Reglamento General de Gestión Financiera de la Seguridad Social

29.6.2018

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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de la titular de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social.

La Tesorería General de la Seguridad Social, en su condición de caja única, recibe todos los cobros y pagos del Sistema a través de las entidades financieras colaboradoras. Recaudación de cuotas, pago de pensiones y prestaciones del sistema, así como pago del desempleo son los conceptos principales que generan un volumen anual de gestión de fondos superior a los 300.000 millones de euros. Con el nuevo Reglamento se recoge en una sola norma todos los aspectos que deben regular esta importante gestión financiera.

La norma adapta los pagos de Seguridad Social al nuevo escenario de pagos, generado por los nuevos instrumentos de la zona única de pagos en euros denominada SEPA ("Single Euro Payments Area"), y adapta la gestión financiera a los procedimientos electrónicos previstos en las Leyes 39 y 40/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Régimen Jurídico del Sector Público.

El Reglamento de Gestión Financiera flexibiliza el circuito financiero de la Tesorería General de la Seguridad Social, establece plazos más cortos de comunicación de los importes recaudados por cuotas y permitirá adoptar decisiones con mayor rapidez, algo importante en momentos de tensiones financieras

Al Ordenador General de Pagos se le atribuyen nuevas competencias en materia de adquisición de activos, subastas de liquidez, depósitos a plazos y fondos en cuentas tesoreras, con el objetivo de incorporar nuevas alternativas de gestión al actual depósito de fondos de la Seguridad Social en las cuentas abiertas en el Banco de España. Estas alternativas de gestión se han hecho imprescindibles a partir de las decisiones adoptadas por el Banco Central Europeo, que ha establecido una remuneración negativa de -0,40% en los fondos depositados en el Banco de España.

El Reglamento revisa la figura de la colaboración de las entidades financieras, tanto en materia de recaudación como de pagos, para adaptarla mejor a las distintas necesidades tanto de la Administración de la Seguridad Social como de los ciudadanos, en especial de los beneficiarios de prestaciones.