Referencia del Consejo de Ministros

5.7.2013

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de Garantía de la Unidad de Mercado.
  • REAL DECRETO por el que se desafecta un bien del Patrimonio Nacional.
  • ACUERDO por el que se aprueba solicitar al Gobierno de la República de Filipinas el indulto a favor de Francisco Juan Larrañaga González.
  • ACUERDO sobre establecimiento y explotación del Centro de Operaciones Aéreas Combinadas (CAOC) en Torrejón de Ardoz como Cuartel General Militar Internacional.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa para el establecimiento del bloque funcional del espacio aéreo del Suroeste (SW FAB) y se solicita su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República Argentina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y de su Protocolo y Memorando de entendimiento, y se solicita su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del gasto autorizado por Acuerdo de 10 de febrero de 2012 para el Sistema Helios II, mediante una minoración de la anualidad comprometida para el año 2013.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra el apartado siete del artículo único de la Ley Foral 10/2013, de 12 de marzo, de modificación de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
  • ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia formulado por el Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña, en relación con los artículos 9.1 y 2; 11.1 y 2; 12.1 y 4; 13.2; la Disposición transitoria primera y la Disposición final tercera del Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión.
  • ACUERDO por el que se constituye una comisión de expertos para la reforma del sistema tributario español.
  • ACUERDO por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para la suscripción de sendos Convenios de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y las ciudades de Ceuta y Melilla, por los que se canalizan respectivas subvenciones nominativas a dichas ciudades para la realización de programas y actividades en materia de asistencia social durante el ejercicio 2013.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de Cantabria, por el que se canaliza una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2013, para la financiación del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla de Santander.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio de colaboración entre el Consejo Superior de Deportes y la Generalitat de Catalunya para actividades, infraestructuras y equipamiento en el Centro de Alto Rendimiento de Sant Cugat en el ejercicio 2013.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Economía y Competitividad, por importe total de 263.000.000 euros, para dar cumplimiento a los Acuerdos de apoyo a Grecia adoptados por los Estados miembros del Eurogrupo.

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza la contratación de la prestación de los servicios postales para el Ministerio del Interior.
  • ACUERDO por el que se revisa el Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios.

Fomento

  • ACUERDO por el que se declaran los servicios de transporte ferroviario de viajeros, competencia de la Administración General del Estado, prestados sobre la red de ancho métrico, y los de "alta velocidad media distancia", prestados sobre la red de altas prestaciones Avant, que quedarán sometidos a obligación de servicio público.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 336/2010, de 19 de marzo, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Empleo y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se impone una sanción por cuantía de 130.124,29 euros a la empresa Áridos Aeropuerto, S.L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia correspondientes a los servicios de explotación, conservación y mantenimiento de las infraestructuras del Sistema automático de información hidrológica de la cuenca del Tajo e infraestructuras asociadas.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia de instalación de una arteria de abastecimiento de agua desde el depósito regulador de Goo a los núcleos de Calvos y Vilasouto, en el término municipal de O Incio (Lugo).

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 846/2011, de 17 de junio, por el que se establecen las condiciones que deben cumplir las materias primas a base de materiales poliméricos reciclados para su utilización en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.

ACUERDOS DE PERSONAL

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de teniente general del Cuerpo General del Ejército de Tierra al general de División D. ALFREDO RAMÍREZ FERNÁNDEZ y se le nombra jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra.
  • REAL DECRETO por el que se nombra gran canciller de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo al general del Aire del Cuerpo General del Ejército del Aire, en situación de reserva, D. FRANCISCO JOSÉ GARCÍA DE LA VEGA.

Hacienda y Administraciones Públicas

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se nombra rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia a D. ALEJANDRO TIANA FERRER.

CONDECORACIONES

Interior

  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a Dª MERCEDES DREHS RECARTE a consecuencia del atentado terrorista cometido en Madrid el día 12 de abril de 1985.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a D. IGNACIO OLAIZ MICHELENA a consecuencia del atentado terrorista cometido en Andoaín (Guipúzcoa), el día 29 de octubre de 1978.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a D. JESÚS MARÍA VIDAURRE OLLETA a consecuencia del atentado terrorista cometido en Pamplona el día 1 de mayo de 1980.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Economía y Competitividad

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE GARANTÍA DE LA UNIDAD DE MERCADO
  • Los operadores necesitarán la licencia de una sola Comunidad Autónoma y podrán operar en todo el territorio nacional.
  • El Consejo de Estado respalda el texto que también cuenta con el apoyo mayoritario de las Comunidades Autónomas.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, una vez superado el trámite de audiencia pública. La norma, dirigida a asegurar la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio nacional, está inspirada en el principio de licencia única y legislación de origen, que ya funcionan en el Mercado Único europeo. De esta forma, cualquier producto o servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica podrá ser ofertado en todo el territorio nacional sin necesidad de trámite adicional.

El pasado mes de enero el Consejo de Ministros dio luz verde al Anteproyecto de Ley. Dada la importancia de la norma y la voluntad del Gobierno de trabajar en ella con el máximo consenso, el texto legal se publicó en la web del Ministerio de Economía para que todas las Administraciones, instituciones, organismos y ciudadanos que lo estimaran oportuno pudieran enviar observaciones y se inició entonces un exhaustivo proceso de audiencia pública. Durante el trámite se han recibido un total de 37 observaciones y 15 informes preceptivos.

Informes

En particular, se han recabado informes de la Comisión Nacional de la Competencia, Comisión Nacional de Entidades Locales, Consejo General del Poder Judicial, Consejo Económico y Social, Consejo de Consumidores y Usuarios, Agencia de Protección de Datos, Abogacía General del Estado y, finalmente, Consejo de Estado, en el ánimo de mejorar al máximo posible todos los aspectos de una de las principales reformas que lleva adelante el Gobierno. Cabe destacar en este sentido que el Consejo de Estado da en el escrito su respaldo a la norma desde el punto de vista constitucional y no realiza observaciones esenciales, si bien hace diversas propuestas dirigidas a mejorar la norma.

Tras cumplir con este amplio proceso de audiencia pública, el Consejo de Ministros ha aprobado su remisión a las Cortes Generales, de acuerdo con los plazos comprometidos en el Plan Nacional de Reformas.

La firme convicción del Gobierno en la necesidad de esta Ley, así como la aprobación en sus objetivos y términos generales muy mayoritaria de las Comunidades Autónomas y del propio Consejo de Estado, ha supuesto que el texto no varíe significativamente en cuanto a sus elementos esenciales, si bien ha incorporado numerosas mejoras desde el punto de vista técnico-jurídico.

Cabe destacar, igualmente que la Comisión Europea, en su informe sobre España del mes de abril "in-depth review", valora la norma y considera que el texto legal adoptado por el Consejo de Ministros tiene el potencial de reducir la fragmentación del mercado interior, ampliar la competencia y ganar eficiencia, y solicita que se mantenga el grado de ambición de la ley y su calendario. El Consejo Europeo, en sus Recomendaciones a España en el procedimiento del Semestre Europeo, también estableció la necesidad de "eliminar los múltiples obstáculos al ejercicio de la actividad resultantes de la existencia de normas múltiples y superpuestas establecidas por los distintos niveles de Gobierno".

Impacto económico

De acuerdo con los estudios del Ministerio de Economía y Competitividad, la aprobación de esta Ley va a suponer un aumento total del PIB del 1,52 por 100 en un período de diez años. El aumento sería, aproximadamente, del 0,15 por 100 PIB anual los primeros diez años, en torno a 1.500 millones de euros cada año.

Una vez que se apruebe, los productores tendrán que pedir una sola licencia, en una Comunidad Autónoma, y podrán comercializar sus productos en todo el país. Los prestadores de servicios tendrán también que pedir una única licencia de actividad y tendrán que atender, al igual que ocurre en Europa, a los requisitos de destino para ejercer esa actividad.

El establecimiento de este principio de licencia única elimina en la práctica el coste de tener que someterse hasta a diecisiete regulaciones distintas para operar en España.

Principales aspectos de Ley

Los principales aspectos de la ley son los siguientes:

  1. Licencia única y legislación de origen:
    • Cualquier producto o servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica podrá ser ofertado en cualquier punto del territorio español sin necesidad de modificación o trámite adicional.
    • El establecimiento de este principio elimina de inmediato el coste de tener que someterse a diecisiete regulaciones distintas para operar en España.
  2. Restricciones al sometimiento de autorizaciones y requisitos prohibidos.
    • Se limitan los supuestos en los que las Administraciones Públicas pueden someter a autorización el ejercicio de actividades económicas.
    • Se prohíbe la exigencia de requisitos basados directa o indirectamente en el lugar de residencia del operador.
  3. Cooperación administrativa.
    • Se regulan mecanismos de cooperación entre Administraciones Públicas para el intercambio de información necesario entre las autoridades de origen y de destino.
  4. Procedimiento ágil de resolución de conflictos.
    • Se legitima a la futura Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para recurrir en vía contencioso-administrativa cualquier acto que vulnere la unidad de mercado.
    • La admisión a trámite de dicho recurso podrá significar la suspensión automática del acto o disposición recurridos.
    • Se permite a los operadores solicitar a esta Comisión el recurso de actos o disposiciones contrarias a la unidad de mercado que les afecten.
    • Ello implica que los operadores podrán obtener la suspensión de sanciones impuestas hasta que no se pronuncie un órgano jurisdiccional evitando las pérdidas ocasionadas por dilaciones judiciales.

Hacienda y Administraciones Públicas

CONSTITUIDA LA COMISIÓN DE EXPERTOS PARA LA REFORMA TRIBUTARIA
  • Presidida por el catedrático Manuel Lagares, deberá orientarse sus propuestas a lograr un sistema tributario más sencillo y neutral, garantizar la suficiencia de ingresos, potenciar la eficiencia de la economía y el desarrollo social
  • Recogerá sus conclusiones en un informe que deberá ser entregado antes de fin de febrero de 2014

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se constituye una comisión de expertos para la reforma del sistema tributario español, de forma análoga a la que se constituyó en 1997 para la reforma del IRPF. El Gobierno inicia el proceso para acometer una reforma legislativa que suponga una revisión del conjunto del sistema tributario que permita ayudar a la recuperación económica y la creación de empleo en el momento oportuno.

La comisión tendrá por objeto realizar un análisis del referido sistema con el fin de formular propuestas para su reforma. Deberá orientarse a potenciar la eficiencia de la economía, el crecimiento de su producción y el empleo de su fuerza de trabajo, contando en todo caso con las restricciones que impone la vigente Ley de Estabilidad Presupuestaria. El ámbito de sus propuestas podrá extenderse a las medidas que deban adoptarse para una mejor gestión e inspección de los tributos.

Las líneas de revisión que deberán afrontarse son cuatro:

  1. Lograr un sistema tributario sencillo, de mayor simplicidad.
  2. Garantizar la suficiencia de ingresos tributarios de forma que ratifique el compromiso de consolidación fiscal asumido.
  3. Obtener un sistema tributario que favorezca el desarrollo económico, garantice la unidad de mercado y la neutralidad fiscal.
  4. Potenciar el desarrollo social con medidas que favorezcan a colectivos como familias, discapacitados o medidas que estimulen el ahorro.

Las conclusiones se recogerán en un informe final que habrá que entregarse al ministro de Hacienda y Administraciones Públicas antes de terminar el mes de febrero de 2014. El funcionamiento de la comisión de expertos no supondrá incremento de gasto público.

Integrantes

La comisión de expertos estará exclusivamente formada por profesionales económicos y tributarios de reconocido prestigio en el ámbito académico profesional. Al frente de ella estará un presidente, Manuel Lagares Calvo, y la completarán ocho vocales: Pedro Manuel Herrera Molina, Fernando Fernández Méndez de Andes, Sixto Álvarez Melcón, Rafael Ortiz Calzadilla, Juan Francisco Corona Ramón, Francisco Castellano Real, Maximino Carpio García y Pablo Hernández de Cos.

La función de todos ellos es asesorar de manera independiente al Gobierno en materia de reforma de todo el conjunto del sistema tributario español. Para llevar a término su trabajo podrán solicitar opinión a las personas u organismos que considere adecuados.

Manuel Lagares Calvo.- Doctor en Ciencias Económicas y Empresariales, Inspector de Hacienda en excedencia, Catedrático de Hacienda Pública de la Universidad de Alcalá de Henares. En 1977 fue nombrado Subsecretario de Economía en el primer Gobierno democrático de España. Fue coordinador del equipo que elaboró el Libro Verde de la Reforma Tributaria española de 1977-1978, consejero para Asuntos Económicos del Presidente del Gobierno (presidentes Suárez y Calvo Sotelo). Entre 1978 y 1987 presidió el Grupo de Trabajo para la evaluación del fraude fiscal y fue Presidente de las Comisiones para la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en 1998 y 2002. Ha sido uno de los integrantes del Comité de Expertos sobre el factor de sostenibilidad de las pensiones.

Pedro Manuel Herrera Molina.- Doctor en Derecho. Catedrático de Derecho financiero y tributario de la UNED. Miembro de la sección de Derecho Financiero y Tributario de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Entre 2001 y 2008 fue vocal asesor de Investigación del Instituto de Estudios Fiscales. Investigador principalmente en las áreas de justicia tributaria, derechos de los contribuyentes, fiscalidad internacional, protección fiscal del medio ambiente y tributación local.

Fernando Fernández Méndez de Andes.- Doctor en Ciencias Económicas. Ha sido Profesor Titular de Economía de la Universidad Autónoma de Madrid y actualmente es Profesor de Economía del IE Business School de Madrid. Ha sido Economista jefe y Director del Servicio de Estudios del Banco Santander Central Hispano, así como Economista Principal del Fondo Monetario Internacional en el Departamento del Hemisferio Occidental.

Sixto Álvarez Melcón.- Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad Complutense de Madrid. Inspector de Hacienda del Estado y destacado especialista en consolidación. Miembro del Tribunal de Oposiciones al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado en numerosas ocasiones.

Rafael Ortiz Calzadilla.- Doctor en Ciencias Económicas. Catedrático de Hacienda Pública y Derecho Fiscal de la Universidad Complutense de Madrid. Profesor de Sistema Fiscal en el Colegio Universitario de Estudios Financieros (CUNEF) y en diversos programas de postgrado. Ha participado en diversas reuniones técnicas en el Instituto de Estudios Fiscales para la reforma del IRPF y el Impuestos sobre Sociedades.

Juan Francisco Corona Ramón.- Doctor en Ciencias Económicas y Empresariales. Catedrático de Economía Aplicada. Rector Honorario de la Universidad Abat Oliba-CEU. Investigador en áreas como la Hacienda Pública, creación de empresas y empresa familiar. Director Académico del Instituto de la Empresa Familiar. Ha participado en reformas del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas y en la creación en 1988 del Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

Francisco Castellano Real.- Catedrático de Hacienda Pública de la UNED. Ha sido jefe de asesoría fiscal de la Confederación Española de Cajas de Ahorros. Ha sido uno de los integrantes del Comité de Expertos sobre el factor de sostenibilidad de las pensiones.

Maximino Carpio García.- Doctor en Economía. Catedrático de Economía Aplicada de la Universidad Autónoma de Madrid. Director del Departamento de Economía y Hacienda Pública de dicha Universidad. Entre sus áreas de especialización se encuentran: política fiscal, Haciendas territoriales, sistemas de pensiones, gastos sociales y tercer sector. Consejero del Banco de España.

Pablo Hernández de Cos.- Doctor en Ciencias Económicas. Actualmente es presidente del Grupo de trabajo de Hacienda Pública en el Sistema Europeo de Bancos Centrales y director de Análisis de Política Económica del Banco de España, en donde ha ocupado distintos puestos directivos.

Fomento

RACIONALIZACIÓN DE SERVICIOS FERROVIARIOS DE MEDIA DISTANCIA DE ALTA VELOCIDAD AVANT Y DE ANCHO MÉTRICO
  • La Alta Velocidad-Media Distancia mantiene todas las oportunidades de viaje
  • Los servicios antes prestados por FEVE continuarán los trayectos en su totalidad, ajustando frecuencias en algunos casos

El Consejo de Ministros ha aprobado un plan de racionalización de servicios Avant, de alta velocidad y media distancia, y de ancho métrico, prestados anteriormente por la empresa pública FEVE.

Estas medidas, que deberán adoptarse antes del 31 de julio, se inscriben dentro del plan general de eficiencia de los servicios ferroviarios y de ahorro de costes dentro de las compañías públicas que vienen acometiendo el Ministerio de Fomento y la dirección de Renfe desde principios de 2012.

Avant

Los servicios Avant, que discurren por vías de alta velocidad o altas prestaciones, mantendrán todas las oportunidades de viaje, ya que sólo se realizan dos modificaciones: el servicio Calatayud-Zaragoza, que se prestará al mismo precio, pero con plazas de los trenes AVE Madrid-Barcelona (se incrementarán de las tres frecuencias actuales Avant a cuatro con trenes AVE) y el Jaén-Cádiz, que se prestará por vía convencional.

Los trayectos en trenes de ancho métrico se mantienen en su totalidad, con algunos ajustes en las frecuencias en función de la demanda.

Ancho métrico

Los trayectos en trenes de ancho métrico se mantienen en su totalidad con algunos ajustes en las frecuencias en función de la demanda y con el desarrollo del sistema de paradas facultativas. Con estas medidas se reducirá el déficit de explotación en Viajeros en el ejercicio 2013 en 4,7 millones de euros.

Se trata de servicios de gran relevancia para la vertebración territorial, con un elevado de viajeros al año. Además, en la mayoría de los recorridos es difícil garantizar una oferta alternativa por carretera, debido a la complicada orografía del terreno y a las dificultades climatológicas.

Con estas medidas acordadas por el Consejo de Ministros se garantiza el derecho a la movilidad de todos los ciudadanos mediante el transporte público optimizando sinergias dentro del modo ferroviario.

Tanto en el caso de los servicios Avant, como en los de ancho métrico, se mantienen en todos los casos las oportunidades de viaje para los usuarios.

RED AVANT

Relación de servicios ferroviarios de viajeros de "media distancia", competencia de la Administración General del Estado, prestados sobre la Red de Altas Prestaciones (AVANT), que quedan sujetos a obligación de servicio público:

  • MÁLAGA/CÓRDOBA/SEVILLA
  • MADRID/SEGOVIA/VALLADOLID
  • MADRID/TOLEDO
  • MADRID/CIUDAD REAL/PUERTOLLANO
  • CALATAYUD/ZARAGOZA
  • LLEIDA/BARCELONA
  • OURENSE/SANTIAGO/A CORUÑA
  • BARCELONA/FIGUERES
  • REQUENA/VALENCIA

RED DE ANCHO MÉTRICO

Relación de servicios ferroviarios de viajeros, competencia de la Administración General del Estado, prestados sobre la Red de Ancho Métrico, que quedan sujetos a obligación de servicio público:

LÍNEAS DE CERCANÍAS

Galicia

  • FERROL-ORTIGUEIRA

Asturias

  • GIJÓN-LAVIANA
  • GIJÓN-CUDILLERO
  • OVIEDO-INFIESTO
  • OVIEDO-SAN ESTEBAN DE PRAVIA
  • CAUDAL-ALLER

Cantabria

  • SANTANDER-TORRELAVEGA-CABEZÓN DE LA SAL
  • SANTANDER-LIÉRGANES

País Vasco

  • BILBAO-BALMASEDA

Castilla y León

  • LEÓN-GUARDO

Murcia

  • CARTAGENA-LOS NIETOS

LÍNEAS DE REGIONALES

  • FERROL-GIJÓN-OVIEDO
  • OVIEDO-SANTANDER
  • SANTANDER-BILBAO
  • BILBAO-LEÓN

(Plan de racionalización de transporte ferroviario)

Interior

REVISADO EL PLAN DE AMORTIZACIÓN Y CREACIÓN DE CENTROS PENITENCIARIOS
  • Se prescindirá de la construcción de diez centros de inserción social y de una unidad de madres.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se revisa el Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios (PACEP), que se elaboró el 5 de julio de 1991 y que ha sido objeto de actualización periódica. Esta nueva revisión tiene por objeto adaptar el PACEP a las necesidades penitenciarias actuales y lograr, así, un aprovechamiento más eficiente de los recursos financieros.

La actualización del Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios aprobada hoy consiste en:

  1. Se prescinde de la construcción de diez centros de inserción social previstos Zaragoza, Vigo II, Jaén, Asturias, Castellón, Castilla-La Mancha II, Madrid Oeste, Guipúzcoa, Álava y Vizcaya y de la unidad de madres de León, por no ser necesarios.
  2. Con el fin de racionalizar los proyectos de los Centros ya adjudicados por la Administración anterior (Málaga II, Siete Aguas- Comunidad Valenciana, Soria y Ceuta), la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias dio orden en el año 2012 de reducir la superficie construida, eliminar elementos suntuarios como las piscinas y otros que incrementan el coste de edificación y mantenimiento y no redundan ni en la mejora de seguridad del Centro ni en incrementar su capacidad de rehabilitación de los internos. Con ese mismo fin se va a revisar el proyecto del centro penitenciario Norte III (Guipúzcoa), pendiente de ejecución, eliminando todas las actuaciones proyectadas superfluas o suntuarias.
  3. Con el ahorro generado por las actuaciones descritas -unos 96 millones de euros- se van a acometer obras de mejora en materia de seguridad, salubridad y eficiencia energética en 39 centros penitenciarios existentes que, como consecuencia del transcurso del tiempo, presentan cierto grado de deterioro (Ver cuadro en la siguiente página).
CENTROS PENITENCIARIOS DONDE SE REALIZARÁN LAS OBRAS DE MEJORA
COMUNIDAD AUTÓNOMAPROVINCIACENTRO PENITENCIARIO
AndalucíaGranadaAlbolote
MálagaAlhaurín de la Torre
CádizPuerto II
Aragón ZaragozaDaroca
ZaragozaZuera
AsturiasAsturiasVillabona
BalearesIslas BalearesIbiza
Islas BalearesMallorca
Canarias Las PalmasLas Palmas I
Santa Cruz de TenerifeTenerife
CantabriaCantabriaEl Dueso
Castilla-La Mancha AlbaceteAlbacete
Ciudad RealHerrera de la Mancha
CuencaCuenca
Ciudad RealAlcázar de San Juan
ToledoOcaña I
ToledoOcaña II
Castilla y León BurgosBurgos
PalenciaLa Moraleja (Dueñas)
SalamancaTopas
LeónMansilla
ÁvilaBrieva
Comunidad de MadridMadridMadrid II (Alcalá Meco)
MadridMadrid V (Soto)
Comunidad Valenciana AlicanteAlicante Cumplimiento
AlicanteAlicante Psiquiátrico
Castellón de la PlanaCastellón I
ValenciaValencia Cumplimiento
ValenciaValencia Preventivos
ValenciaValencia-CIS
ExtremaduraBadajozBadajoz
CáceresCáceres
GaliciaOurensePereiro de Aguilar
A CoruñaTeixeiro
PontevedraA Lama
LugoBonxe
LugoMonterroso
La RiojaLa RiojaLogroño
Región de MurciaMurciaMurcia I

Presidencia

EL BUQUE "FORTUNA", DESAFECTADO DEL PATRIMONIO NACIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se decide que el buque "Fortuna" quede desafectado del Patrimonio Nacional.

El yate "Fortuna" fue donado en junio de 2000 al Patrimonio Nacional por la Fundación Turística y Cultural de las Illes Balears para uso y disfrute de S.M. el Rey y de los miembros de la Real Familia.

El pasado mes de mayo la Casa de S.M. el Rey comunicó al presidente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional la voluntad de S.M el Rey de prescindir del yate "Fortuna". A continuación, este Consejo de Administración acordó elevar al Gobierno propuesta de desafectación del yate "Fortuna".

Asimismo, la Casa de S.M. el Rey informó a la Fundación donante de la voluntad de renuncia de S.M. el Rey y, posteriormente, la Fundación manifestó a Patrimonio Nacional su deseo de que dicho buque le fuera devuelto. Una vez que la Abogacía del Estado dictaminó que procede la revocación de dicha donación, el Consejo de Ministros ha decidido hoy proceder a la desafectación de Patrimonio Nacional del "Fortuna".

Hacienda y Administraciones Públicas

REGULADAS LAS RESPONSABILIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA EUROPEA
  • Se trata de un procedimiento general, transparente y con todas las garantías, que permite que cada Administración asuma la responsabilidad que le corresponda por incumplir obligaciones europeas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea.

Tras la adhesión de España a las Comunidades Europeas en 1986, todas las Administraciones Públicas, cada una según sus competencias, han de cumplir con las obligaciones derivadas del derecho de la Unión Europea. No obstante, ante la Unión Europea el Estado, como Reino de España, es el único responsable por el incumplimiento de estas obligaciones, incluso cuando no tiene capacidad para evitar el incumplimiento por carecer de competencias en la materia.

Para derivar la responsabilidad hacia la Administración responsable del incumplimiento, el artículo 8º y la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera consagraron el principio de responsabilidad individualizada de cada Administración.

En desarrollo de dichas previsiones, mediante el nuevo Real Decreto se establece, por primera vez en el ordenamiento jurídico español, un sistema general de reparto de responsabilidades entre Administraciones ante cualquier incumplimiento de las obligaciones derivadas del Derecho europeo, así como el procedimiento para hacerlo efectivo.

Procedimiento ágil y eficaz

El Real Decreto aprobado hoy cuenta con un procedimiento general, aplicable a cualquier tipo de Administración y entes públicos y ante cualquier incumplimiento de Derecho europeo, transparente y con todas las garantías, que permite que cada Administración asuma la responsabilidad que le corresponda por incumplir obligaciones europeas. Es un procedimiento eficaz y ágil que fomenta la resolución anticipada y convencional.

Además, se mejoran las garantías de pago por parte del sujeto realmente incumplidor, lo que contribuye a un reparto más equitativo de responsabilidades. En el caso de no producirse el pago voluntario, el pago de la deuda se encuentra garantizado mediante la compensación, deducción o retención en el sistema de financiación.

Con ello, España refuerza el cumplimiento de sus compromisos europeos, al implicar a todas las Administraciones y converge con el resto de países europeos territorialmente descentralizados.

Principales aspectos

Los principales aspectos contenidos en el Real Decreto son las siguientes:

  • Afecta a todas las Administraciones y a todo tipo de organismos y entidades públicas.
  • Se aplica en cualquier tipo de incumplimiento de Derecho europeo que lleve asociado el pago de una multa, una corrección financiera, la minoración de la cuantía de las transferencias o fondos que a España le pueden corresponder del presupuesto de la Unión Europea.
  • Se establecen los criterios para determinar quién es el responsable.
  • En cuanto al procedimiento, se sigue el esquema general de un procedimiento administrativo común, con sus tres fases habituales de iniciación, instrucción y resolución. Además, se favorece la negociación entre las partes con el fin de que pueda alcanzarse un acuerdo en cualquier momento del procedimiento e incluso se pueda evitar su inicio si hay un acuerdo previo.
  • Con carácter general será el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas quien instruya estos procedimientos, y será el Consejo de Ministros quien resuelva en un plazo máximo de seis meses.
  • Para el pago de la deuda, el Consejo de Ministros ejecutará la resolución. El declarado responsable podrá pagar voluntariamente o bien mediante la aplicación de una retención, deducción o compensación por cualquier concepto, presupuestario o no.
  • Finalmente, se establece un procedimiento especial para los casos en los que el sujeto responsable pertenezca al sector público estatal con la finalidad de hacerlo más ágil.

Con la nueva normativa se hace efectivo el principio de responsabilidad, ya que cada Administración deberá responder de sus decisiones y se genera una mayor seguridad jurídica, a la vez que se mejora el cumplimiento de nuestros compromisos europeos y la imagen de España en el exterior.

Para la elaboración del Real Decreto se ha contado con la opinión de las Comunidades Autónomas, así como de las Entidades Locales.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

SOLICITADO A FILIPINAS EL INDULTO PARA EL PRESO FRANCISCO LARRAÑAGA

El Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los ministros de Asuntos Exteriores y Cooperación y de Justicia, ha aprobado solicitar al Gobierno de Filipinas la concesión del indulto de la pena de prisión pendiente de cumplimiento para el preso español Francisco Juan Larrañaga González.

Francisco Larrañaga fue inicialmente condenado a cadena perpetua en 1999, aunque en 2004 el Tribunal Supremo de Filipinas le impuso pena de muerte. El Gobierno español solicitó entonces que se le conmutara la pena capital por una cadena perpetua, a lo que accedió el Gobierno de Filipinas en 2006.

Al año siguiente, España y Filipinas firmaron el Tratado sobre traslado de personas condenadas entre ambos países, lo que permitió que Larrañaga abandonara la cárcel de Manila en octubre de 2009 para cumplir el resto de su condena en nuestro país.

Según el artículo 10 del Tratado, "una vez efectuado el traslado, la condena se cumplirá conforme a las leyes del Estado de cumplimiento". Como en España no existe la cadena perpetua, la Audiencia Nacional reconvirtió su pena en una condena de 40 años, de la que ya ha cumplido la mitad. Francisco Larrañaga cumple actualmente su pena de prisión en la cárcel guipuzcoana de Martutene. Su fecha de libertad definitiva está fijada para el 28 de septiembre de 2034.

Petición razonada

El Tratado sobre traslado de personas condenadas establece que uno de estos Estados no puede indultar a un ciudadano que haya sido condenado por la Justicia del otro Estado. No obstante, sí es posible que uno de ellos solicite, mediante petición razonada, la concesión del indulto al otro estado en base al artículo 11 del mencionado Tratado, que establece: "Sólo el Estado de condena podrá conceder el indulto, la amnistía o la conmutación de la pena o medida de seguridad conforme a su Constitución y a sus leyes. Sin embargo, el Estado de cumplimiento podrá solicitar del Estado de condena la concesión del indulto, amnistía o la conmutación, mediante petición fundada".

El Gobierno español ha aprobado la solicitud de indulto a las autoridades filipinas después de haber tenido en cuenta los esfuerzos por la rehabilitación y reinserción social del penado, su clasificación penitenciaria y el apoyo familiar del preso Francisco Larrañaga.

Hacienda y Administraciones Públicas

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA UN APARTADO DE LA LEY FORAL DE HACIENDAS LOCALES DE NAVARRA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita del presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el apartado siete del artículo único de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra de 2013, que modifica la anterior de 1995.

El Consejo de Ministros considera que la Comunidad Foral de Navarra se extralimita en el ejercicio de sus competencias tributarias reguladas en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral, al limitar la exención del Impuesto de Contribución Territorial Urbana, tanto de la Iglesia Católica, como de las demás asociaciones religiosas no católicas que tienen acuerdos con el Estado al amparo de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.

En concreto, el incumplimiento se produce porque la Ley Foral sólo excluye a la Iglesia y a las asociaciones no católicas del pago de la Contribución Territorial Urbana a los "bienes destinados al culto", cuando conforme a las normas que regulan sus relaciones económicas con el Estado esa exclusión alcanza a otros bienes que la Ley Foral excluye del beneficio fiscal.

En el caso de la Iglesia Católica las exenciones se recogen en el Acuerdo firmado con la Santa Sede el 3 de enero de 1979 sobre Asuntos Económicos, y en el de las Comunidades Evangélicas, Israelitas e Islámicas, en las leyes que aprueban los convenios respectivos en desarrollo de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.

Hacienda y Administraciones Públicas

RESPUESTA AL REQUERIMIENTO DE INCOMPETENCIA DE CATALUÑA SOBRE LA PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA DE ORGANIZACIONES EN UN SISTEMA EMAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia formulado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con el Real Decreto de 2013 por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento comunitario sobre la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

La Generalidad argumenta que dicha normativa vulnera las competencias ejecutivas de la Comunidad Autónoma en materia de medio ambiente y no es conforme al Estatuto de Autonomía de Cataluña.

En su respuesta, el Gobierno considera que la normativa sobre dicha materia se atiene estrictamente a lo dispuesto en el Reglamento comunitario en el que se establece que, taxativamente, cada Estado miembro designará un único organismo de acreditación de verificadores medioambientales.

Por otra parte, se ha tenido en cuenta la interpretación de la Comisión Europea en la que se señala que el Reglamento comunitario promueve que cada Estado miembro tenga sólo un órgano de acreditación y que, tanto el sistema de acreditación, como el sistema de autorización de verificadores ambientales, deben operar en todo el territorio nacional de los Estados. Si un Estado establece una entidad de autorización, ésta también deberá tener ámbito nacional.

Hacienda y Administraciones Públicas

APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA LAS AYUDAS DE APOYO A GRECIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 263.000.000 euros, para financiar un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad, destinados a hacer efectivos los Acuerdos de apoyo a Grecia adoptados por el Eurogrupo.

El 27 de noviembre de 2012 los Estados miembros del Eurogrupo acordaron una serie de iniciativas de apoyo a Grecia, entre las cuales se encuentra la de transferir al citado país el importe equivalente a los ingresos procedentes de la cartera de bonos griegos del programa del Eurosistema de compras en mercados secundarios que correspondiera a sus bancos centrales nacionales.

El Grupo de Trabajo del Eurogrupo acordó el 14 de enero de 2013 su apoyo a la nota elaborada por la Comisión Europea sobre la citada transferencia a Grecia, así como a la estimación de los importes a abonar por los Estados miembros. Posteriormente, el 17 de mayo de 2013 la Secretaría del Eurogrupo determinó el importe de esta obligación, y corresponde a España el pago de 263.000.000 euros en el año 2013.

Educación, Cultura y Deporte
RATIFICADO EL CONVENIO PARA CONCEDER 2,5 MILLONES AL CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO DE SAN CUGAT

El Consejo de Ministros ha ratificado el convenio de colaboración suscrito entre el Consejo Superior de Deportes y la Generalitat de Catalunya, que permitirá la concesión de 2,5 millones de euros para la financiación de la gestión y la construcción de nuevas instalaciones deportivas del Centro de Alto Rendimiento de Sant Cugat (Barcelona).

El acuerdo contempla dos partidas presupuestarias a cargo de los presupuestos del Consejo Superior de Deportes para el ejercicio 2013: una cuantía de 1.400.000 euros irá destinada a gastos de funcionamiento y gestión del centro, mientras que 1.100.000 euros permitirán financiar la construcción de las siguientes inversiones: un edificio polideportivo con piscina, torre de saltos y trampolín, un gimnasio de artística femenina y masculina; salas de deportes de combate, de tenis de mesa, de halterofilia, etcétera. para su utilización por parte de deportistas de las federaciones españolas.

Con este convenio ratificado hoy por el Consejo de Ministros, el Centro de Alto Rendimiento de Sant Cugat contará con nuevas instalaciones y modernos equipamientos deportivos para el desarrollo de la preparación y especialización de deportistas nacionales de alto nivel.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

UN MILLÓN DE EUROS A CANTABRIA PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO MARQUÉS DE VALDECILLA

El Consejo de Ministros ha aprobado la autorización provisional para la suscripción del Convenio entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de Cantabria por el que se canaliza una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2013 para la financiación del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla de Santander.

El importe de la subvención, de la que será beneficiaria la Comunidad Autónoma de Cantabria, asciende a un millón de euros, que se abonarán con cargo al Presupuesto del año 2013 del Ministerio.

La Comunidad Autónoma, por su parte, se compromete a destinar la cuantía íntegra de la subvención a la financiación del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla de Santander.

El Hospital sufrió un derrumbe de su fachada en el año 1999, un grave accidente en el que fallecieron cuatro trabajadores. En ese momento, el proceso de traspaso de las competencias de gestión sanitaria del Estado a las Comunidades Autónomas no se había completado. El acuerdo de transferencias, firmado con posterioridad, incluyó el compromiso del Gobierno de España de financiar las obras del hospital. Este es el motivo por el que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad destina esta subvención a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

DUPLICADO EL IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS SOCIALES EN CEUTA Y MELILLA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para sendos convenios que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha suscrito con Ceuta y Melilla por los que se canalizarán subvenciones de dos millones de euros para cada Ciudad Autónoma en concepto de ayudas para programas sociales durante el ejercicio 2013. Se trata del doble del importe destinado al mismo fin el año pasado, una medida enmarcada en la lucha del Gobierno contra la pobreza y la exclusión.

Las subvenciones tienen por objeto hacer posible el desarrollo de programas y actuaciones en materia de asistencia social con el fin de fomentar la inclusión y cohesión social, asegurar la reducción de desigualdades y prevenir la exclusión de un amplio colectivo de personas con alto grado de vulnerabilidad, que precisan de asistencia social inmediata.

En concreto, las actuaciones, que se llevarán a cabo en colaboración con distintas entidades de apoyo a distintos colectivos vulnerables, están dirigidas a la promoción de la integración y el fomento de la mejora de la calidad de vida de las personas afectadas por alguna discapacidad física, psíquica o sensorial, personas mayores, enfermos de Alzheimer y enfermos renales. La ejecución de las actuaciones se extiende hasta el 31 de diciembre de 2014.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Hacienda y Administraciones Públicas

REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO CON ARGENTINA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República Argentina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, así como de su Protocolo y Memorando de entendimiento, y se solicita su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.

España y Argentina habían ya suscrito en Madrid un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal que, desde su entrada en vigor el 28 de julio de 1994, ha dado cobertura a la intensa relación económica entre los dos países.

El nuevo Convenio, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el pasado 22 de febrero, supone una mejora y actualización del anterior, el cual había sido denunciado, de manera unilateral, por Argentina, lo que implica que ha dejado de tener efecto desde el 1 de enero de 2013. Por ello, el nuevo texto establece específicamente la aplicación retroactiva a dicha fecha y evitar, así, que las empresas españolas con inversiones en Argentina se pudieran quedar sin la cobertura de un convenio para evitar la doble imposición por un determinado período de tiempo.

El nuevo convenio supone una mejora y actualización del anterior, y facilita la cooperación entre las autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones, potenciando el intercambio de información de trascendencia tributaria entre ambos países.

Memorando

Junto al texto del convenio, se incluye un memorando de entendimiento, en el que se contienen varias cláusulas de limitación de beneficios con el objetivo de poder atacar aquellas situaciones en las que se pudiera producir una utilización abusiva del convenio.

Por lo que se refiere a la entrada en vigor del nuevo convenio, esta se producirá con el intercambio de los instrumentos de ratificación, si bien, y esto es lo más relevante, se ha establecido, como se decía, la aplicación retroactiva del mismo al 1 de enero de 2013, momento en el cual el convenio denunciado dejó de ser aplicable. Se evita, de esta manera, la ausencia de un convenio, que sería un desincentivo a la inversión española, por la inseguridad que conllevaría y porque podría suponer un aumento de la carga fiscal de las empresas españolas instaladas en Argentina.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON PORTUGAL PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL BLOQUE FUNCIONAL DE ESPACIO AÉREO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa para el establecimiento del Bloque Funcional de Espacio Aéreo del Suroeste (SW FAB), y se solicita su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.

Este Acuerdo tiene como objetivo crear los denominados Bloques de espacio aéreo funcional (FAB´s en sus siglas en inglés) en Europa, que exigen normal comunitarias de 2004 y 2009, donde se establece la necesidad de que los Estados Miembros adopten las medidas necesarias para garantizar el establecimiento de bloques funcionales de espacio aéreo, a más tardar el 4 de diciembre de 2012.

La firma de este Acuerdo fue autorizada por el Consejo de Ministros en su reunión del 17 de mayo de 2013 y fue firmado ese mismo día en Lisboa por la ministra de Fomento.

Los bloques funcionales tienen como objetivo alcanzar una cooperación y colaboración en el ámbito de la navegación aérea y en el uso del espacio aéreo, e incrementar, así, la eficacia y eficiencia de los recursos disponibles, manteniendo, al mismo tiempo, un alto nivel de seguridad y una reducción del impacto ambiental.

Para lograr este objetivo, el Acuerdo establece mecanismos de cooperación bilateral entre España y Portugal, y crea un Consejo compuesto por un representante de la autoridad de aviación civil y un representante de la autoridad militar de cada país.

Defensa

ACTUACIÓN DEL CENTRO DE OPERACIONES AÉREAS COMBINADAS DE TORREJÓN COMO CUARTEL GENERAL MILITAR INTERNACIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que toma conocimiento de la activación del Centro de Operaciones Aéreas Combinadas (CAOC) de Torrejón como Cuartel General Militar Internacional contenido en el acuerdo del Consejo Atlántico de 29 de noviembre de 2012.

La implantación del nuevo CAOC a lo largo de este año, cuya activación inicial se llevó a cabo el pasado miércoles día 3 de julio, supondrá que desde Torrejón de Ardoz se planearán y dirigirán la vigilancia y el control del espacio aéreo de la región sur de la OTAN, desde las Islas Azores hasta el extremo más oriental de Turquía y desde el norte de Hungría hasta las Islas Canarias. La fecha prevista para alcanzar la capacidad operativa plena será el 1 de julio de 2014.

El Centro estará compuesto por un centro de defensa aérea fijo y un centro de operaciones aéreas desplegable: el primero será responsable de planear, dirigir, asignar, coordinar, supervisar y evaluar las operaciones aéreas en el sector asignado, incluyendo policía aérea y la defensa contra misiles; el segundo se centrará en proporcionar al componente aéreo de una fuerza conjunta a disposición del Mando Aéreo de la OTAN en Ramstein (Alemania) y el personal entrenado en la elaboración de planes de combate y en la realización de operaciones de combate cuando la situación lo requiera.

185 efectivos de 16 países

El nuevo CAOC de Torrejón, al mando de un general de División del Ejército del Aire español, contará con un total de 185 efectivos procedentes de 16 países, de los que 44 son españoles y 141 extranjeros, a los que se sumará el personal de sus correspondientes elementos de apoyo nacional.

La nueva estructura de centros de mandos de la OTAN establece que la nación anfitriona asuma determinados gastos de la instalación que acoge, como por ejemplo, el mantenimiento, al tiempo que aminora su aportación a los presupuestos de la Alianza. Estos gastos no supondrán ningún incremento de gasto público y serán aportados con cargo al presupuesto regular del Ministerio de Defensa.

El Centro de Operaciones Aéreas Combinadas en Torrejón de Ardoz se integra en la nueva distribución geográfica de la OTAN contenida en el acuerdo del Consejo Atlántico de noviembre de 2012, relativo a la desactivación, activación y reorganización de Cuarteles Generales del Mando Aliado de Operaciones como organismos militares OTAN.

Educación, Cultura y Deporte

ESTABLECIDAS LAS ESPECIALIDADES DE LOS CUERPOS DE CATEDRÁTICOS Y DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las especialidades de los cuerpos de catedráticos y de profesores de escuelas oficiales de idiomas.

La norma permite que los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de ldiomas puedan, excepcionalmente, desempeñar funciones como catedráticos y profesores, respectivamente, en la Enseñanza Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional, para impartir las materias de lenguas extranjeras correspondientes a su especialidad.

Se habilita a las Administraciones educativas para regular en sus ámbitos respectivos el ejercicio de esta posibilidad, siempre que se respeten las siguientes condiciones:

  • Que comporte en todo caso la voluntariedad de los interesados.
  • Que cumplan con los requisitos de titulación.
  • Que no tenga efectos en las plantillas estables de los centros.

Flexibilidad y eficiencia

Este Real Decreto pretende ofrecer a las Administraciones educativas una mayor flexibilidad del sistema y eficiencia en la asignación de los recursos humanos, de forma que, si las necesidades de programación de la enseñanza lo aconsejan, los catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas puedan impartir las materias de lenguas extranjeras correspondientes a su especialidad en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, siempre que cumplan los requisitos de titulación y formación requeridos, que acepten el nuevo desempeño y que la medida no tenga efectos en las plantillas estables de los centros.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

REGULADO EL USO DE PET RECICLADO PARA ENVASES DE BEBIDAS REFRESCANTES
  • Se autoriza el uso de este material reciclado obtenido en España para fabricar envases de aguas minerales y bebidas refrescantes siempre que contengan, al menos, un 50 por 100 de PET virgen.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro de 2011 que establecía las condiciones que deben cumplir las materias primas a base de materiales poliméricos reciclados para su utilización en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.

En la actualidad, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria está evaluando la seguridad de los procesos de reciclado de polietilentereftalato (PET) y se prevé que este proceso finalice más allá del año 2013 con la publicación de una lista positiva de los mismos.

Por este motivo, era preciso disponer medidas transitorias aplicables en nuestro país, hasta que se estableciera la lista de la Unión Europea de procesos de reciclado autorizados, que permitieran el empleo de polietilentereftalato (PET) reciclado en España para las aguas de bebidas envasadas, del mismo modo que habían hecho otros Estados miembros, con la consiguiente mejora de las condiciones medioambientales que suponía su uso y siempre con las suficientes garantías sanitarias que garantizasen la seguridad del uso para los consumidores.

Ampliación de medida transitoria

Estas medidas fueron aprobadas por un Real Decreto de 17 de junio de 2011, lo que supuso cambios importantes en la legislación vigente. Dicho Real Decreto restringe el uso del polietilentereftalato (PET) reciclado a la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con aguas de bebida envasadas. La modificación aprobada hoy afecta amplía esta medida transitoria al sector de las bebidas refrescantes analcohólicas.

Esta situación se ha dado también en otros países de nuestro entorno, que han elaborado disposiciones aplicables durante este período transitorio. De este modo, se ha regulado el uso de PET reciclado para su uso en envases de bebidas no alcohólicas.

Condiciones

En España esta modificación del Real Decreto autoriza la comercialización y uso de estas materias primas a base de PET reciclado obtenido en España para envases de bebidas refrescantes siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Que el responsable del proceso de reciclado haya presentado una solicitud válida a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento comunitario nº 282/2008.
  • Que el responsable del proceso de reciclado garantice que el PET cumple con las condiciones establecidas en el Reglamento comunitario nº 1935/2004 sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con los alimentos.
  • Que los envases finales contengan, al menos, un 50 por 100 de PET virgen.
  • Que los fabricantes de los envases que usen como materia prima el PET reciclado hayan notificado a las autoridades sanitarias competentes de la Comunidad Autónoma donde esté ubicada la empresa el uso de este material, con el fin de facilitar su control oficial.

Educación, Cultura y Deporte

APROBADO EL CARÁCTER OFICIAL DE VEINTIÚN TÍTULOS DE MÁSTER

El Consejo de Ministros ha acordado establecer el carácter oficial de veintiún títulos universitarios de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Con el establecimiento del carácter oficial de todos estos títulos continúa el proceso de implantación de las titulaciones previstas en el Espacio Europeo de Educación Superior. Hasta la fecha se han inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte 3.004 títulos de máster. Con la aprobación hoy de estos veintiún títulos, la cifra se incrementará a 3.025 títulos de máster.

Los títulos incluidos en el presente acuerdo son:

I. Universidades civiles. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por ramas de conocimiento y Universidades:

CIENCIAS DE LA SALUD

Universidad de Cádiz

Máster Universitario en Gestión Integral del Agua

Máster Universitario en Vitivinicultura en Climas Cálidos

Universidad Europea de Canarias

Máster Universitario en Urgencias, Emergencias y Críticos en Enfermería

Universidad San Pablo-CEU

Máster Universitario en Cirugía Bucal e Implantología

Universidad de Sevilla

Máster Universitario en Migraciones Internacionales, Salud y Bienestar: Modelos y Estrategias de Intervención

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Universitat Abat Oliba CEU

Máster Universitario en Postproducción Audiovisual

Universidad Complutense de Madrid

Máster Universitario en Estudios Avanzados en Comunicación Política

Universidad de Córdoba

Máster Universitario en Abogacía

Universidad de Extremadura

Máster Universitario en Abogacía

Universidad de las Illes Balears

Máster Universitario en Abogacía

Máster Universitario en Contabilidad y Auditoría

Universidad Internacional de La Rioja

Máster Universitario en Dirección y Gestión de Centros Educativos

Universidad de La Rioja

Máster Universitario en Acceso a la Abogacía

Universidad de Zaragoza

Máster Universitario en Abogacía

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

Universidad de Extremadura

Máster Universitario en Administración Electrónica

Máster Universitario en Ingeniería Biomédica

II. Universidades de la Iglesia Católica. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por ramas de conocimiento y Universidades:

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

Universidad de Deusto

Máster Universitario en Ingeniería en Organización Industrial

III. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster organizados conjuntamente por distintas Universidades, ordenados por ramas de conocimiento:

CIENCIAS DE LA SALUD

Máster Universitario en Estudio y Tratamiento del Dolor (Máster Universitario conjunto de Universidad de Cantabria y Universidad Rey Juan Carlos)

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Máster Universitario Erasmus Mundus en European Masters in Lifelong Learning: Policy and Management / Máster Universitario Europeo en Aprendizaje a lo Largo de la Vida: Políticas y Gestión [Máster Universitario conjunto de Universidad de Deusto, Aarhus Universitet (Dinamarca), Institute of Education - University of London (Reino Unido) y Melbourne Graduate School of Education, University of Melbourne (Australia)]

Máster Universitario en Relaciones Euromediterráneas [(Máster Universitario conjunto de Universidad de las Illes Balears, Universidad Pompeu Fabra, Universidad Rovira i Virgili, Saint Joseph University (Líbano) y Université Paris 8 Vincennes - Saint-Denis (Francia)]

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

Máster Universitario en Tecnología Ambiental (Máster Universitario conjunto de Universidad de Huelva y Universidad Internacional de Andalucía).

Defensa

AUTORIZADA UNA MINORACIÓN DE 505.072 EUROS PARA EL SISTEMA HELIOS II

El Consejo de Ministros ha autorizado una modificación a la baja del gasto aprobado en su reunión del 10 de febrero de 2012 para el sistema Helios II, mediante una minoración de 505.072,88 euros de la anualidad comprometida para el año 2013, al resultar la contribución española al programa Helios inferior a la prevista.

Los sistemas Helios (Helios I y Helios II) son sistemas espaciales de observación de la Tierra con fines de seguridad y defensa, en el que cooperan países europeos para su desarrollo, financiación y uso común.

El objeto del Programa francés Helios es implementar en dos fases un sistema de observación de la Tierra desde el espacio, dotado de sensores ópticos de alta y muy alta resolución. Se trata de un sistema militar europeo de vigilancia.

Antecedentes

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de septiembre de 1988, el Gobierno de España tomó la decisión de participar en el Programa de observación espacial Helios I junto a Francia e Italia. El acuerdo de cooperación se firmó por los Ministros de Defensa de las tres naciones el 9 de noviembre de 1988, con una participación española del 6 por 100. El programa Helios I está formado por los satélites H1A, lanzado en 1995 y aún operativo, y H1B, lanzado en 1999 y desorbitado en 2004.

El Consejo de Ministros del 23 de noviembre de 2001 tomó la decisión de sumarse al Programa de observación espacial Helios II de iniciativa franco-belga, al que posteriormente se adhirieron también Italia y Grecia. El acuerdo de cooperación relativo a la incorporación de España se firmó el 5 de diciembre de 2001 y la participación española es del 2,5 por 100.

El programa Helios II, modernización del Helios I, asegura la continuidad del sistema de vigilancia e incorpora sensores ópticos de mayor definición, infrarrojos que le permiten operar fuera del espectro visible, logrando mayor capacidad y velocidad en la captación y transmisión de imágenes. Consta de dos satélites, el primero H2A, lanzado en 2004, y el segundo H2B, lanzado en 2009, ambos operativos. El sistema procesa, además, los datos del satélite H1A.

Interior

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES PARA EL MINISTERIO DEL INTERIOR

El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación de la prestación de los servicios postales para el Ministerio del Interior. En la actualidad, los servicios postales y telegráficos requeridos para el funcionamiento del Departamento son prestados por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. en virtud de un contrato suscrito por importe de 45.258.154,14 euros y vigencia de dos años (desde el 1 de julio de 2011 hasta el 30 de junio de 2013) y sobre el que se tramitó una prórroga hasta el 30 de noviembre.

El Acuerdo aprobado supone el comienzo de los trámites para volver a contratar tales servicios por un importe máximo de licitación de 15.707.000 euros (12.980.991,74 euros importe neto, y 2.726.008,26 euros de IVA repercutido) y con una vigencia de un año (desde el 1 diciembre de 2013 hasta el 30 de noviembre de 2014). Podrá ser prorrogado por un año más.

La adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto y está sujeto a regulación armonizada (debe ser publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea porque su cuantía excede de 137.000 euros), y en él se incluyen la prestación de los siguientes servicios postales: cartas, envíos varios, paquetes postales, envío exprés (paquetería y documentación postal exprés), telegramas, servicio burofax y servicios de valija y recogida de envíos, tanto en el ámbito nacional como internacional, envíos ordinarios, urgentes o certificados, etcétera.

BIOGRAFÍAS

Defensa

Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra.-

Teniente general D. ALFREDO RAMÍREZ FERNÁNDEZ.

Nacido el 23 de diciembre de 1954 en Melilla, ingresó en el Ejército el 14 de julio de 1972.

Ha estado destinado en el Batallón Mixto de Ingenieros de la Bandera Paracaidista, en el Batallón de Helicópteros de Transportes V, en la Dirección General de Política de Defensa, en los Estados Mayores del Ejército y del Cuerpo de Ejército Europeo, en el Cuartel General de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra. Fue coronel del Regimiento de Transmisiones número 1 y, como general de brigada, estuvo destinado en el Cuartel General del Eurocuerpo, donde fue jefe de Estado Mayor. Desde 2011, y como general de división, era director de Investigación, Doctrina, Orgánica y Materiales del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra.

Hacienda y Administraciones Públicas

Inspectora g eneral del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.-

Dª CARMEN ALCALÁ SACRISTÁN.

Es Licenciada en Ciencias Químicas, Auditora de Cuentas y Máster en Dirección Pública. Pertenece al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado y es inspectora de los Servicios de Economía y Hacienda.

Ha sido inspectora en el Área de Aduanas e Impuestos Especiales en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, subdirectora general de Tributos sobre el Comercio Exterior y directora de la Escuela de Hacienda Pública. Actualmente era inspectora de los Servicios en el Servicio de Auditoría Interna de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Educación, Cultura y Deporte

Rector m agnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.-

D. ALEJANDRO TIANA FERRER.

Nacido en 1951 en Madrid, es Doctor en Filosofía y Letras por la Universidad Complutense de Madrid, y Catedrático de Teoría e Historia de la Educación en la Facultad de Educación de la UNED.

Ha ejercido como profesor catedrático y titular en la UNED. Ha sido director del Instituto de Ciencias de la Educación de la UNED, director del Centro de Investigación, Documentación y Evaluación del Ministerio de Educación y Ciencia y director del Instituto Nacional de Calidad y Evaluación de dicho Ministerio. Entre 1999 y 2003 ocupó el Vicerrectorado de la UNED. Fue presidente de la Asociación Internacional para la Evaluación del Rendimiento Educativo y director general de Innovación y Desarrollo de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI); y Secretario General de Educación. Entre 2008 y 2012 fue director general del Centro de Altos Estudios Universitarios de la OEI.

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