Acuerdo de la CDGAE para la distribución en 2015 de la financiación de los Fondos de Ordenación y de Impulso Económico

El Gobierno aprueba una inyección de liquidez de 113 millones para las entidades locales

7.5.2015

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En general, la buena situación financiera de las EELL hace menos necesario acudir a esta financiación adicional. Con este Fondo se atienden diversas situaciones:

Por un lado, se sustituyen las retenciones en la participación en tributos del Estado con las que se estaban compensando las deudas de éstas con el Fondo para la Financiación del Pago a Proveedores2. Estas EELL no formalizaron en su momento los préstamos correspondientes contemplados en los Reales Decretos-ley 4/2012, 4/2013 y 8/2013.

El importe nominal de los préstamos ascendería a 73,16 millones de euros y afecta a 26 entidades locales. Estas operaciones se formalizarán con cargo al Fondo de Ordenación con las Entidades Locales.

A la anterior cuantía hay que adicionar 25,05 millones de euros correspondientes a 17 municipios que, estando en situación financiera negativa, han solicitado la adhesión al Fondo de Ordenación.

Por último, se asigna al Fondo de Impulso Económico 14,91 millones de euros, a 38 entidades locales que lo han solicitado y que cumplen los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y no presentan un periodo de pago a proveedores excesivo. Estas EELL pueden acceder a financiación en mejores condiciones para la cobertura de los vencimientos del principal, y sus intereses asociados, de los préstamos a largo plazo que formalicen de acuerdo con los criterios de prudencia financiera determinados por Resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, para financiar inversiones financieramente sostenibles.

En total, se asignarán 113,12 millones de euros al Fondo de Financiación de Entidades Locales

Además de lo previsto en el Real Decreto-Ley 17/2014, los municipios que, encontrándose en situación financiera negativa, han solicitado la adhesión al Fondo de Ordenación, deberán formalizar en términos de prudencia financiera las operaciones de refinanciación con las entidades de crédito antes del 22 de mayo.

Por otro lado, en las condiciones generales del Fondo de Financiación a Entidades Locales:

  • Se modifica el cálculo de los intereses de demora, estableciendo un criterio más sencillo, que se liquidarán por días naturales.
  • Se modifican los límites de las amortizaciones anticipadas, que se podrán realizar una vez al mes y por un mínimo de un 40% de la cuota de amortización, sin comisión alguna.

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