Referencia del Consejo de Ministros

19.2.2010

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SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de Centros de Reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.
  • REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina y el Real Decreto 2358/1982, de 27 de agosto, por el que se determina la estructura orgánica del Instituto Social de la Marina.
  • ACUERDO por el que se prorrogan por cuatro años determinadas actuaciones previstas en el "Programa de Medidas de Activación Jaén XXI".
  • ACUERDO por el que se dispone el despliegue y participación dentro de la Fuerza Internacional de Asistencia a la Seguridad (ISAF) en Afganistán de efectivos adicionales de las Fuerzas Armadas y Guardia Civil.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía para realizar operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de 1.031.413.230 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Extremadura para tomar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 276.590.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Galicia para la realización de una o varias emisiones de bonos u obligaciones por un importe máximo de 500.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para tomar préstamos y realizar una o varias emisiones de deuda pública (obligaciones y bonos) hasta un importe máximo de 972.195.500 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamos en el exterior y una o varias emisiones de deuda pública a largo plazo, hasta un importe máximo de 559.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias para realizar una o varias emisiones de Deuda Pública (bonos y obligaciones) a largo plazo, hasta un importe máximo de 624.922.000 euros.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas y del Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades competentes del Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas en relación con la interpretación o la aplicación de aquél y el reconocimiento de otros compromisos pactados entre las Autoridades competentes.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la terminación de la aplicación provisional de las enmiendas al Convenio constitutivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite, hecho en Londres el 29 de septiembre de 2006.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las Enmiendas de 2007 al Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972, aprobadas mediante la Resolución a.1004 (25).
  • ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Notas entre el Reino de España y la República de Haití constitutivo de Acuerdo temporal para el Estatuto del personal de las Fuerzas Armadas Españolas en Haití en el marco de la operación española de ayuda humanitaria de emergencia por el terremoto y su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se toma razón del libramiento de fondos de emergencia a Haití, por importe de 25.000 euros.

Justicia

  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica complementaria a la Ley para la reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de Regulación del Arbitraje Institucional en la Administración General del Estado y a la Ley de Mediación de Asuntos Civiles y Mercantiles, para la modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, a los efectos previstos en el artículo 22.3, de la Lewy 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, a los efectos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de Regulación del Arbitraje Institucional en la Administración General del Estado, a los efectos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se suprime la regulación dictada por razones extradeportivas en materia de colombofilia.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la defensa.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de catalogación de material de la defensa.

Interior

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa a favor de Cruz Roja Española para el desarrollo de programas de asistencia integral en el Centro de internamiento de Extranjeros de Madrid durante el ejercicio 2010.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de subvenciones estatales anuales al Partido Popular, por un importe de 33.994.479,60 euros y al Partido Socialista Obrero Español, por un importe de 32.178.929,37 euros, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, y en la disposición adicional décima del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Convenio entre la Administración General del Estado y Autopista Vasco-Aragonesa, Concesionaria Española, S.A., para la modificación de la concesión de la autopista AP-68, Bilbao-Zaragoza, por la construcción, conservación y explotación del enlace de conexión de la carretera N232 con la autopista AP-68, Bilbao-Zaragoza, en Recajo.

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de protección acústica en el tramo Caudete-Alicante del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante", longitud 65,8 km, con un valor estimado del contrato de 21.152.930,30 euros, Albacete y Alicante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante. Madrid / Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: La Llosa-Moncófar", longitud: 7,93 km, con un valor estimado del contrato de 65.007.544,49 euros, Castellón.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante. Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia. Nudo de la Encina-Játiva. Fase I. Tramo: Alcudia de Crespins-Játiva", longitud: 3,45 km, con un valor estimado del contrato de 27.036.974,57 euros, Valencia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma. Línea de alta velocidad Madrid-Extremadura, Talayuela-Cáceres. Tramo: Embalse de Alcántara-Garrovillas", longitud 6,26 km, con un valor estimado del contrato de 91.603.615,69 euros, Cáceres.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 6.310.000 euros ante el incumplimiento de sus obligaciones respecto de los pasajeros por la compañía aérea Air Comet y la ejecución subsidiaria de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a suscribir un convenio de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial para instrumentar la línea de financiación del Plan FuturE.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en el marco del programa nacional de reestructuración para el sector del algodón.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia adoptada en las actuaciones necesarias destinadas a la lucha frente a patologías aviares, por importe de 7.000.000 euros.
  • ACUERDO por el que se declaran de utilidad pública determinados bienes y derechos afectados por las obras del proyecto: "Actuación medioambiental e integral del borde litoral desde Playa Nueva (Los Guirres) a Puerto Naos", en los términos municipales de Tazacorte y Los Llanos de Aridane en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).
  • ACUERDO por el que se declaran de utilidad pública determinados bienes y derechos afectados por las obras del "Proyecto básico de paseo litoral entre las playas del Camisón y Las Vistas", en el término municipal de Arona (Santa Cruz de Tenerife).
  • ACUERDO por el que se declaran de utilidad pública determinados bienes y derechos afectados por las obras del proyecto "Recuperación y acondicionamiento del borde marítimo del Parque de la Música, Área del Rincón", en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).
  • ACUERDO por el que se declaran de utilidad pública determinados bienes y derechos afectados por las obras del proyecto "Acondicionamiento del borde litoral en Tarajalejo", en el término municipal de Tuineje (Las Palmas).
  • ACUERDO por el que se declaran de utilidad pública determinados bienes y derechos afectados por las obras del "Proyecto de acondicionamiento de la costa en Puerto Espíndola, fase 2ª", término municipal de San Andrés y Sauces en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).

Cultura

  • REAL DECRETO por el que se regula el Patronato del Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira.

Vivienda

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.


CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. ÁNGEL VIÑAS MARTÍN.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo a los siguientes Oficiales Generales:
  • General de Brigada Médico del Cuerpo Militar de Sanidad D. JUAN REY NAYA.
  • General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. JOAQUÍN EUGENIO RUIZ SECO.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. EDUARDO ACUÑA QUIRÓS.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. MIGUEL ÁNGEL BALLESTEROS MARTÍN.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. FERNANDO PASTOR VILLAR.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. ROBERTO SORIA MARTÍNEZ.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. HONORIO CANTERO LÓPEZ DE DAVALILLO.
  • General de Brigada Interventor del Cuerpo Militar de Intervención D. LUIS MIGUEL ARJONA RUIZ.
  • General de Brigada Médico del Cuerpo Militar de Sanidad D. JOSÉ MANUEL VELASCO NEGUERUELA.
  • General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar D. ÁNGEL MONTERO CALZADA.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. JOSÉ LUIS ANTOLÍN GARCÍA.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. JOSÉ MANUEL GARCÍA-FONTECHA ÁLVAREZ.
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. FERNANDO QUEROL PAGÁN.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. MARIANO BAYO DE LA FUENTE.
  • General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra D. CARLOS EUGENIO PARRA BLANCO.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. MIGUEL ALCAÑIZ COMAS.
  • General de Brigada del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra D. RAFAEL BLASCO ORDÓÑEZ.
  • General Consejero Togado del Cuerpo Jurídico Militar D. JESÚS BELLO GIL.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. JOSÉ ANTONIO ALONSO MIRANDA.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. JUAN GÓMEZ DE SALAZAR MÍNGUEZ.


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ASUNTOS GENERALES

Justicia

INFORMES SOBRE LOS ANTEPROYECTOS DE LEY DE MEDIACIÓN Y DE REFORMA DE LA LEY DE ARBITRAJE

  • Potenciar la solución de conflictos en el ámbito extrajudicial es uno de los objetivos centrales del Ministerio de Justicia para esta Legislatura, ya que reducirá la carga de trabajo de los Tribunales al permitir a los ciudadanos solucionar sus diferencias sin necesidad de acudir al juez.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre tres anteproyectos de ley: el de Mediación, el de reforma de la Ley de Arbitraje y de Regulación del Arbitraje institucional en la Administración General de Estado, y el de la Ley Orgánica, complementaria de los dos anteriores, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para adaptar las competencias de los juzgados y tribunales en estas materias.

Estas iniciativas, que se enmarcan en el Plan de Modernización de la Justicia 2009-2010 y en la Estrategia de Economía Sostenible, representan un importante impulso normativo para aliviar de carga a Juzgados y Tribunales a través de la resolución de conflictos en el ámbito extrajudicial, lo que permitirá a los ciudadanos solucionar sus diferencias y conflictos sin necesidad de acudir a un juicio.

Por un lado, se modifica la Ley de Arbitraje del año 2003 para incrementar, tanto la seguridad jurídica, como la eficacia de este procedimiento; por otro, se regula la mediación en asuntos civiles y mercantiles, configurando un instrumento muy sencillo, ágil, eficaz y económico para resolver conflictos mediante un acuerdo al que el ordenamiento jurídico otorgará eficacia de cosa juzgada, como si de una sentencia judicial se tratase.

Circunscrita al ámbito de competencias del Estado, la Ley de Mediación articulará un marco mínimo para el ejercicio de la mediación, sin perjuicio de las disposiciones que dicten las Comunidades Autónomas, algunas de las cuales tiene su propia regulación. Asimismo, incorpora al Derecho español la Directiva comunitaria de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles.


PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA LEY DE MEDIACIÓN

  • Se establece para asuntos civiles y mercantiles en conflictos nacionales o transfronterizos. Se excluyen expresamente la mediación laboral, penal y en materia de consumo.
  • Las instituciones y servicios de mediación establecidas o reconocidas por las diversas Administraciones podrán asumir las funciones de mediación.
  • Someterse a la mediación será voluntario, excepto en los procesos de reclamación de cantidad inferiores a seis mil euros, en los que se exigirá haber iniciado el proceso a través de una sesión informativa gratuita como requisito previo para acudir a los Tribunales.
  • Nadie estará obligado a concluir un acuerdo ni a mantenerse en el procedimiento de mediación.
  • La solicitud de inicio de la mediación interrumpe la prescripción o caducidad de acciones judiciales.
  • El procedimiento garantiza la confidencialidad y la imparcialidad del mediador entre las partes, sin que éste pueda imponer solución o medida concreta alguna.
  • Se fija un plazo máximo para la mediación de dos meses, ampliable a otro más.

Estatuto de la persona mediadora

Para dar garantías de profesionalidad y calidad a la actividad, se regula un estatuto mínimo de la persona mediadora, con las siguientes condiciones para ejercer como tal:

  • Tener un seguro de responsabilidad civil.
  • Estar inscrito en un registro público y de información gratuita para los ciudadanos.

Se regulan también los derechos y deberes de las personas mediadoras y el de los servicios e instituciones de mediación, que igualmente deberán inscribirse en el registro.

La Ley potencia, además, la mediación a través de medios electrónicos, en la medida en que se insta a su uso y se establece como preferente.


REFORMA DE LA LEY DE ARBITRAJE

El primer objetivo de la reforma de la Ley de Arbitraje es fortalecer la propia institución a través de mejoras que añaden seguridad jurídica, con el fin de impulsar un mayor asentamiento de este mecanismo de resolución de conflictos, dentro del sistema de justicia, como medio alternativo y complementario al jurisdiccional.

En este sentido, se produce un cambio en la asignación de los órganos judiciales competentes en relación con el arbitraje. Serán las Salas de lo Civil y de lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia las que nombren a los árbitros judiciales. Asimismo, la competencia para conocer el "exequátur" de los laudos extranjeros se atribuye a las Salas de lo Civil de los Tribunales Superiores de Justicia.

La reforma también aborda una ampliación de este medio de resolución de conflictos a un nuevo campo como es el de las "Controversias administrativas" de carácter jurídico que se susciten entre organismos de la Administración General del Estado. Se crea a tal efecto una Comisión Delegada para la Resolución de Controversias Administrativas. El objetivo es evitar que se trasladen al ámbito jurisdiccional conflictos intra-administrativos que pueden ser resueltos mediante un sistema alternativo de resolución de controversias específico.

De este modo, el Gobierno contribuye también a limitar la judicialización innecesaria de los conflictos que pueden resolverse por otros cauces y, en definitiva, a descargar de trabajo a los juzgados y tribunales.


Vivienda

TODOS LOS EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN TENDRÁN QUE SER ACCESIBLES

  • Reguladas las condiciones básicas de accesibilidad en edificios a través de una modificación del Código Técnico de la Edificación.
  • La modificación se rige por el principio de "accesibilidad para todos" por lo que el beneficio abarca desde los usuarios en silla de ruedas hasta las personas mayores, pasando por invidentes o personas con discapacidad auditiva, cognitiva o movilidad reducida.
  • La Comisión de Accesibilidad analizará el impacto de esta nueva regulación en el parque de edificios ya construido, las demandas sociales y la evolución de las nuevas técnicas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación que supone regular, a nivel estatal, unas condiciones básicas de accesibilidad y de uso de edificios que eviten la discriminación de ciudadanos con algún tipo de discapacidad a la hora de acceder y de utilizar instalaciones, edificios o locales, tanto públicos, como privados.

Se trata de establecer un referente mínimo común de ámbito estatal que garantiza la igualdad y la no discriminación de las personas que residen en las diferentes Comunidades Autónomas. De este modo, las modificaciones que se incorporan al Código Técnico de la Edificación se han elaborado según el mandato de la Ley de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, de 2003. Esta Ley establece en su artículo décimo y en su disposición adicional novena que el Gobierno regularía unas condiciones básicas de accesibilidad, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Comunidades Autónomas y a las corporaciones locales.

Un paso más del Código Técnico de la Edificación

De este modo, el Código Técnico de la Edificación -una normativa estatal pionera y referente internacional que establece unas exigencias necesarias sobre la eficiencia energética y la protección frente al ruido en los edificios- se amplía y se enriquece, incorporando una demanda de los colectivos de personas discapacitadas. El Código se aprobó en 2006 y su entrada en vigor plena se produjo en 2009.

Así, el Código Técnico de la Edificación establece a partir de ahora unas condiciones mínimas de accesibilidad aplicables a todas las nuevas construcciones. No obstante, el objetivo de esta normativa es alcanzar una accesibilidad real y total y, de esta forma, se abordará su aplicación en los edificios y patrimonio que ya existen. Éste es el punto de partida con el que abordará los futuros trabajos la Comisión de Accesibilidad, que forma parte de la Comisión Técnica del Código Técnico de la Edificación.

Medidas para alcanzar una accesibilidad universal y "para todos"

Las medidas sobre seguridad de utilización que ya regulaba el Código Técnico de la Edificación se amplían para tener en cuenta su uso por parte de personas discapacitadas. Es el caso de elementos arquitectónicos como escaleras, desniveles, rampas, iluminación mínima o reducción del riesgo de atrapamiento.

En caso de incendio, por ejemplo, se incorporan nuevas exigencias para que las personas con discapacidad puedan abandonar el edificio o alcanzar zonas seguras, como la creación de zonas de refugio, ascensores y salidas de emergencia accesibles.

La modificación del Código elimina también la llamada accesibilidad "de segundo nivel" que permitían algunas normativas autonómicas menos estrictas, que creaban itinerarios denominados "practicables". A partir de ahora, sólo se describe como único y obligatorio un "itinerario accesible" que ha de cumplir las condiciones necesarias para la movilidad de las personas.

El principio de "accesibilidad para todos" amplía el número de colectivos beneficiados por estas novedades en el Código Técnico de la Edificación: además de las personas que se desplazan en silla de ruedas o los invidentes, esta normativa básica incorpora necesidades de otros usuarios como los mayores, las personas con movilidad reducida o los ciudadanos con discapacidad auditiva o cognitiva.

Medidas específicas

En este sentido, el documento básico de accesibilidad prevé e incorpora otra serie de medidas específicas como éstas:

  • Condiciones de las viviendas específicas para personas con discapacidad auditiva, plazas reservadas en locales o en espectáculos, o sistemas de bucle de inducción magnética en taquillas o mostradores de información.
  • Puntos de llamada y atención accesible en edificios públicos.
  • Contrastes visuales para que las personas con alguna discapacidad visual los puedan percibir.
  • Pavimentos táctiles en la señalización de elementos potencialmente peligrosos (arranques de escaleras, desniveles, escalera, etcétera), en itinerarios de las vías públicas o en los puntos de atención accesible en edificios públicos.
  • Señalización de alerta en las salidas de vehículos de aparcamientos públicos

Normativa de consenso

El Ministerio de Vivienda ha consensuado este texto hoy aprobado por el Consejo de Ministros entre todos los colectivos implicados y las Comunidades Autónomas. El Ministerio presentó en 2008 el borrador a los colectivos afectados, los agentes de la edificación implicados y Administraciones públicas. Recogidas numerosas alegaciones y propuestas, hace un año se formó un grupo de trabajo que a lo largo de 2009 trabajó intensamente para alcanzar el consenso técnico necesario, y ha informado, además, a las Comunidades Autónomas de los acuerdos que ha ido adoptando.

Este grupo de trabajo ha estado formado por representantes del Ministerio de Vivienda, del CERMI, del Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y de los colectivos de arquitectos, aparejadores y promotores.


Interior

REGULADOS LOS CENTROS DE RECONOCIMIENTO DE LAS APTITUDES PSICOFÍSICAS DE LOS CONDUCTORES

El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento de Centros de Reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores. Este Reglamento pretende terminar con la dispersión normativa que existe en la actualidad sobre esta materia y simplificar los trámites administrativos que conlleva la exigencia del informe de aptitud psicofísica para poder obtener los permisos y licencias de conducción.

Del contenido del Reglamento se puede destacar lo siguiente:

1.- Se permite a los Centros gestionar, cuando así lo solicite el interesado, la prórroga de la vigencia de los permisos o licencias de conducción. Esta medida podría suponer un ahorro para los ciudadanos un total de 7.200.000 euros y de 3.600.000 horas en concepto de desplazamientos.

2.- Se prevé que el Centro pueda contratar con una clínica la prestación de servicios de oftalmología, en lugar de tener que contar con un médico oftalmólogo en el Centro, así como la figura del director facultativo, que será el responsable de la firma del informe del aptitud psicofísica en aquellos supuestos en que el director del Centro no reúna la consideración de facultativo.

3.- Los informes de aptitud psicofísica se deberán emitir en formato telemático en lugar de en formato papel, y remitir por esta vía de manera inmediata al Registro de Conductores e Infractores. Los Centros remitirán también a dicho Registro los historiales clínicos en los que se apoyan los informes de aptitud psicofísica. Así, será perfectamente posible constatar por parte de la Administración que los informes son el resultado de una exploración completa del estado de salud del afectado, que se plasma en los citados historiales clínicos.

4.- Los informes de aptitud psicofísica surtirán efecto en todo el territorio nacional, mientras que en la actualidad sólo podían surtir efecto en la provincia donde estuviera ubicado el Centro.

5.- Se concede un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Reglamento para que los Centros de Reconocimiento de Conductores cuenten con el equipo informático necesario para el envío telemático de los informes de aptitud psicofísica.


Industria, Turismo y Comercio

AUTORIZADA LA FIRMA DEL PLAN FUTURE 2010 PARA EL SECTOR TURÍSTICO, DOTADO CON CUATROCIENTOS MILLONES

  • Con la nueva línea se podrá financiar hasta el 100 por 100 de la inversión a realizar.

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para instrumentar la Línea de financiación del Plan FuturE 2010, dotado con cuatrocientos millones de euros.

Esta nueva Línea financiará inversiones del sector turístico que supongan una mejora de los índices de sostenibilidad de las empresas. Así, se podrán financiar actuaciones que mejoren la eficiencia energética de las instalaciones turísticas, impliquen ahorro de energía y/o de agua, así como la implantación de nuevas tecnologías y sistemas de calidad, entre otros aspectos.

El principal objetivo de este plan, que continúa la línea del Plan FuturE 2009 y el Plan Renove Turismo, es mejorar las infraestructuras turísticas. En este sentido, el Ministerio de Industria ha puesto 1.500 millones de euros a disposición del sector con los dos primeros programas, lo que se ha traducido en una inversión inducida cercana a los 2.850 millones de euros.

El Plan FuturE 2010 ofrece como principal novedad, con respecto al FuturE 2009, la financiación de hasta el 100 por 100 de los proyectos de inversión (impuestos incluidos), a diferencia de la anterior en la que se financiaba hasta el 90 por 100.

Los fondos estarán disponibles desde que el ICO declare abierta la Línea de financiación en su página web (www.ico.es) hasta el 20 de diciembre de 2010 o hasta el agotamiento de los fondos. Podrán ser solicitados en aquellas entidades financieras que se adhieran a esta Línea, que también serán publicadas en la página web del ICO.

Inversiones que financiará el Plan FuturE

Podrán acogerse a la nueva línea de crédito las empresas que realicen inversiones en infraestructuras y/o equipamientos que tengan alguna de las siguientes finalidades:

  • Mejora de la sostenibilidad de sus establecimientos. En este apartado se recogen las medidas que promuevan el ahorro energético y/o de agua y todas aquellas que redunden en la conservación y mejora del medio ambiente como, por ejemplo, el uso de energías no contaminantes.
  • Mejora de la accesibilidad de sus establecimientos. Inversiones destinadas a la supresión de barreras arquitectónicas y todas aquellas que se adapten a las personas con algún tipo de discapacidad.
  • Mejora de la calidad de sus establecimientos. Inversiones encaminadas a la implantación de sistemas de calidad: Q de Calidad Turística Española; ISO 9000, etcétera.
  • Mejora e implantación de nuevas tecnologías. Innovación. Actuaciones en el proceso o en el producto, en los sistemas de organización, de gestión y comercialización directa, áreas wifi, facturación electrónica, creación de portales web, etcétera.
  • Mejora del producto. Inversiones destinadas a la especialización y diferenciación de la oferta turística del establecimiento para captar nuevos nichos de mercado.

Características de la Línea

Serán beneficiaros de esta Línea las empresas propietarias o que exploten establecimientos hoteleros, apartamentos y campamentos turísticos, alojamientos rurales, establecimientos de restauración, agencias de viajes y establecimientos de oferta turística complementaria.

Los interesados podrán solicitar hasta dos millones de euros, en una o varias operaciones, con cargo al Plan FuturE 2010, que financiará el 100 por 100 de la inversión solicitada, impuestos incluidos.

Las inversiones deberán materializarse completamente en un plazo máximo de veinticuatro meses desde la fecha de firma del contrato subsidiario con la entidad de crédito mediadora. No obstante, este último plazo podrá incrementarse doce meses más si existieran retrasos en la obtención de licencias administrativas.

El interés de cesión del ICO a las Entidades de Crédito será Euribor a seis meses más diferencial (máximo de 0,55 por 100) menos 1 por 100. El tipo de cesión nunca será inferior al 0 por 100. Las entidades financieras podrán aplicar hasta un 1,5 por 100 sobre las operaciones de préstamo y no podrán cobrar cantidad alguna adicional en concepto de comisiones.

El beneficiario podrá optar por los siguientes plazos de amortización:

  • Tres años sin carencia de principal.
  • Cinco años sin carencia, o con carencia del principal de un año.
  • Siete años sin carencia, o con carencia del principal de dos años.
  • Diez años sin carencia, o con carencia del principal de tres años.
  • Doce años sin carencia, o con carencia del principal de tres años.


Interior

SUBVENCIONES ESTATALES ANUALES A PARTIDOS POLÍTICOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de subvenciones estatales anuales en materia de financiación de los partidos políticos. La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ha consignado para el presente ejercicio económico un montante de 81.227.440 euros destinados a distribuirse entre las formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados en concepto de financiación ordinaria, prevista en la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, de 4 de julio de 2007.

Dado que las cantidades que corresponden al Partido Popular (33.994.479,60 euros) y al Partido Socialista Obrero Español (32.178.929,37 euros -no contabiliza la subvención de 5.638.032,86 euros que se concede al Partido de los Socialistas de Cataluña, que tiene financiación propia-) superan los doce millones de euros, la legislación en materia de subvenciones exige la autorización previa del Consejo de Ministros. La distribución del crédito total de 81.227.440 euros es la siguiente:

Tabla de Distribución


Defensa

DESPLIEGUE DE EFECTIVOS ADICIONALES EN AFGANISTÁN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la ampliación de la participación española en la Fuerza Internacional de Asistencia a la Seguridad en Afganistán (ISAF) de la Alianza Atlántica, bajo mandato de las Naciones Unidas.

El despliegue de efectivos adicionales, que fue aprobado el pasado 17 de febrero por el Congreso de los Diputados, está compuesto por tres Equipos Operativos de Asesoramiento y Enlace (OMLTs), unidad de maniobra, protección y apoyo logístico, y un contingente de refuerzo a los Cuarteles Generales de ISAF. La entidad total máxima de este contingente es de 511 efectivos.

Asimismo, el acuerdo contempla el envío de personal de la Guardia Civil dedicado a la formación e instrucción de las fuerzas de policía afganas, incluyendo la organización en su caso de un Equipo Policial Operativo de Asesoramiento y Enlace. La entidad de este contingente no podrá superar los cuarenta efectivos.

Desde que en enero de 2002 llegaron a territorio afgano los primeros efectivos españoles de ISAF, los objetivos fundamentales de la misión han sido apoyar al Gobierno de Afganistán en la seguridad, en el desarrollo político e institucional, y en las labores de reconstrucción de este país. En consonancia con este mandato, nuestro contingente ha ido evolucionando en organización, despliegue y entidad para seguir contribuyendo con eficacia y solidaridad al compromiso adquirido con Naciones Unidas.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON HAITÍ SOBRE EL ESTATUTO DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPAÑOLAS EN LA OPERACIÓN DE AYUDA HUMANITARIA

El Consejo de Ministros ha autorizado el Canje de Notas entre el Reino de España y la República de Haití constitutivo de Acuerdo temporal para el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas Españolas en Haití en el marco de la operación española de ayuda humanitaria de emergencia por el terremoto, así como su aplicación provisional.

A raíz del terremoto que asoló Haití el pasado 12 de enero, el Gobierno de Haití y Naciones Unidas hicieron un llamamiento a la Comunidad Internacional para colaborar en las labores de rescate y de ayuda humanitaria a la población afectada. España respondió positivamente con el envío de materia de ayuda humanitaria, equipos de búsqueda y rescate y personal médico. Asimismo, el Consejo de Ministros del día 22 de enero de 2010 acordó la participación de militares españoles en una misión de ayuda humanitaria en Haití. Esta última contribución se plasmó en particular, en el envío el 4 de febrero de una Agrupación Táctica formada por el buque de asalto anfibio "Castilla" como buque de apoyo sanitario y logístico, una unidad sanitaria, una unidad aérea de embarcación y un grupo naval de playa, una unidad de ingenieros/zapadores y una unidad de seguridad y apoyo.

La contribución nacional de medios militares para ayudar en las tareas de rescate tras el terremoto está siendo objeto de una coordinación entre los Estados Miembros de la Unión Europea, según lo acordado por el Consejo de Asuntos Exteriores de 25 de enero de 2010.

Dicha contribución, plasmada en el despliegue de las Fuerzas Armadas españolas, plantea la necesidad de regular el estatuto del personal de la Agrupación Táctica durante el desarrollo de la operación en territorio de Haití mediante la conclusión del presente Acuerdo Temporal.

LIBRAMIENTO DE FONDOS DE EMERGENCIA A HAITÍ

Por su parte el Consejo de Ministros ha tomado razón del libramiento de fondos de emergencia a Haití, por importe de veinticinco mil euros.

El Gobierno de Haití, como consecuencia del terremoto solicitó ayuda de emergencia al Gobierno Español. Como medida de apoyo para hacer frente al mencionado terremoto, la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo resolvió el envío de fondos a la Oficina Técnica de Cooperación en Republica Dominicana para la puesta en funcionamiento de la Oficina Técnica de Cooperación en Haití.


Fomento

MÁS DE 131 MILLONES PARA LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD A LEVANTE

  • Con la licitación de las obras de plataforma entre La Llosa y Moncófar (Castellón), ya son cinco los tramos que se encuentran en esta misma fase de contratación en el trayecto Valencia-Castellón.
  • Las obras de plataforma de ancho ibérico en el tramo Alcudia de Crespins-Xàtiva (Valencia), son necesarias para ejecutar la doble vía de ancho internacional destinada al futuro tráfico de alta velocidad.
  • Asimismo, se realizará la protección acústica del trayecto Caudete (Albacete)-Alicante.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, a través de ADIF, tres contratos relativos a la construcción de la Línea de Alta Velocidad a Levante por un importe conjunto de 131.309.041,3 euros, IVA incluido.

Concretamente, se ha aprobado la licitación de las obras de plataforma de ancho internacional del tramo La Llosa-Moncófar (Castellón) por un importe de 75.408.751,6 euros, IVA incluido; y la licitación de las obras de plataforma de ancho ibérico en el tramo Alcudia de Crespins-Xàtiva (Valencia) por valor de 31.362.890,5 euros, IVA incluido. Esta última actuación es imprescindible para ejecutar la doble vía de ancho internacional destinada al futuro tráfico de alta velocidad. Por último, el Consejo de Ministros también ha autorizado la licitación de las obras de protección acústica del trayecto Caudete (Albacete)-Alicante, por 24.537.399,2 euros, IVA incluido.

TRAMO LA LLOSA-MONCÓFAR

El tramo La Llosa-Moncófar discurre por la provincia de Castellón, en concreto por los términos municipales de La Llosa, Chilches y Moncófar. El nuevo trazado, con una longitud de 7,9 km, se ha diseñado para doble vía de alta velocidad de ancho internacional y tráfico mixto (viajeros y mercancías).

Como elementos singulares en este tramo destaca la ejecución de los siguientes tres viaductos:

  • Viaducto sobre el barranco de Talavera (78,6 m de longitud).
  • Viaducto sobre el Marjal de Almenara (100,4 m de longitud).
  • Viaducto sobre el río Belcaire (137,6 m de longitud).

Los dos últimos viaductos sirven, a su vez, como corredores de fauna, según los estudios realizados al efecto.

Este nuevo tramo se une a otros cuatro ya licitados en el trayecto Valencia-Castellón: Accesos Puerto de Sagunto-Sagunto (4,5 km), Sagunto-La Llosa (6,2 km), Moncófar-Burriana (8,3 km) y Almazora-Castellón (1,8 km). Todo ello representa una longitud total de 28,7 km y una inversión conjunta de más de 342 millones de euros, y supone que ya se han licitado la mitad de los tramos del trayecto Valencia-Castellón.

TRAMO ALCUDIA DE CRESPINS-XÀTIVA

El tramo Alcudia de Crespins-Xàtiva forma parte del trayecto Nudo de La Encina-Xàtiva que se construye en ancho convencional para tráfico mixto de viajeros y mercancías. Esta actuación es indispensable para iniciar los trabajos de una segunda fase consistente en la ejecución de la doble vía de ancho internacional para el futuro tráfico de alta velocidad.

Este tramo, que tiene una longitud de 3,5 km, discurre por los términos municipales de Alcudia de Crespins, Canals, La Granja de la Costera, Cerdà y Xàtiva, todos ellos en la provincia de Valencia. El nuevo trazado se ha diseñado para doble vía de ancho convencional.

Como elementos singulares en las obras de construcción de la plataforma hay que destacar los siguientes:

  • Dos viaductos para incrementar la permeabilidad hidráulica de las cuencas afectadas:
  • Viaducto sobre el río Sants (30 m de longitud).
  • Viaducto sobre el río Canyoles (152 m).
  • Adaptación de las instalaciones de la estación de Alcudia de Crespins para personas con discapacidad.

PROTECCIÓN ACÚSTICA DEL TRAYECTO CAUDETE-ALICANTE

El Consejo de Ministros también ha autorizado la licitación de las obras de protección acústica del trayecto Caudete (Albacete)-Alicante, correspondiente a la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia.

El tramo tiene una longitud de 66 kilómetros y catorce de ellos contarán con pantallas de protección acústica, lo que supone una superficie total de 45.026,2 m2.

Las obras se han proyectado en virtud de un estudio acústico desarrollado previamente y consisten en la instalación de pantallas de hormigón o metálicas en centros urbanos que se encuentran cercanos a la traza. Las pantallas se instalarán sobre la plataforma ferroviaria, adosadas al trazado de alta velocidad.

El proyecto contiene las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras tales como cimentación de pantallas, movimientos de tierras asociados, ejecución de postes y paneles fonoabsorbentes, drenaje y reposición de servicios.

Como elementos singulares más destacados de la actuación hay que destacar los siguientes puntos:

  • Instalación de pantallas de hormigón en un tramo de 110 m de longitud y 7,5 m de altura, en el punto kilométrico (p.k.) 11/050, correspondiente a la ermita de San Bartolomé, en el término municipal de Villena (Alicante).
  • Instalación de pantalla de hormigón en un tramo de 500 m de longitud y 6,5 m de altura en el p.k. 30/150, que protege un conjunto de viviendas en el término municipal de Novelda (Alicante).

FINANCIACIÓN EUROPEA

La nueva Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia se integra en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte del Ministerio de Fomento (PEIT) para los años 2005-2020.

Dentro del Marco de Apoyo Comunitario 2000-2006, las ayudas globales concedidas por la Unión Europea a la nueva Línea de Alta Velocidad alcanzan la cifra de 575 millones de euros con cargo al Fondo de Cohesión, 125 millones de euros procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y 48 millones de euros con cargo a fondos RTE-T.

Para el período 2007-2013, el Fondo de Cohesión, dentro del Programa Operativo Fondo de Cohesión-FEDER 2007-2013, cofinancia parte de la plataforma de la línea con 726 millones de euros.

El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del Programa Operativo de la Comunidad Valenciana 2007-2013, del Programa Operativo de Castilla-La Mancha 2007-2013 y del Programa Operativo de Murcia 2007-2013, cofinancia diversos tramos de la plataforma y el suministro y montaje de vía y las instalaciones.

Levante 1

Levante 2


Fomento

106 MILLONES PARA LA ALTA VELOCIDAD A EXTREMADURA

  • El Consejo de Ministros autoriza las obras de plataforma del tramo Embalse de Alcántara-Garrovillas, en la provincia de Cáceres.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, a través de ADIF, las obras de plataforma del tramo Embalse de Alcántara-Garrovillas, situado en la provincia de Cáceres y perteneciente a la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura-frontera portuguesa. Las obras, de 6,3 kilómetros de longitud, cuentan con un presupuesto de licitación de 106.260.194,2 euros, IVA incluido.

Recientemente se han autorizado las licitaciones de otros cuatro subtramos más (Grimaldo-Casas de Millán, Casas de Millán-Cañaveral, Garrovillas-Casar de Cáceres y Casar de Cáceres-Cáceres) por un importe conjunto de 258,5 millones de euros, IVA incluido. De esta forma, cinco de los quince tramos en los que se ha dividido el trayecto Talayuela-Cáceres ya se encuentran en fase de licitación de obras. Los diez restantes están en redacción del proyecto constructivo.

Características técnicas del tra mo

Discurre por los términos municipales de Garrovillas de Alconétar y Santiago del Campo, ambos en la provincia de Cáceres. Las obras proyectadas consisten en la ejecución de la plataforma de vía.

El proyecto contempla las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura, tales como movimientos de tierra, obras de drenaje, estructuras, reposición de servicios y servidumbres afectadas, al igual que la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea.

El nuevo trazado se ha diseñado para doble vía de alta velocidad con ancho internacional para tráfico de viajeros y mercancías. En dicho trazado destacan, como elementos singulares, el viaducto sobre el río Almonte, de 996 m de longitud y con un vano central tipo arco de 384 m, récord mundial de luz en su tipología. También se han proyectado otros tres viaductos, uno sobre el arroyo de Santa Ana, de 341 m, y otros dos sobre los arroyos de Villaluengo y Cagancha, de 431 m cada uno.

El cruce de la calzada romana de la Vía de la Plata se ha resuelto por medio de un túnel artificial de 160 m de longitud, en coordinación con la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura.


Beneficios de la Línea de Alta Velocidad

Los principales beneficios derivados de la construcción de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura-frontera portuguesa serán los siguientes:

  • Establecimiento de una nueva relación ferroviaria de alta velocidad entre Madrid y Extremadura.
  • Aumento de la seguridad con la adopción de tecnologías punta en sistemas de conducción automática de trenes, así como vallado a ambos lados de la vía y ausencia de pasos a nivel a lo largo de la línea.
  • Incremento de la capacidad y la regularidad como resultado de disponer de doble vía en todo el trayecto.
  • Aumento del confort, al establecerse unas condiciones óptimas de rodadura y trazado.
  • Reducción del tiempo de viaje, entre las poblaciones conectadas, al permitir conexiones directas entre ellas con un trazado de alta velocidad.

Financiación europea

La Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura-frontera portuguesa está incluida dentro del Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (PEIT) 2005-2020 del Ministerio de Fomento. El trazado se ha diseñado como doble vía de alta velocidad en ancho internacional (UIC) para tráfico mixto de viajeros y mercancías en todo el recorrido.

Las obras de plataforma del tramo Navalmoral de la Mata-Cáceres-Mérida serán cofinanciadas por el FEDER dentro del P.O. Fondo de Cohesión-FEDER 2007-2013.

Las ayudas RTE-T 2007-2013 cofinanciarán estudios y proyectos de esta línea; además dentro del mismo periodo las ayudas RTE-T cofinanciarán las obras de la plataforma Mérida-Badajoz-Caia.

Las ayudas asignadas con cargo al FEDER 2007-2013 ascienden a 240,5 millones de euros y las ayudas RTE-T 2007-2013 ascienden a 127,6 millones de euros. Las ayudas totales de la línea serán 368,1 millones de euros.

Mapa AVE Extremadura


Fomento

ENLACE DE CONEXIÓN ENTRE LA CARRETERA N-232 Y LA AUTOPISTA AP-68, EN LA RIOJA

El Consejo de Ministros ha aprobado el convenio entre la Administración General del Estado y la empresa concesionaria de la autopista de peaje AP-68 Bilbao-Zaragoza para la construcción, conservación y explotación del enlace de conexión de la carretera N-232 con la AP-68, a la altura de la localidad de Recajo, en La Rioja.

La conexión se realiza mediante la construcción de un nuevo enlace. Se situará en el punto kilométrico 138,1 de la AP-68, a diez kilómetros del actual enlace número 12, "Logroño", y a unos cinco kilómetros del enlace número 13, "Agoncillo". El enlace supondrá una inversión estimada de 2,16 millones de euros, de los cuales más de un millón serán costeados por el Ministerio de Fomento y el resto, por la empresa concesionaria.

El enlace de Recajo supondrá una redistribución de los tráficos actualmente existentes en la AP-68 entre Logroño y Agoncillo, pasando a disponer dichos tráficos de tres enlaces con esta vía (Logroño, Recajo y Agoncillo), mejorando así el nivel de servicio del entorno de Logroño.

A partir de la entrada en servicio del nuevo enlace, la sociedad concesionaria ejercerá las funciones de conservación y explotación de aquella parte cuyo uso sea exclusivo para el tráfico de la autopista.


Economía y Hacienda

AUTORIZACIONES DE DEUDA A VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

El Consejo de Ministros ha autorizado una serie de operaciones de endeudamiento a las siguientes Comunidades Autónomas:

Andalucía: se le autoriza realizar operaciones de endeudamiento, hasta un importe máximo de 1.031.413.230 euros, a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2010 de la Comunidad. El importe de estas operaciones de endeudamiento se encuentra dentro de las amortizaciones previstas durante el ejercicio, por lo que no suponen un incremento en su nivel de endeudamiento.

Extremadura: se le autoriza tomar préstamos a largo plazo, hasta un importe máximo de 276.590.000 euros, que se destinarán a cubrir las necesidades de financiación derivadas del ejercicio 2009 previstas en el plan de reequilibrio remitido al Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Galicia: se le autoriza la realización de una o varias emisiones de bonos u obligaciones, por un importe máximo de 500.000.000 de euros, a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2010 de la Comunidad. El importe de estas operaciones de endeudamiento se encuentra dentro de las amortizaciones previstas durante el ejercicio 2010, por lo que no suponen un incremento en su nivel de endeudamiento.

Illes Balears: se le autoriza tomar préstamos y realizar una o varias emisiones de bonos y obligaciones, hasta un importe máximo de 972.195.500 euros, que se destinarán a cubrir las necesidades de financiación previstas en la Adenda al Programa Anual de Endeudamiento de 2009 y en el plan de reequilibrio remitido al Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Madrid: se le autoriza realizar operaciones de préstamos en el exterior y una o varias emisiones de deuda pública a largo plazo, hasta un importe máximo de 559.000.000 de euros, a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2010 de la Comunidad Autónoma. El importe de estas operaciones de endeudamiento se encuentra dentro de las amortizaciones previstas durante el ejercicio, por lo que no suponen un incremento en su nivel de endeudamiento.

Canarias: se le autoriza realizar una o varias emisiones de bonos u obligaciones a largo plazo, hasta un importe máximo de 624.922.000 euros, a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2010 de la Comunidad Autónoma. El importe de estas operaciones de endeudamiento se encuentra también dentro de las amortizaciones previstas durante el ejercicio, por lo que no suponen un incremento en su nivel de endeudamiento.

Estas operaciones de endeudamiento se autorizan según lo establecido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y en la Ley Orgánica, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, de 2001.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

SIETE MILLONES MÁS PARA ACTUACIONES DESTINADAS A LA LUCHA FRENTE A PATOLOGÍAS AVIARES

  • Estas enfermedades han adquirido en los últimos años una gran repercusión debido a que se trata de enfermedades altamente transmisibles que, en caso de aparición y diseminación, pueden provocar grandes pérdidas económicas.

El Consejo de Ministros ha tomado razón de la declaración de emergencia adoptada en las actuaciones necesarias destinadas a la lucha frente a patologías aviares, por importe de siete millones de euros.

Las enfermedades aviares han adquirido en los últimos años una gran repercusión debido a que son altamente transmisibles y a que, en caso de aparición y diseminación, pueden provocar grandes pérdidas económicas.

Durante el año 2009 se han producido en España focos de estas enfermedades, que han necesitado la inmediata adopción de las medidas oportunas de aislamiento de los mismo, con objeto de evitar su diseminación, así como el sacrificio de los animales de la explotación afectada, la limpieza y desinfección de las explotaciones.

En España se desarrolla desde 2003 un programa de vigilancia y prevención de la influenza aviar. Dicho programa consta de dos grandes tipos de medidas, que se aplican de forma simultánea en aves domésticas y silvestres: por un lado, de prevención, encaminadas a dificultar la entrada del virus y en su caso impedir su diseminación; y, por otro, de vigilancia, encaminadas a garantizar el diagnóstico precoz de la enfermedad.

Para mantener un nivel de preparación adecuado para combatir las enfermedades aviares son necesarias medidas como la compra de kits de diagnóstico rápido o material para la toma de muestras, la adquisición de material para la realización de los análisis laboratoriales y de equipo de protección personal (EPP) necesario, y la compra de vacunas y de los medios necesarios para el sacrificio de las aves de las explotaciones afectadas y para la limpieza y desinfección de las explotaciones.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

MODIFICADA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DEL PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR VITIVINÍCOLA ESPAÑOL

El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto para la aplicación de medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español. De este modo se adaptan las exigencias de entregas de vino de las bodegas para el cobro de la ayuda por hectárea por parte del viticultor en la medida de destilación de alcohol de uso de boca, así como se permite una gestión más adecuada de los fondos disponibles para la ejecución del Programa de Apoyo.

En primer lugar, el Real Decreto modifica las obligaciones de entrega de vino de las bodegas destinado a la destilación de uso de boca para que el viticultor pueda tener derecho a la ayuda por hectárea, teniendo en cuenta las desfavorables circunstancias climatológicas sufridas en algunas regiones españolas, en los meses anteriores a la vendimia de 2009. Estas circunstancias han provocado en algunas zonas una importante reducción de la cosecha de uva, lo que dificulta, en particular, la entrega del 90 por 100 del volumen medio de vino de mesa autorizado para la destilación de uso de boca en las campañas vitivinícolas 2005/2006 y 2006/2007.

En concreto, para la campaña 2009/2010 el volumen de entrega del 90 por 100 se reducirá en el mismo porcentaje que haya disminuido el rendimiento medio de la cosecha en cada bodega, que figura en la Declaración de Producción, con relación al obtenido en la campaña anterior. En todo caso, la entrega no podrá ser inferior al 50 por 100 del volumen medio de vino de mesa autorizado para la destilación de uso de boca en las campañas de referencia 2005/2006 y 2006/2007.

Además, la modificación de las condiciones de entrega hace necesario ampliar el plazo establecido para la contratación del vino destinado a la destilación de uso de boca entre bodegas y destilerías, así como el plazo establecido para la presentación de la copia firmada de los contratos de destilación, que será de veinte días hábiles contados desde la entrada en vigor de este Real Decreto.

Por otra parte, para optimizar la utilización de los fondos disponibles se establece la fecha del 15 de junio para que las Comunidades Autónomas comuniquen al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino los pagos realizados a esa fecha en la medida de reestructuración y reconversión de viñedos y las previsiones de gastos hasta el 15 de octubre, lo que permitirá en su caso, la reasignación de cantidades no utilizadas por algunas Comunidades Autónomas a otras que dispongan de capacidad de gasto.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

REGULACIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA NACIONAL DE REESTRUCTURACIÓN PARA EL SECTOR DEL ALGODÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece las bases reguladoras de las ayudas en el marco del Programa nacional para la reestructuración del sector del algodón. Para financiar este Programa, que tendrá una duración de ocho años, el Ministerio va a destinar un presupuesto máximo anual de 6.134.000 euros.

Para beneficiarse de estas ayudas, los propietarios tendrán que desmantelar, total y permanentemente, sus instalaciones de desmotado de algodón, que deben estar en buenas condiciones de uso, y que hayan sido beneficiarias de la ayuda a la producción del algodón en la campaña de comercialización 2005/2006.

También podrán recibir subvenciones los contratistas de maquinaria agrícola específica de recolección de algodón, ya sean particulares o empresas, que hayan trabajado en régimen de contrato con cultivadores durante la campaña de comercialización 2005/2006 y que hayan sufrido pérdidas demostrables como consecuencia de la reducción de algodón para cosechar.

Cuantía de las subvenciones

En cuanto a la cuantía de las subvenciones, el Real Decreto indica que la ayuda por planta de desmotado se calculará sobre la base de las toneladas de algodón transformado en esa planta en el año de referencia y cuyo importe unitario no podrá ser superior a 190 euros/tonelada. Por su parte, la ayuda por contratista de maquinaria será el resultado de multiplicar las toneladas de algodón cosechadas, en régimen de contrato en la campaña 2005/2006 y entregadas a alguna de las fábricas sometidas a desmantelamiento, por un importe máximo unitario de 10 euros/tonelada.

Según establecen las bases, aquellos propietarios que decidan acogerse a las ayudas de este Programa deberán presentar sus solicitudes en las Comunidades Autónomas donde radiquen sus explotaciones, que dictarán la correspondiente resolución de concesión de las ayudas, de acuerdo con la comunicación de distribución de las cuantías efectuada por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.


Cultura

MODIFICADO EL PATRONATO DEL MUSEO DE ALTAMIRA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican la composición y funciones del Patronato del Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira. Con esta nueva regulación se refuerza la presencia de instituciones y expertos de la Arqueología, la Historia del Arte y la Museología.

La Presidencia del Patronato la ejercerá la persona titular del Ministerio de Cultura y la persona titular de la Presidencia del Gobierno de Cantabria de forma rotativa por periodos de un año, dando comienzo la del Ministerio de Cultura. La Secretaría será ejercida por el titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria. La Vicepresidencia será designada por el Patronato a propuesta del Ministerio de Cultura y de la Presidencia de Cantabria.

Serán vocales natos los titulares de la Subsecretaría; de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de la Subdirección General de Museos Estatales del Ministerio de Cultura; de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Cantabria; de la Alcaldía de Santillana del Mar; de la Dirección de las Cuevas Prehistóricas de Cantabria y de la Dirección del Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira.

Las vocalías por designación serán ejercidas por personas elegidas por su reconocido prestigio en el área de la Arqueología, la Prehistoria o la Museología.

El Patronato deberá, entre otras funciones, proponer acciones que sirvan para un mejor cumplimiento de los fines de la institución y fomentar e impulsar la participación de la sociedad en el conocimiento y disfrute de las colecciones del Museo y en el sostenimiento del mismo.


Interior

SUBVENCIÓN A CRUZ ROJA PARA ASISTENCIA EN EL CENTRO DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS EN MADRID

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión de una subvención directa a favor de Cruz Roja Española para el desarrollo de programas de asistencia integral en el Centro de Internamiento de Extranjeros de Madrid durante el año 2010, por un importe total de 210.932,08 euros

La prestación de esta atención integral abarca aspectos como la asistencia social y familiar a los mismos, el mantenimiento de lazos con el exterior y con sus familias, la mediación entre éstos y las autoridades, la tramitación de documentos relativos a su situación, la interpretación de lenguas, etcétera. Además, Cruz Roja Española, en virtud de su normativa internacional y del Derecho interno español, tiene reconocido un status especial, en función de su labor humanitaria y de su posición de independencia frente a los poderes públicos, que la sitúan en un lugar especialmente adecuado para la realización de la actividad indicada.

La subvención se abonará en dos pagos, cada uno por la mitad de su importe total, y se financiará con cargo al Presupuesto de Gastos de la Secretaría de Estado de Seguridad. A su vez, el Ministerio del Interior se compromete a facilitar los locales para que el personal de Cruz Roja Española desempeñe estas actividades, así como el libre acceso de dicho personal a los mismos.


Trabajo e Inmigración

REGULADOS LOS CENTROS ASISTENCIALES EN EL EXTRANJERO DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica y reordena la estructura del Instituto Social de la Marina y se da "carta de naturaleza" a los centros asistenciales que este organismo mantiene en el extranjero.

El nuevo texto legal responde a la necesidad de actualizar la legislación vigente, que ha quedado obsoleta por el traspaso a las Comunidades Autónomas de las competencias que tenía asignadas el Instituto en determinadas materias, así como por el incremento de las funciones atribuidas al Organismo y relacionadas con la sanidad marítima y la formación marítima especializada.

Los Centros Asistenciales que gestiona el Instituto Social de la Marina y los que se establezcan en el futuro quedan configurados como servicios en el extranjero, sin carácter representativo, habilitados para desarrollar las funciones de prestación de asistencia a los trabajadores del mar españoles que faenan en aguas internacionales. En la actualidad existen Centros en Mauritania, Senegal, Namibia y Seychelles.

El Real Decreto aprobado reordena la estructura de la entidad y redistribuye las funciones entre sus órganos directivos con el fin de propiciar que la gestión y administración del Instituto responda a los principios de simplificación, racionalidad, economía de costes, eficacia, coordinación y racionalización.


Fomento

RATIFICADA LA EMERGENCIA DEL OPERATIVO DESPLEGADO POR LA SUSPENSIÓN DE VUELOS DE AIR COMET

  • Para desplegar este operativo se estableció un presupuesto inicial de 6,3 millones de euros con el que se transportaron más de 4.200 pasajeros.

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las actuaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Fomento, a través de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), para atender las situación de emergencia que se produjo como consecuencia de la decisión de la compañía Air Comet de suspender su actividad, incumpliendo de este modo las obligaciones que tenía contraídas con sus pasajeros.

La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), ante la suspensión de operaciones por parte de Air Comet el pasado 21 de diciembre de 2009, dictó una Resolución de declaración de emergencia, que amparaba la puesta en marcha de un operativo para atender a los pasajeros de Air Comet en la semana de Navidad, entre los días 22 y 26 de diciembre. Asimismo, la Directora autorizó, mediante el citado acto, los expedientes de variación presupuestaria que, en su caso, resultasen procedentes en el presupuesto de AESA.

La mencionada Resolución contemplaba, entre otras actuaciones, la gestión de un "call center", para información y atención telefónica a los afectados así como para la gestión de urgencia de viajes, y los servicios de transporte aéreo necesarios para atender situaciones de urgente necesidad de los pasajeros. Estos servicios se concretaron en la compra de asientos en vuelos regulares (recolocación de pasajeros) o en el flete de aeronaves completas para dicho transporte.

Para la ejecución de estas actuaciones de emergencia se dispuso un presupuesto inicial de 6.310.000 euros.


Balance provisional del operativo

De acuerdo con el balance provisional del operativo puesto en marcha por el Ministerio de Fomento, el número de pasajeros transportados por trayecto fue el siguiente:

Tabla Air Comet


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

UTILIDAD PÚBLICA PARA OBRAS EN LOS LITORALES DE LA PALMA, GRAN CANARIA, FUERTEVENTURA Y TENERIFE

El Consejo de Ministros ha aprobado cinco Acuerdos por los que se declaran de utilidad pública los bienes y derechos afectados por diversas obras en los litorales de las islas de La Palma, Gran Canaria, Fuerteventura y Tenerife.

La declaración de utilidad pública y la calificación de obras de interés general vienen determinadas en la Ley de Expropiación Forzosa, que dispone que serán de la competencia de la Administración General del Estado "las que se consideren necesarias para la protección, defensa, conservación y uso del dominio público marítimo-terrestre, cualquiera que sea la naturaleza de los bienes que lo integren" y, en su apartado b): "Las de creación, regeneración y recuperación de playas".

La descripción de los proyectos es la siguiente:

Actuación medioambiental e integral del borde litoral desde Playa Nueva (Los Guirres) a Puerto Naos, en los términos municipales de Tazacorte y Los Llanos de Aridane (Isla de La Palma), que cuenta con un presupuesto de ejecución de 7.621.226 euros.

El objetivo de la actuación es conseguir hacer transitable, dar continuidad y permitir la accesibilidad a la costa, de forma que se garantice el uso público del mar, de su ribera y del resto del dominio público marítimo-terrestre. La zona está caracterizada por la masificación del cultivo del plátano. Debido a las explotaciones agrícolas, con cerramientos y grandes muros, apenas existen accesos libres al litoral y a las playas de la zona. El objeto de este proyecto es desarrollar una vía peatonal a lo largo de todo el frente litoral de las tres zonas afectadas que, junto con las instalaciones existentes y las otras actuaciones proyectadas, den continuidad y acceso a toda la costa de la zona. El tramo tiene una longitud de 2.237 metros, con un ancho de dos metros.

ACONDICIONAMIENTO DE LA COSTA EN PUERTO ESPÍNDOLA, FASE 2ª, EN LA PALMA

El acondicionamiento de la costa en Puerto Espíndola, fase 2ª, término municipal de San Andrés y Sauces (Isla de La Palma) cuenta con un presupuesto de 1.585.661 euros.

El proyecto prevé la construcción de un dique exento y la prolongación del morro del actual muelle de emergencia. En la zona de costa se plantea la construcción de un paseo marítimo y la reordenación de toda la zona costera. Asimismo, se pretende la recuperación para uso público de la zona situada entre la playa de Puerto Espíndola y la Caleta Rompecabos, lo que implica demoler las construcciones de carácter privado y reubicar la ermita que actualmente está situada junto a la carretera.

La ejecución de la primera fase de este proyecto, en la que se realizó la prolongación del dique existente, la construcción de un dique sumergido y el aporte de arena de diámetro medio, fue recepcionada el día 16 de diciembre de 2009, por lo que es necesario acometer la segunda fase para completar la ejecución integral de este proyecto.

ACONDICIONAMIENTO DEL BORDE MARÍTIMO DEL PARQUE DE LA MÚSICA, EN LAS PALMAS

El acondicionamiento del borde marítimo del Parque de la Música, en Las Palmas de Gran Canaria tiene un presupuesto de 4.353.094 euros.

La zona conocida como El Rincón se encuentra al oeste de la playa de La Canteras, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canarias. El paseo de Las Canteras finaliza en el auditorio, sin tener continuidad en la zona de El Rincón. La playa de El Rincón y la desembocadura del barranco de Tamaraceite se encuentran sepultadas por edificaciones de uso industrial y por la carretera, lo que impide el uso y disfrute a los ciudadanos de este tramo de costa, zona muy degradada.

El objetivo de este proyecto es la recuperación de la playa. La solución adoptada propone una actuación que no modificaría el oleaje, a fin de garantizar la actual práctica del "surf". Es una actuación estable que trata de configurar una playa de gravas, para lo que se requerirá un volumen de relleno de unos 92.000 metros cúbicos, con un tamaño medio de treinta milímetros. Para ello, previamente, se deberán demoler las construcciones y edificaciones existentes.

ACONDICIONAMIENTO DEL BORDE LITORAL EN TARAJALEJO, TÉRMINO MUNICIPAL DE TUINEJE, EN FUERTEVENTURA

En cuanto al acondicionamiento del borde litoral en Tarajalejo, término municipal de Tuineje, en la isla de Fuerteventura, el presupuesto de ejecución es de 2.627.520 euros.

El proyecto contempla la creación de un paseo peatonal que va a tratar de dotar de mayor accesibilidad a una franja litoral muy degradada e inaccesible. Asimismo, y respecto a la playa, se pretende recuperar su configuración original y retirar las ocupaciones de la misma. Para conseguir los objetivos planteados, el proyecto contempla los siguientes aspectos:

  • Descripción de la zona a liberar en el casco urbano.
  • Definición del paseo peatonal de borde, alejado de la ribera del mar, y la creación de nuevos accesos a la playa.
  • Creación de un paso sobre el barranco mediante la construcción de un puente.
  • Adecuación de la playa y del embarcadero existente.


PASEO LITORAL ENTRE LAS PLAYAS DEL CAMISÓN Y LAS VISTAS, EN ARONA (TENERIFE)

Por último, el proyecto básico de paseo litoral entre las playas del Camisón y Las Vistas, en el término municipal de Arona (Tenerife), cuenta con un presupuesto de ejecución del proyecto es de 827.128 euros.

La península de Florentine se encuentra localizada en una zona turística del término municipal de Arona, entre las playas del Camisón y Las Vistas. Actualmente la servidumbre de tránsito se encuentra ocupada, no permitiendo el paso del público peatonal. El paseo litoral existente entre estas playas se encuentra interrumpido por los muros de cerramiento de la parcela, siendo por lo tanto un punto de discontinuidad en el borde marítimo.

Las obras planteadas en este proyecto consisten en la ejecución de un paseo marítimo que enlace los ya existentes y el posterior acondicionamiento de una nueva zona de baño.


Defensa

NORMAS DE DEFENSA ADAPTADAS A LA DIRECTIVA DE SERVICIOS DEL MERCADO INTERIOR

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos sobre la homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la Defensa y sobre catalogación de material de la Defensa, para la adaptación de la normativa del Ministerio de Defensa a la Directiva de Servicios del mercado interior.

Reglamento de Homologación

El nuevo Reglamento de Homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la Defensa establece la certificación por parte del Ministerio de Defensa de que un determinado sistema de armas, equipo, producto o proceso técnico cumple con las normas o especificaciones que se determinen como aplicables.

Entre las novedades de este Reglamento destaca la eliminación de la acreditación de laboratorios de ensayo que otorgaba el Director General de Armamento y Material. La nueva normativa considera suficiente para la homologación de un producto de Defensa que el laboratorio que efectúe las pruebas de verificación tenga la acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

Asimismo, las empresas que soliciten la homologación de un producto podrán hacerlo utilizando medios electrónicos. El plazo para resolver y notificar la resolución de homologación de un producto se reduce de doce a seis meses.

Con la nueva normativa, el fabricante que interesa la homologación de un producto debe dirigir su solicitud a la Dirección General de Armamento y Material, proponiendo un laboratorio de ensayo de los acreditados ante la Entidad de Acreditación para que, en caso de estimarse necesario por la Comisión Técnico Asesora de Homologación, pueda realizar las pruebas técnicas de verificación del producto a homologar, sin perjuicio de que, si el informe técnico del laboratorio albergara algún tipo de problemática, dicha Comisión pueda requerir de un Centro de Actividad Técnica, de los designados por la DGAM, la supervisión de lo actuado.

Estos Centros de Actividad Técnica son públicos y pertenecientes principalmente al Ministerio de Defensa, si bien pueden ser designados centros dependientes de otro Ministerios. La citada Comisión Técnica, bien directamente o tras el proceso de verificación indicado anteriormente, elevará su propuesta a la Dirección General de Armamento y Material, que resolverá.


Reglamento de Catalogación

Por su parte, el Reglamento de Catalogación de material de la Defensa establece el procedimiento internacional y uniforme para la denominación, clasificación y numeración de los artículos que entran en el sistema de abastecimiento de las Fuerzas Armadas.

Para catalogar se utiliza el Sistema OTAN de Catalogación, mediante el cual se trata de garantizar que un mismo artículo sea conocido, dentro del ámbito de la logística de las naciones usuarias del sistema, por una misma y única denominación y por un mismo y único Número OTAN de Catálogo.

Entre las novedades de este Reglamento, destaca que se reduce el plazo para dictar y notificar resolución de seis a cuatro meses. Además, la autorización del Director General de Armamento y Material para ser empresa catalogadora es ilimitada en el tiempo y no temporal como ocurría anteriormente, aunque está sujeta a inspecciones periódicas.

Igualmente, se elimina el requisito previo a presentar la solicitud de estar inscrito en el registro de empresas de la Dirección General. Anteriormente debía solicitarse la inscripción en el registro de empresas y posteriormente instar la acreditación como empresa catalogadora.

El nuevo Reglamento permite actuar como empresa catalogadora a aquella empresa de otro país que ya esté reconocida como tal en el mismo y, a tal efecto, dichas empresas deberán presentar ante la Dirección General de Armamento y Material una declaración responsable. Asimismo, cualquier empresa podrá obtener de forma telemática, a través de la ventanilla única, toda la información sobre los trámites y requisitos necesarios para el acceso y ejercicio de sus actividades de servicios de catalogación, así como para la realización de los mismos.


Defensa

SUPRIMIDA LA REGULACIÓN PARA TENENCIA Y UTILIZACIÓN DE PALOMAS MENSAJERAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se deroga otro del 27 de septiembre de 1983, que regulaba la tenencia y utilización de la paloma mensajera. Con el Real Decreto aprobado hoy, se suprime la regulación dictada por razones extradeportivas en materia de colombofilia, al considerar el Estado Mayor Conjunto que, en la actualidad la utilización de las palomas mensajeras como medio de transmisión ha dejado de tener interés para la Defensa Nacional.

De esta manera, a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto la tenencia, control y uso de la paloma mensajera se regirá por la normativa de carácter deportivo existente en el marco de la legislación deportiva española, así como por aquella otra vigente en otros sectores de las Administraciones Públicas ajenos a la Defensa.

Las federaciones deportivas españolas afectadas por el Real Decreto de 1983 deberán modificar sus estatutos, mediante su tramitación con arreglo a la legislación vigente, en un plazo no superior a tres meses desde la entrada en vigor de este Real Decreto.

Los libros de registro en el que constan las autorizaciones concedidas y la relación de palomares instalados en España, así como la estadística y el censo de palomares civiles, dejarán de ser gestionados por el Ministerio de Defensa y quedarán a disposición de la autoridad deportiva, que los custodiará hasta que determine su destino.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON BAHAMAS SOBRE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas, así como del Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades competentes del Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas en relación con la interpretación o la aplicación de aquél y el reconocimiento de otros compromisos pactados entre las Autoridades competentes.

Bahamas fue identificada en 2000 como jurisdicción en la que se cumplían los criterios, definidos en 1998 en el ámbito de la OCDE, que permitían considerarla un paraíso fiscal.

Coincidiendo en el tiempo con los planteamientos expuestos en el marco del G-20 respecto a los paraísos fiscales, Bahamas inició una activa política de negociación de Acuerdos de intercambio de información tributaria, que se tradujo en la suscripción, entre septiembre y diciembre de 2009, de instrumentos de este tipo con nueve Estados; entre ellos, Francia, Bélgica, Países Bajos, China y Reino Unido. Ello le aproxima a alcanzar el umbral de doce Acuerdos sobre la materia que, en principio, podría posibilitar la calificación del país como jurisdicción que ha puesto en práctica de forma sustancial el estándar fiscal convenido internacionalmente en materia de transparencia.

España considera igualmente a este país como un paraíso fiscal, en virtud de lo previsto en la Ley de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, de 29 de noviembre de 2006. Un ofrecimiento formulado en diciembre de 2006 para negociar un Acuerdo bilateral sobre intercambio de información tributaria fue declinado por Bahamas hasta el momento en que se hubiera completado el tratamiento de la materia en el ámbito de la OCDE, circunstancia que estimó que se había producido en 2009, en cuyo mes de marzo su Gobierno comunicó a España su disposición para llevar a cabo la negociación, que concluyó en enero de 2010.

Los artículos del Acuerdo contemplan entre otros aspectos; la jurisdicción territorial correspondiente a la información a intercambiar; los impuestos comprendidos en ambos Estados; las definiciones empleadas; el intercambio de información previo requerimiento; la posibilidad de inspecciones fiscales en el extranjero; las condiciones para la denegación de un requerimiento de información o la confidencialidad de la información recabada.

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