Referencia del Consejo de Ministros

6.6.2014

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Madrid

SUMARIO

Presidencia del Gobierno

  • INFORME sobre el Plan de medidas para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Presidencia

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y se establece una tasa para determinados procedimientos de adjudicación de la nacionalidad española.
  • REAL DECRETO sobre reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Plan sectorial de turismo de naturaleza y biodiversidad 2014-2020.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, por el que se desarrolla la regulación del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a suscribir un Convenio de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial para el desarrollo de la línea de financiación "ICO Agenda Digital 2014".

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Singapur sobre protección recíproca de información clasificada en el ámbito de la defensa.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Memorando de Entendimiento entre España y la Comisión Europea sobre el despliegue de un Centro de Servicios del sistema mundial de radionavegación por satélite en Madrid y del Acuerdo de Acogida de dicho Centro.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las Enmiendas de 2012 al Código Internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel.

Justicia

Hacienda y Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
  • ACUERDO por el que se otorga autorización especial de uso de una superficie de 1.140 metros cuadrados del edificio M-01 titularidad del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", situado en Torrejón de Ardoz (Madrid) para la ubicación del Centro Europeo de Servicios GNSS, a la Comisión Europea.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Generalidad de Cataluña por el que se determina la cuantía a trasferir a ésta como consecuencia de la aplicación de lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto-ley 6/1999, de 16 de abril, correspondiente al ejercicio de 2012.
  • ACUERDO por el que se autorizan suplementos de crédito en el presupuesto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, para financiar las ayudas destinadas a cubrir las pérdidas de la producción incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España para la minería del carbón no competitiva, relativas a la convocatoria de 2014.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para el servicio de telecomunicaciones para la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y sus organismos públicos.

Interior

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector BA-4, Badajoz. Valor estimado: 14.031.780,27 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector B-4, Barcelona. Valor estimado: 26.465.675,32 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector HU-6, Fraga (Huesca). Valor estimado: 12.954.845,56 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector MU-4, Murcia. Valor estimado: 17.418.128,32 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector MU-1, Murcia. Valor estimado: 16.662.824,81 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector PO-3, Pontevedra. Valor estimado: 20.562.140,46 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector TE-2, Calamocha (Teruel). Valor estimado: 15.205.515,72 euros.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

Industria

  • REAL DECRETO por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2014, en el marco de la estrategia integral para el impulso del vehículo eléctrico en España 2010-2014 (Programa MOVELE 2014).
  • ACUERDO por el que se modifican aspectos puntuales del Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Electricidad incluido en la Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016.
  • ACUERDO por el que se habilita a la Dirección General de Política Energética y Minas para la autorización o la emisión de informe favorable previsto en el artículo 35.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico para determinadas instalaciones de la red de transporte de electricidad de conformidad con lo establecido en el artículo 10.5 del Real Decreto-Ley 13/2012, de 30 de marzo.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • REAL DECRETO por el que se regula la composición y funciones del Consejo Nacional del Clima.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para las actuaciones de reparación y remodelación del aliviadero sumergido de la presa de Bárcena, en el término municipal de Ponferrada (León).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para las actuaciones de reparación de los daños ocasionados en el tramo alto del colector interceptor general del río Burbia, saneamiento del Bierzo bajo, León.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito en condiciones concesionales OCDE por importe de hasta 10.388.903 euros, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM), para un proyecto de desarrollo de la cobertura de la televisión digital terrestre (TDT) en Kenia.
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito en condiciones concesionales OCDE por importe de hasta 5.740.824 euros, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM), para un proyecto de construcción y equipamiento de tres laboratorios de control de calidad de productos pesqueros en Kenia.
  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen, en el plazo máximo de nueve días hábiles, sobre el anteproyecto de Ley por la que se regulan las entidades de capital riesgo y las entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede el Collar de la Orden de Isabel la Católica a su Excelencia señor ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a la señora ANGÉLICA RIVERA HURTADO DE PEÑA, esposa del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia del Gobierno

PLAN DE MEDIDAS PARA EL CRECIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA EFICIENCIA

El Consejo de Ministros ha puesto en marcha el Plan de Medidas para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que recoge, de una manera organizada y analítica, una serie de medidas dirigidas a emprender y desarrollar una estrategia conjunta para el segundo semestre de 2014, pero de amplio alcance temporal.

Este Plan adelanta un primer paquete de medidas respetuosas con el objetivo de saneamiento fiscal, que impulsen el crecimiento y la competitividad presente y futura de la economía y la financiación empresarial, haciendo un máximo aprovechamiento de los Fondos Comunitarios, al optimizarse la cooperación con las Comunidades Autónomas.

Los objetivos fundamentales del Plan, ya anunciado el pasado sábado por el presidente del Gobierno, son:

  • Aumentar el préstamo a la financiación de la economía productiva.
  • Mejorar la regulación de la financiación de la reestructuración de la deuda de las empresas y, en general, la iniciativa emprendedora.
  • Favorecer el crecimiento respetuoso con el medio ambiente, priorizando el ahorro energético y la reducción de emisiones de CO2.
  • Fomentar el funcionamiento competitivo de los mercados, promoviendo la mejora de infraestructuras básicas y de transporte.
  • Apoyar de forma decidida la competitividad industrial.
  • Impulsar la I+D+I empresarial.
  • Fomentar la internacionalización de la economía española.

(Plan crecimiento y competitividad)

Industria, Energía y Turismo

NUEVO REGIMEN DE RETRIBUCIÓN PARA EL SECTOR DE RENOVABLES, COGENERACIÓN Y RESIDUOS
  • Se establece un marco regulatorio transparente, estable y con reglas claras de revisión de los parámetros retributivos que da certidumbre al sector y proporciona confianza a los inversores.
  • Desde 2005, las primas a las energías renovables, la cogeneración y los residuos han subido más de un 800 por 100 hasta superar los 9.000 millones de euros en 2013, el mayor coste regulado para el sistema eléctrico. Entre 1998 y 2013 estas instalaciones han percibido más de 56.000 millones de euros en primas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo sistema de retribución para las instalaciones productoras de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, de cogeneración y de residuos. La nueva normativa, que sustituye al anterior sistema de primas, forma parte de la profunda reforma emprendida por el Gobierno para equilibrar el sistema eléctrico, impidiendo que se vuelvan a generar nuevos déficits y dando estabilidad regulatoria y certidumbre a los inversores.

Desde el año 1998 hasta el año 2013 las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos, han percibido más de 56.000 millones de euros en primas, adicionales a lo que estas instalaciones han percibido por su participación en el mercado. Estas subvenciones, que forman parte de los costes del sistema y, por tanto, se financian con el recibo de la luz, se dispararon en más de un 800 por 100 desde el año 2005, alcanzando en 2013 más de 9.000 millones de euros, el mayor coste regulado para el sistema eléctrico.

Dado el elevado déficit de tarifa acumulado y el abultado ritmo de generación anual de nuevos déficits, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo emprendió una amplia reforma del sistema en la que se ha buscado tanto aumentar los ingresos como reducir los costes del sistema, con el mínimo impacto para el consumidor.

La nueva normativa regirá el apoyo que percibirán las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos, y se aplicará, tanto a aquellas que están ya en funcionamiento, como a las que se incorporen a futuro.

Estabilidad financiera

El nuevo esquema retributivo garantiza la estabilidad financiera del sistema eléctrico con carácter definitivo, al tiempo que otorga una rentabilidad razonable a las instalaciones a lo largo de toda la vida útil del proyecto, que actualmente se ha fijado en el entorno del 7,5 por 100 para cada instalación tipo.

Además, busca establecer un marco regulatorio transparente, estable y con reglas claras de revisión de los parámetros retributivos, que introduzca certidumbre en el sector y proporcione confianza a los inversores.

El Real Decreto aprobado hoy desarrolla los principios ya introducidos en la nueva Ley del Sector Eléctrico y se complementará con una orden de parámetros retributivos que fijará la retribución específica para cada instalación tipo.

Novedades

En el ámbito de aplicación de la norma están incluidas todas las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos con independencia de su potencia instalada. Se elimina, por tanto, la anterior separación entre el régimen especial y el régimen ordinario.

Sólo percibirán retribución regulada, denominada "retribución específica", aquellas instalaciones para las que el precio del mercado no sea suficiente para alcanzar la rentabilidad razonable ligada al nivel de riesgo de la actividad y tomando como referencia una empresa eficiente y bien gestionada.

La novedad principal radica en que se abandona la retribución puramente variable que se ha utilizado hasta la fecha (primas y tarifas reguladas), por un esquema similar al de otras actividades reguladas y que refleja más fielmente la estructura real de costes de la actividad, donde algunos son fijos (inversión, operación y mantenimiento fijos) y otros puramente variables (combustible, operación y mantenimiento variables).

Instalaciones

El nuevo régimen retributivo será de aplicación, tanto a las instalaciones existentes, como a las nuevas.

Para las nuevas instalaciones, el otorgamiento del régimen retributivo específico se establecerá mediante procedimientos de concurrencia competitiva que se ajustarán a los principios de transparencia, objetividad y no discriminación. Por Real Decreto se fijarán las tecnologías concretas que podrán participar en dicho mecanismo de concurrencia competitiva y, por Orden Ministerial, se fijarán posteriormente los parámetros retributivos correspondientes a las instalaciones tipo.

Las instalaciones existentes que tuvieran reconocido un régimen económico primado percibirán también este nuevo régimen retributivo específico.

Territorios no peninsulares

En los territorios no peninsulares, donde el coste de generación convencional es mucho más elevado que en el sistema eléctrico peninsular, hasta el punto de que resulta inferior el coste de generación de las tecnologías fotovoltaica y eólica al de las tecnologías térmicas convencionales, se establece un incentivo a la inversión por reducción de los costes de generación (retribución adicional).

Revisiones

La normativa establece también las condiciones para la revisión de los diferentes parámetros retributivos. Estos únicamente podrán modificarse, según el caso, cada seis años, cada tres o de forma anual. El valor estándar de la inversión inicial y la vida útil regulatoria permanecerán invariables una vez reconocidos a cada instalación tipo.

Se crea un registro de régimen retributivo específico que servirá como herramienta para el otorgamiento y adecuado seguimiento de dicho régimen retributivo.

Descenso de las retribuciones

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia estima que la aplicación de los nuevos parámetros retributivos puede suponer un descenso de, aproximadamente, 1.700 millones de euros de la retribución específica percibida en 2014 por el conjunto de las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos.

Con el nuevo sistema, las instalaciones percibirán hasta el fin de su vida útil en torno a 140.000 millones de euros de retribución adicional a los ingresos que obtengan por la venta de su energía en el mercado.

Industria, Energía y Turismo

APROBADAS INVERSIONES EN LA RED ELÉCTRICA POR 917,5 MILLONES DE EUROS
  • Afectan, entra otras, a las subestaciones y líneas para evacuar nueva generación eólica en Canarias y los enlaces submarinos entre Ceuta y la Península, Ibiza - Formentera, Fuerteventura - Lanzarote y La Gomera - Tenerife.

El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación de aspectos puntuales del Programa de Desarrollo de la Red de Transporte de Electricidad incluido en la Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016 con el fin de incluir nuevas actuaciones necesarias para la seguridad de suministro o para mejorar la eficiencia económica del sistema .

La modificación actualiza algunas actuaciones ya contempladas en la Planificación en vigor, para adaptarlas a nuevas necesidades y requisitos técnicos, e incorpora, además, nuevas actuaciones cuya necesidad ha aparecido desde la última modificación de la Planificación en 2012.

Las modificaciones tienen como fin asegurar el suministro atender nuevas necesidades de la red.

Además, algunas de las infraestructuras también darán al sistema una mayor eficiencia económica, como es el caso de las interconexiones entre las islas, que permitirán el mayor uso de tecnologías de generación más eficientes y la aplicación economías de escala, así como optimizar la integración de la generación renovable.

Los acuerdos corresponden a un conjunto de actuaciones de la red de transporte de electricidad que abarcan nuevas líneas eléctricas y cambios de tensión de líneas existentes, nuevas subestaciones o ampliaciones de otras existentes, reactancias y transformadores, entre otros. Las actuaciones afectan, tanto al sistema eléctrico peninsular, como a los sistemas de las Illes Balears y Canarias. Las inversiones previstas ascienden a 917,5 millones de euros.

Destacan las instalaciones para evacuar nueva generación eólica en Canarias y los enlaces submarinos Ceuta-Península, Ibiza - Formentera Fuerteventura - Lanzarote y La Gomera - Tenerife.

EMISIÓN DE INFORMES

Igualmente, el Consejo de Ministros ha acordado también habilitar al Ministerio de Industria, Energía y Turismo para autorizar o, en su caso, emitir los informes favorables que permitan la autorización de las actuaciones incluidas en el Acuerdo de modificación del Plan de desarrollo de la red de transporte antes mencionado.

Esta habilitación por el Consejo de Ministros es necesaria ya que toda la Planificación 2008-2016 se encuentra paralizada, con carácter general, en virtud del Real Decreto-Ley 13/2012, para contener los costes eléctricos y adecuar el desarrollo de la red a la evolución real de la demanda, salvo en los casos en que haya razones de interés público que determinen la necesidad de la construcción.

Según el Acuerdo, la Dirección General de Política Energética y Minas podrá, para las actuaciones incluidas en los mismos y si procede, emitir autorización administrativa en el caso de instalaciones que son competencia de la Administración General del Estado o informe favorable en el caso de instalaciones cuya autorización es competencia de las Comunidades Autónomas.

Justicia

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE CONCESIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A SEFARDIES
  • Se fijan criterios objetivos para la concesión de la nacionalidad a los que acrediten la condición de sefardí y se reforma el artículo 23 del Código Civil para permitir la doble nacionalidad, al poder mantener la del país de origen.
  • La condición de sefardí se podrá acreditar por varios medios y la especial vinculación con España exigirá la superación de una prueba de evaluación de la lengua y cultura española del Instituto Cervantes.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por el que se modifican los artículos 21 y 23 del Código Civil para facilitar y establecer criterios objetivos para la concesión de nacionalidad por carta de naturaleza a los ciudadanos sefardíes que lo deseen. La reforma permitirá la doble nacionalidad, es decir, que los nuevos españoles conserven también la que tenían con anterioridad, como ocurre con algunos países como los iberoamericanos.

En la actualidad, los ciudadanos sefardíes pueden adquirir la nacionalidad española por dos vías: después de llevar dos años residiendo en España, como los nacionales de Iberoamérica, Portugal y Filipinas, o por carta de naturaleza. Sin embargo, esta segunda vía, al tratarse de un acuerdo del Consejo de Ministros en el que se valoran las excepcionales circunstancias de su vinculación con España, quedaba al arbitrio de los respectivos Gobiernos.

Mediante este Proyecto de Ley se establecen unos criterios objetivos para acreditar esas circunstancias excepcionales que concurren de por sí en los sefardíes, aun cuando no tengan residencia legal en España. Además, se establece una tasa para determinados procedimientos de adquisición de la nacionalidad española.

Cómo probar la condición

Será un notario quien levante acta de notoriedad de la condición de sefardí y la especial vinculación con España, y su conclusión será remitida a la Dirección General de los Registros y del Notariado, que será quien decida de forma motivada si se concede o deniega la nacionalidad solicitada. En caso afirmativo, la nacionalidad será inscrita en el Registro Civil competente por razón de domicilio (el consulado correspondiente, si se reside fuera de España), una vez realizado el requisito de jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

Entre las pruebas para acreditar esta condición se admite la presentación de un certificado expedido por la Secretaría General de la Federación de Comunidades Judías de España acreditativo de la pertenencia del interesado a la comunidad judía sefardí. También figuran como medios para probar la condición sefardí los siguientes: un certificado expedido por el presidente o cargo análogo de la comunidad judía de donde resida el solicitante o de la autoridad rabínica competente; o el idioma familiar, la partida de nacimiento o el certificado matrimonial que conste según las tradiciones de Castilla.

El proyecto de ley cita, además, la inclusión del peticionario o su ascendencia en las listas de familias sefardíes protegidas por España a que hace referencia el Decreto Ley de 29 de diciembre de 1948 o los que obtuvieron la nacionalidad con el Real Decreto de 20 de diciembre de 1924, así como el parentesco de consanguinidad del solicitante con alguno de ellos. También se valorará la realización de estudios de historia y cultura españolas, así como actividades benéficas a favor de personas o instituciones españolas. Se podrá aportar cualquier otra circunstancia que pruebe la condición de sefardí originario de España. Los apellidos pertenecientes al linaje sefardí se valorarán como elemento adicional.

Prueba de evaluación

Para acreditar la especial vinculación con España se exigirá la superación de una prueba de evaluación de conocimiento y la cultura españolas, que diseñará el Instituto Cervantes. Estarán excluidos los solicitantes que procedan de países donde el español sea idioma oficial.

Con esta medida, anunciada por el ministro de Justicia el pasado 22 de abril en el Senado para todas las solicitudes de nacionalidad, el objetivo que se persigue es establecer criterios objetivos en las pruebas de integración necesarias para adquirir la nacionalidad española. Así se evitará la discrecionalidad con la que actualmente se realiza esta valoración por parte de los encargados del Registro Civil, ya que algunos se limitan a valorar el conocimiento del idioma, mientras que otros recurren a preguntas de cultura general y de actualidad.

Plataforma electrónica

La solicitud se presentará en castellano en la plataforma electrónica que se habilitará para ello y a través de la que el interesado deberá abonar la tasa que ha sido fijada después de estudiar los costes que supone el procedimiento de adquisición de la nacionalidad española. La cuantía de 75 euros es sustancialmente más reducida que la de países de nuestro entorno como Reino Unido, Alemania o Países Bajos.

La plataforma electrónica albergará en las próximas semanas el resto de procedimientos de adquisición de nacionalidad, lo que contribuirá a acortar los actuales plazos de tramitación y a incrementar la seguridad del procedimiento. Gracias a esta herramienta, que cumplirá las medidas de seguridad más exigentes, se evitarán en el futuro situaciones como el atasco de cuatrocientos mil expedientes de nacionalidad que había al finalizar el años 2011 y que ha sido combatido con el Plan Intensivo de Tramitación, puesto en marcha en noviembre de 2012 y que ha permitido que en solo diecinueve meses se hayan tramitado 450.964 expedientes, un número muy próximo al gestionado entre 2007 y 2011 (468.365).

Cita con el notario

El Proyecto de Ley aprobado hoy para facilitar la nacionalidad de ciudadanos sefardíes establece que la Dirección General de los Registros y del Notariado comunicará las solicitudes que reciba al Consejo General del Notariado para que el interesado pueda concertar cita y hora para comparecer ante un notario al que entregará toda la documentación que considera que acredita su condición de sefardí, así como los antecedentes penales.

El notario remitirá una copia electrónica del acta que levante a la Dirección General de los Registros que será quien decidirá si concede o deniega la nacionalidad solicitada. Cuando la resolución sea afirmativa, los interesados dispondrán de un año para notificársela al Registro Civil que corresponda por domicilio y solicitar su inscripción.

Las personas que deseen solicitar la nacionalidad española por su condición de sefardí deberán formalizar su solicitud en un plazo no superior a los tres años desde la entrada en vigor de la Ley. Podrá ser prorrogado hasta un año más si así lo determina un Acuerdo del Consejo de Ministros.

El texto incluye que los sefardíes que hubieran solicitado la nacionalidad española con anterioridad a esta reforma legislativa y cuyo expediente aún no se hubiera resuelto deberán continuar tramitándolo según el procedimiento previsto en esta Ley.

Vínculos históricos

El Proyecto de Ley aprobado hoy destaca los especiales vínculos de la comunidad sefardí con España desde su expulsión en 1492 y que han quedado simbolizados en las llaves que muchos de ellos conservan de sus hogares en Sefarad (España en lengua hebrea). Han mantenido intacta su cultura, sus costumbres y el idioma, pese al tiempo transcurrido.

La memoria y fidelidad de estos "españoles sin patria" les hizo en 1990 merecedores del Premio Príncipe de Asturias de la Concordia. Aunque no es éste el primer ejemplo de la existencia en España de una corriente de opinión favorable a los sefardíes: ya en tiempos de Isabel II se les permitió poseer cementerios propios y abrir sinagogas.

Siendo ministro de Estado Fernando de los Ríos, se estudió concedérsela a los sefardíes de Marruecos, aunque finalmente se frustró el proyecto. En 1886, por impulso de Práxedes Mateo Sagasta y, en 1900, del senador Ángel Pulido, se inició un acercamiento a los sefardíes que culminó en la autorización para abrir sinagogas, la fundación de la Alianza Hispano-Hebrea en Madrid (1910) y la constitución de la Casa Universal de los Sefardíes en 1920.

En 1924 se aprobó un Real Decreto destinado a conceder la nacionalidad a los "antiguos protegidos españoles o descendientes de estos, y en general individuos pertenecientes a familias de origen español", en el que no se nombra expresamente a los sefardíes, pero que permitió en la Segunda Guerra Mundial salvar a muchos de la cámara de gas gracias a la misión humanitaria que realizaron diplomáticos españoles como Ángel Sanz Briz en Budapest, Sebastián de Romero Radigales en Atenas, Bernardo Rolland de Miotta en París, Julio Palencia en Sofía, Javier Martínez de Bedoya en Lisboa, José Rojas en Bucarest o Eduardo Propper de Callejón en Burdeos.

Agricultura, Alimentación y Medios Ambiente

APROBADO EL PLAN SECTORIAL DE NATURALEZA Y BIODIVERSIDAD
  • Se trata de poner en valor la biodiversidad a través del turismo de naturaleza
  • Apuesta por la promoción de un turismo sostenible como valor añadido a la oferta turística para aunar la conservación del entorno y contribuir a la mejora socioeconómica de las poblaciones rurales
  • Integra los objetivos de conservación en la política de turismo e impulsa la Red Natura 2000, la mayor red de espacios protegidos del mundo, a la que España aporta un 27 por 100 de su territorio

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Plan Sectorial de Turismo de Naturaleza y Biodiversidad, una propuesta innovadora para integrar los objetivos de conservación en la política de turismo e impulsar la puesta en valor de la Red Natura 2000, el mayor conjunto de espacios protegidos del mundo, al que España aporta un 27 por 100 de su territorio.

El Plan, aprobado a propuesta de los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y de Industria, Energía y Turismo, apuesta por la promoción de un turismo sostenible de naturaleza como valor añadido de la oferta turística española para aunar la conservación del entorno y contribuir a la mejora de las condiciones socioeconómicas de las poblaciones rurales.

En este sentido, se centra en reforzar las sinergias positivas relacionadas con la conservación de la biodiversidad y el turismo de naturaleza, teniendo en cuenta la ventaja competitiva que supone que la biodiversidad de España sea la más relevante de la Unión Europea y que el sector turístico sea uno de los más importantes en cuanto a su impacto económico nacional.

Creciente interés social y económico

Las informaciones disponibles avalan el creciente interés social y económico de la biodiversidad, en general, y de la Red Natura 2000, especialmente, en cuanto a su relación con el turismo de naturaleza.

Así, el 21 por 100 de los ciudadanos europeos dan importancia a esta Red de espacios protegidos (el principal instrumento de conservación de la biodiversidad de la Unión Europea) a la hora de elegir su destino turístico.

En la Unión Europea, los gastos asociados a las visitas a la Red Natura se estiman en torno a 50.000-90.000 millones de euros al año y el sector turismo en estos espacios representa cinco millones de empleos.

Además, las pernoctaciones anuales asociadas al turismo de naturaleza en España ascienden a 35 millones y más de quinientos mil turistas internacionales eligen nuestro país como destino para realizar turismo de montaña.

Ejes del plan

La puesta en valor de la Red Natura 2000 para actividades de turismo constituye el eje del Plan Sectorial 2014-2020, que confirma el desarrollo socioeconómico generado por este tipo de actividades de naturaleza, al tiempo que lo apoya y busca hacerlo compatible con la conservación de los valores naturales de su entorno.

Con este Plan se pretende poner en valor la biodiversidad a través del turismo de naturaleza, dar visibilidad a la Red Natura 2000 e impulsar un sector económico relevante como fuente de ingresos y de empleo. Se trata también de evitar que las actividades turísticas supongan una amenaza para la biodiversidad y, asimismo, de establecer vínculos con el sector privado, convirtiéndolo así en un aliado para su conservación.

Para ello, establece un marco de planificación general para el impulso de un turismo de naturaleza sostenible en España e identifica cuatro objetivos que conforman sus pilares básicos:

  • Desarrollar productos turísticos sostenibles que pongan en valor la biodiversidad sin amenazarla. Para ello, se plantea el desarrollo de un sistema de acreditación de la sostenibilidad turística para lugares de la Red Natura 2000, en cuyo diseño colaborarán las comunidades autónomas.
  • Promocionar el turismo de naturaleza sostenible. A través de una promoción turística diferenciada, se pretende reconocer a aquellos empresarios adheridos al sistema que expresan su compromiso con la conservación de los valores naturales, contribuyendo directamente a su conservación y a la puesta en valor de la Red Natura 2000.
  • Mejorar la consideración de la biodiversidad en las actividades de turismo de naturaleza a través de la elaboración y promoción de manuales de buenas prácticas, fortaleciendo el trabajo conjunto público-privado.
  • Mejorar los conocimientos, la información y la formación relacionada con el turismo de naturaleza y la biodiversidad.

El Plan incluye un conjunto de acciones para lograr todos estos objetivos y sus características esenciales son la concertación de intereses de todos los sectores públicos y privados implicados en la conservación de la biodiversidad y el turismo de naturaleza, así como la coordinación que optimice su puesta en marcha.

La elaboración del Plan Sectorial ha implicado un trabajo conjunto entre los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y de Industria, Energía y Turismo, y en su redacción han participado las Comunidades Autónomas y todos los sectores y ciudadanos interesados, a través del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, así como de diversas consultas públicas.

Turismo de naturaleza

Se considera Turismo de Naturaleza el turismo que implica una interrelación estrecha con la naturaleza y quienes lo practican son conscientes de la conservación de los recursos naturales y sociales del área en la que lleva a cabo la actividad turística.

El turista de naturaleza tiene como motivo del viaje el recrearse en su tiempo libre, realizando diversas actividades y buscando experiencias significativas, en y con la naturaleza, con el condicionante del compromiso de respeto, aprecio y cuidado de los recursos.

Este segmento se caracteriza por la importancia que otorga a actividades en zonas rurales y a los espacios naturales, tanto entre sus preferencias, como en su consumo turístico, que son el tipo de actividades que más realizan en sus viajes.

Asimismo, también se interesan por la costa por encima de la media de los viajeros; es decir, la naturaleza entendida en un entorno marino, costero, también les resulta apetecible.

Aunque está presente en todos los mercados, la importancia de este perfil es especialmente relevante en mercados europeos maduros como Alemania, Países Bajos, Bélgica y Francia.

Hacienda y Administraciones Públicas

LA BANCA DEBERÁ IDENTIFICAR LA NACIONALIDAD O RESIDENCIA DE SUS CLIENTES CON CUENTAS FINANCIERAS
  • Se adapta la normativa española para responder a los compromisos internacionales y potenciar el intercambio de información fiscal automático y estandarizado
  • Un millón de contribuyentes no tendrán que presentar la declaración-resumen anual de IVA

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que modifica parcialmente dos normas reglamentarias: por un lado el Reglamento General de Actuaciones y Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de Aplicación de los Tributos, conocido como Reglamento de Aplicación de los Tributos; por otro, el Reglamento del IVA.

Entre las novedades del Real Decreto figura una nueva obligación de información. En concreto, se regula la obligación de las instituciones financieras, tanto de suministrar información sobre cuentas financieras, como de identificar, conforme a las normas de diligencia debida, la residencia o, en su caso, la nacionalidad de las personas que ostenten la titularidad o el control de las mismas.

La información a suministrar comprenderá la que se derive de la normativa sobre asistencia mutua y, en todo caso, la identificación completa de las cuentas, el nombre y apellidos o razón social y, en su caso, el número de identificación fiscal o análogo.

Esta nueva obligación de información se hace necesaria precisamente para adaptar la normativa española sobre asistencia mutua a los proyectos, actualmente en desarrollo, de intercambio de información automático y estandarizado, con el fin de prevenir y luchar contra el fraude fiscal.

Concretamente, la normativa española podrá responder a los compromisos de intercambio de información suscritos por España con Estados Unidos en el ámbito de acuerdo FATCA y otros compromisos similares.

Entre otros compromisos, figura el proyecto que lideran precisamente España, Alemania, Francia, Reino Unido e Italia (el G-5) para el establecimiento de un sistema intercambio de información automático y estandarizado. Este proyecto sigue el modelo de acuerdo FATCA adoptado por estos cinco países con Estados Unidos. Hasta el momento otras 39 jurisdicciones de todo el mundo han hecho público ya su compromiso con el proyecto del G-5, que sigue también los estándares de la OCDE.

Menos trámites para contribuyentes

Por otra parte, el Real Decreto introduce determinadas modificaciones en el régimen jurídico de la declaración-resumen anual (modelo 390), regulada en el Reglamento del IVA, que supondrá la reducción de costes indirectos para más de un millón de contribuyentes potenciales.

Concretamente, el Real Decreto exonera de la obligación de presentar la citada declaración-resumen a determinados sujetos pasivos, teniendo en cuenta la información que ya vienen obligados a suministrar en sus autoliquidaciones del impuesto. La exoneración beneficiará a los obligados respecto de los que la Administración ya posea información suficiente.

Aunque la concreción se desarrollará vía orden ministerial, afecta, fundamentalmente, a arrendadores personas físicas (un censo potencial de seiscientos mil contribuyentes, que desde este mes de enero están obligados a la presentación telemática) y a contribuyentes en régimen simplificado de estimación objetiva (censo potencial de 490.000 contribuyentes) del IVA.

Facilidades para recibir notificaciones electrónicas

Por otra parte, la nueva norma introduce mejoras en el sistema de notificaciones electrónicas. El Real Decreto 1/2010 ya introdujo la posibilidad de practicar notificaciones por otros medios electrónicos diferentes a la dirección electrónica asignada por la Administración tributaria, siempre que dicho medio se haya consentido por el interesado. Como complemento a esta posibilidad, a partir de ahora se podrán realizar notificaciones en la sede electrónica de la Administración tributaria competente mediante el acceso voluntario del interesado.

Ello permitirá que obligados tributarios con el denominado PIN24 puedan acceder de forma voluntaria a la sede electrónica de la Agencia Tributaria para conocer el contenido de las notificaciones de carácter tributario que pudieran tener pendientes, con los mismos efectos que cualquier otra notificación de carácter tributario.

Industria, Energía y Turismo

TREINTA MILLONES PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS TECNOLÓGICAS
  • La línea de crédito, con condiciones más favorables que las del mercado, está dirigida a autónomos, empresas y entidades privadas españolas (no particulares) del sector TIC. El importe del préstamo es hasta un máximo de 500.000 euros por cliente con un plazo de amortización de hasta siete años.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a suscribir un convenio de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para el desarrollo de la Línea de Financiación "ICO Agenda Digital 2014", dotada con treinta millones de euros.

La Agenda Digital para España sitúa la internacionalización de las empresas de base tecnológica como uno de los elementos principales para el desarrollo de la economía digital y motor de crecimiento de empleo y de oportunidades futuras. Esta Línea de crédito es una medida clave de apoyo a la internacionalización y demuestra la apuesta del Ministerio de Industria, Energía y Turismo por el sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

La Línea proporcionará, por primera vez, financiación en condiciones más favorables que las de mercado a las empresas y autónomos que desarrollen su actividad dentro del sector de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información para su internacionalización. Así, se cumple uno de los objetivos de la Agenda Digital para España, que establece el desarrollo de la economía digital para el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de las empresas tecnológicas.

El objetivo es apoyar la salida al exterior aprovechando todo el "know-how" que nuestras empresas tecnológicas han acumulado en proyectos desarrollados en España.

El despliegue de redes de telecomunicaciones así como la demanda creciente de productos y servicios TIC en todo el mundo está favoreciendo el desarrollo de aplicaciones en la nube, los servicios en movilidad, los servicios de teleasistencia avanzados, de telemedicina, de teletrabajo, etcétera y abre numerosas oportunidades para exportar iniciativas empresariales.

Características de las ayudas

La Línea está dirigida a autónomos, empresas y entidades privadas españolas (no particulares) del sector TIC. El importe del préstamo es hasta un máximo de quinientos mil euros, superando el límite de otras ayudas para la internacionalización.

El plazo de amortización oscila entre uno año y siete años, con un máximo de un año de carencia. El tipo de interés máximo dependerá del plazo de amortización de la operación:

  • Hasta 1 año: 0,562% + 2,30% TAE= 2,862 % TAE
  • 2 años: 0,562% + 4,00% TAE= 4,562 % TAE
  • 3 años: 0,562% + 4,00% TAE = 4,562 % TAE
  • 5 años: 0,562% + 4,30% TAE = 4,862 % TAE
  • 7 años: 0,562% + 4,30% TAE = 4,862 % TAE

Las inversiones deberán realizarse fuera del territorio nacional, no podrán tener una antigüedad superior a la entrada en vigor de la Línea de financiación ICO Agenda Digital 2014 y deberán ejecutarse en el plazo máximo de un año a contar desde la fecha de la firma de la financiación entre el cliente y la entidad financiera.

Industria, Energía y Turismo

DIEZ MILLONES PARA SUBVENCIONES A LA COMPRA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS
  • Se aumentan en 1.000 euros, hasta los 6.500 euros, las ayudas para los turismos con autonomía superior a 90 km, que se incrementarán hasta los 7.700 euros en caso de familias numerosas o personas con discapacidad para vehículos adaptados.
  • Podrán beneficiarse cuadriciclos, turismos, furgonetas o camiones ligeros y autobuses o autocares, eléctricos nuevos matriculados a partir del 1 de enero de 2014.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2014 en el marco de la estrategia integral para el impulso del vehículo eléctrico en España 2010-2014 (Programa MOVELE 2014). El nuevo Real Decreto permitirá continuar con el impulso ya realizado en 2012 y 2013 al vehículo eléctrico mediante la concesión de subvenciones directas por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

En un contexto de restricciones presupuestarias, la línea mantiene la misma dotación de 2013, diez millones de euros. El Gobierno quiere, así, apoyar el desarrollo de la movilidad sostenible y su tecnología asociada, que representa una oportunidad, tanto desde un punto de vista industrial, como de eficiencia energética y sostenibilidad ambiental.

El Real Decreto mantiene las principales características de la edición anterior. Como novedad frente al año pasado, se elevan hasta 6.500 euros las ayudas para los turismos con autonomía superior a 90 km -los más demandados- y se incluye entre los posibles beneficiaros del programa a las Administraciones Públicas.

Beneficiarios

Las ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España.

Los vehículos deberán estar matriculados por primera vez en España, y pertenecer a alguna de las siguientes categorías: cuadriciclos, turismos, furgonetas o camiones ligeros, autobuses y autocares. Todos ellos deben ser eléctricos nuevos, entendiendo como tales aquellos cuya energía de propulsión procede, total o parcialmente, de la electricidad de sus baterías, cargadas a través de la red eléctrica.

Los beneficiarios de estas ayudas serán los particulares, los profesionales autónomos, así como las empresas privadas, válidamente constituidas en España y con personalidad jurídica propia. Como novedad, se incluye a las Comunidades Autónomas, Entes Locales, los entes públicos dependientes o vinculados tanto de las anteriores y a la propia Administración General del Estado, así como los puntos de venta, en el caso de que la venta la realiza otro concesionario.

El plazo de solicitudes será hasta el 31 de diciembre de 2014 o hasta que se agote el presupuesto disponible, si ocurriera con anterioridad. Se aceptarán vehículos matriculados a partir del 1 de enero de 2014.

Ayudas

Las cuantías individuales de las ayudas se determinan dependiendo del vehículo que se adquiera y de su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico (autonomía que proporciona la capacidad de carga de las baterías) y oscilan entre los 1.800 euros, en el caso de los cuadriciclos ligeros, hasta los 20.000 euros, en el caso de autobuses y autocares.

Para el caso típico de un turismo con autonomía eléctrica superior a 90 km, la ayuda será de 6.500 euros, que se incrementará hasta los 7.700 euros en caso de familias numerosas o personas con discapacidad para vehículos adaptados. Esto supone un incremento en la ayuda para estos turismos, que ascendía a 5.500 euros en 2013. Las nuevas cuantías están en consonancia con las ayudas de los países de nuestro entorno.

La cuantía de la subvención variará dependiendo del tipo de vehículo que se adquiera y de su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico:

- Turismos (M1) y furgonetas (N1):

  • con autonomía de 15 a 40 km ( >=15 km<=40 km ): 2.500 euros
  • con autonomía de entre 40 y 90 km (>40 km<=90 km): 3.500 euros
  • con autonomía de más de 90 km (>90 km): 6.500 euros

- Cuadriciclos ligeros (L6e): 1.800 euros

- Cuadriciclos pesados (L7e): 2.200 euros

- Autobuses y autocares (M2)/ Furgones (N2): 8.000 euros

- Autobuses y autocares M3: 20.000 euros

Justicia

SIMPLIFICADO EL PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR AL ESTADO LOS SALARIOS DE TRAMITACIÓN EN LOS JUICIOS POR DESPIDO
  • La instrucción será tramitada en las áreas de empleo de las Delegaciones de Gobierno y la resolución, por el Ministerio de Justicia

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de los ministros de Justicia, Empleo y Seguridad Social y Hacienda y Administraciones Públicas, un Real Decreto por el que se modifica el procedimiento administrativo que se ha de seguir en las reclamaciones al Estado por los salarios de tramitación en los juicios por despido improcedente.

Los salarios de tramitación son las cantidades que tiene derecho a percibir un trabajador cuando su despido es declarado improcedente y el empresario opta finalmente por la readmisión. La cuantía total equivale a la suma de los salarios que se han dejado de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declare la improcedencia o hasta que el trabajador haya encontrado otro empleo, si esta colocación es anterior a la sentencia.

Cuando la sentencia que declara la improcedencia del despido se dicta pasados más de noventa días hábiles desde la presentación de la demanda, el empresario obligado a pagar los salarios de tramitación puede reclamar al Estado el abono de la cantidad correspondiente al tiempo que exceda ese periodo. En caso de insolvencia provisional del empresario el propio trabajador despedido podrá efectuar la reclamación.

Instrucción del expediente

El Real Decreto propone una simplificación de los trámites para agilizar la gestión de estos expedientes y reducir demoras en el abono de estas cantidades. A partir de ahora, la instrucción del expediente hasta la propuesta de resolución se llevará a cabo en las áreas de empleo de las Delegaciones del Gobierno.

La propuesta de resolución de cada expediente se remitirá a los servicios centrales del Ministerio de Justicia, que será el competente para la resolución efectiva y para la aprobación del correspondiente gasto que haga efectivo el pago de los salarios de tramitación reclamados.

Hacienda y Administraciones Públicas

MÁS DE ONCE MILLONES A CATALUÑA POR LAS REBAJAS DE LAS TARIFAS DE PEAJE EN 2012

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración con la Generalitat de Cataluña, al amparo del artículo 8 del Real Decreto Ley del 16 de abril de 1999, en el que se establecía que a partir de su entrada en vigor se iniciarán los trámites necesarios para rebajar las tarifas de peaje satisfechas por los usuarios en un 7 por 100 de su importe.

La Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Fomento y el entonces de Economía y Hacienda, y la Generalidad de Cataluña firmaron el 27 de julio de 1999 un Protocolo General para establecer un marco de colaboración entre ambas y se acordó la celebración de convenios anuales de colaboración anuales, de los que ya se han suscrito los correspondientes a los años comprendidos entre 1999 y 2011.

Mediante el convenio de colaboración que hoy se autoriza, y tras el previo acuerdo adoptado por la comisión de seguimiento, se determina el importe a abonar a la Generalidad de Cataluña para 2012 que asciende a la cantidad de 11.088.376,12 euros, correspondiente al periodo que va del 1 de enero al 14 de julio de ese año, fecha hasta la que estuvo vigente el citado artículo 8 del Real Decreto Ley de 1999.

Interior

MODIFICADA LA NORMATIVA QUE REGULA LA EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro del 11 de julio de 2003, por el que se reguló la expedición del pasaporte ordinario y se determinaron sus características.

Esta reforma pretende, por una parte, clarificar el régimen de expedición del pasaporte en el caso de los menores y, por otra, incorporar ciertas mejoras técnicas, como un chip en el que consten los datos biométricos y unas características técnicas que permitirán su lectura mecánica.

Novedades

Este Real Decreto incluye expresamente entre las excepciones al derecho a obtener el pasaporte aquellos supuestos en que el juez o el tribunal haya prohibido la salida de España o la expedición del pasaporte al menor de edad o la persona incapacitada judicialmente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley.

Otra novedad es que a la hora de expedir el pasaporte a un menor de edad será necesario el consentimiento expreso de los dos progenitores, si ambos tienen atribuida la patria potestad, para evitar posibles problemas de sustracción de menores. Hasta ahora sólo se exigía el consentimiento de uno de ellos.

Este Real Decreto también modifica la documentación requerida para adecuarla a los documentos que se exigen para obtener el DNI. En este sentido, se regula la necesidad de la presencia física de la persona que solicite el pasaporte y la documentación que tendrá que aportar: DNI, la solicitud, una fotografía y el resguardo acreditativo del pago de la tasa.

En el caso de los residentes en el extranjero, el Real Decreto prevé la posibilidad de sustituir la presentación del DNI (no será obligatorio para ellos) por la del pasaporte o la certificación literal de nacimiento.

También se introduce un nuevo apartado para regular la expedición del pasaporte cuando por motivos de urgencia el titular no pueda presentar la documentación requerida para ello. En este caso, si acredita por otros medios su identidad y nacionalidad española, se le expedirá con una validez temporal de un año.

Chip electrónico

Esta nueva regulación incorpora los requisitos técnicos recogidos en disposiciones internacionales sobre el contenido del chip electrónico que se incorpora al pasaporte: datos de filiación, fotografía digitalizada e impresiones dactilares, así como los caracteres técnicos que permitirán su lectura mecánica.

Asimismo, se prevé la posible recepción de la documentación necesaria para expedir el pasaporte por vía telemática, cuando se establezca el procedimiento técnico que lo permita.

Las modificaciones que incorpora este Real Decreto afectan a los aspectos formales a la hora de expedir el pasaporte, la documentación requerida para su tramitación o el contenido de este documento, sin que implique incremento alguno del gasto público.

Educación, Cultura y Deporte

APROBADA LA NORMATIVA DE ADMISIÓN A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los requisitos de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión a las Enseñanzas Universitarias Oficiales De Grado.

La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), del 9 de diciembre de 2013, modificó los requisitos de acceso y admisión a las enseñanzas oficiales de Grado desde el título de Bachiller o equivalente, desde el título de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior, así como para los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros.

En esta nueva regulación desaparece la superación de la prueba de acceso a la universidad como requisito de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, y se establece como requisito la posesión de la titulación que da acceso a la universidad: título de Bachiller o título, diploma o estudios equivalentes, y títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior. Además, de acuerdo con la nueva redacción del artículo 38 de la Ley Orgánica de Educación, son las Universidades las que determinan, de conformidad con distintos criterios de valoración, la admisión a estas enseñanzas de aquellos estudiantes que hayan obtenido la titulación que da acceso a la Universidad.

Admisión en centros

Los criterios de valoración y procedimientos de admisión establecidos por las Universidades son también aplicables para los estudiantes de los sistemas educativos extranjeros. En el caso de los titulados en Bachillerato Europeo y en Bachillerato internacional y estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, se establece como requisito de acceso la acreditación de la titulación correspondiente, y se establecen los mismos criterios de admisión que puedan fijar las Universidades para los estudiantes en posesión del título del Sistema Educativo Español.

Los estudiantes procedentes de sistemas educativos pertenecientes a países con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento de títulos en régimen de reciprocidad podrán acceder a los estudios oficiales de Grado previa homologación de sus estudios por los correspondientes españoles, de acuerdo con los criterios de admisión específicos establecidos por las Universidades y regulados en este nuevo Real Decreto.

Calendario de aplicación

En cuanto al calendario de implantación, este nuevo sistema de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado será de aplicación a los estudiantes que hayan obtenido el título de Bachiller del Sistema Educativo Español regulado en la LOMCE, y que accedan a estas enseñanzas a partir del curso académico 2017-2018. Para los estudiantes en posesión de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior, así como para los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, los nuevos criterios de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado serán de aplicación a partir del curso académico 2014-2015.

Para este período transitorio que abarca los cursos académicos 2014-2015 a 2016-2017, este Real Decreto regula criterios de admisión específicos que las Universidades podrán aplicar para garantizar la admisión en condiciones de igualdad.

Asimismo, el Real Decreto incluye la regulación de algunos procedimientos específicos de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales, como los previstos para personas mayores de 25 años, el acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional para mayores de 40 años, o el acceso para mayores de 45 años, que se mantienen sin cambios con relación a lo previsto en la actual normativa, un Real Decreto del 14 de noviembre de 2008 por el que se regularon las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias de grado y los procedimientos de admisión a las Universidades públicas españolas, norma que se deroga mediante el presente Real Decreto de 2008.

Economía y Competitividad

Industria, Energía y Turismo

MODIFICADA LA REGULACIÓN DEL PROCESO DE TITULIZACIÓN DEL DÉFICIT DEL SISTEMA ELÉCTRICO

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de los Ministerios de Economía y Competitividad y de Industria, Energía y Turismo, un Real Decreto que modifica otro del año 2010 que reguló el Fondo de Titulización del Déficit del Sector Eléctrico.

El Real Decreto tiene como finalidad agilizar las emisiones vinculadas a este Fondo de Titulización, optimizar estas emisiones, dotarlas de mayor flexibilidad y disminuir los tiempos de selección de las entidades colaboradoras. Se trata de una norma que lo que viene a hacer, en definitiva, es aumentar la eficiencia en las colocaciones.

Con la modificación del Real Decreto del de abril de 2010 se agiliza el procedimiento para llevar a cabo la selección de entidades financieras que dirijan la colocación de los instrumentos financieros que emita el Fondo. En el contexto de mercado actual en el que los emisores compiten para captar fondos en los mercados de capitales es necesario dotar de flexibilidad al Fondo en su calidad de emisor, de forma que pueda aprovechar las oportunidades de emisión que surjan de manera eficiente.

Así, se reduce el tiempo necesario para seleccionar a las entidades colocadoras, y se transfiere la competencia de apertura del proceso y fijación de criterios de selección desde la Comisión Interministerial a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, que realizará una preselección de entidades sobre la base de los criterios técnicos y económicos que figuran en el real decreto. No obstante, la Comisión Interministerial seguirá siendo el órgano competente para la resolución del proceso de selección.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

DESPLIEGUE EN TORREJÓN DE UN CENTRO DE SERVICIOS DEL SISTEMA EUROPEO DE NAVEGACIÓN MUNDIAL POR SATÉLITE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma conocimiento del Memorando de Entendimiento entre España y la Comisión Europea sobre el despliegue de un Centro de Servicios del sistema mundial de radionavegación por satélite en Madrid y del Acuerdo de Acogida de dicho Centro.

Los sistemas de navegación mundial por satélite, -Global Navigation Satellite System (GNSS)- son una constelación de satélites para la radionavegación, el posicionamiento y la localización por aire, tierra y mar.

En un principio, los GNSS existentes eran el estadounidense Global Positioning System (GPS) y el ruso Global Orbiting Navigation Satellite System (GLONASS) que fueron diseñados con fines militares.

Programa Galileo

La Unión Europea, consciente del carácter estratégico de una tecnología tan esencial, decidió dotarse de un sistema propio de GNSS, que se ha creado y desarrollado en virtud de la competencia compartida referida a las redes transeuropeas, ahora contemplada en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, para desarrollar un sistema bajo control civil y una infraestructura de GNSS autónoma consistente en una constelación de satélites y una red de estaciones terrestres que constituyen el programa Galileo.

Las instalaciones terrestres del GNSS europeo están constituidas por varios centros y uno de ellos estará ubicado en España en Torrejón de Ardoz (Madrid).

El Ministerio de Fomento y la Comisión Europea suscribieron en 2011 el Memorando de Entendimiento (MoU) sobre el despliegue de un Centro de Servicios GNSS en Madrid (GSC). En ese mismo año se comunicó a la Comisión Europea la designación del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA) del Ministerio de Defensa, como entidad de acogida de las instalaciones terrestres del Centro de Servicios del programa Galileo.

La Comisión Europea decidió el establecimiento progresivo del Centro de Servicios lo que se inició en 2011, y su finalización está prevista para 2016.

Condiciones de acogida

El Acuerdo de Acogida del Centro de Servicios GNSS establece los términos detallados de las condiciones de acogida. España se compromete a proporcionar a la Comisión el uso de una superficie de 1.140 metros cuadrados titularidad del INTA situado en Torrejón de Ardoz (Madrid) para la ubicación del Centro. Por su parte, la Comisión Europea o sus entidades relacionadas tendrán derecho exclusivo de uso de las instalaciones, al mismo tiempo que España se compromete a tomar las medidas necesarias para la protección de las mismas y a garantizar el acceso libre de personas, bienes y equipos destinados a la operación del Centro.

La Comisión Europea, además, es responsable de la adquisición, despliegue y homologación del equipo del GSC, de la selección del operador y de la prestación de los servicios de acogida asociados al establecimiento, sufragando los gastos de estas actividades.

El Acuerdo, que permanecerá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2033, se estima beneficioso para España, ya que el Sistema de Navegación por Satélite europeo ha contribuido a dar un impulso positivo a las industrias, servicios e investigación europea. Es por ello que se espera que la instalación en Madrid de uno de sus centros constituya un polo de atracción en este ámbito, que tanto la Unión Europea como España consideran estratégico y de enorme futuro.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

NUEVA REGULACIÓN PARA EL CONSEJO NACIONAL DEL CLIMA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la composición y funciones del Consejo Nacional del Clima.

La lucha frente al cambio climático se ha convertido en un objetivo preferente en las agendas de los Gobiernos y de la propia Unión Europea, teniendo presente en todo momento el carácter transversal de las medidas que se han de adoptar y la trascendencia para las políticas sectoriales y agentes implicados en ella.

El nuevo Real Decreto, que deroga al anterior, reordena su estructura y composición para convertir este órgano en un verdadero foro institucional de participación de todas las Administraciones Públicas, así como de las organizaciones y entidades representativas de intereses sociales y ambientales, en la elaboración y seguimiento de las políticas sobre cambio climático promovidas por el Estado.

El Real Decreto precisa que el nuevo funcionamiento del Consejo Nacional del Clima no supondrá incremento alguno del gasto público y establece un plazo concreto de dos meses para que las diferentes Administraciones Públicas y entidades, representadas en dicho órgano, propongan a sus representantes ante el mismo.

Entre las novedades figuran que los tres vocales designados por las organizaciones ecologistas pasan ahora a ser cinco, y que se incorporan tres vocales designados por asociaciones de los sectores de la agricultura, ganadería, pesca e industria alimentarias, que antes no existían, así como más representantes de la Secretaría de Estado de Ciencia e Investigación del Ministerio de Economía y Competitividad.

Justicia

CONCEDIDA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A LA PRESTIGIOSA DIRECTORA DE ORQUESTA CUBANA ZENAIDA CASTRO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a la prestigiosa directora de orquesta de origen cubano Zenaida Bárbara Castro Romeu.

Castro, nacida en La Habana, dirige la orquesta de cámara "Camareta Romeu" y está unida a España por importantes vínculos artísticos y personales, ya que es descendiente de españoles y varios de sus hijos y nietos residen en nuestro país, ostentando ya la nacionalidad española.

La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales y después de tramitar un expediente para cada caso particular, como ha ocurrido en los que ha resuelto hoy el Gobierno. Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad, salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.

Fomento

MÁS DE 120 MILLONES PARA OBRAS DE CONSERVACIÓN EN VARIAS CARRETERAS DE SEIS PROVINCIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de siete contratos de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación de carreteras del Estado en las provincias de Murcia, Barcelona, Pontevedra, Teruel, Badajoz y Huesca, por un importe conjunto de 123.300.910, 46 euros.

Murcia

Los contratos referidos a Murcia afectan a dos sectores. El contrato del sector número uno, con un valor estimado de 16,662.824,81 euros, atenderá las labores de mantenimiento de las siguientes carreteras:

  • Autovía A-7 del PK 598,0000 al PK 662,890
  • Autovía A-91 del PK 0,250 al PK 17,980
  • Carretera N-342a del PK 83,060 al 98,670

El contrato del sector número cuatro, con un importe estimado de 17,418.128,32 euros, atenderá las labores de mantenimiento de las siguientes carreteras:

  • Autovía A-30 del PK 121,440 al 151,000
  • Autovía A-7 del PK 553,490 al PK 567,329, y del PK 570,030 al PK 598,000
  • Autovía MU-30 del PK 0,000 al PK 9,124
  • Autovía del Reguerón, desde el enlace con la A-30 hasta el final de tramo
  • Carretera N-310a del PK 377,580 al PK 378,338
  • Carretera N-344 del PK 4,520 al PK 5+500, y del PK 8,640 al PK 9,800

Barcelona

Las obras corresponden al sector B-4, con un presupuesto de 26.465.675,32 euros. El contrato atenderá las labores de mantenimiento de las siguientes carreteras:

  • Autovía A-2 del PK 530,722 al PK 604+435 y carretera N-II del PK 585,000 al 587+100
  • Autovía A-2/AP-7 del PK 0,000 al PK 2,400.

Pontevedra

Las carreteras afectadas en Pontevedra son del sector PO-3, con un presupuesto de 20.562.140,46 euros.

El contrato atenderá las labores de mantenimiento de las siguientes vías:

  • Autovía A-52 del PK 267,1 al PK 306,1
  • Autovía A-55 del PK 0,0 al PK 32,0
  • Carretera N-120 del PK 609,9 al PK 653,4
  • Carretera N-550 del PK 141,5 al PK 155,8
  • Carretera N-551 del PK 0,0 al PK 2,0
  • Carretera N-552 del PK 0,0 al PK 9,825
  • Carretera N-555 del PK 0,0 al PK 6,92
  • Carretera N-559 del PK 0,0 al PK 5,2

Teruel

Con un importe estimado de 15,205.515,72 euros, el contrato atenderá las labores de mantenimiento de las siguientes carreteras en Calamocha:

  • Autovía A-23 entre Santa Eulalia del Campo y el límite provincial con Zaragoza, y carretera N-234 en el mismo ámbito.
  • Carretera N-211 entre el límite provincial con Guadalajara y Monreal del Campo, entre Caminreal y la intersección con la A-222 en el puerto de Mínguez, y entre el puerto de Mínguez y Montalbán.

Badajoz

Las obras autorizadas en el sector BA-4 tienen un presupuesto de 14.031.780,27 euros. El contrato atenderá las labores de mantenimiento de las siguientes carreteras:

  • Autovía A-5 del PK 301,830 al PK 407,821 y carretera N-V del PK 330,975 al PK 338,550, del PK 43,230 al PK 345,300 y del PK 373,065 al PK 373,815
  • Carretera BA-20 del PK 0,00 al PK 7,690
  • Carretera N-430 del PK 0,000 al PK 1,540.

Huesca

Con un importe estimado de 12,954.845,56 euros, el contrato atenderá las labores de mantenimiento de las siguientes carreteras en el sector HU-6, en Fraga:

  • Autovía A-2 del PK 431,500 al PK 443,701
  • Autovía A-22 del PK 19,270 al PK 57,450
  • Carretera N-240 del PK 118,400 al PK 158,000
  • Carretera N-II del PK 394,400 al PK 431,500, y carretera N-IIa del PK 408,000 al PK 411,000
  • Carretera N-211 del PK 318,350 al PK 330,350

Características de los trabajos

Los contratos de servicios para la ejecución de operaciones de conservación y explotación en la red de carreteras del Estado tienen el objetivo de realizar aquellas actividades que son necesarias para mantener en servicio las carreteras las 24 horas del día y los 365 días del año. Para ello la red se halla dividida en una serie de sectores, cada uno de los cuales es atendido mediante un contrato de este tipo.

A través de estos contratos se atiende el servicio de comunicaciones, el servicio de vigilancia, la atención a accidentes y el mantenimiento de los elementos de la carretera. Entre ellos, se realiza el mantenimiento sistemático de las instalaciones eléctricas y del alumbrado, tanto de túneles como a cielo abierto, la señalización variable y los semáforos.

También se llevan a cabo las labores de viabilidad invernal, tanto preventivas para evitar la formación de hielo sobre las calzadas en los días de helada mediante el esparcido de fundentes (sal, salmuera, etcétera), como la retirada de la nieve de las calzadas en los días de nevada.

Asimismo, se realizan los trabajos de desbroce de la vegetación que crece en las márgenes de la carretera, el fresado y la reposición del firme para reparar defectos puntuales en el pavimento, la limpieza de cunetas y obras de drenaje, la reparación de los daños causados por accidentes y, en general, todas las labores de conservación ordinaria de las vías a su cargo.

Además, se incluyen las labores de establecimiento de inventarios y reconocimientos de estado de los elementos de la carretera, la programación y coordinación de las actividades de conservación, el seguimiento e información de la ejecución de los trabajos, las actividades de apoyo a la explotación de la carretera y la realización de estudios de accidentalidad e informes de seguridad vial.

Economía y Competitividad

CRÉDITOS PARA FINANCIAR DOS PROYECTOS DE EMPRESAS ESPAÑOLAS EN KENIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de dos créditos reembolsables, en condiciones concesionales OCDE, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa FIEM, gestionado por la Secretaría de Estado de Comercio, por un importe total de 16,1 millones de euros, para la construcción y equipamiento de tres laboratorios y para el desarrollo de la cobertura de la Televisión Digital Terrestre en Kenia, país estratégico en la política comercial española.

El FIEM es un instrumento de política comercial cuyo objetivo es el apoyo a la internacionalización de nuestra economía. A través del mismo se busca potenciar la competitividad en el exterior de los proyectos españoles y apoyar al sector exterior con nuevos instrumentos, un elemento clave para la recuperación económica de España.

Cobertura de la TDT

Se trata de un crédito de 10.388.903 euros para el desarrollo de la cobertura de la Televisión Digital Terrestre a todas las regiones del país por parte de una empresa española y una empresa keniata. Este proyecto permitirá a la compañía española entrar en el sector de las telecomunicaciones de ese país, fundamental para lograr un crecimiento del 10 por 100 del PIB. Además, es la primera financiación a una operación en este sector en el país, que conlleva más de un 90 por 100 de los bienes y servicios exportados de origen español.

Construcción y equipamiento de tres laboratorios

Este crédito de 5.740.824 euros corresponde a un proyecto de construcción y equipamiento en Nairobi, Mombasa y Kisumu de tres laboratorios de control de calidad de productos pesqueros, con la participación de una empresa española.

El objetivo del proyecto, que abarca ingeniería, obra civil y equipamiento, es contar con una red de laboratorios que controlen la calidad y den seguridad alimentaria a los productos procedentes de la pesca, para cumplir con los requisitos de la normativa europea en control de calidad y seguridad alimentaria. Es también el primer proyecto de este sector que se financia, por lo que tendrá un impacto favorable en la internacionalización de las empresas españolas de este tipo en Kenia.

Hacienda y Administraciones Públicas

SUPLEMENTOS DE CRÉDITO EN EL PRESUPUESTO DEL INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autorizan suplementos de crédito en el presupuesto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, con el fin de financiar las ayudas destinadas a cubrir las pérdidas de la producción incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España para la minería del carbón no competitiva, relativas a la convocatoria de 2014.

Estos suplementos de crédito, que ascienden a 36.080.572,11 euros, se justifican en que con cargo al crédito total previsto para este año fueron financiadas las ayudas convocadas a finales de 2013, en concreto, mediante una Orden Ministerial del 12 de noviembre de ese año. Ahora se aprueban estos suplementos de crédito con el objetivo de posibilitar la convocatoria de ayudas correspondiente a 2014.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REPARACIÓN DE DAÑOS PROVOCADOS POR LOS TEMPORALES EN LA COMARCA DEL BIERZO

El Consejo de Ministros ha acordado la toma de razón de las obras de emergencia destinadas a reparar los daños ocasionados por los temporales registrados entre finales de 2013 y en los primeros meses de este año en la comarca del Bierzo (León), por un importe conjunto de más de 5,3 millones de euros.

Presa de Bárcena

De esta cantidad, 4,8 millones de euros han ido destinados a la reparación y remodelación del aliviadero sumergido de la presa de Bárcena (Ponferrada), mientras que los 560.000 euros restantes se están invirtiendo en la reparación del colector general del río Burbia. El aliviadero sumergido de la presa de Bárcena constituye el principal órgano de desagüe de la presa y está controlado por una compuerta que resultó dañada y que está siendo reparada con esta actuación.

Colector del río Burbia

La segunda actuación aprobada va dirigida a subsanar los daños ocasionados por la entrada masiva de agua en el colector interceptor general del río Burbia a consecuencia de las copiosas lluvias. El agua provocó daños muy graves en la tubería, que tendrá que reponerse en un tramo de 3,5 kilómetros para que el colector pueda seguir prestando el servicio de saneamiento en la zona.

En los dos meses transcurridos entre el 15 de diciembre de 2013 y el 15 de febrero de 2014 se registraron un total de veinticinco temporales de viento y lluvias en la zona noroeste del país, que afectaron de forma especialmente importante al territorio de la demarcación hidrográfica del Miño-Sil, provocando importantes crecidas en todos los ríos de esta cuenca que causaron cuantiosos daños.

Hacienda y Administraciones Públicas

NUEVO CONTRATO DE TELECOMUNICACIONES EN LA SECRETARÍA DE ESTADO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un nuevo contrato para el servicio de Telecomunicaciones en la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y sus organismos públicos que, en comparación con la contratación anterior, supondrá un ahorro mínimo de cuatro millones de euros.

Este contrato tiene por objeto la prestación de los servicios de comunicaciones de voz y datos fijos y móviles entre las sedes y empleados de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y sus organismos, así como la prestación de diversos servicios de seguridad de dicha Secretaría de Estado.

Abarca tanto a los servicios centrales de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, como a las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, al Instituto Nacional de Administración Pública, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios.

Desde enero de 2015

En la actualidad estos servicios se prestan mediante un contrato de comunicaciones y otros relacionados cuyo plazo de vigencia finaliza el 31 de diciembre de 2014. Se unifican ahora estos servicios en un único contrato a partir del 1 de enero de 2015, lo que permitirá una mayor eficiencia en la gestión y la homogeneización y mejora de los niveles de calidad.

Debido a la diferente naturaleza de los servicios, el contrato se desglosa en cuatro lotes que serán objeto de adjudicación independiente:

  • Lote 1: Red corporativa multiservicio y servicio de telefonía fija.
  • Lote 2: Comunicaciones móviles.
  • Lote 3: Seguridad perimetral.
  • Lote 4: Red de área local.

El plazo de vigencia máximo será de dos años, prorrogable por otros dos, y con un importe estimado, incluida s modificaciones y prórrogas, de 40.062.891,56 euros.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON SINGAPUR SOBRE PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA EN EL ÁMBITO DE LA DEFENSA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Singapur sobre protección recíproca de información clasificada en el ámbito de la defensa.

El Acuerdo tiene por finalidad garantizar la protección de la información clasificada intercambiada entre ambos países en relación con acuerdos de cooperación o contratos en el ámbito de la defensa celebrados entre sus entidades públicas.

La firma del Acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la Defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales, por lo que se hace necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Este Acuerdo constituye, por tanto, un instrumento jurídico esencial que favorecerá el desarrollo de la industria española de la Defensa y los intercambios comerciales bilaterales en este sector, que en la actualidad son reducidos.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Subsecretario de Asuntos Exteriores y de Cooperación.-

D. CRISTÓBAL GONZÁLEZ-ALLER JURADO.

Nacido el 5 de septiembre de 1955 en Aguilar de la Frontera (Córdoba), es Licenciado en Derecho e ingresó en 1981 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Zaire, Alemania, Luxemburgo y Representación Permanente de España ante la Unión Europea. Fue subdirector general adjunto de Personal, subdirector general de Asuntos Interministeriales y Coordinación de la Unión Europea y director general de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias. En 2003 fue designado embajador Representante Permanente Adjunto de España ante la Unión Europea y desde noviembre de 2010 era embajador de España en la República de Turquía.

Embajador de España en el Principado de Andorra.-

D. MANUEL MONTOBBIO DE BALANZÓ.

Nacido el 3 de julio de 1962 en Barcelona, es Licenciado en Derecho y en Ciencias Económicas y Doctor en Ciencias Políticas. Ingresó en 1988 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en El Salvador, Indonesia, México y Guatemala. Ha sido subdirector general de la Oficina de Planificación y Evaluación y director del Gabinete del Secretario de Estado de Asuntos Exteriores. En 2002 fue nombrado embajador en Misión Especial para el Fórum Universal de las Culturas-Barcelona 2004 y en 2003 era embajador en Misión Especial. En junio de 2006 fue designado embajador de España en la República de Albania y actualmente era vocal asesor en la Dirección General de Política Exterior, Europa y Seguridad.

Embajador de España en la República de Chipre.-

D. ÁNGEL LOSSADA TORRES-QUEVEDO.

Nacido el 21 de octubre de 1962 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1989 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Rusia, Argelia y Francia. Ha sido subdirector general de Oriente Medio y segundo jefe de la Embajada de España en el Líbano. En 2004 fue nombrado director de la Unidad de Coordinación de la Participación de España en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y desde julio de 2005 era director general de Asuntos Internacionales de Terrorismo, No Proliferación y Desarme. En abril de 2008 fue nombrado secretario de Estado de Asuntos Exteriores y, posteriormente, vocal asesor en el Gabinete del Secretario de Estado de Asuntos Exteriores e Iberoamericanos. En la actualidad ocupaba la segunda jefatura en la Embajada de España en Pretoria.

Embajador de España en el Reino de Dinamarca.-

D. ENRIQUE PASTOR Y DE GANA.

Nacido el 15 de enero de 1948 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1974 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Túnez y ante la Organización de Estados Americanos. Fue Subdirector General de Asuntos Internacionales de Seguridad, Vicepresidente de la Sección Española del Comité Hispano-Norteamericano y Consejero de la Embajada de España en Washington, prestando servicio a la Casa Real. En 1996 fue nombrado del Departamento de Protocolo de la Presidencia del Gobierno y, posteriormente, Embajador de España en Irlanda. Ha sido vocal asesor en la Inspección General de Servicios del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y desde septiembre de 2009 embajador de España en la República de Hungría.

Embajador de España en la República de Filipinas.-

D. LUIS ANTONIO CALVO CASTAÑO.

Nacido el 15 de septiembre de 1956, es Licenciado en Derecho e ingresó en mayo de 1982 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Bolivia, Rusia, Chile y Argelia. Ha sido subdirector general de Asuntos Internacionales de Desarme y de África del Norte. En 2001 pasó a ocupar el puesto de Embajador de España en Mozambique y, más tarde, el de Cónsul General de España en Mendoza. Fue subdirector adjunto de África Subsahariana y desde 2012 era subdirector general de América del Norte.

Embajador de España en la República de Hungría.-

D. JOSÉ ÁNGEL LÓPEZ JORRÍN.

Nacido el 1 de abril de 1948 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1974 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Perú, Venezuela y Países Bajos. Fue subdirector general de Servicio Exterior y de Europa Occidental. En 1997 fue nombrado embajador de España en Bosnia y Herzegovina, y, posteriormente, embajador de España en Bulgaria. Fue vocal asesor en la Dirección General de Política Exterior para Europa y América del Norte, y en 2006 pasó a ocupar el puesto de embajador en Misión Especial Encargado para la Coordinación de la Presidencia Española de la OSCE en 2007. Desde octubre de 2008 era embajador de España en la República Eslovaca. Desde julio de 2012 era director de la Oficina del Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España.

Embajador de España en la República de Kenia.-

D. JOSÉ JAVIER NAGORE SAN MARTÍN.

Nacido el 15 de marzo de 1947 en Pamplona, es Licenciado en Derecho e ingresó en el Servicio Diplomático en 1977.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Agadir, Costa Rica y Toulouse. Ha sido director adjunto del Gabinete Técnico del Secretario de Estado de Asuntos Exteriores y subdirector general de Personal del Ministerio. En 1996 fue designado embajador de España en Camerún y, en octubre de 2000, embajador de España en la República de Honduras. Fue vocal asesor en la Subdirección General de Personal y Cónsul General de España en Bayona y en Lisboa, cargo que desempeñaba en la actualidad.

Embajador de España en el Estado de Kuwait.-

D. CARLOS SÁENZ DE TEJEDA GORMAN.

Nacido el 29 de mayo de 1955, es Licenciado en Historia e ingresó en 1986 en la Carrera Diplomática.

Ha ocupado las segundas jefaturas en las Embajadas de España en Arabia Saudí, El Salvador, ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, Turquía, República Federal de Alemania e Irán. Fue subdirector general de Asuntos Internacionales de Desarme y actualmente era subdirector general de Asia Meridional y Oriental.

Embajador de España en Libia.-

D. JOSÉ ANTONIO BORDALLO HUIDOBRO.

Nacido el 22 de diciembre de 1949, es Licenciado en Derecho y Graduado en Ciencias Empresariales por ICADE, e ingresó en 1979 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Iraq, Guatemala, Alianza Atlántica, Chile y Yugoslavia. Ha sido vocal asesor del Departamento Internacional de Presidencia del Gobierno e inspector general de los Servicios en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. En 1996 fue nombrado embajador de España en la República Democrática del Congo y, posteriormente, embajador de España en la República del Paraguay e inspector general de los Servicios en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. En julio de 2004 fue nombrado director general de Cooperación Jurídica Internacional y en julio de 2005, gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional. Ha sido vocal asesor en el Gabinete Técnico de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores y actualmente era director de la Academia de España en Roma.

Embajador de España en el Gran Ducado de Luxemburgo.-

D. CARLOS MARÍA DE LOJENDIO Y PARDO MANUEL DE VILLENA.

Nacido el 10 de abril de 1952 en San Sebastián, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1979 en el Servicio Diplomático.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Paraguay, Bruselas, Marsella y México. Ha sido subdirector general de Planificación y Organización de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores. En 1996 fue designado embajador de España en Libia y en mayo de 2000 embajador de España en la República de Panamá. Fue vocal asesor e inspector general jefe en la Inspección General de Servicios y Cónsul General de España en Casablanca. Actualmente era vocal asesor en la Dirección General para el Magreb, África, Mediterráneo y Oriente Medio

Embajador de España en la República de Malta.-

D. JOSÉ MARÍA PONS IRAZAZÁBAL.

Nacido el 12 de abril de 1948 en Palma de Mallorca, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1974 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Polonia y Suiza. Fue vocal asesor en la Secretaría de Estado para las Relaciones con las Comunidades Europeas y del Departamento Internacional del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, Departamento que dirigió entre 1991 y 1995. Ha sido embajador de España en los Reinos de los Países Bajos y de Dinamarca. En 2004 fue nombrado director general de Política Exterior para Europa y América del Norte, y en junio de 2008, embajador de España en la República de Austria. Fue vicepresidente del Consejo Superior de Asuntos Exteriores y desde 2012 era Cónsul General de España en Pekín.

Embajador de España en la República de Turquía.-

D. RAFAEL MENDÍVIL PEYDRO.

Nacido el 12 de junio de 1948 en Barcelona, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1974 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Argelia, Suiza y Unión Soviética. Ha sido subdirector general de Europa Occidental en la Dirección General de Política Exterior para Europa y Cónsul General de España en Burdeos y en Francfort. En 1996 fue nombrado jefe del Gabinete Técnico del Subsecretario de Asuntos Exteriores y en 1998 director general del Servicio Exterior. En julio de 2004 fue designado embajador de España en Polonia. Fue inspector de servicios; en marzo de 2009 embajador en Misión Especial para Afganistán y Pakistán, y en noviembre de 2010 embajador de España en la República de Bulgaria. Actualmente era subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Embajadora en misión especial-directora de la Unidad de Emergencia Consular.-

DÑA. MARÍA DE LA SOLEDAD FUENTES GÓMEZ.

Nacida el 11 de septiembre de 1954 en Caracas, es Licenciada en Derecho e ingresó en 1984 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinada en las representaciones diplomáticas españolas en Corea, Francia, Noruega y Representación Permanente ante la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa. Ha sido subdirectora general de Promoción Cultural del Instituto de Cooperación Iberoamericana, jefa adjunta del Gabinete Técnico del Secretario General de Política Exterior y para la Unión Europea, y subdirectora general para la Protección de Españoles en el Extranjero. En diciembre de 2005 fue designada embajadora de España en la República Socialista de Vietnam y en junio de 2009, embajadora de España en la República de Níger, cargo que desempeñaba en la actualidad.

Director de la Oficina del Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España.-

D. RAFAEL CONDE DE SARO.

Nacido el 21 de diciembre de 1951, en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1977 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Noruega, México y Portugal. Fue subdirector general de Relaciones Económicas Multilaterales, director general de Recursos Pesqueros en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, subdirector general de Personal y segundo jefe en la Embajada de España en Washington. En 2000 fue nombrado director general de Política Exterior para Asia y Pacífico y en 2002 pasó a ocupar el puesto de embajador de España en la República de la India. Desde abril de 2008 era director general de Relaciones Económicas Internacionales y Asuntos Energéticos. En octubre de 2010 fue designado embajador de España en la República de Indonesia, cargo que desempeñaba en la actualidad.

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