La ministra expone a los representantes de las Cofradías y de los Armadores de Huelva la Ley Reguladora de la Protección Social de los Trabajadores del Mar

Báñez agradece el apoyo unánime a la Ley de protección social de los trabajadores del mar

27.8.2015

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La ministra ha precisado que "se trata de una Ley que ha sido pactada con el sector, que va a favorecer el empleo en el mundo del mar, y también, muy importante, que va a favorecer la protección social de los trabajadores del mar".
Báñez ha mantenido hoy un encuentro en Ayamonte con cofradías de pescadores y asociaciones de armadores de Huelva (ASODRAGA, ASOCIACION ARMADORES DE LEPE, ASURABUCER, COFRADIA DE ISLA CRISTINA, COFRADIA DE AYAMONTE, COFRADIA DE PUNTA UMBRÍA, ANAMAR, ARMADORES DE PUNTA DEL MORAL).
La ministra ha destacado que "el sector del mar está contribuyendo al crecimiento del empleo en España y al crecimiento económico". Asimismo, ha resaltado, que "la buena noticia es que en Huelva el empleo en el mar ha crecido en un 25% desde la anterior legislatura. La recuperación está llegando a los hombres y mujeres de la mar".
El sector pesquero, ha afirmado Báñez, "es fundamental para la economía española, hemos conseguido cuota de pesca en más de 35.000 millones de toneladas en esta legislatura, y lo más importante es que tenemos más de 10.000 buques inscritos y más de 65.000 personas trabajando en él". "Esa es nuestra fortaleza para ser también una gran potencia, una gran marca España del sector marítimo pesquero en toda Europa", ha añadido.

Líneas básicas de la Ley

La titular de Empleo ha explicado a los asistentes a la reunión las líneas básicas de la nueva norma reguladora de la protección social del colectivo de trabajadores del sector marítimo-pesquero, una ley que actualiza y sustituye a una normativa de más de 40 años de antigüedad, obsoleta y derogada en su mayor parte, que regula de forma completa e integral toda la protección social de los trabajadores del mar.
La nueva normativa aúna en un único texto la protección social gestionada por el Instituto Social de la Marina, organismo dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
El texto incorpora tanto la protección de los trabajadores encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, como aquellos aspectos y programas que complementan su protección social: sanidad marítima, la acción social y la formación marítima y sanitaria.
La Ley extiende también su ámbito de aplicación para englobar a nuevos colectivos que han reivindicado durante años su pertenencia a este Régimen de la Seguridad Social.
Con este cambio normativo, se incorporan con respaldo legal al Régimen Especial de Trabajadores del Mar: el personal que presta sus servicios en plataformas petrolíferas, de gas o similares; los trabajadores dedicados a la acuicultura; los buceadores; los rederos trabajadores por cuenta ajena y los autónomos de marina mercante.
Este Régimen Especial se configura en dos grandes colectivos; los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia. El texto suprime fórmulas jurídicas ficticias que en un momento dado sirvieron para regular determinados colectivos, pero que en la actualidad no son necesarias. Es el caso de los trabajadores asimilados a cuenta ajena, como los armadores embarcados.
Con la norma se logra una simplificación en cuanto a la regulación del Régimen del Mar, ya que recoge solamente las especificidades del mismo en materia de cotización y coeficientes reductores de la edad de jubilación. En todo lo demás, remite a la normativa general de la Seguridad Social, con lo que se evitan duplicidades en la regulación.
Además, por primera vez una norma con rango legal define a los beneficiarios de la protección social específica que lleva a cabo el Instituto Social de la Marina (ISM), trabajadores del sector pero que no están encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Por otra parte, se clarifica el concepto de estibador portuario de acuerdo con la definición realizada en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

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