Referencia del Consejo de Ministros

10.10.2014

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • ACUERDO por el que se decide solicitar la autorización del Congreso de los Diputados para la participación de Unidades Militares Españolas en el marco de la coalición para la lucha contra el Estado Islámico de Irak y de Levante.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República del Senegal.
  • ACUERDO por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo del Día Mundial y del Día Europeo contra la Pena de Muerte.

Defensa

Hacienda y Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
  • REAL DECRETO de ampliación de los medios patrimoniales adscritos al Real Decreto 1096/1984, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de conservación de la naturaleza.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 876.121,51 euros y la concesión de dos créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Fomento por importe total de la citada cuantía, para atender el pago de sentencias judiciales en relación con el 1% cultural, a los Ayuntamientos de Añora y de Marchena.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 230.597,26 euros, para el abono de la indemnización prevista en la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2013, que declara la responsabilidad patrimonial del Estado por infracción del ordenamiento comunitario en materia de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por el importe y para la finalidad indicados.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 281.950,57 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por la citada cuantía, para dar cumplimiento a la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, de 24 de enero de 2014, por reclamación de intereses de demora relativos al retraso en el abono de certificaciones de obras.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe de 27.078,90 euros, para atender gastos en concepto de complemento de productividad por servicios extraordinarios prestados por personal de la Guardia Civil, en cumplimiento de sentencias y autos dictados por diversos Tribunales de Justicia de distintas comunidades autónomas, y se concede un suplemento de crédito en el Ministerio del Interior por el importe y para la finalidad indicada.
  • ACUERDO por el que se cede a Cruz Roja Española el uso de tres locales situados en Bilbao, calle Blas de Otero, 32, con destino a fines propios de la institución.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Confederación Hidrográfica del Segura, para el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto LIFE11 ENV/ES/000506 "Rehabilitation of a Heavy Metal Contaminated Riverbed by Phytoextraction Technique, Riverphy".
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Fomento la licitación de nuevos contratos para la prestación del servicio de líneas marítimas de interés público.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, al objeto de posibilitar la firma de las adendas que modifican varios convenios de colaboración entre el Ministerio de Fomento y los consejos insulares de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera en materia de carreteras.
  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, antes del día 24 de octubre, respecto del Acuerdo por el que se plantea la impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y Resoluciones de las Comunidades Autónomas, prevista en el artículo 161.2 de la Constitución, en relación con determinados preceptos del Decreto del Gobierno de Canarias 95/2014, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de las consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general de competencia de la Comunidad Autónoma.
  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, antes del día 24 de octubre, respecto del Acuerdo por el que se plantea la impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y Resoluciones de las Comunidades Autónomas, prevista en el artículo 161.2 de la Constitución, en relación con el Decreto 107/2014, de 2 de octubre, del presidente del Gobierno de Canarias, por el que se convoca consulta ciudadana mediante pregunta directa.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

Educación, Cultura y Deporte

  • ACUERDO por el que se resuelve el recurso extraordinario de revisión interpuesto por la Asociación de Damnificados por la "Finca de la Sociedad Puente San Miguel S.A." contra el Real Decreto 2638/1986, de 28 de noviembre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de Jardín Histórico, la finca de la Sociedad "Puente de San Miguel, Sociedad Anónima", en Puente de San Miguel, Reocin (Cantabria).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para evitar el derrumbe de la pared medianera entre el Palacio Iñígo Angulo, sede del Museo de Burgos, y la Casa Melgosa, así como la coordinación de seguridad y salud de las mismas.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos.

Empleo y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se impone una sanción por cuantía de 381.854,86 euros, a la empresa Novasoft Corporación Empresarial, S. L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Málaga.
  • ACUERDO por el que se impone una sanción por cuantía de 441.456,46 euros a la empresa Distribución Sevillana de Mamparas, S.L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla.

Industria, Energía y Turismo

  • REAL DECRETO por el que se designa comercializador de referencia de electricidad a la Empresa del Alumbrado Eléctrico de Ceuta Comercialización de Referencia, S.A.U.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento general de Costas.
  • ACUERDO por el que se aprueba la distribución correspondiente a los criterios objetivos y compromisos financieros fijados en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, celebrada el 24 de febrero de 2014.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

ACUERDOS DE PERSONAL

Justicia

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de General Consejero Togado al General Auditor D. RAFAEL EDUARDO MATAMOROS MARTÍNEZ, y se le nombra auditor presidente del Tribunal Militar Central (Madrid).

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Sanidad, Servicios sociales e Igualdad

INFORME DE SITUACIÓN Y MEDIDAS FRENTE A LA ALERTA INTERNACIONAL DE ÉBOLA

El Consejo de Ministros ha recibido de la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad un informe de situación y medidas frente a la alerta internacional de Ébola. El informe detalla las actuaciones que se han llevado a cabo y las que se van a adoptar para hacer frente al virus del Ebola, tanto en nuestro país como en el ámbito internacional, fruto de los contactos y las recomendaciones de las autoridades sanitarias europeas y de los organismos internacionales.

El Consejo de Ministros ha decidido la creación de un Comité Especial para la gestión en España de la enfermedad por el virus Ébola. Además, dado el carácter transversal de la situación generada por el contagio de la auxiliar de enfermería y el importante número de actores institucionales, distintas Administraciones Públicas y científicos implicados en la gestión de la enfermedad por el virus del Ébola, se ha adoptado también la decisión de designar un Comité Científico que ayudará en las tareas a este Comité Especial.

Integrantes de la Comisión

El Comité Especial para la gestión en España de la enfermedad por el virus del Ébola estará presidido por la vicepresidenta del Gobierno y ministra de la Presidencia, y estará integrado por los siguientes miembros:

  • La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, así como los miembros de su equipo que designe en cada momento, en atención a las circunstancias sanitaras que lo requieran.
  • Un representante del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, que se encargará de coordinar las relaciones y las tareas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de sanidad exterior con la Organización Mundial de la Salud, con la Unión Europea y con el resto de actores internacionales.
  • Un representante de cada uno de los Ministerios siguientes: Defensa, Interior, Presidencia, Justicia y Economía y Competitividad. En este último Departamento la representante será la secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
  • Un representante del Gabinete del Presidente del Gobierno.
  • Representantes de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Madrid y de los Servicios de Información de la Comunidad Autónoma de Madrid.
  • El presidente del Comité Científico sobre la enfermedad del virus del Ébola, que se constituirá inmediatamente.
  • Un representante del Hospital Carlos III de Madrid, del Hospital Universitario de La Paz.

Composición flexible

Se trata de una composición flexible, de modo que se podrá convocar a sus reuniones a otros representantes, tanto de la Administración General del Estado como de otras Comunidades Autónomas, de las Ciudades con Estatuto de Autonomía, de Entidades Locales, de actores del sector privado, y aquellas personas que, por su condición de experto o por su labor en el asunto, se consideren oportunas en cada momento.

Tarea del Comité Especial

Este Comité Especial dará continuidad a los trabajos de la Comisión de Coordinación constituida entre el Ministerio de Sanidad y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Su tarea será coordinar medios y recursos disponibles; promover la cooperación interinstitucional e internacional; establecer protocolos de política informativa para la máxima transparencia a la sociedad española y a los profesionales de la información, y analizar, tanto la planificación existente, como toda la actuación europea e internacional en el ámbito del control de la enfermedad por el virus Ébola.

Defensa

SOLICITUD AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS PARA PARTICIPACIÓN DE UNIDADES MILITARES ESPAÑOLAS EN EL MARCO DE LA COALICIÓN PARA LA LUCHA CONTRA EL ESTADO ISLÁMICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita la autorización del Congreso de los Diputados para la participación de Unidades Militares Españolas en el marco de la coalición para la lucha contra el Estado Islámico de Irak y de Levante.

El terrorismo a gran escala ejercido por el autodenominado "Estado Islámico de Irak y de Levante" (ISIL, en sus siglas en inglés) supone una gravísima amenaza, por la profunda desestabilización que ha causado en Irak y Siria y en toda la zona de Oriente Medio; por dirigir su amenaza contra todos los países democráticos; por el riesgo añadido que supone que entre sus miembros sean numerosos los ciudadanos de países occidentales, que podrían actuar, a su regreso, en sus países de origen, y por la seria preocupación mundial ante la expansión del terrorismo especialmente sectario y cruel que promueve ISIL en un arco de inestabilidad que se extiende desde Oriente Medio al Norte de África.

Tras haber recibido la Comunidad Internacional la petición expresa de ayuda por parte del Gobierno iraquí, y tras publicarse la Resolución 2170(2014) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, Estados Unidos comenzó a liderar, en la última Cumbre de la OTAN celebrada en Gales los 4 y 5 del pasado mes de septiembre, los trabajos de formación de una coalición internacional para hacer frente a la grave amenaza que supone el Estado Islámico.

Como ya anunciaron en sendas comparecencias parlamentarias los ministros de Asuntos Exteriores, el 16 de septiembre, y de Defensa el 17 de septiembre, y como se confirmó ante la sesión abierta del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas el 19 de septiembre, España ha decidido incorporarse a la coalición internacional en la lucha contra el terrorismo de ISIL.

Formación y entrenamiento de personal militar iraquí

Para ello, el Consejo de Ministros, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, ha acordado solicitar autorización al Congreso de los Diputados para la participación de Unidades Militares Españolas en la coalición, concretamente para que colaboren en una de las áreas en las que tenemos más experiencia y capacidad, como es la formación y entrenamiento de personal militar iraquí.

La autorización sería para unos trescientos efectivos, que incluirían al personal integrado en los Cuarteles Generales de la Coalición, a las unidades de adiestramiento para una Brigada de las Fuerzas Armadas iraquíes, y a las unidades de apoyo y protección de la fuerza. El despliegue está previsto para un plazo inicial de seis meses, prorrogable.

Las actividades de adiestramiento podrán ser realizadas en territorio de Irak o en los países de la coalición donde se realice el mismo. En ningún caso los militares españoles intervendrán en operaciones de combate sobre el terreno.

El ministro de Defensa comparecerá ante el Pleno del Congreso de los Diputados en la sesión del 21 al 23 de octubre para sustanciar la solicitud y ampliar los detalles de la participación española.

Defensa

APROBADA UNA NUEVA ORGANIZACIÓN BÁSICA DE LAS FUERZAS ARMADAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas con el fin de posibilitar el cumplimiento de las misiones que se le encomienden en el marco específico, conjunto y combinado, de forma que se asegure su eficacia en la ejecución de las operaciones militares.

Esta nueva estructura global de las Fuerzas Armadas se adopta como consecuencia de la publicación de la Directiva de Defensa Nacional, que dictó el presidente del Gobierno en julio de 2012, y de la Directiva de Política de Defensa, que firmó el ministro de Defensa en ese mismo año. Su aplicación exigía un replanteamiento de la actual estructura de las Fuerzas Armadas y una simplificación de su organización, así como la racionalización de las estructuras orgánicas del Departamento, en línea, por otra parte, con el programa de racionalización y simplificación administrativas puesto en marcha por el Gobierno.

En consecuencia, la organización básica de las Fuerzas Armadas se configura en dos estructuras: una, orgánica, cuyo cometido es la preparación de la Fuerza, y otra, operativa, que se ocupa del empleo de las capacidades militares en las misiones que se asignen a las Fuerzas Armadas.

Se potencia la figura del JEMAD

El desarrollo de los criterios básicos de eficacia operativa y servicio unificado requiere potenciar la figura del Jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD) y, en consecuencia, las funciones de sus órganos dependientes, es decir, de la estructura operativa. En este sentido cabe destacar las siguientes medidas:

  • Se atribuye la competencia del empleo de la Fuerza al JEMAD, por lo que se dispone la subordinación directa de las organizaciones operativas permanentes (incluida la Unidad Militar de Emergencia) al JEMAD.
  • Se establece un nuevo concepto de empleo de las Fuerzas Armadas, la Fuerza Conjunta, que se define como aquella constituida por todos los elementos integrantes de la Fuerza de los Ejércitos, además de los elementos de los mandos subordinados al JEMAD que se determinen.
  • Se elimina cualquier referencia a misiones específicas permanentes que puedan asignarse en tiempo de paz a la Fuerza de los Ejércitos, ya que dichas misiones son asumidas por dos organizaciones operativas permanentes: el Mando de Vigilancia y Seguridad Marítima, y el Mando de Defensa y Operaciones Aéreas, ambos subordinados al JEMAD.
  • Además, se pone a todas estas organizaciones operativas permanentes, así como a las temporales, bajo el control operacional del Comandante del Mando de Operaciones.
  • Por primera vez se formula como doctrina militar la atribución de la competencia en estas materias al JEMAD y se establece que el empleo de la Fuerza se realizará siempre de conformidad con las normas que dicte.
  • Se reafirman las competencias directivas y supervisoras del JEMAD sobre los Jefes de Estado Mayor de los ejércitos, en la preparación de la Fuerza y en su evaluación, y se le reconocen otras nuevas en el ámbito de la organización de los ejércitos, como la propuesta de medidas encaminadas a su homogenización o la unificación de servicios no exclusivos de un ejército.

Estructura del Estado Mayor de la Defensa

Además, el texto del Real Decreto detalla a la estructura del Estado Mayor de la Defensa y de los ejércitos. El Estado Mayor de la Defensa estará compuesto por un Cuartel General, el Mando de Operaciones, el Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, el Mando Conjunto de Ciberdefensa, el Centro de Estudios de la Defensa Nacional y organizaciones operativas permanentes: el Mando de Vigilancia y Seguridad Marítima, el Mando de Defensa de Operaciones Aéreas y la Unidad Militar de Emergencias.

Cada uno de los ejércitos estará compuesto por un Cuartel General, la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza. El texto detalla también la composición de la Fuerza de cada uno de los ejércitos: al Ejército de Tierra corresponden el Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad, la Fuerza Terrestre, la Fuerza Logística Operativa y el Mando de Canarias; a la Armada, la Flota, y al Ejército del Aire, el Mando Aéreo de Combate, el Mando Aéreo General y el Mando Aéreo de Canarias.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

APROBADO EL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE COSTAS
  • Incrementa la seguridad jurídica de los actores sobre el litoral y fortalece los mecanismos de protección de las costas españolas, tanto en su vertiente preventiva como defensiva, compatible con el impulso de la actividad económica y la generación de empleo
  • El Reglamento incorpora, por primera vez en la legislación sobre costas, los efectos del cambio climático, por lo que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente está elaborando una estrategia para la adaptación de la costa a sus efectos

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante Real Decreto, el Reglamento General de la Ley de Costas. Se trata del instrumento adecuado para desarrollar y aplicar la Ley de Costas de 1988 y la Ley de Protección y uso sostenible del litoral de 2013, que además modificaba la Ley de Costas.

El Reglamento logra el equilibrio entre un alto nivel de protección ambiental, refortaleciendo los mecanismos de protección, tanto en su vertiente preventiva como defensiva, y una actividad respetuosa con el medio ambiente compatible con el impulso de la actividad económica y la generación de empleo.

Primera estrategia sobre el cambio climático en el litoral

El Reglamento recoge las previsiones de la Ley de 2013 respecto a los efectos del cambio climático en el litoral. La Ley de 1988 y el Reglamento de 1989 no contenían la menor previsión. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente está elaborando una Estrategia para la Adaptación de la costa al cambio climático, que en la actualidad está en fase de evaluación ambiental estratégica. Se presentará antes del fin de la Legislatura y se coordinará con las Comunidades Autónomas.

El Reglamento prevé la posibilidad de declarar en regresión ciertos tramos de costa, en los que se restringirán las ocupaciones, concretando los criterios técnicos para determinarlos. Por su parte, para los concesionarios de ocupaciones en la costa se prevé la obligación de adoptar medidas de adaptación a los efectos del cambio climático.

Constancia registral de lo que es dominio público

El Reglamento introduce importantes novedades en la tramitación de los procedimientos de deslinde, con el fin de sea obligatorio su registro, y la adecuada coordinación entre Costas, Registro de la Propiedad y Catastros. Sólo con esta coordinación se logrará la seguridad jurídica con la que han de contar los interesados, españoles y extranjeros, a la hora de conocer si los bienes forman parte del dominio público marítimo terrestre.

Se trata, con todas estas medidas, de que nadie pueda comprar una vivienda u otros bienes en la costa y descubrir después que no le pertenecen porque son de uso público.

Prohibición de edificar en la costa

Entre los principios que caracterizan esta norma destacan la prohibición de nuevas edificaciones y construcciones en la costa, así como de las obras que supongan cualquier aumento de volumen, altura o superficie de las edificaciones existentes y la exigencia de eficiencia energética y de ahorro de agua en las obras que se autoricen en los edificios en la costa.

Además, el Reglamento exige un informe ambiental autonómico para autorizar la prórroga de concesiones de actividades potencialmente contaminantes que recoge la Ley.

Máxima protección de los tramos naturales de las playas

La norma diferencia entre los tramos urbanos y naturales de las playas, y se otorga un mayor nivel de protección ambiental a los tramos naturales. El Reglamento desarrolla esta diferenciación legal y concreta el régimen de ocupación y de uso de ambos tramos, restringiendo las ocupaciones en los tramos naturales de las playas, mientras que en los urbanos se garantiza una adecuada prestación de servicios siempre que sea compatible con su uso común. En todo caso, se garantiza el uso público de las playas, de cualquier clase, por todos los ciudadanos.

En cuanto a los eventos en las playas, el Reglamento concreta los requisitos, límites y condiciones en los que son posibles, garantizando su conservación y entendiendo, además, que esas ocupaciones se restringen a los tramos urbanos. Así, sólo se admiten los eventos de interés general y repercusión turística si se garantiza una completa conservación medioambiental de la playa, para lo que se exige la prestación de las debidas garantías económicas.

Criterios claros para otorgar concesiones

En cuanto a las concesiones, la novedad a destacar es el plazo máximo por el que pueden ser otorgadas, dentro del límite de 75 años establecido en la citada Ley de 2013 de 29 de mayo, y se regulan tres supuestos distintos con máximos de 75, 50 y 30 años. Para la determinación de los plazos se recogen los criterios a tener en cuenta como son la adecuación al medio de la instalación, el grado de interés que represente para el dominio público marítimo-terrestre o sus usuarios, su ubicación en ribera del mar o fuera de la misma y el contenido del estudio económico-financiero o, en su defecto, el volumen de la inversión a amortizar.

Se abre la posibilidad de prorrogar estas concesiones por un plazo de hasta 75 años (en el caso de las autorizaciones de hasta cuatro años), con el requisito de que se acredite su sostenibilidad ambiental, y se permite la transmisión de los derechos de las concesiones, previa autorización. Al respecto, se recoge la posibilidad de trasmitir las concesiones inter vivos, siempre que la Administración reconozca el cumplimiento por parte del adquiriente de las condiciones establecidas en la concesión.

Mejorar la realidad económica y social de las costas españolas

La Ley de Costas aporta soluciones a más de quinientos mil ciudadanos que se vieron afectados por la anterior normativa de 1988 y se prevé que puede facilitar la generación de cerca de 150.000 empleos directos y unos dos mil millones de euros relacionados con la actividad económica en la costa.

La clarificación sobre los criterios para el establecimiento de actividades en la costa que establece el Reglamento, bajo estrictos estándares ambientales de protección de nuestra costa, puede asegurar la situación a unos mil hoteles ya existentes de forma legal, que ahora podrán prolongar los negocios y hacer reformas para modernizarse y ganar calidad, siempre que no aumenten su tamaño y mejoren su eficiencia ambiental. Esto servirá para proteger los más de ochenta mil empleos que generan.

Asimismo, se ordena definitivamente la situación de unos tres mil chiringuitos, que suponen unos cincuenta mil empleos directos, y se garantiza la actividad de más de 1.600 empresas e industrias que estaban destinadas a desaparecer a partir del año 2018, con lo que se evita la destrucción de miles de empleos en toda España.

Igualmente, se da seguridad jurídica a trece mil viviendas que se construyeron en su día legalmente en nuestra costa. Todas ellas podrán prorrogar sus concesiones. Además, se aporta más seguridad a los chiringuitos y otros establecimientos en cuanto a plazos y condiciones de la concesión, exigiéndoles, asimismo, más en términos de ordenación y cuidado de las playas.

Hacienda y Administraciones Públicas

PETICIÓN AL CONSEJO DE ESTADO DE DICTAMEN SOBRE LOS DECRETOS DEL GOBIERNO DE CANARIAS QUE APRUEBAN Y CONVOCAN CONSULTAS CIUDADANAS

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Acuerdos por los que se solicita al Consejo de Estado su dictamen, con carácter urgente, antes del 24 de octubre, respecto a las propuestas de impugnación ante el Tribunal Constitucional de dos decretos de Canarias: el decreto 95/2014, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general de competencia de la Comunidad Autónoma; y el decreto 107/2014, de 2 de octubre, del presidente del Gobierno de Canarias, por el que se convoca consulta ciudadana para el 23 de noviembre mediante pregunta directa referida a "¿Cree usted que Canarias debe cambiar su modelo medioambiental y turístico por las prospecciones de gas o petróleo?".

Estos Acuerdos no tienen otro efecto que el de la solicitud del dictamen del Consejo de Estado con carácter urgente por su relevancia e inmediatez. No obstante, se detallan los argumentos de ambas propuestas de impugnación.

Impugnación del decreto que aprueba el Reglamento de las consultas a la ciudadanía

En este caso se impugna la regulación de las preguntas directas recogidas en los Capítulos I y III del Reglamento de las consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general de competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por el artículo único del citado decreto del Gobierno canario 95/2014, del 25 de septiembre pasado, por el que se aprueba el Reglamento de consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general de competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de las disposiciones derogatoria y finales de dicho decreto, en cuanto se refieran a las preguntas directas reguladas en los mencionados Capítulos I y III, por los siguientes motivos:

  • Las calificadas como consultas ciudadanas mediante pregunta directa constituyen materialmente un auténtico referéndum, al contemplar una consulta al cuerpo electoral a través de un verdadero procedimiento electoral.
  • La potestad de regulación y autorización de referéndums, sin embargo, corresponde exclusivamente al Estado, de acuerdo con los artículos 23, 81, 92 y 149.1.32ª de la Constitución Española.
  • Esta regulación, además, es recogida por la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, y la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

Impugnación del decreto que convoca la consulta ciudadana

Por su parte, el decreto 107/2014, de 2 de octubre, del presidente del Gobierno de Canarias, por el que se convoca consulta ciudadana mediante pregunta directa, "¿Cree usted que Canarias debe cambiar su modelo medioambiental y turístico por las prospecciones de gas o petróleo?", demanda una respuesta, sí o no, a esa pregunta y fija también el día 23 de noviembre de 2014 para su realización. La impugnación se fundamenta en dos tipos de motivos:

  • Por una parte, la Comunidad Autónoma de Canarias carece de competencia para convocar un auténtico referéndum, por los motivos expuestos en relación con el decreto 95/2014, que sirve de fundamento a la presente convocatoria.
  • Por otra parte, habida cuenta de la pregunta realizada, debe tenerse en cuenta que la competencia en materia energética corresponde al Estado en virtud de las reglas 13ª y 25ª del artículo 149.1 de la Constitución, sin que la competencia de Canarias sobre régimen energético alcance el mar territorial (Sentencia del Tribunal Constitucional 8/2013) y, además, como también ha puesto de manifiesto el Tribunal Constitucional (Auto 87/2011), en ningún caso podría la Comunidad Autónoma convocar una consulta sobre materias que no son de su competencia.

Ambas propuestas de impugnación se plantean con invocación del artículo 161.2 de la Constitución Española, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a fin de que se produzca la suspensión de los preceptos que se recurren y las restantes actuaciones de preparación para la convocatoria, así como de cualquier actuación vinculada a la consulta.

Interior

CREADO EL CENTRO DE INTELIGENCIA CONTRA EL TERRORISMO Y EL CRIMEN ORGANIZADO (CITCO)
  • Aprobada la modificación de la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. Una de las principales novedades es la creación del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO) como una nueva subdirección general, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad, mediante la integración del Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista (CNCA) y del Centro de Inteligencia Contra el Crimen Organizado (CICO).

El terrorismo y el crimen organizado constituyen dos de las principales amenazas para la seguridad nacional e internacional del siglo XXI. Además, las organizaciones criminales han demostrado ser flexibles, dinámicas, elusivas a la acción de las autoridades y adaptables a los cambios, y se han convertido en un gran reto para todos los países en su lucha contra el crimen organizado transnacional.

La relación entre actividades terroristas e individuos vinculados a otras labores delincuenciales es un hecho objetivo incontestable. La línea de separación entre el crimen organizado y el terrorismo es cada vez más tenue, y a fecha de hoy se ha constatado que los grupos terroristas utilizan cada día más el crimen organizado para su financiación mediante la comisión de hechos delictivos graves como el tráfico de drogas, el ciberdelito, los fraudes y los robos con fuerza, principalmente.

Los procedimientos de logística, financiación, captación de personal y transnacionalidad del crimen organizado y el terrorismo tienden a mimetizarse cada vez más.

En España, al menos, el 20 por 100 de las personas encarceladas por presunta pertenencia al terrorismo yihadista entre los años 2005 a 2011 habían estado ya en prisión por su participación en la comisión de otros delitos. La captación en las prisiones de criminales comunes para incorporase a la Yihad así como la globalización mundial que tan directamente se encuentra relacionada con el terrorismo y el crimen organizado, hacen necesaria y urgente una nueva metodología para afrontar estas amenazas, que debe pasar inexorablemente por sumar esfuerzos conjuntos de coordinación y análisis entre los organismos de respuesta ante este nuevo desafío.

Optimización de la lucha contra las amenazas

Para todo ello, la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior contaba hasta el momento con el Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista y el Centro de Inteligencia Contra el Crimen Organizado.

La situación actual obliga a la Administración Pública a impulsar iniciativas que persigan la optimización de recursos y servicios, buscando igualmente la eficiencia de medios y el ahorro económico mediante la eliminación de duplicidades administrativas, la cooperación entre Administraciones y la gestión de servicios y medios comunes.

El Ministerio del Interior considera que ha llegado el momento de dar un paso importante y decisorio para cumplir estos objetivos, al igual que optimizar la lucha contra estas amenazas mediante la integración de los centros antes mencionados. Para ello se crea el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO).

El CITCO será el órgano de recepción, integración y análisis de toda la información estratégica disponible referida al terrorismo, la criminalidad organizada y los radicalismos violentos, elaborando inteligencia estratégica y prospectiva. Ofrecerá una valoración de estas amenazas permanentemente actualizada, proponiendo y coordinando estrategias nacionales para combatirlas, y estableciendo los criterios de actuación y coordinación operativa entre los distintos organismos en los casos de coincidencia o duplicidad entre investigaciones que se desarrollan contra estos fenómenos.

Educación, Cultura y Deporte

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY QUE CREA EL CONSEJO DE COLEGIOS DE PEDAGOGOS Y PSICOPEDAGOGOS

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Educación, Cultura y Deporte sobre el Anteproyecto de Ley que crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos como corporación de derecho público, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Colegios Profesionales.

El Anteproyecto de Ley establece que en el plazo de dos meses desde su entrada en vigor se constituirá una comisión gestora compuesta por un representante de cada uno de los Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos existentes en el territorio nacional. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley, le corresponderá a esta Comisión Gestora elaborar unos Estatutos provisionales reguladores de los órganos de gobierno del Consejo General.

En el plazo de un año desde su constitución, el Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos elaborará los Estatutos previstos en los artículos 6.2 y 9.1.b) de la Ley de Colegios Profesionales, que serán sometidos a la aprobación del Gobierno, a propuesta del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Verificación de los Estatutos

Corresponderá al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte verificar la adecuación a la legalidad de los Estatutos provisionales una vez elaborados y ordenar, en su caso, su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La Ley de Colegios Profesionales establece en su artículo 4.4 que, cuando estén constituidos varios colegios de la misma profesión de ámbito inferior al nacional, existirá un Consejo General de Colegios, cuya creación ha de tener lugar mediante Ley del Estado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley del Proceso Autonómico, del 14 de octubre de 1983.Tal situación se produce en relación con la profesión de pedagogos y psicopedagogos, dado que en la actualidad existen tres colegios de ámbito autonómico, que fueron creados mediante las siguientes disposiciones:

  • Ley 14/2001, de 14 de noviembre, de Creación del Colegio de Pedagogos de Cataluña.
  • Ley 15/2001, de 29 de noviembre, de creación del Colegio Profesional de Pedagogos y Pedagogas de las Illes Balears.
  • Ley 3/2007, de 5 de febrero, de creación del Colegio Oficial de Pedagogos y Psicopedagogos de la Comunitat Valenciana.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

APROBADOS LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL Y ASISTENTES SOCIALES

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio ha aprobado, mediante un Real Decreto, los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.

El Consejo General es el superior órgano representativo, coordinador y ejecutivo, en los ámbitos nacional e internacional, de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, y, en su caso, de los Consejos Autonómicos en los que se integran.

Los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales fueron aprobados por un Real Decreto del 9 de febrero de 2001. La promulgación de normativa posterior a su aprobación en 2001 ha suscitado la necesidad de la revisión del texto estatutario, partiendo de la Directiva Comunitaria de Servicios y su consiguiente transposición al ordenamiento jurídico español.

A tal fin, se inició en el seno del Consejo la revisión del texto de los Estatutos, que culminó en la aprobación de un nuevo texto por la Asamblea General Extraordinaria del Consejo de 9 de junio de 2012, texto que se remitió para su aprobación y publicación como Real Decreto al Gobierno, a través del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, según las previsiones normativas vigentes, el 19 de junio de 2012.

Trascurridos dos años desde la iniciación del procedimiento mediante la remisión del proyecto al Ministerio y cumplidos todos los trámites, se ha considerado oportuno proceder a su tramitación.

Fomento

APROBADA UNA NUEVA REGULACIÓN DE TITULACIONES NÁUTICAS DE RECREO QUE FOMENTARÁ LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las titulaciones náuticas de embarcaciones de recreo, con el objetivo de fomentar la competitividad del sector.

La nueva regulación presenta cambios respecto a la normativa anterior en lo que se refiere a la formación para obtener una titulación náutica y a las atribuciones de dichas titulaciones. Además, se incluyen nuevas normas de reducción de cargas administrativas.

Titulaciones más versátiles y competitivas

El Real Decreto modifica las atribuciones de las titulaciones existentes con el ánimo de hacerlas más versátiles y competitivas, como por ejemplo el PER (patrón de embarcaciones de recreo), principal titulación de la náutica de recreo española, que permitirá mayores distancias de navegación, teniendo en cuenta la formación práctica adquirida por los patrones.

En relación con la formación, se introducen medidas de liberalización en la impartición de la formación teórica, que conseguirá una mayor competitividad en el ámbito formativo y una reducción de costes de los cursos preparatorios.

Además, se varían los temarios teóricos, reforzando el aprendizaje a través de una mayor formación práctica, esencial para garantizar la seguridad de la navegación.

Reducción de trabas administrativas

Por último, el Real Decreto introduce medidas para la reducción de trabas administrativas y requisitos para agilizar la expedición de las titulaciones, mediante la exigencia de aquella documentación estrictamente imprescindible, la promoción de medios telemáticos y el apoyo de la Administración a las federaciones y escuelas náuticas de recreo.

Con todo ello se espera que se favorezca el desarrollo de este sector en España, reforzando el atractivo del sector náutico español como elemento dinamizador de la economía española y del turismo, así como el fomento de la seguridad marítima.

Defensa

DECLARADO ZONA DE INTERÉS PARA LA DEFENSA EL "CAMPO DE ADIESTRAMIENTO DE LA SIERRA DEL RETÍN"

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declara zona de interés para la Defensa Nacional la propiedad denominada "Campo de Adiestramiento de la Sierra del Retín".

Este Campo situado entre las poblaciones de Barbate y Zahara de los Atunes, en Cádiz, es el único de que dispone la Armada para el adiestramiento de la Infantería de Marina en ejercicios anfibios, además de encontrarse en una situación geográfica muy conveniente por su proximidad a centros navales como San Fernando, Cádiz y Rota, donde tienen sus bases el Tercio de la Armada y los buques anfibios del Grupo de la Flota.

No contar con estas instalaciones o someter o condicionar su uso a limitaciones repercutiría en las capacidades operativas de las unidades de la Armada, que no alcanzarían el nivel de preparación adecuado. Por otro lado, la pérdida, inhabilitación o limitación de esa propiedad, incluso sólo en parte, implicaría la búsqueda y adquisición de una nueva zona.

El texto cuenta con el visto bueno de la Dirección General de Infraestructura y la Asesoría Jurídica General de la Defensa, así como con el de los ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Esta aprobación se hace en virtud de la Ley de 1975, que recoge el régimen jurídico de las zonas de interés de la Defensa Nacional. En su artículo 2 dispone que "se denominan zonas de interés para la Defensa Nacional las extensiones de terreno, mar o espacio aéreo que así se declaren en atención a que constituyan o puedan constituir una base permanente a un apoyo eficaz de las acciones ofensivas o defensivas necesarias para tal fin".

Asuntos Exteriores y de Cooperación

DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CONTRA LA PENA DE MUERTE

El Consejo de Ministros ha aprobado una Declaración del Gobierno con motivo del Día mundial y del Día europeo contra la Pena de Muerte.

El 10 de octubre se viene celebrando desde 2003 el Día Mundial contra la Pena de Muerte y, desde 2007, también el Día Europeo contra la Pena de Muerte.

El Gobierno de España quiere marcar el Día Mundial y Europeo contra la Pena de Muerte con una declaración institucional adoptada por el Consejo de Ministros, que reitera su oposición a la pena de muerte en toda circunstancia, con independencia de la gravedad del crimen cometido.

La promoción de la abolición de la pena de muerte es una prioridad de la política exterior de España en materia de derechos humanos. España ha desarrollado un papel destacado y reconocido por otros Estados en la defensa de la abolición de la pena de muerte en foros internacionales: Unión Europea, Consejo de Europa, Naciones Unidad y OSCE.

En los últimos años, la firme posición de España en contra de la pena de muerte se ha plasmado en la creación y apoyo posterior a la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte, y en la celebración en Madrid del V Congreso mundial contra la pena de muerte del 12 al 15 de junio de 2013.

España apoya, además, las campañas que cada dos años tienen lugar en Nueva York y en terceros países para lograr más votos en la resolución por una moratoria universal de la pena de muerte en la Asamblea General de Naciones Unidas. La próxima resolución se adoptará en la presente sesión de la Asamblea General de Naciones Unidas, Hacienda y Administraciones Públicas.

Fomento

APROBADOS COMPROMISOS DE GASTO PARA EL NUEVO CONTRATO DE LÍNEAS MARÍTIMAS ENTRE MELILLA Y LA PENÍNSULA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Fomento la licitación del nuevo contrato para la prestación del servicio de las líneas marítimas de interés general que conectan Melilla con la Península.

La cuantía total entre los años 2015 y 2017, para el conjunto de los contratos de líneas de interés público, asciende a 37,35 millones de euros, que incluyen las líneas Península-Melilla, Algeciras-Ceuta y Península-Canarias.

Hacienda y Administraciones Pública

AMPLIACIÓN DE MEDIOS PATRIMONIALES TRASPASADOS A ANDALUCÍA EN MATERIA DE CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de ampliación de los medios patrimoniales adscritos al Real Decreto 1096/1984, de traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de conservación de la naturaleza, tras el acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía el 12 de septiembre pasado.

El traspaso que se realiza es una finca urbana, situada en la carretera de Vilches, 83, en Úbeda (Jaén), en cumplimiento del régimen de distribución de competencias entre el Estado y Andalucía en materia de conservación de la naturaleza, habida cuenta que el inmueble patrimonial objeto de traspaso patrimonial se halla actualmente afecto a las funciones y servicios en dicha materia y que fueron objeto de traspaso.

La Comunidad Autónoma de Andalucía se subrogará en los derechos y obligaciones que sean inherentes a la titularidad del inmueble que se traspasa.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

AUTORIZACIÓN PARA DESARROLLAR EL PROYECTO LIFE RIVERPHY EN MURCIA
  • Tiene el objetivo de descontaminar el suelo del río Guadalentín, un afluente del Segura

El Consejo de Ministros ha ratificado la autorización provisional para suscribir el acuerdo que permitirá desarrollar el proyecto LIFE Riverphy en la Región de Murcia, suscrito entre la Confederación Hidrográfica del Segura, dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la Comunidad Autónoma de Murcia.

El proyecto LIFE denominado "Rehabilitación de un río contaminado por metales pesados mediante la técnica de fitoextracción" tiene como finalidad principal la descontaminación del suelo del río Guadalentín, un afluente del Segura. Este río, que se encuentra actualmente contaminado con metales pesados procedentes de industrias, granjas y agricultura de la zona, será sometido a un moderno sistema de descontaminación basado en la técnica de la fitoextracción.

La Subdirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de Murcia es el beneficiario coordinador de este proyecto LIFE, mientras que la Confederación Hidrográfica del Segura es el beneficiario asociado. El coste estimado del proyecto para el Organismo de cuenca es de 102.000 euros.

Agricultura, Alimentación y Medios Ambiente

TRANSFERENCIA DE 250.000 EUROS A ANDALUCÍA PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO "LIFE+ IBERLINCE" DURANTE 2014

El Consejo de Ministros ha acordado transferir 250.000 euros a la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo del proyecto "Life+ Iberlince" en 2014, de acurdo con los compromisos fijados en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, celebrada el 24 de febrero de 2014.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente impulsa la recuperación del lince ibérico en España coordinando las acciones realizadas por las distintas administraciones, en el marco del Grupo de trabajo del lince, y los centros de cría en cautividad de la especie. Realiza también transferencias a la Comunidad Autónoma andaluza para la cofinanciación del proyecto Iberlince.

El proyecto Life+ "Iberlince: Recuperación de la distribución histórica de Lince ibérico en España y Portugal" tiene por objetivo la conservación y recuperación del lince en España, a través de reintroducciones de ejemplares nacidos en cautividad procedentes del programa de cría en cautividad que se lleva a cabo en cuatro centros españoles y uno portugués.

Andalucía es el beneficiario del proyecto, en el que intervienen diecisiete socios, entre los que destacan las Comunidades Autónomas de Castilla la Mancha y Extremadura, el Organismo Autónomo Parques Nacionales, Portugal y un gran número de actores, entre ellos, ONGs. Cuenta con un presupuesto de 34.015.188 euros, de los cuales la Comisión Europea financia el 61,57por 100. Antes de que termine el Proyecto, se habrán llevado a cabo iniciativas de reintroducción en Castilla la Mancha y Extremadura, así como en Portugal.

El Proyecto se inició en septiembre de 2011 y el Ministerio se comprometió en su día a realizar una aportación total de 1.150.047 euros a lo largo de su periodo de vigencia hasta 2016. Esta aportación se ejecuta a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en el marco de las actuaciones del Fondo del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

Junto a la aprobada hoy para 2014, hasta la fecha se había transferido una dotación de 100.000 euros en 2013, aprobada por el Consejo de Ministros del 6 de diciembre de 2013, mientras que la cantidad restante comprometida por el Ministerio será abonada en los ejercicios de 2015 y 2016.

Defensa

ACUERDO MARCO PARA DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL EJÉRCITO DEL AIRE

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco, asi como de los contratos derivados que se adjudiquen basados en el mismo, cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, para el servicio de distribución y aditivación del combustible Jet A1 para su entrega al Ejercito del Aire como combustible JP8 en la Península y la Illes Balears, con un importe máximo estimado, IVA excluido, de 12.809.694,84 euros.

La duración del Acuerdo es por dos años y comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2015.

Al no contar el Ejército del Aire con personal propio para realizar los servicios, se necesita proceder a su contratación con el fin de conseguir que la operatividad de las unidades no se vea resentida. La distribución y aditivación del combustible se hará a través de las instalaciones de la Compañía Logística de Hidrocarburos S.A. (CLH), mediante el oleoducto "Rotanza".

Industria, Energía y Turismo

DESIGNADO COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA DE ELECTRICIDAD EN CEUTA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se designa comercializador de referencia de electricidad en la ciudad de Ceuta a la sociedad Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta comercialización de referencia S.A.U.

El Real Decreto del pasado 28 de marzo de 2014 por el que se establecía la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, aumentó el número de comercializadores de referencia de electricidad, con lo que se mejoraba la competencia para el pequeño consumidor.

Dicha norma establecía el procedimiento para la designación de tres nuevos comercializadores de referencia (a designar por las comercializadoras Cide HC-Energía S.L., Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta S.A. y Gaselec diversificación S.L), además de los cinco comercializadores de referencia existentes: Endesa Energía XXI S.L.U, Iberdrola Comercialización de Último Recurso S.A.U., Gas Natural S.U.R. SDG S.A., E.ON Comercializadora de Último Recurso S.L. y EDP Comercializadora de Último Recurso S.A..

En el Real Decreto hoy aprobado se designa comercializador de referencia a la sociedad Empresa Alumbrado Eléctrico de Ceuta S.A.U, que ejercerá su actividad en el territorio de la Ciudad de Ceuta.

Obligaciones

El nuevo comercializador de referencia deberá, obligatoriamente, atender a los consumidores que opten por acogerse al PVPC (Precio Voluntario para el Consumidor), a los que, cumpliendo los requisitos para acogerse al PVPC, contraten un precio fijo de suministro, así como a aquellos que tengan la condición de vulnerables, a los que deberá, en este caso, ofrecerles el bono social.

La empresa designada cumple, de acuerdo con el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia del 4 de agosto de 2014, con el requisito necesario para poder ser designado comercializador de referencia en Ceuta, al formar parte de un grupo empresarial de más de veinticinco mil clientes de media en los últimos doce meses.

Hacienda y Administraciones Públicas

MUFACE CEDE POR DIEZ AÑOS TRES LOCALES EN BILBAO A CRUZ ROJA ESPAÑOLA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se cede a Cruz Roja Española, por un período de diez años, el uso de tres locales, propiedad de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface) y actualmente desocupados y sin uso, situados en la calle Blas de Otero de Bilbao.

La Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en sus artículos 145 y 146, posibilita la cesión gratuita del uso de los bienes inmuebles de su propiedad, por razones de utilidad pública o de interés social, a las fundaciones públicas o asociaciones declaradas de utilidad pública. Cruz Roja Española ha solicitado la cesión de uso de estos tres locales, que sólo podrán ser destinados a los fines propios de la institución, entre otros, el Plan de Socorros y Emergencias, el Plan de Inclusión Social y Empleo y, en general, tareas de voluntariado.

Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia para las siguientes finalidades:

  • 876.121,51 euros para financiar dos créditos extraordinarios en el Ministerio de Fomento, destinados a cumplir sendas sentencias judiciales en relación con el 1por 100 cultural.

De ellos, 383.247,31 euros, al Ayuntamiento de Añora (Córdoba) para que, conforme a una sentencia del Tribunal Supremo, se continúe con la rehabilitación del entorno de la Iglesia de San Sebastián; y 492.874,20 euros al Ayuntamiento de Marchena (Sevilla), para cumplir la medida cautelar de la Audiencia Nacional destinada al pago de la subvención aprobada para la restauración de la muralla Mirador de Almohade.

  • 230.597,26 euros para financiar un crédito extraordinario en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para el abono de una indemnización, por responsabilidad patrimonial del Estado, a la sociedad Sage Overseas Limited, sucursal en España, por infracción del ordenamiento comunitario en materia del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • 281.950,57 euros para financiar un suplemento de crédito en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, destinados a cumplir una sentencia de la Audiencia Nacional por reclamo de intereses de demora por la Unión Temporal de Empresas "Emisario Mompas UTE", con motivo del retraso en el pago de la revisión de precios de determinadas certificaciones de obras del proyecto y documentación adicional del Emisario terrestre entre la EDAR de Loyola y Mompas, saneamiento del Área de San Sebastián-Bahía de Pasajes (Guipúzcoa).
  • 27.078,90 euros para financiar un suplemento de crédito en el Ministerio del Interior, destinados al pago del complemento de productividad a personal de la Guardia Civil por horas de servicios nocturnos, festivos y prestados en exceso sobre la jornada laboral ordinaria, según varias sentencias y autos judiciales.

Educación, Cultura y Deporte

OBRAS DE EMERGENCIA PARA EVITAR RIESGOS DE DERRUMBE EN UN MURO MEDIANERO EN EL MUSEO DE BURGOS

El Consejo de Ministros ha autorizado las obras de emergencia para evitar el derrumbe de la pared medianera entre el Palacio de Íñigo Angulo, sede del Museo de Burgos, y la denominada Casa Melgosa, aledaña al recinto museístico. El presupuesto total de los trabajos, que se iniciaron el pasado día 8 de septiembre, se eleva a 180.895 euros.

Esta actuación de carácter urgente se ha aprobado por el deterioro en que se encuentra el muro medianero entre ambos edificios, que anteriormente sufrió un derrumbe parcial sin producir daños porque los cascotes cayeron hacia un solar no transitado. El acuerdo para intervenir inmediata e íntegramente se adoptó con la finalidad de evitar los riesgos de caída de parte de la fachada principal de la Casa Melgosa hacia la vía pública, con el peligro que ello conlleva para los transeúntes, así como para impedir el arrastre del trasdosado del edificio del Museo de Burgos, donde se exponen bienes de gran valor cultural.

La actuación propuesta para evitar ambos riesgos pasa por la demolición total, por tramos, del muro deteriorado y su reconstrucción progresiva, también por tramos, para que no existan vacíos en el apoyo del edificio del museo.

Educación, Cultura y Deporte

DESESTIMADO EL RECURSO CONTRA LA DECLARACIÓN DE BIEN DE INTERÉS CULTURAL DEL JARDÍN HISTÓRICO DE PUENTE DE SAN MIGUEL (CANTABRIA)

El Consejo de Ministros, previo informe del Servicio Jurídico del Estado y dictamen del Consejo de Estado, ha acordado desestimar el recurso extraordinario de revisión contra el Real Decreto de 30 de diciembre de 1986 por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Jardín Histórico, la finca de la sociedad 'Puente de San Miguel, Sociedad Anónima', en Puente de San Miguel, Reocín (Cantabria).

El recurso, interpuesto el 6 de febrero de 2014 por la Asociación de Damnificados, ha sido desestimado por el Gobierno en base a que el mismo no fue presentado dentro del plazo de cuatro años desde la publicación del acto impugnado, habiendo transcurrido veintisiete años desde entonces. Asimismo, se señala que los documentos aportados en el recurso no evidencian la existencia de error alguno en el acto impugnado, sino que todo lo más manifiestan una discrepancia técnica con el ámbito de la declaración de interés cultural.

En la desestimación del recurso se señala que en los informes aportados por la Asociación se realizan objeciones a la delimitación del entorno de protección del bien instruido por el Gobierno de Cantabria, sin que se indique en ningún momento que la declaración de bien de interés cultural incurra en error alguno. Igualmente, se indica que, respecto del acto impugnado, carece de relación el documento aportado por el Ayuntamiento de Reocín que ordena la paralización de unas obras llevadas a cabo sin licencia en el barrio Molino del Puente de San Miguel.

Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO CON SENEGAL SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República del Senegal.

La suscripción del presente Convenio, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros el pasado 21 de febrero de 2014, responde a los siguientes objetivos:

  • Establecer un instrumento de cooperación jurídica internacional entre España y Senegal.
  • Facilitar el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas en el extranjero en el país de la nacionalidad del condenado.
  • Combatir el desarraigo social producido por el internamiento en un país distinto al de origen.
  • Favorecer la integración.

El Convenio está dirigido a nacionales españoles condenados y que cumplen pena en la República de Senegal, y a los nacionales senegaleses condenados y que cumplen pena en España.

El Convenio regula, entre otros asuntos, las condiciones y requisitos para la solicitud y ejecución del traslado, los derechos de información de las Partes, la designación de las Autoridades Centrales, que en ambos casos es el Ministerio de Justicia respectivo, y las peculiaridades en la ejecución del traslado y de la condena con carácter general, manteniendo el principio de "non bis in idem" y de información al Estado de condena. Además, se recogen los supuestos de modificación de la pena (indulto, amnistía o conmutación de ésta), así como la asunción de los gastos de traslado por el Estado de cumplimiento de la pena.

Por otra parte, el texto contiene referencias a la asistencia consular a las personas detenidas, así como a las infracciones no internacionales.

BIOGRAFÍAS

Justicia

Secretaria de Estado de Justicia.-

Dª CARMEN SÁNCHEZ-CORTÉS MARTIN.

Nacida en 1965 en Sevilla, es Licenciada en Derecho por la Universidad Hispalense y pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Master en Dirección Pública por la Escuela de Hacienda Pública.

Fue subdirectora general adjunta de Ordenación de la Función Pública, vocal asesora en el Gabinete Técnico del Subsecretario de Industria y Energía, subdirectora general de Recursos Humanos del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y vocal asesora del Gabinete de la Subsecretaría del Ministerio del Interior. En 2005 fue nombrada directora de Administración en el Instituto Nacional de Meteorología. Ha sido subdirectora general adjunta de Programación e Incentivación del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y desde enero de 2012 era directora general de la Función Pública.

Secretario general de la Administración de Justicia.-

D. ANTONIO DORADO PICÓN.

Nacido el 9 de diciembre de 1955 en El Coronil (Sevilla), es Licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla y permanece al Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales. Fue presidente del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales entre 1996 y 2008.

Ha sido vocal nato de la Comisión General de Codificación y vocal electivo del Centro de Estudios Jurídicos. Máster oficial de "Derecho Patrimonial Privado en el Mercado Global" de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, en la que desde 2003 es profesor asociado de Derecho Procesal. En 2008 fue nombrado vocal del Consejo General de Poder Judicial y en 2012 fue designado miembro de la Comisión Institucional para la elaboración de una propuesta de texto articulado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y presidente de la Comisión Institucional para elaborar una propuesta de texto articulado de la Ley de Demarcación y Planta Judicial.

Defensa

Auditor presidente del Tribunal Militar Central (Madrid).-

General Consejero Togado D. RAFAEL EDUARDO MATAMOROS MARTÍNEZ.

Nacido el 9 de octubre de 1957, es Doctor en Derecho e ingresó como Teniente Auditor en 1981.

Ha estado destinado en los Juzgados Togados Militares Permanentes de Instrucción de Canarias y Barcelona, en la Asesoría Jurídica de la Dirección General de la Guardia Civil y en el Cuartel General de la Eurofuerza Operativa Rápida, donde fue jefe de unidad. Posteriormente se incorporó a la subdirección general de Recursos e Información Administrativa del Ministerio de Defensa, donde fue sucesivamente consejero técnico, jefe de unidad y jefe de área. Más tarde fue director de la Escuela Militar de Estudios Jurídicos y subdirector general de Recursos e Información Administrativa del Ministerio de Defensa. Desde octubre de 2011 era Vocal Togado del Tribunal Militar Central (Madrid).

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