Referencia del Consejo de Ministros

21.10.2005

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SUMARIO

PRESIDENCIA

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY por el que se modifica el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre.

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 118/2003, de 31 de enero, por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo.

  • ACUERDO por el que se desarrollan y aplican distintas medidas relativas al sector del transporte por carretera, que se adoptaron en el Acuerdo de 24 de junio de 2005, para la mejora de las condiciones de transparencia y de competencia en el sector.

  • INFORME sobre la integración de los agricultores y ganaderos por cuenta propia en el Régimen de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza un crédito extraordinario por importe de un millón de euros en el presupuesto de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, para atender el pago de indemnizaciones en virtud de lo establecido en el Real Decreto Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales.

  • ACUERDO por el que se autoriza un crédito extraordinario por importe de 15 millones de euros en el capítulo 7 del presupuesto del Ministerio de Administraciones Públicas, para dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto Ley 11/2005, de 22 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales, financiado mediante el Fondo de contingencia.

  • ACUERDO por el que se aprueba la cuantía y el destino de la emisión de deuda pública, realizada por el Cabildo Insular de Tenerife, por importe de 77.914.000 euros, apta para materializar la reserva para inversiones en Canarias.

  • ACUERDO por el que se aprueba la cuantía y el destino de la emisión de deuda pública, realizada por el Cabildo Insular de Gran Canaria, por importe de 42.212.925 euros, apta para materializar la reserva para inversiones en Canarias.

  • ACUERDO por el que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.b) de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide subordinar a la observancia de condiciones la operación de concentración económica consistente en la adquisición del control conjunto por parte de Grupo Igualmequisa, S. A., y de Compañía de Seguros Adeslas, S. A., sobre las sociedades Igualatorio Médico Quirúrgico, S. A., de Seguros, filial de la primera, e Iquimesa Seguros de Salud, S. A., filial de Adeslas.

ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Ghana en materia de inmigración.

JUSTICIA

DEFENSA

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la prestación de servicios de apoyo logístico para aviones de transporte de personalidades del Estado y otras misiones T.11, T.18, T.22 y T.17, incluyendo mantenimiento de cédula, motores, sistemas y componentes, del Ejército del Aire.

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la enmienda núm. 1 al memorando de entendimiento del programa CSR de la OTAN, para posibilitar la participación de España en el proyecto MAJIIC.

FOMENTO

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el convenio entre la Administración General del Estado y Europistas, Concesionaria Española, Sociedad Anónima, para la construcción, conservación y explotación de las obras necesarias para la utilización de un tramo de la autopista AP-1, Burgos-Armiñón, como variante de la carretera N-I a su paso por Miranda de Ebro.

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Gobierno de las Illes Balears, para la realización de la cobertura de fotografía aérea, ortofotografía digital de alta resolución y modelo digital del terreno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

EDUCACIÓN Y CIENCIA

  • REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 118/2004, de 23 de enero, por el que se regula el título de Especialización Didáctica, y el Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

  • REAL DECRETO por el que se modifican los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, aprobados por el Real Decreto 490/1979, de 19 de enero.

  • ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Historia, de la Facultad de Filosofía y Letras, de la Universidad de Alicante, obtenido tras la superación del plan de estudios conjunto hispano-francés (Universidad de Provence: Aix-Marseille I).

  • ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas (segundo ciclo), de la Universidad Oberta de Cataluña.

  • ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Biotecnología, de la Facultad de Biotecnología, de la Universidad de Salamanca.

  • ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Derecho, de la Facultad de Derecho, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

  • ACUERDO por el que se suprime la tartamudez como causa de exclusión en el acceso al empleo público.

  • ACUERDO por el que se conceden diversos suplementos de crédito y créditos extraordinarios a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social para el ejercicio 2005.

  • INFORME sobre la convocatoria extraordinaria del Servicio Público de Empleo Estatal para contratación de trabajadores desempleados en prevención y lucha contra incendios forestales.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

  • REAL DECRETO por el se establece la normativa básica de las ayudas estatales al sacrificio en matadero de gallinas ponedoras afectadas o sospechosas de salmonelosis de importancia para la salud pública.

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Universidad de Santiago de Compostela para la realización de un estudio sobre "Fijación de bases científicas para establecer la talla mínima en almejas y berberecho".

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales.

MEDIO AMBIENTE

  • REAL DECRETO por el que se adoptan medidas administrativas excepcionales para la gestión de los recursos hidráulicos y para corregir los efectos de la sequía en las cuencas hidrográficas de los ríos Júcar, Segura y Tajo.

  • REAL DECRETO por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro nacional de derechos de emisión.

  • ACUERDO por el que se autoriza un trasvase de aguas excedentarias de la cabecera del Tajo con destino al acueducto Tajo-Segura.

  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación núm. 3 del convenio de gestión directa suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente y la sociedad estatal Hidroguadiana, S. A. , el 20 de mayo de 1999.

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración específico entre la Confederación Hidrográfica del Norte, el Gobierno del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Peñamellera Baja, para la ejecución del proyecto de adecuación del paseo fluvial del río Cares en Panes (Asturias).

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración específico entre la Confederación Hidrográfica del Norte, el Gobierno del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Villaviciosa, para la ejecución del proyecto de recuperación de cauce y márgenes del río Linares en el término municipal de Villaviciosa (Asturias).

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración específico entre la Confederación Hidrográfica del Norte, el Gobierno del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Siero, para la ejecución del proyecto de recuperación de márgenes del río Nora en Pola de Siero, tramo Recuna-Lieres (Asturias).

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración específico entre la Confederación Hidrográfica del Norte, el Gobierno del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Castrillón, para la ejecución del proyecto de restauración del cauce y protección de enclaves naturales del río Raíces en el término municipal de Castrillón (Asturias).

ACUERDOS DE PERSONAL

ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador en Misión Especial para Asuntos de Inmigración a D. JESÚS ATIENZA SERNA.

CONDECORACIONES

ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor NABIL MAAROUF, Delegado General de la Autoridad Nacional Palestina.

JUSTICIA

PUESTA EN MARCHA DEL PLAN DE TRANSPARENCIA JUDICIAL

  • Se dará al ciudadano mejor información sobre sus pleitos y se detectarán donde están los males de la Justicia para poder ponerles remedio.

  • El lenguaje utilizado en la actividad judicial deberá ser claro y comprensible para quienes acudan a los tribunales.

El Consejo de Ministros ha aprobado la puesta en marcha del Plan de Transparencia, que permitirá a los ciudadanos tener información continua sobre el estado de los procedimientos que les afecten. De la misma forma, todos los profesionales del Derecho estarán permanentemente informados sobre el desarrollo de las actividades judiciales que afecten a sus intereses o su trabajo.

El Plan lanzado por el Gobierno da cumplimiento a la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, aprobada por el Congreso de los Diputados en 2002. Además del objetivo de mejorar la información del ciudadano, consta de otras ambiciosas propuestas: la obtención de datos estadísticos precisos para evaluar la actividad de jueces y fiscales, identificación de las instalaciones y equipos de trabajo que permitan un despliegue eficiente de la nueva Oficina Judicial, y compromiso para utilizar un lenguaje claro en toda la actividad judicial.

El desarrollo del Plan de Transparencia se basa en la obtención de datos estadísticos fiables del sistema judicial español que permitan conocer en todo momento dónde están los males de la Justicia para ponerles remedio. Con este fin se constituirá la Comisión Nacional de Estadística Judicial.

Pincha aquí para ver documento sobre el Plan.

FOMENTO

MEDIDAS PARA MEJORAR LAS CONDICIONES DEL

SECTOR DEL TRANSPORTE POR CARRETERA

  • Se definirán las condiciones de aplicación de un gasóleo profesional para su entrada en vigor a partir de 2007, así como la congelación del Impuesto Especial de Hidrocarburos para 2006

  • Las ayudas al abandono de la actividad de los autónomos de más de sesenta años aumentan en diez millones de euros para el ejercicio 2006, lo que significa un total de 33 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo donde se recogen el conjunto de medidas concertadas el pasado martes 18 de octubre entre el Ministerio de Fomento y el sector del transporte por carretera, cuyo objetivo es mejorar las condiciones de transparencia y de competencia de este colectivo. Para ello se afrontan y se proponen soluciones al conjunto de problemas de los transportistas en el ámbito estratégico, económico, fiscal, financiero, social y de regulación de su actividad.

Los acuerdos firmados con este sector son el resultado de más de tres meses de trabajo desde que el pasado 24 de junio se aprobó también un Acuerdo del Consejo de Ministros en el que se establecía la realización de diversas líneas de trabajo entre el sector del transporte por carretera y los Ministerios de Fomento, de Justicia, de Economía y Hacienda, del Interior, y de Trabajo y Asuntos Sociales, con el objetivo de analizar y abordar los problemas de este colectivo.

Con la aprobación de hoy por el Consejo de Ministros, el Gobierno da el máximo respaldo a las medidas adoptadas por los diferentes Departamentos.

El Acuerdo consta de cuarenta y cuatro medidas, de las cuales dieciocho son competencia del Ministerio de Fomento; diez del Ministerio de Economía y Hacienda; seis del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, seis del Ministerio del Interior, y una del Ministerio de Justicia. Todo ello supondrá para los diferentes Ministerios promover un total de veinte iniciativas normativas, dos Acuerdos del Consejo de Ministros, tres Convenios y trece Mesas de trabajo.

Entre todas las medidas aprobadas, cabe destacar por su importancia las siguientes:

  • Bloque tarifario:

  • La actualización automática de precios de los transportes de mercancías y del transporte de viajeros por carretera, en función de los incrementos del precio del petróleo.

  • La actualización de las tarifas de los transportes de viajeros permanentes.

  • La actualización de las tarifas interurbanas del taxi.

  • Bloque de lucha contra la economía sumergida:

  • La elaboración de un nuevo Plan de Inspección de transporte por carretera para 2006.

  • La creación de una unidad en la Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento para coordinar las inspecciones de Transportes, Trabajo y Tributos y los servicios de Defensa de la Competencia, así como de las Comunidades Autónomas que se adhieran al mismo.

  • La creación de una ventanilla única para recibir las denuncias sobre actuaciones o prácticas desleales.

  • El incremento de la plantilla de la Inspección de Transportes de la Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento.

  • La participación del Servicio de Defensa de la Competencia en la persecución de las prácticas de competencia desleal.

  • Bloque fiscal:

  • La definición de las condiciones de aplicación de un gasóleo profesional para su entrada en vigor a partir de 2007, así como la congelación del Impuesto Especial de Hidrocarburos para 2006.

  • La reducción durante el año 2006 del impuesto sobre primas de seguros del 75 por 100.

  • La preparación de un Proyecto de Ley en el que se habilite a las Comunidades Autónomas a no aplicar el tipo impositivo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (céntimo sanitario). El Estado compensará a aquellas Comunidades Autónomas que aplican la exención en el nuevo tramo y devolverá a los transportistas dentro del sistema general de devolución que se adopte con el "gasóleo profesional" que entre en funcionamiento en 2007.

  • Bloque social:

  • La mayor dotación para las ayudas al abandono de la actividad de los autónomos del sector, que aumentan en diez millones de euros. En total, serán treinta y tres millones de euros para los autónomos de más de sesenta años, para el ejercicio 2006.

  • La modificación del catálogo de enfermedades profesionales y de los procedimientos para permitir el cese de la actividad de los afectados del sector.

  • La constitución de una Mesa Social del Transporte por Carretera para avanzar en la interlocución única en materia social en este ámbito.

  • La mejora de la formación de los profesionales del sector y el establecimiento en la norma que completa el procedimiento de recuperación del permiso de conducir por puntos para los conductores profesionales.

  • Bloque financiero:

  • El aplazamiento del 50 por 100 en la cotización a la Seguridad Social de aquellas empresas que lo soliciten (6 meses prorrogables).

  • El incremento de la línea de prestamos de mediación para el sector del transporte establecidas por el Instituto de Crédito Oficial para el periodo 2005-2006. Se trata de 300 millones de euros para 2006, aunque también este año se ha ampliado cien millones de euros más en la línea de crédito, ya que en este momento están a punto de agotarse los doscientos millones de euros dispuestos.

  • El aumento de la dotación de las ayudas destinadas a las Sociedades de Garantía Recíproca para avales a las PYMES del sector y la modificación de las bases de las concesiones de ayudas al sector.

  • Bloque legislativo:

  • El compromiso de promover una Ley del Contrato de Transporte Terrestre.

MEDIO AMBIENTE

MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA LA GESTIÓN DE LA SEQUÍA

EN LAS CUENCAS DE LOS RÍOS JÚCAR, SEGURA Y TAJO

  • Se otorgan a los órganos rectores de las Confederaciones Hidrográficas facultades extraordinarias, como, por ejemplo, la posibilidad de modificar las condiciones de utilización del dominio público hidráulico

  • Se sancionará con multas de hasta 600.000 euros el incumplimiento de las medidas establecidas por las Confederaciones Hidrográficas.

El Consejo de Ministros ha aprobado la adopción de medidas administrativas excepcionales para la gestión de los recursos hidráulicos y para corregir los efectos de la sequía en las cuencas hidrográficas de los ríos Júcar, Segura y Tajo.

El Real Decreto otorga a las Confederaciones Hidrográficas una serie de facultades extraordinarias. Las Juntas de Gobierno de las Confederaciones Hidrográficas afectadas quedan autorizadas para modificar temporalmente las condiciones de utilización del dominio público hidráulico, cualquiera que sea el título legal que haya dado lugar a esa utilización, y para establecer las reducciones de suministro hidráulico que sean precisas para la justa y racional distribución de los recursos disponibles, por lo que quedan limitados los derechos concesionales correspondientes a estas dotaciones.

También podrán modificar los criterios de prioridad para la asignación de recursos a los distintos usos del agua, las condiciones fijadas en las autorizaciones de vertido y las asignaciones y reservas previstas en los planes hidrológicos. Además, podrán adaptar el régimen de explotación de los aprovechamientos hidroeléctricos a las necesidades y exigir a los usuarios la instalación inmediata de dispositivos de control y medición del consumo de agua.

Comisiones Permanentes

Para el cumplimiento de estas funciones el Gobierno garantizará la máxima transparencia y participación social, con objeto de evitar cualquier arbitrariedad. Así, las Juntas de Gobierno afectadas constituirán Comisiones Permanentes, que presidirán los titulares de las Confederaciones Hidrográficas y estarán integradas por los siguientes miembros: el comisario de aguas; el director técnico; el jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica; un representante de cada uno de los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Industria, Turismo y Comercio; un representante de cada Comunidad Autónoma cuyo territorio esté situado en el ámbito de la Confederación Hidrográfica y representantes de colectivos de usuarios (abastecimiento, regadío y aprovechamiento energético). Con voz pero sin voto participarán en cada comisión un representante de las asociaciones y organizaciones de defensa de intereses ambientales; dos de asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales relacionados con el agua, y uno de las entidades locales cuyo territorio coincida total o parcialmente con el de la cuenca hidrográfica, designados por el Presidente de la Confederación Hidrográfica.

Asimismo, se habilita a los presidentes de las Confederaciones Hidrográficas para que realicen aquellas actuaciones de control o de medidas de caudales y de evolución de acuíferos que sean necesarias para una mejor distribución del agua, así como para ejecutar obras de captación, transporte o adecuación de infraestructuras.

Sondeos

Los propios presidentes podrán autorizar también la puesta en marcha, por cuenta propia o ajena, de cualquier sondeo, cuente éste con instalación elevadora o no, que permita la aportación provisional de nuevos recursos. Esta facultad incluye la puesta en servicio de sondeos existentes o la ejecución de otros nuevos, en la medida en que sean imprescindibles para obtener los caudales suficientes con los que satisfacer las demandas más urgentes, y para aportar recursos para el mantenimiento de los valores ambientales de los ecosistemas asociados, especialmente en las zonas húmedas con riesgo de sufrir daños ambientales significativos. Tales sondeos serán clausurados cuando desaparezcan las condiciones de escasez y, en ningún caso, generarán nuevos derechos concesionales.

Los procedimientos vinculados a la ejecución del Real Decreto se declaran de urgencia, al amparo de lo establecido en el artículo 50 de la Ley de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y, al mismo tiempo, se simplifican los trámites para la modificación de las condiciones de utilización del dominio público hidráulico, elemento central para garantizar la eficacia de esta regulación excepcional, asegurando en todo caso la necesaria participación y audiencia de los interesados.

Actuaciones de emergencia

Con el fin de agilizar las actuaciones necesarias para combatir de modo eficaz la sequía, con la cobertura expresa del artículo 58 del texto refundido de la Ley de Aguas, la ejecución de dichas actuaciones revestirá carácter de emergencia. Además, dichas actuaciones se declaran de utilidad pública y su ocupación, de urgente necesidad. Se incluye un anexo en el que se identifican algunas actuaciones, ya autorizadas e iniciadas con anterioridad, pero cuya necesidad de ocupación se revela especialmente urgente, en este momento, ante la magnitud y la extensión de la sequía.

Se refuerza el régimen sancionador en lo que atañe a las infracciones cometidas en relación con las medidas excepcionales incluidas en el Real Decreto, para dotar a los órganos competentes de facultades acordes con la gravedad de la situación, en beneficio del interés público. Las multas podrán alcanzar los 600.000 euros.

El período de aplicación de este Real Decreto se extenderá desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2006.

El Ministerio de Medio Ambiente ha tomado la decisión de proponer esta norma a la vista de la grave situación en las cuencas de los ríos Segura, Júcar y Tajo, dado que el nivel de los embalses se sitúa, respectivamente, en el 10 por 100, 15 por 100 y el 30 por 100 de su capacidad, y teniendo en cuenta, en el caso de la cuenca del Tajo, la extrema gravedad de la situación de sus embalses de cabecera, así como las condiciones existentes en la Comunidad de Madrid.

En la elaboración de este Real Decreto han sido oídas las Confederaciones Hidrográficas del Júcar, Segura y Tajo.

MEDIO AMBIENTE

TRASVASE DE DIECIOCHO HECTÓMETROS CÚBICOS PARA

SALVAR EL ARBOLADO DE LA CUENCA DEL SEGURA

El Gobierno ha aprobado un trasvase de dieciocho hectómetros cúbicos para regadío desde el Tajo a la Cuenca del Segura para evitar daños irreparables en el arbolado de la Región de Murcia. Esta decisión ha sido adoptada en base a la actual situación que viven dichos cultivos, de acuerdo con el informe presentado por la Ministra de Agricultura.

Esta cuantía se anticipa de los sesenta hectómetros cúbicos que el Consejo de Ministros considera el máximo posible a aportar al regadío de la cuenca del Segura durante todo el año hidrológico, según la predicción existente, la cual se tomó como base también para la anterior decisión del Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministros celebrado el pasado 30 de septiembre autorizó el trasvase de 39 hectómetros cúbicos de agua para abastecimiento desde los embalses de la cabecera del Tajo a la cuenca del Segura para el primer trimestre del año hidrológico (octubre-diciembre), y se reservó la posibilidad de revisión, en el plazo de un mes, de algún desembalse posterior que permitiera minimizar los efectos de la sequía en los cultivos leñosos de la cuenca del Segura.

El Gobierno reitera con esta decisión la línea marcada en anteriores Consejos de Ministros y tiene en cuenta la solidaridad de todas las regiones de España. Además, advierte que, a pesar de las últimas lluvias, continuamos viviendo una situación de excepcional sequía.

MEDIO AMBIENTE

MODIFICADO EL CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN

Y LA SOCIEDAD ESTATAL HIDROGUADIANA

  • Gestionará once nuevas actuaciones, con una inversión total de 219 millones de euros

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación nº 3 al convenio de gestión directa que regulaba las relaciones de la Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Medio Ambiente, y la Sociedad Estatal Hidroguadiana, S.A., desde el 20 de mayo de 1999.

Esta modificación hoy aprobada viene motivada por la encomienda de gestión a la Sociedad Estatal Hidroguadiana de las nuevas infraestructuras hídricas de interés general del Estado definidas en el Real Decreto Ley de 18 de junio de 2004 y posteriormente, en la Ley de 22 de junio de 2005 por la que se modifica el Plan Hidrológico Nacional. Recoge los siguientes aspectos:

  • Fuentes de financiación del coste de las actuaciones.

  • Formas de actuación de la Sociedad Estatal en función de las fuentes de financiación.

  • Régimen de explotación de las infraestructuras.

  • Competencia en la ocupación del dominio público y expropiación de bienes y derechos.

  • Relación de actuaciones encomendadas.

Esta adición supone la encomienda de once nuevas actuaciones, con una inversión total estimada de 219 millones de euros, en su mayoría financiadas con la ayuda europea del Fondo de Cohesión.

Nuevas actuaciones

En este sentido, contempla actuaciones en materia de saneamiento y depuración que permitirán el desarrollo de un nuevo campo de actividad hasta la fecha no encomendado a esta Sociedad, tales como:

  • Ampliación de la EDAR de Ciudad Real y colectores.

  • Saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas de Argamasilla de Alba y Tomelloso (Ciudad Real).

  • Saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas de los municipios de Almagro y Bolaños (Ciudad Real).

  • Saneamiento y depuración de la Tablas de Daimiel (Ciudad Real).

  • Saneamiento y depuración de municipios de las Lagunas de Ruidera (Ciudad Real).

  • Saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas de la Cuenca del río Amarguillo (Toledo).

Por otra parte, incluye los siguientes sistemas de abastecimiento de agua potable que permitirán garantizar el suministro a más de sesenta municipios de las provincias de Cuenca, Ciudad Real y Badajoz:

  • Abastecimiento a los núcleos inmediatos al acueducto Tajo-Segura (Cuenca).

  • Mejora de la conducción y nuevo depósito en Ciudad Real.

  • Abastecimiento de agua a la comarca del Campo de Montiel desde el embalse de la Cabezuela.

  • Conducción de impulsión desde la presa de La Colada para abastecimiento a la Comarca de Almadén y sus montes (Ciudad Real).

  • Mejora del abastecimiento de agua a Badajoz y pueblos de su entorno. Conexión a Lácara Sur (Comunidad de Montijo) y otras conexiones al anillo exterior.

Esta nueva encomienda se suma al resto de actuaciones previstas en el convenio de gestión, agrupadas según su estado en los siguientes puntos:

  • Pendientes de la formalización de convenios de financiación con los usuarios: Presa de Alcolea, Canal de Trigueros, Mejora del abastecimiento a la ciudad de Huelva y su área metropolitana, Conducción desde la presa de Torre de Abraham para abastecimiento a Ciudad Real y su comarca e Instalación y suministro de caudalímetros, 2ª fase.

  • En ejecución avanzada: Presa de La Colada.

  • Ejecutadas y en explotación: Mejora del abastecimiento de agua a Badajoz y pueblos de su entorno, Canal del Piedras y el Anillo Hídrico de Huelva.

Por último, se recoge también la modificación del esquema de financiación y explotación previsto para el Anillo Hídrico de Huelva, de forma que el coste de la amortización de las obras se realice por los usuarios a través del canon de regulación y el coste de la explotación se traslade directamente a los usuarios específicos.

FOMENTO

MODIFICADO EL ESTATUTO LEGAL DEL CONSORCIO

DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS

  • Los ciudadanos que tengan seguro de vida con cobertura de fallecimiento o invalidez, estarán cubiertos, a través del Consorcio de Compensación de Seguros, ante riesgos extraordinarios, como desastres naturales o actos de terrorismo.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por un Real Decreto Legislativo de 29 de octubre de 2004.

A partir de la aprobación de este Proyecto de Ley en las Cortes, el Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará a los ciudadanos que tengan un seguro de vida con cobertura de fallecimiento o invalidez ante riesgos extraordinarios, sea cual sea el lugar donde esos hechos se produzcan, ya sea en territorio nacional o en el extranjero, siempre que el asegurado tenga su residencia habitual en España. Después de los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos, del 11 de marzo de 2004 en Madrid y del 7 de julio de 2005 en Londres, el mercado asegurador privado ha ido restringiendo estas coberturas y el Consorcio ya dispone de los procedimientos necesarios para darles adecuada solución.

Además de esta novedad, continúan, como hasta ahora, cubiertos ante riesgos extraordinarios los bienes que estén situados en España: vehículos con matrícula española, bienes inmuebles ubicados en territorio nacional, así como los bienes muebles que se encuentren en un inmueble situado en España.

Recargo en seguros de fallecimiento e invalidez

Para posibilitar estas coberturas por parte del Consorcio de Compensación de Seguros se realizará un recargo en los seguros de fallecimiento e invalidez, en el ramo de vida, de la misma naturaleza que los ya aplicables a los seguros de cosas, los ramos de vehículos terrestres, vehículos ferroviarios, incendio y elementos naturales, entre otros daños y pérdidas pecuniarias diversas.

Por último, este Proyecto introduce una mayor claridad en la relación entre el Consorcio y la asistencia jurídica prestada por abogados colegiados habilitados y por letrados sustitutos, con el fin de adaptarla a los tiempos y necesidades actuales.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

DIEZ MILLONES PARA LA PREVENCIÓN Y LUCHA

CONTRA LOS INCENDIOS FORESTALES

  • El Servicio Público de Empleo Estatal subvencionará la contratación de trabajadores desempleados que participen en proyectos de distintos Ministerios

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre la convocatoria extraordinaria publicada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), por importe de diez millones de euros, para la ejecución de obras y servicios de interés general y social relacionados con el ámbito del medioambiente y realizados por órganos de la Administración General del Estado.

Con esta convocatoria se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el Plan de Actuaciones de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales, aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 10 de junio, en el que están implicados trece Departamentos ministeriales.

Subvención de la contratación durante seis meses

La convocatoria se efectúa son cargo a la reserva de gestión directa del Servicio Público de Empleo Estatal, mediante remanentes de crédito de su presupuesto de gastos del ejercicio 2005, y se destina a la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras destinadas, preferentemente, a reparar los daños ocasionados por los incendios forestales y a la prevención de los mismos

El ámbito de colaboración es exclusivamente entre el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos de la Administración General del Estado que tienen entre sus competencias las actividades señaladas, entre otros los Ministerios de Fomento, Industria, Interior y Medio Ambiente.

Las actividades deben iniciarse antes del 31 de diciembre del presente año y su plazo de ejecución se extiende hasta el 30 de junio de 2006; es decir la duración de los contratos será de seis meses, en los que los desempleados, además de adquirir experiencia laboral con la que puedan mejorar su empleabilidad, participan en obras de interés social que se desarrollan en aquellos ámbitos territoriales más afectados por los recientes incendios forestales y en otros que las actuaciones de prevención se consideren prioritarias.

ECONOMÍA Y HACIENDA

DIECISÉIS MILLONES PARA DAÑOS OCASIONADOS

POR INCENDIOS FORESTALES

  • Quince millones se destinan a reparaciones de infraestructuras y redes viarias, y un millón al pago de indemnizaciones por daños en producciones agrícolas y ganaderas.

El Consejo de Ministros ha autorizado un crédito extraordinario, por importe de quince millones de euros, para cumplir lo establecido en el Real Decreto Ley de 22 de julio de 2005, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales.

Dicho Real Decreto facultaba al Ministro de Administraciones Públicas para proponer el pago de subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos de reparación o restitución de infraestructuras municipales y red viaria de las diputaciones provinciales, hasta una cantidad de quince millones de euros, financiados con cargo al Fondo de Contingencia.

Indemnizaciones

Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado también otro crédito extraordinario en el presupuesto de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), organismo autónomo dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por importe de un millón de euros.

Este crédito extraordinario está destinado a dotar los recursos necesarios para atender al pago de las indemnizaciones contempladas en el citado Real Decreto Ley de 22 de julio, en relación con daños en producciones agrícolas y ganaderas.

Las indemnizaciones se destinarán a los titulares de explotaciones afectadas por los incendios que hayan sufrido pérdidas superiores al 20 por 100 de la producción y financiarán los daños provocados en las explotaciones agrícolas y ganaderas que tengan pólizas en vigor amparadas en el Plan de Seguros Combinados para el año 2005, y hayan sufrido pérdidas por daños en sus producciones no cubiertos por las líneas de seguros agrarios combinados; pérdidas originadas en las explotaciones ganaderas cuyos animales estén asegurados en las líneas de seguros previstas en el plan anual, como consecuencia de los daños registrados sobre los pastos y otras áreas de aprovechamiento ganadero, así como los daños producidos en las explotaciones apícolas.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

INFORME SOBRE EL ACUERDO PARA LA REFORMA DEL

RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO POR CUENTA PROPIA

  • Este Régimen se convertirá en un sistema especial dentro del Régimen de Autónomos.

  • El acuerdo moderniza la normativa obsoleta después de treinta años sin cambios y supone un avance en la mejora de prestaciones, integración de regímenes y mejora de contributividad definidos en el Pacto de Toledo

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre el acuerdo alcanzado ayer con las principales organizaciones de agricultores y ganaderos para la reforma del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia y su integración en un sistema especial dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

El acuerdo, que fue firmado ayer por ambos Ministros con las tres organizaciones profesionales de agricultores y ganaderos españoles (ASAJA, COAG y UPA), supone un importante avance para este colectivo ya que permite elevar su protección social y mejorar la productividad de las explotaciones agrarias y ganaderas.

ASAJA, COAG y UPA suscribieron ayer, por primera vez de forma conjunta, un acuerdo con el Gobierno para la conversión del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia en un Sistema Especial dentro del Régimen de Trabajadores Autónomos. Esta decisión, que sigue las pautas marcadas en el Pacto de Toledo, supone, a la vez, un instrumento importante para la modernización del sector, la mejora de las prestaciones mediante el avance en la contributividad del sistema y la integración de regímenes de Seguridad Social. El documento, analizado en la mesa de diálogo social, ha recibido también el apoyo de los agentes sociales.

El acuerdo contribuye a la modernización de las explotaciones agrarias y sustituye una normativa con más de treinta años de antigüedad sin cambios por el cumplimiento de nuevos requisitos, como el carácter profesional de agricultores y ganaderos, un número máximo de dos jornadas anuales completas por explotación y un tope de renta equivalente al 75 por 100 de la base máxima de cotización a la Seguridad Social. El cumplimiento de estos requisitos permitirá un tipo de cotización bonificado para la base mínima, equivalente al actual, mientras que las cotizaciones adicionales voluntarias tendrán un tipo superior.

La reforma derogará una normativa desfasada, que impedía a los afiliados al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS) contratar trabajadores o diversificar las explotaciones agrarias, y que ha quedado en evidencia tras el proceso de normalización de trabajadores extranjeros, tras el cual muchos empleadores habían quedado en situación irregular precisamente por haber regularizado la situación de sus trabajadores.

Este acuerdo tiene efectos beneficiosos para todos los sectores: los jóvenes, que veían incrementarse sus tipos de cotización año a año por la reforma parcial de 2003; las mujeres, que verán incentivado su ingreso en el sistema por una bonificación durante los primeros años de cotización; y los agricultores y ganaderos veteranos que verán como las nuevas pensiones, que en la actualidad son en términos promedios poco más del 50 por 100 de las resultantes en el resto de regímenes, van acercándose a éstas paulatinamente, fruto del mayor esfuerzo contributivo.

La reforma supondrá una primera incorporación al presupuesto de 2006 de las bases, tipos de cotización y bonificaciones pactadas, y la tramitación posterior de las reformas legales acordadas. El incremento de las bases de cotización se realizará paulatinamente, durante tres ejercicios, con una elevación de sesenta euros mensuales al año.

Las conversaciones entre las tres organizaciones agrarias y la Administración comenzaron hace casi un año, dentro de un grupo de trabajo específico constituido para el sector por cuenta propia del Régimen Especial Agrario, y han culminado a satisfacción de las tres organizaciones. La Administración, que ha elevado las conclusiones del grupo de trabajo a la Mesa de Protección Social (CEOE-CEPYME, CCOO y UGT), retomará en los próximos días la convocatoria para otros sectores cuya reforma también es objeto de discusión.

ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

ACUERDO DE INMIGRACIÓN CON GHANA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Ghana en materia de inmigración, cuya finalidad es facilitar el retorno de los inmigrantes ilegales a su país de origen.

A tal efecto, se establece en el Convenio que cada país admitirá en su territorio a cualquier persona que no tenga o haya dejado de tener derecho a entrar o residir en el territorio del país requirente, cuando se haya acreditado que la persona de que se trate es nacional del país requerido.

También se establecen en el Acuerdo los procedimientos de repatriación, las formas de acreditación de la nacionalidad, el procedimiento especial de identificación de las personas, así como los procedimientos de repatriación y las condiciones para realizar la misma, entre otras cuestiones.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

SUPRIMIDA LA TARTAMUDEZ COMO CAUSA DE EXCLUSIÓN

EN EL ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO

El Consejo de Ministros ha acordado la eliminación de la disartria o tartamudez manifiesta del cuadro médico de causas de exclusión para el acceso a la condición de funcionario o a la de miembro de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Así, desde los Departamentos competentes se promoverá la modificación de las normas reglamentarias que contemplen este requisito y se aplicará esta medida en todas las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a cuerpos o escalas que se convoquen con posterioridad al acuerdo adoptado hoy.

La tartamudez es una disfunción del habla que no impide el desarrollo laboral y profesional. Sin embargo, esta alteración de la fonación impide en la actualidad el acceso a la condición de funcionario en más de un centenar de procesos selectivos de las diferentes Administraciones públicas.

Además, a través del Real Patronato sobre Discapacidad, el Gobierno adoptará un marco estable de colaboración con el movimiento asociativo de las personas con tartamudez para la prevención, rehabilitación, apoyo psicosocial y la inserción laboral de estas personas.

Trastorno del lenguaje

La tartamudez no es una enfermedad, sino un trastorno del lenguaje. Para considerar que un sujeto padece este trastorno deberán coexistir tres aspectos junto a la falta de fluidez: tensión muscular excesiva durante el hablar y ritmo respiratorio inadecuado, ansiedad ante ciertas situaciones de comunicación social y expectativa negativa del sujeto tartamudo ante su habilidad en la dicción. Se suman, pues, factores fisiológicos, psicológicos y situacionales.

Esta disfunción afecta más a los hombres que a las mujeres. Se calcula que por cada mujer que tartamudea hay, al menos, cuatro hombres. En España, se calcula que existen 800.000 personas afectadas por este problema en diferentes grados.

FOMENTO

LA AUTOPISTA AP-1 FUNCIONARÁ COMO VARIANTE DE LA N-I,

LIBRE DE PEAJE, A SU PASO POR MIRANDA DE EBRO

  • Esta solución supone un ahorro de recursos, además de un menor impacto ambiental.

El Consejo de Ministros ha aprobado un convenio que permitirá que el tramo de la Autopista AP-1 entre Ameyugo y Armiñón funcione como variante de la carretera N-I a su paso por Miranda de Ebro. El tramo de autopista funcionará libre de peaje para todos los vehículos que efectúen recorridos internos por el tramo.

Mediante la aprobación de este convenio, que será suscrito entre la Administración General del Estado y Europistas Concesionaria Española S.A., se evita que el tráfico de largo recorrido, especialmente el de vehículos pesados, circule por la N-I a su paso por la ciudad de Miranda de Ebro.

Los movimientos internos que quedarán libre de peaje son las de Armiñón-Ameyugo, Armiñón-Miranda y Miranda-Ameyugo, así como los tres recorridos contrarios.

Una solución de menor impacto ambiental

Utilizar la autopista existente AP-1 Burgos-Armiñón como variante de la N-I conlleva no sólo un ahorro de recursos, si no que además supone un menor impacto ambiental. Asimismo, se evita una nueva barrera para la ciudad y se reducen las afecciones a particulares por motivos de expropiaciones. De ahí, que el Ministerio de Fomento considere esta solución como la más conveniente para el interés público, así como la de mayor eficacia.

Obras para habilitar la autopista como variante

Para conseguir que la autopista funcione como variante es preciso construir un nuevo enlace con la N-I en las proximidades de Ameyugo y un carril adicional por calzada entre dicho enlace y Armiñón. Una vez ejecutadas estas obras, se hará efectiva la exención de peaje en el tramo de autopista afectado. La totalidad de las obras serán ejecutadas por la sociedad concesionaria.

Para compensar a la concesionaria de los gastos ocasionados por las obras el convenio contempla la ampliación del periodo de concesión en quince meses.

MEDIO AMBIENTE

CONVENIOS PARA RECUPERACIÓN MEDIOAMBIENTAL DE

MÁRGENES Y CAUCES DE CUATRO RÍOS ASTURIANOS

El Consejo de Ministros ha aprobado la suscripción de cuatro convenios de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Confederación Hidrográfica del Norte, el Principado de Asturias y cuatro Ayuntamientos de Asturias para la ejecución de otros tantos proyectos de obras en los márgenes de cuatro ríos asturianos. El total del importe de los convenios es de 10.399.434 euros, cantidad de la cual el 70 por 100 será aportada por el Ministerio de Medio Ambiente.

Estas actuaciones forman parte de las "Actuaciones del Plan Hidrológico Forestal. Protección y regeneración de enclaves naturales" declaradas de interés general en la Ley de 5 de julio de 2001.

Adecuación del paseo fluvial del río Cares, en Panes

El Consejo deMinistros ha autorizado, en primer lugar, la suscripción de un convenio de colaboración en el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Peñamellera Baja para la ejecución del proyecto de adecuación del paseo fluvial del río Cares, en Panes (Asturias). Las obras tendrán un presupuesto de 5.229.926 euros.

En el núcleo de Panes existen tres regueros actualmente conectados a la red de colectores, que provocan inundaciones en la vega. El proyecto pretende abrir un nuevo cauce al aire libre y ejecutar, adyacente al mismo, un paso fluvial que enlace con el actualmente existente.

La Confederación Hidrográfica del Norte financiará el 70 por 100 de los trabajos y el Principado de Asturias aportará el 30 por 100 restante. El convenio tendrá una vigencia de tres años, sin perjuicio de una posible prórroga en el caso de que no hubiesen finalizado las actuaciones que constituyen su objeto.

Recuperación de cauce y márgenes del río Linares

En segundo lugar, el Consejo deMinistros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración con el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Villaviciosa para la ejecución del proyecto de recuperación de cauce y márgenes del río Linares, en el municipio de Villaviciosa (Asturias). Su presupuesto asciende a 1.976.000 euros.

El río Linares está sujeto a frecuentes inundaciones como consecuencia de los remansos de los azudes existentes, El proyecto pretende evitar estas inundaciones y recuperar los márgenes del río como zona de recreo y esparcimiento ciudadano.

La Confederación Hidrográfica del Norte financiará el 70 por 100 de los trabajos y el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Villaviciosa aportarán conjuntamente el 30 por 100 restante. El convenio tendrá una vigencia de dos años, sin perjuicio de una posible prórroga en el caso de que no hubiesen finalizado las actuaciones que constituyen su objeto.

Cauce y protección de enclaves naturales del río Raíces, en Castrillón

Asimismo, el Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio con el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Castrillón para la ejecución del proyecto de restauración del cauce y protección de enclaves naturales del río Raíces en el municipio de Castrillón (Asturias). Su importe es de 1.490.547 euros. El proyecto pretende la restauración de un tramo de 250 metros del río Raíces en una zona objeto de rellenos y con márgenes degradadas.

La Confederación Hidrográfica del Norte financiará el 70 por 100 de los trabajos y el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Castrillón aportarán conjuntamente el 30 por 100 restante. El convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses, sin perjuicio de una posible prórroga en el caso de que no hubiesen finalizado las actuaciones que constituyen su objeto.

Recuperación de márgenes del río Nora, en Pola de Siero

El Consejo deMinistros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración con el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Siero para la ejecución del proyecto de recuperación márgenes del río Nora, en el municipio de Pola de Siero (Asturias). Su presupuesto es de 1.702.961 euros.

El río Nora presenta unos márgenes muy deteriorados a la altura del término municipal de Siero. Con este proyecto se pretenden regenerar 4.980 metros de dichos márgenes y se restaura 65.400 metros cuadrados de áreas de interés medioambiental que se integran al río, ampliando su espacio de influencia.

La Confederación Hidrográfica del Norte financiará el 70 por 100 de los trabajos y el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Siero aportarán conjuntamente el 30 por 100 restante. El convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses, sin perjuicio de una posible prórroga en el caso de que no hubiesen finalizado las actuaciones que constituyen su objeto.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

SUPLEMENTOS DE CRÉDITO A OCHO MUTUAS DE ACCIDENTES

DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

  • Atenderán necesidades extraordinarias como la construcción de nuevos centros asistenciales o administrativos y equipamientos informáticos integrales.

El Consejo de Ministros ha acordado diversos suplementos de crédito a ocho Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en sus presupuestos de gastos para el año 2005.

El acuerdo contempla la concesión de suplementos de crédito por un importe total de 45.548.330 euros y un crédito extraordinario por importe de 40.000 euros. Los motivos que originan las insuficiencias presupuestarias derivan del incremento de la actividad de las Mutuas afectadas al aumentar el colectivo protegido, tanto de trabajadores como de empresas, como consecuencia del incremento del número de afiliados a la Seguridad Social por encima de lo previsto. Esta circunstancia origina costes superiores a los presupuestados, principalmente en materia de compra de bienes y servicios, lo que llega a ocasionar necesidades adicionales de contrataciones de personal. Por otra parte, también las previsiones de ingresos de las entidades se ven superadas, históricamente, por la efectiva ejecución de derechos, fundamentalmente de cotizaciones sociales.

Al margen de estas circunstancias, generalmente aplicables a la totalidad de las entidades del sector, puntualmente se plantean necesidades presupuestarias extraordinarias específicas, como la construcción de nuevos centros asistenciales o administrativos y equipamientos informáticos integrales y otros que no fueron incluidos, por su carácter no repetitivo, en los presupuestos ordinarios.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE ENTIDADES LOCALES

  • Habrá subvenciones para la utilización de las tecnologías de la información

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican los criterios que regulan la Cooperación Económica del Estado en las inversiones de las Entidades Locales.

Con este cambio se abre una nueva línea de ayudas a Ayuntamientos y otros entes locales para la cofinanciación de proyectos de modernización administrativa a través de la utilización de las tecnologías de la información. Los objetivos de estos proyectos son la mejora de los servicios a los ciudadanos, la participación activa de éstos en la Administración Local y el intercambio de información entre las Administraciones Públicas.

Según consta en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2006 presentado por el Gobierno recientemente, a estas iniciativas de modernización local se destinarán 13,7 millones de euros en 2006.

El Real Decreto de 27 de junio de 2003, abrió una nueva línea de ayuda para contribuir a dinamizar el crecimiento de las Entidades Locales a través de proyectos singulares en materia de desarrollo local y urbano. Sin embargo, pasado el primer año de aplicación de esta línea de cooperación, la experiencia no se puede considerar positiva pues las expectativas, que la falta de concreción del tipo de inversiones objeto de la subvención generó en las Entidades Locales, motivaron la presentación de un gran número de proyectos sumamente heterogéneos, lo que ha dificultado la adecuada selección de los mismos.

Por lo tanto el Ejecutivo opta ahora por una mayor eficacia en el empleo de los recursos, con la cofinanciación de los proyectos de modernización administrativa a través de la utilización de las nuevas tecnologías, un instrumento clave para facilitar la participación ciudadana en los gobiernos locales.

MEDIO AMBIENTE

REGULADOS LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL REGISTRO NACIONAL DE DERECHOS DE EMISIÓN

  • Se configura como una herramienta imprescindible para el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de registro de derechos de emisión

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro Nacional de Derechos de Emisión. Este Real Decreto se configura como una herramienta imprescindible para el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de registro de derechos de emisión, así como soporte electrónico de las operaciones de cambio de titularidad de los derechos.

La Directiva Comunitaria de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad pretende fomentar reducciones de las emisiones de estos gases de una forma eficaz en relación con el coste y económicamente eficiente.

Entre otras medidas, la Directiva dispone la creación y mantenimiento, por parte de los Estados miembros, de un registro que permita llevar la cuenta exacta de la expedición, la titularidad, la transferencia y la cancelación de derechos de emisión que sirva de base, en su momento, para el cumplimiento de las obligaciones que en materia de registro adquirieron las partes del Protocolo de Kioto en el Convenio Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en el momento de su entrada en vigor.

Otra Directiva Comunitaria, de 27 de octubre de 2004, modificó la Directiva anterior, dispuso la vinculación al régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de los mecanismos basados en proyectos y brindó la posibilidad de utilizar créditos de emisión generados por la realización de estos proyectos de inversión de tecnología limpia en terceros países. La aprobación de la citada Directiva facultó a los Estados miembros para permitir que los titulares utilicen, en el régimen comunitario, Reducciones Certificadas de Emisiones (RCE) a partir del año 2005 y Unidades de Reducción de Emisiones (URE) a partir de 2008.

Sistema normalizado de Registros

Posteriormente, la Comisión Europea aprobó un Reglamento de 21 de diciembre de 2004 relativo a un sistema normalizado y garantizado de registros. El Reglamento responde a la necesidad de constituir un sistema comunitario de registros integrado, compuesto de los registros establecidos por la Comunidad y los Estados miembros, así como del Diario Independiente de Transacciones Comunitario (DITC) para garantizar que no se produzcan irregularidades en la expedición, la transferencia y la cancelación de derechos de emisión y que las transacciones sean compatibles con las obligaciones derivadas de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Protocolo de Kioto.

La transposición de ambas al ordenamiento jurídico español se realizó, en su mayor parte, a través de la Ley de 9 de marzo de 2005, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. La citada Ley determina que las normas de organización y funcionamiento del registro se desarrollaran por Real Decreto, por lo que se hace preciso desarrollar las normas básicas que han de regir la organización y funcionamiento del Registro Nacional de Derechos de Emisión (RENADE).

Por acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de noviembre de 2004, el Gobierno encomendó la llevanza del RENADE a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y liquidación de Valores S.A.

Objeto y finalidad

El texto legal que se aprueba hoy regula el objeto y la finalidad de la norma y configura el RENADE como el instrumento a través del cual se asegura la publicidad y permanente actualización de la titularidad y control de los derechos de emisión, que forma parte del sistema comunitario de registros integrados.

Asimismo, regula la organización, estructura y funcionamiento del Registro y establece los tipos de cuentas que existen, las limitaciones en las cuentas asociadas a autorizaciones y la relación entre el Registro y los titulares de las cuentas, así como los principios y efectos que produce la inscripción en el Registro. Establece las disposiciones relativas al intercambio de datos con el administrador central del Diario Independiente de Transacciones Comunitario (DITC) y regula el procedimiento registral.

En la elaboración de este Real Decreto han sido consultados los sectores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, el Consejo Nacional del Clima, el Consejo Asesor de Medio Ambiente y la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

AYUDAS PARA FINANCIAR EL SACRIFICIO EN MATADERO DE LAS

AVES DE CORRAL AFECTADAS POR SALMONELOSIS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen ayudas estatales al sacrificio en matadero de gallinas ponedoras afectadas o sospechosas de salmonelosis, unas ayudas que tendrán un carácter indemnizatorio y que se concederán en régimen de concesión directa.

Con estas ayudas, a las que podrán optar los mataderos autorizados para sacrificar este tipo de animales, se financiarán los gastos derivados de los sacrificios y los correspondientes al transporte previo al matadero, por lo que no podrán repercutir estos costes al ganadero.

Las solicitudes deberán presentarse antes del 1 de febrero de cada año y será la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique el establecimiento la responsable de tramitar, resolver y abonar las ayudas, y se encargará igualmente de los controles administrativos necesarios para su concesión.

El importe de las ayudas, que irán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no podrá superar el coste total de la actividad, ni la cantidad de 0,80 euros por cada animal sacrificado las Comunidades Autónomas podrán complementar la cuantía de las ayudas, mediante fondos propios, sin rebasar el límite fijado.

Esta financiación permitirá contar con una red de mataderos, suficientes en número y en distribución geográfica, para poder acometer el sacrificio de los animales positivos a la salmonelosis. Para ello se deberán adoptar una serie de medidas adicionales de higiene y control, que garanticen la seguridad de esta práctica.

El sacrificio en mataderos se plantea como el mejor método de eliminación de estos animales, ya que en estos centros se tiene un control máximo al estar dotados con instalaciones y personal que permiten minimizar el riesgo sanitario, tanto para operarios y animales, como para el medio ambiente. Al mismo tiempo, y al centralizarse el sacrificio en un punto, se podrá simplificar la gestión documental, tanto del programa sanitario de control, como del programa de ayudas previsto.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE OBTENCIONES VEGETALES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento que desarrolla la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la Protección de las Obtenciones Vegetales. La norma tiene una gran importancia para el sector, porque viene a aclarar cuestiones que han sido motivo de controversia. Así, se define qué se entiende por pequeño agricultor, siguiendo en este caso una solución paralela a las disposiciones comunitarias que desarrollan un Reglamento del Consejo de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales.

Hay que tener en cuenta que los pequeños agricultores están exentos del pago de "royalties" por el reempleo de semillas de variedades protegidas en sus propias explotaciones. Este concepto, que la Ley no definía, ha tenido un desarrollo novedoso en el Derecho Comparado. Se fija la remuneración en el 50 por 100 del derecho que se paga por la producción bajo licencia. Pero esta cantidad vuelve a reducirse en un 50 por 100 si son los propios agricultores los que comunican a los titulares de los derechos las cantidades de semilla empleadas.

Otra novedad de gran importancia, por la repercusión económica que tiene para los agricultores, es el esfuerzo que se ha realizado por acotar el uso de la extensión del derecho del obtentor al producto de la cosecha, cuando no ha podido ejercer razonablemente su derecho en la fase de la multiplicación. Asimismo, el Reglamento desarrolla pormenorizadamente las cuestiones procedimentales en la fase del estudio formal de las solicitudes, cuyas competencias corresponden a las Comunidades Autónomas, y en la fase del estudio material o de fondo, cuyas competencias corresponden al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Por último, destacar la aportación que hace este Reglamento al cumplimiento del mandato contenido en el Reglamento Comunitario, antes citado, en el sentido de dar a las variedades con protección comunitaria un trato igual, en la defensa del derecho del obtentor, que a las variedades con protección nacional.

ECONOMÍA Y HACIENDA

CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA DELEGACIÓN DE

ECONOMÍA Y HACIENDA EN ZARAGOZA

El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación de las obras de construcción de un edificio para la nueva sede de la Delegación Especial de Economía y Hacienda en Zaragoza, con un presupuesto de 30.772.616,88 euros.

Con este inmueble se conseguirá la optimización inmobiliaria que permitirá la supresión de los arrendamientos actuales y agrupará la totalidad de las unidades administrativas del Ministerio de Economía y Hacienda en un único inmueble en propiedad.

El edificio, que estará ubicado en la calle José Luis Albareda 16-18 de Zaragoza, responderá a los máximos requisitos funcionales y técnicos que exige el uso administrativo de oficinas, e integrará los demás usos complementarios necesarios para el correcto funcionamiento de la Delegación.

ECONOMÍA Y HACIENDA

AUTORIZADA CON CONDICIONES LA TOMA DE CONTROL DE IQUIMESA

SEGUROS DE SALUD E IGUALATORIO MÉDICO QUIRÚRGICO POR PARTE DE ADESLAS Y GRUPO IGUALMEQUISA

El Consejo de Ministros, siguiendo el dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia, ha acordado autorizar con condiciones la operación de adquisición del control conjunto, por parte de Grupo Igualmequisa, S.A. y Compañía de Seguros Adeslas, S.A. sobre las sociedades Igualatorio Médico Quirúrgico, S.A. de Seguros, filial de la primera, e Iquimesa Seguros de Salud, S.A., filial de Adeslas. Las sociedades sobre las que se adquiere el control conjunto se dedican a la actividad de seguro privado de salud y operan principalmente en las provincias de Vizcaya y Álava, respectivamente. Los grupos adquirentes, operan, además, en la prestación de servicios de asistencia sanitaria privada.

El Acuerdo propuesto incorpora las tres primeras condiciones señaladas por el Tribunal de Defensa de la Competencia, que son las siguientes:

  • Garantizar explícitamente, en los acuerdos de las empresas sobre las que adquieren control conjunto con los prestadores de servicios de asistencia sanitaria, hospitales y facultativos, la ausencia de exclusividad o de cláusulas de efecto equivalente;

  • Obligar solidariamente a Igualmequisa y a Adeslas, directamente o a través de las empresas de sus respectivos grupos, a contratar con las entidades aseguradoras que lo soliciten la prestación de servicios de asistencia sanitaria y hospitalaria en los centros sanitarios hospitalarios bajo su control, presente o futuro, en las provincias de Álava y Vizcaya, durante un período de cinco años. Esta operación deberá realizarse en condiciones de mercado, asegurando la objetividad, transparencia y no discriminación en la contratación y prestación del servicio;

  • Obligar solidariamente a Igualmequisa y a Adeslas, directamente o a través de las empresas de sus respectivos grupos, a contratar con las entidades aseguradoras que lo soliciten la subconcertación del seguro de asistencia sanitaria concertado con las mutualidades Muface, Isfas y Mugeju en la provincia de Vizcaya, durante un período de tres años. Al igual que en el caso anterior deberá realizarse en condiciones de mercado, asegurando la objetividad, transparencia y no discriminación en la contratación y prestación del servicio.

Cuarta condición

A efectos de cumplir las tres primeras condiciones, se incorpora una cuarta condición en el Acuerdo de Consejo de Ministros, por la que se otorga a Igualmequisa y Adeslas un mes para presentar ante el Servicio de Defensa de la Competencia para su aprobación un plan confidencial detallado de actuaciones y plazos para la instrumentación de las condiciones en él contenidas. La función de vigilancia se encomienda al Servicio de Defensa de la Competencia.

Finalmente, el Tribunal propone otra condición, que no origina obligaciones a las empresas partícipes en la concentración y debe entenderse como una propuesta motivada al Gobierno, deseable para mejorar las prestaciones y precios que obtienen los titulares y beneficiarios de este Régimen especial de la Seguridad Social y de minimizar los efectos sobre la competencia que ésta u otras operaciones de concentración similares puedan originar, pero no como condición a la que subordinar la aprobación de la presente operación.

Análisis de la concertación de asistencia sanitaria de las Mutualidades del Estado

A tal efecto, se encomienda al Servicio de Defensa de la Competencia el análisis del procedimiento de concertación de asistencia sanitaria por las mutualidades del Estado (Muface, Isfas y Mugeju) y las características competitivas del proceso de elección de entidad sanitaria por parte de los funcionarios, con el fin de indicar a las mutualidades posibles medidas para incrementar la competencia en ambos niveles.

El Acuerdo toma, como referencia para el cómputo de los distintos plazos de las condiciones, la fecha de la decisión del Consejo de Ministros. En todo caso, el acuerdo se entiende sin perjuicio de la normativa sectorial aplicable y del ejercicio de las competencias administrativas establecidas en ella.

EDUCACIÓN Y CIENCIA

APLAZADA LA ENTRADA EN VIGOR DE LA REGULACIÓN

DEL TÍTULO DE ESPECIALIZACIÓN DIDÁCTICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican las disposiciones relativas a la entrada en vigor y puesta en marcha del Título de Especialización Didáctica, necesario para impartir la docencia en Educación Secundaria, Formación Profesional de Grado Superior y Enseñanzas de Régimen Especial.

La norma hoy aprobada modifica varias Disposiciones Transitorias de dos Reales Decretos de 2004 y pospone la exigencia del Título de Especialización Didáctica. De este modo, se establece también la prórroga de las enseñanzas conducentes a la obtención del Certificado de Aptitud Pedagógica y el plazo para la obtención de una experiencia docente previa.

La prórroga aprobada se hace necesaria tras la entrada en vigor del Real Decreto de 28 de mayo de 2004, que modificaba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

EDUCACIÓN Y CIENCIA

NUEVOS ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA DE

CIENCIAS EXACTAS, FÍSICA Y NATURALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el cual se modifican los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales aprobados por un Real Decreto de 19 de enero de 1979.

El principal objetivo de la presente reforma estatutaria es dotar a la Academia de unos plazos menos rígidos en materia de elecciones de Académicos, tanto Numerarios como Correspondientes, así como flexibilizar la participación en los concursos a premios que la Academia convoca.

El Ministerio de Educación y Ciencia es el Departamento responsable de las relaciones administrativas con el Instituto de España y las Reales Academias integradas en este. En su reunión de 28 de abril de 2004, el Pleno de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales aprobó por unanimidad la modificación de sus Estatutos, pues los anteriores databan de 1979, modificación que ha sido ratificada por este Real Decreto.

DEFENSA

CONTRATACIÓN DE APOYO LOGÍSTICO PARA AVIONES

DE TRANSPORTE DE PERSONALIDADES

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato para la prestación de servicios de apoyo logístico para aviones del Ejército del Aire de transporte de personalidades del estado y otras misiones, incluyendo el mantenimiento de cédula, motores, sistemas y componentes.

La prestación de los servicios de apoyo logístico se viene contratando desde el año 1989 para los aviones T.17 (Boeing 707) y, por razones de seguridad, a partir del año 2000, se incluyen en el mismo contrato el resto de las aeronaves de transporte de personalidades del Estado: T.22 (Airbus A-310), T.11 y T.18 (Mystère Falcon, modelos 20 y 900). La naturaleza de la prestación requiere una infraestructura de ingeniería, talleres y gestión de materiales que el Ejército del Aire no puede facilitar.

El contrato, por tanto, incluye servicios de ingeniería aeronáutica, así como el mantenimiento de las células, motores, sistemas y otros componentes, de manera que se asegure la continuidad disponibilidad operativa de las aeronaves.

DEFENSA

PARTICIPACIÓN ESPAÑOLA EN UN PROGRAMA DE LA OTAN

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de la enmienda núm. 1 al memorando de entendimiento del programa CSR de la OTAN, para posibilitar la participación de España en el proyecto "Majiic".

La participación de España en este proyecto tiene como objetivo garantizar la interoperabilidad de futuras adquisiciones españolas en equipos de vigilancia, sensores de apertura sintética y enlace de datos.

El proyecto "Majiic" (Multi-sensor Aerospace Ground Join Interoperable ISR Coalition) es una continuación del programa 'Caesar' (Coalition Aerial Surveillance and Recoinnaissance), que tiene el propósito de investigar sobre la interoperabilidad entre los sistemas de vigilancia terrestre.

Las actividades del "Majiic" se detallarán en un documento anejo al memorando, firmado inicialmente por Alemania, Canadá, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Italia y Noruega. Básicamente, lo que se persigue con este programa es compartir recursos.

ECONOMÍA Y HACIENDA

AUTORIZACIONES DE DEUDA A LOS CABILDOS INSULARES

DE TENERIFE Y DE GRAN CANARIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la cuantía y el destino de las emisiones de Deuda Pública realizadas por los Cabildos Insulares de Tenerife y Gran Canaria, por importes de 77.914.000 euros y 42.212.925 euros, respectivamente.

La Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 2003 establecía que el Gobierno debe aprobar la cuantía y el destino de las emisiones de deuda de las Corporaciones locales canarias, aptas para materializar la reserva para inversiones.

EDUCACIÓN Y CIENCIA

HOMOLOGADOS TÍTULOS DE CUATRO UNIVERSIDADES

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy cuatro acuerdos por los que se homologan otros tantos títulos de las Universidades de Alicante, Oberta de Cataluña, Salamanca y Pablo de Olavide de Sevilla,

Los títulos homologados son::

  • Licenciado en Historia de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alicante, obtenido tras la superación del plan de estudios conjunto hispano-francés (Universidad de Provence: Aix-Marseille I).

  • Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas (segundo ciclo), de la Universidad Oberta de Cataluña.

  • Licenciado en Biotecnología, de la Facultad de Biología de la Universidad de Salamanca.

  • Licenciado en Derecho, de la Facultad de Derecho, de la Universidad Pablo Olavide de Sevilla.

FOMENTO

CONVENIO CON LAS ILLES BALEARS SOBRE ORTOFOTOGRAFÍA AÉREA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el marco del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea. Este Plan tiene por objeto la realización y actualización periódica de la cobertura de vuelo fotogramétrico de todo el territorio nacional mediante ortofotografía digital en color.

El Ministerio de Fomento, a través del Instituto Geográfico Nacional, financiará este proyecto, cuya duración será de cuatro años, con un total de 191.093,76euros. Por su parte, la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de la Comunidad de las Illes Balears aportará 98.442,24 euros.

Con este convenio se pretende conseguir una actuación coordinada y unificada entre la Administración General del Estado y las diferentes Comunidades Autónomas que actualmente generan o utilizan este tipo de documentos cartográficos. El objetivo es minimizar el gasto y el esfuerzo público, de forma que los productos sólo se generen una vez y que puedan ser utilizados por todas las Administraciones Públicas.

El Ministerio de Fomento, mediante la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, coordinará y dirigirá técnicamente los trabajos, asegurando la disponibilidad y utilidad de los resultados que se obtengan para todos los órganos y organismos de la Administración General del Estado.

Ya se han suscrito los correspondientes Convenios con las Comunidades Autónomas de Cataluña, País Vasco, Andalucía, Castilla y León, Extremadura, Cantabria, Madrid, Aragón, Navarra y Valencia.

En el presente ejercicio se firmarán los Convenios de Colaboración en esta materia con las restantes Comunidades Autónomas, de manera que el Ministerio de Fomento prevé que en el año 2008 se haya realizado la total cobertura del territorio de España, con vuelo fotogramétrico, modelo digital del terreno y ortofotografía, instrumento de indudables efectos prácticos, no sólo desde el punto de vista cartográfico, sino desde una perspectiva medio ambiental, económica y social. Para ello está previsto que la inversión del Estado en 2005 ascienda a 4,8 millones de euros.

El Ministerio de Fomento aporta en este tipo de convenios el 66 por 100 del gasto unitario básico en cada uno de los convenios suscritos, mientras que las Comunidades Autónomas cubren el 34 por 100 del gasto restante en sus respectivos convenios.

SANIDAD Y CONSUMO

INCREMENTADA LA SEGURIDAD DE LOS PLÁSTICOS

QUE SE UTILIZAN EN LOS ENVASES DE LOS ALIMENTOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo.

Con este Real Decreto se incorporan a la legislación española los últimos conocimientos científicos sobre las sustancias más adecuadas para la fabricación de materiales plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos, a fin de incrementar la seguridad alimentaria y de los consumidores.

Los plásticos son uno de los productos que más se utilizan en la industria alimentaria. Por esta razón son también unos de los materiales que han sido objeto de un mayor control y seguimiento por parte de la Comisión Europea, que modifica periódicamente la legislación comunitaria al respecto, siguiendo las evaluaciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.

En esta línea, se han aprobado dos directivas, el 6 de enero de 2004 y el 1 de marzo de 2004, que modifican y actualizan otra Directiva de 2002, relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios. Ambas directivas se incorporan al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto aprobado hoy.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

CONVENIO PARA UN ESTUDIO SOBRE LA TALLA MÍNIMA

EN ALMEJAS Y BERBERECHO

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Secretaría General de Pesca Marítima, y la Universidad de Santiago de Compostela para la realización de un estudio sobre "Fijación de bases científicas para establecer la talla mínima en almejas y berberechos".

Las poblaciones de almejas y berberechos representan recursos económicos de gran interés comercial, por lo que sufren una gran presión extractiva con el resultado de la disminución de la talla de captura que hace necesario un ordenamiento que garantice su sostenibilidad.

Para ello, la investigación de la maduración y el crecimiento de la gónada de la almeja fina, la almeja babosa, la almeja japonesa y del berberecho permitirá establecer la gráfica de la cantidad de gónada madura de cada especie frente a su talla, calcular la capacidad reproductora poblacional y determinar las capturas máximas.

El presupuesto total del estudio asciende a 180.000 euros que aportará íntegramente el Ministerio y que llevará a cabo el Instituto de Acuicultura, perteneciente a la Universidad de Santiago de Compostela.

Este Instituto tiene entre sus fines la realización de proyectos de investigación en colaboración con las Administraciones Públicas en las áreas de su competencia, cuenta con un conjunto de investigadores y profesionales con especial formación y competencia en el ámbito de la investigación de la acuicultura, que permiten orientar hacia una correcta explotación de los recursos y la mejora de la calidad de los productos derivados de la explotación acuícola.

ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

Embajador en Misión Especial para Proyectos en el Marco de la Integración Europea

D. JOSÉ RODRÍGUEZ-SPITERI PALAZUELO.

Nacido el 28 de diciembre de 1945, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1972 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en la India, Munich y México. En 1983 fue nombrado Jefe de Medios Operativos de la Presidencia del Gobierno y en 1990 pasó a ocupar el cargo de Director General de Política Exterior para América del norte y Asia. En 1994 fue designado Director General de Política Exterior para Europa y, posteriormente, Director General de Política Exterior para Europa y América del Norte, Embajador de España en Portugal y Embajador de España en la República Federal Alemana.

Embajador en Misión Especial para Asuntos de Inmigración

D. JESÚS ATIENZA SERNA.

Nacido el 15 de octubre de 1944 en Trespaderne (Burgos), es Licenciado en Derecho e ingresó en la Carrera Diplomática en 1974.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en las Naciones Unidas e Irlanda. Ha sido Director de Cooperación Bilateral Técnica, Jefe del Gabinete Técnico del Subsecretario y Director General de la Oficina de Información Diplomática. En 1996 fue designado Embajador de España en Turquía y en 2001 Embajador de España en la República de Rumania.

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