Impulso al emprendimiento

Más de 926.000 autónomos se han beneficiado de la tarifa plana de 50 euros

9.8.2016

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La tarifa plana se introdujo en el Real Decreto-Ley de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y a la creación de empleo que aprobó el Consejo de Ministros el 22 de febrero de 2013, dentro de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016.

Posteriormente la Ley de Emprendedores amplió el ámbito de aplicación de la tarifa plana a todos los nuevos autónomos, con independencia de su edad.

Por otra parte, los autónomos podrán mantener la bonificación cuando contraten a trabajadores, según el proyecto de Ley por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, que está concluyendo su tramitación parlamentaria.

Beneficios

Durante los seis meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, se aplicará una reducción del 80% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento en este régimen. De esta forma el nuevo autónomo menor de 30 años podrá cotizar durante el primer semestre una cuota aproximada de 50 euros.

Posteriormente, y durante los siguientes seis meses, se aplicará una nueva reducción sobre la base mínima de un 50%.
Transcurrido el primer año desde el alta en el RETA, los hombres de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35, se beneficiarán del mantenimiento de una reducción y una bonificación en sus cotizaciones de un 30% durante los siguientes 18 meses.

En el caso de jóvenes menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%, la reducción del 80% se aplicará durante los 12 primeros meses desde la fecha de alta y, después, se mantendrá la bonificación del 50% hasta un máximo de cinco años.

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