Educación

31.12.2014

CONTENIDO

MARCO LEGISLATIVO Y ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

Desde la aprobación de la Constitución española de 1978, el sistema educativo español ha experimentado un proceso de transformación por el que, paulatinamente, la Administración del Estado ha transferido funciones, servicios y recursos a las diferentes Comunidades Autónomas. Así, entre 1981 y el año 2000 todas las Comunidades han asumido las funciones, servicios y recursos tanto en materia de educación no universitaria como universitaria.

El marco legislativo que rige y orienta el sistema educativo español está formado por la Constitución española de 1978 y las leyes que desarrollan los principios y derechos establecidos en ella: Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, la Ley Orgánica 5/2002, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Este modelo descentralizado distribuye las competencias entre el Estado, las Comunidades Autónomas, y los centros docentes. El Estado tiene reservado el ejercicio en exclusiva de las competencias que salvaguardan la homogeneidad, la unidad y la garantía de las condiciones de igualdad básica en el ejercicio de sus derechos educativos fundamentales determinados por la Constitución. Son, en su mayor parte, competencias de índole normativa para la regulación de los elementos básicos del sistema, aunque también cuenta con otras de carácter ejecutivo.

Las comunidades autónomas poseen las competencias normativas de desarrollo de las normas estatales y de regulación de los elementos que no son básicos, así como las competencias ejecutivo-administrativas de gestión del sistema en su propio territorio, con la excepción de las que están reservadas al Estado.

La legislación no confiere a las Corporaciones Locales la condición de Administración educativa, pero reconoce su capacidad para cooperar con las Administraciones Estatal y Autonómica en el desarrollo de la política educativa.

Fcahada del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte))El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte es el órgano de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política educativa. En cada Comunidad Autónoma, la Administración estatal cuenta con la Alta Inspección educativa para el ejercicio de sus funciones, consistentes en la comprobación del cumplimiento de la normativa y de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos en materia de educación, la inclusión de los aspectos básicos en los currículos autonómicos y el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Estado y de las condiciones para la obtención de los títulos correspondientes. El Ministerio actúa como administración educativa en las ciudades de Ceuta y Melilla y en los centros en el exterior.

El reparto de competencias entre los distintos niveles, sobretodo estatal y autonómico, hace necesaria la coordinación entre las Administraciones educativas para garantizar el adecuado desempeño de algunas funciones. Los órganos encargados de facilitar la coordinación administrativa son la Conferencia Sectorial de Educación y la Conferencia General de Política Universitaria, formada por los consejeros de Educación de las comunidades autónomas y el ministro de Educación, Cultura y Deporte. Su función es de carácter consultivo y de ella dependen órganos de nivel inferior como la Comisión General de Educación o las comisiones sectoriales: de personal, de centros de formación profesional, etc.

PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

La Constitución española establece que los poderes públicos deben garantizar la participación en la programación general de la enseñanza.

En los distintos niveles de la Administración educativa, incluidos los propios centros docentes, existen diferentes órganos colegiados que aseguran la participación de todos los sectores de la comunidad educativa. En el ámbito estatal, este órgano es el Consejo Escolar del Estado. En el territorial, los Consejos Escolares Autonómicos, Territoriales, Provinciales, Comarcales y/o Municipales. Finalmente, los centros docentes no universitarios cuentan con el Consejo Escolar de Centro o el Consejo Social para los Centros Integrados de Formación Profesional y los universitarios con el Consejo Social de la Universidad.

Campus de Excelencia Internacional, Universidad Autónoma de BarcelonaUniversidad Autónoma de Barcelona (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)

Por otro lado, existen también varios órganos estatales de participación institucional con carácter consultivo: el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y el Consejo de Universidades.

El Consejo Escolar del Estado es el órgano de ámbito nacional para la participación social en la programación general de la enseñanza y para el asesoramiento respecto a los proyectos de ley o reglamentos que hayan de ser propuestos o dictados por el Gobierno. En él están representados todos los sectores sociales implicados en la enseñanza. Tiene carácter consultivo. Asimismo, el Consejo de Universidades tiene las funciones de ordenación académica, coordinación, consulta y propuesta en materia universitaria.

SITUACIÓN ACTUAL Y ÚLTIMAS MEDIDAS ADOPTADAS

Dentro del sistema de distribución de competencias en el ámbito educativo, corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte aplicar las reformas impulsadas desde la Unión Europea. Así, el marco de referencia que inspira las reformas en este ámbito es el fijado por la Unión Europea mediante la iniciativa Europa 2020, que establece ambiciosos objetivos para la mejora de la educación, especialmente para el grupo de población comprendido entre los 18 y los 24 años que no hayan completado la educación secundaria.

En relación con la situación actual de la educación en España desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes se ha realizado el siguiente diagnóstico:

  • El número de alumnos por profesor es más bajo que en la OCDE (10,1 en España frente a 13,7 en la OCDE) (Panorama de la Educación 2013: Indicadores de la OCDE)
  • España destina 9.608 dólares al año de gasto público por alumno en la educación pública, un 15% más que la OCDE y la UE21. (Panorama de la Educación 2013: Indicadores de la OCDE)
  • La tasa de abandono educativo temprano, se situó en 2012 en el 24,9%, tasa muy alejada del objetivo Europa 2020 del 15% para España y del 10% para la Unión Europea, cuya media se situaba ya en 2012 en el 12,8%.
  • En 2011, la tasa de graduación de los jóvenes que cursan Formación Profesional de Grado Medio y otros programas profesionales era sólo del 29%, cuando la media de la OCDE es del 38% y la de la Unión Europea del 45%.
  • La Encuesta de Población Activa del 1º trimestre de 2013 sitúa la tasa de paro juvenil (población entre 15 y 24 años) en el 57,2%, una de las más altas de la Unión Europea.
  • La población entre 15 y 29 años que ni estudia ni trabaja alcanza el 22,6% en 2012.
  • En todas las pruebas internacionales en las que participan alumnos españoles (PISA, TIMSS, PIRLS y PIAAC) los resultados obtenidos están por debajo de la media de la OCDE y apenas experimentan mejoría, a pesar del incremento de la inversión y las reformas legales.
  • Los resultados en Equidad se han deteriorado en este periodo 2003-2012, tomando como referencia los resultados en matemáticas de PISA 2012: alumnos con ventaja socio-económica: +34 puntos (6 puntos más que en 2003) y resultados por género: los chicos + 16 puntos (7 puntos más que en 2003).
  • Las diferencias de resultados entre Comunidades llegan a 55 puntos, lo que equivale a un curso y medio de escolarización. Las diferencias de rendimiento en matemáticas se explican en un 85% por disparidades socio-económicas.
  • Los datos que nos ofrece el estudio Panorama de la Educación 2013 de la OCDE permite comprobar cómo en 2011 el porcentaje de la población adulta en España que posee un título de educación terciaria o posterior es del 32%, igual que la media de la OCDE y superior en tres puntos al de la media de la Unión Europea. España ya ha superado el objetivo de la estrategia Europa 2020 de un 40% de jóvenes entre 30 y 34 años con un nivel educativo de Educación Terciaria. Pero el estudio de la OCDE indica por un lado que la protección frente al desempleo que ofrece la formación en España es mucho menor que en la Unión Europea y que en la OCDE. Por otro lado, en España la protección frente al desempleo de los estudios terciarios es siete puntos mayor que la de los estudios secundarios, lo que no sucede en la media de la OCDE y de la Unión Europea en las que la protección es de sólo dos y tres puntos, respectivamente.

Para superar los problemas detectados a través del diagnóstico anterior se ha aprobado la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Entre los objetivos generales de la LOMCE destacarían: la disminución de las tasas de abandono temprano, la modernización de la formación profesional, la disminución de la dispersión de requisitos y exigencias del sistema educativo en todo el territorio, respetando las competencias de las Comunidades Autónomas, el aumento de las tasas de titulación en educación secundaria obligatoria, la mejora del nivel académico en áreas prioritarias (comprensión lectora, competencia matemática y competencia científica), y establecer un sistema de señalización claro de los objetivos que han de cumplirse al final de cada etapa.

En cuanto a las medidas fundamentales adoptadas, destacarían:

  • Atención individualizada y flexibilización de trayectorias: Se adelanta la elección de trayectorias educativas a partir del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria. La LOMCE también desarrolla vías alternativas y apoyos adicionales para los estudiantes y establece medidas de atención personalizada.
  • Modernizar la Formación Profesional: Se flexibiliza el acceso entre los ciclos de FP. Se regula la Formación Profesional dual, que pretende facilitar la inserción laboral, incrementar la vinculación y corresponsabilidad del tejido empresarial, potenciar la relación del profesorado con las empresas del sector, y obtener datos cualitativos y cuantitativos que permitan la toma de decisiones en relación con la ordenación y las ofertas de Formación Profesional.
  • Nueva configuración del currículo: uno de los pilares centrales de la reforma descansa sobre una nueva configuración del currículo de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Se garantiza una mínima carga lectiva y contenidos mínimos en aquellas materias que deben ser comunes a todos los alumnos, que se incluyen en el bloque de asignaturas troncales. El bloque de asignaturas específicas permite una mayor autonomía a la hora de fijar horarios y contenidos de las asignaturas, así como para conformar su oferta. El bloque de asignaturas de libre configuración autonómica supone el mayor nivel de autonomía, en el que las Administraciones educativas y en su caso los centros pueden ofrecer asignaturas de diseño propio.
  • Evaluaciones estandarizadas: los resultados del informe PISA 2012 sugieren que los países que emplean exámenes externos basados en estándares tienden a tener mejor rendimiento. Se establece por ello en la LOMCE un sistema de señalización claro de los objetivos que han de cumplirse al final de cada etapa.
  • Autonomía de los centros docentes: se dota a los centros de mayor flexibilidad y responsabilidad en la elección de contenidos en los que especializarse, y se potencia la figura del director. A cambio de dicha autonomía, los centros deben rendir cuentas a la sociedad de sus actuaciones y de los recursos utilizados en desarrollo de su autonomía.
  • Cambio metodológico: se proponen nuevos enfoques en el aprendizaje y evaluación, orientados al desarrollo de clave, con especial atención a las competencias en comunicación lingüística, y competencias STEM o en matemáticas, ciencia y tecnología e ingeniería, que se consideran prioritarias de cara al desarrollo de los alumnos y a su capacidad de desenvolverse en el mundo del conocimiento y la tecnología.

ESTRUCTURA GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa establece mayor flexibilidad para los alumnos en la elección de los diferentes itinerarios formativos y propone medidas para poder transitar entre las enseñanzas. La lógica de la reforma educativa se basa en la evolución hacia un sistema capaz de encauzar a los estudiantes hacia las trayectorias más adecuadas a sus capacidades. La Ley abre pasarelas entre todas las trayectorias formativas y dentro de ellas, de manera que ninguna decisión de ningún alumno o alumna sea irreversible.

Educación Infantil

La educación infantil constituye el primer nivel del sistema educativo. Abarca desde el nacimiento hasta los seis años de edad. Se organiza en dos ciclos de tres años cada uno, con carácter voluntario.

El segundo ciclo es gratuito. Las Administraciones educativas garantizan una oferta suficiente de plazas en los centros públicos y conciertan con centros privados, en el contexto de su programación educativa. En cuanto al primer ciclo, que comprende de los cero a los tres años, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en colaboración con las Comunidades Autónomas, ha hecho en los últimos años importantes esfuerzos para aumentar las tasas de escolaridad, mediante la creación de nuevas escuelas infantiles con la puesta en marcha del Plan de Impulso de Educación Infantil 0-3, denominado Plan Educa3.

En ambos ciclos se favorece el desarrollo físico, intelectual, afectivo y social de los niños, que ayude al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven y que facilite que los niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada, adquiriendo autonomía personal.

Corresponde a las administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en el segundo ciclo, a la lecto-escritura, a las habilidades numéricas básicas, a las tecnologías de la información y a la expresión visual y musical.

Educación Primaria

Es una etapa obligatoria que conforma junto con la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) el periodo de enseñanza básico y gratuito. Su finalidad es facilitar el aprendizaje de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura, y el hábito de convivencia así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad. La educación primaria abarca seis cursos académicos, que se realizan ordinariamente entre los seis y los doce años de edad.

Educación Secundaria Obligatoria (ESO)

La Educación Secundaria Obligatoria se extiende ordinariamente desde los doce hasta los dieciséis años de edad y comprende cuatro cursos académicos. La etapa de Educación Secundaria Obligatoria se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno.

Los alumnos elegirán entre la vía de enseñanzas académicas con orientación hacia el Bachillerato y la vía de enseñanzas aplicadas, con orientación hacia la formación profesional de grado medio.

Al finalizar el cuarto curso, se realiza una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes. Los alumnos podrán realizar la evaluación por una o las dos opciones de enseñanzas, con independencia de la opción cursada en el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria.

Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alcalá de HenaresFacultad de Filosofía y Letras de la Univeridad de Alcalá (Universidad de Alcala de Henares)La LOMCE establece Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento de dos cursos de duración. A partir de 2º curso de la Educación Secundaria Obligatoria en los que utilizará una metodología específica a través de una organización de contenidos, actividades prácticas y, en su caso, de materias diferentes a la establecida con carácter general, con la finalidad de que los alumnos y alumnas puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria y obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

La finalidad de la Educación Secundaria Obligatoria consiste en lograr que los alumnos adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo y prepararles para su incorporación a estudios posteriores.

Bachillerato

El bachillerato es una etapa educativa no obligatoria de dos años de duración. Pueden acceder a los estudios de bachillerato los alumnos que estén en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria por la vía de enseñanzas académicas. La edad de ingreso son los dieciséis años y la de finalización los dieciocho años; los alumnos pueden permanecer cursando bachillerato en régimen ordinario durante un máximo de cuatro años. El bachillerato capacita a los alumnos para acceder a la educación superior.

Formación Profesional

Las enseñanzas de formación profesional comprenden un conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones y el acceso al empleo. La formación profesional permite que los alumnos puedan circular entre ella y las demás vías del sistema educativo.

La formación profesional se organiza en ciclos formativos básicos, de grado medio y de grado superior. Se desarrolla a través de una organización modular, de duración variable y contenidos teórico-prácticos adecuados a los diversos campos profesionales. Las competencias profesionales establecidas en los ciclos han de estar referidos al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. El Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establece las titulaciones correspondientes a los estudios de Formación Profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

Se apuesta por acercar la formación y la empresa para que la preparación de los profesionales se ajuste a las realidades de los sectores productivos. Una de las iniciativas en este sentido es la consolidación de la formación profesional dual que se explicará más adelante.

Enseñanzas artísticas

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa regula las enseñanzas artísticas.

Son enseñanzas artísticas las siguientes: las enseñanzas elementales de Música y de Danza; las enseñanzas artísticas profesionales de Música y Danza, así como los grados medio y superior de Artes Plásticas y Diseño; y las enseñanzas artísticas superiores que agrupan los estudios superiores de Música y de Danza, las enseñanzas de Arte Dramático, las enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los estudios superiores de Diseño y los estudios superiores de Artes Plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de Cerámica y los estudios superiores del Vidrio.

El alumnado que finaliza estas enseñanzas obtiene el título de bachiller si supera la evaluación final de bachillerato por la modalidad que elija.

Enseñanza de idiomas

Las Enseñanzas de Idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado. Estos niveles se corresponderán, respectivamente, con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se subdividen en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2.

Se potencia en la educación básica y en el bachillerato el desarrollo de las competencias comunicativas orales, comprensión y expresión oral, mediante la renovación curricular adaptada al Marco Europeo y el uso exclusivo del idioma de aprendizaje en las clases.

Centro de la UNED (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) Educación superior universitaria y su acceso

Para el acceso a los estudios universitarios, según la LOMCE, se requerirá, como norma general, el título de bachillerato que comprenderá las calificaciones obtenidas en los dos cursos y la superación de la prueba final que permita valorar la madurez académica, los conocimientos y la capacidad de los estudiantes para seguir con éxito las enseñanzas universitarias. Además las Universidades podrán establecer un procedimiento de admisión de acuerdo con lo regulado por el Gobierno.

Se regula también el acceso directo a la universidad de los estudiantes procedentes del grado superior de Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas, así como la prueba para mayores de veinticinco años, el acceso a la universidad de los mayores de cuarenta años mediante la acreditación de la experiencia laboral y el acceso de todos los mayores de cuarenta y cinco años aunque no dispongan de titulación académica ni de experiencia profesional, de manera que se facilite el acceso a la formación de las personas adultas.

Por otra parte la LOMCE flexibiliza los requisitos de acceso a la universidad para el alumnado extranjero que cuente con un título o diploma de estudios equivalente al título de bachiller y que entrará en vigor para el curso 2014-2015.

Este sistema de acceso está previsto que se mantenga hasta curso 2017-18 en que entrará en vigor el sistema establecido por la LOMCE sustituyéndose la prueba de acceso por un procedimiento de admisión de acuerdo con la regulación básica del Gobierno.

EL SISTEMA UNIVERSITARIO

Elementos del sistema

La Ley Orgánica 4/2007,de 12 de abril, que modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades (LOMLOU), aborda una serie de reformas para potenciar la autonomía de las universidades, reconocida en la propia Constitución española, a la vez que aumenta la exigencia de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de sus funciones. Los cambios introducidos van dirigidos específicamente a la mejora de la calidad de las universidades españolas y también a facilitar su incorporación al marco del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) y a la incorporación de la investigación académica española al proyecto del Espacio Europeo de Investigación.

El número de universidades españolas en el curso 2013/14 es de 82, de las que 50 son públicas y 32 son privadas. En estos momentos el panorama lo configuran 345 campus universitarios ubicados en municipios diferentes. Estos datos ponen de manifiesto la existencia de una gran dispersión territorial de universidades y de campus universitarios. En cuanto a las enseñanzas ofertadas, cabe decir que en 2013 se encontraban verificados 2.567 grados universitarios y 3.519 másteres oficiales. En el curso 2012-2013 el número de estudiantes matriculados en enseñanzas de grado y de primer y segundo ciclo en el sistema universitario se sitúa en el entorno de 1.450.036 estudiantes, mientras que el número de estudiantes de másteres alcanzó los 111.087 estudiantes. Todos ellos elevan la cifra de estudiantes matriculados en el sistema universitario hasta 1.561.123 estudiantes, a los que habría que sumar los estudiantes matriculados en Doctorado.

En el curso 2012-13 han tenido actividad 76 Universidades y 335 campus/sedes (273 de universidades públicas y 62 en las privadas) y se han impartido 2.464 grados universitarios, 2.950 másteres y 1.650 doctorados.

Campus de Excelencia InternacionalCampus de Excelencia Internacional (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) Competitividad del sistema universitario español

La modernización de la Universidad española, que requiere su incorporación y adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), comenzó con el acuerdo intergubernamental conocido como Declaración de Bolonia, firmado el 19 de junio de 1999, que formulaba el compromiso de «armonizar los estudios de grado superior en Europa y fomentar la colaboración entre los distintos Estados y las diferentes universidades con la finalidad de establecer un sistema de titulaciones homologadas que permitan la movilidad de estudiantes y profesores al objeto de fomentar el empleo y la competitividad». La fecha de la adaptación para la reforma curricular en los tres ciclos (grado, máster y doctorado) estaba marcada para el curso 2010-2011, aunque, al ser un proceso dinámico, debe continuar completándose.

En este periodo las universidades han hecho, y continúan haciendo, importantes cambios. Estos cambios de modernización no han consistido en la mera adaptación de sus títulos universitarios a la nueva estructura, sino que han supuesto importantes reformas.

Desde 2011 se han potenciado especialmente las medidas relacionadas con la organización de las enseñanzas universitarias, así como el aumento de la movilidad dentro de las universidades. Esta acción sólo ha sido viable con la puesta en marcha de cualificaciones comparables en el espacio europeo (grado, máster y doctorado).

La modernización de las universidades con vistas a crear una Europa más competitiva radica en que los ámbitos de actuación siguen el modelo de la «Triple Hélice» (empresa, Universidad, Administración) con una estructura fundamental dentro del marco del «triángulo del conocimiento» (educación, investigación e innovación).

OTRAS INICIATIVAS EN EL ÁMBITO EDUCATIVO

En 2013 se han abordado además de la LOMCE las siguientes cuestiones:

Formación Profesional dual

El 9 de noviembre de 2012 se publicó en el BOE el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

El conocimiento de la formación que reciben los jóvenes en el centro educativo facilita la implicación de las empresas para conseguir una mayor adaptación de esta formación a las demandas de los sectores productivos y a las necesidades específicas de las empresas. Las administraciones educativas de las comunidades autónomas iniciaron el desarrollo de diversas experiencias y proyectos para aumentar la relación entre empresas y centros educativos y construir las bases de la formación profesional dual, con un total de 170 centros, 4.292 alumnos y más de 500 empresas implicadas en estos momentos. Estas experiencias han aumentado en el presente curso entre un 300% a un 400%, en comparación con los datos del curso 2012-2013, con una alta valoración de los agentes implicados.

Mejora de la empleabilidad a través de la FP

Se trata de hacer más atractiva una opción para quienes desean acceder antes al mercado laboral. Para ello se propone la puesta en marcha de una reforma de la Formación Profesional que logre equilibrar progresivamente el número de alumnos entre el Bachillerato y esta opción. Con este objetivo, se actualiza el catálogo de títulos de FP, se flexibiliza el acceso a la misma a través de las nuevas tecnologías de la información, se fomenta la movilidad del alumnado para acceder a experiencia en otros países y se mejora la información disponible sobre este tipo de formación mediante la creación de un sistema integrado de orientación profesional.

Reducción de la tasa de abandono educativo temprano

En los últimos años, el porcentaje de abandono educativo temprano ha ido descendiendo: ha pasado de un 31,9 en 2008 a un 26,5 en 2011. Para 2013, los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (INE) ofrecen un porcentaje de un 23,5.

La LOMCE tiene como principal objetivo el de la reducción de la tasa de abandono educativo temprano hasta el 15% en 2020. Con la finalidad de alcanzar el objetivo nacional 2020 de reducir el abandono educativo al 15% y aproximarnos al objetivo conjunto europeo del 10%, el porcentaje de población que obtiene el título de educación secundaria debería alcanzar al menos el 85%.

Participación de los adultos en el Aprendizaje permanente

La Unión Europea ha establecido el nivel del 15% como punto de referencia para la participación de la población de 25-64 años en la formación permanente. España se encuentra a 5 puntos porcentuales de superar el nivel de referencia establecido. Se está en proceso de elaboración de un Marco Estratégico Nacional para el Aprendizaje Permanente que comenzó con el diseño de un Plan de Acción para el Aprendizaje Permanente del Gobierno de España.

Plan de Cultura Digital

Se está desarrollando un plan de actuación compartido con las Comunidades Autónomas, el Plan de Cultura Digital en la Escuela. Este plan contempla cinco líneas de trabajo: conectividad de centros escolares, interoperabilidad y estándares, espacio "procomún" de contenidos abiertos, catálogo general de recursos educativos de pago y competencia digital docente.

Apoyo a los profesores en el proceso de implantación de la LOMCE

Con esta medida se persigue la elaboración de recursos didácticos y de trabajos, experiencias, proyectos y propuestas, para su incorporación a las plataformas de acceso público del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el fin de mejorar la labor docente, el desarrollo curricular y los resultados educativos. El apoyo al profesorado también incluirá programas de formación para la adecuada implantación de la Ley.

Plan de inclusión del alumnado con necesidades educativas especiales

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en colaboración con representantes de las Comunidades Autónomas y del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), elaboraron y aprobaron en la Comisión General de Educación de la Conferencia de Educación el 8 de junio de 2011 el Plan de inclusión del alumnado con necesidades educativas especiales.

Anteproyecto de ley sobre el Estatuto del personal funcionario docente no universitario

Este proyecto normativo pretende tratar la problemática que afecta al colectivo del profesorado no universitario en relación con sus condiciones de acceso y promoción en la carrera administrativa, provisión de puestos de trabajo, derechos, deberes y responsabilidades. La elaboración de un estatuto permitirá no solo organizar la regulación de los docentes con una perspectiva global, sino que además posibilitará dar solución a algunos problemas que se han ido presentando a lo largo del tiempo.

Política de Becas

En materia de becas se ha incrementado el montante de las becas generales. Se ha pasado de un total de 1.058.757,980 euros en 2009 a 1.161.024,600 euros en 2013. En el proyecto de ley de Presupuestos generales del Estado para 2014, las becas generales aumentan en 250.000.000 euros hasta sumar un total de 1.411.024,600 euros.

Se mantienen los mismos umbrales de renta para el acceso y se establece una nota mínima de 5,5 para el acceso a una beca universitaria y un 6,5 para el acceso a otras becas. Todo ello viene regulado en el Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014. El nuevo sistema consta de dos partes: un núcleo básico compuesto por las cuantías fijas, que incluyen las cantidades que garantizan el derecho a la educación a las rentas más bajas, una cuantía por residencia para aquellos que se desplazan, y la exención de los precios públicos; y la cuantía variable cuyo importe, para cada convocatoria y beneficiario, se distribuye a través de una fórmula que tiene en cuenta la renta familiar y el rendimiento académico de cada beneficiario. Además, se introduce el concepto de beca matrícula.