Referencia del Consejo de Ministros

20.1.2017

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Madrid

SUMARIO

Presidencia y para las Administraciones Territoriales

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Tratado sobre asistencia judicial mutua en materia penal entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, y su ratificación.
  • ACUERDO por el que se toma de conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2015 al Anexo I del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973.

Justicia

  • ACUERDO de continuación del procedimiento de extradición del ciudadano con doble nacionalidad brasileña y española Rodrigo Tacla Duran por delitos de cohecho, blanqueo de capitales y asociación criminal.

Hacienda y Función Pública

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Foral de Navarra a formalizar operaciones de deuda a corto plazo, por un importe máximo de 400.000.000 de euros.

Fomento

  • INFORME sobre las consecuencias del temporal que ha afectado a parte del territorio nacional.

Empleo y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de los servicios de desarrollo y mantenimiento de aplicaciones necesarios en el Instituto Nacional de la Seguridad Social y en el Instituto Social de la Marina por un periodo de dos años, con un valor estimado de 63.158.093,68 euros.
  • ACUERDO por el que se impone una sanción de 197.828,72 euros a la empresa Lara Textil Hiper, S.L. como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social, extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante.

Economía, Industria y Competitividad

  • ACUERDO por el que se aprueba el importe a percibir por el ICO en concepto de compensación de los costes en que ha incurrido durante el año 2015 por la administración de los créditos del Fondo para la Internacionalización de la Empresa, en la cantidad de 1.625.324,01 euros.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se nombra Director del Departamento de Asuntos Internacionales del Gabinete de la Presidencia del Gobierno a D. BERNARDO DE SICART ESCODA.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Hacienda y Función Pública

Empleo y Seguridad Social

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al Señor MIKIO SASAKI, Presidente de Honor y Consejero Principal del Consejo de Administración de Mitsubishi Corp.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Economía, Industria y Competitividad

APROBADO EL PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICIAL PARA LA DEVOLUCIÓN DE LAS CLÁUSULAS SUELO INDEBIDAS
  • El trámite es gratuito para el consumidor y las entidades tendrán tres meses para resolver las reclamaciones
  • El pago será en efectivo, aunque el cliente y la entidad podrán acordar otras fórmulas, como la novación de la hipoteca
  • Una comisión de seguimiento vigilará el proceso con especial protección hacia las personas más vulnerables

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo indebidas. En él se establece un cauce extrajudicial para resolver, de forma sencilla, rápida y gratuita, las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales. El procedimiento será obligatorio para la entidad financiera cuando lo solicite el cliente, y ésta tendrá tres meses para llegar a un acuerdo y resolver las reclamaciones. Aunque la vía judicial siempre está abierta, se trata de evitar el colapso de los Tribunales y permitir que todo el proceso se lleve a cabo con las debidas garantías para el consumidor.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció el pasado 21 de diciembre que la restitución de cláusulas suelo abusivas debe producirse desde la fecha de la firma del contrato de hipoteca. Con esta decisión, el Tribunal de la Unión Europea aclaró que los efectos económicos de la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2013 sobre este mismo asunto no se limitan a esta última fecha, sino a toda la vida de la hipoteca. El Gobierno tomó entonces la decisión de establecer un procedimiento extrajudicial para facilitar la tramitación de las reclamaciones que pudieran derivarse de la sentencia del Tribunal europeo y garantizar la adecuada protección al consumidor.

Mecanismos de reclamación

El Real Decreto aprobado hoy establece, en consecuencia, un mecanismo de reclamación previa a la interposición de demandas judiciales, voluntario para el consumidor afectado por cláusulas suelo. Para las entidades de crédito es obligatorio poner en marcha, en el plazo máximo de un mes, las medidas necesarias para dar cumplimiento al procedimiento. Además, deben garantizar que este sistema es conocido por todos los consumidores con cláusulas suelo en sus contratos.

Plazo máximo de tres meses

El consumidor puede dirigir una reclamación a su entidad de crédito. Una vez recibida la reclamación, la entidad deberá remitir al consumidor el cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses, o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no es procedente. Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo y, si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo. Todo el proceso se hará en un plazo máximo de tres meses.

Medidas compensatorias distintas

Alternativamente, el consumidor y la entidad pueden acordar medidas compensatorias distintas de la devolución en efectivo como, por ejemplo, la novación de las condiciones de la hipoteca. En este caso, la aceptación por parte del cliente será manuscrita, tras haber sido debidamente informado del valor económico de la medida alternativa.

Vía judicial

El consumidor puede decidir acudir a la vía judicial directamente pero, una vez iniciado el procedimiento extrajudicial y hasta que se haya resuelto éste, las partes no podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial alternativa en relación con la misma reclamación. También se establece la posibilidad de que, en las demandas judiciales que ya están en curso a la entrada en vigor de esta norma, las partes, de común acuerdo, puedan solicitar la suspensión de éstas para someterse al trámite extrajudicial.

Costas judiciales

En el caso de las costas judiciales, en el Real Decreto Ley se establecen mecanismos que incentivan que la entidad resuelva de forma adecuada y de buena fe: por un lado, si el consumidor demanda a la entidad tras no llegar a un acuerdo en la reclamación extrajudicial y la sentencia que obtiene es económicamente más favorable para él, la entidad será condenada en costas; por otro lado, si el consumidor acude a la vía judicial directamente sin usar la reclamación previa y la entidad de crédito se allana totalmente antes del trámite de contestación a la demanda, la entidad no será condenada en costas.

Procedimiento gratuito

El procedimiento de reclamación extrajudicial tendrá carácter gratuito. Se prevé, además, una reducción sustancial de los aranceles notariales y registrales derivados de las novaciones de contratos que puedan resultar de la adopción de medidas compensatorias distintas a la devolución del efectivo.

Tratamiento fiscal

En cuanto al tratamiento fiscal de las cantidades percibidas, se reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para que, en el caso de devolución de cantidades indebidamente cobradas por cláusulas suelo, ya sea en aplicación del acuerdo prejudicial, derivada de cualquier acuerdo con las entidades financieras o del cumplimiento de sentencias o laudos arbitrales, se garantice la neutralidad fiscal para el consumidor.

Órgano de seguimiento

Se habilita al Gobierno para regular el establecimiento de un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones efectuadas en el ámbito de aplicación de este Real Decreto Ley. En este órgano estarán, en todo caso, presentes consumidores y abogados, y emitirá un informe semestral. Este órgano velará por que las entidades cumplan sus obligaciones de información, sobre todo, con respecto a personas vulnerables.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

NUEVA NORMATIVA PARA REGULAR LOS VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL
  • Se fomenta la reutilización de piezas, materiales y componentes procedentes de los vehículos al final de su vida útil
  • Los fabricantes e importadores de vehículos tienen la obligación de organizar la recogida y gestión de los vehículos al final de su vida útil, lo que realizarán en colaboración con los gestores de residuos

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre los vehículos al final de su vida útil, a propuesta de los Ministerios de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente; de Economía, Industria y Competitividad; y del Interior.

Los vehículos de motor que han llegado al final de su vida útil y cuyo uso ya no es adecuado generan millones de toneladas de residuos. Para reducir al mínimo las repercusiones sobre el medio ambiente y asegurar una mejor recuperación de los materiales, la legislación europea estipula la manera en que deben diseñarse los nuevos vehículos y cómo deben recogerse y tratarse estos residuos. Se trata de la Directiva relativa a los vehículos al final de su vida útil, que se transpuso al ordenamiento interno español mediante un Real Decreto de 2002, que ahora se sustituye.

Adaptación a la Ley de Residuos

Mediante este nuevo Real Decreto se adapta la regulación de los vehículos al final de su vida útil a la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, en especial a aspectos como incluir la "preparación para la reutilización", que comprende las operaciones de comprobación, limpieza o reparación mediante las cuales los componentes de los vehículos que se hayan convertido en residuos se preparan para que puedan reutilizarse.

Igualmente, se establecen las previsiones relativas a la responsabilidad ampliada del productor del vehículo, contempladas en la Ley de Residuos, para dar cumplimiento a las obligaciones de los fabricantes e importadores de organizar la recogida y gestión de los vehículos al final de su vida útil y, cuando resulte necesario, la financiación de esa recogida y del tratamiento de los residuos generados por ellos.

El Real Decreto introduce también, por primera vez, objetivos específicos con porcentajes de preparación para la reutilización, con lo que se fomenta la economía circular.

Para fomentar la reutilización, además, el Real Decreto establece un proceso que obliga a que todos los vehículos al final de su vida útil se traten, primero, en un Centro Autorizado de Transformación, donde se descontaminan y se separan las piezas que pueden ser reutilizadas. Además, el establecimiento de objetivos mínimos de preparación para la reutilización otorga instrumentos a las Administraciones públicas para conocer la cantidad de piezas que se comercializan en el mercado de segunda mano.

Por otra parte, la clarificación de la cadena de tratamiento del vehículo permitirá combatir más eficazmente el desguace ilegal.

Mejora de la información

Los productores de vehículos deben presentar, asimismo, un informe anual sobre la puesta en el mercado de vehículos y los residuos generados, recogidos y tratados procedentes de estos vehículos.

Además, los gestores de residuos que realicen operaciones de tratamiento de vehículos al final de su vida útil presentarán una memoria anual relativa a todos los residuos que gestionen.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

PAUTAS PARA ELABORAR UNA TERNA DE CANDIDATOS PARA ELEGIR UN JUEZ DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establecen pautas para la elaboración de una terna de candidatos para la elección de juez titular del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, de 1950, establece que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos estará compuesto por un número de jueces igual al de Estados miembros contratantes. Los jueces serán elegidos por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, por mayoría de votos emitidos, de una lista de tres candidatos presentada por cada Estado Contratante, a través de un procedimiento que incluye la intervención del Panel Consultivo de Expertos del Consejo de Europa sobre candidatos para la elección de jueces titulares al Tribunal.

España ha sido invitada por el Consejo de Europa a remitir la terna de candidatos a juez titular del Tribunal, con tiempo suficiente para poder proceder a someter dicha terna a la Asamblea Parlamentaria y elegir el juez titular español del Tribunal Europeo de Derechos Humanos durante el período 2017-2026.

Proceso de selección

El Consejo de Ministros se dota ahora de unas pautas a los efectos de confeccionar la mencionada terna de candidatos.

Conforme a esas pautas, una vez iniciado el proceso de selección, que será publicado en el Boletín Oficial del Estado, se constituirá un comité encargado de evaluar la idoneidad de las candidaturas, presidido por el secretario de Estado de Asuntos Exteriores, y compuesto, además del anterior, por el secretario de Estado de Justicia, el Subsecretario de Justicia y el subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.

Dicho comité evaluará los currículum vitae recibidos y realizará las entrevistas que, en su caso, estime necesarias a efectos de comprobar la idoneidad de los candidatos. Examinados los currículum vitae y realizadas las eventuales entrevistas, el comité elaborará una propuesta de terna de candidatos a jueces titulares del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en la que se procurará, como regla general, integrar a candidatos de ambos sexos, y que será comunicada al Consejo Ejecutivo de Política Exterior con carácter previo a su elevación al Consejo de Ministros para que éste decida y remita la terna al Consejo de Europa.

Hacienda y Función Pública

AUTORIZACIÓN A NAVARRA PARA FORMALIZAR OPERACIONES DE DEUDA POR IMPORTE MÁXIMO DE CUATROCIENTOS MILLONES

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Foral de Navarra a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de cuatrocientos millones de euros con el fin de financiar necesidades transitorias de tesorería.

Esta autorización deriva de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera que establece, en su artículo 20, que las operaciones de endeudamiento y la concesión de avales de las Comunidades Autónomas incumplidoras de los objetivos de estabilidad, deuda pública o regla de gasto precisarán autorización del Estado mientras persista el incumplimiento.

La Comunidad Foral de Navarra incumplió el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto del ejercicio 2015, por lo que, mientras persista este incumplimiento y dado que no existe por parte de esta Comunidad un plan económico-financiero declarado idóneo, requiere autorización del Consejo de Ministros para sus operaciones a corto plazo.

Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2017.

Justicia

CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EXTRADICIÓN A BRASIL DEL CONSIDERADO UNO DE LOS CEREBROS DE UNA IMPORTANTE TRAMA DE CORRUPCIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado la continuación del procedimiento de extradición del ciudadano con doble nacionalidad brasileña y española Rodrigo Tacla Durán, solicitada por las autoridades de Brasil para su enjuiciamiento por presuntos delitos de cohecho, blanqueo de capitales y asociación criminal.

Tacla Durán fue detenido en Madrid el pasado 18 de noviembre y se encuentra actualmente en situación de prisión provisional. Es considerado el cerebro financiero de la trama de corrupción que salió a la luz en Brasil durante la denominada "Operación Lava Jato", que investiga el escándalo de corrupción en la empresa semiestatal Petróleo Brasileiro S.A. (Petrobras).

En base a las investigaciones llevadas a cabo en esa operación, la policía brasileña determinó la existencia de un cártel compuesto por algunas de las grandes empresas constructoras de dicho país, que se dedicaban a sobornar a políticos y dirigentes de Petrobras.

Según estas investigaciones, el reclamado recibió en sus compañías durante los años 2011 a 2013 más de 50 millones de reales brasileños (el equivalente a 14.684.500 euros) procedentes de las diferentes empresas del cártel, manteniendo el control de numerosas cuentas secretas abiertas en países extranjeros.

Empleo y Seguridad Social

CONTRATO PARA SERVICIOS INFORMÁTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA

El Consejo de Ministros ha un Acuerdo para la contratación de los servicios informáticos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Instituto Social de la Marina (ISM), por valor de 63.158.093,68 euros, por un período de dos años.

Ambos Institutos requieren contar con los medios necesarios para mantener y desarrollar las aplicaciones existentes que da soporte a los procesos de gestión de cada entidad.

Además, también es necesario adaptar las aplicaciones a la nueva legislación en los plazos establecidos, así como contar con la capacidad para afrontar los cambios normativos que se puedan dar en el período de vigencia del contrato.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL TRATADO DE ASISTENCIA JUDICIAL CON VIETNAM

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Tratado sobre asistencia judicial mutua en materia penal entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, así como su ratificación.

Este Tratado busca reforzar la cooperación jurídica penal entre España y Vietnam, y contribuir a luchar, de manera más eficaz, contra la delincuencia organizada y el terrorismo, mejorando la coordinación y la asistencia recíproca.

Entre sus aspectos concretos, cabe destacar la designación de Autoridades Centrales (el Ministerio de Justicia en el caso de España y la Fiscalía Popular Suprema en el de Vietnam); la regulación del procedimiento y ejecución de las solicitudes, y la determinación de las posibles modalidades de asistencia judicial: notificación de documentos, obtención de pruebas, comparecencia de testigos y expertos en el territorio del país requerido, inmunidad de la persona que haya accedido a prestar asistencia, productos o instrumentos del delito, intercambio de información, consultas entre Autoridades Centrales y solución de controversias.

Economía, Industria y Competitividad

COMPENSACIÓN AL ICO POR ADMINISTRAR LOS CRÉDITOS DEL FONDO PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS

El Consejo de Ministros ha aprobado la compensación al Instituto de Crédito Oficial (ICO) por los costes incurridos en 2015 por la administración de los créditos del FIEM

El ICO, como agente financiero, gestiona y administra por cuenta del Estado los Créditos otorgados con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM). La Ley de 2010 por la que se creó el FIEM determina que el ICO será compensado por el desempeño de este cometido.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 dispone que esta compensación sea efectuada con cargo a los recursos del propio FIEM, previa autorización por acuerdo del Consejo de Ministros. El importe a compensar al Instituto de Crédito Oficial por la gestión del FIEM de 2015 asciende a 1.625.324,01 euros.

BIOGRAFÍAS

Presidencia del Gobierno

Director del Departamento de Asuntos Internacionales del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.-

D. BERNARDO DE SICART ESCODA

Nacido el 8 de octubre de 1957 en Barcelona, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1985 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Guinea Ecuatorial, Argelia, ante la Unión Europea y México. Fue subdirector de Relaciones Externas del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de Barcelona 92. Ha sido asesor en los Gabinetes del Secretario de Estado para la Unión Europea y del Secretario de Estado para Iberoamérica, y vocal asesor del ministro del Interior y de los vicepresidentes primero y segundo del Gobierno durante los años 2000 a 2004. Fue coordinador Coreper en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea, cónsul general de España en Lima y director del Departamento de Protocolo de la Presidencia del Gobierno. Desde julio de 2014 era embajador de España en la Confederación Suiza.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Secretario de Estado de Asuntos Exteriores .-

D. ILDEFONSO CASTRO LÓPEZ

Nacido el 4 de mayo de 1964 en El Ferrol, es Licenciado en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela e ingresó en 1992 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Guinea Ecuatorial, Paraguay, Suecia y República Dominicana. Ha sido vocal asesor en el Departamento Internacional y de Seguridad de la Presidencia del Gobierno y director del Gabinete de Secretario de Estado de Asuntos Exteriores. Ocupó la segunda jefatura en la Embajada de España en Dublín. En enero de 2012 fue nombrado Director del Departamento de Política Internacional y Seguridad de la Presidencia del Gobierno, y desde agosto de 2013 era director del Departamento de Asuntos Internacionales del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

Embajador de España en la República Italiana .-

D. JESÚS MANUEL GRACIA ALDAZ

Nacido el 3 de marzo de 1960 en Zaragoza, es Licenciado en Derecho y Filología por la Universidad de Zaragoza e ingresó en 1985 en la Carrera Diplomática.

Ha sido consejero de Cooperación para Centroamérica, cónsul general en Córdoba (Argentina), director general del Instituto de Cooperación Iberoamericana y secretario general de la Agencia de Cooperación Internacional. En 2001 fue nombrado embajador de España en Cuba y, posteriormente, ministro consejero en la Embajada de España en Buenos Aires. Desde enero de 2012 era secretario de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica.

Hacienda y Función Pública

Director General de Fondos Comunitarios .-

D. JORGE GARCÍA REIG

Nacido el 12 de febrero de 1955 en Alcoy, es Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos por la Universidad Politécnica de Madrid, y Licenciado en Economía por la UNED. Pertenece al Cuerpo de Ingenieros de Camino del Estado.

Fue subdirector general adjunto de la Secretaría General de los Fondos de Compensación y Cohesión en el Ministerio de Economía y Hacienda; director de los Gabinetes del Secretario de Estado de Aguas y Costas, y del ministro y de la ministra de Medio Ambiente. Posteriormente, ocupó diferentes puestos en las direcciones generales de Fondos Comunitarios y de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Hacienda, y gerente del organismo autónomo de Informática del Ayuntamiento de Madrid. Desde mayo de 2012 era subdirector general de Programación Territorial y Evaluación de Programas Comunitarios.

Empleo y Seguridad Social

Director General del Servicio Público de Empleo Estatal .-

D. JULIO ÁNGEL MARTÍNEZ MEROÑO

Nacido el 11 de noviembre de 1956 en Madrid, es Arquitecto por la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Madrid y pertenece a los Cuerpos Superiores de Administradores Civiles del Estado y de Sistemas de Tecnologías de la Información.

Ha sido jefe de Servicio y jefe de Área de Desarrollo en el INEM, subdirector general de Tratamiento de la Información del Ministerio de Industria y Energía, vocal asesor en el Instituto Nacional de Administración Pública, oficial mayor del Ministerio del Interior, subdirector general de Sistemas de Información del Ministerio de Justicia e Interior, subdirector general de Planificación y Medios Materiales en la Secretaría de Estado de Seguridad, subdirector general de Proceso de Datos de la Administración Pública y jefe de la Unidad Informática de la Presidencia del Gobierno. En 2004 fue nombrado director general de Infraestructuras y Material de Seguridad del Ministerio del Interior y en abril de 2007, director general de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa. En abril de 2008 pasó a ocupar el puesto de secretario general de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia. Más tarde, fue vocal asesor en la Secretaría de Estado de Seguridad y en la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Actualmente era secretario general de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Director General de Migraciones .-

D. ILDEFONSO DE LA CAMPA MONTENEGRO

Nacido el 9 de mayo de 1967. En la Xunta de Galicia ha sido asesor del presidente de la Xunta, jefe del Gabinete de la Consejería de Emigración, Inmigración y Cooperación Exterior y director gerente de la Fundación Pública "Agencia Humanitaria de Galicia". Más tarde ocupó diferentes puestos gerenciales en la empresa privada y desde 2009 era jefe de gabinete de la Secretaría General de la Emigración de la Xunta de Galicia.

Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social .-

D. GABRIEL ÁLVAREZ DEL EGIDO

Nacido el 3 de noviembre de 1961, es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid y pertenece al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Como inspector de trabajo ha estado destinado en las direcciones provinciales de Trabajo y Seguridad Social de Cáceres y de Cuenca, y en la Dirección Territorial de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid. Fue subdirector adjunto y subdirector general de Promoción de Empleo del Instituto Nacional de Empleo. Desde febrero de 2012 era jefe del Gabinete Técnico del Subsecretario del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

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