Asuntos Exteriores y de Cooperación

Firma del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Nueva Zelanda

23.9.2016

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

La Moncloa, Madrid

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo de Asociación sobre Relaciones y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Nueva Zelanda, por otra.

El Acuerdo de Asociación sobre Relaciones y Cooperación, de forma similar a los celebrados por la Unión Europa con otros países socios, contiene cláusulas políticas vinculantes basadas en los valores compartidos de ambas partes. Así, la Unión Europea y Nueva Zelanda hacen patente su compromiso en ámbitos como los derechos humanos, la no proliferación y la lucha contra el terrorismo. El respeto de los derechos humanos y los principios democráticos, y del Derecho internacional y los principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas, constituyen la base de la cooperación en el marco del Acuerdo.

El Acuerdo recoge las cláusulas políticas estándares de la Unión Europea sobre los derechos humanos, la Corte Penal Internacional, las armas de destrucción masiva y las armas ligeras y de pequeño calibre, así como la lucha contra el terrorismo. Abarca también la cooperación en una amplia gama de ámbitos como la salud, el medio ambiente, el cambio climático, la energía, la educación, la cultura, el trabajo, la gestión de catástrofes, la pesca y los asuntos marítimos, el transporte, la cooperación judicial, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, la delincuencia organizada y la corrupción. Cubre, asimismo, la cooperación en asuntos económicos y comerciales, e incluye diálogos en materia económica, comercial y de inversión, comercio de productos agrícolas y otras cuestiones sectoriales.

El Acuerdo establecerá un marco general coherente y jurídicamente vinculante para las relaciones de la Unión Europea con Nueva Zelanda. Igualmente, facilitará un compromiso bilateral más efectivo por parte de la Unión Europea y de sus Estados miembros con Nueva Zelanda al reforzar el diálogo político y mejorar la cooperación en asuntos económicos y comerciales y en una amplia gama de otros ámbitos.