Referencia del Consejo de Ministros

27.6.2014

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Madrid

SUMARIO

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey.

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se califican como Centros de Referencia Nacional a la Escuela Superior de Hostelería y Agroturismo de Extremadura, en el área profesional Agroturismo de la familia profesional Hostelería y turismo, y al Centro Nacional de Formación Ocupacional de Don Benito, en el área profesional Agricultura de la familia profesional Agraria, en el ámbito de la formación profesional.
  • REAL DECRETO por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal respecto de los impuestos sobre la renta y su Protocolo, firmados en Madrid el 22 de febrero de 1990 y del Memorando de Entendimiento.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre España y Hungría sobre intercambio y protección recíproca de información clasificada.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Acuerdo entre ADIF-Alta Velocidad, Ifercat e Infraestructures.cat para regular las condiciones de pago y de entrega de las obras de un muro-pantalla en la futura estación de La Sagrera.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 1.864.489.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón a formalizar préstamos y emitir deuda pública por un importe máximo de 425.429.376,28 euros.
  • ACUERDO por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el periodo 2015-2017, y el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para 2015.
  • ACUERDO por el que se adecua el objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para 2014.

Interior

  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Delegación en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y se autoriza una contribución ordinaria a favor de ACNUR por un importe de 270.848 euros.

Fomento

  • ACUERDO para el traspaso a ADIF-alta velocidad de determinados tramos de la línea convencional Plasencia-Cáceres-Mérida-Badajoz.
  • ACUERDO para el traspaso a ADIF-alta velocidad de la sección de la línea convencional Bobadilla-Granada comprendida entre los pp.kk. 59,560 y 86,520, y de la estación de Loja.
  • ACUERDO por el que se declara excluido del procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto "Protección del frente litoral de San Andrés", consistente en la construcción de un espigón exento para la defensa de la costa ubicado en aguas que forman parte de la zona de servicio del puerto de Santa Cruz de Tenerife.

Empleo y Seguridad Social

  • REAL DECRETO por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Seguridad y medio ambiente que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Informática y comunicaciones establecidos en el Real Decreto 1531/2011, de 31 de octubre y en el Real Decreto 686/2011, de 13 de mayo, modificados por el Real Decreto 628/2013, de 2 de agosto.
  • ACUERDO por el que se impone una sanción de 303.263,63 euros a la empresa Oremar, S.A., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social formalizada por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Castelló/Castellón.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español.
  • REAL DECRETO por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias y para su inscripción y baja en el Registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en Jamaica a D. ANÍBAL JULIO JIMÉNEZ Y ABASCAL.
  • REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República de las Islas Marshall, con residencia en Manila, a D. LUIS ANTONIO CALVO CASTAÑO.
  • REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República de Palaos, con residencia en Manila, a D. LUIS ANTONIO CALVO CASTAÑO.
  • REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República de Moldova, con residencia en Bucarest, a D. RAMIRO FERNÁNDEZ BACHILLER.

Economía y Competitividad

AMPLIACION DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Hacienda y Administraciones Públicas

EL LÍMITE DE GASTO PARA 2015 ALCANZA LOS 129.060 MILLONES DE EUROS, UN 3,2 POR 100 MENOS QUE EN 2014
  • El Gobierno ha decidido acelerar el ritmo de reducción del déficit en 2014 estableciendo un objetivo más ambicioso, del 5,5 por 100 del PIB en lugar del 5,8 por 100 exigido
  • El déficit de la Administración central se reducirá progresivamente hasta alcanzar el 1,1 por 100 del PIB en 2017
  • El resto de Administraciones también se suman al esfuerzo de consolidación fiscal. Tanto las Comunidades Autónomas como las Entidades Locales y la Seguridad Social tendrán equilibrio presupuestario en 2017

El Consejo de Ministros ha aprobado el objetivo de estabilidad presupuestaria para el año 2015, así como también el límite de gasto no financiero del Estado para ese ejercicio. De esta forma, se da aplicación a lo establecido por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, iniciando el proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.

Cabe recordar que el pasado 30 de abril el Gobierno remitió a Bruselas el Programa de Estabilidad para el período 2014-2017, en el que se contiene la nueva senda de consolidación fiscal hasta el año 2017.

Acelerado el ritmo de reducción

Asimismo, y dado que el objetivo prioritario de la política presupuestaria del Gobierno continúa siendo la reducción del déficit público y el cumplimiento de los compromisos de consolidación fiscal con la Unión Europea, el Gobierno ha decidido acelerar el ritmo de reducción del déficit en 2014 estableciendo un objetivo más ambicioso, del 5,5 por 100 del PIB -en lugar del 5,8 por 100 exigido-, lo que supone reducir 1,1 puntos el déficit respecto al ejercicio anterior, con el objeto de asegurar el cumplimiento de la senda de consolidación establecida en el marco del Procedimiento de Déficit Excesivo, que sitúa el déficit por debajo del 3 por 100 del PIB en 2016.

El esfuerzo de reducción del déficit público supone continuar aplicando una política de control del gasto público en el conjunto de Administraciones Públicas que ha de conducir a alcanzar el objetivo de déficit del 2,8 por 100 del PIB en 2016, en coherencia con las recomendaciones dadas por el Consejo Europeo y, una vez alcanzado este objetivo, seguir avanzando hacia el equilibrio presupuestario a medio plazo.

Objetivos de déficit

La nueva senda supone el cumplimiento de unos objetivos de déficit del 5,5 por 100 del PIB para 2014, el 4,2 por 100 en 2015, el 2,8 por 100 para 2016, y el 1,1 por 100 para 2017.

En el desglose por Administraciones Públicas, el déficit de la Administración Central se reducirá progresivamente hasta alcanzar el 1,1 por 100 del PIB en 2017.

Las administraciones territoriales también se suman al esfuerzo de consolidación fiscal. Tanto las Comunidades Autónomas como las Entidades Locales tendrán equilibrio presupuestario en 2017.

Finalmente, la Seguridad Social irá reduciendo su déficit hasta alcanzar el equilibrio presupuestario en 2017.

Objetivos de deuda pública

Por lo que se refiere a los objetivos de deuda pública para el periodo 2015-2017, se han fijado los siguientes para el conjunto de administraciones públicas y para cada uno de sus subsectores:

En porcentaje del PIB
2015 2016 2017
Administración Central y Seguridad Social76,376,474,3
Comunidades Autónoma21,521,320,6
Entidades Locales3,93,83,6
Total Administraciones Públicas 101,7 101,5 98,5

Límite de gasto no financiero del Estado para 2015

Junto a este objetivo de estabilidad presupuestaria, el Gobierno también ha remitido al Parlamento el límite de gasto no financiero del Estado para 2015, que asciende a 129.060 millones de euros y que supone una disminución del 3,2 por 100 respecto del Presupuesto de 2014. Este límite es consistente con el gasto en términos de Contabilidad Nacional que resulta del objetivo de déficit establecido para el Estado y de los ingresos no financieros previstos.

El objetivo fijado en 2015 para el Estado es un déficit del 2,9 por 100 del PIB, equivalente a 30.959 millones de euros. La previsión de ingresos no financieros del Estado para 2015 asciende a 133.712 millones de euros.

Los ajustes de Contabilidad Nacional previstos que deben considerarse para establecer la equivalencia con el presupuesto para 2015 ascienden a -2.670 millones de euros.

(Acuerdo techo de gasto)

Presidencia del Gobierno

REESTRUCTURACIÓN DE LA CASA DE S.M. EL REY

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro de 1988 sobre reestructuración de la Casa de S.M. el Rey.

Una vez producida la proclamación de Su Majestad Don Felipe VI como Rey de España, se ha planteado la necesidad de modificar la estructura de su Casa para adaptar la organización de la misma a la actual composición de la Familia Real y garantizar su eficaz funcionamiento.

El texto del Real Decreto recoge la creación, en la Secretaría General de la Casa de S.M. el Rey, de la Secretaría de S.M. el Rey Don Juan Carlos, que también prestará los apoyos necesarios a S.M. la Reina Doña Sofía. Además, dada la minoría de edad de la Princesa de Asturias, S.A.R. Doña Leonor, ha desaparecido la necesidad de mantener la Secretaría de S.A.R, el Príncipe de Asturias, Secretaría que se suprime.

Por otra parte, el Real Decreto señala que también dependerá directamente del Jefe de la Casa un Consejero Diplomático, que prestará asistencia a la Casa de S.M. el Rey en el ámbito de las relaciones internacionales. Las funciones del Consejero Diplomático podrán ser asumidas por el responsable de cualquiera de las Unidades integradas en la Secretaria General o por otra persona designada al efecto en los términos establecidos en este Real Decreto.

Unidades

Después de la aprobación de este Real Decreto la Secretaría General de la Casa de S.M. el Rey se estructura en las siguientes Unidades:

  • Secretaría de S.M. el Rey Don Juan Carlos.
  • Gabinete de Planificación y Coordinación.
  • Secretaría de S.M. la Reina.
  • Servicio de Seguridad.
  • Comunicación.
  • Protocolo.
  • Administración, Infraestructura y Servicios.

Tendrán la consideración de personal de dirección el Consejero Diplomático, los jefes titulares de estas Unidades, así como el Interventor de la Casa de Su Majestad el Rey.

Fomento

APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO DEL AIRE, ARMONIZADO CON LA NORMATIVA COMÚN EUROPEA
  • Se aprueba seis meses antes de su entrada en vigor, el 4 de diciembre de 2014, para facilitar la formación de los profesionales del sector
  • Supone una mejora de los procedimientos y un primer paso para armonizar la regulación europea y facilitar la plena implantación del Cielo Único.

El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministerios de Fomento y Defensa, ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla el Reglamento del aire y las disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, armonizándolos con la normativa europea de las Reglas del Aire (SERA, sus siglas en inglés).

El Real Decreto constituye un complemento del marco jurídico del Cielo Único Europeo, dirigido a mejorar la seguridad aérea, incrementar la capacidad del espacio aéreo y reducir el impacto medioambiental de los vuelos.

El objetivo de este Real Decreto es armonizar la normativa española con el Reglamento Sobre Reglas del Aire Europeas Armonizadas (SERA) que regula las reglas de la circulación aérea en el espacio aéreo europeo, en el marco del Cielo Único, y que entrará en vigor antes del 4 de diciembre de este año.

Primer paso para armonizar la regulación europea

La aplicación del SERA supone un primer paso para armonizar las regulaciones de la navegación aérea entre todos los Estados miembros y mejorar, así, la seguridad jurídica y operacional en el ámbito de la Unión Europea. Esto facilitará la implantación de los bloques funcionales de espacio aéreo y la circulación de las aeronaves dentro de la Unión Europea, y minimizará las diferencias originadas por la coexistencia de distintas reglas del aire nacionales sobre los vuelos interiores en la Unión. Para España tiene especial relevancia el marco jurídico SERA para los trabajos del bloque funcional de espacio aéreo con Portugal.

Este Real Decreto, que se ha aprobado seis meses antes de la entrada en vigor del SERA para facilitar la formación a los profesionales y que ha contado en su elaboración con la colaboración del sector, permitirá disponer a partir del próximo 4 de diciembre de 2014 de un marco regulatorio único, integrado y armonizado con las disposiciones de la Unión Europea en materia de circulación aérea, con lo que se da un paso más en la convergencia normativa que establece el proyecto de Cielo Único Europeo.

Mejoras de procedimiento

Algunas de esas materias relevantes que el Reglamento comunitario remite a la regulación nacional constituyen, en su mayor parte, mejoras de procedimiento y tramitación respecto al marco vigente, como la simplificación de los procedimientos para autorizar operaciones especiales (policía, aduana, salvamento, etcétera), y abren diferentes posibilidades para simplificar los planes de vuelo, así como para su presentación, bien mediante radio en ciertas circunstancias o en el futuro por medios informáticos.

Además, el Real Decreto modifica otro del 18 de enero de 2002, por el que se aprobó el Reglamento de Circulación Aérea, con el objetivo de evitar riesgos de duplicidades con diferente normativa de la Unión Europea.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REGULADO EL RECONOCIMIENTO DE LAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PRIORITARIAS DEL SECTOR AGROALIMENTARIO
  • Se favorece la integración de productores y entidades para la constitución o ampliación de entidades de ámbito supra-autonómico para ganar dimensión y reforzar su poder de negociación

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias (EAP) y para su inscripción y baja en el registro nacional, previsto en la Ley de Fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.

La nueva norma, que se enmarca dentro de los cambios estructurales emprendidos por el Gobierno, refleja la importancia de promover un modelo cooperativo mucho más potente en dimensión, ambición innovadora y proyección internacional, para contribuir a que el sector supere sus deficiencias y despliegue todo su potencial.

Así, mediante el reconocimiento de entidades asociativas prioritarias, se favorece la fusión e integración de productores y entidades para la constitución o ampliación de entidades asociativas de carácter agroalimentario, con implantación y ámbito económico de carácter supra-autonómico, para reforzar su posición de negociación.

Reconocimiento

El Real Decreto establece que podrán ser reconocidas como entidades asociativas prioritarias las sociedades cooperativas, las cooperativas de segundo grado, los grupos cooperativos o las sociedades agrarias de transformación.

Asimismo, podrán optar a este reconocimiento las organizaciones de productores con personalidad jurídica propia, reconocidas de acuerdo con la normativa comunitaria en el ámbito de la Política Agraria Común (PAC); y las entidades civiles y mercantiles, siempre que más del 50 por 100 de su capital social pertenezca a sociedades cooperativas, a organizaciones de productores o a sociedades agrarias de transformación.

En el caso de que estas entidades económicas tengan la forma de sociedad anónima, sus acciones deberán ser nominativas.

Requisitos

La nueva norma fija los requisitos que deberán reunir las Entidades Asociativas Prioritarias, como el carácter supra-autonómico, tanto en el número de socios, como en cuanto a la actividad económica, que no podrá exceder del 90 por 100 en una Comunidad Autónoma concreta.

Este porcentaje se ha flexibilizado al 95 por 100 cuando más del 60 por 100 de la producción nacional se concentra en una Comunidad Autónoma, o cuando la entidad desarrolle su actividad en más de un 50 por 100 en una Comunidad Autónoma con más de cinco provincias.

El Real Decreto establece la comercialización conjunta de la totalidad de la producción por la EAP, comercialización de la totalidad de la producción de sus asociados, para los productos reconocidos como prioritarios.

Se exige, igualmente, un volumen de facturación anual mínimo, que se establece según modalidades de reconocimiento sectorial o multisectorial.

El nuevo Real Decreto marca también los requisitos para la inscripción y baja del registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, de cuya gestión, mantenimiento y actualización se encargará el Ministerio, así como de las modificaciones de sus actos inscribibles, la pérdida de la condición de EAP, su disolución y baja.

Desarrollo legal

El reconocimiento de la Entidad Asociativa Prioritaria y el Plan Estatal de Integración Asociativa suponen el desarrollo de los dos instrumentos previstos en la Ley de Fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario para impulsar un modelo cooperativo empresarial, profesionalizado, generador de valor y empleo y con dimensión relevante.

Se contribuye, así, a la sostenibilidad del sector agroalimentario español y, especialmente, al mantenimiento y desarrollo de la economía del mundo rural.

En España hay cerca de cuatro mil Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) que, con una facturación superior a veinticinco mil millones de euros en 2012, cuentan con más de un millón de socios, mantienen cerca de cien mil empleos directos y representan un sector básico en el entramado productivo, industrial y comercializador de la cadena agroalimentaria.

A pesar de esta fortaleza, se trata de un sector atomizado, lo que determina su escaso poder de negociación frente a otros eslabones de la cadena agroalimentaria. Para paliar esta situación, el Gobierno puso en marcha la Ley de Fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario y la Ley de Medidas para mejorar la cadena alimentaria, como parte de las reformas estructurales impulsadas para lograr la integración, innovación e internacionalización del sistema agroalimentario español para consolidar los mercados exteriores.

Interior

TOMA DE CONOCIMIENTO DEL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y ACNUR SOBRE LA GESTIÓN DEL DERECHO DE ASILO

El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio del Interior y la delegación en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). El objetivo del convenio es garantizar la participación de ACNUR en el procedimiento de determinación de la condición de refugiado y de concesión del derecho de asilo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, del 30 de octubre de 2009.

Mediante este acuerdo también se autoriza la contribución ordinaria a favor de ACNUR por un importe de 270.848 euros. ACNUR, por su parte, se compromete a proporcionar cinco puestos de oficiales de protección para ejercer los cometidos que la legislación de asilo atribuye a este organismo.

El texto legal establece que ACNUR debe intervenir preceptivamente en el procedimiento de concesión del derecho de asilo mediante la emisión de informe preceptivo sobre cualquier solicitud; el derecho a entrevistarse con el solicitante en cualquier momento, incluso en frontera; o la participación en la Comisión Interministerial de asilo y refugio, entre otras funciones legalmente previstas.

España viene financiando desde el año 2009 la participación de ACNUR, asumiendo los gastos derivados de las retribuciones de sus representantes, así como los de sus desplazamientos por el territorio nacional para realizar las funciones que la legislación de asilo le atribuye.

Hacienda y Administraciones Públicas

REMISIÓN A LAS CORTES DEL PROTOCOLO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO CON ESTADOS UNIDOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal respecto de los impuestos sobre la renta, cuyo anterior Protocolo fue firmado en Madrid el 22 de febrero de 1990.

El nuevo Protocolo, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el 14 de diciembre de 2012 y que fue rubricado el 14 de enero de 2013 por el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y el Embajador de Estados Unidos en España, supone una mejora y actualización del convenio en vigor, que favorecerá la inversión española en Estados Unidos y la estadounidense en España.

Con este acuerdo España da un paso más en su compromiso de renegociar todos aquellos convenios que, por el paso del tiempo y las estrechas relaciones económicas que se mantienen con determinados países, necesitan adaptarse a las nuevas circunstancias.

Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZACIÓN A MADRID Y ARAGÓN A FORMALIZAR PRÉSTAMOS Y EMITIR DEUDA PÚBLICA

El Consejo de Ministros ha autorizado a las Comunidades Autónomas de Madrid y Aragón a formalizar operaciones de préstamos y emisión de deuda pública antes del 31 de diciembre de 2014.

El coste máximo para operaciones con una vida media no superior a diez años es de un diferencial de cincuenta puntos básicos con respecto a la Deuda del Estado de similares características, incluyendo comisiones y otros gastos.

ARAGÓN

La Comunidad Autónoma de Aragón ha solicitado autorización para formalizar préstamos y emitir deuda pública para refinanciar el préstamo correspondiente a la primera fase del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores. Al tratarse de una refinanciación la operación autorizada no supondrá un aumento del endeudamiento de la Comunidad Autónoma al final del ejercicio. El importe máximo autorizado es 425.429.376,28 euros.

MADRID

Por su parte, la Comunidad de Madrid ha solicitado autorización para formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública para financiar el objetivo de estabilidad presupuestaria de 2014, fijado en un déficit del 1 por 100 del PIB regional. En este caso el importe máximo autorizado asciende a 1.864.489.000 euros.

Empleo y Seguridad Social

DOS CENTROS DE EXTREMADURA, CALIFICADOS COMO CENTROS DE REFERENCIA NACIONAL EN FORMACIÓN PROFESIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se califican como Centros de Referencia Nacional a la Escuela Superior de Hostelería y Agroturismo de Extremadura, en el área profesional Agroturismo de la familia profesional Hostelería y turismo, y al Centro Nacional de Formación Ocupacional de Don Benito (Badajoz), en el área profesional Agricultura de la familia profesional Agraria, en el ámbito de la formación profesional.

Se trata de los dos primeros centros que se califican de todos los que forman la red nacional formado por cincuenta centros -al menos, uno por cada Comunidad Autónoma-. Estos centros dan cobertura a todas las familias profesionales en las que se estructura el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, abarcando a todos los sectores productivos.

Los Centros de Referencia Nacional, regulados por un Real Decreto del 15 de febrero de 2008, han sido concebidos como una institución al servicio de los sistemas de formación profesional. Su objetivo es facilitar una formación profesional más competitiva y dar respuesta a los cambios en la demanda de cualificación de los sectores productivos. Se distinguen por programar y llevar a cabo acciones de carácter innovador, experimental y formativo en materia de formación profesional que sirvan de referente al conjunto del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales. Su trabajo constituye un referente orientador para el sector productivo y formativo.

Fomento

AUTORIZADO UN ACUERDO ENTRE ADIF ALTA VELOCIDAD, IFERCAT E INFRAESTRUCTURES.CAT SOBRE UN MURO EN LA SAGRERA

El Consejo de Ministros ha ratificado la autorización provisional para la suscripción de un acuerdo entre ADIF Alta Velocidad, Infraestructures Ferroviàries de Catalunya (IFERCAT) e Infraestructures.cat (anteriormente GISA) para regular las condiciones de pago y entrega de las obras de un muro-pantalla en la futura estación de La Sagrera, en Barcelona.

El desarrollo de las obras del entorno ejecutadas hasta la fecha requirió que la anterior entidad pública GISA anticipara la construcción de parte de un muro-pantalla de la futura estación de La Sagrera durante la ejecución de la línea 9 del Metro de Barcelona para evitar afecciones a los túneles de Metro existentes en la zona.

Este muro, cuyas obras ya están finalizadas, constituye un elemento estructural compartido por las infraestructuras ferroviarias y de Metro y se vincula al proyecto de construcción de la estructura de la estación de La Sagrera.

ADIF Alta Velocidad abonará un total de 6.875.000, IVA excluido, del coste total de la obra, que ha ascendido a 9.573.996 euros, IVA excluido, según los acuerdos alcanzados entre ADIFf y la sociedad Barcelona Sagrera Alta Velocidad en 2009.

Fomento

TRASPASO A ADIF ALTA VELOCIDAD DE VARIOS TRAMOS DE LÍNEAS CONVENCIONALES ENTRE PLASENCIA Y BADAJOZ

El Consejo de Ministros ha autorizado el traspaso de titularidad de ADIF a ADIF Alta Velocidad de varios tramos de líneas de ancho convencional en Extremadura, entre las estaciones de Plasencia y Badajoz, lo que permitirá poner en explotación, a corto plazo, la plataforma construida o en ejecución de la Línea de Alta Velocidad (LAV) Madrid-Extremadura.

Esta línea tendrá continuidad en los accesos a las estaciones de Plasencia, Cáceres, Mérida y Badajoz a través de diversos tramos de líneas convencionales, en los que se realizarán las actuaciones necesarias para la implantación de traviesas polivalentes. De este modo, la circulación de servicios de alta velocidad podrá desarrollarse en perfectas condiciones de operatividad y seguridad. Además, la utilización de traviesas polivalentes permitirá la implantación posterior del ancho de vía UIC.

Los tramos de ancho convencional que enlazarán con la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura son los siguientes:

  • Tramo Monfragüe-Plasencia: desde el punto kilométrico (p.k.) 0/000 al p.k. 16/700.
  • Tramo Monfragüe-Ag.Km.4,4-Monfragüe-Ag.Km255,4: desde el p.k. 0/000 al p.k. 2/700.
  • Línea Madrid-Valencia de Alcántara: desde el p.k. 251/625 al p.k. 332/833.
  • Línea Aljucén-Cáceres: desde el p.k. 0/000 al p.k. 65/443.
  • Línea Ciudad Real-Badajoz: desde el p.k. 453/000 al p.k. 512/351.

Fomento

TRASPASO A ADIF ALTA VELOCIDAD DE 27 KM DE LA LÍNEA DE ANCHO CONVENCIONAL BOBADILLA-GRANADA
  • Permitirá poner en explotación, a corto plazo, la plataforma de la Línea de Alta Velocidad Antequera-Granada, tras las actuaciones necesarias en la línea convencional

El Consejo de Ministros ha aprobado la autorización del traspaso de titularidad de ADIF a ADIF Alta Velocidad de un tramo de 27 km de la línea de ancho convencional Bobadilla-Granada, y de la estación de Loja, en la provincia de Granada, con el objetivo de facilitar el desarrollo de la nueva línea de alta velocidad.

Esta medida facilitará la puesta en explotación, a corto plazo, de la plataforma construida o en ejecución de la Línea de Alta Velocidad (LAV) Antequera-Granada.

La LAV tendrá, así, continuidad a través de la sección comprendida entre los puntos kilométricos 59/560 y 86/520 de la actual línea convencional Bobadilla-Granada, en la que se realizarán las actuaciones necesarias para la implantación de vía electrificada de ancho mixto. De este modo, la circulación de servicios de alta velocidad entre Antequera y Granada podrá desarrollarse en perfectas condiciones de operatividad y seguridad.

Fomento

DECLARADO DE EMERGENCIA EL PROYECTO "PROTECCIÓN DEL FRENTE LITORAL DE SAN ANDRÉS", EN TENERIFE

El Consejo de Ministros ha autorizado la exclusión del trámite normalizado de evaluación ambiental del proyecto "Protección del frente litoral de San Andrés", en la Isla de Tenerife, al ser considerada la actuación como de emergencia. Esta decisión supondrá que el proyecto se realice de manera inmediata ante el riesgo de aparición de situaciones climatológicas que pudieran producir nuevas inundaciones en las áreas situadas tras la actual escollera de defensa.

El proyecto, que consistirá en la construcción de un espigón exento paralelo a la costa a una distancia de entre 90 y 130 metros y un dique de cierre perpendicular a la misma, tendrá un plazo de ejecución de diez meses y será licitado por el Ministerio de Fomento a través de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

Tal y como se recoge en la Ley de Evaluación Ambiental de 2013 para los casos de emergencia, se han establecido un conjunto medidas preventivas y correctoras y un programa de seguimiento ambiental general de las obras.

Empleo y Seguridad Social

APROBADOS CINCO NUEVOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Seguridad y medio ambiente, y se actualizan dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Informática y comunicaciones.

Los certificados de profesionalidad y su formación asociada tienen como objetivo impulsar y extender entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que contribuya a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales, conjugando las necesidades de las personas, de las empresas, de los territorios y de los sectores productivos.

El Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad está constituido por un total de 587 certificados distribuidos en 26 familias profesionales, lo que permite configurar una oferta formativa para todos los sectores productivos respondiendo a los tres niveles de cualificación profesional del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

Asimismo, se aprovecha la publicación de este Real Decreto para derogar diecinueve certificados de profesionalidad establecidos en sendos Reales Decretos publicados entre los años 1995 y 1999 que no se ajustan a lo establecido en la Ley Orgánica de las Cualificaciones y la Formación Profesional, de 2002.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON HUNGRÍA SOBRE INTERCAMBIO Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y Hungría sobre intercambio y protección recíproca de información clasificada.

El Acuerdo responde a un objetivo que es común a todos los convenios sobre información clasificada: establecer el marco normativo con arreglo al cual se va a efectuar el acceso a la información, su protección, transmisión, reproducción y destrucción; el régimen de visitas y además aspectos usuales en este tipo de tratados.

La firma de este Acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje, o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Así pues, el Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales entre ambos países en este sector, que en la actualidad son reducidos.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

MODIFICADA LA NORMATIVA DE APLICACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR VITIVINÍCOLA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la normativa vigente para la aplicación del programa de apoyo 2014- 2028 al sector vitivinícola español.

La modificación de este Real Decreto responde a la obligación de la normativa comunitaria, dictada en julio de 2013, por la que los Estados miembros deben fijar unas fechas para que aquellos beneficiarios de las ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo, inversiones, promoción o destilación de subproductos, que soliciten anticipos de fondos, comuniquen el estado de gastos de estos anticipos a los organismos pagadores dos veces al año, en función del tipo de ayuda.

Además, incluye la fecha de comunicación de los organismos pagadores al Fondo Español de Garantía Agraria, para que éste, a su vez, la remita a la Comisión Europea. Todas estas ayudas están enmarcadas en el Programa de Apoyo al sector del vino español 2014-2018.

Con esta modificación también se pretende facilitar el cumplimiento de la presentación de la garantía de buena ejecución a la que se obliga a los beneficiarios de la ayuda a las inversiones al ampliar el plazo de quince días a dos meses.

BIOGRAFIAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajador de España en Jamaica.-

D. ANÍBAL JULIO JIMÉNEZ Y ABASCAL.

Nacido el 1 de mayo de 1948, es Licenciado en Filosofía y Letras y en Ciencias Políticas e ingresó en 1973 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Siria, ante el Consejo de Europa y Cuba. Ha sido cónsul general de España en Montevideo, Hamburgo y Tánger, y subdirector general de Convenios y Organismo Internacionales, de Convenios y Cooperación, y de África Subsahariana. En el año 2002 fue nombrado embajador de España en Kenia y, posteriormente, cónsul general de España en Caracas. Actualmente era cónsul general de España en Perpiñan.

Economía y Competitividad

Consejero Delegado de la Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX).-

D. FRANCISCO JAVIER GARZÓN MORALES.

Nacido el 20 de agosto de 1969 en Madrid, es Licenciado en Economía de la Empresa por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece al Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Después de desempeñar diversos cargos en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, fue vocal asesor en el departamento de Economía del gabinete del Presidente del Gobierno y consejero económico y comercial de la Embajada de España en Brasil. En 2007 fue nombrado subdirector en la Subdirección de Sociedad de la Información de la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia y actualmente era consejero económico y comercial de la Embajada de España en Méjico.

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