El Real Decreto hoy aprobado extiende su ámbito de aplicación a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea con nacionalidad de terceros países.

La reforma responde a la necesidad de ajustar el texto a la normativa europea, por lo que se han modificado cuatro artículos y se han añadido nuevos apartados en otros dos artículos. Así, permite que los familiares no comunitarios de ciudadanos de la Unión Europea dispongan de su tarjeta de residencia desde la fecha de entrada a España y no desde el día de la concesión de la tarjeta, como ocurría hasta ahora.

El texto también establece el mantenimiento del derecho de residencia en España para nacionales de terceros países en supuestos específicos, como para aquellos que lleven tres años casados o como pareja de hecho con un ciudadano comunitario, que dispongan de la custodia de hijos comunes o sean víctimas de violencia de género o de trata.

Además, la reforma del Real Decreto instaura mayores garantías jurídicas en los procesos de expulsión de ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares. Actualmente, residen en España 2.476.334 ciudadanos comunitarios, lo que representa el 48 por 100 de los extranjeros que viven en nuestro país.


Fomento

REGULADA LA INFORMACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE TRÁFICO AÉREO

Favorece la transparencia en la información sobre los acuerdos de servicios de transporte aéreo alcanzados por España con otros países y simplifica el procedimiento de asignación de los derechos de tráfico que forman parte de dichos acuerdos.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la información sobre los derechos de tráfico aéreo y el régimen de su ejercicio. La norma supondrá la agilización de los trámites que se llevan a cabo para asignar los derechos de tráfico aéreo con los países con los que España tiene acuerdos de transporte aéreo, lo que ahorrará tiempo y costes a las compañías del sector.

Las relaciones aéreas entre Estados se rigen por acuerdos de transporte aéreo en los que se establece el marco jurídico aplicable y en los que se tratan aspectos tan relevantes como el número de vuelos semanales o los puntos de destino a los cuales las compañías aéreas pueden operar.

La apertura de los mercados de transporte aéreo a través de la negociación de estos acuerdos, así como su constante actualización, ofrece nuevas oportunidades para las compañías aéreas al permitirles operar nuevas rutas o intensificar las operaciones en aquellas ya existentes, al tiempo que contribuye a dinamizar la actividad social, cultural y económica entre las diferentes regiones.

El Real Decreto establece las condiciones mínimas obligatorias en las que debe prestarse la información sobre las negociaciones internacionales en curso y los acuerdos suscritos, así como los aspectos relevantes sobre los derechos de tráfico disponibles y los procedimientos de asignación. De esta forma, se dota al sistema de la mayor transparencia y se refuerza la seguridad jurídica.

Objetivos

Por tanto, los principales objetivos de esta norma son:

  • Favorecer la transparencia en la información y la seguridad jurídica de todas las partes interesadas.
  • Adoptar un procedimiento específico para la asignación de los derechos de tráfico aéreo, adaptando el procedimiento administrativo común a las peculiaridades propias del sector aeronáutico.
  • Establecer los criterios objetivos que deberán tenerse en cuenta para la asignación de los derechos de tráfico y que serán valorados por un Comité técnico, con lo que se dota al procedimiento de la máxima objetividad y transparencia.

Por último, el Real Decreto responde a las exigencias de la normativa comunitaria, contenidas en el Reglamento comunitario de 29 de abril de 2004 sobre negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y terceros países.


Interior

CONTRATACIÓN DE SEIS HELICÓPTEROS PARA LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio del Interior para contratar la fabricación y el suministro de seis helicópteros de tipo ligero, de los que tres de ellos irán destinados al Servicio Aéreo del Cuerpo Nacional de Policía y los otros tres al Servicio Aéreo de la Guardia Civil. El importe máximo asciende a 32.400.000 euros, que se financiarán con cargo a tres anualidades: 9.720.000 euros en 2012, 11.340.000 euros en 2013 y 11.340.000 euros en 2014.

La adquisición de estas nuevas unidades permitirá desarrollar funciones de seguridad pública, transporte, reconocimiento y patrulla de costas y fronteras y salvamento, con aptitud de vuelo de larga duración. En concreto, este acuerdo responde a los siguientes objetivos:

  • Modernizar la flota de helicópteros
  • Completar el despliegue territorial
  • Ampliar las posibilidades de operación en horas nocturnas
  • Mejorar el equipamiento opcional de los helicópteros para potenciar la realización de operaciones de vigilancia, seguimientos, salvamento y transporte
  • Facilitar planes de mantenimiento más rentables


Interior

DECLARACIÓN DE EMERGENCIA PARA LA COMPRA DE CHALECOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma razón, en cumplimiento de la legislación de contratos del sector público, de la adquisición por el procedimiento de emergencia de chalecos de protección personal de uso interno para personal de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, por un importe total de 861.600 euros.

Este Acuerdo se enmarca en la progresiva modernización y adecuación de los equipos que utilizan los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, y en la mejora de su seguridad en el desempeño de las tareas que les son encomendadas.


Interior

CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS DESPLIEGUES FIJOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE VIGILANCIA EXTERIOR (SIVE)

El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación del servicio de mantenimiento de los despliegues fijos del Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE) y de las unidades móviles de éste para garantizar la cobertura de la frontera Sur de la Unión Europea contra la inmigración ilegal, las redes mafiosas y el narcotráfico. El contrato tendrá una vigencia máxima de tres años (desde el 1 de julio de 2012 hasta el 30 de junio de 2015) y su presupuesto asciende a 24.949.006,52 euros.

La implantación del Proyecto SIVE, que viene realizando el Ministerio del Interior desde el año 2000, tiene por finalidad garantizar la cobertura de la frontera sur de la Unión Europea, incluidas las Islas Canarias, mediante el establecimiento de un sistema operativo con tecnología avanzada, al objeto de luchar contra la inmigración ilegal, las redes mafiosas y el narcotráfico.

El SIVE permite la vigilancia del litoral de la costa española, aportando en tiempo real información a los centros de dirección y posibilitando la transmisión de las órdenes necesarias para la interceptación y el control inmediato de cualquier elemento susceptible de entrar ilegalmente en el territorio español, así como para prestar ayuda humanitaria a los ocupantes de las embarcaciones detectadas.

El expediente de contratación se tramitará, como es habitual en este tipo de expedientes, mediante el procedimiento negociado sin publicidad, debido a que su ejecución debe efectuarse bajo medidas de sigilo y seguridad especiales (el adjudicatario deberá conocer datos sensibles sobre las características de los sistemas de vigilancia del litoral), que exigen la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado.


Economía y Hacienda

REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR POR INCUMPLIR OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN ESTADÍSTICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de procedimiento sancionador de las infracciones por incumplimiento de las obligaciones estadísticas, que desarrolla la Ley General Tributaria, para ampliar al director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la potestad sancionadora ante eventuales incumplimientos en materia de estadísticas sobre intercambios de bienes entre estados miembros de la Unión Europea, el denominado 'Sistema Intrastat'.

Las estadísticas de intercambio de bienes del 'Sistema Intrastat' tienen una importancia esencial para la elaboración de las balanzas de pagos y las cuentas anuales que, entre otras cuestiones, se utilizan como referencia para determinar las ayudas comunitarias, así como la contribución de España a los recursos de la Unión Europea.

El Gobierno entiende que la elaboración de estas estadísticas de intercambios intracomunitarios de bienes (que constituyen el 60 por 100 del comercio exterior de España) requiere la aplicación de un conjunto de criterios específicos que permita el funcionamiento eficiente del sistema de sanciones, para garantizar la fiabilidad, calidad y coherencia de los datos suministrados y la información resultante, razón por la cual ha decidido ampliar al Departamento de Aduanas la potestad sancionadora en esta área.


Ciencia e Innovación

CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ENSAYOS PARA AVIONES NO TRIPULADOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA), y la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), para la construcción de un nuevo Centro de Ensayos para aviones no tripulados (CEUS). Este convenio se propone en el marco de la Estrategia Estatal de Innovación y concretamente en su eje cuarto sobre cooperación territorial.

Este nuevo centro para ensayos, entrenamiento y montaje de aviones no tripulados se situará en las proximidades de un centro ya existente, el Centro de Experimentación de "El Arenosillo" (CEDEA) en Mazagón (Huelva), de forma que integren sus capacidades complementarias, constituyendo así un Centro de Excelencia de Aviones No Tripulados.

El CEDEA es una instalación del INTA que opera con vehículos aéreos no tripulados, incluyendo su desarrollo, ensayo, seguimiento y control del espacio aéreo.

Vuelos experimentales

El CEUS dispondrá de unas instalaciones para vuelos experimentales de aviones no tripulados, compuestas por una pista de despegue y aterrizaje, pavimentada, de 2.500 metros de longitud y 45 metros de anchura efectiva, plataforma para estacionamiento y operación de aeronaves no tripuladas, torre de control, hangares con talleres y oficina. Estas instalaciones ocuparían una superficie de unas 190 hectáreas de terreno en Mazagón (Huelva).

El proyecto tendrá un impacto socio-económico positivo en la provincia de Huelva, al servir de base para el desarrollo del tejido económico y empresarial y la creación de puestos de trabajo de calidad que contribuyan a la disminución de las tasas de paro y a la convergencia global con los índices de renta europeos. Se prevé la creación de 250 empleos directos y 500 indirectos, y la movilización inicial de veinticinco millones de euros de inversión privada. Asimismo, con este proyecto se reforzará la competitividad internacional de un importante sector en España, como es la industria aeronáutica.

El Ministerio de Ciencia e Innovación aportará veintiocho millones de euros en forma de anticipo reembolsable FEDER.


Cultura

EL MUSEO COLEGIO DE SAN GREGORIO INCORPORA LA COLECCIÓN ESTABLE DEL MUSEO DE REPRODUCCIONES ARTÍSTICAS

  • El Museo vallisoletano recupera la denominación original de Museo Nacional de Escultura.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que el Museo Nacional Colegio de San Gregorio, en Valladolid, recupera su denominación original de Museo Nacional de Escultura e incorpora a sus fondos la colección del Museo Nacional de Reproducciones Artísticas, institución que llevaba una década cerrada al público y sin sede estable.

Esta incorporación tiene como objetivo revalorizar dicha colección y poner a disposición de la sociedad un importante número de bienes culturales hasta ahora almacenados, al tiempo que con ello el Museo vallisoletano se convierte en uno de los primeros museos europeos en su género. A mediados de diciembre se presentará la exposición permanente de los fondos.

En el ámbito de los museos estatales el Museo Nacional de Escultura, por la misión y la afinidad de las colecciones, es la institución que mejores condiciones reúne para alcanzar el objetivo de hacer que los fondos de copias en yeso de obras clásicas cumplan con la función social y cultural de ofrecer un óptimo servicio público. Además, se dota a la colección de reproducciones de una sede estable y específica que no tenía desde los años 60, colección que se expondrá como conjunto unitario en la Casa del Sol, una de las sedes del Museo Nacional de Escultura.

Nuevo acercamiento

Frente a la pérdida de función y al desinterés que en las últimas décadas este tipo de colecciones de reproducciones de obras clásicas han sufrido a nivel internacional, el Ministerio de Cultura propone un nuevo acercamiento a esta colección aportando una reflexión sobre el papel de la reproducción en la historia del arte; todo ello desde una perspectiva contemporánea que enlace con los intereses del público actual. La exposición, sin perder su carácter educativo, tratará del sentido y la función de la copia en la cultura occidental, y de la fascinación por el "doble", la réplica y todas las formas de la reproducción, desde el siglo XIX a la actual Sociedad de la Información y el Conocimiento.

Esta incorporación de la colección de reproducciones artísticas al Museo Nacional de Escultura supone un notable incremento cuantitativo y cualitativo de sus fondos.

Junto a la colección de reproducciones también se incorpora la magnifica biblioteca especializada en historia del arte, específicamente en escultura, y un excepcional archivo histórico que conserva importantes fondos documentales.


Institución de referencia

Esta incorporación del conjunto de fondos museográficos y documentales al Museo Nacional de Escultura supone un notable incremento cuantitativo y cualitativo de sus fondos, convirtiendo al Museo en una de las instituciones de referencia en esta materia tanto a nivel nacional como internacional.

Asimismo, esta actuación se enmarca dentro de una apuesta del Ministerio de Cultura por la sostenibilidad de las instituciones culturales, de la racionalidad en la gestión cultural que permita plantear proyectos viables, sostenibles y de futuro.

Modificada la composición del Patronato

La composición del Patronato del Museo Nacional de Escultura se modifica con la incorporación como vocales natos de los titulares de la Rectoría de la Universidad de Valladolid, de la Presidencia de la Diputación Provincial de Valladolid y de la Subdirección General de Museos Estatales. También se incorpora al titular de la Subdirección General de Museos Estatales a la Comisión Permanente y se establece la posibilidad de que presida sus reuniones en ausencia del titular de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.


Cultura

MODIFICADO EL ESTATUTO DEL MUSEO NACIONAL DEL PRADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el estatuto del Museo Nacional del Prado.

Con esta modificación se amplía con diez nuevos miembros el número de vocales del Real Patronato, entre personas físicas o representantes de las instituciones públicas o privadas que realicen contribuciones de cualquier naturaleza al Museo o al cumplimiento de sus fines. Asimismo, mediante esta modificación se incorporan como vocales natos los directores de las Reales Academias de Bellas Artes de San Fernando y de la Historia.

Esta medida se enmarca en el profundo proceso de modernización que el Museo está llevando a cabo en los últimos años y que lo convierte un referente en el ámbito de la gestión cultural. Para alcanzar los objetivos formulados en los Planes de Actuación aprobados por el Real Patronato del Museo para los periodos 2005-2008 y 2009-2012, esta institución ha contado con la ayuda, colaboración y compromiso de la sociedad civil.

Además, la norma aprobada señala que el Real Patronato del Museo podrá acordar el nombramiento de Patronos y Patronas de Honor, entre personalidades del ámbito cultural, económico o social, que podrán asistir a las reuniones del mismo cuando así lo acuerde el Real Patronato y en los términos que este establezca.


Justicia

NACIONALIDAD ESPAÑOLA A UN INVESTIGADOR DEL CSIC Y A UN SOLDADO HERIDO EN AFGANISTÁN

El Consejo de Ministros ha concedido la nacionalidad española por carta de naturaleza a Abdelouahid Samadi, investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y a Jhony Alirio Herrera, soldado herido en atentado terrorista en 2011.

Abdelouahid Samadi

Nació el 1 de enero de 1972 en Beni Khalad-Arbaoua. De nacionalidad marroquí, es doctor investigador en el Instituto de Química Orgánica del CSIC. Su alta capacidad científica y de trabajo hacen de él una persona muy apreciada y valorada en ese Instituto, donde realiza trabajos de investigación que han tenido como resultado la obtención de patentes de derivados con capacidad neuroprotectora.

Jhony Alirio Herrera Trejos

El interesado, de nacionalidad colombiana, nació en Del Valle-Cali el 26 de marzo de 1983. Soldado del Ejército español, fue herido en atentado terrorista el 26 de junio de 2011, mientras participaba en la misión que desarrollan las Fuerzas Armadas en Afganistán.

La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales y después de tramitar un expediente para cada caso particular, como ha ocurrido en los que ha resuelto hoy el Gobierno.

Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, renunciando a su anterior nacionalidad, salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.


Política Territorial y Administración Pública

TRASPASADAS FUNCIONES Y SERVICIOS EN MATERIA DE ORDENACIÓN DEL TURISMO AL PAÍS VASCO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco las funciones y servicios correspondientes a su competencia en materia de información, promoción y ordenación del turismo, que venía realizando la Administración del Estado.

En concreto, el País Vasco asume, en el ámbito de su territorio, la regulación, coordinación y fomento de las profesiones turísticas, así como la regulación y administración de la enseñanza para la formación y perfeccionamiento de los profesionales del turismo.

De conformidad con el régimen de concierto económico entre el Estado y el País Vasco, este acuerdo supondrá a favor de la Comunidad Autónoma del País Vasco una minoración de 25.414,76 euros en el Cupo vasco.

Con este traspaso, que será efectivo partir del 1 de enero de 2012, se culmina el proceso de traspasos sobre esta materia que ha venido llevando a cabo el Gobierno con todas las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Inspección de trabajo

El Consejo de Ministros también ha acordado una modificación de la identificación de medios patrimoniales y personales adscritos a las funciones y servicios traspasados por la Administración del Estado al País Vasco, en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por un Real Decreto del 24 de junio de 2011. La modificación afecta a determinadas mediciones de los locales objeto de traspaso y a complementos de productividad del personal. Será efectivo a partir del día 1 de enero de 2012, como el acuerdo de traspaso de la función pública inspectora de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.


Educación

APROBADOS TRECE NUEVOS TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado trece Reales Decretos que establecen la creación de trece nuevos títulos de Formación Profesional y las enseñanzas mínimas correspondientes a cada uno de ellos.

El Gobierno da respuesta así a las necesidades surgidas en el mercado laboral que requieren de nuevos perfiles profesionales más cualificados y adaptados a la realidad socioeconómica actual. Esta medida se enmarca dentro de un marco de actuaciones completo que tiene como fin último vincular los estudios de Formación Profesional con el mercado laboral con el objetivo de mejorar la empleabilidad en nuestro país.

Los títulos de Formación Profesional que se han aprobado hoy son los siguientes:

Técnico Superior en vestuario a medida y de espectáculos

La competencia general de este título atañe a realizar productos de confección a medida a partir de diseños propios o ajenos, y establecer, organizar y realizar los procesos en el ámbito de la sastrería, modistería y espectáculos, atendiendo los requerimientos de los clientes a fin de conseguir artículos viables con la calidad requerida.

Técnico Superior en realización de proyectos de audiovisuales y espectáculos

Este título consiste en aprender a organizar y supervisar la preparación, realización y montaje de proyectos audiovisuales filmados, grabados o en directo, así como regir los procesos técnicos y artísticos de representaciones de espectáculos en vivo y eventos, coordinando los medios técnicos y humanos, y controlando el contenido, la forma, el proyecto artístico y la calidad establecida.

Técnico Superior en sonido para audiovisuales y espectáculos

La competencia general de este título consiste en definir, planificar y supervisar la instalación, captación, grabación, control, emisión, postproducción y reproducción del sonido en audiovisuales, radio, industria discográfica, espectáculos, eventos e instalaciones fijas de sonorización, controlando y asegurando la calidad técnica y formal.

Técnico en postimpresión y acabados gráficos

Con este título se pretende que el alumno consiga realizar las operaciones relativas a post impresión y acabados gráficos, asegurando la calidad y cumpliendo la normativa de seguridad y protección ambiental.


Técnico Superior en animación sociocultural y turística

Este título consiste en enseñar a programar, organizar, implementar y evaluar intervenciones de animación sociocultural y turística, promoviendo la participación activa de las personas y grupos destinatarios, y coordinando las actuaciones de los profesionales y voluntarios a su cargo.

Técnico Superior en asesoría de imagen personal y corporativa

La competencia general de este título se refiere a diseñar y organizar proyectos de asesoramiento en imagen personal, empresarial e institucional, organizar eventos y planificar los procesos de entrenamiento personal en habilidades de comunicación, protocolo y usos sociales, respetando criterios de calidad, seguridad, respeto al medio ambiente y diseño para todos.

Técnico Superior en iluminación, captación y tratamiento de imagen

La competencia general de este título consiste en realizar proyectos fotográficos completos, captar, registrar y tratar imágenes en producciones audiovisuales e iluminar espacios escénicos en audiovisuales, espectáculos y eventos, determinando y controlando la calidad técnica, formal y expresiva.

Técnico Superior en prótesis dentales

Con este título el alumno deberá ser capaz de diseñar, fabricar y reparar prótesis dentofaciales, aparatos de ortodoncia y férulas oclusales según prescripción e indicaciones facultativas, así como efectuar el reajuste necesario para su acabado y gestionar un laboratorio de prótesis dentales realizando las operaciones para la comercialización del producto, y respetando la normativa vigente de seguridad y protección ambiental así como las especificaciones de calidad.

Técnico en actividades comerciales

La competencia general de este título consiste en desarrollar actividades de distribución y comercialización de bienes y/o servicios, y en gestionar un pequeño establecimiento comercial, aplicando las normas de calidad y seguridad establecidas y respetando la legislación vigente.


Técnico en obras de interior, decoración y rehabilitación

El alumno que estudie este título deberá ser capaz de organizar y ejecutar los acabados de construcción en obra nueva, reforma y rehabilitación, realizando suelos, particiones y techos, mediante la instalación de paneles o piezas prefabricadas, la colocación de placas o láminas, la aplicación de revestimientos continuos y la pintura de superficies, cumpliendo las condiciones y plazos establecidos así como las prescripciones de calidad, seguridad y medio ambiente.

Técnico Superior Artista Fallero y Construcción de Escenografías

La competencia general de este título consiste en elaborar el proyecto técnico de espectáculos en vivo, fallas, fogueres y otros eventos, así como organizar y supervisar la plantá y cremá, la producción, elaboración, montaje y acabado de escenografías, decorados, ninots, utilería y maquinaria, aplicando criterios artísticos y cumpliendo la normativa de prevención de riesgos laborales, de manipulación de materiales peligrosos o frágiles y de seguridad en espectáculos públicos.

Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura

Este título consiste en aprender a planificar, gestionar y ejecutar las actividades de buques en las condiciones que determinen las administraciones competentes para este nivel, dirigiendo y controlando la seguridad, la navegación, las maniobras, las operaciones de carga, estiba y descarga, así como la extracción, manipulación, procesado y conservación de la pesca, optimizando la producción y observando la normativa nacional e internacional.

Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos

La competencia general de este título alude a planificar, organizar, supervisar y gestionar los recursos económicos, materiales, técnicos y humanos para la producción de audiovisuales, espectáculos y eventos, asegurando el cumplimiento de los planes u objetivos de la producción en el tiempo y las condiciones de coste y calidad establecidas.

Hasta la fecha el Consejo de Ministros ha aprobado un total de 101 títulos de Formación Profesional.


Trabajo e Inmigración

APROBADOS DIECISÉIS NUEVOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado seis nuevos Reales Decretos por los que se establecen dieciséis certificados de profesionalidad, que son las acreditaciones de las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral.

Los certificados de profesionalidad y su formación asociada tienen como objetivo dar respuesta a las necesidades de la Sociedad del Conocimiento, basada en la competitividad, la empleabilidad, la movilidad laboral y el fomento de la cohesión y la inserción laboral. Su expedición corresponde a la Administración competente, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Dichos certificados acreditan, en el ámbito de la administración laboral, las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, obtenidas a través de procesos formativos o del proceso de reconocimiento de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Favorecer la formación permanente

Se trata, por tanto, de proporcionar a los trabajadores la formación requerida por los distintos sectores productivos y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral y de las empresas, permitiendo la mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales y favoreciendo la formación a lo largo de la vida de la población activa.

Los dieciséis certificados de profesionalidad aprobados corresponden a seis familias profesionales: Administración y gestión, Artes y artesanías, Comercio y marketing, Hostelería y turismo, Química y Servicios socioculturales y a la comunidad.

Hay que tener en cuenta que dos de los certificados, correspondientes a seis de las familias de de Comercio y marketing y Servicios socioculturales y a la comunidad, sustituyen a otros tres certificados, que ahora se derogan. Asimismo, se actualiza un certificado correspondiente a la familia profesional de Comercio y marketing.

Para su elaboración, se han tenido en cuenta los siguientes criterios:

  • Incidencia económica de estos sectores productivos en el mercado laboral.
  • Demanda de trabajadores cualificados y ausencia de oferta formativa, o bien que dicha oferta no responda a las necesidades reales del mercado laboral.
  • Demanda de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
  • Inclusión de niveles 1 de cualificación profesional en la oferta formativa de la formación para el empleo.
  • Establecimiento de formación asociada a actividades laborales relacionadas con el desarrollo de la economía sostenible.
  • Desarrollo de áreas profesionales completas dentro de las familias, de modo que se pueda tratar con coherencia la transversalidad en la formación.

El Real Decreto Ley del 18 de febrero de 2011, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo, estableció que, en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, la oferta formativa vinculada a la obtención de los Certificados de Profesionalidad, estructurada en módulos formativos, facilitará la acreditación parcial acumulable para el proceso de reconocimiento de competencias profesionales que actualmente se está impulsando desde el Gobierno.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON ANDORRA SOBRE EL TRASLADO DE RESIDUOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Principado de Andorra sobre el traslado de residuos, así como su aplicación provisional.

El vigente Acuerdo entre España sobre traslado y gestión de residuos, del 17 de octubre de 2006, expiró el pasado 25 de mayo de 2011 y su vigencia se prorrogó por período de un año. Anteriormente, el Principado de Andorra y el Reino de España habían concluido un Acuerdo sobre traslado y gestión de residuos el 27 de enero de 2000.

El presente Acuerdo, que sustituye al Acuerdo de 2006, tiene el mismo objeto que los anteriores: regular el traslado de residuos entre Andorra y España con la finalidad de gestionarlos de forma ambientalmente correcta. Sin embargo, se introducen novedades en relación al ámbito de aplicación y al marco legislativo de referencia, en este último caso para tener en cuenta la aprobación de nuevas normas en esta materia.

El nuevo ámbito de este Acuerdo se amplía al traslado de ciertos residuos tales como la importación de cenizas desde la incineradora de Andorra y la inclusión de la exportación a Andorra de determinados residuos para su valorización. La regulación de las exportaciones de residuos de España a Andorra, que no se incluía en los Acuerdos anteriores, trae causa de la puesta en marcha de un centro de tratamiento de residuos en Andorra a finales de 2006. Este Acuerdo también tiene en consideración la importación en el territorio español de determinados residuos producidos exclusivamente en Andorra.


Ciencia e Innovación

PRÉSTAMO A HISDESAT PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA HISNORSAT DE COMUNICACIONES POR SATÉLITE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo de 152.160.000 euros, en cuatro años, a la empresa HISDESAT en relación con el Programa HISNORSAT para el desarrollo tecnológico de un sistema de comunicaciones por satélite.

El programa HISNORSAT nació al amparo de un Memorándum de Entendimiento firmado el 7 de septiembre de 2010 entre los Ministerios de Defensa de España y de Noruega. Previamente a la firma del Memorando, el Gobierno noruego había llevado a cabo un proceso de competición internacional para seleccionar la mejor oferta para su programa de comunicaciones gubernamentales por satélite, habiéndose adjudicado la misma a la oferta de la empresa española HISDESAT.

El programa HISNORSAT, además de satisfacer las necesidades de comunicaciones militares y gubernamentales por satélite, con nuevas tecnologías y bandas de frecuencias, supone también la posibilidad para los miembros firmantes del Memorando de impulsar las oportunidades industriales que puedan generarse con los contratos de los suministradores de este programa, permitiendo la incorporación de empresas españolas en el mismo.

Desde esta perspectiva el proyecto HISNORSAT se configura como una iniciativa destacada para que las empresas españolas puedan incrementar su nivel tecnológico, calificar sus productos en órbita, y posicionarse mejor en el mercado de los satélites de telecomunicación y para que se produzca un efecto importante de arrastre tecnológico sobre el sector espacial español.

Por otra parte, el Ministerio de Ciencia e Innovación ha desarrollado la Estrategia Estatal de Innovación (e2i). Dicha estrategia incluye un conjunto de medidas destinadas efectuar un cambio en el modelo productivo en España, con el fin de transformarlo en una economía basada en el conocimiento. En este sentido, la realización del programa HISNORSAT desarrolla tres de los cinco ejes en los que se basa la e2i: el entorno financiero proclive a la innovación, la internacionalización de las actividades innovadoras y la incorporación de talento innovador.


Fomento

DECLARADA LA OBLIGACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE LAS LÍNEAS C- 1 DE MADRID Y C-5 DE SEVILLA

  • También incluye las estaciones de Fuente de la Mora (Madrid) y Aeropuerto de Jerez (Cádiz).
  • Madrid y Jerez se suman a Barcelona y Málaga como ciudades que cuentan ya con estación de Cercanías en sus aeropuertos.

El Consejo de Ministros ha declarado la obligación de servicio público de las líneas de Cercanías C-1, de Madrid, y C-5, de Sevilla, así como los servicios de tren que se prestan en las nuevas estaciones de Cercanías de Fuente de la Mora (Madrid) y Aeropuerto de Jerez (Cádiz).

El 23 de septiembre de 2011 Renfe puso en servicio la línea C-1 de Cercanías Madrid, entre Príncipe Pío y el aeropuerto de Madrid Barajas, que permite acceder a la T-4 en tren desde Atocha, Recoletos, Nuevos Ministerios o Chamartín. Los trenes de esta línea, que también realizan parada en Pirámides, Delicias, Méndez Álvaro y Fuente de la Mora, tienen una frecuencia de treinta minutos.

Gracias a la C-1, los viajeros pueden acceder desde Príncipe Pío a la nueva estación de Aeropuerto T-4 en 38 minutos; en 25 minutos si viajan desde Atocha; en 18 minutos, si se accede desde Nuevos Ministerios; y en 11 minutos, desde la estación de Chamartín.

Esta nueva estación, que pasa a ser la número 101 de la red de Cercanías de Madrid, cuenta con las más modernas instalaciones, con controles de acceso más anchos de lo habitual, para permitir el paso de maletas, y con máquinas de venta de billetes de todos los productos de Renfe. Tanto en los trenes de la C-1, como en la estación Aeropuerto T-4, se facilita la información del servicio en español e inglés.

Por su parte, el pasado mes de marzo entró en servicio la estación de Fuente de la Mora, una prolongación de las líneas C-7 y C-10, y por la que también pasa la C-1. Esta estación sitúa el barrio madrileño de Manoteras a cinco minutos de Chamartín, a once minutos de Nuevos Ministerios, a quince minutos de Recoletos, a diecinueve minutos de Atocha y a 31 de Príncipe Pío.

Sevilla y Cádiz

También el mes de marzo se puso en servicio la nueva línea C-5 Sevilla-Benacazón, de la que se beneficiarán más de un millón de usuarios en Sevilla y su área metropolitana. La extensión del servicio al Aljarafe Norte incluye nueve municipios más en la red: Benacazón, Sanlúcar la Mayor, Olivares, Villanueva del Ariscal, Albaida del Aljarafe, Salteras, Valencina de la Concepción, Santiponce y Camas, que quedan conectados con la capital hispalense.

En septiembre se inauguró la estación de Cercanías Aeropuerto en Jerez de la Frontera, incluida en la línea C-1 de las Cercanías de Cádiz, y que ofrece una oferta diaria de ocho trenes, cuatro por sentido, que circulan a primera hora de la mañana, a mediodía y durante la tarde. La oferta para viajar en tren hasta o desde el Aeropuerto es de 3.200 plazas diarias.

Los Cercanías que prestan servicio en el Aeropuerto tienen parada en Jerez, El Puerto de Santa María, Valdelagrana, Las Aletas, Puerto Real, San Fernando-Centro, San Fernando-Bahía Sur, Cortadura, Estadio, Segunda Aguada, San Severiano y Cádiz.

En la oferta están incluidos dos trenes de Media Distancia de la relación Sevilla-Cádiz que también tienen servicio diario en la nueva estación, que realizan parada, además, en Sevilla, Dos Hermanas, Utrera, Las Cabezas (en el caso de los trenes procedentes de Cádiz) y Lebrija.

Con esta nueva infraestructura, se eleva a trece el número de estaciones que conforman la Línea de Cercanías C-1 de Cádiz, por la que circulan a diario 66 trenes (33 por sentido).


Ciencia e Innovación

ADENDA AL CONVENIO SOBRE EL PROYECTO "REDIRIS NOVA"

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de una adenda al convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y Red.es sobre el proyecto "RedIRIS Nova".

RedIRIS, como red de comunicaciones avanzada de las universidades y centros públicos de investigación españoles, permite que éstos dispongan de una red de comunicaciones avanzada de alta capacidad, a la que actualmente se conectan más de cuatrocientas instituciones académicas y de investigación, gracias a la cual pueden recibir servicios avanzados de comunicaciones y transferir y recibir grandes cantidades de datos.

RedlRIS gestiona en la actualidad una Infraestructura de red que une el nodo central de RedlRIS con dieciocho puntos de presencia, uno por Comunidad Autónoma, con la excepción de Canarias, donde existen dos.

Con el fin de adecuar la red troncal de RedIRIS al modelo de gestión de fibra oscura se puso en marcha un proyecto de diseño y despliegue de una red de fibra oscura para España, denominado RedIRIS NOVA, que es financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y por las ayudas FEDER, y cuya ejecución está previsto que culmine en el año 2013.

Reducción de costes

Red.es, como responsable de la gestión técnica y operativa de RedIRIS, está ejecutando el proyecto de la nueva RedIRIS NOVA. En 2009 el Ministerio de Ciencia e Innovación y Red.es firmaron un convenio sobre el precio, la forma de pago y la justificación del proyecto RedIRIS NOVA. El coste total del proyecto RedIRIS NOVA recogido en dicho convenio de 2009 ascendía a 138 millones de euros.

A consecuencia del despliegue de la Red efectivamente implementado y del resultado final de las licitaciones ya realizadas por Red.es, en las que el precio final de las adjudicaciones ha resultado más ventajoso que lo inicialmente previsto con anterioridad a la suscripción del convenio, el Consejo de Ministros aprueba esta adenda que permite reducir en 47 millones de euros el coste total del proyecto. El coste total ahora asciende a 91 millones de euros.


Ciencia e Innovación

REQUISITOS DE FUNCIONAMIENTO DE LOS BIOBANCOS CON FINES DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de muestras biológicas de origen humano. Asimismo, el Real Decreto aprobado hoy también regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para Investigación Biomédica.

La apertura a nuevos ámbitos de investigación en el sector de las ciencias biomédicas es una constante de las últimas décadas. En este contexto, los biobancos tendrán un papel importante no solo en la identificación de las causas de las enfermedades, sino también en el desarrollo de los diagnósticos, así como en la aplicación preventiva y terapéutica.

La Ley de 3 de julio, de Investigación Biomédica, de 2007, define al biobanco como un "establecimiento público o privado, sin ánimo de lucro, que acoge una colección de muestras biológicas con fines diagnósticos o de investigación biomédica organizada como una unidad técnica con criterios de calidad, orden y destino".

Almacenamiento

Con el Real Decreto aprobado hoy se pretende que las muestras biológicas destinadas a la investigación biomédica se almacenen en un biobanco con todas las garantías éticas y jurídicas previstas para los donantes en la Ley de Investigación Biomédica. Asimismo, se persigue facilitar a los investigadores de centros públicos y privados el acceso al mayor número posible de muestras, con los requisitos indispensables de calidad, conservación y gratuidad que hagan posible el desarrollo de proyectos de investigación de excelencia.

Por otra parte, el Registro Nacional de Biobancos recogerá la información acerca de los biobancos acreditados y colecciones de muestras existentes, con lo que se facilitan la consulta pública y el acceso a los materiales que albergan.

Dado que en los biobancos se almacenan muestras biológicas con información asociada de carácter personal, se establecen unos requisitos estrictos para proteger la confidencialidad del donante y garantizar sus derechos de decisión respecto a la misma.


Ciencia e Innovación

RECUPERACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA RESIDENCIA DE ESTUDIANTES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo que tiene como objeto la recuperación de todos los bienes muebles, fondos artísticos y fondos de bibliotecas y archivos que pertenecieron a la Residencia de Estudiantes en su etapa histórica, y que actualmente se encuentren en instituciones públicas, para que puedan catalogarse, conservarse y reintegrarse a la sede de la actual Fundación Residencia de Estudiantes.

La Residencia fue fundada en 1910 por la Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas. Fue uno de los principales núcleos de modernización científica, educativa y social desde su creación hasta la interrupción de sus actividades en 1936. En 1986, por iniciativa del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, la Residencia de Estudiantes recuperó su nombre y espíritu original y en 1989 constituyó la Fundación Residencia de Estudiantes, cuyo patronato es presidido conjuntamente por la ministra de Ciencia e Innovación y el ministro de Educación.

En estos años la Residencia de Estudiantes ha ido ampliando y enriqueciendo su fondo documental, desarrollando su actividad en dos direcciones: recuperar y difundir su tradición intelectual y moral, por un lado, y propiciar el diálogo entre ciencia y arte, por otro. El Gobierno quiere reconocer la labor desarrollada por la Residencia en esta segunda etapa y apoyar esta labor para su proyección futura, asegurando que la Residencia pueda disponer a largo plazo de la infraestructura necesaria para desarrollar las funciones que tiene encomendadas en sus Estatutos. De ahí el acuerdo aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

El Acuerdo de hoy incluye también la autorización especial de uso de los edificios y jardines que ocupa la Residencia de Estudiantes, de titularidad de la Administración General del Estado y actualmente adscritos al Consejo Superior de Investigaciones Científicas, y se fija una serie de condiciones de uso de los mismos.


Economía y Hacienda

CRÉDITO EXTRAORDINARIO A ENESA PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES POR CATÁSTROFES NATURALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se concede un crédito extraordinario en el presupuesto de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por importe de 456.290,91 euros, para abono de indemnizaciones, según lo establecido en la Orden del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino que desarrolla el Real Decreto Ley del 13 de agosto de 2009 por el que se aprobaron medidas urgentes para paliar daños por incendios y otras catástrofes naturales.

Este crédito extraordinario se destinará al abono de indemnizaciones por reclamaciones presentadas por titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el correspondiente plan de seguros agrarios combinados, hayan sufrido pérdidas superiores al 30 por 100 de su producción, de acuerdo a los criterios establecidos por la Unión Europea sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal.

Dicho crédito se financia con cargo al remanente de tesorería de ENESA.


Ciencia e Innovación

CONVENIOS CON GALICIA PARA LOS PROYECTOS HOSPITAL 2050 E INNOVA SAÚDE

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de dos Convenios de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Servicio Gallego de Salud (SERGAS) para la ejecución del proyecto Hospital 2050 y del proyecto Innova Saúde.

Proyecto Hospital 2050

En concreto, este Convenio tiene como objetivos el diseño de un nuevo modelo de hospital más eficiente y seguro, la racionalización de recursos, la innovación en servicios, la innovación en infraestructuras sanitarias y mejorar la seguridad de los pacientes.

El convenio recoge las actuaciones y líneas de trabajo siguientes, entre otras:

  • Sistemas de gestión inteligente en servicios de urgencias.
  • Sistema de trazabilidad integral de pacientes y recursos.
  • Robotización hospitalaria.
  • Hospital auto-sostenible.
  • Sistema integral de gestión de pacientes.
  • Habitación inteligente.
  • Hospital digital seguro.
  • Preservación de la información clínica.

Estas actuaciones se ejecutarán mediante colaboraciones y constitución de consorcios con empresas y centros de conocimiento, que tendrán que desarrollar, en la mayoría de los casos, nuevos bienes o servicios para responder a necesidades del modelo hospitalario actual. Muchas de las colaboraciones se desarrollarán bajo el modelo de compra pública innovadora.

El presupuesto total estimado para este conjunto de actuaciones es de 45,1 millones de euros. El Ministerio de Ciencia e Innovación aportará al SERGAS 31,6 millones de euros en forma de anticipo reembolsable FEDER, lo que supone el 70 por 100 del total. El SERGAS asumirá el 30 por 100 restante del gasto con fondos propios por valor de 13,5 millones de euros.


Proyecto Innova Saúde

Por su parte, este Convenio se propone en el marco de la Estrategia Estatal de Innovación y concretamente en su eje cuarto (cooperación territorial).

Los principales focos de actuación del proyecto tienen varias perspectivas:

  • Empresarial: se espera la dinamización e incentivación del sector sanitario a través de la generación de valor tecnológico y de mercado.
  • Sanitaria: el proyecto INNOVA-Saúde tendrá un impacto directo positivo sobre la calidad, eficacia y eficiencia del sector sanitario público gallego, ligado a la capacidad del sistema sanitario de incorporar y gestionar los resultados exitosos de los proyectos de innovación que desarrolle. Se propone afianzar un nuevo modelo de relación entre el sistema sanitario público de Galicia (SERGAS) y las empresas del sector, cambiando el modelo productivo hacia la economía del conocimiento en el sector sanitario.
  • Tecnológica: el proyecto INNOVA-Saúde permitirá intervenir en el desarrollo de nuevas tecnologías para el sistema sanitario, liderando la creación de soluciones que beneficien a los pacientes de la comunidad y que podrán ser evaluadas antes de su adquisición. Asimismo, servirá como un elemento canalizador del potencial de los profesionales y de los proyectos de innovación sanitaria hacia soluciones de éxito en un modelo colaborativo.
  • Política, económica y territorial: el proyecto INNOVA-Saúde se alinea con las políticas de la Unión Europea en innovación (Europa 2020), la Estrategia Estatal de Innovación (e2i) y con el Plan Galego de Investigación, Innovación e Crecemento (I2C).

El montante del proyecto asciende 45 millones de euros. El Ministerio de Ciencia e Innovación aportará al SERGAS 31,5 millones de euros en forma de anticipo reembolsable FEDER, lo que supone el 70 por 100 del total. El SERGAS asumirá el 30 por 100 restante del gasto con fondos propios, por importe de 13,5 millones de euros.


Sanidad, Política Social e Igualdad

SUBVENCIÓN PARA FINANCIAR UN CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA EN JAÉN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión de una subvención directa de dos millones de euros a la Junta de Andalucía para financiar la construcción de un centro de servicios sociales de atención especializada en Jaén.

La aprobación de esta subvención se justifica, tanto por su carácter social, plasmado en los colectivos destinatarios de la residencia cuya construcción se apoya, ya que pretende favorecer el cuidado de las personas mayores, personas con discapacidad que presentan problemáticas específicas y en situación de dependencia y sus familias, como por la carencia de este tipo de centros en Andalucía.

Será el primer centro residencial de carácter público que en Andalucía atenderá a unidades familiares en situación de dependencia.

Se trata de un centro especializado para la atención a madres o padres de edad avanzada con necesidades de apoyo a cuya situación propia de dependencia se suma también la de sus hijos para que puedan pasar los últimos años de su vida con la tranquilidad de que cuando ellos no estén, sus hijos van a continuar bien atendidos.


Industria, Turismo y Comercio

CONSTRUCCIÓN DE UNA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA Y MODIFICACIÓN DE LÍNEAS ELÉCTRICAS EN LA PROVINCIA DE BARCELONA

El Consejo de Ministros ha aprobado los proyectos de construcción de la subestación eléctrica de Gramanet, en el municipio de Santa Coloma de Gramanet, así como la modificación de las líneas a 220 Kv Sentmenat-Sant Fost-Canyet-Sant Andreu-Can Jardi para la conexión del circuito a 400 kV Pierola-Santa Coloma, en los términos municipales de Santa Coloma de Gramanet, Sentmenat y Castellar del Valles, en la provincia de Barcelona.

Las actuaciones han sido proyectadas por Red Eléctrica de España y están incluidas en la "Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016", aprobada por el Consejo de Ministros el 30 de mayo de 2008. Una vez realizadas, la red de transporte en la provincia de Barcelona se verá notablemente reforzada, lo que contribuirá a garantizar la cobertura de la elevada demanda en ese área, a evitar las elevadas cargas que en el corto plazo se observan en la transformación 400/220 kV de la zona y a lograr una mejora de la calidad y fiabilidad del suministro.


Industria, Turismo y Comercio

GEM SUMINISTRO DE GAS 3, DECLARADA SUMINISTRADOR DE ÚLTIMO RECURSO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para declarar Suministrador de Último Recurso (SUR) a la compañía GEM Suministro de Gas 3, una sociedad que Gas Natural Fenosa acordó vender a Endesa el pasado 30 de junio, en cumplimiento de la exigencias de desinversión que impuso la Comisión Nacional de Competencia como contrapartida a la operación de compra de Unión Fenosa por Gas Natural

Dado que una parte de estos antiguos clientes de Gas Natural Fenosa están acogidos a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas, es necesario que la sociedad GEM Suministro de Gas SUR 3 sea designada como suministrador de último recurso de gas natural para garantizar los derechos de estos consumidores.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

APROVECHAMIENTO ENERGÉTICO DE LA INTERCONEXIÓN CANAL BAJO GUADALQUIVIR-EMBALSE DE TORRE DEL ÁGUILA, EN UTRERA

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto 11/11 de aprovechamiento energético limpio y sostenible y optimización de los recursos hídricos de la interconexión canal Bajo Guadalquivir-embalse de Torre del Águila, en el término municipal de Utrera (Sevilla).

El objeto de este proyecto, cuyo coste asciende a cerca de 16,9 millones de euros que se prevén financiar con fondos FEDER, es la reducción en todo lo posible del consumo energético de la elevación de volúmenes desde el canal de bajo Guadalquivir al embalse de Torre del Águila. Así, se pretende optimizar al máximo los recursos naturales y buscar la mayor sostenibilidad de esta infraestructura construida por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

De este modo, disminuirá el consumo energético del propio bombeo de los regantes, se asegurará el correcto funcionamiento del sistema de regulación de cara a la gestión de los volúmenes almacenados y se recuperará la energía potencial de la devolución de los volúmenes y aportaciones reguladas por el embalse al canal. Además, se concretará con garantías la capacidad de almacenamiento y regulación del propio embalse.

Subsanación de deficiencias

Asimismo, se pretenden subsanar las deficiencias atendiendo a las diferentes prioridades marcadas en el Reglamento de Presas y Embalses, como son la reducción del coste energético, la optimización de las presas y la recuperación energética.

Las obras consistirán en la mejora de la aireación de la interconexión canal-presa, de los elementos de corte y de la impermeabilización. Se optimizará también la berma de aguas arriba de la presa, se reducirán las filtraciones a través de placas prefabricadas de hormigón y se renovarán el desagüe de fondo de la presa y la toma de los regantes, entre otras actuaciones.

Estos trabajos, que se incluyen en el Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y la Comunidad de Regantes del Bajo Guadalquivir para el desarrollo y ejecución del "Proyecto de modernización de la zona regable del Bajo Guadalquivir, términos municipales varios (Sevilla)" para el incremento de la eficiencia en la utilización del agua y ahorro de este recurso, cuentan con un plazo de ejecución de dieciocho meses.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

REGULADOS LOS CONSEJOS DEL AGUA DE LAS DEMARCACIONES HIDROGRÁFICAS DEL TAJO Y DEL SEGURA

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos por los que se establecen la composición, estructura y funcionamiento de los Consejos del Agua de las Demarcaciones Hidrográficas del Tajo y del Segura.

De este modo, los Consejos del Agua, órganos de participación y planificación de ambas Confederaciones Hidrográficas, les corresponde promover la información, consulta y participación pública en el proceso planificador, elevar al Gobierno el Plan Hidrológico de las respectivas demarcaciones e informar de cuestiones de interés general y de cuestiones relativas a la protección de las aguas y a la mejor ordenación, explotación y tutela del dominio público hidráulico.

Cometidos

Asimismo, los Consejos del Agua les corresponden cometidos específicos de las Demarcaciones como informar la propuesta de la Junta de Gobierno de proceder a la revisión del Plan Hidrológico, emitir informes preceptivos sobre el esquema provisional de temas importantes en materia de gestión de aguas y sobre la propuesta de proyecto de Plan Hidrológico e informar sobre los planes especiales de actuación en situaciones de alerta.

En virtud de los Reales Decretos aprobados hoy, los Consejos del Agua deben ser informados y oídos previamente a la declaración de sobreexplotación de los recursos hidráulicos de la zona, sobre la delimitación de los perímetros de protección de acuíferos y sobre la determinación de los perímetros de protección de acuíferos dentro de los que no será posible el otorgamiento de nuevas concesiones de aguas subterráneas, entre otras atribuciones.

Además, se establece que los Consejos del Agua de las demarcaciones podrán actuar en Pleno y que podrán acordar la constitución de comisiones específicas para el estudio e informe de los asuntos que aquel decida encomendarle, y en Comisiones.

En cuanto a su composición, ambos Consejos del Agua estarán constituidos por el Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario y los Vocales.

Las respectivas Oficinas de Planificación Hidrológica de los Organismos de cuenca servirán de órgano de apoyo.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

ARMONIZADO EL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LOS ANIMALES DE LA ESPECIE EQUINA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la normativa actual que regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina. La nueva normativa permitirá aclarar algunos aspectos sobre las condiciones de identificación y registro de los équidos presentes en el territorio nacional, armonizándose las actuaciones con las existentes para otras especies ganaderas.

Par ello en el Real Decreto se expone con más detalle el procedimiento de actuación de los veterinarios que realizan el marcado de los animales y se aclaran los mecanismos para que las asociaciones gestoras de libros genealógicos realicen la identificación de los animales sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas.

También se armoniza la información relativa a los responsables de los animales que debe contemplarse en el documento de identificación y en las bases de datos, y se recogen las obligaciones de los operarios de los mataderos en relación con las comprobaciones a realizar para garantizar que los animales son admisibles para el sacrificio.

En la actualidad el número de explotaciones de équidos en España asciende a 158.683 explotaciones de las cuales el 42,5 por 100 se encuentran en la Comunidad Autónoma de Andalucía. El censo asciende a 684.326 animales y en este caso es también la Comunidad Autónoma de Andalucía la que destaca, con un 34 por 100 del censo total.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

REGULADAS LAS SUBVENCIONES A LAS AGRUPACIONES DE PRODUCTORES DE LOS SECTORES OVINO Y CAPRINO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las agrupaciones de productores en los sectores ovino y caprino en el ejercicio 2012, adaptando la normativa existente en esta misma materia, recogida en un Real Decreto de 2008, a la evolución del sector y a los nuevos retos surgidos tras el denominado "chequeo médico de la PAC".

Concretamente, el nuevo Real Decreto clarifica y simplifica determinados requisitos recogidos en la anterior normativa, con el fin de armonizar los criterios en la concesión de las ayudas a las agrupaciones de ovino y caprino entre las Comunidades Autónomas.

Asimismo, la norma aprobada adapta específicamente a las características de la producción lechera obtenida de ovejas y cabras las líneas de apoyo para 2012, mediante un nuevo régimen de ayudas que reemplaza y consolida el marco existente, y que permite también un encaje más armónico con las principales líneas de acción contenidas en el Plan de Acción para la Leche de Cabra.

No obstante, el Real Decreto de 2008 continuará vigente para aquellas agrupaciones beneficiarias del mismo en ejercicios anteriores, las cuales podrán seguir acogiéndose a aquellas líneas para las que hubieran obtenido subvención, en cuyo caso no podrán acogerse a las análogas previstas en el presente Real Decreto.

Por otra parte, el nuevo Real Decreto faculta al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino a establecer las condiciones marco que permitan la aplicación, por parte de los interesados de los sistemas de etiquetado facultativo de la leche y de los productos lácteos y de la lana, mediante la adopción de un documento normativo o guía y de los documentos de especificaciones necesarios.


Fomento

APROBADA LA AMPLIACIÓN DE LA AUTOPISTA AP-9

  • Se incrementa el número de carriles en los tramos Santiago Norte-Santiago Sur y Enlace de Cangas-Enlace de Teis.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, mediante Real Decreto, la modificación de la concesión de la Autopista del Atlántico AP-9 para la ampliación de capacidad de diversos tramos de esta infraestructura.

En los últimos años se ha incrementado considerablemente la población residente en la península de O Morrazo. Ello ha supuesto un notable incremento del tráfico entre esta península y la ciudad de Vigo, con la consiguiente pérdida de fluidez en el recorrido por la AP-9. Se ha constatado también una situación similar en el tramo de la autopista situado entre los enlaces de Santiago Norte y Santiago Sur, que es libre de peaje para los recorridos internos.

Actualmente, Autopistas del Atlántico Concesionaria Española S.A. (AUDASA) ostenta la concesión para la construcción, conservación y explotación de la Autopista AP-9. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la modificación de esta concesión para mejorar la comunicación viaria existente, mediante el aumento del número de carriles en los tramos Santiago Norte-Santiago Sur y Enlace de Cangas-Enlace de Teis.

El coste total de la ampliación de carriles asciende a 350 millones de euros, incluyendo obras, expropiaciones, reposición de servicios y servidumbres.


Fomento

CONVENIOS PARA LA PROMOCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de tres convenios para la promoción de inversiones en la Red ferroviaria de titularidad del Estado, así como para su administración, gestión y mantenimiento.

Dos de los convenios establecen las condiciones en las que se encomienda al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) la gestión y el mantenimiento de la Red ferroviaria por un importe superior a los 830 millones de euros.

El tercero hace referencia a la promoción de las inversiones en la Red ferroviaria de titularidad del Estado, por un importe que asciende a 653 millones de euros, en el marco del Contrato-Programa con ADIF.


Fomento

PRÉSTAMOS PARTICIPATIVOS A DOS CONCESIONARIAS DE AUTOPISTAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de sendos préstamos participativos a Autopista del Henares S.A. y Accesos de Madrid S.A. al amparo de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, cuya disposición adicional cuadragésimo primera establece que el Estado, a petición de las sociedades concesionarias afectadas, podrá otorgar préstamos participativos para financiar los sobrecostes de expropiaciones que superen el 175 por 100 de los previstos en la oferta.

Los justiprecios de los terrenos expropiados, que fueron establecidos tanto por los Jurados provinciales de expropiación como por las sentencias de los Tribunales, valoraron el suelo muy por encima de las estimaciones que sirvieron de base al contrato de concesión.


Defensa

VENTA POR SUBASTA DE LOS TERRENOS DEL ANTIGUO HOSPITAL CENTRAL DEL AIRE

El Consejo de Ministros ha autorizado la enajenación mediante subasta pública, que se anunciará antes de que finalice el ejercicio 2011, de los terrenos que ocuparon las instalaciones del antiguo Hospital Central del Aire.

El solar ocupa una superficie de 28.000 metros cuadrados y se encuentra situado a la altura del número 82 de la calle Arturo Soria de Madrid. El pasado mes de septiembre la propiedad fue desafectada de su uso para la Defensa y puesta a disposición del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED).

La cuantía de la valoración de los terrenos, fijada en más de 35 millones de euros por parte de los servicios técnicos, hace que se requiera autorización del Consejo de Ministros para su enajenación.

En los últimos años el Ministerio de Defensa ha procedido a la demolición de los edificios existentes en dichos terrenos, a excepción del Centro de Investigación de Medicina Aeroespacial, que ocupa una esquina de la parcela y cuyo traslado a la Base Aérea de Torrejón se prevé en un plazo de dieciocho meses.


Defensa

DESCONCENTRACIÓN DE FACULTADES PARA CONTRATOS Y ACUERDOS TÉCNICOS EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE DEFENSA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro de agosto de 2010 sobre desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa.

La Ley de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad, de agosto de 2011, incorporó al ordenamiento jurídico español las normas contenidas en la Directiva Comunitaria del 13 de julio de 2009 sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios, por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad, con el fin de dotar de una regulación específica a estos tipos de contratos cuando fuesen celebrados en dichos ámbitos. Esta Ley implica que, en los aspectos regulados en la misma, los contratos incluidos en su ámbito quedaran regulados por dicha norma legal y no, como hasta ahora, por la Ley de contratos del Sector Publico.

Mediante el citado Real Decreto de 5 de agosto de 2010, las facultades de contratación por parte de la Ministra y del Secretario de Estado de Defensa se desconcentraron en determinadas autoridades del Departamento. Para que sean también aplicables a los contratos amparados por la mencionada Ley de agosto, se modifica el citado Real Decreto de 2010, básicamente, en su ámbito de aplicación y en las facultades de contratación que se reservan la Ministra y el Secretario de Estado.

La Ministra y el Secretario de Estado se reservan la facultad de dictar orden de proceder, cuando se proponga la adjudicación por procedimiento negociado o diálogo competitivo y su importe supere la cantidad de 1.500.000 euros.

Asimismo, dado el carácter de excepcionalidad para invocar el artículo 346 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, se reservan los contratos y acuerdos técnicos incluidos en el ámbito de dicho artículo cualquiera que sea su cuantía, eliminando el límite cuantitativo de 1.000.000 de euros previsto en el Real Decreto actualmente vigente.


Ciencia e Innovación

MODIFICADO EL CONVENIO POBRE EL CENTRO DE TECNOLOGÍAS DEL HIDRÓGENO Y PILAS DE COMBUSTIBLE

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para la creación del consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación del Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías del Hidrógeno y Pilas de Combustible (CNETHPC).

Este Centro es una entidad integrada por la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación, y por la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura. El 21 de diciembre de 2007 ambas Administraciones suscribieron un convenio de colaboración con el objeto de crear un consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación del Centro, que estará ubicado en Puertollano, (Ciudad Real).

En el mencionado convenio de colaboración las dos Administraciones se comprometieron a financiar al 50 por 100 el diseño, construcción, equipamiento y explotación en el período 2007-2021. El Convenio contemplaba la financiación de dos fases: en primer lugar, y en el período 2007-2009 de la fase de diseño, construcción y equipamiento por un valor de 38.519.000 euros, y en el periodo 2010-2021 de la fase de operación con una cuantía de 91.497.276 euros.

Los motivos por los que se modifica el Convenio son adaptar la senda de financiación del centro por parte de las dos Administraciones a la evolución real de la fase de construcción de la instalación y al desplazamiento de la fecha prevista de su entrada en operación (actualmente prevista en 2013 frente al año 2010 que contemplaba el convenio inicial).

La modificación del convenio mantiene intacto el coste de la fase de diseño, construcción y equipamiento del Centro, que asciende a 38.519.000 euros que ya fueron abonados en los años 2007 a 2009. La modificación afecta a la operación de la instalación. En este sentido, con respecto a los gastos de operación en el periodo 2010-2021 la modificación del convenio contempla una financiación de gastos de explotación de -49.716.902 euros frente a los 91.497.276 euros que contemplaba el convenio inicial, lo que supone una reducción del 45,6 por 100.


Interior

ADENDA AL ACUERDO DE GESTIÓN PARCIAL DE LOS SERVICIOS DE COCINA DE CENTROS PENITENCIARIOS CON LA FÓRMULA DE TALLER PRODUCTIVO

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de una Adenda al Acuerdo de encomienda de gestión entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo sobre la gestión de las cocinas de determinados centros penitenciarios bajo la modalidad de taller productivo. Mediante este acuerdo se sustituye de la encomienda el Centro Penitenciario de Nanclares de Oca, ya clausurado, por el nuevo Centro Penitenciario de Álava.

Los talleres productivos de cocina son las dependencias en las que los internos realizan tareas de manipulación, preparación y elaboración de alimentos, recibiendo por ello un salario. Su desarrollo ha tenido una valoración muy positiva porque ha contribuido a mejorar tanto la gestión de la política penitenciaria como a incrementar el nivel de ocupación de los internos.

Por ello, en diciembre de 2007 se suscribió un acuerdo de encomienda de gestión entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Organismo Autónomo para la gestión de los servicios de cocina bajo esta modalidad, que se ha ido ampliando mediante sucesivas Adendas.

Esta autorización no implica ningún gasto adicional, ya que la población interna con la que se estimó el coste de la encomienda es la misma. Los internos del nuevo centro proceden del antiguo Centro Penitenciario de Nanclares de Oca.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

AUTORIZADA LA AMPLIACIÓN DE CAPITAL DE ACUAMED

El Consejo de Ministros ha autorizado la quinta adenda a la modificación del Convenio de Gestión Directa celebrado entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas S.A. (Acuamed), sobre ampliación de capital.

Con esta modificación, que garantiza el cumplimiento de las obligaciones financieras derivadas de las actuaciones encomendadas a Acuamed, se reprograman las anualidades comprometidas en el Convenio de Gestión Directa, de manera que los compromisos plurianuales asumidos por el Ministerio para el periodo 2011-2014 ascienden hasta 306,52 millones de euros.

Una vez que el Consejo de Ministros autoriza esta ampliación de capital, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino procede a desarrollarla de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias. Esta ampliación de capital se repartirá anualmente entre 2011 y 2014.


Cultura

APORTACIÓN AL PROGRAMA IBERMEDIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución de 74.000 euros al Programa IBERMEDIA, por parte del Ministerio de Cultura, que se canalizarán a través de Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

El Programa IBERMEDIA (Programa de Desarrollo en Apoyo a la Construcción del Espacio Audiovisual Iberoamericano) fue aprobado por la VII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno reunida en Isla Margarita en 1997, con el propósito de sentar las bases de un espacio audiovisual iberoamericano, fomentando la coproducción y distribución de películas para el cine y televisión en lengua española y portuguesa, y ampliando la presencia de la producción audiovisual iberoamericana en los mercados internacionales.

IBERMEDIA está financiado por las contribuciones de los dieciocho Estados iberoamericanos que engloban el Programa, que se comprometen a abonar una cuota mínima anual de cien mil dólares, y por el reembolso de los préstamos concedidos.

Estas ayudas se conceden bajo diversas modalidades: producción (apoyo de coproducciones entre países del área), desarrollo de proyectos, distribución, exhibición en el mercado de salas (novedad de este año), y formación de profesionales. Se otorgan con el objetivo de proporcionar a la industria audiovisual de la región una infraestructura que permita su crecimiento sostenido


Cultura

OBRAS DE EMERGENCIA EN EL MUSEO ARQUEOLÓGICO DE SEVILLA

El Consejo de Ministros ha autorizado obras de emergencia en las cresterías y pináculos que decoran las cubiertas del Museo Arqueológico de Sevilla, por un importe de 189.073,87 euros.

La intervención está encaminada a evitar la caída de los elementos decorativos. La actuación se circunscribe a las esculturas situadas sobre las cornisas y cubiertas del edificio.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LA ONU PARA LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS SOBRE SU ESTABLECIMIENTO EN ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos para su establecimiento en España, así como su aplicación provisional.

El mandato del Programa de Naciones Unidas para los asentamientos humanos, ONU-HÁBITAT, establecido por la Asamblea General de Naciones Unidas, es promover el desarrollo urbano sostenible a nivel social y medioambiental y trabajar para lograr una habitabilidad adecuada para los más pobres. España lleva colaborando activamente con este Programa desde 1986.

Dado el interés común de España y ONU-HÁBITAT en seguir cooperando en programas y actividades relacionados con la sostenibilidad ambiental y los asentamientos humanos y en la prevención y resolución de los problemas causados por el desordenado crecimiento en las ciudades del mundo en desarrollo, se firmó un Acuerdo de Cooperación el 23 de marzo de 2010, aprovechando la celebración del V Foro Urbano Mundial en Río de Janeiro. Dicho Acuerdo, que entró en vigor el 10 de enero de 2011, preveía la posibilidad de firmar un Acuerdo de Sede en caso de que la presencia de ONU-HABITAT así lo requiriese.

Privilegios e inmunidades

El presente Acuerdo es un Acuerdo Marco por el que se conceden a las oficinas de ONU-HABITAT en España, sus locales, fondos, bienes, personal y actividades oficiales los privilegios, inmunidades, exenciones y facilidades necesarios para permitirle desempeñar sus funciones.

En el texto del Acuerdo se establece la finalidad y el ámbito de aplicación, y se regulan la capacidad jurídica; inviolabilidad; acceso a servicios públicos; seguridad; exenciones fiscales; operaciones financieras; comunicaciones; participantes en reuniones de Naciones Unidas; funcionarios; expertos en misión; personal contratado localmente; renuncia a la inmunidad; cooperación con autoridades, responsabilidad y seguro, entrada, estancia y salidas en territorio español; salvoconductos; acreditación; seguridad social; acceso al mercado laboral de familiares de los funcionarios; solución de controversias; necesidad de un acuerdo administrativo ad hoc para la cesión de locales públicos; modificaciones; denuncia; entrada en vigor y aplicación provisional. Esta última se prevé desde el momento de la firma del Acuerdo.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

REGULADAS LAS INSPECCIONES DE LOS EQUIPOS DE APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece las normas básicas relativas a inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

Este Real Decreto incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva comunitaria por la que se establece un marco comunitario para el uso sostenible de los plaguicidas, y tiene como principal objetivo regular las inspecciones de equipos de aplicación de productos fitosanitarios. El objetivo final de estas inspecciones es que los equipos de aplicación de productos fitosanitarios funcionen correctamente, garantizando la exactitud en la distribución y dosificación del producto, así como la no existencia de fugas en el llenado, vaciado y mantenimiento.

También es objeto de esta normativa definir y tipificar los equipos de aplicación de productos fitosanitarios utilizados en la producción primaria agrícola y forestal, al igual que en otros usos profesionales en ámbitos distintos de los anteriores, elaborar el censo de los equipos a inspeccionar, en base a los inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola, complementado con los empleados en los tratamientos aéreos y el de los equipos fijos en el interior de invernaderos y otros locales cerrados, así como establecer los requisitos mínimos que deben cumplir las estaciones de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios (ITEAF), sus titulares, y el personal técnico de las mismas encargado de las inspecciones.

Nivel académico previo

Con el fin de que las inspecciones sean desarrolladas por personal con la formación suficiente para ejercer sus responsabilidades, es necesario que tanto los directores como los inspectores de las estaciones de ensayo dispongan de un nivel académico previo vinculado a las funciones que han de desarrollar o de una completa formación específica en estas materias.

En el caso de los directores, entre sus responsabilidades se encuentran, entre otras, el control de calidad de la inspección, calibración de equipos, formación de inspectores, y asesoramiento de la idoneidad y de la regulación del equipo para cada tratamiento fitosanitario. Los inspectores tendrán entre sus competencias la revisión directa de los equipos, su tipificación, recomendaciones de uso y aplicación de los procedimientos de inspección. En ambos casos, se complementa con una formación adicional específica para la inspección de equipos de aplicación.


Anexos

Este Real Decreto se completa con cuatro anexos relacionados con los requisitos de salud y seguridad y de medio ambiente para la inspección de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios, con la instrumentación de la Inspección Técnica, con el certificado y boletín de la inspección y con los criterios básicos de los programas de formación del personal perteneciente a las estaciones de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación.

Más información