Referencia del Consejo de Ministros

5.4.2019

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

Madrid

SUMARIO

Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 988/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el régimen jurídico de la obligación de financiación anticipada de determinadas obras audiovisuales europeas.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca-turismo.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto del Centro Español de Metrología, aprobado por Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Certificado de Contribución suscrito el 11 de marzo de 2019 mediante el cual se compromete la participación de España en el segundo tramo de la financiación del Mecanismo para los refugiados en Turquía.
  • ACUERDO por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión al sexto conjunto de instalaciones que solicitan asignación como nuevos entrantes del período 2013-2020 y se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza en concepto de compensación al Instituto de Crédito Oficial por los gastos incurridos en 2016, con cargo a los recursos del Fondo para la Promoción del Desarrollo, un límite máximo de 1.081.234,88 euros.

Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a suscribir participaciones sociales de Alestis Aerospace, S.L., en el marco de una ampliación de capital social, por importe de 6.749.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito en el presupuesto del Organismo Autónomo "Jefatura Central de Tráfico", con la finalidad de dar cumplimiento al Acuerdo suscrito entre el Ministerio del Interior, Sindicatos de Policía Nacional y Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contratación de las obras de rehabilitación del edificio sito en calle Guzmán el Bueno 137 de Madrid, para nueva sede de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, durante los años 2019, 2020, 2021 y 2022, por un valor estimado de 23.952.713,03 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la contratación de un suministro por fabricación de un helicóptero bimotor de tamaño medio modelo AS365 N3·DAUPHIN, por un valor estimado de 12.700.000 euros.
  • Acuerdo por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales para que su filial participada al 100%, Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E., adquiera, a través de su filial participada al 100%, Correos Express Paquetería Urgente, S.A., S.M.E., las acciones representativas del 51% del capital social de la sociedad portuguesa Rangel Expresso, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunitat Valenciana a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 944.000.000 de euros.

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Jefatura Central de Tráfico para contratar servicios de soporte y asistencia técnica de gestión y explotación del Centro de Tramitación de Denuncias Automatizadas (CTDA), 2019-2021, por un valor estimado de 61.600.955,76 euros.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de Teruel.
  • REAL DECRETO por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de Pamplona.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del VOR y DME de Somosierra (Madrid).
  • REAL DECRETO por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas del radar de Espiñeiras y se establecen las correspondientes al centro de emisores, centro de receptores y enlace hertziano de Espiñeiras.
  • REAL DECRETO por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas del VOR y DME de Villasayas (Soria).
  • REAL DECRETO por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas del VOR y DME de Castejón (Cuenca).
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el procedimiento expropiatorio del proyecto de construcción "Mejora de la carretera N-I. Tramo: Rubena-Fresno de Rodilla", provincia de Burgos.
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación de las obras del proyecto de construcción "Autovía A-33. Tramo enlace C-3223 a Yecla-enlace con N-344". Clave: 12-MU-5600.A.
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el procedimiento expropiatorio de las obras de los proyectos de construcción "Arco Noroeste de Murcia. Tramos: A, B y C", provincia de Murcia.

Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan Reincorpora-t, Plan trienal para prevenir y reducir el desempleo de larga duración 2019-2021.
  • ACUERDO por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para la concesión de autorizaciones de residencia y trabajo de nacionales de terceros países enrolados en buques pesqueros de pabellón español que faenen fuera de la Zona Económica Exclusiva de España y del mar Mediterráneo, sin que exista acuerdo internacional de pesca.

Industria, Comercio y Turismo

  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, antes del 26 de abril, en relación con el proyecto de Real Decreto de modificación del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha el 10 de enero de 2019.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Foral de Navarra el 10 de enero de 2019.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Castilla y León el 10 de enero de 2019.

Política Territorial y Función Pública

  • REAL DECRETO por el que se crea el Consulado General en Manchester, en Reino Unido.
  • REAL DECRETO por el que se regula el régimen jurídico del personal del Ministerio de Justicia que lleva a cabo la acción en el exterior en materia de justicia.
  • ACUERDO por el que se autoriza a personal directivo de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales para ejercer la presidencia y participar en más de dos consejos de administración.

Transición Ecológica

Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se declara La Fiesta del Sexenni como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Economía y Empresa

  • ACUERDO por el que se autoriza la participación de España en las ampliaciones de capital general y selectiva de 2018 del Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo del Grupo Banco Mundial, por importes de 105.989.911 dólares estadounidenses y de 31.435.068 dólares estadounidenses, respectivamente.

Ciencia, Innovación y Universidades

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación y a la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación la convocatoria, correspondiente al año 2019, de las ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico, en el marco del Subprograma Estatal de Infraestructuras de Investigación y Equipamiento Científico-Técnico, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, por importe de 187.000.000 de euros.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a D. Andrés Costilludo Gómez.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Transición Ecológica

APROBADA LA ESTRATEGIA NACIONAL CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA 2019-2024
  • La Estrategia contempla un diagnóstico de la situación, establece la primera definición oficial de pobreza energética y objetivos de reducción a 2025: al menos un 25%, con la meta de alcanzar una reducción del 50%.
  • Se establecen cuatro indicadores de la situación de pobreza energética, que deberán ser actualizados anualmente. Según el indicador empleado, entre 3,5 y 8 millones de personas se encuentran en situación de pobreza energética en nuestro país.
  • La estrategia planeta 4 ejes de actuación con 19 acciones concretas. Entre ellas, la creación de un nuevo bono social energético, universal-para todos los suministros- y de concesión automática.
  • Se prohíbe el corte de suministro en situaciones climatológicas extremas y se amplía en cuatro meses el periodo previo a que la empresa suministradora corte el servicio por impago. En esos cuatro nuevos meses, el usuario recibirá un suministro mínimo vital.

El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2019-2024. Este instrumento, dividido en cuatro ejes de actuación y 19 medidas, ofrece por primera vez una definición oficial sobre la pobreza energética, establece indicadores para su seguimiento -que determinan que, en la actualidad, existen entre 8,1, y 3,5 millones de personas que cumplen algunos de los criterios- y objetivos para su reducción a 2025: una meta del 50% y, al menos, una disminución del 25%.

Para ello, entre otras medidas, se fijan las líneas del futuro bono social energético, que deberá ser automático y cubrir todas las fuentes de suministro; y se plantean acciones a corto, medio y largo plazo para la rehabilitación energética de viviendas y de sustitución de antiguos electrodomésticos y equipos por aparatos eficientes. Asimismo, se prohíbe la interrupción de suministro energético en situaciones meteorológicas extremas a consumidores vulnerables, cuestión que se suma a las restricciones de corte ya existentes sobre consumidores vulnerables y preceptores del actual bono social eléctrico en cuya vivienda viva al menos un menor de 16 años, una persona con una discapacidad superior al 33% o una persona en situación de dependencia de grado II ó III.

PRIMERA DEFINICIÓN OFICIAL

La pobreza energética es la situación en la que se encuentra un hogar en el que no pueden ser satisfechas las necesidades básicas de suministros de energía como consecuencia de un nivel de ingresos insuficiente y que, en su caso, puede verse agravada por disponer de una vivienda ineficiente en energía, por tanto, puede manifestarse a través de una multiplicidad de realidades que van desde la incapacidad de mantener una temperatura adecuada en el hogar a un gasto energético desproporcionado en relación con el nivel de ingresos.

CUATRO INDICADORES

Para analizar y realizar un seguimiento adecuado de las diversas tipologías de pobreza energética, el texto adopta los cuatro indicadores primarios oficiales del Observatorio Europeo contra la pobreza energética:

1.Gasto desproporcionado (2M): porcentaje de hogares cuyo gasto energético en relación con sus ingresos es más del doble de la mediana nacional.

2.Pobreza energética escondida (HEP, en su acrónimo inglés): porcentaje de los hogares cuyo gasto energético absoluto es inferior a la mitad de la mediana nacional.

3.Incapacidad para mantener la vivienda a una temperatura adecuada: porcentaje de la población que no puede mantener su vivienda a una temperatura adecuada.

4.Retraso en el pago de las facturas: porcentaje de población que tiene retrasos en el pago de facturas de los suministros de la vivienda.

En base a los datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística, correspondientes a 2017, 8,1 millones de españoles presentan un gasto desproporcionado en relación con sus ingresos; 5,1 millones de personas sufren pobreza energética escondida; unos 3,7 millones de personas pasan el invierno a temperaturas inadecuadas y 3,5 millones de personas han de afrontar retrasos en el pago de sus facturas.

Resultado general: situación de la pobreza energética en España (%)

INDICADOR (% población)20082014201520162017
GASTO DESPROPORCIONADO (2M)15,916,616,616,717,3
POBREZA ENERGÉTICA ESCONDIDA (HEP)14,613,212,212,611,5
TEMPERATURA INADECUADA DE LAVIVIENDA EN INVIERNO5,911,110,610,18,0
RETRASO EN EL PAGO DE LAS FACTURAS4,69,28,87,87,4

OBJETIVOS DE REDUCCIÓN

Para cada uno de los indicadores, la Estrategia establece un objetivo de reducción mínimo del 25% en 2025 y se fija como meta a alcanzar una disminución del 50%.

INDICADOR20170BJETIVOMÍNIMOPARA 2025OBJETIVOBUSCADOPARA 2025
GASTO DESPROPORCIONADO (2M)17,312,98,6
POBREZA ENERGÉTICA ESCONDIDA (HEP)11,58,65,7
TEMPERATURA INADECUADA DE LAVIVIENDA EN INVIERNO8,064,0
RETRASO EN EL PAGO DE LAS FACTURAS7,45,53,7

PROFUNDIZAR EL CONOCIMIENTO SOBRE POBREZA ENERGÉTICA

La Estrategia establece cuatro ejes de actuación que recogen 19 medidas con el objeto de lograr las mencionadas metas de reducción.

El primer eje está destinado a mejorar el conocimiento de la pobreza energética a través de un estudio de detalle del gasto energético de los consumidores según la zona climática en la que habiten. Para ello, se analizará permanentemente un panel de hogares vulnerables. La tipología climática de España es muy variada y puede darse el caso de que, en la misma provincia, se concentren diferentes zonas climáticas. Por ejemplo, en Almería las diferencias climáticas entre municipios pueden llegar a ser el del 100% según su nivel sobre el mar. El estudio también prestará especial atención a la perspectiva de género y a la presencia de menores en la vivienda.

Además, la Estrategia establece la obligación de que el Gobierno de España actualice los indicadores anualmente, publicando los resultados a más tardar el 15 de octubre de cada año.

NUEVO BONO SOCIAL ENERGÉTICO

El texto repasa las dificultades y obstáculos que presenta la actual configuración del bono social eléctrico, que en 2018 se vio complementado con un bono térmico para ayudar a sufragar gastos de calefacción durante el invierno. Concluye el documento que es preciso elaborar un nuevo bono social y marca los tres elementos que deberán guiar su futura configuración:

  • Universalidad de fuentes de suministro: la ayuda será integral para el conjunto de los suministros energéticos, tanto eléctricos como térmicos, incluyendo aire acondicionado en determinadas zonas climáticas, agua caliente sanitaria y cocina.
  • Automatización: a través de la colaboración entre administraciones, se fijarán criterios para favorecer la concesión directa de la ayuda. El criterio de renta será el principio básico pero se tendrán en cuenta un conjunto de cuestiones en función de la situación de los perceptores o su unidad familiar, o la zona climática donde se ubique la vivienda.
  • Gestión coordinada con otras administraciones públicas. En la implementación de los mecanismos prestaciones que se diseñen, todas las administraciones tendrán un papel relevante, que ejercerán de manera coordinada en el ámbito de sus competencias.

RESTRICCIONES AL CORTE DE SUMINISTRO

La Estrategia prohíbe cortar el suministro en situaciones climatológicas extremas, como puede ser una ola de frío o de calor. Esta restricción se suma a las ya existentes: no es posible cortar el suministro a familias en riesgo de exclusión social y beneficiarios del bono social en los que en la unidad familiar haya un menor de 16 años, una persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III.

Además, el documento amplía el periodo previo al corte de suministro en caso de impago. Hasta ahora, para los consumidores vulnerables acogidos al bono social de electricidad, la normativa habilitaba un plazo de cuatro meses antes de que el suministrador pudiera interrumpir el servicio. La Estrategia aumenta el plazo otros 4 meses, durante los cuales el consumidor recibirá un suministro mínimo vital que se fijará atendiendo a las diferentes situaciones de vulnerabilidad.

REHABILITACIÓN: UN CAMBIO ESTRUCTURAL

El objetivo de la Estrategia es ampliar paulatinamente el peso de las medidas estructurales frente a las prestacionales -bonos sociales- para permitir abordar el problema de la pobreza energética de forma estructural. Por ello, centra uno de sus ejes en medidas de rehabilitación y de eficiencia energética corto plazo, medio y largo plazo.

En primer término, se potenciará las rehabilitaciones exprés (cambios de equipos térmicos, modificación de determinados elementos de la envolvente de la vivienda…); a medio plazo se apuesta por el fomento de parque de vivienda en alquiler social con subvención para los gastos de suministros energéticos para colectivos especialmente vulnerables; y se incentivará la sustitución de electrodomésticos, equipos térmicos o calderas por otros dispositivos más eficientes energéticamente mediante subvenciones.

A largo plazo, se apostará por medidas de rehabilitación integral de edificios, teniendo en cuenta criterios ambientales y sociales, tales como a perspectiva de género, la utilización de materiales sostenibles o la accesibilidad y; se podrán identificar aquellas edificaciones con peor comportamiento energético derivado de sus características constructivas, en el marco de la Estrategia a Largo Plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España, del Ministerio de Fomento. El cruce de esta información con los indicadores de situación de vulnerabilidad permitirá proponer medidas específicas para este tipo de comunidades.

PROTECCIÓN A LOS CONSUMIDORES Y CONCIENCIACIÓN SOCIAL

El último eje de la Estrategia está referido a medidas de protección a los consumidores y concienciación social. Incluye una línea centrada la actuación de los profesionales que trabajan parta atajar la pobreza energética. Entre otras actuaciones, se elaborará un protocolo de actuación para detectar situaciones de vulnerabilidad por parte de los profesionales de atención primaria; y se homogeneizará la gestión de información sobre prestaciones públicas buscando que esta información se incorpore a la ya existente tarjeta social universal, que gestiona el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

En el ámbito de la concienciación ciudadana, se desarrollarán acciones de comunicación sobre el uso de contadores inteligentes para que la ciudadanía conozca las posibilidades de ahorro y eficiencia que ofrecen; se ofrecerá información sobre hábitos de consumo, ahorro energético y mejora de eficiencia y se establecerá un canal de comunicación permanente con los sujetos y colectivos interesados. De hecho, el texto plantea la creación de un espacio web que funcione como punto de acceso general de información sobre pobreza energética.

Por último, la Estrategia prevé la inclusión de la perspectiva de pobreza energética en la las modificaciones que se realicen en la normativa que afecte a consumidores energéticos.

La elaboración y aprobación de la Estrategia se realiza en cumplimiento del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.

Transición Ecológica

REGULADAS LAS CONDICIONES DEL AUTOCONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo en España. Esta norma completa el marco regulatorio sobre esta cuestión, impulsado por el Real Decreto-ley 15/2018 por el que se derogó el denominado impuesto al sol, y aporta certidumbre y seguridad a los usuarios. Entre otras medidas, el Real Decreto habilita la figura del autoconsumo colectivo, que fomentará esta fórmula en las comunidades de propietarios o en polígonos industriales; reduce los trámites administrativos, especialmente en el caso de los pequeños autoconsumidores, y establece un mecanismo simplificado de compensación de la energía autoproducida y no consumida.

El Real Decreto hace viable el autoconsumo en España, permitiendo posibilidades de implementación que, hasta el momento, no estaban contempladas. Tal y como señala la exposición de motivos del Real Decreto, el impulso del autoconsumo tendrá un "efecto positivo sobre la economía general, sobre el sistema eléctrico y energético y sobre los consumidores".

Entre otras cuestiones, la extensión de esta fórmula fomentará la actividad económica y el empleo local, por su carácter distribuido; favorecerá la electrificación de la economía, permitiendo a España cumplir con sus obligaciones en materia de lucha contra el cambio climático; ofrecerá una alternativa a los ciudadanos, que puede ser más ventajosa económicamente que el consumo de energía tradicional; y permitirá la entrada de nuevos actores, y de la propia ciudadanía, en el sistema eléctrico.

El Real Decreto clasifica y define las distintas clases de autoconsumo. Hasta el momento, solo existía una posibilidad, el autoconsumo individual conectado a una red interior.

Con la nueva norma, se consagra la figura del autoconsumo colectivo, de tal forma que varios consumidores puedan asociarse a una misma planta de generación, hecho que impulsará el autoconsumo en comunidades de propietarios o entre empresas o industrias ubicadas en una misma localización.

Además, se define el concepto de "instalación de producción próxima a las de consumo y asociada a las mismas". Con esta figura, se permite realizar el autoconsumo tanto con instalaciones de generación situadas en la misma vivienda -única posibilidad contemplada hasta la fecha-, como en otras que estén ubicadas en las proximidades. Así, por ejemplo, se podrán instalar placas fotovoltaicas en edificios contiguos que tengan mejor orientación, siempre que haya acuerdo entre las partes.

Compensación de excedentes

Otra de las novedades del Real Decreto es la implantación de un mecanismo simplificado de compensación de excedentes, esto es, de aquella energía generada por instalaciones de autoconsumo y que el usuario no consume instantáneamente.

Hasta el momento, si el autoconsumidor quería obtener una compensación por esta energía que se inyecta en la red, debía constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando los trámites y declaraciones fiscales que la ley exige. Con el Real Decreto aprobado hoy, la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedentaria en cada factura mensual.

Este mecanismo es aplicable para aquellas instalaciones con una potencia no superior a 100 kilovatios (kW) y siempre que produzcan electricidad a partir de energía de origen renovable.

La compensación económica puede llegar hasta el 100% de la energía consumida por el usuario en ese mes.

Por otro lado, y en el caso del autoconsumo colectivo, el Real Decreto también abre la puerta a que un consumidor pueda aprovechar los excedentes de su vecino y coparticipe de autoconsumo, si éste no está consumiendo su parte proporcional de energía.

Con el objeto de impulsar el desarrollo del autoconsumo y ofrecer facilidades a la ciudadanía, la norma abre la posibilidad de que todas las comercializadoras puedan ofrecer servicios de autoconsumo renovable. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que ha validado esta medida, supervisará la evolución del mercado y, en caso de que surjan problemas de competencia, podrá proponer al Gobierno el establecimiento de restricciones a determinadas compañías.

Simplificación administrativa

El Real Decreto reduce los trámites administrativos para todos los usuarios. En el caso del pequeño autoconsumidor (instalaciones de hasta 15kW o de hasta 100kW, en caso de autoconsumo sin excedentes), se reducen a una única gestión: notificar la instalación de una planta de producción eléctrica en su correspondiente comunidad o ciudad autónoma. El registro estatal se nutrirá de la información remitida por las administraciones autonómicas. Además, para las instalaciones de menos de 100kW en baja tensión, las administraciones recabarán información a partir de los datos del certificado electrotécnico de la instalación.

Asimismo, se articula un procedimiento para que sea el distribuidor quien modifique el contrato de acceso de los pequeños consumidores que realicen autoconsumo y éste solo tenga que manifestar su consentimiento.

De igual modo, se simplifican drásticamente las configuraciones de medida para que, en la mayoría de los casos, baste con un solo contador en el punto frontera con la red de distribución, lo cual supone una reducción de costes.

En el caso de autoconsumo colectivo, también será necesario medir la energía generada con otro equipo para hacer el "reparto de energía" entre los consumidores participantes.

Desde el punto de vista de la seguridad industrial, se modifica el reglamento electrotécnico de baja tensión para regular los dispositivos antivertidos y los kits autoenchufables, garantizando que el desarrollo del autoconsumo es compatible con la protección de las personas y equipos.

Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

APROBADO EL PLAN REINCORPORA-T PARA PERSONAS DESEMPLEADAS DE LARGA DURACIÓN
  • El objetivo es prevenir y reducir la tasa de paro de larga duración hasta el 4,3% en el cuarto trimestre de 2021, lo que supondría una reducción neta de 422.100 parados de larga duración.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Trienal (2019-2021) para prevenir y reducir el desempleo de larga duración. El objetivo es mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas y desarrollar acciones preventivas para evitar la caída en situaciones de paro de larga duración.

Un Plan justificado por la elevada tasa de paro de larga duración, del 6,8% según la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2018 y que duplica la tasa de la Unión Europea (UE), situada en el 2,8%.

De este modo, uno de los objetivos del Plan Reincorpora-t es reducir la tasa de paro de larga duración en 2,5 puntos, hasta el 4,3% en el cuarto trimestre de 2021, lo que supondría una reducción neta de 422.100 personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años, -de 1.272.100 a 850.000.

Otro de los objetivos del Reincorpora-t es disminuir a la mitad la actual brecha de género entre hombres y mujeres desempleados de larga duración, reduciéndola desde 11,6% actual hasta el 5,3%. Esto supondría reducir el paro de larga duración en 259.700 mujeres y 162.800 hombres.

Asimismo, rebajaría el número de desempleados de más de 24 meses en un 12%, lo que supondría para el cuarto trimestre 2021 una reducción en 361.819 personas desempleadas.

Este plan tiene un enfoque integral y transversal y se ha elaborado con la participación y las aportaciones de otros Ministerios (Política Territorial y Función Pública; Industria, Comercio y Turismo; Educación y Formación Profesional; Economía y Empresa), la Alta Comisionada para el Reto Demográfico; de las comunidades autónomas, los Agentes Sociales (CC.OO, UGT, CEOE y Cepyme), y Entidades Sociales, como el Consejo de la Juventud de España.

Todas las medidas que representan ejecución y consecuente gasto en políticas activas de empleo, conforme impone el necesario respeto del reparto competencial entre Estado y CC.AA., se acordarán en el ámbito del Sistema Nacional de Empleo, en coordinación con dichas CCAA, que reciben los fondos del Ministerio de Trabajo, Migraciones Y Seguridad Social a través de la respectiva Conferencia Sectorial.

El Plan tiene una financiación estimada de 1.313 millones de euros en tres años, que parten del Presupuesto ya comprometido para políticas activas de empleo de la CC.AA. La dotación supondrá una reorientación de las políticas dirigidas a las personas desempleadas para incidir en un colectivo muy vulnerable y con especiales dificultades de reincorporación laboral. Se obtendrá principalmente del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal. Estas medidas complementan las ya aprobadas para la recuperación de la protección por subsidio para mayores de 52 años y la cotización de personas dedicadas a labores de cuidado familiar.

Un conjunto de 63 medidas

El Plan Reincorpora-t 2019-2021 se vertebra en un conjunto de 63 medidas, algunas ya en marcha, distribuidas en seis ejes: Orientación, Formación, Oportunidades de Empleo, Igualdad, Emprendimiento y Mejora del marco institucional.

Con un total de 16 medidas se sostendrá el eje de Orientación, cuyos criterios serían una mayor personalización de los procesos de atención de las personas desempleadas, destacando, en este punto, la mejora de la red de orientadores. Para ello, la red de 3.000 personas profesionales de orientación -creada en el marco de los Servicios Públicos de Empleo como consecuencia del Plan de Choque para el Empleo Joven-, atenderá también, como colectivo prioritario, a las personas desempleadas de larga duración.

En el eje de Formación, las siete medidas están orientadas a personalizar los procesos de formación, la mejora de la empleabilidad y el desarrollo de competencias clave y digitales, así como actuaciones específicas para desempleados de más de 24 meses que sufren una mayor falta de motivación e inseguridad ante una posible reincorporación laboral.

En Oportunidades de Empleo, las 23 medidas pretenden lograr el compromiso social de las empresas y el impulso de políticas activas para incentivar la contratación de parados de larga duración. Entre otras medidas, se articulará un sistema que genere un valor añadido mediante el incremento del crédito formativo para las empresas de contraten y mantengan de forma estable (más de un año continuado de trabajo) a un porcentaje de desempleados de larga duración superior al 10%.

En la Igualdad de Oportunidades, con tres medidas, se buscará disminuir la brecha laboral de género, con apoyos específicos en el ámbito rural y de los cuidados en el entorno doméstico.

En el ámbito local, se desarrollarán medidas para apoyar el mantenimiento y la llegada de población al medio rural. En ese sentido, se potenciará el fomento del emprendimiento, se incentivarán proyectos relacionados con el medio ambiente y contra el cambio climático y se estudiarán medidas de incentivo a la incorporación de trabajadores jóvenes y mujeres en el sector agropecuario y artesanal.

Las seis medidas de Emprendimiento se orientarán a promocionar el autoempleo, aprovechando la amplia experiencia profesional de buena parte de las personas desempleadas de larga duración, el emprendimiento colectivo, las iniciativas de desarrollo local y de economía sostenible.

Y, por último la Mejora del Marco Institucional, de cuyas ocho medidas destaca la de reforzar la coordinación con los Servicios Sociales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la mejora en los Servicios de Empleo.

Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

INSTRUCCIONES PARA LA CONCESIÓN DE AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA Y TRABAJO EN EL SECTOR PESQUERO

El Consejo de Ministros ha aprobado las instrucciones para la concesión de residencia y trabajo de nacionales de terceros países enrolados en buques pesqueros de pabellón español que faenen fuera de la Zona Económica Exclusiva de España y del Mar Mediterráneo, sin que exista acuerdo internacional de pesca.

A las presentes instrucciones podrán acogerse en calidad de empleadores las empresas que soliciten, a través de sus representantes legales en España, la contratación de trabajadores nacionales de terceros países en buques pesqueros que enarbolen pabellón español. Las empresas deberán estar inscritas en el Registro de Buques y Empresas Navieras y dadas de alta en el Registro General de la Flota Pesquera.

Con esta instrucción, se diseña un nuevo procedimiento en el que el enrole autoriza provisionalmente a trabajar y, por tanto, a su alta en el Régimen Especial de Seguridad Social del Mar. En paralelo a esa autorización provisional, se tramitará la autorización correspondiente por parte de la empresa contratante ante la Oficina de Extranjería.

De esta forma, se tienen en consideración las especiales y singulares características del sector pesquero español, que necesita emplear a un número importante de nacionales de terceros países, debido, entre otras cuestiones, al hecho de que muchos de los barcos que faenan en aguas internacionales no vuelven a puerto español en varios años y desembarcan sus capturas en puertos extranjeros.Además, se da satisfacción a necesidades del sector pesquero, que venía solicitando reiteradamente que se diera solución práctica al complejo proceso que debían afrontar para la contratación de tripulantes extranjeros.

Política Territorial y Función Pública

CREACIÓN DEL CONSULADO GENERAL EN MANCHESTER

Este Real Decreto tiene por objeto la creación de una Oficina Consular de España en Manchester, con categoría de Consulado General, dependiente de la Misión Diplomática Permanente de España en Reino Unido. Su jurisdicción alcanza las provincias de North West England (salvo Cumbria), North y West Yorkshire, Gales East y West Midlands, East y South Yorkshire, e Isla de Man.

España contaba con un Consulado General en Manchester hasta el año 2011, cuando fue cerrado en un contexto de fuertes restricciones presupuestarias.

Entre las razones que han llevado a la creación nuevamente de un Consulado en Manchester, se encuentran las siguientes: se ha producido un aumento exponencial en el número de españoles residentes en el Reino Unido, como consecuencia, en gran medida, de la crisis económica. Así, desde finales de 2011 a diciembre de 2018, el Consulado General en Londres ha pasado de tener 68.668 inscritos en el Registro de Matrícula Consular a 128.232. Por su parte, el Consulado General en Edimburgo ha pasado, en el mismo período, de 10.782 a 25.326 inscritos. A estas cifras oficiales habría que añadir el considerable número de españoles que se han trasladado en los últimos años al Reino Unido pero que, por razones diversas, no se han inscrito en nuestros consulados generales. Algunas estimaciones hablan de cifras equivalentes a las de los ciudadanos registrados.

Debido a las restricciones presupuestarias de los últimos años, el espectacular incremento en las cifras de españoles residentes en el Reino Unido no se ha visto acompañado de un refuerzo paralelo y equivalente de los medios personales y materiales de los Consulados de Londres y Edimburgo.

La perspectiva de un "Brexit" inminente hace esta situación aún más preocupante, ya que, incluso en el supuesto de aprobación en el Reino Unido del Acuerdo de Retirada y de implementación del período transitorio hasta fines de 2020, es de prever que irán en aumento la inquietud y las dudas de nuestros nacionales en el Reino Unido y, consiguientemente, las consultas, gestiones y peticiones ante los dos Consulados.

El Consulado contará con un jefe, que tendrá la categoría de cónsul general, y del personal que precise para su funcionamiento, que se determinará en la correspondiente relación de puestos de trabajo de personal funcionario y en el correspondiente catálogo de personal laboral en el exterior.

Los gastos que origine la apertura, instalación y funcionamiento del consulado general que se crea por este Real Decreto se cubrirán con cargo a los créditos de los diferentes conceptos presupuestarios de la Dirección General del Servicio Exterior, existentes para las Representaciones en el Exterior.

Dado que la apertura del consulado está prevista para el mes de octubre, aproximadamente, se estima que los costes de esta nueva Representación en 2019 ascenderán -para los 3 primeros meses de apertura- a 204.460,67 euros.

La apertura del Consulado General en Manchester no supondrá ningún aumento neto del gasto del Personal respecto a las nuevas actuaciones que plantea este Ministerio, toda vez que el aumento del gasto derivado de las dos plazas de funcionario (cónsul y canciller) y de las dos plazas de personal laboral (ordenanza-chófer y subalterno), se compensarán con la disminución del gasto derivado de la desconcentración y la amortización de cuatro plazas, respectivamente.

Ciencia, Innovación y Universidades

ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO CIENTÍFICO-TÉCNICO PARA LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Agencia Estatal de Investigación a publicar la convocatoria 2019 de ayudas públicas para la adquisición, mejora, actualización e instalación y puesta en marcha de equipamiento científico-técnico necesario para la ejecución de la investigación de calidad, mejora de resultados del impacto científico, económico y social, así como del funcionamiento de las infraestructuras de investigación existentes.

Pueden ser beneficiarios los Organismos públicos de investigación, universidades públicas e institutos universitarios y otros centros públicos de I+D (organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica).

La concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, y de eficacia y eficiencia, siendo las ayudas objeto de esta convocatoria cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). El coste total de inversión de cada proyecto de equipamiento científico-técnico deberá ser mayor o igual a 100.000 euros y menor o igual a 1.000.000 euros. Y la cuantía de la convocatoria se distribuirá en 27 millones de euros en subvención y 160 millones de euros en anticipos reembolsables FEDER y préstamos.

Agricultura, Pesca y Alimentación

APROBADAS LAS CONDICIONES PARA LA COMPATIBILIDAD DE LAS ACTIVIDADES PESQUERAS Y EL TURISMO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las condiciones de complementariedad y compatibilidad de las actividades pesqueras y el turismo.

Su objetivo es regular el desarrollo de la actividad de conformidad con unas medidas que proporcionen la adecuada seguridad y habitabilidad a aquellas personas que deseen contemplar, a bordo de buques pesqueros, el desenvolvimiento habitual de los trabajos pesqueros.

Tal como establece la nueva norma, para el ejercicio de la actividad, el buque deberá estar dado de alta en el Registro General de la Flota Pesquera de este Ministerio y contar con el previo informe favorable del Ministerio de Fomento, relativo a las condiciones de seguridad marítima, de la navegación, de la vida humana en el mar y de la prevención de la contaminación, y disponer del seguro de responsabilidad civil en vigor u otra garantía financiera equivalente.

Obtenido el informe favorable de la Capitanía Marítima, y cuando así esté previsto en la normativa de la comunidad autónoma donde radique el puerto base del buque pesquero, será necesario contar con título habilitante para el acceso a la actividad de pesca-turismo.

La realización de la actividad de pesca-turismo será compatible con la actividad pesquera para la que el buque esté autorizado, llevándose a cabo de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa aplicable en lo relativo a las épocas, horarios, límites de capturas, artes de pesca, vedas, zonas autorizadas y cualquier otra condición, incluyendo las titulaciones necesarias para su ejercicio.

Las comunidades autónomas determinarán las cantidades y los importes máximos de los productos adquiridos en esta modalidad, quedando prohibida la venta de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos. Los turistas embarcados a bordo de un buque pesquero no podrán ejercer la actividad pesquera.

Corresponde a las administraciones pesqueras competentes el seguimiento y control de la actividad de pesca-turismo y al Ministerio de Fomento, en el ámbito de sus competencias, el seguimiento y control de las condiciones de seguridad y habitabilidad para desarrollar la pesca-turismo.

El Real Decreto aprobado da respuesta a una demanda del sector, enmarcada dentro de los objetivos de la Política Pesquera Común. Al mismo tiempo garantiza la contribución de las actividades de la pesca y acuicultura a la sostenibilidad medioambiental, económica y social a largo plazo, mediante la introducción de medidas de diversificación que ligan la población al territorio, aportando una mejora en sus rentas y sirviendo también para la promoción y la valorización de su trabajo.

Fomento

IMPULSO DEL SECTOR DE LA NÁUTICA DE RECREO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que actualiza la normativa sobre titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y la relativa a las medidas de seguridad de las motos náuticas.

El objeto principal de este Real Decreto es facilitar el desarrollo del sector de la náutica de recreo, que en nuestro país supone un importante foco de actividad económica vinculado a nuestra larga tradición marítima, ampliando su campo de acción y modernizando la formación requerida para su obtención y las medidas de seguridad exigidas.

Por lo que se refiere a las titulaciones náuticas, se modifica el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, ampliándose sus atribuciones profesionales, de forma que se extiende su capacitación a nuevos campos como el transporte de personas y suministros con destino a embarcaciones de recreo fondeadas en aguas interiores marítimas, o la realización de excursiones marítimas y pesca en las embarcaciones de recreo.

Por otra parte, se realizan modificaciones en las condiciones de obtención de estas titulaciones, poniendo el foco en la realización de cursos de especialización más acordes a la actividad que se realiza, y en la mejora de la calidad de la formación, incluyendo la necesidad de realizar prácticas reglamentarias de navegación y la obligatoriedad de los cursos de radiocomunicaciones.

Asimismo, se incorporan los últimos avances en la administración electrónica, potenciando la tramitación electrónica y la agilización de los trámites administrativos, un objetivo que el Ministerio de Fomento se ha marcado como prioritario para la modernización de los sectores bajo su competencia.

Por otra parte, en relación a la seguridad, se modifica el Real Decreto 259/2002, de 11 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, incorporando los últimos avances experimentados en los equipos.

Cultura y Deporte

DECLARADA MANIFESTACIÓN REPRESENTATIVA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL LA FIESTA DEL SEXENNI DE MORELLA

El Consejo de Ministros ha elevado la categoría protectora autonómica de la Fiesta del Sexenni de Morella (Castellón) a categoría estatal, declarándola Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Tiene lugar cada seis años a final de agosto en Morella y se celebra desde finales del siglo XVII de forma ininterrumpida en honor de la Virgen de la Vallivana como agradecimiento a la intervención divina en la curación de una epidemia.

Esta fiesta supone la pervivencia de un rito aglutinador de la sociedad, englobando a todos, reviviendo el voto que se realizó en el siglo XVII, por encima de creencias, cambios políticos y sociales. Se caracteriza por la masiva colaboración, cooperación y contribución de los vecinos, incluyendo los que se encuentran en otros lugares de la geografía española. En la preparación y organización del festejo están presentes tanto los poderes tradicionales como actuales de la villa (religioso y civil).

La fiesta se organiza en torno a los Gremios, corporaciones que han persistido en el tiempo adaptándose a las nuevas profesiones, incluyendo colectivos que toman ese mismo nombre y modificando su primitivo significado. Por ello, el papel de los oficios y gremios en la organización del Sexenni es un ejemplo en la actualidad del ya cada vez menos importante papel de los gremios en el desarrollo de las fiestas en España.

El principal aspecto que le diferencia de otras celebraciones y que justifica la categoría protectora estatal, es la participación de todos los vecinos de Morella, que consideran esta festividad como un patrimonio común, por encima de otras fiestas, conservando a través de los siglos todas las singularidades que la caracterizan. Es una fiesta representativa de una serie de tradiciones que transcienden lo meramente local.

Esta declaración se ha realizado conforme al procedimiento recogido en la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. Para ello previamente a la deliberación del Consejo de Ministros, ha sido sometida a información pública, se ha solicitado informe al Consejo de Patrimonio Histórico, a las comunidades autónomas, al Consell de Valencia de Cultura y al Ayuntamiento de Morella.

Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

SEGUNDO TRAMO DE LA FINANCIACIÓN DEL MECANISMO PARA LOS REFUGIADOS EN TURQUÍA

El Consejo de Ministro ha aprobado la participación de España en el segundo tramo de la financiación del Mecanismo para los refugiados en Turquía. En el Certificado de Contribución que firmará España para el segundo tramo se recoge la cantidad de 76.224.686 euros, según el desglose de contribuciones entre Estados miembros recogido en el Anexo del Mandato actualizado en el Comité de Representantes Permanentes (COREPER) del 18 de julio de 2018. Su pago se llevará a cabo de acuerdo con el calendario de pagos recogido en el Anexo del Certificado de Contribución: 17.211.534 euros en 2019; 22.368.134 euros en 2020; 13.278.340 euros en 2021; 13.076.346 euros en 2022, y 10.290.332 euros en 2023.

El Mecanismo para los refugiados en Turquía fue creado en 2015, mediante la Decisión de la Comisión Europea de 24 de noviembre de 2015, con el fin de demostrar de manera inequívoca el compromiso de la Unión Europea de ayudar a los refugiados en Turquía, coordinar y racionalizar las acciones financieras y conseguir un apoyo eficiente y complementario para los ciudadanos sirios bajo protección temporal y a las comunidades de acogida en Turquía. Aporta ayuda humanitaria y no humanitaria para asistir a Turquía en sus esfuerzos por acoger a los refugiados. La ayuda se centra principalmente en atender a necesidades inmediatas mediante la entrega de alimentos, infraestructuras y la prestación de servicios sanitarios y educativos.

En el (COREPER) del 3 de febrero de 2016 se llevó a la práctica el compromiso al concretarse los detalles sobre el modo de financiar en el primer tramo de 3.000 millones de euros del Mecanismo para el periodo 2016-2017, recayendo finalmente 1.000 millones de euros sobre el Presupuesto comunitario y los restantes 2.000 millones de euros sobre los Estados miembros.

El Consejo de Ministros de 10 de junio de 2016 adoptó el Acuerdo por el que se tomaba conocimiento del Certificado de Contribución suscrito el 10 de mayo de 2016, mediante el cual se comprometía la participación de España en la financiación del primer tramo del Mecanismo para los refugiados en Turquía.

En el primer tramo, a España le correspondió la clave del 7,64% sobre la Renta Nacional Bruta conforme al presupuesto de 2015 de la Unión, que se desglosa en 45.273.515,35 euros, en el año 2016; 67.203.471,31 euros, en el 2017; 33.773.660,39 euros, en el 2018, y 6.571.345,69 euros, en el año 2019. La contribución total es de 152.821.992,74 euros.

En aquel COREPER de 3 de febrero de 2016 se adoptaron los documentos que regulan el Mecanismo: El Mandato del instrumento que regula las contribuciones de los Estados miembros al Mecanismo. El Mandato fue actualizado el pasado 20 de julio de 2018 (Decisión del Consejo UE de 20 de julio de 2018). El Entendimiento común establece el marco regulatorio del Mecanismo en lo que se refiere a su gestión y gobierno, así como la condicionalidad de la que depende la concesión de la ayuda financiera; es decir, el cumplimiento por Turquía de los compromisos asumidos en el marco del Plan de Acción Conjunto UE-Turquía y en la Declaración UE-Turquía de 29 de noviembre de 2015. El Entendimiento Común fue actualizado en el COREPER del pasado 18 de julio de 2018 y acordado con la Comisión (Decisión del Consejo UE de 20 de julio de 2018, nº 11329/19) y proporciona el marco en el que las contribuciones de los Estados miembros puedan movilizarse.

El "Modelo de certificado de contribución" es el documento a través del cual se instrumentan las contribuciones de los Estados miembros al Mecanismo; el certificado lleva un Anexo con el calendario de las contribuciones de cada uno de los Estados miembros.

La Comisión Europea ha modificado su Decisión de 24 de noviembre de 2015 en varias ocasiones. La última Decisión de la Comisión que ha modificado aquella de 2015 en lo relativo a la contribución a dicho Mecanismo es la de 24 de julio de 2018 que ha alterado el modo de reparto entre la Unión Europea y los Estados Miembros para el segundo tramo de ayuda, asignando un importe suplementario de 3.000 millones de euros para el periodo 2018-2019.

En el segundo tramo de 3.000 millones euros suplementarios para el periodo 2018-2019, la Comisión destinará 2000 millones euros del presupuesto de la Unión y 1.000 millones euros correrán a cuenta de las contribuciones financieras prometidas por los Estados miembros de acuerdo con el desglose de las contribuciones basado en la clave de la RNB con arreglo al presupuesto de 2018 de la Unión.

Las contribuciones financieras de los Estados miembros se incluirán en el presupuesto de la Unión en calidad de ingresos afectados externos y los acuerdos se formalizarán de forma separada entre la Comisión y cada uno de los Estados miembros (por medio del Certificado de Contribución), y se elaborarán de forma que no estén sujetos a las exigencias constitucionales nacionales para la ratificación de tratados.

Los Estados miembros deben remitir los certificados de contribución a la Comisión de la Unión Europea, dada su calidad de única responsable de la ejecución del presupuesto de la Unión. Cada certificado de contribución expresado en euros tiene el efecto de permitir a la Comisión habilitar el crédito de compromiso pertinente tras la recepción del certificado. Cada uno de los certificados de contribución se basa en un modelo único adaptable a cada Estado.

Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

RÉGIMEN DEL COMERCIO DE DERECHOS DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que procede a aprobar la asignación individual de derechos de emisión al sexto conjunto de nuevos entrantes del período 2013-2020.

El cálculo de las asignaciones se ha realizado aplicando la metodología establecida en la Decisión 2011/278/UE, así como las guías interpretativas elaboradas por la Comisión Europea. Asimismo, se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 19 de la mencionada Ley 1/2005, que incluye consulta a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático, trámite de información pública, aprobación de las asignaciones preliminares por parte de la Comisión Europea y elevación al Consejo de Ministros a propuesta de las actuales Ministras para la Transición Ecológica; de Economía y Empresa; y de Industria, Comercio y Turismo.

El Acuerdo contiene un anexo con las asignaciones a los 19 proyectos que constituyen este sexto grupo de nuevos entrantes del período 2013-2020, de los que 13 corresponden a ampliaciones de instalaciones existentes y 6 a nuevas instalaciones. Las asignaciones propuestas totalizan unos 4,3 millones de derechos, de los que 1,2 millones se toman de la reserva de nuevos entrantes. El resto, unos 3,1 millones, es lo que ya tenían asignado las instalaciones existentes que ahora amplían su capacidad.

La Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, reguladora del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, establece una reserva de derechos para su asignación gratuita a nuevos entrantes: nuevas instalaciones industriales y ampliación de existentes. Esta reserva para nuevos entrantes asciende a unos 480 millones de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para 2013-2020 para el conjunto de la UE.

Las reglas de asignación, comunes para todas las instalaciones dentro de la UE, han sido establecidas por la Decisión 2011/278/UE de la Comisión, de 27 de abril de 2011, siendo de aplicación a nivel nacional, la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, y el Real Decreto 1722/2012, de 28 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación de derechos de emisión.

El 25 de abril de 2014, el 10 de abril de 2015, el 22 de abril de 2016, el 21 de abril de 2017 y el 13 de abril de 2018, el Consejo de Ministros adoptó la asignación individual de derechos de emisión a un primer, segundo, tercer, cuarto y quinto conjunto, respectivamente, de instalaciones que habían solicitado asignación como nuevos entrantes del período 2013-2020. En total, por esta vía se han asignado 19,3 millones de derechos de emisión a 69 nuevos entrantes.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL POR LOS GASTOS DE 2016 DEL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO

El Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) se regula por la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo y por el Reglamento del FONPRODE, aprobado por Real Decreto 597/2015, de 3 de julio. El Instituto de Crédito Oficial (ICO), como agente financiero del Gobierno, gestiona y administra por cuenta del Estado las ayudas otorgadas con cargo al FONPRODE.

El artículo 54 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que la compensación anual al ICO conforme al artículo 14 de la Ley 36/2010, de 22 de octubre, será efectuada con cargo a los recursos del propio Fondo, previa autorización por acuerdo del Consejo de Ministros, por los gastos en los que incurra en el desarrollo y ejecución de la función que se le encomienda.

El Comité Ejecutivo del FONPRODE, en su reunión de 26 de julio de 2017, acordó elevar al Consejo de Ministros la propuesta de autorización para que el ICO pueda percibir con cargo a los recursos del FONPRODE cantidades hasta un límite máximo de 1.081.234,88 euros en concepto de compensación de los gastos en que ha incurrido por la labor de administración y gestión de las operaciones del FONPRODE respecto al ejercicio 2016.

Hacienda

AUTORIZADA LA COMUNIDAD VALENCIANA A FORMALIZAR OPERACIONES DE DEUDA A LARGO PLAZO

El Consejo de Ministros ha autorizado a Comunidad Valenciana a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 944 millones de euros.

En concreto, estas operaciones tienen como finalidad refinanciar operaciones de crédito a corto plazo de carácter estructural, según el procedimiento que se acordó por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) en su reunión de 26 de julio de 2018.

Estas autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), y de la Disposición Transitoria Tercera y el artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

En concreto, la CDGAE aprobó el 26 de julio de 2018 un acuerdo para mejorar la situación financiera de las comunidades autónomas. La medida permite la refinanciación de operaciones de crédito a corto plazo de carácter estructural de las comunidades autónomas mediante endeudamiento a largo plazo.

De este acuerdo pueden beneficiarse todas las comunidades autónomas que tengan este tipo de deuda a corto plazo. Constituye una medida de saneamiento de su deuda.

El Gobierno considera conveniente establecer el procedimiento para refinanciar a largo plazo operaciones de crédito a corto plazo con naturaleza estructural, de forma que el vencimiento de las nuevas operaciones se adapte a la naturaleza y al plazo de las necesidades que financian.

La operación de refinanciación autorizada necesita Acuerdo de Consejo de Ministros, debido a que la Comunidad Valenciana incumplió el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto del ejercicio 2017, según los informes elevados al Gobierno en virtud del artículo 17.3 de la LOEPSF.

La operación autorizada no supondrá un aumento del endeudamiento financiero de la Comunidad Valenciana al final del ejercicio.

Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2019.

Hacienda

LA AGENCIA TRIBUTARIA CONTRATARÁ LA FABRICACIÓN DE UN HELICÓPTERO PARA LA LUCHA CONTRA EL CONTRABANDO Y EL NARCOTRÁFICO

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad de la fabricación de un helicóptero bimotor de tamaño medio modelo AS365 N3·Dauphin, por un valor estimado de 12.700.000 euros.

Este helicóptero se destinará al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT y supondrá reforzar los medios materiales para la lucha contra el narcotráfico, el contrabando, el blanqueo de capitales y el fraude fiscal.

Actualmente, Aduanas posee cinco helicópteros que proporcionan el apoyo aéreo imprescindible para la consecución de esos objetivos. Estos medios son especialmente importantes en la zona del Campo de Gibraltar, dada la intensificación del narcotráfico que ha tenido lugar en los últimos años.

El Gobierno considera urgente acometer una renovación paulatina de la flota, ya que la última de esas naves entró en servicio en 2008.

El contrato se ejecutará con cargo a las anualidades de los ejercicios 2019, 2020 y 2021. El plazo de fabricación del helicóptero se encuentra por encima de los dos años.

Hacienda

AUTORIZADA LA PARTICIPACIÓN DE SEPI EN LA AMPLIACIÓN DE CAPITAL DE ALESTIS AEROSPACE

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) a suscribir la ampliación de capital social de Alestis Aerospace por un importe de 6,7 millones de euros, de acuerdo con su porcentaje de participación del 24,05% en el accionariado de esa compañía.

Con esta operación, SEPI mantiene su participación social en el capital de Alestis y el derecho a proponer dos consejeros, tras el acuerdo de compraventa de acciones suscrito entre Aciturri y el Grupo Airbus.

El objetivo principal es reforzar la solvencia de la empresa como uno de los principales suministradores de aeroestructuras para los más importantes fabricantes de aeronaves.

Alestis es un proveedor de estructuras aéreas a Airbus (tanto civil como militar). En el caso de Airbus-Civil suministra partes para, entre otros, los modelos A380, A330, A320 y A350. Entre los programas de Airbus Military se incluyen los del CN235/C295 y A400M.

Es proveedor también de los programas más importantes de Embraer y de Boeing. Está domiciliada en Sevilla y tiene siete plantas de producción, de las cuales seis se encuentran en España (Sevilla, Cádiz, Madrid y País Vasco), así como en Brasil y Estados Unidos. Su plantilla la forman más de 1.500 empleados.

El acuerdo entre Aciturri y el Grupo Airbus consiste en la venta por parte del grupo aeronáutico europeo del 61,9% de las acciones de Alestis, de las que era propietario, a la compañía castellano leonesa.

La operación se complementará con la adquisición del 14,04% propiedad del Grupo Unicaja. De esta forma, las participaciones en el capital de Alestis quedan en manos de Aciturri, en un porcentaje del 75,95%, y de SEPI, con el 24,05%.

El grupo resultante de la integración de Alestis con Aciturri se afianzará como proveedor español de primer nivel de aeroestructuras en un sector tan importante como es el aeronáutico, por su alto interés geopolítico y estratégico, por ser motor de desarrollo tecnológico y de servicios. Este sector supone el 0,8% del PIB y el 4,7% del PIB industrial, dando empleo a 108.000 personas.

Con esta operación, ambas compañías fortalecerán su capacidad de internacionalización y se beneficiarán de sus sinergias en el ámbito tecnológico y de gestión, para posicionarse mejor en el mercado y acceder a nuevos contratos.

Aciturri es proveedor de aeroestructuras y de componentes de motores aeronáuticos. Tiene como clientes, entre otros, a Airbus, Boeing y Embraer. Con sede social en Miranda de Ebro (Burgos), tiene nueve plantas de producción en España, distribuidas en Burgos, Valladolid, Sevilla, Madrid, Álava y Gijón, así como en Oporto (Portugal). Su plantilla la componen cerca de 1.500 personas.

Hacienda

EL GRUPO CORREOS SE INTERNACIONALIZA EN PORTUGAL

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) para que su filial Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A, S.M.E., adquiera, a través de Correos Express Paquetería Urgente, las acciones representativas del 51% del capital social de la sociedad portuguesa Rangel Expresso, S.A.

El Grupo Correos ha elegido Portugal para realizar la primera operación internacional de su historia. Con la creación de Correos Express Portugal, el Grupo Correos será capaz de ofrecer, por primera vez, un servicio integrado de paquetería urgente para toda la Península Ibérica. Se materializa así la primera incursión de la empresa pública española para internacionalizar sus servicios y dar una respuesta global a sus clientes.

De este modo, el Grupo Correos, por primera vez en sus más de tres siglos de historia, pone en marcha la estrategia de la internacionalización para su posicionamiento como líder del sector de la paquetería del comercio online. Con la creación de una nueva marca en Portugal, el Grupo Correos consigue unificar el mercado de la paquetería urgente de ambos países en uno solo: el mercado ibérico.

Un movimiento que busca dar respuesta a la necesidad expresada por sus clientes de realizar sus envíos de manera urgente en toda la Península con la misma calidad y celeridad que Correos ofrece en España.

El objetivo es que ciudadanos y empresas puedan llevar a cabo sus envíos en 24 horas a cualquier parte de la Península Ibérica, sin importar dónde se encuentren, gracias a la creación de una sola red de entrega, ágil y eficiente, potenciada por una amplia capilaridad y la configuración de un canal único de ventas.

De este modo, Correos quiere convertirse en un agente vertebrador, también en Portugal, conectando personas y negocios a lo largo de ambos países vecinos.

Correos Express Portugal

Correos Express Portugal nace tras la adquisición del 51% de la compañía portuguesa Rangel Expresso -perteneciente al Grupo Rangel- por parte de Correos Express, la filial de paquetería urgente del Grupo Correos. El importe de la operación asciende a 11 millones de euros y deja el 49% del accionariado restante en manos del Grupo Rangel.

La organización de Correos Express Portugal se integrará dentro de Correos Express como filial en el país luso y aportará todos sus recursos a la red de delegaciones propias de la filial española.

Correos Express Portugal contará con una plantilla de, aproximadamente, 160 trabajadores y con las 12 instalaciones que tiene en activo Rangel Expresso en Portugal, que se suman a las 55 existentes de Correos Express en España.

En los planes de la nueva compañía se contempla, para los próximos cinco años, una actividad cercana a los 35 millones de envíos, con España tanto de origen como destino, y unas previsiones de crecimiento de 2,5 veces las ventas (alrededor de los 60 millones de euros).

Para conseguirlo, Correos Express Portugal ha definido un plan de automatización de las instalaciones, al igual que Correos Express, en base a su estrategia de automatizar el 100% de las plataformas con sistemas inteligentes y máquinas de clasificación de mercancías.

El Grupo Correos se prepara con Correos Express Portugal para dar servicio a la eclosión del comercio online en el país vecino donde, actualmente, las entregas a particulares suponen un 15% frente al 85% que registra la entrega en empresas.

Hacienda

REHABILITACIÓN DE EDIFICIO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA EN MADRID

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la contratación de las obras de rehabilitación de un edificio situado en calle Guzmán el Bueno 137 de Madrid.

Dicho edificio se convertirá en la nueva sede de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Las obras de rehabilitación se desarrollarán durante los años 2019, 2020, 2021 y 2022, tienen un importe estimado de 23.952.713,03 euros y un plazo de ejecución estimado de 30 meses.

Este edificio que ahora ocupará la Agencia Tributaria tuvo como último ocupante a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado.

La rehabilitación del edificio permitirá ahorros en el gasto de arrendamientos de la Agencia Tributaria y realizar las funciones de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes en unas oficinas idóneas para dichas funciones.

Fomento

APROBADA LA URGENTE OCUPACIÓN EN LAS EXPROPIACIONES DE LAS OBRAS DEL ÚLTIMO TRAMO DE LA AUTOVÍA A-33

El Consejo de Ministros ha acordado la declaración de urgente ocupación en el procedimiento expropiatorio de las obras de construcción de "Autovía A-33 Tramo: Enlace con C-3223 a Yecla - Enlace con N-344", con el fin de dar cumplimiento al mandato previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, y por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre.

La finalización de la construcción de la autovía A-33 supondrá una alternativa para los viajes entre Murcia y Valencia por el interior, ya que la longitud del recorrido entre Murcia y Valencia quedará establecida en 212 km, frente a los 258 del recorrido actual por la costa, suponiendo un ahorro de 46 km y 25 minutos en el tiempo de viaje.

Con la finalización de la A-33 unido al futuro Arco Noroeste de Murcia se produciría un trasvase de tráfico del corredor mediterráneo de la A-7 y AP-7 hacia la A-33 en los tráficos con origen/destino Valencia y Andalucía, que ya no tendrían que pasar por la zona metropolitana formada en el entorno de las ciudades de Alicante y Murcia, reduciendo su congestión y mejorándose la seguridad vial.

El nuevo tramo de autovía se inicia al sur de la localidad de Yecla, donde la autovía A-33 conecta provisionalmente con la carretera autonómica RM-424 y finaliza conectando con el siguiente tramo de la A-33 al oeste de la población de Caudete.

La declaración de urgente ocupación permite avanzar en el procedimiento expropiatorio al objeto de obtener los terrenos necesarios para la ejecución de las obras.

(Yecla)


Fomento

APROBADA LA URGENTE OCUPACIÓN EN LAS EXPROPIACIONES DE LOS TRES TRAMOS DEL ARCO NOROESTE DE MURCIA

El Consejo de Ministros ha acordado la declaración de urgente ocupación en el procedimiento expropiatorio de las obras de construcción de los tres tramos del Arco Noroeste de Murcia, con el fin de dar cumplimiento al mandato previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, y por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre.

Los tramos referidos son los siguientes:

  • Tramo A: desde el P.K. 0+000 (Enlace con la A-30) hasta el P.K. 4+300.
  • Tramo B: desde el P.K. 4+300 hasta el P.K. 14+050.
  • Tramo C: desde el P.K. 14+050 hasta el P.K. 21+700 (Enlace A-7-MU-30).

El futuro Arco Noroeste incidirá muy positivamente en el esquema funcional de la Red de Carreteras del Estado, separando los tráficos locales, de acceso a la capital regional, de los tráficos de largo recorrido que tienen su origen y destino en las Comunidades limítrofes.

El Arco Noroeste dispondrá de enlaces de conexión con las autovías estatales A-30 y A-7 / MU-30 que permitirán descargar de tráfico un tramo de 32 km, formado por la autovía A-30, y la Ronda Oeste de Murcia, donde actualmente se registra la mayor IMD regional, con 111.000 vehículos al día, ya que a través de las autovías MU-30 y MU-31 llevará el tráfico de la A 30 directamente al Puerto de la Cadena, sin necesidad de circular junto a la ciudad de Murcia.

Adicionalmente, recogerá a medio plazo el tráfico proveniente de Valencia por la A-33 con destino a Andalucía, ya que el itinerario Valencia - Murcia por el interior es más corto que el realizado por la A-7, tiene mejor trazado, y carece de peajes.

También dispondrá de 4 enlaces intermedios con las carreteras autonómicas RM-533, RM-531, RM-B37 y RM-15, que permitirá mejorar las condiciones de circulación, especialmente de vehículos pesados, en los municipios de Archena, Lorquí, Ceutí, Alguazas, Las Torres de Cotillas y Murcia.

La declaración de urgente ocupación permite avanzar en el procedimiento expropiatorio al objeto de obtener los terrenos necesarios para la ejecución de las obras.

(Murcia)

Fomento

APROBADA LA URGENTE OCUPACIÓN EN LAS EXPROPIACIONES DE LAS OBRAS DE MEJORA DE LA N-I ENTRE RUBENA Y FRESNO DE RODILLA

El Consejo de Ministros ha acordado la declaración de urgente ocupación en el procedimiento expropiatorio de las obras de construcción de "Mejora de la Carretera N-I. Tramo: Rubena - Fresno de Rodilla", con el fin de dar cumplimiento al mandato previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, y por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre.

Las obras consisten, fundamentalmente, en la eliminación de los accesos directos existentes a la carretera N-I, redistribuyendo esas conexiones a través de nuevas vías de servicio.

A ambos márgenes de la N-I se desarrollan los nuevos viales que comunican con las poblaciones de Rubena y Quintanapalla, sensiblemente paralelos al trazado de la carretera y conectando con ella a través de los dos nuevos enlaces que se proyectan: el enlace de Rubena (pp.kk. 251+900) y el enlace de Quintanapalla (pp.kk. 254+000), que resuelve la conexión con la carretera BU-701 de acceso a Atapuerca.

Así mismo se ha diseñado un nuevo carril de trenzado entre los pp.kk. 256+200 y 256+475, en sentido Miranda de Ebro.

La declaración de urgente ocupación permite avanzar en el procedimiento expropiatorio al objeto de obtener los terrenos necesarios para la ejecución de las obras.

(Burgos)

Fomento

MODIFICADAS LAS SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS DE DIVERSAS INSTALACIONES AERONAUTICAS

El Consejo de Ministros ha aprobado varios Reales Decretos por los que se modifican diversas servidumbres aeronáuticas. Así, se han modificado las del aeropuerto de Pamplona; las del radar de Espiñeiras (A Coruña) las del centro de receptores y enlace hertziano entre Espiñeiras y el Aeropuerto de Santiago, las del radiofaro omnidireccional de muy alta frecuencia (VOR) y las correspondientes al equipo medidor de distancia (DME) de Somosierra (Madrid), eliminándose a su vez las correspondientes a la antigua baliza no direccional (NDB), ya retirada y situada en el mismo municipio. Además se han modificado las servidumbres aeronáuticas del radiofaro omnidireccional de muy alta frecuencia (VOR) y del equipo medidor de distancia (DME) de Villasayas (Soria), y finalmente, se han modificado las servidumbres aeronáuticas del radiofaro omnidireccional de muy alta frecuencia (VOR) y las correspondientes del equipo medidor de distancia (DME) de Castejón (Cuenca), eliminándose las correspondientes a la antigua baliza (NDB), ya retirada y situada en el mismo municipio.

Las servidumbres aeronáuticas se consideran un instrumento esencial para garantizar la seguridad de las operaciones de las aeronaves en el entorno de los aeropuertos y helipuertos y preservar el correcto funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas.

Dichas servidumbres pueden ser de tres tipos en función del servicio que protegen (aeródromos, operación y radioeléctricas), pero en todo caso están constituidas por un conjunto de superficies que limitan bajo ellas la instalación de cualquier tipología de elemento, las construcciones, actividades e incluso la modificación del terreno, salvo que de un estudio de seguridad aeronáutica se infiera que no habrá afectación.

El Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas, modificado por el Decreto 2490/1974, de 9 de agosto, por el Real Decreto 1541/2003, de 5 de diciembre, por el Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto y por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril, establece el marco regulatorio de las servidumbres aeronáuticas asociadas a los aeropuertos españoles y las instalaciones radioeléctricas para la navegación aérea afectadas por dicha normativa. El Decreto 1844/1975, de 10 de julio, por el que se definen las servidumbres correspondientes a los helipuertos, modificado igualmente por el Real Decreto 1541/2003, de 5 de diciembre establece la regulación sobre las servidumbres aeronáuticas para los helipuertos españoles.


Fomento

APROBADAS LAS SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS DEL AEROPUERTO DE TERUEL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto con las servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de Teruel, con el objetivo de garantizar la realización de operaciones aéreas en adecuadas condiciones de seguridad.

Las servidumbres aeronáuticas se corresponden con las zonas en las cuáles se establecen limitaciones a la altura de las construcciones, estructuras y plantaciones en las proximidades de los aeropuertos, de las instalaciones radioeléctricas aeronáuticas o en zonas que puedan verse sobrevoladas durante las maniobras de aproximación y salida de los aeropuertos.

De acuerdo al actual marco legal, las servidumbres aeronáuticas vigentes deben revisarse periódicamente cada seis años para que se correspondan, de la manera más fiel posible, al funcionamiento del aeropuerto o la instalación radioeléctrica de manera que no se impongan limitaciones innecesarias, por un lado, y para proteger la navegación aérea por otro.

Además del procedimiento de información pública, en la tramitación de este Real Decreto se ha prestado especial atención a una participación eficaz de todas las entidades y administraciones afectadas, especialmente los Ayuntamientos correspondientes, al objeto de conseguir la mayor coordinación administrativa al respecto.

Industria, Comercio y Turismo

MODIFICADO EL ESTATUTO DEL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGÍA (CEM)

El Centro Español de Metrología, organismo adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, es el máximo órgano técnico en el campo de la metrología en España y representa al Estado en las Organizaciones Internacionales de Metrología Científica y Legal.

Su Estatuto fue aprobado en 2007. En estos años, se han producido importantes novedades normativas, organizativas y técnicas que hacían necesario una modificación de su norma de funcionamiento. A ello, hay que añadir la necesaria reorientación de la metrología nacional para facilitar la colaboración coordinada del Centro Español de Metrología con la estructura de Investigación, Desarrollo e Innovación y, así, afrontar en mejores condiciones los retos estratégicos nacionales más allá del 2020.

Con la reforma del Estatuto del CEM se reorganizan las actividades técnicas uniendo las actividades de metrología legal y científica, lo que conllevará una prestación de servicios más eficiente; se dispondrán de fórmulas que permitan aumentar el número y calidad de los proyectos de investigación que se realizan y se abren nuevas vías de auto financiación.

Estos son los tres ejes de la reforma del Estatuto que ayudarán a situar al CEM como referencia nacional en el desarrollo de los patrones de medida, aplicaciones técnicas y métodos de medición, ayudando a España a ser más competitiva y sostenible a través del conocimiento y la innovación, a la vez que se refuerza su papel como elemento clave para el desarrollo de la industria española y de la economía en su conjunto.

Industria, Comercio y Turismo

TRAMITACIÓN POR VÍA DE URGENCIA DEL REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE MARCAS

El Consejo de Ministros ha acordado solicitar a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de Dictamen con carácter urgente, antes del 22 de abril, en relación con el proyecto de Real Decreto de modificación del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

La Ley de Marcas se modificó a finales del año pasado para adaptarla a la directiva europea relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, que armoniza los sistemas nacionales de marcas de la Unión Europea para facilitar el registro y gestión de las mismas.

Con esta solicitud, el Gobierno quiere evitar la apertura de un procedimiento de infracción por incumplimiento del plazo establecido para la transposición de la directiva europea, que finalizó el 14 de enero de 2018, y la consiguiente multa económica.

Política Territorial y Función Pública

RÉGIMEN JURÍDICO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE DESARROLLA LA ACCIÓN EN EL EXTERIOR

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que ordena y clasifica puestos de trabajo que desempeñan la acción exterior de la Justicia con representación en distintos órganos internacionales de distinta naturaleza.

Se simplifican en tres categorías básicas: magistrados de enlace, consejeros de Justicia y consejeros jurídicos.

  • Los magistrados de enlace son jueces o fiscales y desempeñan puestos en misiones diplomáticas bilaterales, acreditados ante los estados, y actúan a la vez, en los Estados miembros de la UE, como puntos de contacto con las redes judiciales europeas.
  • Los consejeros de Justicia están acreditados ante organismos internacionales o ante la UE, en las representaciones permanentes de España ante esas organizaciones. Son funcionarios de la Administración General del Estado, pertenecientes al subgrupo A1 y licenciados o graduados en Derecho.
  • Los consejeros jurídicos son abogados del Estado destinados en el exterior y su régimen es el previsto en el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.

El personal de Justicia destacado en el exterior cumple con el objetivo de la promoción de la cooperación jurídica internacional, singularmente en el ámbito judicial, así como con la conformación de la posición española ante las organizaciones e instituciones internacionales en el ámbito de las competencias del Ministerio de Justicia.

El Gobierno clarifica con esta clasificación los distintos cometidos de la acción exterior del Estado en materia de Justicia, que se ha incrementado de forma considerable en los últimos años.

Economía y Empresa

PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA EN LAS AMPLIACIONES DE CAPITAL DEL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha autorizado la participación de España en las ampliaciones de capital general y selectiva del Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (BIRD), del Grupo Banco Mundial por importes de 105.989.911 $ y 31.435.068 $.

El Banco Mundial (BM) junto al FMI forma parte del núcleo institucional de la gobernanza mundial. Además de su liderazgo en las políticas y la financiación para la cooperación internacional al desarrollo, el BM desempeña un papel clave en la coordinación de la respuesta a grandes desafíos como la lucha contra el cambio climático, las migraciones, la gestión de crisis naturales o financieras o la brecha de género, entre otros.

Esta ampliación de capital se enmarca en el compromiso de España con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de NACIONES UNIDAS. La cooperación económica y financiera española para el desarrollo se canaliza, entre otros instrumentos, a través de las Instituciones Financieras Multilaterales (IFMs) de las que España es miembro. Así, las contribuciones de los países donantes a las IFMs son un elemento esencial para la financiación del desarrollo de los países más pobres y con peor acceso a los mercados de capitales.

Más información