Referencia del Consejo de Ministros

23.6.2006

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23 de junio de 2006

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO-LEY sobre pensiones excepcionales derivadas de atentados terroristas.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan nacional de asignación de derechos de emisión, 2005-2007.
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 1.345.000 euros a la República Popular China para financiar el suministro e instalación de equipamiento médico para un hospital, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio.
  • ACUERDO por el que se autoriza la fusión de las sociedades estatales Aguas de la Cuenca del Sur, S. A. Unipersonal (Acusur), y "Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S. A. (Acuamed), mediante la absorción de la primera por esta última.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para la construcción de la fragata F-105, así como para la construcción de cuatro buques de acción marítima.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para atender a la financiación de cuatro buques de acción marítima y una fragata F-105 y a la actualización de las anualidades correspondientes a los submarinos S-80.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Croacia sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, así como su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de Emergencia a Ecuador, por importe de 150.000 dólares USA.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Mauritania, por importe de 300.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas para la realización de actuaciones relativas a la evaluación estratégica de la cooperación española.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas para la realización de actuaciones relativas a la evaluación de instrumentos de la cooperación española.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas para la realización de actuaciones relativas a la participación española en organismos internacionales de desarrollo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas para la realización de actuaciones relativas a la planificación geográfica de la cooperación española.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas para la realización de actuaciones relativas a la planificación de la información estadística de la cooperación española.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas para la realización de actuaciones relativas a la planificación sectorial de la cooperación española.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas para la realización de actuaciones relativas al seguimiento de la información estadística de la cooperación española.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria de España a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), por importe de 400.000 euros, con cargo al presupuesto del ejercicio 2006.

Justicia

  • ACUERDO por el que se procede al traslado a Francia para su ingreso en un Centro Penitenciario de Ignacio Rego Sebastián condenado por delito contra la Corona, delito de integración en banda armada u organización terrorista, delito de terrorismo en la modalidad de depósito de armas de guerra, delito de terrorismo en la modalidad de tenencia de explosivos, y delito de falsificación en documento oficial.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la construcción de la fragata F-105 y la suscripción del convenio con la empresa Navantia, S.A., que implica dicho contrato.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la construcción de cuatro buques de acción marítimo oceánicos.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del suplemento núm. 14 del memorando de entendimiento, dentro del Programa europeo de adquisición tecnológica (ETAP), proyecto de demostración tecnológica (TDP) 1.2.B: "Arquitectura integrada de radio frecuencia".
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del suplemento núm. 15 del memorando de entendimiento, dentro del Programa europeo de adquisición tecnológica (ETAP), Programa de demostración tecnológica (TDP) 1.7.: "Entorno de desarrollo integrado para aviónica modular integrada futura (IDEFIX)".

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio del Interior y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S. A., para la prestación de servicios postales y telegráficos.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía del Cantábrico A-8, tramo: Mondoñedo-Lorenzana, longitud: 3,55 km", con un presupuesto de 46.443.145,62 euros, Lugo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo Seseña-Aranjuez, longitud: 8,62 km", con un presupuesto de 73.744.283,21 euros, Madrid y Toledo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Torrejoncillo-Abia de la Obispalía, longitud: 6,91 km", con un presupuesto de 62.438.756,10 euros, Cuenca.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Universidad de Cantabria para el estudio y elaboración conjunta de unas bases de proyecto prescriptivas para la seguridad contra incendios en estaciones ferroviarias de pasajeros.

Trabajo y Asuntos Sociales


Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO-LEY por el que se adoptan medidas urgentes en el sector energético.
  • REAL DECRETO por el que se crea la Comisión Interministerial para el establecimiento de los criterios que deberá cumplir el emplazamiento del almacén temporal centralizado de combustible nuclear gasto y residuos de alta actividad, y de su centro tecnológico asociado.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrenal y el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.
  • ACUERDO por el que se aprueba el sexto Plan general de residuos radiactivos.
  • ACUERDO por el que se modifica el Plan de mejora de la calidad en el comercio.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras a suscribir una adenda al convenio de colaboración específico con la Generalidad de Cataluña y el Consorcio de la Ruta Minera, para la ejecución del proyecto del Centro de interpretación Fumanya en Figols.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a suscribir un convenio de colaboración con la empresa Navantia, S. A. para el desarrollo tecnológico e industrial de la fragata F-105.

Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO de ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de conservación de la naturaleza (Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido).
  • REAL DECRETO sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de los medios adscritos a la gestión de las prestaciones sanitarias del seguro escolar.

Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto por Agrícola Calabardina, S. L. contra el ACUERDO de 8 de julio de 2005, por el que se imponía una sanción e indemnización por daños al dominio público hidráulico por explotación sin autorización de aguas subterráneas, en el término municipal de Alhama de Murcia (Murcia).
  • ACUERDO por el que se formalizan los compromisos financieros para la distribución territorial de las subvenciones a las comunidades autónomas incluidas en los conceptos 757, 758 y 759 del programa 456 C: Protección y mejora del medio natural, correspondientes al ejercicio 2006.
  • ACUERDO por el que se impone a la U.T.E. Autovía Vegas Altas una sanción de 450.000 euros y la obligación de indemnizar 175.770 euros los daños causados al dominio público, por extracción de áridos en zona de dominio público hidráulico sin autorización administrativa, y requerirla para que proceda al acondicionamiento de la zona afectada en el plazo máximo de un mes, en el término municipal de Don Benito (Badajoz).

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se nombra Consejero Permanente de Estado y Presidente de la Sección Octava del Consejo de Estado a D. ENRIQUE ALONSO GARCÍA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Consejero Electivo de Estado a D. JOSE BONO MARTÍNEZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Consejera Electiva de Estado a AMELIA VALCÁRCEL BERNALDO DE QUIRÓS .

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se nombra miembro del Consejo de Coordinación Universitaria a D. FÉLIX GARCÍA LAUSÍN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra miembro del Consejo de Coordinación Universitaria a D. JAVIER VIDAL GARCÍA.


Trabajo y Asuntos Sociales

APROBADO EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

  • Su objeto es hacer efectivo el principio de igualdad de trato y la eliminación de toda discriminación contra la mujer.
  • Contempla un conjunto de medidas transversales en todos los órdenes de la vida política, jurídica y social.
  • Se reconoce el derecho a la conciliación de la vida personal y laboral y el fomento de una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de las obligaciones familiares.
  • Establece la representación equilibrada entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de las Administraciones Públicas, y propone una composición equilibrada de hombres y mujeres en las listas electorales

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de Igualdad entre Mujeres y Hombres, cuyo objeto es hacer efectivo el principio de igualdad de trato y la eliminación de toda discriminación contra la mujer en cualquier ámbito de la vida o actuación pública o privada.

El Proyecto, que modifica todas las leyes estatales afectadas por la inclusión del principio de igualdad real, contempla un conjunto de medidas de carácter transversal, en todos los órdenes de la vida política, jurídica y social, dirigidas a:

  • La actuación de los poderes públicos.
  • La política educativa y de salud.
  • La acción de los medios de comunicación públicos o privados
  • El acceso a las nuevas tecnologías y la Sociedad de la Información.
  • La política de desarrollo rural y de vivienda.
  • La contratación y la concesión de subvenciones públicas.
  • La política laboral, de empleo y de Seguridad Social.

  • La función pública y cuerpos y fuerzas de seguridad.
  • El acceso a los bienes y servicios.
  • La organización de la Administración General del Estado.

La remoción de los obstáculos que impiden la igualdad efectiva entre mujeres y hombres es el principio constitucional que guía todo el contenido del texto, a través del cual se traspone una Directiva comunitaria de 2002, de igualdad de trato entre hombres y mujeres.

De esta transposición derivan la definición de discriminación directa e indirecta y de acoso sexual y acoso por razón de sexo, la protección de la maternidad, la posibilidad de poner en práctica acciones positivas y las especialidades de la protección jurisdiccional del derecho a la igualdad, incluidas las que facilitan la prueba de la discriminación.

En cuanto a la paridad entre mujeres y hombres en la vida política, el Proyecto de Ley propone reformar la Ley Orgánica de Régimen Electoral General para garantizar una composición equilibrada de ambos sexos en las listas electorales.

Igualdad Laboral

Las medidas laborales y de Seguridad Social contempladas en el proyecto, que son resultado del acuerdo básico al que se ha llegado con las centrales sindicales CCOO y UGT, tienen como finalidad específica conseguir la igualdad en un ámbito donde, hasta ahora, son más visibles las desigualdades entre mujeres y hombres.

En materia laboral las principales disposiciones que adopta el texto son:

  • La posibilidad de que la negociación colectiva establezca medidas de acción positiva que favorezcan el acceso de las mujeres al empleo y la eliminación de situaciones de discriminación en sus condiciones de trabajo.
  • La inclusión de la mejora de la formación y la empleabilidad de las mujeres y de su permanencia en el mercado de trabajo como objetivos prioritarios de la política de empleo.
  • El reconocimiento del derecho a la conciliación de la vida personal y laboral y el fomento de una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de las obligaciones familiares. En concreto,se establece:
  • El derecho del trabajador/a a adaptar la duración y distribución de su jornada de trabajo o el de la mujer a acumular el permiso de lactancia en jornadas completas.
  • El derecho a reducir la jornada entre un octavo y la mitad por cuidado de menores de ocho años o personas con discapacidad.
  • El derecho al disfrute de las vacaciones anuales fuera de los períodos de incapacidad temporal por embarazo, parto o lactancia y del permiso por maternidad, y a suspender el contrato de trabajo por riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses.
  • La posibilidad del disfrute fraccionado del periodo de excedencia de dos años para el cuidado de familiares que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no puedan valerse por sí mismos.
  • El reconocimiento del derecho del padre a disfrutar el permiso de maternidad en caso de fallecimiento de la madre, aunque ésta no realizara ningún trabajo.
  • La no reducción del permiso de maternidad en caso de fallecimiento del hijo.
  • La ampliación en dos semanas del permiso de maternidad en caso de nacimiento, adopción o acogimiento de hijo discapacitado. Este derecho podrá ejercerlo la madre o el padre.
  • El reconocimiento de un permiso de paternidad autónomo del de la madre de ocho días por nacimiento, adopción o acogimiento (que se suma al permiso de dos días ya vigente o a la mejora del mismo establecida por convenio colectivo). Este derecho se ampliará en dos días en supuestos de parto, adopción o acogimiento múltiple.
  • El establecimiento de un deber de negociar planes de igualdad en los convenios de ámbito empresarial y supra-empresarial. En la negociación colectiva ello significa el deber de negociar:
  • Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato entre mujeres y hombres.
  • Planes de igualdad en las empresas de más de 250 trabajadores. Se entiende por plan de igualdad el conjunto de medidas de acceso al empleo, clasificación y promoción profesional, formación, retribuciones y ordenación del tiempo de trabajo, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad entre mujeres y hombres y eliminar las discriminaciones por razón de sexo.
  • El reconocimiento de medidas específicas para prevenir el acoso sexual en el trabajo.
  • La creación de un distintivo, concedido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para empresas que se destaquen por la aplicación de políticas de igualdad
  • El reconocimiento de acciones de responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad.

Igualdad de acceso al empleo público

El mismo modelo de igualdad se introduce también en el ámbito del empleo en todas las Administraciones Públicas, con algunas especificidades en cuanto a:

  • La representación equilibrada entre mujeres y hombres en el nombramiento de los titulares de órganos directivos cuya designación corresponda al Consejo de Ministros; la tendencia a ese equilibrio en los tribunales y comisiones de selección para el acceso al empleo público y para la designación de representantes de órganos colegiados, comités de expertos y comités consultivos.
  • La igualdad en el empleo público con medidas como:
  • Convocatorias de acceso que no contengan requisitos que sean perjudiciales para las mujeres o para un colectivo predominantemente femenino.
  • El cómputo de permisos, excedencias, reducciones de jornada y demás beneficios a efectos de valoración del tiempo de servicios y otros méritos en la provisión de puestos de trabajo.
  • La reserva del 40 por 100 de plazas para mujeres en cursos de formación y preferencia en cursos de formación a quienes se incorporen al servicio activo después de ejercicio de derechos derivados de la conciliación de la vida personal/familiar/profesional.
  • La incorporación de la igualdad en las pruebas de acceso al empleo público y en todas las acciones formativas de la Administración General del Estado.
  • La elaboración y remisión al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de la información relativa a la aplicación del principio de igualdad en todos los Departamentos Ministeriales y la aprobación por el Gobierno de un Plan de Igualdad en el ámbito de la Administración General del Estado al inicio de cada legislatura.

Igualdad en Seguridad Social

Las principales medidas en materia de Seguridad Social incluidas en el proyecto son:

  • El reconocimiento de las prestaciones de permiso por paternidad y de riesgo durante la lactancia.
  • El cómputo como periodo de cotización efectiva del permiso de maternidad o paternidad que subsista a la fecha de extinción del contrato de trabajo o se inicie durante la percepción de la prestación por desempleo.
  • La ampliación a siete años del periodo en que se debe haber cotizado 180 días para tener derecho a la prestación por maternidad este derecho también se tendrá cuando se haya cotizado un año a lo largo de la vida laboral.
  • La creación de un nuevo subsidio por maternidad para las trabajadoras que no reúnan el periodo de cotización mínima para acceder a la prestación por maternidad. La cuantía de este subsidio será de un 80 por 100 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y su duración de 42 días naturales a contar desde el parto.
  • La consideración como periodo de cotización efectiva de los dos primeros años de excedencia por cuidado de hijo y del primer año de excedencia por cuidado de familiares.
  • La consideración como cotizada de la totalidad de la jornada de trabajo en supuestos de excedencia por cuidado de hijos o familiares inmediatamente posteriores a una reducción de jornada o en los supuestos de reducción por cuidado de hijos o familiares.
  • No descuento de la prestación por desempleo del tiempo del permiso de maternidad y paternidad.
  • El reconocimiento del subsidio de maternidad y del permiso de paternidad a los trabajadores autónomos y la inclusión de este último en los contratos formativos.

Principio de igualdad y su tutela

Piezas clave del proyecto de Ley Orgánica de Igualdad entre Mujeres y Hombres son las definiciones que se recogen en su Título I del principio de igualdad, de la discriminación directa o indirecta por razón de sexo, del trato desfavorable relacionado con el embarazo o la maternidad y de las represalias que puedan sufrir quienes hayan reclamado para exigir el cumplimiento del principio de igualdad. En el mismo título también se establecen:

  • Las consecuencias de las conductas discriminatorias: declaración de nulidad de las actuaciones, obligación de indemnizar a la mujer discriminada en proporción a los daños sufridos e imposición, en su caso, de sanciones disuasorias.
  • La posibilidad de establecer acciones positivas, de carácter temporal, para corregir situaciones de discriminación.
  • Los elementos de la tutela judicial frente a situaciones de discriminación (proceso sumario y preferente y remisión a la legislación procesal correspondiente la determinación de los sujetos legitimados para actuar en él).
  • La inversión de la carga de la prueba ante alegación de conductas discriminatorias.

Respecto a las políticas públicas para la igualdad, el texto incluye:

  • Criterios como la garantía de la efectividad del derecho a la igualdad; su integración en todas las políticas públicas; la colaboración entre administraciones para su aplicación; la participación equilibrada entre mujeres y hombres en la toma de decisiones; la erradicación de la violencia contra las mujeres; la protección de la maternidad y situaciones derivadas de ella; el establecimiento de medidas de conciliación de la vida personal/familiar/laboral; la colaboración de las administraciones publicas con partidos políticos, agentes sociales y asociaciones de mujeres, y el fomento de la igualdad en las relaciones entre particulares.
  • El principio de representación equilibrada entre mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los poderes públicos.
  • La reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General para garantizar una composición equilibrada de ambos sexos en las listas electorales.
  • La obligación de realizar informe de impacto de género en todos los proyectos de disposiciones generales y en los planes de especial relevancia económica y social que apruebe el Consejo de Ministros.
  • La obligación del Gobierno de elaborar periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades.
  • La incorporación al sistema educativo de la formación en materia de igualdad y el fomento de la enseñanza y la investigación en materia de igualdad en el ámbito de la educación superior.
  • La integración del principio de igualdad en todos los objetivos y actuaciones de la política de salud y de las distintas necesidades que tienen en este ámbito mujeres y hombres; la promoción de la salud de las mujeres y, en especial, de su salud laboral y de la atención a las situaciones de acoso sexual y acoso por razón de sexo; la presencia equilibrada entre mujeres y hombres en puestos directivos y de responsabilidad profesional del conjunto del sistema de salud.
  • La obligación de los medios de comunicación de titularidad pública de velar por una transmisión igualitaria, plural y no estereotipada de las mujeres; de reflejar su presencia en los diversos ámbitos de la vida social; de utilizar un lenguaje no sexista y colaborar en campañas institucionales dirigidas al fomento de la igualdad y a erradicar la violencia de género.
  • La promoción en los medios de comunicación de titularidad privada de códigos de autorregulación a fin de que se cumpla la legislación en materia de igualdad en todas sus actividades, incluida la publicidad y la venta.
  • La publicidad que comporte una conducta discriminatoria se entenderá ilícita y el Instituto de la Mujer, a través del Observatorio de la Publicidad, podrá ejercer la acción judicial de cesación de publicidad ilícita.
  • El fomento del acceso de la mujer a las nuevas tecnologías, especialmente en zonas y colectivos de mujeres en las que se detecte un especial retraso en este aspecto.
  • El impulso de medidas que favorezcan la cotitularidad de la mujer de las explotaciones agrarias y de las acciones de formación de la mujer en el mundo rural.
  • Medidas de acceso a la vivienda de los colectivos de mujeres en los que concurra alguna situación de necesidad especial: exclusión social, víctimas de la violencia de género o familias monoparentales.
  • El establecimiento de condiciones de ejecución de los contratos públicos que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo.


Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios

El Proyecto recoge varias disposiciones para garantizar la igualdad de trato de las mujeres en el acceso a los bienes y servicios como:

  • El cumplimiento de la igualdad en el suministro de bienes y servicios disponibles para el público y del principio de libre elección de la parte contratante, salvo que dicha elección venga determinada por el sexo.
  • La prohibición de hacer indagaciones sobre el embarazo de la contratante (salvo por razones de protección de la salud), de considerar el sexo o los costes relacionados con el embarazo y la maternidad como factor de cálculo de primas y prestaciones en los contratos de seguro o servicios financieros.
  • Las consecuencias del incumplimiento de las medidas anteriores: resolución del contrato, reclamación de la asimilación de primas y prestaciones a las del sexo más beneficiado o reclamación de indemnización proporcional al perjuicio sufrido.

En cuanto a la responsabilidad social de las empresas, el texto establece la posibilidad de que las empresas emprendan acciones en materia de igualdad, decididas unilateralmente por las empresas o acordadas con la representación de los trabajadores, las organizaciones de consumidores y usuarios, los Organismos de igualdad o las asociaciones de defensa de la igualdad; también que las empresas hagan uso publicitario de las acciones de responsabilidad social en materia de igualdad y que el Instituto de la Mujer ejerza la acción de cesación de publicidad ilícita cuando pueda tratarse de publicidad engañosa.

Asimismo, las grandes empresas procurarán abrir sus consejos de administración a la participación de mujeres.

Consejo de Participación de la Mujer

El texto aprobado hoy contempla la creación del Consejo de Participación de la Mujer como cauce de participación de las organizaciones de mujeres. Estará compuesto por asociaciones y organizaciones de mujeres con implantación en todo el territorio nacional así como por representantes, tanto de la Administración General del Estado, como de las Comunidades Autónomas y entidades que integran la Administración Local.

Finalmente, el Proyecto contempla la creación en la Administración General del Estado de una Comisión Interministerial de Igualdad para la coordinación de las políticas de igualdad y la encomienda a un centro directivo, dentro de cada Ministerio, del desarrollo de las funciones relacionadas con la igualdad.


Trabajo y Asuntos Sociales

INFORME SOBRE EL PLAN ESTRATÉGICO DE CIUDADANÍA E INTEGRACIÓN 2006-2009

  • Es el resultado de un largo proceso de consultas en el que han participado los distintos sectores implicados en las políticas de integración y está abierto a nuevas propuestas.
  • El Plan, en el que participan varios Ministerios, cuenta con un presupuesto de dos mil millones de euros

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el texto del Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración, que cuenta con un presupuesto de dos mil millones de euros para el período 2006-2009.

I

El Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración, que responde al compromiso del Gobierno con las políticas de integración de los inmigrantes, fue anunciado por el Presidente del Gobierno en el último Debate del Estado de la Nación como una de las prioridades en materia de inmigración.

La integración social de los inmigrantes es uno de los retos más importantes a los que se enfrentan las sociedades europeas y, en concreto, la sociedad española, que vive de manera muy intensa, aunque reciente, la irrupción del fenómeno inmigratorio. Es responsabilidad de los Gobiernos la puesta en marcha de políticas públicas que promuevan la cohesión de la sociedad y éste es uno de los objetivos que persigue el Ejecutivo con la aprobación de este Plan.

El Gobierno ha llevado a cabo para su elaboración un proceso de consultas multilateral en el que han participado las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos, los agentes sociales, las asociaciones de inmigrantes y las organizaciones no gubernamentales.

Objetivos: cohesión social e igualdad de oportunidades

El Plan de Ciudadanía e Integración tiene por objetivos fundamentales potenciar la cohesión social, construir políticas públicas basadas en la igualdad de derechos y deberes y la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos inmigrantes y españoles; adecuar los servicios públicos a la realidad de una sociedad diversa; favorecer la comprensión del fenómeno migratorio, y fomentar un sentimiento de pertenencia de las personas inmigrantes a la sociedad a la que se incorporan.


El alcance de estos objetivos implica el avance en el reconocimiento efectivo de la igualdad de derechos y deberes de los inmigrantes, el refuerzo de los servicios públicos y su acceso en igualdad de condiciones que los ciudadanos españoles y el establecimiento de un sistema de acogida que asegure la rápida inserción sociolaboral de los inmigrantes.

La integración requiere el esfuerzo y la colaboración de todos y, por ello, es una responsabilidad que debe ser compartida entre la población española y la inmigrante, el Estado y la sociedad, la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos.

Este Plan pretende ser un Marco de Cooperación en el que puedan insertarse los múltiples esfuerzos e iniciativas que ya se vienen realizando desde las Administraciones Públicas y desde la sociedad civil; que permita aunar esfuerzos y dotar de coherencia al conjunto de las actuaciones.

A partir de este momento el Gobierno hace público el borrador del Plan y lanza un proceso de consultas (a través de la página web www.mtas.es/planestrategico) que permitirá a personas o asociaciones realizar aportaciones, lo que dará aún más una mayor transparencia y consenso al resultado final.

Una vez finalizado el proceso de consulta, el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración para el período 2006-2009 se aprobará en Consejo de Ministros tras ser escuchados los informes correspondientes del Consejo Superior de Política de Inmigración, el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes y la Comisión Laboral Tripartita.

Dos mil millones de euros

El Plan está respaldado por una importante dotación económica ya que el presupuesto del Plan, correspondiente a las actuaciones promovidas por la Administración General del Estado, para el periodo 2006-2009, asciende a más de dos mil millones de euros

Cuadro Plan Estratégico

En la elaboración de este presupuesto han participado, además del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (que aportará más del 58 por 100 del total), el Ministerio de Educación y Ciencia (102.089.878 euros sólo el primer año), el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (80.353.925 euros el primer año), el Ministerio de Sanidad y Consumo (9.722.134 euros el primer año) y el Ministerio de Justicia.

Es importante aclarar que esta financiación se refiere concretamente a los recursos dedicados a las políticas específicas de integración y no incluye aquellos que comprenden el acceso de los ciudadanos extranjeros a los servicios públicos en general.

Además de esta dotación específica, el Plan, desde su enfoque de marco de cooperación, podrá incorporar los recursos económicos correspondientes a todas aquellas iniciativas a favor de la integración puestas en marcha por las distintas Administraciones públicas españolas.

Actuaciones prioritarias por áreas

Actuaciones Prioritarias por Áreas

Presidencia

PENSIONES EXCEPCIONALES A PERSONAS PAREJA DE HECHO DE VÍCTIMAS MORTALES DE ATENTADOS TERRORISTAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley por el cual se concede una pensión excepcional a un grupo de personas que eran pareja de hecho de víctimas mortales de actos terroristas y que en este momento no tienen acceso a una pensión de viudedad, porque la legislación de clases pasivas y de seguridad social solamente la prevé para las personas unidas por vínculo conyugal.

El Alto Comisionado de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo había detectado la existencia de un número limitado de afectados por los atentados terroristas, concretamente dieciocho personas hasta el momento, que no podían acceder a la pensión de viudedad por esta razón, a pesar de estar unidas al causante por una relación afectiva análoga al matrimonio.

La condición de beneficiario de las medidas excepcionales previstas en el presente Real Decreto-Ley se extenderá a quienes acrediten fehacientemente haber convivido con una persona fallecida a causa de un atentado terrorista, siempre que dicha convivencia constituyese una relación de afectividad análoga a la del matrimonio y se hubiera producido de forma permanente durante, al menos, los dos años anteriores al momento del fallecimiento.

Normas generales

Estas pensiones se regirán, respecto de su revalorización, complementos, etcétera, por las normas generales que regulan las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado y su percepción será incompatible con la de las pensiones ordinarias o extraordinarias que pueda reconocer cualquier régimen público de protección social básica, siempre que deriven de los mismos hechos y sujeto causante.

Las pensiones reguladas en este Real Decreto-Ley no serán transmisibles y se extinguirán en los supuestos de pérdida de aptitud legal del beneficiario previstos en la legislación de Clases Pasivas del Estado.


Industria, Turismo y Comercio

MEDIDAS URGENTES EN EL SECTOR ENERGÉTICO

  • Se trata de minimizar el impacto de las subidas de los precios de la electricidad, mejorar la eficiencia energética, potenciar el carbón autóctono y garantizar igualdad de condiciones en el almacenamiento de gas

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de Medidas Urgentes en el Sector Energético, cuyas disposiciones tienen como finalidades principales minimizar el impacto de las subidas de precios de la electricidad en la economías domésticas, rebajar el coste de la energía en el mercado diario, mejorar la eficiencia energética en nuestro país, potenciar el carbón autóctono y garantizar la igualdad de condiciones de todos los operadores en el almacenamiento de gas.

SECTOR ELÉCTRICO

Supresión de los CTC en beneficio de los consumidores

La nueva normativa elimina los Costes de Transición a la Competencia (CTC) por considerarse que en la actualidad son ineficientes e innecesarios. Su desaparición permite que las aportaciones previstas por este concepto hasta el año 2010 reviertan en beneficio de los consumidores.

Estos costes son ineficientes porque distorsionan los precios. La razón es que los CTC varían, al hacerlo, los precios de mercado porque se cobran por la diferencia entre los ingresos y los costes del sistema, de forma que incentivan a las empresas a hacer ofertas ineficientes en el mercado. Por añadidura, se calcularon en 1996 en base a hipótesis hoy obsoletas horas de funcionamiento de las instalaciones, precios de los combustibles, tipos de interés, etcétera.

Además, son innecesarios porque su grado de amortización, como ha certificado recientemente la Comisión Nacional de Energía, es muy alto a causa de que las empresas han generado muchos más ingresos por encima de sus costes que lo previsto en 1996.

Paralelamente a la supresión de los Costes de Transición a la Competencia, se habilita al Gobierno a establecer planes de financiación extraordinarios para aquellas sociedades titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica que muestren especiales dificultades financieras, y también para establecer fuera del marco de los CTC primas al consumo de carbón autónomo.


Incentivos al consumo de carbón autóctono

En la normativa aprobada hoy se establece el sistema de incentivos al consumo de carbón autóctono, mediante el que se faculta al Gobierno para que pueda aprobar, por motivos de seguridad del suministro, un sistema de primas hasta un límite máximo de diez euros por MWh producido.

El nuevo sistema permitirá la entrada preferente en funcionamiento de las instalaciones generadoras que utilicen fuentes de energía primaria autóctonas. En él se fijará el mecanismo de modulación de estas primas en función de la evolución de los precios de mercado de producción de energía eléctrica.

Con esta medida, que sustituye al sistema actual vigente hasta diciembre de 2006 y enmarcado en el contexto de los costes de transición a la competencia, se cumple el compromiso adquirido por el Gobierno en el Plan de la Minería 2006-2012 de apoyar el carbón nacional por medio de un estímulo a su consumo.

Ganar eficiencia energética a través de la cogeneración eléctrica

En línea con las directrices de la Unión Europea, se potencia la eficiencia energética a través de la cogeneración mediante una serie de medidas como la eliminación de la necesidad del autoconsumo eléctrico y de la banda de retribución de estas plantas y la actualización del sistema de primas del régimen especial. En concreto, la nueva normativa acomete una serie de modificaciones que afectan al Régimen Especial, entre ellas las siguientes:

  • Eliminar la necesidad de autoconsumo eléctrico de las plantas que utilizan la cogeneración, primando no sólo los excedentes eléctricos, sino toda la electricidad cogenerada. Este medida pretende la igualdad de condiciones para todas las plantes de cogeneración, con independencia de que la planta industrial asociada consuma más o menos electricidad, eliminando las asimetrías existentes hasta la fecha.
  • Actualizar el sistema de primas señalados en la Ley. Se establece la posibilidad de que todas las plantas sean retribuidas con el complemento de una prima por encima del precio del mercado, mientras que en la actualidad sólo pueden cobrar prima las instalaciones menores de 10 MW. Esta medida persigue que no dejen de instalarse plantas de este tipo por falta de rentabilidad
  • Eliminar la banda de retribución de estas instalaciones, entre el 80 y el 90 por 100 de la tarifa medida de referencia, ya que no permite en algunos casos que la retribución sea suficiente para que se desarrollen las diferentes tecnologías.


Protección de los consumidores domésticos

El Real Decreto Ley aprobado hoy elimina los límites impuestos en la metodología de tarifas para efectuar la revisión de la tarifa media o de referencia (estipulada actualmente en un +2 por 100) y de las variaciones de tarifas de suministro y de acceso (+0.6 por 100 de la tarifa media).

Con esta disposición se pretende diferenciar las subidas o bajadas en los distintos grupos tarifarios con el objeto de limitar al máximo el impacto de las subidas de precios de la electricidad en las economías domésticas y, complementariamente, asegurar que en las revisiones de las tarifas medias o de referencia se puedan cubrir todos los costes y evitar, como ocurrió en la tarifa de 2006, tener que confeccionarlas con una previsión de déficit a causa de una metodología elaborada cuando el petróleo mantenía un precio estable que rondaba los 25 dólares por barril, mientras que en la actualidad supera los 70 dólares por barril.

Desvincular de las tarifas las primas del Régimen Especial

Con la finalidad de acercar la retribución de las instalaciones de generación de régimen especial a la evolución real de los costes de estas tecnologías, la nueva normativa establece que la evolución de las primas y precios de las instalaciones del régimen especial no estará limitada por la revisión de la tarifa media.

Aumento de la competencia a través de subastas virtuales

Con la finalidad de disponer de un mecanismo para posibilitar la alternativa de contratación bilateral de determinados colectivos de consumidores, se amplía al medio y el largo plazo el período de contratación resultante de las subastas virtuales, que en la actualidad tenía un tope máximo de doce meses.

El objetivo de esta medida es hacer posible su instrumentación a corto plazo y fomentar la contratación bilateral entre las empresas eléctricas y los consumidores.

SECTOR GASISTA

Igualdad para los operadores en el almacenamiento de gas

Con la finalidad de garantizar la estabilidad del suministro, se introduce una disposición que garantiza la igualdad de las condiciones de todos los operadores en el acceso a la capacidad de almacenamiento de gas. En concreto, se sustituye el criterio cronológico establecido con carácter general por un sistema de reparto basado en criterios objetivos y transparentes, y especialmente en el porcentaje de ventas del año anterior.

La medida se justifica en que el conocido como "criterio cronológico" se ha demostrado que no es el más adecuado cuando la demanda supera a la oferta de capacidad, ya que no optimiza la gestión de las instalaciones y puede suponer un problema para la garantía del suministro.

Con esta disposición se utilizarán mecanismos de asignación de capacidad más apropiados a las necesidades actuales del sistema, permitiendo una optimización de las infraestructuras existentes y evitando situaciones de acaparamiento.


Industria, Turismo y Comercio

APROBADO EL SEXTO PLAN GENERAL DE RESIDUOS RADIACTIVOS

  • También se crea una comisión Interministerial con el fin de establecer los criterios para el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado

El Consejo de Ministros ha aprobado el Sexto Plan General de Residuos Radiactivos, un documento en el que se recogen las estrategias y actuaciones a llevar a cabo en España en los distintos campos de la gestión de los residuos radiactivos y en el desmantelamiento de instalaciones, junto con el correspondiente estudio económico-financiero.

En este plan, basado en la propuesta presentada por ENRESA, destacan como aspectos más significativos los siguientes:

  • La constatación de que a lo largo de las dos últimas décadas se ha ido definiendo y conformando un sistema nacional dotado de una infraestructura significativa desde el punto de vista administrativo, técnico y económico-financiero, para llevar a cabo todas las actuaciones necesarias en los distintos campos de la gestión de los residuos radiactivos y clausura de instalaciones.
  • La verificación de la importancia que tienen la comunicación y la participación de la sociedad en este campo, respecto a la toma de decisiones para la implantación de las soluciones necesarias.
  • La estimación del coste total de la gestión de los residuos para el periodo 1985-2070 es de 13.023 millones de euros. En el cálculo de estas previsiones se han tenido en cuenta, en primer lugar, los gastos producidos desde 1985 (nacimiento de ENRESA) hasta finales de 2005, los cuales ascendieron a 3.128 millones de euros, una cuarta parte del total. A esta cifra hay que añadir el coste futuro previsto desde 2007 hasta el final del periodo de gestión que se sitúa en el año 2070, gasto que alcanza los 9.734 millones de euros.
  • Las estimaciones de residuos radiactivos a gestionar son de 12.800 m3 de combustible gastado y residuos de alta actividad, y de 176.300 m3 de residuos de media y baja actividad.
  • Por lo que se refiere al combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos de alta actividad, se establece como prioridad la construcción de un Almacén Temporal Centralizado y se posponen las decisiones relativas a su gestión definitiva.

  • Se pone de manifiesto la necesidad de mantener un seguimiento continuo de las actividades en materia de gestión de residuos radiactivos llevadas a cabo en el seno de las organizaciones internacionales especializadas, (EURATOM, en la UE; Agencia de Energía Nuclear, de la OCDE y Organismo Internacional de Energía Atómica, en Naciones Unidas), tanto en lo que se refiere a posibles desarrollos normativos, como a proyectos de I+D.

La revisión se ha llevado a cabo teniendo en cuenta la propia experiencia española y la evolución y tendencias de las actuaciones de otros países en esta materia desde la aprobación del Quinto Plan General de Residuos Radiactivos en el Consejo de Ministros celebrado el 31 de julio de 1999.

Comisión Interministerial para el ATC

Complementariamente, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea una Comisión Interministerial encargada del establecimiento de los criterios que deberá cumplir el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gastado y residuos de alta actividad, y de su centro tecnológico asociado, en consonancia con la estrategia contemplada en el Plan General de Residuos Radiactivos.

Esta Comisión, cuya creación responde a una petición del Congreso de los Diputados al Gobierno mediante una proposición no de ley aprobada el pasado mes de abril, estará presidida por el Secretario General de Energía y deberá elaborar, para su elevación al Gobierno, una propuesta de posibles emplazamientos candidatos seleccionados entre los municipios interesados, en base a las evaluaciones técnicas realizadas sobre su idoneidad.


Industria, Turismo y Comercio

MEDIDAS PARA FAVORECER EL DESARROLLO DE LA VENTA AMBULANTE

  • También se eleva el porcentaje de financiación del fomento de la cooperación empresarial

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el se modifica el Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio actualmente vigente. Este Plan, cuyas actuaciones abarcan el período 2005-2008, fue aprobado por Consejo de Ministros el pasado 17 de diciembre de 2004. El desarrollo del Plan se hace en colaboración con las Comunidades Autónomas, quienes son las verdaderamente competentes en esta área, y con ellas se cofinancian acciones encaminadas a mejorar la competitividad de la distribución comercial en España.

"Mercadillos"

La principal modificación aprobada consiste en financiar actuaciones para adecuar espacios para la venta no sedentaria. A través de esta medida el Estado va a poder cofinanciar hasta en un 40 por 100 las aportaciones de las Comunidades Autónomas a actuaciones de los Ayuntamientos que adecuen espacios para el desarrollo de mercados de venta ambulante. Los mercados ambulantes permiten, por un lado, dar salida a las producciones de los agricultores y los artesanos de la zona, dinamizando la economía local. Por otro lado, contribuyen a la estabilización de los precios, mejorando la oferta comercial en zonas rurales y urbanas, incrementando las posibilidades de elección del consumidor y aumentando la competencia en el mercado minorista.

En los productos de alimentación, así como en vestido y calzado y productos para el hogar, los así llamados "mercadillos" tienen una especial relevancia en España y supone un canal de distribución no convencional que complementa la oferta convencional estable existente. Para el desarrollo adecuado de estos mercados es esencial la labor de inspección y control de calidad de los productos, cuya competencia recae en las autoridades municipales. Las actuaciones que financiará el Plan, tras la modificación aprobada hoy, permitirán mejorar las condiciones en las que se realiza la venta ambulante, al dotarla de una infraestructura y servicios adecuados, y disponer de áreas o recintos delimitados, lo que facilita la labor de inspección municipal.

Fomento de la cooperación empresarial

Otra modificación aprobada por el Consejo ha sido elevar el porcentaje de la financiación disponible dentro del Plan para programas de fomento de la cooperación empresarial, que pasará del 10 por 100 al 25 por 100, para así incentivar la constitución de centrales de compra y otras iniciativas asociativas entre los pequeños empresarios comerciales.

Estas modificaciones fueron aprobadas por el Estado y las Comunidades Autónomas en la reunión de la Mesa de Directores Generales de Comercio celebrada el 24 de marzo de 2006. Las actuaciones responden al cumplimiento de las líneas estratégicas definidas por el Gobierno para la mejora de la competitividad de comercio interior.


Industria, Turismo y Comercio

MODIFICADO EL PLAN TÉCNICO DE LA RADIO DIGITAL TERRENAL

  • Se establece también una compensación por la interrupción del servicio de Internet

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Plan Técnico Nacional de la Radiodifusión Sonora Digital Terrenal, así como el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.

Modificación del Plan Técnico de la Radio Digital Terrenal

Las modificaciones introducidas en el Plan Técnico Nacional de la Radiodifusión Sonora Digital Terrenal constituyen una de las medidas adoptadas para el relanzamiento de la radio digital, en el marco del objetivo global del Gobierno de impulsar la tecnología digital en todos los ámbitos.

De este modo, se habilita al Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información para modificar los bloques de frecuencias del Plan Técnico, previa solicitud y acuerdo de las entidades (públicas y privadas) interesadas, con el objetivo de proporcionar mayor agilidad en la gestión de las frecuencias vinculadas a este servicio. De este modo, se dará un impulso a la radio digital terrestre, al permitir la modificación de los concesionarios en los bloques de frecuencias y en las redes que soportan la prestación del servicio.

Asimismo, se extiende al 31 de diciembre de 2011 la obligación de las entidades habilitadas de alcanzar una cobertura del 80 por 100 de la población, con la finalidad de armonizar el ámbito normativo con la realidad económica y comercial del sector de la radio digital terrestre, dotando al proceso de plazos realistas en la extensión de la cobertura.

Compensación por la interrupción del servicio de Internet

Dentro del fortalecimiento de la política de reconocimiento y garantía de los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, mediante este Real Decreto se incorpora al Reglamento del servicio universal un nuevo artículo en el que se concreta, al igual que sucede con el servicio telefónico, el derecho de los abonados al servicio de acceso a Internet a obtener una compensación económica en los casos de interrupción temporal del servicio.


El artículo establece que, cuando un abonado sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el operador deberá compensarle con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que haya durado la interrupción. El operador estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura correspondiente al período inmediato a aquel en el que se ha producido la incidencia, cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una compensación por importe superior a un euro. El contrato del servicio de acceso a Internet deberá recoger los términos y condiciones en que se dará cumplimiento a esta obligación.

El operador no estará obligado a indemnizar al abonado cuando la interrupción temporal del servicio esté motivada por el incumplimiento grave por parte del abonado de las condiciones contractuales o por los daños producidos en la red debido a la conexión de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.

En el caso de que un operador incluya en su oferta la posibilidad de contratar conjuntamente servicios de telefonía fija e Internet, podrá indicar en la oferta la parte del precio que corresponde a cada servicio. Si no lo hace, se considerará que el precio de cada uno es el proporcional al de su contratación por separado. En caso de que el operador no comercialice los servicios por separado, se considerará que el precio de cada uno es el 50 por 100 del precio total.


Defensa

AUTORIZADA LA CONTRATACIÓN DE LA QUINTA FRAGATA DE LA SERIE F-100 Y DE CUATRO BUQUES DE ACCIÓN MARÍTIMA

  • El coste global es de 1.102 millones de euros y su construcción asegura carga de trabajo para 900 empleados de Navantia durante 5 años

El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación para la construcción de la quinta Fragata de la clase F-100 y de cuatro Buques de Acción Marítima (BAM), cuyo coste global es de 1.102 millones de euros.

La construcción de estos buques supone un total de 6.830.000 horas de trabajo en mano de obra directa y asegura carga de trabajo para 500 empleados para los astilleros de Navantia-Ferrol y 400 empleados de los de Navantia-Cádiz, durante los próximos cinco años.

En la actualidad, la Armada española dispone de cuatro fragatas tipo F-100: Alvaro de Bazán, Almirante Juan de Borbón, Blas de Lezo y Méndez Núñez, las más modernas de la flota.

Buques de Acción Marítima

El Programa de los Buques de Acción Marítima pretende efectuar el relevo de patrulleros ligeros que han acabado su vida útil y que tienen poca capacidad para operar en la Zona Económica Exclusiva y Alta Mar.

Tanto las misiones exclusivas de la Armada como aquellas de cooperación, requieren buques con capacidad para operar en alta mar, durante largos periodos de tiempo alejados de las bases y en condiciones meteorológicas adversas.

Los cometidos que pueden desarrollar los Buques de Acción Marítima son:

  • Presencia Naval.
  • Apoyo a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el control de los espacios marítimos.
  • Protección del Trafico Mercante.
  • Protección y apoyo a pequeñas unidades.
  • Inserción y extracción de unidades de operaciones especiales.
  • Vigilancia de Pesca.
  • Control del trafico marítimo (mercancías peligrosas).
  • Protección del medio ambiente y lucha contra la contaminación.
  • Salvamento Marítimo (SAR).
  • Vigilancia y control de los espacios marítimos de soberanía.
  • Adquisición de Inteligencia.

Modernización de la Armada

La construcción de estos cinco buques se incluye dentro del programa de modernización de la Armada, que ha emprendido el Gobierno de España para que nuestras Fuerzas Armadas puedan acometer, con más éxito, las nuevas misiones que garantizan la Defensa y la Seguridad de los españoles y aquellas que llevan a cabo en el exterior de ayuda humanitaria y de contribución a la paz mundial.

La inversión del Gobierno en este tipo de programas supone una gran apuesta por el sector industrial española que permitirá a las empresas directamente implicadas y a la industria auxiliar desarrollar tecnología punta extensible a aplicaciones civiles de última generación.

Navantia está construyendo actualmente otras unidades navales para la Armada española en los astilleros de Ferrol, Cartagena y Cádiz: un Buque de Proyección Estratégica, un Buque de Aprovisionamiento y cuatro submarinos S-80.

Convenio con Navantia

Asimismo, el Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio de colaboración de carácter plurianual entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Empresa Navantia, S.A. para el desarrollo tecnológico e industrial del Programa de esta Fragata F-105.

De acuerdo a este Convenio, el estado, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio contribuirá a la financiación del desarrollo tecnológico del Programa de prototipo de la Fragata F-105 mediante la concesión a Navantia, S.A. de anticipos reintegrables a tipo de interés cero. El presupuesto que financiará el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el periodo 2006-2011, según el calendario de entregas que figura en el Acuerdo, asciende a 750 millones de euros.

Navantia, S.A., se compromete a desarrollar el conjunto de actividades tecnológicas e industriales contempladas en el Programa Fragata F-105, y a la devolución de los mencionados anticipos reintegrables, recibidos al amparo de este Programa, en el periodo 2012-2020, según el calendario de entregas que figura en el Convenio de colaboración.


Medio Ambiente

40,5 MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIO NATURAL

  • Por primera vez se habilita una partida específica para recuperación de especies en peligro de extinción

El Consejo de Ministros ha acordado formalizar los compromisos financieros adoptados en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, celebrada los días 2 y 3 de este mes y autorizar la transferencia de 40.524.630 euros a las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla para financiar programas de protección y mejora del medio natural correspondientes al ejercicio 2006.

La reunión de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, celebrada el 26 de abril de 2006 acordó los criterios de repartos y la distribución territorial de estas subvenciones, que posteriormente fueron ratificados en la reunión de la Conferencia Sectorial que se celebró a principios de este mes en Santa Cruz de Tenerife.

Estas ayudas permitirán acometer programas destinados a la corrección de tendidos eléctricos, recuperación de especies en peligro de extinción, selvicultura contra incendios forestales, gestión forestal sostenible en montes públicos y privados y conservación de la biodiversidad y de la Red Natura 2000.

Por primera vez se habilita una partida específica para recuperación de especies en peligro de extinción, que en el presente ejercicio se destinará a acciones dirigidas a la protección del lince ibérico y el oso pardo pirenaico. Las acciones que se realizarán en tendidos eléctricos se dirigen a la corrección de aquellos que tienen una especial incidencia en la mortandad de especies de aves amenazadas, en especial de águila imperial y de águila-azor perdicera.

Distribución por Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla (en miles de euros)
(Por su tratamiento como carga asumida en el cálculo del cupo y la aportación del País Vasco y Navarra, estas Comunidades Autónomas quedan excluidas de asignación)

Distribución por Comunidades

Fomento

DOS NUEVOS TRAMOS DE LA CONEXIÓN MADRID-LEVANTE DE ALTA VELOCIDAD

  • Los tramos, situados en las provincias de Cuenca, Toledo y Madrid, son Torrejoncillo-Abia de la Obispalía y Seseña-Aranjuez
  • Su presupuesto global de licitación asciende a 136,2 millones para una longitud total de 15,5 km.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a contratar las obras de construcción de plataforma de vía en Torrejoncillo-Abia de la Obispalía y Seseña-Aranjuez, dos nuevos tramos de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Los tramos, con una longitud total de 15,53 kilómetros, se encuentran situados en las provincias de Cuenca, Toledo y Madrid.

El importe total de licitación asciende a 136.183.039,31 euros. Las obras cuentan con un plazo de ejecución que oscila entre los veinte y veinticuatro meses, dependiendo del tramo.

Con esta autorización, el Gobierno imprime un nuevo impulso a la conexión ferroviaria de alta velocidad Madrid-Levante, ya que se trata de un procedimiento necesario para que den comienzo las obras de estos tramos. Además, con estas dos autorizaciones, y en tan sólo cuatro meses se han licitado un total de once tramos para 107,9 kilómetros de alta velocidad del nuevo corredor. Todo ello supone una inversión de 877,2 millones de euros.

Los tramos están ubicados en el trayecto entre Torrejón de Velasco (Madrid) y Fuentes (Cuenca), que ya se encuentra en fase de obra en buena parte de su trazado. Está previsto que los tramos que faltan de este trayecto se liciten a lo largo del presente año.

Beneficios del corredor Madrid-Levante

Los principales beneficios derivados de la construcción de la conexión ferroviaria de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana/Región de Murcia son los siguientes:

  • Establecimiento de una nueva relación ferroviaria de alta velocidad entre las ciudades de Madrid, Cuenca, Valencia, Albacete, Alicante y Murcia.
  • Aumento de la seguridad con disposición de vallado a ambos lados de la vía y ausencia de pasos a nivel a lo largo de toda la línea.
  • Incremento de la capacidad y la regularidad al contar con doble vía en todo el trayecto.
  • Aumento del confort y la calidad del servicio al establecerse unas condiciones óptimas de rodadura.

Tramo Torrejoncillo-Abia de la Obispalía

Las obras de este tramo cuentan con un presupuesto de licitación de 62.438.756,10 euros y con un plazo de ejecución de veinticuatro meses.

Tiene una longitud de 6,91 kilómetros. Discurre por los municipios de Torrejoncillo del Rey y Abia de la Obispalía en la provincia de Cuenca. Como elementos singulares en su trazado hay que destacar cuatro viaductos y dos túneles artificiales:

  • Viaducto de "Las Higueruelas", de 1.060 m. de longitud.
  • Viaducto sobre la carretera CUV-7032, de 110 m. de longitud.
  • Viaducto "Alto Molino", de 100 m. de longitud.
  • Viaducto sobre el río Cigüela, de 630 m. de longitud.
  • Túnel de "Las Higueruelas", de 254 m. de longitud.
  • Túnel del "Alto del Molino", de 280 m. de longitud.

Tramo Seseña-Aranjuez

El presupuesto de licitación del tramo es de 73.744.283,21 euros y cuenta con un plazo de ejecución de veinte meses.

Su longitud es de 8,62 kilómetros y discurre por los términos municipales de Seseña (Toledo) y Aranjuez (Madrid). Como elementos singulares hay que destacar dos viaductos, un túnel artificial y el puesto de banalización de Seseña:

  • Viaductos sobre el ferrocarril Aranjuez-Alcázar de San Juan, de 150 m. de longitud.
  • Viaducto sobre el río Tajo de 1.000 m. de longitud.
  • Túnel artificial 'Dehesa Nueva del Rey, de 1.439 m. de longitud.

Los proyectos de ambos tramos han sido diseñados para doble vía de alta velocidad en ancho internacional. Contienen las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura tales como movimientos de tierra, estructurales, túneles, reposición de los servicios y servidumbres afectados, y la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea, además de las correspondientes obras de drenaje.

Mapa


Fomento

TRAMO MONDOÑEDO-LORENZANA, DE LA AUTOVÍA DEL CANTÁBRICO A-8 EN LUGO

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras del tramo Mondoñedo-Lorenzana de la Autovía del Cantábrico A-8, en la provincia de Lugo. El presupuesto de licitación asciende a 46.443.145,62 euros.

Con la construcción de la Autovía del Cantábrico se canalizará el importante tráfico de largo y medio recorrido que discurre por el norte peninsular, desde Galicia hasta el País Vasco. Se abre, por tanto, una nueva vía de comunicación moderna y eficaz para las comunicaciones nacionales e internacionales.

El tramo gallego de la Autovía del Cantábrico conectará directamente con la Autovía del Noroeste (A-6) de las Rías Altas en Baamonde y, a través de ella, con la AP-9, Eje Atlántico Ferrol, A Coruña, Santiago de Compostela, Pontevedra, Vigo y norte de Portugal.

Características del tramo

El trazado, de nuevo diseño en su totalidad, se desarrolla sensiblemente paralelo al trazado de la N-634 sobre la que se prevé un paso y la ejecución de una variante. El inicio del tramo se localiza en el punto de conexión con el tramo anterior Lorenzana-Vilamar.

En su origen, con el fin de minimizar el impacto sobre las canteras de explotación existentes, se proyecta una alineación recta que se prolonga hasta el punto kilométrico (p.k.) 0,834 y que facilita el cruce de la autovía sobre la carretera N-634, pasando a discurrir por la margen Este de dicha carretera.

Tras esta alineación recta, el trazado continúa con una curva de sentido positivo de 900 m. de radio, aproximándose al corredor de la N-634 sin invalidarlo. A continuación, se produce el cruce de la autovía sobre la N-634 y en este punto se dispone, el enlace de Lorenzana. Dada su proximidad con un segundo enlace, resulta muy difícil el diseño de un enlace completo y se proyectan únicamente los dos ramales de comunicación de Ribadeo con Villanueva de Lorenzana.

Entre el p.k. 0,904 y el p.k. 1,738 se diseñan ambas calzadas independientes en alzado, con el fin de facilitar la ejecución del viaducto de Lorenzana, de 222 m. en su calzada derecha y 266 m en su calzada izquierda. Este viaducto permite, además del paso sobre la Nacional, el paso de uno de los ramales del enlace.


A partir del p.k. 1,738, ambas calzadas comparten alzado y el trazado continúa su ascensión hacia la conexión con el tramo siguiente "Mondoñedo - Lindín", coronando la loma de Outerio, en las cercanías de Cima de Villa. Previo a la coronación de la loma se localiza un paso sobre la autovía que dará continuidad al camino que se repone en la margen izquierda. En el p.k. 2,750 se localiza el enlace de Mondoñedo Norte, de tipología diamante con glorieta elevada que permite todos los movimientos posibles entre la N-634 y la futura A-8.

Tras salvar la Loma de Outeiro, el trazado se desarrolla por el valle de Cima de Vila. Se proyecta un viaducto de 308 m, con tres carriles por calzada. Al final se dispone una alineación recta que conecta con el siguiente tramo Mondoñedo-Lindín.

El tronco de la autovía esta compuesta por dos calzadas separadas por nueve metros de mediana, con dos carriles de circulación de 3,50 m en cada una de ellas, arcenes exteriores de 2,50 m. e interiores de 1,50 m. y bermas de un metro.

Mapa


Medio Ambiente

MODIFICADO EL PLAN DE ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO

  • El Real Decreto aprobado hoy establece la cantidad adicional de derechos de emisión necesaria para asignar derechos a todas las instalaciones que deben incluirse en el PNA, una vez incorporadas las instalaciones de combustión de más de 20 MW.
  • También unifica la reserva para nuevos entrantes y se incrementan los topes sectoriales para aquellos sectores en los que se encuentran incluidas las instalaciones respecto de las cuales el Consejo de Ministros ha estimado recursos de reposición.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión 2005-2007, para adaptarlo al Derecho comunitario en relación con las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2005, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

En diciembre de 2004 la Comisión Europea decidió que era imprescindible incorporar al ámbito de aplicación de la ley española todas las instalaciones de combustión de más de 20 MW de potencia térmica nominal no incluidas inicialmente. Para ello, el Real Decreto-Ley de 11 de marzo de 2005, modificó la Ley. Como consecuencia de ello, el Real Decreto aprobado hoy reforma el Real Decreto de 6 de septiembre de 2004, por el que se aprobó el Plan Nacional de Asignación 2005-2007, y tiene por objeto establecer la cantidad adicional de derechos de emisión precisa para asignar derechos a todas las instalaciones que deben incluirse en el Plan Nacional de Asignación.

La reforma abordada se centra en la modificación del cuadro que recoge el escenario de asignación para los sectores industriales. Para ello, se ajustan las cuantías de derechos y categorías de actividades a la ampliación efectuada en el ámbito de aplicación de la Ley 2005.

Nuevos entrantes

Asimismo, se unifica la reserva para nuevos entrantes. Hasta el momento existían tres reservas diferenciadas: una para el sector generación eléctrica de servicio público, otra para el conjunto de los sectores industriales y una tercera para las cogeneraciones no anexo I. Esta subdivisión generaba dificultades, dados los problemas para acomodar las necesidades de crecimiento de cada sector con los límites máximos de cada reserva, por lo que se ha decidido proceder a la unificación de la reserva.


También se incrementan los topes sectoriales de la asignación, con cargo a la reserva, para aquellos sectores en los que se encuentran incluidas las instalaciones respecto de las cuales el Consejo de Ministros ha estimado recursos de reposición. A fin de ejecutar las resoluciones estimatorias de los recursos de reposición planteados en los sectores a los que pertenezcan las instalaciones afectadas, la asignación en promedio anual sin reserva se aumenta en la diferencia entre la cantidad asignada inicialmente y la establecida por la resolución del recurso de reposición y se reduce en la misma cuantía la reserva para nuevos entrantes.


Industria, Turismo y Comercio

CRÉDITO FAD A CHINA

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito a la República Popular China por importe de 1.345.000 euros, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), que servirá para financiar del suministro e instalación de equipamiento médico en el hospital de Liaocheng (Shandong).

Este proyecto supone un apoyo a la exportación de bienes y servicios españoles a la República Popular China, y contribuirá al desarrollo económico y social del país. Mediante este crédito se pretende la mejora y actualización de la tecnología sanitaria que el hospital pondrá a disposición de la población colindante. Toda la población se beneficiará de la utilización de los distintos equipos para la mejora del diagnóstico y el tratamiento de diversas enfermedades.

El crédito será reembolsado en 36 años de plazo de amortización, incluyendo once años de gracia, y con un tipo de interés anual de 0,2 por 100 con plazos semestrales.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

AYUDA HUMANITARIA DE EMERGENCIA A MAURITANIA

El Consejo de Ministros ha tomado razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Mauritania, por importe de 300.000 euros.

La llegada masiva de emigrantes, que actualmente se encuentran en centros de Canarias, y el alto número de ellos que se concentran en la ciudad Mauritania de Nouadibou hace imprescindible, tal y como ha solicitado el Gobierno de Mauritania, la colaboración del Gobierno español para habilitar en dicha ciudad un centro suplementario de internamiento de los emigrantes.

La Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional ha resuelto otorgar una Ayuda Humanitaria de Emergencia mediante habilitación y ampliación de espacios que actualmente ocupan en Nouadibou emigrantes subsaharianos. Se trata de realizar determinadas actuaciones tales como construcción de duchas, acondicionamiento de letrinas, etcétera. Además, será necesario la adquisición de combustible, medicinas y agua, así como contratación de asistencias técnicas para la traducción e interpretación.

Ayuda a Ecuador

Asimismo, el Consejo de Ministros ha tomado razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Ecuador, por importe de 150.000 dólares, equivalente a 123.977,19 euros, destinada a la población afectada por los desbordamientos e inundaciones generados por la estación lluviosa en la provincia ecuatoriana de Manabí.

La ayuda se otorga a través de los subcentros rurales de salud pública ubicados en las zonas afectadas. Consiste básicamente en medicamentos; equipos de primeros auxilios; mascarillas; oxígeno; equipos de cirugía menor; esterilizadores, etcétera para 900 familias (4.050 personas).


Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA A LA OCDE

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución voluntaria de España a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) de 400.000 euros, abonada con cargo al presupuesto del ejercicio 2006.

Dicha aportación se distribuirá de la siguiente manera: 250.000 euros para el Centro de Desarrollo de la OCDE, destinados a financiar un "Observatorio de Perspectivas sobre América Latina" cuyos objetivos se basan en proveer información económica fiable, consolidar un grupo de investigación en la OCDE y catalizar y diseminar los temas de importancia para América Latina; 150.000 euros para el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE, destinados a financiar el funcionamiento de grupos y redes de trabajo (red temática sobre género y sobre gobernanza).


Economía y Hacienda

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES

El Consejo de Ministros ha aprobado diversas modificaciones en el Reglamento de los Impuestos Especiales derivadas de las que introdujo la Directiva comunitaria sobre productos energéticos en la Ley de Impuestos Especiales de 1992.

Asimismo, se modifican otros aspectos del Reglamento para adaptarlo a las nuevas realidades que surgen en el desarrollo de las actividades industriales y comerciales relacionadas con los bienes objeto de los impuestos especiales.

Las principales modificaciones son las siguientes:

  • Se regulan las normas de gestión del nuevo Impuesto Especial sobre el Carbón que no supondrá carga tributaria efectiva, gracias a las numerosas posibilidades de exención y no sujeción que permite la normativa comunitaria que obliga a su introducción.
  • Se establecen determinadas modificaciones, aconsejables de acuerdo con la experiencia adquirida, respecto a la forma de aplicación de los beneficios de fiscales de los biocarburantes y biocombustibles.
  • Se introducen modificaciones relativas a la tributación del gas natural, para ajustarla mejor a lo establecido en la Ley del Sector de Hidrocarburos.
  • En cuanto a las redes de oleoductos y gasoductos, el Reglamento regula la autorización para constituirse como depósitos y almacenes fiscales.
  • Se vincula la periodicidad en la realización de recuentos de existencias al periodo de liquidación en lugar de al trimestre, dado que el periodo de liquidación no siempre coincide con el trimestre.
  • Se simplifican las obligaciones de acreditación del pago del impuesto en el caso de circulación de pequeñas cantidades de bebidas derivadas o cigarrillos que incorporan marcas fiscales.
  • Se incorporan las normas para evitar la doble imposición de gasolinas y biocarburantes recuperados en forma de vapor y reintroducidos en fábricas y depósitos fiscales.
  • Se flexibilizan las condiciones para constituir depósitos fiscales de determinados hidrocarburos (alquitranes, benzoles, aceites).


Administraciones Públicas

TRASPASADO A ARAGÓN EL PARQUE NACIONAL DE ORDESA Y MONTE PERDIDO

  • También se traspasan competencias en materia de seguro escolar

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece el traspaso del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Este traspaso sigue al aprobado hace dos semanas sobre los Parques Nacionales de Doñana y Sierra Nevada dentro del proceso transferencia de la gestión de estos espacios naturales a las Comunidades Autónomas.

Con el traspaso del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, el Gobierno hace efectivo el acuerdo alcanzado en la pasada Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Aragón celebrada el 15 de junio. El coste efectivo de la transferencia asciende a 4.330.249,39 euros.

El traspaso del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido implica la transferencia a la Comunidad Autónoma de Aragón del conjunto de medios personales, económicos y materiales, así como de instalaciones, edificios y vehículos mediante los que se gestiona este parque, y que hasta ahora están adscritos hasta ahora al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

El Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido es el segundo más antiguo de la Red de Parques Nacionales, con 88 años de antigüedad. La extensión traspasada es de 3,49 hectáreas distribuidas en cuatro fincas rústicas, cinco edificaciones, una infraestructura vial y un sola, además de cuarenta puestos de trabajo.

Nuevo régimen

Para adecuar la Red de Parques Nacionales a la sentencia del Tribunal Supremo y reforzar la coordinación y cooperación entre Administraciones, el Consejo de Ministros aprobó recientemente el Proyecto de Ley de la red de Parques Nacionales, que establece un nuevo régimen jurídico para estos espacios protegidos, adecuándolos a la sentencia del Tribunal Supremo.

El objetivo es preservar un sistema de espacios de interés general, representativo de los principales ecosistemas existentes en el territorio nacional, cuya gestión atienda a unas directrices y criterios comunes, y que constituya una referencia para la gestión de la biodiversidad.

Para mantener la coherencia del sistema, el Ministerio de Medio Ambiente elaborará un nuevo Plan Director de la Red de Parques Nacionales, siguiendo un procedimiento participativo y abierto, que garantice la plena participación de las comunidades autónomas y que será sometido a información pública.

El Plan Director incluirá los objetivos a alcanzar en materia de conservación, investigación y uso público, formación y sensibilización, así como la programación de las actuaciones que desarrollará la Red para alcanzarlos; las actuaciones necesarias para mantener la imagen y la coherencia interna de la Red; las directrices básicas generales para la planificación y la conservación de los Parques Nacionales, y la determinación de los proyectos de interés general que podrán ser objeto de financiación estatal, entre otros aspectos. Además, los planes rectores de uso y gestión se ajustarán al Plan Director.

Este proceso es consecuencia de una sentencia del Tribunal Constitucional de 2004 en la que el órgano judicial dispone que la gestión habitual de los Parques Nacionales debe ser una competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas y no compartida con la Administración General del Estado, como se viene realizando hasta ahora.

SEGURO ESCOLAR

El Consejo de Ministros también ha aprobado el traspaso a Aragón de los medios adscritos a la gestión de las prestaciones sanitarias del seguro escolar. El coste efectivo del traspaso asciende a los 88.106,19 euros.

La decisión se ha tomado como consecuencia de la conveniencia de unificar la actual dualidad de regímenes de asistencia sanitaria al colectivo afectado, y que son estudiantes de edades comprendidas entre los 14 y los 28 años.

La citada dualidad se origina, de una parte, en la asistencia sanitaria que proporciona el Sistema Nacional de Salud, a través de los sistemas autonómicos, y, de otra, la asistencia sanitaria facilitada al mencionado colectivo mediante los conciertos que suscribe el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Se trata, por tanto, de traspasar a la Comunidad Autónoma de Aragón una parte de los fondos con los que se financia la prestación sanitaria que gestiona el INSS.


Industria, Turismo y Comercio

CONVENIO DEL PLAN DEL CARBÓN CON CATALUÑA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a ampliar a los ejercicios 2006, 2007 y 2008 el convenio de colaboración con la Generalidad de Cataluña destinado a desarrollar infraestructuras en las zonas mineras del carbón de aquella Comunidad Autónoma.

El citado convenio de colaboración específico tiene por objeto desarrollar las infraestructuras en las zonas mineras del carbón de la Comunidad Autónoma de Cataluña y, en particular, realizar actuaciones en el Centro de Interpretación Fumanya, en Figols (Barcelona), por un importe total de 1.937.305 euros, a distribuir entre los años 2006 y 2008.


Economía y Hacienda

AUTORIZADA LA FUSIÓN DE LAS SOCIEDADES ESTATALES ACUSUR Y ACUAMED

El Consejo de Ministros ha autorizado la fusión por absorción entre "Aguas de las Cuencas Mediterráneas,S.A. (Acuamed) y "Aguas de la Cuenca del Sur, S.A. Unipersonal" (Acusur), según lo establecido en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

La fusión consiste en la transmisión de la totalidad del patrimonio social de Acusur (sociedad absorbida) y su extinción a favor de Acuamed (sociedad absorbente) que adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la sociedad absorbida.

Con esta operación culminará el proceso de asunción por parte de "Aguas de las Cuencas Mediterráneas,S.A." de las actividades llevadas a cabo por "Aguas de la Cuenca del Sur,S.A.Unipersonal", y permitirá completar o actualizar los convenios de usuarios pendientes de firma o renegociación y la ejecución de sus compromisos y derechos actuales, sin que la extinción de su personalidad jurídica pueda perjudicar ninguno de dichos negocios.


Defensa

PARTICIPACIÓN ESPAÑOLA EN PROGRAMAS EUROPEOS DE TECNOLOGÍA MILITAR

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de dos suplementos del memorando de entendimiento dentro del Programa europeo de adquisición tecnológica (ETAP), por un importe conjunto superior a 4,4 millones de euros.

Arquitectura Integrada de Radiofrecuencia

El primero de los suplementos corresponde al Programa de Demostración Tecnológica TDP 1.2B, destinado a "Arquitectura Integrada de Radiofrecuencia RF", cuenta con una participación española de 2.726.561,44 euros, cantidad de la cual el 70 por 100, es decir, 1.908.593,24 euros, será aportado por el Ministerio de Defensa entre 2006 y 2008, y el 30 por 100 restante (817.968,43 euros) lo será por la industria española.

El objetivo de este Programa, en el que además de España participan Alemania e Italia, es aplicar un diseño modular a equipos de enlace de datos y a diferentes sensores (radar, alertador radar, apoyo y contramedidas electrónicas, etcétera) que operan en la etapa intermedia de radiofrecuencia. Esta arquitectura modular es especialmente crítica cuando es necesario integrar todos estos sensores, que son de naturaleza tan diversa y con diferentes requisitos de procesamiento.

La duración estimada de la primera fase, que es el objeto del Acuerdo, es de dieciocho meses desde la firma del contrato, y se extenderá hasta 2008.

Aviónica modular integrada

En cuanto al segundo de los suplementos, la participación española es de 1.740.024,36 euros, de los que, como en el caso anterior, el 70 por 100 son del Ministerio de Defensa (1.218.017,40 euros entre 2006 y 2009, ambos inclusive) y el 30 por 100 (522.007,31 euros) de la industria española a través de EADS, INDRA Systems y Grupo Mecánica de Vuelo (GMV).

El objetivo de este Programa es definir y ejecutar un proceso de desarrollo de sistemas de aviónica basados en los principios y estándares IMA (Aviónica Modular Integrada) para ayudar en la construcción de los sistemas futuros de aviónica militar de forma más rápida y más eficiente mediante el uso de nuevas oportunidades, como simulación moderna, prototipos virtuales y otras aplicaciones que permitan simular, evaluar y certificar el comportamiento de determinadas arquitecturas.

La duración estimada para el Programa es de treinta meses desde la firma del contrato y se extenderá hasta 2009. Además de España, participan en él mismo Alemania, Suecia, Reino Unido, Italia y Francia.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONVENIOS SOBRE EVALUACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA COOPERACIÓN ESPAÑOLA

El Consejo de Ministros ha aprobado siete Acuerdos entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas para la realización de otras tantas actuaciones relacionadas con la cooperación española. La dotación conjunta de los siete Convenios asciende a 758.883 euros, que serán abonados durante los años 2006 y 2007.

Las actuaciones previstas en los Convenios son las siguientes: evaluación estratégica de la cooperación española (58.045 euros); evaluación de instrumentos de la cooperación española (136.577 euros); participación española en organismos internacionales de desarrollo (112.090 euros); planificación geográfica de la cooperación española (110.997 euros); planificación de la información estadística de la cooperación española (133.007 euros); planificación sectorial de la cooperación española (108.979 euros) y seguimiento de la información estadística de la cooperación española (99.188 euros).


Asuntos Exteriores y de Cooperación

RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE PERMISOS DE CONDUCCIÓN CON CROACIA

El Consejo de Ministros ha autorizado el canje de cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Croacia sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, así como su aplicación provisional.

Por este Acuerdo, ambos países reconocen recíprocamente los permisos y licencias de conducción nacionales expedidos por sus autoridades a quienes tuvieran su residencia legal en las mismas, siempre que se encuentren en vigor y de conformidad con la tabla de equivalencias que se incorpora.

El Acuerdo permite a los titulares de un permiso válido y en vigor conducir temporalmente en el territorio del otro durante el tiempo que determine la legislación nacional del Estado donde se pretende hacer valer esa autorización. Pasado ese periodo de tiempo y establecida su residencia legal en el otro Estado, se podrá obtener un permiso equivalente del Estado de residencia, salvo excepciones, para los titulares de una licencia de conducción croata que soliciten el canje de sus permisos de conducción nacionales por los equivalentes españoles de las clases C1, C1+E, C, C+E, D y D+E.

El Acuerdo se aplicará provisionalmente a partir de la fecha de la recepción de la carta de respuesta del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación español, y entrará en vigor a los treinta días de la fecha de la recepción de la última notificación por la que las Partes Contratantes se comuniquen, por la vía diplomática, el cumplimiento de sus requisitos internos necesarios para su entrada en vigor.


Fomento

CONVENIO EN MATERIA DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTACIONES FERROVIARIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado un convenio entre el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Ferrocarriles, y la Universidad de Cantabria en materia de seguridad contra incendios en estaciones ferroviarias.

Los trabajos tienen un coste estimado de 187.000 euros, de los cuales 137.000 serán financiados por la Dirección General de Ferrocarriles y el resto, 50.000 euros, por la Universidad de Cantabria. El convenio tiene un periodo de ejecución de veinticuatro meses.

El acuerdo tiene por objetivo definir las bases y establecer los mecanismos científicos, técnicos y económicos sobre seguridad contra incendios en estaciones ferroviarias de pasajeros.

Entre las actuaciones a llevar a cabo destacan las siguientes:

  • Estudio de las características de las edificaciones e instalaciones y los factores de riesgo en estaciones de pasajeros.
  • Estudio sobre la compatibilidad y complementariedad de las medidas de seguridad contra incendios de la normativa vigente, para su aplicación en las estaciones.


Presidencia del Gobierno

Consejero Permanente de Estado y Presidente de la Sección Octava del Consejo de Estado D. ENRIQUE ALONSO GARCÍA.

Nacido en 1954 en Madrid, es Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Master of Laws por la Universidad de Virginia.

Responsable de la Cátedra UNESCO Territorio y Medio Ambiente de la Universidad Rey Juan Carlos, profesor en Universidades de California y de Virginia (Estados Unidos). Ha sido Director General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente, Director de la Sección de Derecho Ambiental del IUCA (Universidad Complutense de Madrid) y Director del Real Colegio Complutense. En la actualidad era Letrado Mayor del Consejo de Estado.

Consejera Electiva de Estado

Dª AMELIA VALCÁRCEL BERNALDO DE QUIRÓS.

Es Catedrática de Filosofía Moral y Política de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Ha sido Consejera de Educación y Cultura del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Asturias y ha presidido y dirigido múltiples cursos y seminarios nacionales e internacionales. Fue Presidenta del Congreso Español de Filósofos Jóvenes y Presidenta y Copresidenta de Congresos de Ética y Filosofía Política. Vicepresidenta del Real Patronato del Museo del Prado. Patrona y miembro de la Comisión de Gobierno de la Biblioteca Nacional. Consultora para Naciones unidas en política de género.