Referencia del Consejo de Ministros

11.3.2005

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SUMARIO

PRESIDENCIA

  • REAL DECRETO LEY por el que se concede un plazo extraordinario de solicitud de ayudas para las víctimas del terrorismo.
  • REAL DECRETO LEY de reformas urgentes para el impulso a la productividad.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero.
  • ACUERDO por el que se desestima la solicitud de asignación gratuita de derechos de emisión a las instalaciones no incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto Ley 5/2004, de 27 de agosto, por el que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
  • ACUERDO por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2005, del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
  • INFORME sobre la regulación del reconocimiento de los ascensos honoríficos y a título póstumo a militares y miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que hayan sufrido atentado terrorista.

ECONOMÍA Y HACIENDA

  • REAL DECRETO por el que se desarrolla el artículo 2 del Real Decreto Ley 4/2004, de 2 de julio, por el que se adoptan determinadas medidas relacionadas con los daños ocasionados por el accidente del buque "Prestige".
  • ACUERDO por el que se autoriza un aval de la Administración General del Estado a una operación de crédito concertada entre el Consorcio Valencia 2007 y el Instituto de Crédito Oficial.

ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil sobre la cooperación en materia de lucha contra la delincuencia, así como su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio de cooperación entre el Reino de España y la República del Perú en materia de lucha contra la delincuencia, así como su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre España y Rumania sobre la cooperación en materia de lucha contra la delincuencia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la República de Turquía en materia de cooperación en la lucha contra la delincuencia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la Declaración de aceptación por España de la Adhesión de la República Dominicana al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, La Haya 25 de octubre de 1980, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aceptación de la modificación de los Estatutos del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo para la inclusión de Mongolia en el mismo, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra en materia educativa, hecho en Andorra La Vella el 23 de diciembre de 2004.

JUSTICIA

INTERIOR

FOMENTO

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios de helicópteros y sus medios auxiliares destinados al salvamento marítimo y a la lucha contra la contaminación en la mar.

INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 4.305.125 dólares USA a la República Islámica de Mauritania para financiar la ampliación de un proyecto de aseguramiento del abastecimiento de productos petrolíferos, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1599/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de la redacción y dirección de obras del proyecto básico y de ejecución de las obras de emergencia de reparación de cubierta del edificio de la Delegación de Gobierno de Canarias y del estudio de seguridad y salud.
  • ACUERDO por el que se deniega al Ayuntamiento de Vinaixa (Lleida), la autorización para celebrar una consulta popular relativa a la instalación de un depósito controlado de residuos de clase 2.ª en su municipio.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ayuntamiento de Leiza (Navarra) la celebración de una consulta popular sobre la explotación de una cantera en su término municipal.
  • ACUERDO por el que se autoriza a personal directivo de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) para participar en más de dos consejos de administración, sin que perciban, por ello, cantidad alguna.

MEDIO AMBIENTE

  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación núm. 1 del proyecto y documento adicional del colector general del Saja-Besaya, tramo II: El Cueto-Sorravides, saneamiento general de la cuenca del sistema fluvial Saja-Besaya (Cantabria).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la mejora de la red de abastecimiento de la Ciudad de Ceuta.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para abastecimiento de agua a Alcalá de los Gazules (Cádiz).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para el tratamiento y reparación de daños en el canal principal de la zona regable de Genil-Cabra, segunda fase, tramo I (Córdoba).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para el acondicionamiento del sistema de elevación del alza del sector flotante (margen izquierda) del aliviadero de la presa del embalse de La Tranquera, término municipal de Carenas (Zaragoza).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación y puesta a punto de la toma de presa y estación elevadora de El Vicario, término municipal de Ciudad Real.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de daños en el paseo marítimo de Castro Urdiales (Cantabria).
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la ejecución conjunta de actuaciones de protección y regeneración del entorno natural cofinanciadas con fondos Feder.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte, de una parte, y la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y el organismo autónomo Aguas de Galicia, de la Junta de Galicia, de otra, para la financiación, ejecución y explotación de las obras de mejora del saneamiento de Lugo: ampliación de la estación depuradora de aguas residuales.

ACUERDOS DE PERSONAL

JUSTICIA

  • REAL DECRETO por el que se nombra Teniente Fiscal del Tribunal Supremo a D. JOSÉ MARÍA LUZÓN CUESTA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria a Dª MARÍA DEL PILAR MARTÍN NÁJERA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de Sala Emérito en el Tribunal Supremo a D. JOSÉ RAMÓN LÓPEZ-FANDO RAYNAUD.

INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

  • REAL DECRETO por el que se acepta la renuncia y se dispone el cese de D. Carlos Bustelo García del Real como Presidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

CONDECORACIONES

PRESIDENCIA

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a 149 personas fallecidas en los atentados terroristas del 11 de marzo en Madrid, al miembro del Cuerpo Superior de Policía Francisco Javier Torronteras Gadea y a otros tres fallecidos en atentados terroristas previos.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

  • REAL DECRETO por el que se concede la Medalla al Mérito en el Trabajo, en su categoría de oro, a las entidades siguientes:
  • ASOCIACIÓN ANDALUZA DE VÍCTIMAS DEL TERRORISMO.

    ASOCIACIÓN CATALANA DE VÍCTIMAS DE ORGANIZACIONES TERRORISTAS.

    ASOCIACIÓN 11 M AFECTADOS DE TERRORISMO.

    ASOCIACIÓN DE AYUDA A LAS VÍCTIMAS DEL 11 M.

    ASOCIACIÓN DE VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE GALICIA.

    ASOCIACIÓN DE VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

    COLECTIVO DE VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN EL PAÍS VASCO (COVITE).

    FUNDACIÓN ALBERTO JIMÉNEZ BECERRIL.

    FUNDACIÓN FERNANDO BUESA.

    FUNDACIÓN GREGORIO ORDÓÑEZ.

    FUNDACIÓN JOSÉ LUIS LÓPEZ DE LACALLE.

    FUNDACIÓN MAITE TORRANO.

    FUNDACIÓN MANUEL GIMÉNEZ ABAD.

    FUNDACIÓN MUÑOZ CARIÑANOS.

    FUNDACIÓN PRO-DERECHOS HUMANOS MIGUEL ÁNGEL BLANCO.

    FUNDACIÓN PROFESOR MANUEL BROSETA.

    FUNDACIÓN TOMÁS CABALLERO.

    FUNDACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO.

    INTERIOR

    PLAZO EXTRAORDINARIO PARA SOLICITAR AYUDAS

    PARA LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley por el que se concede un plazo extraordinario de solicitud de ayudas para las víctimas del terrorismo de acuerdo con la Ley de Solidaridad. El Ministerio del Interior calcula que esta medida podría beneficiar a un centenar de víctimas del terrorismo a los que corresponderían alrededor de cuatro millones de euros en indemnizaciones.

    El Gobierno ha tomado esta iniciativa, a propuesta del Ministerio del Interior, tras constatar la existencia de personas con la consideración de víctimas de terrorismo que no han podido acogerse a esta normativa debido, básicamente, al mero transcurso del plazo fijado para solicitar las correspondientes indemnizaciones.

    Por ello, el Real Decreto Ley, que consta de un artículo único, prevé la apertura de un plazo extraordinario de seis meses, desde su entrada en vigor, para solicitar las indemnizaciones reguladas en la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo por los actos y hechos a que se refiere la indicada Ley, acaecidos desde el 1 de enero de 1968, y que no hayan sido indemnizados al amparo de la misma.

    Con esta redacción se pretende dar cabida a aquellos beneficiarios que no pudieron obtener estas indemnizaciones por haber transcurrido el plazo normativamente establecido para solicitarlas (es decir, aquellos que, teniendo derecho, no presentaron la solicitud o habiéndola presentado, se les desestimó por extemporánea), siempre y cuando el hecho causante no haya sido ya objeto de indemnización.

    JUSTICIA

    CREADA UNA OFICINA DE ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS

    DE TERRORISMO EN LA AUDIENCIA NACIONAL

    El Consejo de Ministros ha aprobado la creación de una Oficina de Asistencia a las Víctimas de Terrorismo, que dependerá de la Audiencia Nacional

    Este organismo, dirigido a responder de manera completa a las necesidades más inmediatas de las víctimas, tiene como primer objetivo servir de órgano de información a las mismas. Se trata de remediar la carencia de información sobre los procesos, aliviando el entorno muchas veces doloroso en que se desenvuelven los actos procesales para las víctimas de terrorismo. Con esta nueva Oficina se pretende ofrecer, desde la Administración de Justicia, un servicio de tratamiento personalizado, facilitando a las víctimas la realización de los trámites judiciales y todo tipo de asesoramiento social.

    Se trata, además, de configurar una Oficina que sirva de instrumento de cooperación y coordinación entre los diversos órganos de la Administración General del Estado que han asumido compromisos de atención a las víctimas.

    Interconexión con otras instancias

    Así, la Oficina podrá servir a los afectados para su interconexión con otras instancias competentes como el Alto Comisionado de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, el Ministerio del Interior -especialmente la Subdirección General de Atención al Ciudadano y de Asistencia a las Víctimas del Terrorismo-, el Consejo General del Poder Judicial; el Defensor del Pueblo o las Comunidades Autónomas.

    Esta concepción integral se refuerza en el propio Acuerdo de Consejo de Ministros, al establecer expresamente la posibilidad de que el Ministerio de Justicia pueda celebrar convenios con el Consejo General del Poder Judicial y con otras entidades públicas y privadas para coadyuvar al adecuado funcionamiento de la Oficina.

    Por otra parte, de conformidad con la disposición transitoria de la Ley Orgánica de 25 de mayo de 1988, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, corresponde a la Audiencia Nacional la instrucción y enjuiciamiento de los delitos relacionados con el terrorismo. Por ello, la Oficina de Asistencia a las Víctimas de Terrorismo debe radicarse en dicho órgano jurisdiccional, cuyo ámbito competencial se extiende a todo el territorio nacional, lo que justifica la competencia del Ministerio de Justicia para su creación.

    JUSTICIA

    MODIFICADO EL CÓDIGO PENAL PARA ENDURECER SANCIONES

    EN DELITOS RELACIONADOS CON EXPLOSIVOS

    • Se aumenta la respuesta sancionadora frente a conductas ilícitas de los responsables de la vigilancia, control y utilización de explosivos.

    El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal en materia de delitos de riesgo provocados por explosivos, que introduce mejoras para endurecer la respuesta sancionadora frente a conductas ilícitas de los responsables de la vigilancia, el control y la utilización de explosivos.

    Esta reforma, que ha sido informada favorablemente tanto por el Consejo General del Poder Judicial como por el Consejo Fiscal, trata de reforzar la intervención sancionadora en un ámbito susceptible de mejora, como es el de la utilización de sustancias explosivas que puedan causar estragos. Una vez constatada la insuficiencia de los instrumentos legales disponibles para evitar el tráfico indebido y el incumplimiento de los deberes de seguridad colectiva en la tenencia de estas peligrosas sustancias, se concreta en la introducción de tres nuevos apartados en el artículo 348 del Código Penal.

    En este sentido, mediante el Proyecto de Ley ahora aprobado se incrimina expresamente la conducta de los sujetos obligados legal o contractualmente a la vigilancia, la custodia y el uso de sustancias explosivas que puedan causar estragos que contravengan la normativa vigente de explosivos.

    En todo caso, se requiere que dicho incumplimiento haya facilitado la efectiva pérdida o sustracción de los explosivos y se aplica sólo a los que puedan causar estragos.

    Sanciones administrativas

    Quedan al margen de esa consideración penal otros supuestos, sancionables de forma administrativa, como son la vulneración imprudente del deber de vigilancia o la vulneración dolosa o imprudente de la vigilancia de artefactos pirotécnicos y cartuchería en general.

    Igualmente, se castigan determinadas infracciones que, en la práctica, impiden constatadamente un control eficaz de los explosivos, como son las obstaculizaciones a la actividad inspectora de la Administración, la falsedad u ocultación de información relevante en el ámbito de medidas de seguridad y la desobediencia expresa a las órdenes de la Administración que obliguen a subsanar importantes defectos denunciados en materia de seguridad.

    Previsión de penas

    En relación con las penas previstas para estos delitos, se aumentan las correspondientes al apartado 1 del artículo 348 para equipararlas a las del nuevo apartado 2 del mismo artículo. Así, las conductas de ambos apartados se castigan con idéntica pena conjunta de prisión, multa e inhabilitación especial, penas que se impondrán en su mitad superior cuando las conductas se cometan por personas que ostentan responsabilidad sobre las empresas o sociedades que manejan y utilizan explosivos. En este último caso se incluye, como eficaz previsión, la posibilidad de imponer alguna de las consecuencias accesorias del artículo 129 del Código Penal.

    Por su parte, los delitos del nuevo apartado 4 serán castigados con pena de prisión de seis meses a un año, así como con multa e inhabilitación especial de duración inferior a las previstas en los apartados 1 y 2.

    Por último, se contempla una modificación de la rúbrica de la sección 3ª del capítulo I del título XVII del libro II, que ahora pasa a denominarse "De otros delitos de riesgo provocados por explosivos y otros agentes". De esta manera se trata de destacar la relevancia que se da a la idea de la peligrosidad de las sustancias explosivas que puedan causar estragos, por cuanto pueden perturbar gravemente la seguridad colectiva y poner en riesgo bienes jurídicos individuales tan esenciales para la convivencia en nuestra sociedad democrática como son la vida o la integridad física.

    Esta reforma se inscribe dentro del marco del Acuerdo por las Libertades y Contra el Terrorismo, en el que el Gobierno ha elaborado un conjunto de medidas antiterroristas para impulsar la lucha contra las bandas armadas, tanto originarias de nuestro país, como aquellas otras organizaciones criminales de ámbito internacional.

    INTERIOR

    REFORMA DEL REGLAMENTO DE EXPLOSIVOS

    El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del Reglamento de Explosivos para reforzar los controles especialmente en la fase final de consumo del material explosivo en explotaciones u obras, de forma que se evite su sustracción y posterior desviación para fines delictivos. Esta iniciativa se une a la reforma del Código Penal en materia de delitos de riesgo provocados por explosivos y que el Consejo ha aprobado igualmente en su reunión de hoy.

    Estas dos reformas, por una parte, modifican el Reglamento de Explosivos, reforzando el control y la seguridad sobre el manejo y consumo de explosivos y, por otra parte, modifican el Código Penal, castigando con mayores penas las conductas ya previstas en el mismo e introduciendo nuevos delitos en relación con la materia. Previamente, con carácter urgente, el Gobierno aprobó el 21 de julio de 2004 una Orden ministerial, por la que se determina el contenido, formato y gestión de los Libros-Registro de movimientos y consumo de explosivos, con el fin de que sea posible realizar un control efectivo de las entradas y salidas de este tipo de productos en las instalaciones autorizadas para su fabricación y venta, mediante el Libro-Registro de movimientos, y de las operaciones vinculadas a su consumo en las explotaciones u obras, en el caso del Libro-Registro de consumo de explosivos.

    La reforma del Reglamento de Explosivos contempla las siguientes medidas:

    1.- Medidas de seguridad contra el robo de explosivos.

    a) En polvorines auxiliares.

    Se obliga a que los polvorines auxiliares de explosivos, conocidos como "minipolvorines" o "minipoles" tengan doble cerradura de seguridad, que obliga a la actuación concertada para su apertura de dos personas, el encargado y el vigilante, con lo que se dificulta la sustracción de explosivos en el momento de su extracción del minipolvorín, considerado como uno de los momentos críticos de seguridad de los explosivos.

    Asimismo, las explotaciones u obras cuya duración sea superior a seis meses, en las que se encuentre almacenada una cantidad igual o superior a 150 kgs. de explosivo o mil detonadores, deberán contar con vigilancia privada de seguridad. En este caso, se prevé la posible sustitución de la vigilancia privada por medidas físicas alternativas de seguridad, previa autorización de la Intervención de Armas y Explosivos correspondiente.

    b) Durante el proceso de voladura del explosivo, los responsables de las explotaciones u obras deberán contar con un servicio de vigilantes de seguridad de explosivos durante la fase final de su consumo. Se introduce esta medida porque la experiencia práctica ha revelado que es en esta fase final donde se producen los mayores riesgos de que se produzca el hurto de explosivos.

    c) Realización de registros individuales. Junto a los registros individuales de carácter aleatorio ya previstos en el Reglamento vigente, que se pueden realizar en las fábricas de explosivos y en los polvorines, se establece la posibilidad de que vigilantes de seguridad de explosivos, al finalizar la voladura, puedan realizar registros individuales de carácter aleatorio al personal que haya participado en la misma. La realización de todos los registros referidos anteriormente se realizará de acuerdo con un plan de seguridad aprobado y supervisado por la Guardia Civil.

    d) Durante su transporte. Se refuerzan las medidas de seguridad del transporte de explosivos por carretera y por ferrocarril, así como el transporte fluvial. En el transporte por carretera, el más habitual en la práctica, se introducen una serie de medidas de seguridad adicionales a las ya existentes: se prohibe que los vigilantes de seguridad realicen tareas de carga, que actualmente estaban permitidas, y se obliga a que todos los vehículos estén conectados con los Centros Operativos de Servicios de la Guardia Civil de las provincias por las que transcurra el transporte desde el punto de partida hasta el punto de llegada, ya que actualmente sólo debían están conectados con un centro de comunicaciones de una empresa de seguridad.

    2.- Delimitación más clara de obligaciones y responsabilidades en materia de manejo y custodia de explosivos.

    Se atribuyen de manera nítida obligaciones de vigilancia y protección de los explosivos a las personas responsables de llevar los libros-registro previstos en la Orden ministerial de 2004. Como consecuencia de la citada obligación, se delimitan responsabilidades estableciendo expresamente en el Reglamento de Explosivos qué personas intervienen en los procesos de manejo y consumo de explosivos, responsabilidades que, hasta la fecha, no estaban delimitadas de manera precisa. Así, el director facultativo de la empresa que efectivamente realice la voladura será el encargado de designar a la persona responsable de la llevanza, tanto del Libro-Registro de consumo como de las actas de uso de explosivos.

    Por otra parte, también se obliga a los responsables de las instalaciones autorizadas para la venta de explosivos y cartuchería, así como los de las fábricas de explosivos y talleres de cartuchería y artificios pirotécnicos, a que designen a la persona encargada de la llevanza de los Libros-Registro de movimientos de explosivos a los que se refiere la Orden. En ambos casos, de no realizarse esta designación, la responsabilidad de la llevanza de los citados Libros-Registro recaerá en las personas mencionadas anteriormente (directores facultativos y responsables de las instalaciones).

    3.- Régimen de autorizaciones.

    Con la reforma aprobada hoy se refuerza el control de las contrataciones del personal encargado de la utilización de explosivos que requiera de una habilitación específica. La contratación de dicho personal deberá comunicarse a la Intervención de Armas y Explosivos correspondiente, que podrá oponerse por razones de seguridad pública debidamente acreditadas.

    Por otro lado, las autorizaciones para la utilización habitual de explosivos por empresas de ámbito nacional serán otorgadas por la Secretaría de Estado de Seguridad, previo informe favorable de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y de la Dirección General de la Guardia Civil. En la actualidad son concedidas por la Dirección General de Política Energética y Minas, previo informe favorable de la Intervención Central de Armas y Explosivos.

    INTERIOR

    INFORME SOBRE EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE PREVENCIÓN

    Y BLOQUEO DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

    El Ministro del Interior ha presentado en el Consejo de Ministros un Informe sobre el Proyecto de Reglamento de Prevención y Bloqueo de la Financiación del Terrorismo, un instrumento de gran importancia para reforzar la eficacia de la lucha contra las organizaciones terroristas.

    El Reglamento regulará el funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo (CVAFT), creada en 2003 a través de la Ley de Prevención y Bloqueo de la Financiación del Terrorismo y reactivada el pasado verano.

    Entre los puntos principales del Reglamento destacan las atribuciones de esta Comisión, que podrá adoptar una serie de medidas: bloqueo de cuentas; prohibición de apertura de cuentas, y medidas de observación, seguimiento y vigilancia de las cuentas que acuerde. Además, la Comisión, compuesta por representantes de los Ministerios del Interior, de Justicia, y de Economía y Hacienda, así como por un miembro del Ministerio Fiscal, contará para el ejercicio de sus funciones con la asistencia del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y con cualesquiera otros órganos de las Administraciones Públicas cuya ayuda pueda recabar: Agencia Tributaria, Seguridad Social, Comisión Nacional del Mercado de Valores, etcétera.

    Sistema de garantías

    La Comisión adoptará sus decisiones con arreglo a la legislación de procedimiento administrativo común, y sus acuerdos quedarán sujetos a la posibilidad de impugnación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Igualmente, para completar el sistema de garantías, se prevé la obligatoriedad de transferir todo lo actuado a la jurisdicción penal cuando aparezcan indicios racionales de delito. Del mismo modo, se establece el procedimiento por el que los sujetos obligados, fundamentalmente entidades financieras, comunicarán a la Comisión cualquier operación sospechosa que pudieran detectar.

    El Proyecto de Reglamento deberá ser ahora aprobado conjuntamente con los Ministerios de Justicia, Economía y Hacienda, y Administraciones Públicas. Una vez cumplimentados estos trámites se acordará la petición, por la vía de urgencia, de dictámenes preceptivos a los siguientes órganos: Comisión Nacional del Mercado de Valores, Fiscalía General del Estado, Agencia Española de Protección de Datos, Consejo General del Poder Judicial y Consejo de Estado.

    INTERIOR

    CREADA LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE

    INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES DE LA SEGURIDAD

    • Gestionará las bases de datos comunes de Policía y Guardia Civil.

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior para crear la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones de la Seguridad, que se encargará, entre otros asuntos, de la gestión de las bases de datos comunes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

    La nueva unidad se integra en la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad. Será la única unidad administrativa del Ministerio del Interior especializada en la planificación, desarrollo y coordinación de bases de datos, sistemas de información y sistemas de comunicaciones de utilización conjunta o compartida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

    Hasta la fecha, en el Ministerio del Interior las funciones de planificación, desarrollo y coordinación de los citados sistemas comunes de información y comunicación están compartidas entre la Dirección General de Infraestructuras y Material de Seguridad -que realiza, básicamente, funciones de planificación y desarrollo- y el Gabinete de Coordinación de la Secretaría de Estado de Seguridad -que realiza tareas de coordinación de los sistemas ya existentes: el Sistema de Información de Schengen (SIS) y el Sistema de Radiocomunicaciones Digitales de Emergencia del Estado (SIRDEE)-.

    Mejora de la coordinación

    Con esta reforma se materializa una de las decisiones del Comité Ejecutivo para el Mando Unificado de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que considera que uno de los mecanismos esenciales para mejorar la coordinación operativa entre dichas Fuerzas y Cuerpos es la creación y gestión de bases de datos policiales comunes y de acceso compartido.

    Asimismo, el citado Comité Ejecutivo ha puesto de manifiesto la necesidad de adoptar las medidas que permitan el desarrollo, implantación y mantenimiento de sistemas de información y comunicaciones comunes para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y ha llegado a la conclusión de que estas funciones deben ser desempeñadas de forma unificada por una unidad administrativa especializada dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad.

    El Ministerio del Interior ha puesto en marcha en las últimas semanas el Proyecto SUBA para unificar las bases de datos de Policía y Guardia Civil y que, en una primera fase, afectará a los bancos de datos sobre documentos de identidad, armas y explosivos, viajeros y alquiler de vehículos, reconocimiento de voces, ADN y huellas dactilares.

    PRESIDENCIA

    ASCENSOS A MILITARES Y MIEMBROS DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD

    DEL ESTADO QUE HAYAN SUFRIDO ATENTADO TERRORISTA

    El Consejo de Ministros ha recibido un Informe sobre la regulación del reconocimiento de los ascensos honoríficos y a título póstumo a militares y miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que hayan sufrido un atentado terrorista.

    A estos efectos, el Gabinete ha dado sendos mandatos a los ministros de Defensa y del Interior a fin de que promuevan una norma para llevar a cabo esta regulación. Como consecuencia de esta normativa, se podrán instruir los expedientes correspondientes a todos los afectados por dichos atentados.

    ECONOMÍA Y HACIENDA

    REAL DECRETO LEY DE REFORMAS URGENTES

    PARA EL IMPULSO DE LA PRODUCTIVIDAD

    • Se transpone la Directiva de folletos, que dará una mayor agilidad y menor coste a las emisiones de valores e incrementará la competitividad del mercado español de renta fija. También se transpone la Directiva sobre acuerdos de garantía financiera.
    • Se introducen modificaciones en el sector eléctrico y de hidrocarburos para favorecer la entrada de nuevos operadores e incrementar la competencia y transparencia.
    • Se modifica el Plan Nacional de Asignaciones de derechos de gases de efecto invernadero para evitar problemas de competencia con el mercado europeo.
    • Se modifican diversos preceptos de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para reforzar la transparencia y la concurrencia.

    El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley de Reformas Urgentes para el Impulso de la Productividad, que recoge exclusivamente aquellas medidas cuya entrada en vigor reviste una verdadera urgencia, evitando incluir mandatos o medidas que han de regularse mediante Proyectos de Ley, respetando así el derecho legítimo del Parlamento. Estas medidas forman parte del Plan de Dinamización de la Economía e Impulso de la Productividad, que cuenta también con tres Anteproyectos de Ley y un Acuerdo del Consejo de Ministros, que fue aprobado el pasado 25 de febrero.

    El Real Decreto Ley de Reformas Urgentes para el Impulso de la Productividad establece reformas en cuatro mercados o sectores: en el financiero, con la transposición de las directivas de folletos y sobre acuerdos de garantía financiera; en el energético, con cambios en el sector eléctrico y de hidrocarburos; en el mercado de emisiones de gases de efecto invernadero, recogiendo las modificaciones establecidas por la Comisión Europea sobre el Plan Nacional de Asignaciones español, y en la Administración Pública con novedades en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para incrementar la transparencia y la concurrencia.

    Mercados financieros

    Se transpone la Directiva comunitaria de 2003 sobre folletos para las emisiones de valores para asegurar la posición competitiva del mercado español, fundamentalmente en renta fija. Entre las principales novedades se encuentran los siguientes:

    • Se suprime el requisito de comunicación previa para la admisión a negociación de valores en un mercado secundario oficial.
    • Se regula que los folletos autorizados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores se podrán utilizar en cualquier Estado miembro y viceversa.
    • Se eliminan obligaciones administrativas de escritura pública y registrales que supondrán un ahorro en la tramitación y en los costes, pero siempre garantizando la protección del inversor y el correcto funcionamiento del mercado.

    También se transpone otra Directiva comunitaria 2002 sobre acuerdos de garantía financiera para conseguir una amplía armonización comunitaria y evitar el grave riesgo de deslocalización de este tipo de acuerdos.

    En ella se regula la posibilidad de que el beneficiario de una garantía pignoraticia pueda disponer del objeto de la garantía, lo que ayudará a aumentar el número de operaciones financieras y la liquidez de los mercados. También se regula que la ejecución de las garantías financieras pueda realizarlas el propio beneficiario cuando haya un incumplimiento, sin que se requiera la intervención de la autoridad administrativa o judicial, ni tampoco de fedatarios públicos, entre otras.

    Mercados energéticos

    • Se modifica la calificación de operadores principales, que serán aquellos que ostenten las cinco mayores cuotas de mercado o del sector en los ámbitos energéticos y de telecomunicaciones. Desaparecen de esta relación los transportistas Red Eléctrica de España (REE), Enagas y la Corporación Logística de Hidrocarburos (CLH)- al entender que su actividad no está abierta a la competencia.
    • Se amplía el ámbito de los operadores principales al Mercado Ibérico de la Electricidad (Mibel).
    • Se mantiene que ninguna persona física o jurídica que participe en una proporción igual o superior al 3 por 100 en el capital o en los derechos de voto de dos operadores principales de un mismo mercado o sector podrá ejercer en más de una entidad los derechos de voto correspondientes a ese exceso de porcentaje.
    • Se crea la nueva clasificación de operadores dominantes, que serán aquellos que ostenten una cuota de mercado superior al 10 por 100. Esta nueva denominación sólo afecta a la regulación del sector energético y tiene por finalidad favorecer la competencia y controlar los comportamientos no competitivos en estos mercados. Así, por ejemplo, se prohibe a las compañías incluidas en esta clasificación importar energía.
    • En el sector eléctrico se incorporan una serie de obligaciones de suministro de información sobre la formación de precios del mercado, para lograr mayor transparencia informativa y se aprueba la puesta en marcha del Mercado Ibérico de la Electricidad (Mibel), abriendo la posibilidad de compra y venta en el mercado diario a todos los agentes, incluidos los distribuidores, así como permitir a todos los agentes la realización de todo tipo de contratos, incluidos los bilaterales.
    • Se limita la participación en el accionariado de Red Eléctrica de España, de tal forma que la participación directa o indirecta en esta sociedad de los operadores eléctricos y sus principales accionistas no puede superar el 1 por 100 del capital social o de los derechos de voto de la entidad. Esta limitación no es aplicable a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, que mantendrá una participación no inferior al 10 por 100. Dicha reducción ha de realizarse antes del 1 de enero de 2008.

    También se establece que la liquidación de los Costes de Transición a la Competencia (CTC) de 2004 se hará efectiva en 2006, momento en el que se podrá tener un diagnóstico, mediante el Libro Blanco de la Energía, antes de efectuar dicha liquidación.

    • En energía nuclear las cantidades destinadas a costear la gestión de los residuos radiactivos, del combustible gastado y de desmantelamiento y clausura serán financiados por los titulares de las centrales nucleares a partir del 31 de marzo de 2005.
    • En hidrocarburos se crea una base de datos de distribuidores y precios de carburantes.

    Mercado de derecho de emisiones

    Se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 1 de la Decisión de la Comisión Europea de 27 de diciembre, relativa al Plan Nacional de Asignación español de derechos de gases de efecto invernadero. Se trata de incrementar la cantidad de derechos disponibles, determinar las asignaciones para aquellas instalaciones que no habían recibido partida alguna y evitar problemas de competencia en el mercado comunitario, dado que cuanto más tarde conociesen esas asignaciones menos posibilidades tendrían de planificar sus inversiones y acceder a precios competitivos.

    Contratación pública

    Se modifican diversos preceptos de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para incrementar la transparencia y la concurrencia. Así, los contratos más importantes de las Fundaciones Públicas se someten a las prescripciones de publicidad y procedimiento de adjudicación, con el fin de garantizar la eficiencia en la gestión del gasto. También se establece que la totalidad de los contratos de las entidades del sector público empresarial se integren a la sujeción de los principios de publicidad y concurrencia de la Ley de Contratos del Estado, entre otras medidas.

    MEDIO AMBIENTE

    DENEGADOS DERECHOS DE EMISIÓN DE GASES DE

    EFECTO INVERNADERO A 121 INSTALACIONES

    • Se trata de actividades no incluidas en el ámbito del Real Decreto Ley regulador o porque, aun estando incluidas, se considera nuevos entrantes o instalaciones no operativas.

    El Gobierno ha desestimado la solicitud de 121 instalaciones a las que se deniegan derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2005-2007, por tratarse de actividades no incluidas en el ámbito de Real Decreto Ley que regula el régimen del comercio de estos derechos, o por no superar los umbrales definitivos en el citado texto legislativo, o por tratarse de una instalación que, aun estando incluida, se considera nuevo entrante o una instalación que ya no está operativa.

    Tal como se establece en el artículo 19 del Real Decreto Ley de 27 de agosto de 2004, por el que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, la asignación individualizada de estos derechos tendrá lugar, a solicitud del interesado, por resolución del Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministerios citados, previa consulta a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático y trámite de información pública.

    Según lo establecido en el citado texto legislativo, la solicitud de la asignación gratuita de derechos de emisión debía ser formulada por las instalaciones antes del 30 de septiembre de 2004.

    El pasado 26 de noviembre se hizo público el listado con la propuesta de asignación individual de derechos a las instalaciones solicitantes, se dio un plazo para presentar alegaciones hasta el día 22 de diciembre y el día 3 de diciembre se presentó la propuesta de asignación a la Comisión. Se recibieron un total de 1.076 solicitudes (en el periodo de información pública se percibieron 1.200 alegaciones), de las cuales 956 se resolvieron afirmativamente, por lo que 956 instalaciones obtuvieron su asignación por cumplir los requisitos establecidos. Este listado se incorporó al acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2005 y puede ser consultado en las páginas web de los Ministerios implicados.

    En cambio, no han sido asignados derechos a las instalaciones incluidas en el anexo del presente acuerdo de Consejo de Ministros, en el que constan los motivos de la decisión:

    LISTADO DE LAS INSTALACIONES CUYA SOLICITUD SE DESESTIMA

    Nombre de la instalación

    Ubicación

    Comunidad Autónoma

    Motivo de la exclusión

    Becosa Biomasa Fuente de Piedra, SAU

    Fuente de Piedra (Málaga)

    Andalucía

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Bioenergía Santamaría, S.A.

    Lucena (Córdoba)

    Andalucía

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica Ceyfor, S.L.

    Campanillas (Málaga)

    Andalucía

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica La Dehesa de Bailén, S.L.

    Bailén (Jaén)

    Andalucía

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica San Antonio Abad, S.A.

    Trigueros (Huelva)

    Andalucía

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Energía de la Loma S.A.

    Sevilla

    Andalucía

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Iberpurin S.L.

    Chimeneas (Granada)

    Andalucía

    Nuevo entrante

    Ladrillera Reyes, S.A.

    Conil de la Frontera (Cádiz)

    Andalucía

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Lubricantes del Sur S.A.

    San Roque (Cádiz)

    Andalucía

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Norte de Bailén, S.L.

    Bailén (Jaén)

    Andalucía

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Refractarios Alfran, S.A.

    Alcalá de Guadaira (Sevilla)

    Andalucía

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    S.C.A. Comarcal Agrícola de Cabra

    Cabra (Córdoba)

    Andalucía

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Smurfit Container España S.L.

    Córdoba

    Andalucía

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Sociedad de Cementos y Materiales de Construcción de Andalucía

    Córdoba

    Andalucía

    Nuevo entrante

    Sociedad de Cementos y Materiales de Construcción de Andalucía

    Niebla (Huelva)

    Andalucía

    Nuevo entrante

    Tejas Pérez García S.A.

    Bailén (Jaén)

    Andalucía

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Viesgo Generación - Bahía de Algeciras

    San Roque (Cádiz)

    Andalucía

    Nuevo entrante

    Arcillas y Chamotas, S.L.

    Calanda (Teruel)

    Aragón

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cañada S.A.

    Alcañiz (Teruel)

    Aragón

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Energyworks Fonz, S.L

    Fonz (Huesca)

    Aragón

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Energyworks Monzón S.L.

    Monzón (Huesca)

    Aragón

    Nuevo entrante

    Goma-Camps S.A.U.

    Ejea de los Caballeros (Zaragoza)

    Aragón

    Nuevo entrante

    Icasa Industrias Cerámicas Aragonesas S.A.

    Casetas (Zaragoza)

    Aragón

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    La Huerta, S.A

    Fraga (Huesca)

    Aragón

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    S.A. Industrias Celulosa Aragonesa (S.A.I.C.A. 4)

    El Burgo de Ebro (Zaragoza)

    Aragón

    Nuevo entrante

    Viesgo Generación - Escatrón

    Escatrón (Zaragoza)

    Aragón

    Nuevo entrante

    Arcillas Refractarias, S.A.

    Lugo de Llanera (Asturias)

    Asturias

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Arcillas y Chamotas Asturianas S.L.

    Llanera (Asturias)

    Asturias

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Hulleras del Norte S.A. (Central térmica de la Pereda)

    Mieres (Asturias)

    Asturias

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Porcelanas del Principado

    Gijón (Asturias)

    Asturias

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Sidergas S.A.U.

    Gozon (Asturias)

    Asturias

    Nuevo entrante

    Papelera del Besaya, S.L.

    Torrelavega (Cantabria)

    Cantabria

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Ceranor, S.A.

    Valencia de Don Juan (León)

    Castilla y León

    Nuevo entrante

    Energía Viva, SA

    Cistierna (León)

    Castilla y León

    Nuevo entrante

    Energyworks Milagros S.L.

    Milagros (Burgos)

    Castilla y León

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Energyworks San Millán S.L.

    San Millán de los Caballeros (León)

    Castilla y León

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Industrias del Ubierna S.A.

    Burgos

    Castilla y León

    Nuevo entrante

    Langa de Duero-Enercorr XXI, S.L.

    Langa de Duero (Soria)

    Castilla y León

    Nuevo entrante

    Lorenzo Lozano de Pedro

    El Perdigón (Zamora)

    Castilla y León

    No ha aportado información suficiente

    Planta de tratamiento de purines

    Tordomar (Burgos)

    Castilla y León

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Planta de Tratamiento de Purines de Almazán

    Almazán (Soria)

    Castilla y León

    Nuevo entrante

    Sociedad de Tratamientos Hornillos S.L.

    Hornillos de Eresma (Valladolid)

    Castilla y León

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Tableros Tradema-Valladolid

    Valladolid

    Castilla y León

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Torraspapel S.A.

    Almazán (Soria)

    Castilla y León

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica Rústica de los Navalmorales

    Los Navalmorales (Toledo)

    Castilla-La Mancha

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cogeneradores Vidrieros, A.I.E.

    Azuqueca de Henares (Guadalajara)

    Castilla-La Mancha

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Energías de La Mancha S.A. (Enemansa)

    Villarta de San Juan

    Castilla-La Mancha

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Térmica Afap, S.A.

    Villacañas (Toledo)

    Castilla-La Mancha

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Alier, S.A.

    Roselló (Lleida)

    Cataluña

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Central DHC - Forum 2004

    Sant Adrià de Besòs (Barcelona)

    Cataluña

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica Graells, S.A.

    Sant Cugat del Vallés (Barcelona)

    Cataluña

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica Grau, S.A.

    Barcelona

    Cataluña

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Ciments Figueres, S.A.

    Boadella d´Empordà (Girona)

    Cataluña

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cogeneración Fibrán

    Sant Joan de les Abadesses (Girona)

    Cataluña

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Colores Cerámicos de Tortosa S.A.

    Tortosa (Tarragona)

    Cataluña

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Depuradora del Baix Llobregat

    Barcelona

    Cataluña

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Edar Besòs

    Barcelona

    Cataluña

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Escatrón Global3 Combi S.L.U.

    Lleida

    Cataluña

    Nuevo entrante

    Industrias de Hijos de Antonio Fábregas S.A.

    Mataró (Barcelona)

    Cataluña

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    J.Vilaseca, S.A.

    Capellades (Barcelona)

    Cataluña

    Nuevo entrante

    Jaume Esteve Cos

    El Bruc (Barcelona)

    Cataluña

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Miralcamp II

    Miralcamp (Lleida)

    Cataluña

    Nuevo entrante

    Mora y Gomá, S.A.

    La Riba (Tarragona)

    Cataluña

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Papelera La Confianza

    Beuda (Girona)

    Cataluña

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Planta Valorización Residuos Plásticos

    Mora la Nova (Tarragona)

    Cataluña

    Nuevo entrante

    Sati Cogeneración, A.I.E.

    La Garriga (Barcelona)

    Cataluña

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    SCA Hygiene Paper España S.L.

    Puigpelat (Tarragona)

    Cataluña

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    SCA Hygiene Paper España S.L. - Puigpelat 2

    Puigpelat (Tarragona)

    Cataluña

    Nuevo entrante

    UTE Biogas Garraf

    Gava (Barcelona)

    Cataluña

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    A. Bayarri Alcayde, S.A.

    Foios (Valencia)

    Comunidad Valenciana

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Almudever Rosello Hnos, S.L

    Silla (Valencia)

    Comunidad Valenciana

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Atomizaciones Minerales S.A.

    Alcora (Castellón)

    Comunidad Valenciana

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Atomizadas de Alcora S.A.

    Alcora (Castellón)

    Comunidad Valenciana

    Nuevo entrante

    Atomizadora, S.A.

    Onda (Castellón)

    Comunidad Valenciana

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Cartonajes Aitana

    Cocentaina (Alicante)

    Comunidad Valenciana

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica Bechinense S.A.

    Betxi (Castellón)

    Comunidad Valenciana

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica Santa Faz, Vda. E Hijos de José Marcos Coves S.A.

    Aspe (Alicante)

    Comunidad Valenciana

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Cerámicas Arcís S.L.

    Requena (Valencia)

    Comunidad Valenciana

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Compacglass, S.L.

    Onda (Castellón)

    Comunidad Valenciana

    Nuevo entrante

    Hilaturas Miel, S.L.

    Muchamiel (Alicante)

    Comunidad Valenciana

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Iberdrola Generación, S.A.U. - Castellón Grupo 4

    Grao de Castellón (Castellón)

    Comunidad Valenciana

    Nuevo entrante

    Metaldyne Sintered Components España, S.L.

    Almusafes (Valencia)

    Comunidad Valenciana

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Morant Dos S.L.

    Agost (Alicante)

    Comunidad Valenciana

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Papelera Ferrer S.L.

    Buñol (Valencia)

    Comunidad Valenciana

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Poligas Ambiente S.L.

    Ribesalbes (Castellón)

    Comunidad Valenciana

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    A.G. Cementos Balboa S.A.

    Jerez de los Caballeros (Badajoz)

    Extremadura

    Nuevo entrante

    Cerámica Arco de Caparra, S.A.

    Plasencia (Cáceres)

    Extremadura

    Nuevo entrante

    Cerámica Coruñesa S.A.

    Cambre (A Coruña)

    Galicia

    Nuevo entrante

    Cogeneración Finsa-Padrón

    Padrón (A Coruña)

    Galicia

    Nuevo entrante

    Cogeneración Sueros de Galicia S.A.

    Texeiro Curtis (A Coruña)

    Galicia

    Nuevo entrante

    Enviroil Galicia

    As Somozas (A Coruña)

    Galicia

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Feiraco S. Coop. Gallega

    Ames (A Coruña)

    Galicia

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Planta de Cogeneración de SOGAMA

    Cerceda (A Coruña)

    Galicia

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Planta de Generación Eléctrica a partir de Biomasa Forestal y Residuos de la Industria Maderera

    As Somozas (A Coruña)

    Galicia

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Tablicia, S.A.

    Lugo

    Galicia

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Tafiber Tableros de Fibras Ibéricos S.L.

    Infesta-Betanzos (A Coruña)

    Galicia

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Biogás y Energía S.A. - Planta de tratamiento de Alperujo

    Madrid

    Madrid

    Nuevo entrante

    Boremer S.A.

    Getafe (Madrid)

    Madrid

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Cerámica Alcalaína S.Coop. Mad

    Camarma de Esteruelas (Madrid)

    Madrid

    No supera los umbrales establecidos en el anexo I del RDL 5/2004

    Maxit S.L.

    Los Hueros (Madrid)

    Madrid

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    UTE Secado Térmico Butarque

    Madrid

    Madrid

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Valdemingómez 2000 S.A.

    Madrid

    Madrid

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Cementos La Cruz S.L.

    Abanilla (Murcia)

    Murcia

    Nuevo entrante

    Cogeneración La Serrata

    Lorca (Murcia)

    Murcia

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Planta de Tratamiento de Purines Hinojar II

    Lorca (Murcia)

    Murcia

    Nuevo entrante

    Planta de Tratamiento de Purines Hinojar III

    Lorca (Murcia)

    Murcia

    Nuevo entrante

    Totana Energía S.L.

    Totana (Murcia)

    Murcia

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Vegetales Congelados S.A. (Cogeneración Veconsa)

    Alguazas (Murcia)

    Murcia

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Biomasa de Sangüesa

    Pamplona (Navarra)

    Navarra

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Corporación Energía Hidroeléctrica de Navarra, S.A. (Planta de Biomasa)

    Sangüesa (Navarra)

    Navarra

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Ampo S. Coop.

    Idiazábal (Guipúzcoa)

    País Vasco

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Celulosas de Andoain S.A.

    Andoain (Guipúzcoa)

    País Vasco

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Coalsema - Compañía Alavesa de Secado de Madera, S.A.

    Berantevilla (Álava)

    País Vasco

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    E.D.A.R. Galindo

    Bilbao (Vizcaya)

    País Vasco

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    E.D.A.R. Galindo

    Sestao (Vizcaya)

    País Vasco

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Elyo Arrasate

    Bilbao (Vizcaya)

    País Vasco

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Hospital de Cruces

    Bilbao (Vizcaya)

    País Vasco

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Hospital de Zorroaga

    San Sebastián (Guipúzcoa)

    País Vasco

    No supera el umbral establecido en el anexo I del RDL 5/2004

    Iberdrola Generación, S.A.U. - Santurce 3

    Santurce (Vizcaya)

    País Vasco

    Instalación no operativa

    Laminaciones Arregui S.L.

    Vitoria (Álava)

    País Vasco

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004

    Sidenor Industrial Vitoria

    Vitoria (Álava)

    País Vasco

    Actividad no incluida en el ámbito del anexo I del RDL 5/2004


    FOMENTO

    CONTRATACIÓN DE SEIS HELICÓPTEROS PARA

    SALVAMENTO MARÍTIMO

    • El presupuesto total de licitación asciende a 27,7 millones y su tripulación estará activa las veinticuatro horas del día.
    • Irán destinadas al Cantábrico, Atlántico gallego, Atlántico andaluz y Canarias, mientras que los aparatos cubrirán la zona del Mediterráneo.

    El Consejo de Ministros ha autorizado a Salvamento Marítimo, organismo dependiente del Ministerio de Fomento, a licitar el contrato para la dotación del servicio de helicópteros y sus medios auxiliares destinados al salvamento marítimo y a la lucha contra la contaminación en el mar.

    El presupuesto total de licitación para la dotación del servicio de helicópteros asciende a de 27,7 millones de euros. El contrato tiene una vigencia de dos años, prorrogables a otros dos.

    La principal novedad de esta contratación es que se aumenta el número de helicópteros de los que Salvamento Marítimo dispondrá para la atención de emergencias en la mar. Se pasará de cinco a seis helicópteros, con la consiguiente mejora en la cobertura de toda la costa española.

    Del mismo modo, se requerirá la presencia física en base de las tripulaciones de los helicópteros las veinticuatro horas del día. Para ello se requerirá el establecimiento de un sistema de turnos de trabajo compuesto por una dotación de vuelo completa que garantice el despegue en un tiempo máximo de diez minutos.

    Habrá un helicóptero destinado a cubrir cada una de las siguientes zonas: Cantábrico, Atlántico gallego, Atlántico andaluz y Canarias. La zona del Mediterráneo estará cubierta por dos helicópteros.

    Cuatro aparatos de gran capacidad

    Cuatro de los helicópteros que se licitan serán helicópteros de gran porte, es decir, con una capacidad mínima de doce pasajeros más las cinco personas de la tripulación. Su autonomía será superior a las cuatrocientas millas náuticas y a cuatro horas de vuelo, con una velocidad de crucero superior a cien nudos.

    Los otros dos helicópteros que se licitan son helicópteros medios, con una capacidad mínima de siete pasajeros más la tripulación de cuatro personas y una autonomía mínima superior a 450 millas y a cuatro horas de vuelo, con una velocidad de crucero superior a 135 nudos.

    Los helicópteros dispondrán también de todo el equipamiento necesario para las labores de salvamento que tendrán que desarrollar, tanto en las bases como en los aparatos, como la cámara infrarroja giroestabilizada de 360 grados para la localización de náufragos, el radar de búsqueda/meteorológico, los sistemas de comunicación, etcétera.

    El balance de actuaciones de los cinco helicópteros que han prestado servicio en los últimos cuatro años ha sido de 674 servicios en 2001, 660 en 2002, 781 en 2003 y 632 en 2004.

    Plan Puente

    En el Plan Puente que el Ministerio de Fomento ha puesto en marcha para la dotación de unidades para Salvamento Marítimo está prevista la adquisición de tres nuevos helicópteros en propiedad.

    Estas unidades, que estarán disponibles en 2006 y 2007, sustituirán a tres de las unidades que se contraten en la licitación autorizada hoy, manteniendo el número de helicópteros y su capacidad de actuación, pero pasando a propiedad pública la mitad de la flota de helicópteros.

    El objetivo del Plan Puente que el Ministerio de Fomento ha diseñado es que entren en vigor desde 2005 medidas del Plan Nacional de Salvamento Marítimo 2006-2009. Además de los tres helicópteros, se adquirirán los siguientes medios:

    • Tres aviones de última generación, dotados de alta tecnología para el salvamento y la detección de contaminación. Estarán dotados de lanzador de marcadores, balsas y equipos de salvamento, detección de vertidos ilegales día/noche, transmisión de datos e imágenes de monitorización y cálculo de vertidos al mar. La incorporación de las dos primeras unidades está prevista para el primer trimestre de 2007 y la tercera para el primer trimestre de 2008. El importe de las tres unidades es de 82,5 millones de euros.
    • Cinco buques polivalentes de salvamento marítimo y lucha contra la contaminación que se entregarán en el periodo 2005-2006.

    Están en fase de construcción dos de estos buques de 56 metros de eslora, capacidad de tiro de 124 toneladas, capacidad de recogida de 293 m3 y 10.300 C.V. de potencia. Uno de estos buques se entregará a primeros de junio y el otro estará finalizado en noviembre. El presupuesto de los dos buques asciende a 29,5 millones de euros.

    Asimismo, están en fase de construcción, en un astillero de Santurce (Vizcaya), los otros dos buques, de 80 metros de eslora, capacidad de tiro de 234 toneladas, capacidad de recogida de 1.749 m3 y 16.000 C.V. de potencia, cuyo presupuesto es de 68,5 millones de euros. El quinto buque del que se dotará a Salvamento Marítimo será un buque recogedor.

    • Ocho embarcaciones de intervención rápida llamadas Salvamares. Se adquirirán anualmente dos embarcaciones durante el periodo 2005-2008, con el propósito de contar con 48 embarcaciones de este tipo. El presupuesto de cada unidad es de 1,4 millones de euros.

    ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

    CONVENIOS CON BRASIL, PERÚ, RUMANIA Y TURQUÍA

    DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA

    El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro Acuerdos por los que se autoriza la firma de cuatro Acuerdos con la República Federativa de Brasil, la República del Perú, Rumania y la República de Turquía en materia de lucha contra la delincuencia, para los dos primeros de los cuales se aprueba su aplicación provisional.

    Las negociaciones para las firmas de estos Acuerdos entre las autoridades competentes de los cuatro países se iniciaron en el año 2004 con Brasil y con Perú, en el año 2000 con Rumania y en el año 1998 con Turquía.

    La finalidad genérica de los Convenios es estrechar los cauces de colaboración con estos cuatro países en las áreas de la lucha contra la delincuencia organizada en sus diversas manifestaciones.

    A tal efecto, en los cuatro Acuerdos se enumeran, en primer lugar, diversos tipos delictivos, entre los que destaca el de terrorismo.

    Seguidamente, se hace referencia, en diversos artículos, a las modalidades que puede adoptar la colaboración: intercambio de información, prestación de ayuda a efectos operativos, ejecución de acciones coordinadas y de asistencia mutua, intercambio de resultados de las investigaciones criminalísticas y criminológicas realizadas, asistencia técnica y científica, prestaciones, cesión de equipos técnicos especializados, celebración de encuentros de trabajo, etcétera.

    En el aspecto orgánico, se designan los órganos competentes para la aplicación del Convenio, que por parte española serán el Ministerio del Interior y las Unidades competentes del Ministerio de Economía y Hacienda, en el ámbito de sus competencias, previa declaración del Ministerio del Interior. En el caso de Rumania, el Convenio establece que las autoridades competentes podrán designar a los Agregados u Oficiales de enlace para la mejor aplicación de las formas de colaboración previstas en el Convenio.

    SANIDAD Y CONSUMO

    CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE BIENES

    DECOMISADOS POR TRÁFICO DE DROGAS

    • Como en años anteriores, la mayor cuantía se destinará a las políticas concretas de prevención, asistencia, rehabilitación y reinserción de toxicómanos que llevan a cabo las Comunidades Autónomas

    El Consejo de Ministros ha aprobado los criterios de distribución para el año 2005 del fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. En el año 2004 este fondo alcanzó la cifra de 8.023.000 euros, lo que ha supuesto un incremento del 6 por 100 con respecto al año anterior (7.569.630 euros).

    Este Fondo, regulado por la Ley de 29 de mayo de 2003, está integrado por los bienes decomisados por delito de contrabando (drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o catalogadas como precursores), así como por el decomiso de otros bienes procedentes de delitos de blanqueo y de narcotráfico. El producto de estos bienes está destinado a intensificar las actuaciones de prevención, investigación, persecución y represión de estos delitos, prevención de toxicomanías, asistencia, inserción social y laboral de drogodependientes, y cooperación internacional en la materia.

    La distribución del Fondo entre sus beneficiarios se realiza de acuerdo con los criterios que anualmente establece el Consejo de Ministros, a iniciativa de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones.

    Objeto y contenido del acuerdo

    Siguiendo el mismo esquema que años anteriores, los criterios de distribución para este año del Fondo de bienes decomisados son los siguientes:

    1. Gastos originados por la propia administración y gestión del Fondo.
    2. Programas y actuaciones realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o cualquier otro beneficiario del fondo en materia de lucha contra las drogas y el blanqueo de capitales (Vigilancia Aduanera, Fiscalía Especial para la prevención y represión del tráfico ilegal de drogas, Servicio Ejecutivo de prevención de blanqueo de capitales del Banco de España y Ministerio de Defensa), dirigidos a mejorar los sistemas de transmisión y comunicaciones y a actualizar los sistemas informáticos y los medios para la detección e investigación analítica de drogas.
    3. Programas de prevención de toxicomanías, asistencia a drogodependientes e inserción social y laboral de los mismos:
    • Prevención de enfermedades transmisibles asociadas al consumo de drogas.
    • Asistencia a los colectivos prioritarios: menores afectados o en situación de riesgo; drogodependientes con problemas judiciales o internados en instituciones penitenciarias, y población de alto riesgo.
    • Formación y reciclaje de profesionales, voluntarios y mediadores sociales en la prevención de toxicomanías y asistencia a drogodependientes.
    1. Proyectos de investigación en materia de drogodependencias.
    2. Programas y actuaciones de cooperación internacional en esta materia.

    El acuerdo faculta también a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones para la financiación de programas concretos no contemplados en los apartados anteriores, que por su interés deban ejecutarse en el ejercicio 2005. Se prestará especial atención a los programas que vayan a ejecutarse en cumplimiento de la Estrategia Nacional sobre Drogas.

    Como en años anteriores, de todas las partidas que se distribuyen a los beneficiarios del Fondo la mayor cuantía se destinará a las políticas concretas de prevención, asistencia, rehabilitación y reinserción de toxicómanos que llevan a cabo las Comunidades Autónomas.

    INTERIOR

    CONVENIO CON CASTILLA-LA MANCHA PARA LA CONSTRUCCIÓN

    Y MEJORA DE INSTALACIONES DE LA GUARDIA CIVIL

    El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la realización de obras de construcción, reparación, conservación y mejora de las instalaciones de la Guardia Civil en la citada comunidad autónoma. El convenio durará hasta el 31 de diciembre de 2008 y se podrá prorrogar con carácter anual si las partes así lo acuerdan.

    A través de este convenio, se realizarán entre 2005 y 2008 obras de construcción, reparación, conservación y mejora de las instalaciones de la Guardia Civil en la citada Comunidad Autónoma por un importe de doce millones de euros, que serán financiados a partes iguales por el Ministerio del Interior y el Gobierno autonómico de Castilla-La Mancha.

    AÑO

    MINISTERIO DEL INTERIOR

    CASTILLA-LA MANCHA

    2005

    1.500.000

    1.500.000

    2006

    1.500.000

    1.500.000

    2007

    1.500.000

    1.500.000

    2008

    1.500.000

    1.500.000

    TOTAL

    6.000.000

    6.000.000


    Para desarrollar el convenio, se crea una Comisión Mixta General, integrada por representantes de la Comunidad Autónoma, de la Delegación del Gobierno y de la Dirección General de la Guardia Civil, que se encargará de determinar, a la vista de las propuestas de la citada Dirección General, las actuaciones concretas a desarrollar y de resolver cuantas cuestiones pueda plantear la ejecución del Convenio. El Ministerio del Interior asumirá la dirección facultativa y la ejecución de las obras, así como la tramitación de los permisos, licencias y demás autorizaciones administrativas.

    ECONOMÍA Y HACIENDA

    TRES MILLONES PARA AFECTADOS POR EL

    ACCIDENTE DEL "PRESTIGE"

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el pago de una compensación de tres millones de euros por las pérdidas económicas producidas a los titulares de actividades económicas de pesca, marisqueo y acuicultura ocasionadas en el ejercicio de 2004 por el accidente del buque "Prestige", cumpliendo así lo establecido en el Real Decreto Ley aprobado por el Gobierno el pasado 2 de julio de 2004.

    Además, en el Real Decreto aprobado hoy se fijan los requisitos, condiciones y plazo para las solicitudes de la compensación y los órganos competentes y procedimientos para su tramitación.

    El Real Decreto Ley de 2 de julio de 2004, por el que se adoptaron determinadas medidas relacionadas con los daños ocasionados por el accidente del buque "Prestige" se estableció que "los titulares de actividades económicas de pesca, marisqueo y acuicultura que, con posterioridad al 31 de diciembre de 2003, experimenten pérdidas económicas en dichas actividades que sean consecuencia directa e inequívoca del derrame provocado por la catástrofe del buque ''Prestige'' podrán solicitar una compensación por las pérdidas producidas en el ejercicio 2004."

    Para ello, se estableció un nuevo fondo dotado con tres millones de euros destinados a las pérdidas económicas que pudieran producirse en actividades de pesca, marisqueo y acuicultura en el período en que pudiera aún existir una incidencia directa e inequívoca de la catástrofe.

    Con este fondo, cuyos recursos se distribuirán atendiendo al criterio de productividad, se subsana una importante deficiencia del sistema anterior que no contemplaba posibilidad alguna de reparación de las pérdidas sufridas con posterioridad al año 2003.

    ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

    AUTORIZADA UNA CONSULTA POPULAR A LEIZA (NAVARRA)

    Y DENEGADA OTRA A VINAIXA (LLEIDA)

    El Consejo de Ministros ha autorizado al Ayuntamiento de Leiza (Navarra) la celebración de una consulta popular relativa a la explotación de una cantera en su término municipal, ya que cuenta con todos los requisitos exigidos en la Ley de Bases de Régimen Local.

    El artículo 71 de la citada Ley, de 2 de abril de 1985, establece que una solicitud de este tipo debe ser acordada por mayoría absoluta del Pleno y que el objeto de la misma sea un asunto de competencia municipal, carácter local y de especial relevancia para los vecinos.

    Por el contrario, el Gobierno ha denegado al Ayuntamiento de Vinaixa (Lleida) la autorización para celebrar una consulta popular relativa a la instalación de un depósito controlado de residuos clase 2ª, por referirse a un asunto que rebasa el ámbito de las competencias del Ayuntamiento.

    El Ejecutivo considera que el asunto que se quiere someter a consulta corresponde a la Generalitat de Cataluña, que sería la Administración competente para autorizar el vertedero industrial.

    MEDIO AMBIENTE

    MEJORA DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA A CEUTA

    • Se trata de evitar pérdidas de agua de hasta el 40 por 100 en los tramos más críticos

    El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia que el Ministerio de Medio Ambiente está llevando a cabo en la ciudad de Ceuta para mejorar su red de distribución, renovando los tramos más críticos, para evitar así las pérdidas de aguas que se cifran en un 40 por 100. El presupuesto para la construcción del nuevo tramo es de 3,8 millones de euros.

    La ciudad de Ceuta tiene un consumo medio diario de 28.000 metros cúbicos (unos 400 litros por habitante y día), de los cuales la desaladora suministra unos 20.000 metros cúbicos, otros 5.000 metros cúbicos provienen de los embalses existentes y el resto se obtiene de manantiales de la zona. En la actualidad no se dispone de los recursos de los manantiales y la situación de los embalses sólo permite disponer de reservas para complementar el suministro durante unos treinta días. A todo ello hay que sumar el grave problema de las elevadas pérdidas en la red de suministro que alcanzan en torno al 40 por 100 del total de los recursos.

    El Ministerio de Medio Ambiente ha realizado un estudio pormenorizado de la situación y los problemas de suministro que aquejan a la Ciudad Autónoma, con el objeto de evitar el establecimiento de restricciones durante un periodo dilatado de tiempo.

    En este sentido, se considera imprescindible la adopción de medidas urgentes que atajen el problema desde su raíz, la puesta en marcha de soluciones a corto plazo y de proyectos para la mejora de la gestión y el abastecimiento de agua a medio y largo plazo. El Ministerio de Medio Ambiente considera prioritario abordar las actuaciones de mejora de la red de distribución mediante la renovación de aquellos tramos más críticos.

    Recorrido por la ciudad

    La nueva red a construir tiene un trazado que, partiendo de la Plaza de la Constitución, se bifurca hacia la Marina Española y el Paseo Revellin. A su vez, esta última deriva, por un lado, siguiendo la calle Camoens y la calle Real y, por otro lado, a las calles Méndez Núñez, Antioco, Solíns, General Yagüe, Fernández Mendoza, Salud Tejero, Plaza Maestranza y Juan I de Portugal. En la intersección de la calle Juan I de Portugal y Pozo del Rayo vuelven a unirse en una sola conducción, conectando de nuevo con Serrallo-Hacho.

    Todas estas actuaciones del Programa A.G.U.A. que el Ministerio de Medio Ambiente plantea desde los procedimientos de emergencia reafirman el compromiso del Gobierno de incrementar los recursos de agua, en el menor tiempo posible, en aquellas zonas cuyas demandas se ven insatisfechas no solamente por la situación tradicional, sino también por las actuales condiciones climatológicas adversas que sufre casi todo el país.

    MEDIO AMBIENTE

    CONVENIO CON CASTILLA-LA MANCHA PARA PROTECCIÓN

    Y REGENERACIÓN DEL ENTORNO NATURAL

    El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la ejecución conjunta de actuaciones de protección y regeneración del entorno natural cofinanciadas con fondos FEDER.

    El importe total de las actuaciones contempladas asciende a 7.796.777 euros, de los cuales se cofinanciará por la Confederación Hidrográfica del Júcar el 70 por 100 de su importe total, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea. La Consejería aportará el 30 por 100 restante que corresponde a la parte de financiación nacional. Esta inversión será distribuida en el periodo 2005-2008.

    Entre los objetivos del convenio se pueden señalar la mejora ambiental de los cauces de los ríos y su entorno y la delimitación del Dominio Público Hidráulico, así como la corrección de impacto generado por la actividad humana, lo que incide negativamente sobre la dinámica de los ecosistemas asociados a los cauces y sus cuencas de recepción y la protección y recuperación de los valores naturales. También se adoptarán medidas para contribuir a la defensa frente a las inundaciones, mejorando la capacidad de regulación natural de la cuenca y estabilizando la capacidad natural de evacuación de los cauces, y para proteger a las personas y las poblaciones que potencialmente están expuestas a inundaciones.

    Para todo ello está prevista la realización de diversas actuaciones, como la adecuación y restauración ambiental en cauces, riberas y márgenes; la defensa frente a avenidas; la recuperación de espacios naturales en el entorno urbano y la preservación del paisaje.

    MEDIO AMBIENTE

    AMPLIACIÓN DE LA DEPURADORA DE LUGO

    El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio específico entre el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Confederación Hidrográfica del Norte, y la Xunta de Galicia, para ampliar la estación depuradora de aguas residuales de Lugo, que conseguirá así un caudal de 76.500 metros cúbicos diarios.

    El presupuesto de estas obras asciende a 39.050.913 euros, de los que la Confederación Hidrográfica del Norte aportará el 85 por 100 mediante aportaciones procedentes del Fondo de Cohesión de la Unión Europea y la Xunta de Galicia aportará el 15 por ciento restante.

    La ampliación de la depuradora de Lugo se enmarca dentro del convenio firmado en 1999 entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Xunta de Galicia para llevar a cabo una serie de actuaciones destinadas a mejorar el saneamiento de Lugo.

    Las obras de mejora del saneamiento de Lugo consisten, fundamentalmente, además de la ampliación de la depuradora, en la construcción de los colectores de los ríos Ceao, Rato, Chanca y Fervedoira. El colector del río Ceao tiene una longitud de 1.260 metros, se inicia en el aliviadero de Ceao y termina en el de San Lorenzo; el del río Rato tiene una longitud de 2.373 metros, se inicia en el aliviadero de San Lorenzo y termina en su unión con el interceptor general del río Fervedoira; el del río Chanca tiene una longitud de 1.433 metros y se inicia al final del interceptor general del río Rato.

    Contarán, además, con un colector secundario del Ceao, que cuenta con una longitud de 352 metros, y los colectores secundarios del aliviadero de San Lorenzo (674 metros), aliviadero de Paradai (1.094 metros), aliviadero de Sagrado Corazón (532 metros) y aliviadero de Rato (602 metros). Estos aliviaderos se han proyectado para regular los caudales conducidos por la red.

    Todos los colectores se construirán mediante tuberías de hormigón armado cuyos diámetros oscilan entre 600 y 1.500 milímetros.

    MEDIO AMBIENTE

    MODIFICADAS LAS OBRAS DE SANEAMIENTO

    DEL SAJA-BESAYA (CANTABRIA)

    El Consejo de Ministros ha autorizado una modificación en el proyecto del colector general del Saja-Besaya, tramo II: El Cueto-Sorravides, perteneciente al saneamiento general de la Cuenca del Sistema Fluvial del Saja-Besaya, en Cantabria. El importe de esta modificación asciende a 1.307.429 euros

    En el Consejo de Ministros celebrado el 30 de agosto de 2002 se habían autorizado las obras correspondientes al contrato que nos ocupa por un importe líquido de más de 14,4 millones de euros, con un plazo para la finalización de las obras de aproximadamente 36 meses.

    Durante el desarrollo de las obras se pusieron de manifiesto unas circunstancias, no previstas inicialmente, que aconsejan una mejora en el proyecto, con la redacción del Modificado nº 1. Los cambios propuestos radican, fundamentalmente, en una variación del procedimiento de ejecución de la zanja y del lugar previsto para la subestación eléctrica. A esto se suma la necesidad de tender una línea eléctrica subterránea de 12 Kv., que conecte esta subestación con la estación de bombeo de El Cueto; la sustitución de mil metros de tubería por otra de poliéster reforzado con fibra de vidrio y el rediseño de la estación de bombeo de El Cueto, incluyendo un nuevo conjunto filtro-triturador y reemplazando el sistema de impulsión previsto con depósito elevado por un sistema de impulsión directa, entre otras mejoras.

    Estas obras consisten, básicamente, en la construcción de un colector industrial de 2,2 kilómetros de longitud, que irá desde el Puente de Ganzo hasta la balsa de Sniace, recogiendo los vertidos de Asturiana de Zinc. Se construirán, además, los colectores secundarios de Ganzo, Santillana del Mar, Miengo, Salín, Fuente del Valle, Requejada, El Cabo y Barreda, cinco bombeos y el aliviadero de El Cabo.

    ECONOMÍA Y HACIENDA

    AVAL ESTATAL A UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO

    ENTRE EL CONSORCIO DE VALENCIA Y EL ICO

    El Consejo de Ministros ha autorizado un aval de la Administración General del Estado, por un importe máximo de cien millones de euros, a una operación de crédito concertada el 4 de febrero de 2005 entre el Consorcio Valencia 2007 y el Instituto de Crédito Oficial para la financiación parcial de las inversiones necesarias para desarrollar las infraestructuras vinculadas a la celebración de la XXXII Edición de la Copa América.

    Asimismo, por el mismo Acuerdo se declara el interés público que motiva el otorgamiento del aval, según lo establecido en la Ley General Presupuestaria, aval que se imputará al límite establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2005.

    La Copa América de vela es uno de los acontecimientos deportivos de mayor relevancia de los que se celebran en el mundo. Su celebración es una ocasión única para proyectar internacionalmente la ciudad de Valencia, la Comunidad Autónoma valenciana y España. El proyecto, desarrollo y ejecución de las obras e infraestructuras necesarias para el desarrollo de la XXXII Edición de la Copa América, así como su financiación, constituyen un objetivo primordial de la Administración General del Estado.

    INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

    AMPLIACIÓN DE CRÉDITO FAD A MAURITANIA PARA

    ABASTECIMIENTO DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS

    El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito FAD de 4.305.125 dólares a la República Islámica de Mauritania para financiar la ampliación de un proyecto que asegura el abastecimiento de productos petrolíferos en el puerto de Nouakchott.

    El pasado 29 de junio de 2001, el Consejo de Ministros ya autorizó la concesión de un crédito con cargo al FAD de 22.366.269 dólares a la República Islámica de Mauritania para construir un fondeadero para petroleros y un parque de depósitos en el puerto mencionado. Por problemas técnicos y un incremento de los costes, las partes implicadas acordaron incrementar la dotación financiera inicial y esta decisión se ha materializado hoy en el Consejo de Ministros con la concesión del crédito adicional de 4.305.125 dólares con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

    El crédito se rige por las siguientes condiciones:

    a) El importe del crédito ascenderá a un valor de hasta 4.305.125 dólares equivalentes al 100 por 100 del total de la financiación oficial española.

    b) Las condiciones financieras serán de treinta años de plazo total de amortización, incluyendo diez años de gracia, a un tipo de interés anual del 1,5 por 100, con vencimientos semestrales.

    c) Se designa al Instituto de Crédito Oficial como Agente Financiero para la instrumentación del Crédito con la República Islámica de Mauritania o la institución que dicha República designe para actuar en nombre y representación de la misma, en orden a la negociación, firma y ejecución del Convenio.

    d) La concesión tendrá una validez de doce meses a partir de la fecha en que se apruebe este crédito. Transcurrido dicho plazo sin que se haya formalizado el Convenio de Crédito, el ICO propondrá a la Comisión Interministerial del Fondo de Ayuda al Desarrollo la cancelación o prórroga por períodos de seis meses de esta concesión.

    JUSTICIA

    NACIONALIDAD ESPAÑOLA PARA EL PIANISTA

    CUBANO JORGE LUIS PRATS SOCA

    El Consejo de Ministros ha decidido hoy conceder, por carta de naturaleza, la nacionalidad española al pianista cubano de música clásica Jorge Luis Prats Soca, descendiente de españoles por línea materna y paterna.

    Nacido en Camagüey (Cuba), en 1956, José Luis Prats Soca es solista y director artístico de la Orquesta Sinfónica Nacional de Cuba desde 1985 y ha sido condecorado con la Orden Félix Varela, máxima distinción que se otorga a artistas e intelectuales.

    Prats Soca actúa regularmente con la Orquesta Sinfónica de Bogotá, la Royal Philarmonic Orquest de Londres, la Orquesta Sinfónica de Viena y la Orquesta Filarmónica de Moscú. Además, imparte cursos de perfeccionamiento pianístico en la Universidad Nacional de Colombia y la Royal Academy of Music en Londres. Dentro de su currículum figuran numerosos galardones internacionales, como el primer gran premio del concurso Internacional Marguerite Long-Jacques Thibaud (París, 1977).

    MEDIO AMBIENTE

    OBRAS DE EMERGENCIA EN EL ABASTECIMIENTO DE AGUA

    A ALCALÁ DE LOS GAZULES (CÁDIZ)

    El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia que el Ministerio de Medio Ambiente está llevando a cabo en el municipio de Alcalá de los Gazules (Cádiz). El presupuesto de las obras que se están realizando es de 3. 723.600 euros.

    El abastecimiento de agua a los 5.590 habitantes de Alcalá de los Gazules se realiza con aguas superficiales procedentes del arroyo del Montero, que se almacenan en una balsa de regulación de 200.000 metros cúbicos, la cual consta de un vaso excavado en el terreno natural y un dique de cierre construido en tierras. Sobre la coronación de la balsa discurre un camino perimetral asfaltado, en el cual se han detectado grietas debidas a los asientos y deformaciones en la plataforma de coronación. También se han descubierto desperfectos en el fondo de la misma.

    Además de condicionar el abastecimiento de agua a la población, esta situación supone un riesgo cierto para las propiedades y las personas, por lo que se hace necesaria una actuación urgente que garantice la estabilidad de la balsa para que pueda llenarse antes del próximo verano. En este sentido, la solución que se prevé incluye el refuerzo, estabilización e impermeabilización de taludes, así como el drenaje y sellado de grietas y la adecuación de desagües y aliviaderos.

    MEDIO AMBIENTE

    REPARACIONES EN LA ZONA REGABLE DEL

    CANAL GENIL-CABRA (CÓRDOBA)

    El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia que el Ministerio de Medio Ambiente realiza para el tratamiento y reparación de daños en el canal principal de la zona regable de Genil-Cabra (Córdoba), segunda fase, tramo I. El presupuesto de las obras que se están realizando es de dos millones de euros.

    La zona regable del Canal de Genil-Cabra, situada entre las poblaciones de Puente Genil y Écija, entre las provincias de Córdoba y Sevilla, tiene una superficie de unas 40.000 hectáreas. La primera fase del canal fue construida durante los años 1984 a 1986 y en ella se ha actuado en varias ocasiones para tratar el terreno, a fin de estabilizar los deslizamientos producidos en varios tramos.

    La segunda fase del canal, de la cual forman parte los tramos a reparar, se terminó de construir a finales de 2003 y ha sido sometida a pruebas durante varios meses. Pero, como consecuencia de las recientes lluvias, se han producido asientos y deslizamientos del terreno.

    Se hace necesaria, por tanto, la adopción de medidas urgentes para evitar riesgos y posibilitar la puesta en servicio de esta fase del canal en la próxima primavera. Estas acciones permitirán efectuar los riegos en los sectores XII al XVI de la zona regable. Se prevé la intervención en seis zonas del canal, en las que se ejecutarán obras para corregir los deslizamientos y asientos del terreno, así como los daños producidos hasta la fecha. Se garantizará, de este modo, el riego de la campaña 2005.

    MEDIO AMBIENTE

    OBRAS DE EMERGENCIA EN LA PRESA DE LA

    TRANQUERA, EN CARENAS (ZARAGOZA)

    El Consejo de Ministros ha aprobado a las obras de emergencia que la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente lleva a cabo en el sistema de elevación del aliviadero de la presa de la Tranquera, en el término municipal de Carenas (Zaragoza). El importe de las obras que se están realizando tiene un importe máximo de 1.160.000 euros.

    El aliviadero del embalse de La Tranquera está formado por tres vasos. En cada uno de ellos está dispuesta una compuerta tipo alza. En la actualidad esas alzas o sectores flotantes, aunque operativos, se encuentran en un regular estado de conservación que afecta sus movimientos de subida y bajada con respecto al nivel del embalse, produciendo desfases.

    Como el estado operativo del sector flotante de la presa altera gravemente la normal explotación del embalse, se requiere de forma inmediata la instalación, mediante trabajos subacuáticos, de un nuevo sistema hidráulico que posibilite y asegure su maniobrabilidad.

    MEDIO AMBIENTE

    REPARACIÓN DE LA TOMA DE PRESA Y ESTACIÓN

    ELEVADORA DE EL VICARIO (CIUDAD REAL)

    El Consejo de Ministros ha tomado razón de la resolución del Ministerio de Medio Ambiente de enero de 2005 por la que se autorizaron las obras de emergencia para la reparación y puesta a punto de la toma de presa y estación elevadora de El Vicario, situada en el término municipal de Ciudad Real, por un importe de un millón de euros.

    La zona regable de El Vicario, con 5.005 hectáreas de superficie de riego por aspersión, ha sufrido en los últimos años una acusada escasez de reservas de agua en la presa de El Vicario, lo que ha imposibilitado el desarrollo de campañas normales de riego, con fuertes restricciones los 2002 y 2003 y la suspensión total durante 2004.

    Tal y como se hace habitualmente, durante el desarrollo de la revisión general, las operaciones de mantenimiento y puesta a punto para el inicio de los riegos en la próxima primavera, se detectaron diversos defectos y roturas en los colectores de impulsión. Además, el microtamizador de la toma de la presa se encuentra roto y es necesaria su sustitución para posibilitar el filtrado de las aguas y el correcto funcionamiento de los aspersores de riego. Por último, las bombas precisan una buena puesta a punto.

    A la vista de estas circunstancias, y como su estado no garantiza un funcionamiento adecuado e, incluso, puede dar lugar a deterioros mayores que incluso podrían ocasionar la paralización de los riegos y la ruina para los cultivos, se decidió acometer con urgencia la reparación de los colectores y la puesta a punto de las instalaciones.

    De este modo, se garantiza el desarrollo de la campaña de riego con normalidad y se evitan los riesgos de situaciones críticas en la zona.

    MEDIO AMBIENTE

    REPARACIÓN DEL PASEO MARÍTIMO DE CASTRO URDIALES

    El Consejo de Ministros ha autorizado a la Dirección General de Costas a llevar a cabo las obras de emergencia para la reparación de los daños registrados en el paseo marítimo de Castro Urdiales (Cantabria), por un importe de 120.000 euros.

    Los graves temporales acaecidos recientemente sobre el litoral cántabro han producido la rotura del manto interior del muro del paseo marítimo de esta localidad cántabra conocido como Ocharán. Como consecuencia de los temporales, el mar se ha llevado alrededor de treinta metros lineales del paseo y una anchura de, aproximadamente, cinco metros.

    La acción del oleaje sigue erosionando la zona afectada, por lo cual es imprescindible su reparación. El socavón y su progresiva evolución representan un peligro inminente para las personas y los bienes, ya que afecta también a las infraestructuras de saneamiento, abastecimiento y electricidad, bajo la carretera contigua.

    ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

    AUTORIZADOS LOS DIRECTIVOS DE SEPI A PARTICIPAR EN MÁS

    DE DOS CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN SIN REMUNERACIÓN

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza excepcionalmente al personal directivo de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) pertenecer a más de dos consejos de administración sin que exista retribución por pertenecer a órganos directivos de sociedades estatales y entidades públicas, por considerarse estas tareas parte esencial de su trabajo e incluidas en su retribución principal.

    La motivación de esta autorización está basada en la eficacia, que se concreta en la participación del personal activo como consecuencia de las funciones de control que les corresponde ejercer en los órganos rectores de sus empresas. También se considera que la representación de los intereses de la SEPI debe recaer en el personal que puede aportar un mejor conocimiento de los problemas suscitados en el ámbito específico de las responsabilidades que ejercen.

    ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

    REPARACIÓN DE LA SEDE DE LA DELEGACIÓN

    DEL GOBIERNO EN CANARIAS

    El Consejo de Ministros ha aprobado la redacción y dirección de las obras de reparación de cubiertas del edificio de la Delegación del Gobierno en Canarias y del Estudio de seguridad y salud. Estas actuaciones conllevan un importe de 138.781,52 euros, de los cuales 119.781,52 euros corresponden al año 2005 y 19.000 euros al año 2006, según acuerdo de la Junta de Contratación de 9 de febrero de 2005.

    De los estudios realizados se desprende que es necesario reparar la totalidad de la cubierta para restituir las condiciones de seguridad adecuadas y elevar la propuesta de tramitación del expediente de contratación por el procedimiento de urgencia.

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