Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención del ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del gobierno, Íñigo Méndez de Vigo

9.5.2018

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La Moncloa, Madrid

Portavoz.- Buenas tardes.

El Consejo de Ministros se ha reunido esta mañana, en Sesión Extraordinaria, con objeto de aprobar un Acuerdo por el que se solicita al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley 2/2018, de la Generalidad de Cataluña, de modificación de la Ley 13/2018 de la Presidencia de la Generalidad y del Gobierno.

Les informé en la rueda posterior al anterior Consejo de Ministros, cómo el Gobierno había solicitado el informe preceptivo al Consejo de Estado. Como recordarán ustedes, pese a las advertencias del Gobierno, pese a los informes contrarios de los letrados del Parlamento de Cataluña y del Consejo de Garantías Estatutarias, el Parlamento de Cataluña había aprobado por procedimiento de urgencia y de lectura única una modificación de la Ley de Presidencia, cuyo objeto era permitir una investidura a distancia al señor Puigdemont, que era la verdadera intención que había detrás de todo ello.

Como saben ustedes, el señor Puigdemont es actualmente un prófugo de la Justicia y sobre él pesa una orden europea de detención y entrega, que está siendo estudiada por la Justicia alemana.

Por tanto, tras el dictamen preceptivo que ha emitido el Consejo de Estado, queda claro que ningún candidato a la Presidencia de la Generalidad de Cataluña puede ser investido si no está presente en el Parlamento de Cataluña, defendiendo en su sede su programa de investidura. En este sentido, el Tribunal Constitucional ya se había pronunciado en esta misma línea el 27 de enero, y adoptó medidas cautelares en el mes de abril al admitir a trámite el recurso del Gobierno contrario a permitir una investidura de forma telemática o por delegación.

Asimismo, el Gobierno ha dicho con toda claridad cómo iba a impedir cualquier vulneración o fraude de ley y que utilizaría todos los instrumentos jurídicos a su alcance para ello.

Por tanto, además de este motivo, --recurrir la investidura telemática--, el Gobierno también ha recurrido el hecho de que esta modificación de la ley catalana se hubiera llevado a cabo en el trámite de lectura única. Y, asimismo, también que, a través de una ley, se vulnerara una materia reservada al Reglamento, como es la elección del presidente de la Generalidad.

El Gobierno, cuarto motivo, ha impugnado también la posibilidad que contemplaba esa modificación de la ley, de permitir la celebración de sesiones de órganos colegiados del Gobierno de la Generalidad de Cataluña a distancia, por medios telemáticos.

Si el Tribunal Constitucional admite el recurso del Gobierno, quedará inmediatamente suspendida la aplicación de esta norma. Y la Mesa del Parlamento de Cataluña, con su presidente a su cabeza, sabrá que no puede convocar pleno de investidura en estas condiciones, con un candidato sin presencia física, a riesgo de incurrir en un delito de desobediencia. Creo que nadie tiene ninguna duda sobre la voluntad del Gobierno de impedir, con los procedimientos jurídicos a su alcance, cualquier vulneración o fraude ley.

Desde la aplicación del artículo 155, tras su aprobación por el Pleno del Senado, el Gobierno ha pretendido y ha conseguido restablecer el orden constitucional y estatutario vulnerado en Cataluña; reforzar la fortaleza de nuestro Estado de derecho; recuperar la convivencia, que debe producirse siempre, en el marco legal establecido; devolver la confianza a los catalanes y a los españoles en sus instituciones; recuperar la neutralidad institucional y poner la Generalidad al servicio de todos los catalanes. Finalmente, frenar el deterioro económico y social que se produjo a partir del 10 de septiembre en Cataluña.

Por tanto, esto es sobre lo que tenía que darles cuenta, y estoy a su disposición para contestar a alguna pregunta, si la tienen.

(Transcripción editada por la Secretaría de Estado de Comunicación)