Referencia del Consejo de Ministros

7.3.2003

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PROYECTOS DE LEYES

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY General de Telecomunicaciones.

REALES DECRETOS

PRESIDENCIA

REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de ayudas y resarcimientos a las víctimas de delitos de terrorismo.

REAL DECRETO sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción.

REAL DECRETO por el que se establecen los métodos de muestreo para el control de residuos de plaguicidas en los productos de origen vegetal y animal.

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 810/1999, de 14 de mayo, por el que se crea la Comisión Interministerial para Coordinar Planes de Ayuda Humanitaria en el Exterior.

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

REAL DECRETO por el que se regula el Registro estatal de centros docentes no universitarios.

REAL DECRETO por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales.

REAL DECRETO por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Animación Turística.

REAL DECRETO por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Óptica de Anteojería.

REAL DECRETO por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Audioprótesis.

REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, de la Facultad de Psicología y Ciencias de la Educación y del Deporte Blanquerna, de la Universidad Ramón Llull, de Barcelona.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Arquitecto Técnico, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de San Sebastián, de la Universidad del País Vasco.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Ingeniero Geólogo (2.º ciclo), de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, de la Universidad Politécnica de Valencia.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Antropología Social y Cultural, de la Facultad de Filosofía, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y se autoriza la impartición de las correspondientes enseñanzas.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

REAL DECRETO por el que se establece la duración de los plazos para la resolución de los procedimientos administrativos para el reconocimiento de prestaciones en materia de Seguridad Social.

REAL DECRETO por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social a los deportistas profesionales.

SANIDAD Y CONSUMO

REAL DECRETO relativo a la utilización de determinados derivados epoxídicos en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.

REAL DECRETO por el que se establecen los métodos de toma de muestras y de análisis para el control oficial del contenido de ocratoxina A en cereales y uvas pasas.

ACUERDOS

ASUNTOS EXTERIORES

ACUERDO por el que se autorizan las Declaraciones previstas en los artículos 5.1, 20.1, 20.6, 21.1, párrafo 2, y 21.1, párrafo 5, del Convenio celebrado sobre la base del artículo K3 de la Unión Europea relativo a la asistencia mutua y a la cooperación entre las administraciones aduaneras, firmado en Bruselas el 18 de diciembre de 1997, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se toma conocimiento del Acuerdo Multilateral M-129, relativo a la aprobación de la homologación de tipo de vehículo que deroga determinadas disposiciones de los anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.

JUSTICIA

ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Francia la extradición activa de Manuel Pérez Martínez por delito de estragos terroristas.

FOMENTO

ACUERDO por el que se fijan los tipos de interés efectivo aplicables a los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los convenios suscritos con el Ministerio de Fomento o Ministerios precursores, para financiar actuaciones protegibles de los Programas de 1993 y 1997 de los Planes de Vivienda 1992-1995 y 1996-1999.

ACUERDO por el que se modifica el tipo de interés efectivo anual vigente para los préstamos cualificados concedidos o que se concedan en el ámbito del Plan 2002-2005.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, tramo: Puebla Larga-Alzira, (tramo: Xàtiva-Valencia, subtramo II, sección 2.ª), longitud: 6,5 km", con un presupuesto estimado de 28.574.468,26 euros (Valencia).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto constructivo de la línea de alta velocidad Madrid-Levante, acceso a la Región de Murcia, tramo: Elche-Murcia, subtramo: acceso a la ciudad de Murcia, plataforma y vía", con un presupuesto estimado de 64.149.968,58 euros (Murcia).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 3.861.860,33 euros, necesarias para mejorar las condiciones de vialidad en el túnel del Alto Aragón (Monrepós nº 1) sito en el punto kilométrico 595,801 de la CN-330 (Alicante-Francia por Zaragoza), término municipal de Arguis (Huesca).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 786.580,84 euros, necesarias para la rehabilitación del firme en los puntos kilométricos 331 al 333,70 (margen derecha) y 341 al 343,50 (margen izquierda) de la CN-IV (autovía de Andalucía), términos municipales de Marmolejo y Lopera (Jaén).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 3.457.620,69 euros, necesarias para la reparación y consolidación de la CN-322 (Córdoba-Valencia), tramos: punto kilométrico 122,450 al punto kilométrico 122,800 y punto kilométrico 123 al punto kilométrico 123,480, variante de Linares, término municipal de Linares (Jaén).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 167.000 euros, necesarias para la reparación de los daños causados por un desprendimiento rocoso en el punto kilométrico 406,9 de la CN-260 (eje pirenaico), término municipal de Foradada del Toscar (Huesca).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 2.994.235,66 euros, necesarias para la estabilización de laderas en Covas, entre los puntos kilométricos 438,200 y 439,250 de la CN-120 (Logroño-Vigo), término municipal de O Pereiro de Aguiar (Ourense).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 519.123 euros, necesarias para la rehabilitación del puente sobre el río Vélez, situado junto al punto kilométrico 269,2 de la N-340a (antigua carretera de Cádiz y Gibraltar a Barcelona), Málaga.

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 1.924.602,01 euros, necesarias para mejorar las condiciones de vialidad en los túneles de acceso a la A-6 (autopista del Noroeste) por Piedrafita, el de Neira en la A-6, el de Montefurado en la N-120 (Logroño-Vigo) y el de Porteliña en la N-VI (Madrid-A Coruña), términos municipales de Villafranca del Bierzo, Trabadelo, Pedrafita do Cebreiro, As Nogais, Baralla, Quiroga y Becerreá (León y Lugo).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 2.670.706,61 euros, necesarias para mejorar las condiciones de vialidad y seguridad en los túneles de San Juan, en la autovía A-7 (autopista del Mediterráneo), términos municipales de Sant Joan d''Alacant y Mutxamel (Alicante).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 454.756,96 euros, necesarias para la reparación del firme entre los puntos kilométricos 551 y 586,80, ambas calzadas, de la N-II (Madrid-Francia por Barcelona), términos municipales de Martorell e Igualada (Barcelona).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 374.486,54 euros, necesarias para la rehabilitación del paso inferior existente bajo el punto kilométrico 450 de la autovía de Andalucía (N-IV), término municipal de Écija (Sevilla).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 5.200.000 euros, necesarias para la mejora de la seguridad vial mediante la implantación de un tercer carril entre los puntos kilométricos 11 y 19,4 de la CN-401 (Madrid-Ciudad Real, por Toledo), términos municipales de Getafe, Fuenlabrada y Parla (Madrid).

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

ACUERDO por el que se formalizan, de conformidad con lo establecido en el artículo 153.2 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, los compromisos financieros resultantes, para la Administración General del Estado, de la aprobación por la Conferencia Sectorial para Asuntos Laborales, en su reunión de 19 de diciembre de 2002, de los criterios objetivos de distribución para el año 2003 de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas referidos a competencias asumidas por las comunidades autónomas.

ACUERDO por el que se aprueba el IV Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

SANIDAD Y CONSUMO

ACUERDO por el que se establecen las cuantías por la contribución española a organismos internacionales para el año 2003 en el ámbito del Ministerio de Sanidad y Consumo, por importe global estimado de 542.268,26 euros.

MEDIO AMBIENTE

ACUERDO por el que se autoriza a la Confederación Hidrográfica del Norte la celebración del contrato de las obras correspondientes al proyecto de acondicionamiento hidráulico del río Mero entre la presa de Cecebre y su desembocadura en la ría de O Burgo (A Coruña).

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ACUERDO por el que se autoriza al Consejo Superior de Investigaciones Científicas para la creación y participación en la sociedad mercantil "Biopolis, S.L.", bajo la figura jurídica de sociedad de responsabilidad limitada.

ACUERDOS DE PERSONAL

DEFENSA

REAL DECRETO por el que se nombra Inspector General del Ejército de Tierra al Teniente General del Cuerpo General de las Armas D. FRANCISCO BOYERO DELGADO.

HACIENDA

REAL DECRETO por el que se nombra Secretario de Estado de Presupuestos y Gastos a D. RICARDO LORENZO MARTÍNEZ RICO.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

REAL DECRETO por el que se nombra Directora General del Instituto de la Mujer a Dª MIRIAM TEY DE SALVADOR.

Trabajo y Asuntos Sociales

PROYECTO DE LEY DEL FONDO DE RESERVA

DE LA SEGURIDAD SOCIAL

  • Este Fondo, destinado en exclusiva al pago de pensiones, cuenta ya con casi 7.448 millones de euros.

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley que regula el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que ayuda a garantizar el sistema público de pensiones.

Con esta norma, que da garantía jurídica al Fondo de Reserva de las pensiones creado hace tres años, el Gobierno fija por primera vez por Ley la composición de este Fondo. También se regula su dotación, que será acordada por el Consejo de Ministros como mínimo una vez cada año a propuesta de los titulares de Trabajo y Asuntos Sociales, Hacienda y Economía.

Se crea, además, el Comité de Gestión del Fondo de Reserva que controlará la gestión del mismo y se constituye una Comisión de Seguimiento en la que tendrán cabida representantes de las principales organizaciones sindicales y empresariales.

El Proyecto de Ley aprobado hoy determina que la dotación del Fondo de Reserva se efectuará con cargo a los excedentes de ingresos que financian las prestaciones de carácter contributivo y los gastos de gestión de las mismas, siempre que las posibilidades económicas y la situación financiera del Sistema de la Seguridad Social lo permitan.

Además, la norma establece que las materializaciones, inversiones, reinversiones, desinversiones y demás operaciones de adquisición, disposición y gestión de los activos financieros del Fondo de Reserva de la Seguridad Social correspondientes a cada año tendrán carácter extrapresupuestario y se imputarán al Presupuesto de la Seguridad Social.

Fondo exclusivo para pensiones

En la norma se ponen límites a la disposición de los activos de este Fondo, tanto en lo que se refiere a la cantidad a gastar como al destino que se le ha de dar, garantizando que sólo se podrá destinar a atender pagos de pensiones contributivas.

Sobre este punto, la norma establece que la disposición de los activos del citado Fondo para la financiación de las prestaciones contributivas y los gastos necesarios para su gestión no podrá exceder del 3 por 100 anual de la suma de ambos conceptos.

Para disponer de los fondos se necesitará, además, la autorización previa del Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales, Hacienda y Economía.

Los valores que han de constituir la cartera del Fondo de Reserva, grados de liquidez de la misma, venta de activos financieros y otros actos de gestión financiera y contable, se determinarán por las normas reglamentarias que se dicten en desarrollo de esta Ley.

Control de la gestión

Finalmente, el Comité de Gestión del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que se crea a través de esta Ley, será el encargado de ejercer el control superior de la gestión del Fondo.

Este Comité tendrá las funciones de formular propuestas de ordenación, asesoramiento, selección de los valores que han de constituir la cartera del Fondo, venta de activos y otras actuaciones que los mercados financieros aconsejen.

Este Comité asume también la función de elaborar el informe que se presentará al Parlamento sobre la evolución del Fondo de Reserva.

El Fondo de Reserva cuenta ya con 7.448 millones de euros

El Fondo de Reserva de la Seguridad Social cuenta a día de hoy con 7.447.920.450 euros, una cifra que representa casi el doble de la nómina de un mes de pensiones contributivas (4.228,8 millones de euros).

La mayor parte de esta cifra, 7.181 millones de euros, corresponden a las distintas dotaciones presupuestarias realizadas en 2000, 2001 y 2002 y a la prevista inicialmente para 2003. El resto, 266,9 millones de euros, corresponden a los rendimientos obtenidos por la inversión del Fondo en activos financieros públicos.

En la actualidad, cerca del 80 por 100 del Fondo de Reserva se encuentra invertido en activos financieros públicos depositados en el Banco de España que es, además, el encargado de su adquisición.

Trabajo y Asuntos Sociales

IV PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

ENTRE MUJERES Y HOMBRES (2003-2006)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana, el IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, que se desarrollará desde 2003 a 2006, y que tiene como principal objetivo continuar con políticas específicas que aseguren la igualdad real y efectiva de oportunidades en todos los ámbitos y niveles.

El IV Plan para la Igualdad de Oportunidades tiene en cuenta los compromisos adquiridos por España en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, celebrada en Pekín en 1995. También está basado en las directrices marcadas por la Estrategia Marco Comunitaria sobre la Igualdad entre hombres y mujeres (2001-2005), que tiene como objetivo fundamental introducir la dimensión de la igualdad de oportunidades en todas las políticas y acciones realizadas en el ámbito comunitario y en los Estados miembros, lo que se denomina "mainstreaming".

Para su elaboración, se ha consultado a las comunidades autónomas, las organizaciones sindicales y a las organizaciones no gubernamentales integradas en el Consejo Rector del Instituto de la Mujer.

El Plan contempla un total de 168 líneas de acción, agrupadas en ocho áreas estratégicas, a través de las cuales se desarrollan y definen una serie de medidas específicas dirigidas a combatir las discriminaciones todavía existentes, así como a aumentar la presencia de las mujeres en aquellos ámbitos de la vida social en los que, todavía, están insuficientemente representadas.

La puesta en marcha de este Plan se inspirará en dos principios fundamentales:

  • El de "mainstreaming", que consiste en promover la defensa y garantía del principio de igualdad entre hombres y mujeres en todas las actividades y políticas, a todos los niveles, y evaluando sus posibles efectos.
  • El de cooperación, lo más estrecha posible, entre todos los agentes implicados en la defensa y garantía de la igualdad de oportunidades: Administraciones Públicas, agentes sociales, ONG´s y sociedad, en general.

Las medidas específicas que se contemplan en el Plan de Igualdad serán asumidas por los diversos Ministerios por sus Presupuestos propios y dentro de los escenarios presupuestarios plurianuales. Estas medidas se articulan en ocho áreas prioritarias:

  1. Introducción de la perspectiva de género en las políticas públicas: se proponen actuaciones destinadas a intensificar la cooperación con las Administraciones Públicas e Instrucciones de carácter privado, con el fin de introducir el principio de "mainstreaming" en todas las políticas, planes y estrategias que se diseñen.
  2. Igualdad entre mujeres y hombres en la vida económica: contiene iniciativas para seguir fomentando la participación de las mujeres en el mercado laboral, la promoción de la mujer como empresaria y la eliminación de las barreras que dificultan las mismas condiciones laborales para mujeres y hombres.
  3. Participación en la toma de decisiones: comprende medidas para impulsar la presencia de las mujeres en la toma de decisiones en la política, la economía y la sociedad, así como fomentar la promoción profesional de las mujeres en las Administraciones Públicas.
  4. Promoción de la calidad de vida de las mujeres: incluye iniciativas dentro del ámbito de la salud, la educación y de la cultura, así como medidas para la prevención y erradicación de la pobreza y la exclusión social de las mujeres.
  5. Fomento de la igualdad en la vida civil: incluye las políticas relativas a la lucha contra la violencia de género, así como el fomento de la participación con las ONG para desarrollar programas de igualdad de genero.
  6. Transmisión de valores y actitudes igualitarias: comprende medidas que inciden en el desarrollo de valores y prácticas que fundamenten la igualdad, y que eliminen estereotipos en medios de comunicación y publicidad.
  7. Conciliación de la vida familiar y laboral: con importantes iniciativas para continuar logrando un mayor equilibrio entre hombres y mujeres a la hora de compatibilizar las actividades que desarrollan en los dos ámbitos.
  8. Cooperación: se recogen los objetivos de fomentar la cooperación con las administraciones públicas e instituciones públicas y privadas, así como de reforzar la participación española en organismos internacional y de impulsar la cooperación al desarrollo con las ONG y otras instituciones, como la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Introducción de la perspectiva de genero en las políticas públicas

El IV Plan para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres pretende ahondar en el desarrollo del principio del "mainstreaming" (promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en todas las actividades y políticas) estableciendo una serie de actuaciones articuladas en torno a un objetivo: cooperar con las administraciones públicas e instituciones para introducir la perspectiva de género en todas las políticas, planes y estrategias.

Para ello, se llevaran a cabo, entre otras muchas, las siguientes iniciativas:

  • Mejorar las estadísticas oficiales, de manera que permitan analizar los datos a un nivel de desagregación lo más detallado posible, según la variable sexo
  • Impulsar el reconocimiento oficial del título profesional de agentes de igualdad
  • Actuaciones concretas dirigidas a introducir la perspectiva de género en sectores específicos de la actuación administrativa, como pueden ser los Presupuestos Generales del Estado, los Comités de Seguimiento de los Fondos Estructurales de la Unión Europea o la actuación del Defensor del Pueblo.

Igualdad entre hombres y mujeres en la vida económica:

Aunque en los últimos años la incorporación de las mujeres al mundo laboral se ha acelerado de forma importante, los datos también demuestran cómo la situación actual, a pesar del avance que se han producido, dista mucho de considerarse plenamente igualitaria en relación a los varones.

Por eso, el IV Plan de Igualdad propone una serie de actuaciones enmarcadas en los siguientes objetivos:

  • Seguir impulsando la incorporación, permanencia y promoción de las mujeres en el mercado laboral.
  • Continuar promoviendo el espíritu emprendedor y la actividad empresaria de las mujeres
  • Eliminar las barreras que impidan o dificulten el acceso y permanencia de las mujeres en el mercado laboral, en igualdad de condiciones que los hombres, estableciendo, entre otras, diversas acciones dirigidas a prevenir y perseguir el acoso sexual en el trabajo, así como a eliminar las diferencias salariales entre hombres y mujeres.

Entre las actuaciones e iniciativas más importantes, dentro de esta área, destacan las siguientes:

  • Incorporar la definición de los conceptos de discriminación directa e indirecta en la legislación laboral
  • Establecer como prioridad en las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social las dirigidas a erradicar cualquier discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, con especial atención a la discriminación salarial y el acoso sexual
  • Analizar los sistemas de valoración de los puestos de trabajo y la clasificación profesional de los mismos con criterios neutros, para que se aplique el principio de igualdad retributiva para trabajos de igual valor
  • Estudiar la estructura del salario en los convenios colectivos, para actuar sobre aquellos componentes que producen diferencias salariales entre mujeres y hombres
  • Incluir la definición de acoso sexual en la normativa laboral y su consideración como riesgo laboral específico
  • Proponer el endurecimiento de las penas y sanciones relacionadas con el acoso sexual en el trabajo
  • Impartir cursos de formación para mujeres en los nuevos sectores de empleo, especialmente jóvenes, mayores de 45 y mujeres con discapacidad
  • Colaborar con instituciones financieras para la concesión de microcréditos y otras líneas de financiación para la puesta en marcha o la expansión de empresas creadas por mujeres
  • Conceder incentivos a mujeres empresarias para la consolidación de pequeñas empresas
  • Impulsar medidas dirigidas a favorecer el acceso de mujeres a empleo en sectores donde se encuentran infrarepresentadas
  • Colaborar con los agentes sociales y económicos para que en sus planes de formación permanente introduzcan estrategias de negociación que permitan la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en los convenios colectivos
  • Crear una bolsa de empleo a través de Internet para el intercambio interactivo de ofertas y demandas de trabajo para mujeres
  • Ofrecer oportunidades de empleo y autoempleo a las mujeres rurales a través de la formación, asesoramiento y mantenimiento en redes comerciales de productos y servicios generados por ellas
  • Apoyar la puesta en marcha de proyectos empresariales, sociedades laborales y cooperativas de mujeres, priorizando los proyectos innovadores en sectores emergentes

Participación en la toma de decisiones:

Durante las últimas décadas, la mujer se ha ido incorporando, cada vez en mayor medida, a todas las esferas sociales (educación, trabajo, política, etc). Sin embargo, todavía existen barreras para que las mujeres puedan acceder a puestos de alta responsabilidad. Las actuaciones enmarcadas en esta área están encaminadas a la consecución de los siguientes objetivos:

  • Impulsar acciones positivas que equilibren la participación de mujeres y hombres en la toma de decisiones políticas
  • Desarrollar acciones que garanticen la igualdad de acceso y plena participación de las mujeres en las estructuras de poder y toma de decisiones en todos los ámbitos sociales, económicos y culturales
  • Fomentar la promoción profesional de las Mujeres en las Administraciones Públicas

Las iniciativas más destacadas que se contemplan en esta área son, entre otras, las siguientes:

  • Investigar sobre las causas que impiden o dificultan el acceso de las mujeres a puestos de decisión en los distintos ámbitos
  • Impulsar la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los comités y grupos de personas expertas creados por la Administración General del Estado
  • Impulsar la carrera docente de las mujeres en la universidad mediante ayudas para la realización de trabajos de investigación
  • Promover que los agentes sociales y económicos fomenten una mayor participación de las mujeres en sus organizaciones y en sus órganos de decisión
  • Fomentar una participación igualitaria de mujeres y hombres en la elaboración de las plataformas de negociación y en las mesas negociadoras de convenios colectivos
  • Impulsar la presencia equilibrada de ambos sexos en los tribunales de selección y promoción de la Administración, incluidos los referentes a la docencia

Promoción de la calidad de vida de las mujeres:

El Plan introduce también una serie de actuaciones que persiguen la promoción de la calidad de vida de las mujeres, con los siguientes objetivos básicos:

  • Contribuir a la mejora de la salud de las mujeres durante todo su ciclo vital
  • Desarrollar iniciativas educativas y culturales que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
  • Favorecer la inclusión social de las mujeres que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad
  • Promover la igualdad de acceso a la protección social, entre otras cosas, mejorando las condiciones de cotización exigibles en el sistema de Seguridad Social en relación con las prestaciones por maternidad y lactancia

Las medidas más destacadas, dentro de esta área estratégica, son las siguientes:

  • Suprimir el requisito de acreditar un período mínimo de cotización para generar el derecho a la prestación por maternidad durante el período obligatorio de descanso para la madre. Es decir, en la actualidad, para obtener la prestación por maternidad, se exige como requisito estar de alta en la Seguridad Social y haber cotizado, al menos, 180 días en los cinco años anteriores a ser madre. A partir de la puesta en marcha de esta iniciativa, se extiende la prestación por maternidad a más mujeres trabajadoras, ya que se eliminaría el requisito de la cotización mínima de 180 días, lo que daría derecho a esa mujer a una prestación por maternidad durante el período de descanso obligatorio para la madre (seis semanas).
  • Estudiar, en el ámbito de la Seguridad Social, la posibilidad de que a las mujeres trabajadoras se les reconozca como período de cotización efectiva al menos un año por cada hija o hijo.
  • Estudiar la posibilidad de considerar, como período de cotización efectiva, el segundo año de excedencia para el cuidado de hijos e hijas
  • Extender la protección prevista para el supuesto de riesgo durante el embarazo al período de lactancia natural.
  • Proponer la equiparación de la prestación económica de riesgo durante el embarazo (el 75 por ciento de la base reguladora) a la prestación por maternidad en el sistema de Seguridad Social (el 100 por cien de la base reguladora)
  • Promover la creación de titulaciones universitarias sobre igualdad de género
  • Potenciar los centros de información sobre derechos de las mujeres
  • Crear mecanismos que faciliten la integración de mujeres inmigrantes

Fomento en la igualdad en la vida civil

Por otro lado, el IV Plan de Igualdad de Oportunidades aborda también la lucha contra la violencia doméstica, así como actuaciones frente a otro tipo de abusos que afectan a las mujeres, como las redes de tráfico de mujeres, la explotación sexual o la mutilación genital. En este sentido, se contemplan una serie de iniciativas enmarcadas en los siguientes objetivos:

  • Proceder al seguimiento y difusión de la legislación y jurisprudencia nacional y europea, en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
  • Continuar desarrollando políticas activas para erradicar la violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones: tráfico de mujeres y niñas, violencia doméstica, mutilación genital, etc
  • Fomentar la participación y colaboración con las ONG de mujeres

Entre las medidas más importantes contempladas en esta área, destacan las siguientes:

  • Estudiar, con el Consejo General del Poder Judicial, la creación de un Registro Nacional de Medidas contra la Violencia Doméstica
  • Elaborar una Carta de derechos y medidas sociales mínimas de las mujeres maltratadas
  • Buscar fórmulas que hagan posible el tratamiento conjunto de las causas judiciales de un mismo agresor
  • Estudiar la posibilidad de establecer, en el ordenamiento jurídico penal, la aplicación del principio de extraterritorialidad, para perseguir y castigar las prácticas de mutilación genital
  • Seguir potenciando la participación de las ONG de mujeres e interlocutores sociales en los proyectos relativos a la igualdad de oportunidades.
  • Seguir prestando asistencia técnica y económica a aquellas que realizan trabajos a favor de las mujeres y formar a las personas responsables de esas ONG sobre la gestión de las entidades sin ánimo de lucro, entre otras iniciativas.

Transmisión de valores y actitudes igualitarias:

El Plan tiene en cuenta también la importancia que tiene la difusión de los valores relacionados con la igualdad a través de la educación, los medios de comunicación y la publicidad, para sentar bases de comportamientos que eviten, en la edad adulta, estereotipos de género.

Dentro de esta área, dedicada genéricamente a la transmisión de valores y actitudes igualitarias, el IV Plan de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres propone, como objetivos prioritarios, los siguientes:

  • Promover y difundir los valores y prácticas en los que se fundamenta la igualdad entre mujeres y hombres
  • Evitar una imagen estereotipada y sexista de las mujeres en los medios de comunicación y la publicidad

Entre las medidas más importantes en esta área, se puede destacar:

  • Llevar a cabo estudios sobre la transmisión de estereotipos sexistas a través de los libros de texto, publicidad, medios de comunicación y otros materiales didácticos y videojuegos, y proponer medidas concretas para su erradicación
  • Desarrollar seminarios, foros y cursos para el profesorado de Educación infantil, Primaria y Secundaria y Personas Adultas, dirigidos al fomento de actitudes y prácticas, que favorezca la igualdad de oportunidades
  • Promover instrumentos para la corrección del lenguaje sexista y elaborar propuestas para las nuevas ediciones del Diccionario de la Lengua Española
  • Elaborar una Guía de Buenas Prácticas dirigida a los medios de comunicación, que incluya recomendaciones para evitar el tratamiento sexista de la información
  • Convocar un premio anual para los mensajes publicitarios que se hayan distinguido en el tratamiento igualitario de la imagen de la mujer y/o en la eliminación de estereotipos sexistas

Conciliación de la vida familiar y laboral

La creciente incorporación de las mujeres al mercado laboral hace necesario configurar un sistema que contemple las nuevas relaciones surgidas, y un nuevo modo de cooperación entre mujeres y hombres que permita un reparto equilibrado de responsabilidades en la vida profesional y en la privada. Por eso, entre los objetivos fundamentales de esta área del Plan, figuran los siguientes:

  • Seguir impulsando cambios normativos que faciliten la compatibilidad de la vida laboral y familiar y realizar un seguimiento de resultados de las medidas legislativas ya implantadas
  • Seguir impulsando otras medidas que faciliten la conciliación de vida laboral y familiar

Las iniciativas más destacadas contempladas en esta área del IV Plan de Igualdad de Oportunidades son las siguientes:

  • Incentivar a las empresas que establezcan planes de acción que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral
  • Promover que el acceso de trabajadoras y trabajadores a la formación continua se realice, parcialmente, en horario laboral
  • Incrementar las plazas de escuelas o centros de educación infantil para la atención de menores de 0 a 3 años
  • Fomentar la creación de guarderías por las propias empresas, procurando que se establezcan en los entornos más próximos a los centros de trabajo
  • Aumentar los servicios de atención a las personas dependientes

Cooperación

El desarrollo de una política de igualdad de oportunidades, si se quiere que sea realmente eficaz, no puede hacerse sin contar con la colaboración de las distintas administraciones público y las ONG, ni carecer de la adecuada coordinación con los organismos internacionales que trabajan a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Por eso, dentro del último apartado del IV Plan para la igualdad de oportunidades se plantean una serie de actuaciones dirigidas a la consecución de los siguientes objetivos:

  • Fomentar la cooperación con comunidades autónomas, Federación Española de Municipios y provincias y corporaciones locales
  • Reforzar la presencia y la participación española en los organismos internacionales, tanto comunitarios como extracomunitarios
  • Fomentar la cooperación al desarrollo con las ONG y otras instituciones

Alguna de las iniciativas más importantes contempladas en esta área son:

  • Seguir reforzando y afianzando los mecanismos de colaboración con los organismos de igualdad de las comunidades autónomas y corporaciones locales, para desarrollar programas conjuntos y ampliar servicios a favor de las mujeres
  • Promover la participación de expertas españolas en los comités y grupos de trabajo de los organismos internacionales
  • Continuar la formación de expertas en género y desarrollo, promoviendo nuevas líneas de trabajo
  • Apoyar proyectos de ONG que se realicen en el ámbito de las áreas geográficas de actuación preferente de la cooperación española

Ciencia y Tecnología

PROYECTO DE LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES

  • Se consolida el sector tras la liberalización y se incorpora la nueva normativa comunitaria.
  • Cualquier empresa podrá actuar como operador sin necesidad de obtener una autorización administrativa para ello.
  • Nuevos derechos para el abonado: derecho a impedir la identificación de llamada y derecho a no recibir publicidad mediante llamadas automáticas, fax o correo electrónico.

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, que tiene como finalidad profundizar en las medidas aperturistas, consolidando así un mercado de las telecomunicaciones en libre competencia en nuestro país, que se inició el 1 de diciembre de 1998. Además, se va a incorporar al ordenamiento jurídico español la nueva normativa aprobada por la Unión Europea en marzo de 2002.

La nueva regulación, por lo tanto, persigue consolidar el sector de las telecomunicaciones, lo que redunda en unas ventajas indudables para los usuarios, tanto porque abre aún más la posibilidad de elección de operador, como porque va a permitir mejorar las condiciones económicas y de calidad de los servicios.

En términos generales, se ha procurado una simplificación del contenido de la Ley, de modo que ésta se ha limitado a establecer los principios básicos para que sean posteriormente desarrollados mediante Reglamento los aspectos concretos. De hecho, la nueva Ley General presenta 57 artículos, frente a los 85 que tiene la Ley vigente.

Las principales novedades contenidas en la Ley General de Telecomunicaciones son las siguientes:

1. Simplificación de trámites administrativos

Con la nueva Ley, cualquier empresa podrá actuar como operador en el mercado, con sólo comunicarlo con carácter previo a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) sin necesidad de obtener una autorización administrativa para ello, tal y como se requería hasta ahora.

Desde el momento en que sea notificada la intención de actuar como operador, dicha empresa podrá comenzar a prestar sus servicios o establecer su red.

2. Vigilancia de la libre competencia

La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones analizará periódicamente los diversos mercados de telecomunicaciones, detectando los sectores en que no exista una competencia efectiva. Dicho organismo podrá imponer obligaciones específicas para favorecer la competencia a los operadores con posición de dominio, que pasarán a denominarse "operadores con poder significativo en el mercado".

Entre las obligaciones de estos operadores destacan las de interconexión y acceso, es decir, el operador dominante deberá poner su red pública a disposición de otros operadores en condiciones de orientación a costes, transparencia, no-discriminación y control de precios. Estas obligaciones ya existen en la legislación actual, si bien en el proyecto de Ley se establece un sistema más ágil y flexible para que la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones pueda imponer, modificar o suprimir todas o algunas de ellas.

3. Derechos e intereses de los usuarios

Se recogen derechos nuevos para los usuarios, como el derecho a impedir mediante un procedimiento sencillo y gratuito la identificación de llamada y el derecho a no recibir publicidad mediante llamadas automáticas, mensajes de fax o correo electrónico, salvo que el usuario manifieste su consentimiento.

Se mantiene el concepto de "servicio universal" como derecho de todos los ciudadanos de recibir acceso telefónico a un precio asequible, con independencia de su localización geográfica. Además, a este derecho se ha añadido el de acceso funcional a Internet, que se ha incluido en la normativa comunitaria. Este nuevo derecho ya se encuentra en vigor en España a través del plan de sustitución de las líneas de telefonía rural por líneas con acceso a Internet, que ha desarrollado el Gobierno.

Otros derechos de los usuarios se han ampliado, como el derecho a elegir el medio de pago para el abono de los servicios; el derecho del usuario a resolver anticipadamente sin penalización el contrato cuando se modifiquen las condiciones contractuales o el derecho a recibir información comparable y actualizada

acerca de la calidad del servicio.

Se elevan a rango legal determinados aspectos, como las tarifas especiales de servicio telefónico para personas con necesidades sociales o la garantía de posibilidad de elección de operador para los discapacitados.

4.

Garantías para los operadores

La normativa comunitaria establece unas garantías de obligado cumplimiento por todas las Administraciones Públicas en sus relaciones con los operadores. Particularmente importante es el derecho de éstos a ocupar el dominio público para el despliegue de sus redes. En el Proyecto de Ley se recogen los principios que deberán respetarse, entre los que destaca el principio de publicidad de todas las normas que regulen la asignación del derecho de uso del dominio público a los operadores.

Del mismo modo, las tasas económicas para los operadores seguirán los criterios fijados por la normativa comunitaria de proporcionalidad, transparencia y justificación. Con esto se persigue evitar que unas tasas con cuantías excesivamente altas puedan desincentivar la entrada en el mercado de nuevos operadores.

En cuanto al uso de las frecuencias, se mantiene básicamente la regulación vigente, si bien se establece que mediante Reglamento se podrá permitir la transmisión de los derechos de uso de las mismas.

6. Régimen sancionador

La disminución de la intervención administrativa que supone la no necesidad de obtener una autorización previa implica la necesidad de un régimen sancionador más estricto. De este modo, se introducen infracciones por el incumplimiento de los límites de emisiones en las antenas. Aparte de las sanciones económicas, se prevé la posible inhabilitación del operador que cometa una infracción y la retirada del mercado de equipos y aparatos que incumplan los requisitos esenciales.

Por el mismo motivo, se elevan las sanciones que podrán exigirse a los operadores. En concreto, las infracciones muy graves relativas al incumplimiento de las instrucciones de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones para mercados de referencia y operadores con poder significativo en el mercado, serán sancionadas con multas de hasta veinte millones de euros; para el resto de las infracciones muy graves, las sanciones serán de hasta dos millones de euros. Por su parte, las infracciones graves conllevarán una sanción de hasta 500.000 euros.

Además, se introduce una nueva multa de 60.000 euros a los representantes legales o a las personas que integran los órganos directivos que hayan intervenido en las infracciones cometidas por sus empresas.

7. Clarificación del reparto de competencias

Ante la existencia de varios órganos con competencia en materia de telecomunicaciones, se ha procurado una delimitación clara del ámbito competencial de cada uno de ellos. En este sentido, en el Proyecto de Ley se establece que el Ministerio de Ciencia y Tecnología tendrá competencias en aspectos relativos al servicio público, la protección de los usuarios y el dominio público (como las frecuencias, que tienen tal consideración) y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones se encargará de lo relativo al mercado en libre competencia y a las relaciones entre los operadores.

8. La CMT, regulada por la nueva ley

Con el fin de evitar la dispersión normativa se deroga la Ley de Liberalización de las Telecomunicaciones de 24 de abril de 1997, que regulaba la composición, naturaleza, organización y funciones de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Por tanto, este órgano quedará regulado por la nueva Ley General de Telecomunicaciones.

Como conclusión de todo ello, se trata de un texto que aportará al sector una consolidación del mercado en libre competencia, una simplificación de trámites administrativos para los operadores y una mayor protección de los derechos de los usuarios y de las garantías de las empresas que actúen en el sector.

Interior

MEJORADAS Y AMPLIADAS LAS AYUDAS

A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO

  • Se contemplan por primera vez ayudas sobre daños en locales de partidos, sindicatos y organizaciones sociales.
  • Se introduce el resarcimiento sobre viviendas no habituales y se amplían a los daños en vehículos.
  • También se abonarán los gastos por prótesis e intervenciones quirúrgicas.

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Reglamento de ayudas y resarcimientos a las víctimas del terrorismo que mejora y amplía el catálogo ya existente. El Reglamento, que unifica todas las normas dispersas en un único texto, señala que el Estado resarcirá los daños corporales, los gastos en razón de tratamiento médico y los daños materiales causados como consecuencia de delitos de terrorismo.

En concreto, se introducen por primera vez como resarcibles los gastos por prótesis e intervenciones quirúrgicas y se establecen, también por primera vez, ayudas sobre daños causados en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales.

También se contempla como novedad el resarcimiento por daños en viviendas no habituales en un 50 por 100, y con un límite de 90.151 euros. En lo que se refiere a ayudas extraordinarias, se incluyen los perjuicios económicos causados a personas que, habiendo sido objeto de amenazas, sufren ataques en sus bienes o propiedades.

Asimismo, se amplía del cincuenta al cien por cien el resarcimiento por daños materiales en establecimientos mercantiles o industriales, también con un límite de 90.151 euros, y se modifica igualmente la cuantía de los daños ocasionados por actos terroristas en vehículos particulares, de transporte o mercancías, con un límite de 21.035 euros.

Ayudas de estudio

Además, se establecen ayudas de estudio cuando como consecuencia de un acto terrorista, se produzcan en el estudiante, sus padres o tutores daños personales de especial trascendencia o que los inhabiliten para el ejercicio de su profesión habitual.

El Reglamento también posibilita la concesión de anticipos a cuenta de las ayudas extraordinarias, gastos de asistencia médica, traslados de afectados y alojamientos provisionales en los supuestos de perentoria necesidad.

En lo que se refiere a las subvenciones, se especifica en el nuevo Reglamento más su objeto respecto a normas anteriores al hablarse de asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro.

Simplificación del procedimiento

El nuevo texto, asimismo, flexibiliza y simplifica aún más el procedimiento al no requerirse aportación documental al interesado para probar hechos notorios o cuya acreditación consta a la Administración. Se modifican en este apartado los plazos preexistentes para resolver y notificar los procedimientos. Así, se establecen cuatro meses en caso de fallecimiento de la víctima, seis meses para el resarcimiento por lesiones, y cinco meses para gastos derivados de tratamientos médicos y ayudas de estudio, asistencia psicológica y psicopedagógica.

Una modificación de relevancia que contempla el Reglamento es la referente a las resoluciones recaídas, que pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser recurridas por la vía contenciosa o, potestativamente, en reposición. Con esta modificación se elude el recurso ante la Comisión de Ayuda y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y Contra la Libertad Sexual, con lo que se agiliza de esta manera el procedimiento.

Trabajo y Asuntos Sociales

1.700 MILLONES A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

PARA POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO

Madrid, 7 de marzo de 2003

Cerca de 1.700 millones de euros serán asignados a las Comunidades Autónomas para programas de apoyo a la creación de empleo, ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social y fomento de la economía social, según un Acuerdo aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

Con el reparto de los fondos se formalizan los compromisos financieros adoptados en la Conferencia Sectorial para Asuntos Laborales, celebrada el pasado 19 de diciembre en Madrid, sobre la distribución territorial de las subvenciones correspondientes al ejercicio económico de 2003 entre las Comunidades Autónomas que tienen transferidas esas materias.

Programas de fomento del empleo

La subvención del INEM para programas de fomento de empleo es de más de 1.674 millones de euros. Estos fondos facilitan a la Comunidades Autónomas los recursos necesarios para gestionar las políticas activas transferidas.

Para los programas de promoción de empleo se distribuirán 709,6 millones de euros. Los fondos de estos programas se destinan a planes de contratación temporal de trabajadores desempleados, a acciones de mejora de la ocupación de los demandantes de empleo, a fomento de desarrollo local e impulso de empresas calificadas con I+E, a subvenciones por contratación indefinida de minusválidos y a promoción de empleo autónomo.

Al programa del Plan de Formación e Inserción Profesional (FIP), dirigido a la formación de parados, se asignan 646,6 millones de euros.

A escuelas taller, casas de oficio y talleres de empleo la cantidad destinada es de 265,7 millones de euros.

Jubilación y empleo en cooperativas

Para ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social la Dirección General de Trabajo destina 10,5 millones de euros.

En cuanto a los programas de apoyo a la creación de empleo en cooperativas y sociedades laborales la subvención es de 13,2 millones de euros. De dicha cantidad 9,2 millones son para programas de fomento a la creación de empleo en cooperativas y sociedades laborales y el resto, 4,01 millones, para el apoyo de inversiones en el sector de la economía social.

PROGRAMAS DEPENDIENTES DE LA

SECRETARÍA GENERAL DE EMPLEO

(Fondos a transferir en millones de euros)

CC.AA.

Promoción

Empleo

Plan

FIP

EscuelasT.T.Empleo

Modernización

S.P.Empleo

Total

INEM

Total

D.Gral

Trabajo

Total

Economía

Social

TOTAL

GRAL.

Andalucía

38,58

163,66

0,00

0,00

202,24

1,37

3,24

206,85

Aragón

26,98

14,58

8,09

0,87

50,52

0,34

0,32

51,18

Asturias

34,04

21,43

13,28

2,60

71,35

0,23

0,42

72,00

I. Baleares

14,15

9,38

4,95

0,51

28,99

0,23

0,17

29,39

Canarias

50,84

36,96

22,07

6,62

116,49

0,42

0,65

117,56

Cantabria

15,16

8,32

4,68

0,51

28,67

0,13

0,16

28,96

Castilla-La Mancha

10,18

29,31

0,00

0,00

39,49

0,38

0,86

40,73

Castilla y León

60,90

39,93

23,33

2,60

126,76

0,64

0,89

128,29

Cataluña

130,63

78,62

50,34

3,67

263,26

1,83

1,33

266,42

C. Valenciana

88,89

61,54

34,88

5,44

190,75

1,11

1,54

193,40

Extremadura

24,02

24,97

24,71

6,89

80,59

0,21

0,46

81,26

Galicia

77,92

55,14

33,87

7,57

174,50

0,87

1,10

176,47

C. de Madrid

116,27

77,68

40,22

13,87

248,04

1,66

1,20

250,90

Murcia

5,83

14,83

0,00

0,00

20,66

0,26

0,80

21,72

Navarra

9,25

7,16

3,73

0,51

20,65

0,15

0,00

20,80

País Vasco

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,56

0,00

0,56

La Rioja

5,95

3,11

1,61

0,51

11,18

0,08

0,15

11,41

Ceuta y

Melilla

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,03

0,00

0,03

709,60

646,62

265,76

52,18

1.674,14

10,50

13,29

1.697,95

Trabajo y Asuntos Sociales

PLAZOS MÁXIMOS PARA EL RECONOCIMIENTO

DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la duración de los plazos para la resolución de los procedimientos administrativos para el reconocimiento de prestaciones en materia de Seguridad Social.

La norma aprobada hoy tiene como objetivo regular los plazos de duración máxima de los procedimientos administrativos para el reconocimiento de estas prestaciones. Se garantiza de este modo que no en todos los casos sea preciso considerar aplicable el plazo máximo de tres meses previsto legalmente cuando las normas reguladoras de los correspondientes procedimientos no lo fijen.

El objetivo de este Real Decreto es dar seguridad jurídica a los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos respecto a los efectos de la desestimación por silencio administrativo, los términos y plazos para interponer los recursos de reclamación previa y, por tanto, la posibilidad y el momento de acceder a la vía judicial.

Asimismo, se da cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 del artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, en el que se establece que "el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses, salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la norma comunitaria europea", mientras que el apartado 3 señala que "cuando las normas reguladoras del procedimiento no fijen el plazo máximo, este será de tres meses".

Acortamiento de los plazos

Aparte de la innegable ventaja que supone esta reglamentación para los beneficiarios, en cuanto que ahora se fijan expresamente los plazos en los que la Administración debe resolver cada procedimiento, supone una ventaja adicional, puesto que se produce un notable acortamiento de esos plazos.

Hasta ahora regía, en la mayor parte de los procedimientos de Seguridad Social, el plazo de seis meses, que es el que determina la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en defecto de plazo expreso.

Actualmente, en materia de prestaciones de Seguridad Social, sólo existe determinación expresa de plazos para el reconocimiento de las incapacidades laborales, maternidad y riesgo durante el embarazo.

Plazos máximos

Los plazos máximos de reconocimiento y resolución de los distintos procedimientos serán los siguientes:

Plazo de 180 días: Prestaciones amparadas en la normativa comunitaria europea o en normas de Convenios bilaterales, Tratados o Acuerdos internacionales.

Plazo de 135 días: Prestaciones de incapacidad permanente, sus revisiones, lesiones permanentes no invalidantes e invalidez SOVI, recargos de las prestaciones económicas en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional, y revisión de oficio de actos declarativos de derechos.

Plazo de 90 días: Pensión de jubilación en su modalidad contributiva y no contributiva y pensión de vejez SOVI, prestaciones de muerte y supervivencia y viudedad SOVI, prestaciones otorgadas por el Seguro Escolar, Pensión de invalidez en su modalidad no contributiva. Por lo que respecta al Régimen Especial del Mar: prestaciones sanitarias complementarias y reintegro de gastos por asistencia sanitaria prestada por medios ajenos a la Seguridad Social, asistencia sanitaria a trabajadores en el extranjero y abono de gastos por desplazamientos y dietas por traslado de enfermos.

Plazo de 45 días: Asignaciones económicas familiares por hijo a cargo, prestaciones económicas por nacimiento de hijo y por parto múltiple, y asistencia sanitaria en desplazamientos al extranjero.

Plazo de 30 días: Prestaciones por incapacidad temporal, maternidad, riesgo durante el embarazo y reconocimiento de prestaciones devengadas y no percibidas.

Plazo de 1 día: Asistencia sanitaria.

Trabajo y Asuntos Sociales

TODOS LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES INTEGRADOS

EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se incorpora en el régimen general de la Seguridad Social a los deportistas profesionales pendientes de integración.

De acuerdo con esta norma, los deportistas profesionales vinculados por la relación laboral de carácter especial regulada por Real Decreto de 26 de junio de 1985 se incorporarán al Régimen General de la Seguridad Social y tendrán, a partir de ahora, la protección social que se contempla en este régimen.

El objetivo de este Real Decreto es culminar la integración de todos los deportistas profesionales en el Régimen General de la Seguridad Social, logrando así su inclusión como trabajadores protegidos dentro del sistema de la Seguridad Social.

Anteriormente se habían incorporado al Régimen de la Seguridad Social diferentes grupos de deportistas. Los jugadores profesionales de fútbol se incorporaron en 1986; los ciclistas en 1991; los jugadores de baloncesto en 1993, y los jugadores de balonmano en 1997, quedando pendientes de integración otros colectivos de deportistas.

Cotización

A efectos de cotización, a los deportistas profesionales les será de aplicación lo establecido en el artículo 34 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado en diciembre de 1995. En él se prevén las normas que han de regir la cotización de los ciclistas, jugadores de baloncesto y demás deportistas profesionales, en los mismos términos que en el Régimen General de la Seguridad Social con las peculiaridades propias del colectivo protegido.

Para el cumplimiento de las obligaciones empresariales con la Seguridad Social, se considera empresarios a los clubes, entidades deportivas y organizadores de espectáculos o actividades deportivas, que son las diferentes entidades que legalmente pueden establecer una relación jurídico-laboral de carácter especial con deportistas profesionales.

Fomento

REDUCCIÓN DEL TIPO DE INTERÉS DE LOS PROGRAMAS

1993, 2002 Y 2003 DE LOS PLANES DE VIVIENDA

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha acordado reducir el tipo de interés efectivo de los préstamos cualificados concedidos en el marco de los convenios entre el Ministerio de Fomento y las entidades de crédito, correspondientes a los programas del Plan de Vivienda 2002-2003.

Asimismo, se han reducido los tipos de interés efectivos de los préstamos correspondientes a los programas de 1993 del Plan de Vivienda 1992-1995, mientras que se ha acordado mantener el mismo tipo vigente, el 4,33 por 100, del programa 1997 del Plan de Vivienda 1996-1999, una vez aplicado el correspondiente sistema de revisión.

Programa 2003: 3,96 por 100 y beneficios a más de 50.000 familias

Esta reducción es el resultado de la aplicación de las normas para revisión de los tipos de interés de dichos préstamos. El nuevo tipo aplicable a los préstamos del programa 2003 será el 3,96 por 100.

El nuevo tipo de interés será de aplicación, asimismo, sin costes para los prestatarios, a todos los préstamos ya concedidos por las entidades de crédito dentro del Programa 2002, a partir del primer vencimiento que se produzca una vez transcurrido un mes desde el día de la publicación de este acuerdo en el BOE.

Esta reducción del tipo de interés del 4,45 por 100 actualmente vigente hasta el 3,96 por 100 supondrá una disminución, aproximadamente, del 4 por 100 del pago de las cuotas de amortización de los préstamos, de la que se beneficiarán las más de 8.000 familias que ya han adquirido una vivienda protegida del Nuevo Plan de Vivienda y aquellas que en 2003 adquieran una de las más de 44.000 viviendas protegidas de nueva construcción financiadas durante el programa 2002.

Programa 2003: Reducción de tipos para más de 87.000 familias

Esta reducción para los préstamos de los programas de 1993 es el resultado de la aplicación de las normas para revisión de los tipos de interés de dichos préstamos. Dado que en 1993 existieron en diversos momentos del año dos diferentes tipos de interés, los nuevos tipos aplicables a los préstamos de 1993 serán, respectivamente, el 3,86 por 100 para préstamos que, revisados en 1998, tenían hasta el momento el 5,48 por 100, y el 4,08 por 100 para préstamos que, revisados en 1998, tenían actualmente el 5,81 por 100.

Los nuevos tipos, serán aplicables, sin costes para los prestatarios, desde el inicio de la siguiente anualidad completa de amortización.

Estas reducciones de los tipos de interés del Programa 1993 supondrán disminuciones en torno al 6 por 100 del pago de las cuotas de amortización de los préstamos, de las que se beneficiarán más de 87.000 familias entre las que adquirieron en su día una vivienda de protección oficial y las que compraron otras viviendas existentes al amparo del entonces Plan de Vivienda 1992-1995.

Educación, Cultura y Deporte

NUEVO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL

DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

  • Simplifica y abarata las inscripciones, y permite la inscripción de producciones multimedia y páginas web.

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece un nuevo Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual. Este Registro se configura como uno de los medios de protección de los derechos de propiedad intelectual.

En la actualidad se precisa un nuevo Reglamento acorde con las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas en esta materia, máxime cuando en el último año se ha acelerado profundamente el proceso de constitución de los Registros territoriales por las Comunidades Autónomas. Hasta el momento se han creado diez Registros autonómicos.

Resulta oportuno, por tanto, en el momento presente, revisar la normativa específica del funcionamiento y organización del Registro de la Propiedad Intelectual, con un triple objetivo:

  • En primer lugar, la consolidación de los Registros Territoriales como órganos descentralizados competentes en materia de inscripción registral que ejercen sus funciones con arreglo a un procedimiento unificado.
  • En segundo lugar, dar cabida a las reformas introducidas en el procedimiento administrativo común.
  • En tercer lugar, adaptar el modelo registral a la aparición y desarrollo de las nuevas tecnologías de la información.

Para cumplir estos objetivos el nuevo Reglamento flexibiliza los requisitos de acceso y consolida el carácter del Registro como un mecanismo administrativo de tutela de los derechos.

Entre las novedades más importantes de este nuevo Reglamento cabe destacar:

  • Como regla general, la exigencia de titulación pública como requisito indispensable para la inscripción en el Registro de los actos y contratos que transmitan y modifiquen los derechos de propiedad intelectual. La finalidad de esta novedad procedimental, no sólo simplifica y abarata el procedimiento para los titulares de derechos, sino que, además, se alinea con el sistema adoptado por la recientemente aprobada Ley de Marcas.
  • Referencia expresa, por primera vez, ala posibilidad de inscribir las obras o producciones multimedia y las páginas web. Dicha previsión supone un paso más en la adecuación de la propiedad intelectual al desarrollo tecnológico y a su influencia decisiva, tanto en el proceso creativo, como en la existencia de nuevos soportes digitales.

Educación, Cultura y Deporte

REGISTRO ESTATAL DE CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el Registro Estatal de Centros Docentes no universitarios.

La nueva regulación servirá para mejorar la coordinación y el intercambio de información entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades Autónomas a la hora de elaborar y mantener actualizado el citado registro de centros docentes, para lo cual se prevé la creación de una Comisión Técnica de Seguimiento en la que participarán todas las Administraciones educativas. La nueva regulación servirá también para potenciar todas las oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías en el funcionamiento y actualización del Registro.

Todos los Centros existentes en España

En el Registro Estatal de Centros Docentes no universitarios, adscrito a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa del Ministerio, quedan inscritos todos los centros del Estado, tanto públicos como privados, que imparten enseñanzas regladas no universitarias. También se registran los centros españoles en el extranjero. Los distintos Reales Decretos de traspaso de funciones y servicios en materia educativa a las Comunidades Autónomas facultan a éstas para crear sus propios Registros de Centros Docentes y establecen la obligatoriedad de dar traslado de sus asientos registrales al registro estatal de Centros Docentes no universitarios. Este Real Decreto viene a regular dicho flujo de información y a establecer los mecanismos informáticos que lo permitan de una manera fiable y automatizada.

La información contenida en el Registro estará a disposición de los ciudadanos en las condiciones previstas en la normativa vigente sobre los registros de carácter público. Entre esa información se incluye: identificación (código del centro y denominación específica), ubicación (domicilio, código postal, localidad, comarca, provincia, Comunidad Autónoma, país); tipificación del centro (tipo de centro, naturaleza, ámbito, localidades del centro agrupado, situación y estado del centro) y enseñanzas autorizadas.

Fomento

OBRAS DE DOS TRAMOS DE LA LÍNEA DE

ALTA VELOCIDAD A LEVANTE

  • Se trata del tramo Puebla Larga-Alzira, en Valencia, y del acceso a la ciudad de Murcia.
  • La longitud total es de 15,4 km y el presupuesto conjunto supera los 92 millones.

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado el contrato de las obras de plataforma de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia en dos nuevos tramos: Puebla Larga-Alzira, en la provincia de Valencia, y Acceso a la ciudad de Murcia, del tramo Elche-Murcia, en la región de Murcia.

La construcción de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia está incluida en el Plan de Infraestructuras 2000-2007, capítulo Ferrocarriles, programa Alta Velocidad del Ministerio de Fomento.

Tramo Puebla Larga-Alzira

Este tramo tiene una longitud de 6,5 km. y discurre por los municipios de Carcaixent y Alzira, en la provincia de Valencia. El nuevo trazado se ha diseñado para doble vía de ancho internacional.

Como elementos singulares hay que destacar la construcción de los viaductos sobre los barrancos de los Príncipes y de Barcheta, de 34 m y 89 m de longitud respectivamente, y el puente sobre el río Júcar de 144 m de longitud, con un vano central sobre el cauce de 80 m de luz. Al discurrir el trazado por la plana del río Júcar se construyen diversas estructuras de permeabilidad transversal.

El proyecto contiene las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura, tales como movimientos de tierra, estructuras, reposición de los servicios y servidumbres afectados, y la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea, además de las correspondientes obras de drenaje.

El presupuesto de licitación es de 28.574.468,26 euros y el plazo de ejecución de 24 meses.

Acceso a la ciudad de Murcia

El proyecto comprende la ejecución de una nueva plataforma con capacidad para albergar tres vías que, en su configuración final, serán utilizadas por los servicios de Alta Velocidad y los servicios de Cercanías y Mercancías de las relaciones Murcia-Beniel/Alicante-Murcia-Cartagena. Para ello el proyecto incluye dos ramales de conexión de vía única con las líneas actuales Chinchilla-Cartagena y Alicante-Los Ramos-Alquerías.

Inicialmente, y hasta que se produzca el desarrollo de la restante infraestructura que permita ofrecer servicios de Alta Velocidad, en la plataforma se instalarán dos vías de ancho ibérico que restituirán el servicio que discurre actualmente por la línea Chinchilla-Cartagena entre los puntos kilométricos 462,2 y 471,1.

La nueva plataforma tiene, en su tronco principal, una longitud aproximada de 8,9 km. y se ha diseñado en su mayor parte (7,7 km) para alojar tres vías. Por su parte, las dos plataformas de vía única que enlazan con las líneas Chinchilla-Cartagena y Alicante-Los Ramos-Alquerías tienen una longitud aproximada de 1,8 km. y 0,4 km. respectivamente.

La totalidad de la plataforma se desarrolla en terraplén con alturas de tierras variables entre 1 y 5 m. A fin de restituir la permeabilidad territorial se han proyectado nueve pasos inferiores, de los cuales seis se materializan en el tronco y los restantes en el ramal de conexión a Cartagena.

El cruce de la plataforma con el encauzamiento del Río Guadalentín, conocido como Canal de Reguerón, se produce por medio de una estructura tipo pérgola de 380 m de longitud. Asimismo, y con el fin de evitar el efecto barrera y asegurar la existencia de iguales niveles de inundación a ambos lados de la plataforma, se han diseñado cuarenta y seis obras de drenaje transversal.

El proyecto incluye el suministro y montaje de la vía correspondiente a la reposición de la actual vía doble. Se utilizará carril UIC 60 con traviesas monobloque polivalentes. Su presupuesto de licitación asciende a 64.149.968,58 euros y el plazo de ejecución es de 32 meses.

OBRAS EN MARCHA DEL NUEVO ACCESO FERROVIARIO DE ALTA VELOCIDAD: MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGION DE MURCIA

El Gobierno, por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 17 de septiembre de 1999, atribuyó a GIF la construcción y administración de este nuevo acceso ferroviario.

CORREDOR AVE MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGION DE MURCIA

KM

IMPORTE

(millones de euros)

TRAMO JÁTIVA-VALENCIA

Játiva-L''Enova

6,8

48,11

Enova-Puebla Larga

5,3

30,56

Puebla Larga-Alzira

6.5

28,57

Alzira-Algemesí

7,9

51,54

Algemesí-Benifaió

6,2

34,75

Benifaió-Picassent

3,7

13,65

Piccasent-Alcasser

7,9

50,38

Alcasser-Valencia

9,9

64,92

TRAMO ELCHE-MURCIA

Acceso a la ciudad de Murcia

8,9

64,14


OBRAS EN MARCHA

63,1

386,62


Con los acuerdos adoptados son ya nueve los tramos del Corredor AVE Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, con obras en marcha en un total de 63,1 km. y 386,62 millones de euros de inversión.

Medio Ambiente

ACONDICIONAMIENTO DEL RÍO MERO (A CORUÑA)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado el contrato de las obras de acondicionamiento hidráulico del río Mero, entre la presa de Cecebre y su desembocadura, en A Coruña, que llevará a cabo la Confederación Hidrográfica del Norte, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente.

Esta actuación, incluida en el Plan Hidrológico Nacional para Galicia, permitirá restaurar veintidós hectáreas, y recuperar y mejorar dieciocho kilómetros de ribera en los municipios de A Coruña, Cambre, Culleredo y Oleiros. Es una zona de gran interés desde el punto de vista paisajístico y medioambiental al tratarse de un área fluvial sometida en la actualidad a una fuerte presión producida por la actividad humana.

Las obras se llevarán a cabo mediante un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Xunta de Galicia, que impulsa la restauración forestal de áreas susceptibles de erosión y arrastre de terrenos y la regeneración de cauces y la protección de zonas y enclaves naturales relacionados con el medio ambiente natural. La duración del convenio es de cuatro años, y la inversión que se pondrá en marcha será de 14.100.139 euros. El 70 por 100 será financiado por el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Confederación Hidrográfica del Norte, y el 30 por 100 restante por la Consejería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia.

Agricultura, Pesca y Alimentación

NORMAS PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS

MATERIALES FORESTALES DE REPRODUCCIÓN

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción, tanto de las especies forestales como de sus híbridos artificiales, destinados a la selvicultura. Se incorporan de este modo la normativa comunitaria al ordenamiento interno español y las peculiaridades de la situación forestal española que ya estaba contemplada en la anterior normativa nacional.

Sobre la producción de los materiales forestales de reproducción se establecen las condiciones para la autorización de dichos materiales, requisitos para su reproducción, delimitación de las regiones de procedencia, que deberá ser autorizada por la Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la vista de las propuestas de los Organismos implicados; recolección; extracción de semillas y producción de plantas, así como el proceso productivo.

Por otro lado, la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, en colaboración con las Comunidades Autónomas, elaborará un Registro Nacional y Catálogo Nacional de Materiales de Base de las especies reguladas por el presente Real Decreto, para la producción de los materiales forestales de reproducción identificados, seleccionados, cualificados y controlados.

Con los datos recogidos en el mencionado Registro, dicha Dirección General elaborará un resumen en forma de lista nacional que se denominará "Catálogo Nacional de Materiales de Base" y que comunicará a la Dirección General de Agricultura, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su envío a la Comisión Europea, de conformidad con lo establecido en la normativa comunitaria.

Comercialización, etiquetado y envasado

También en esta norma se regula la comercialización de los materiales forestales de reproducción, tanto el etiquetado como el envasado. En cuanto al primero, entre otros requisitos, el color de la etiqueta del proveedor será amarillo para los materiales de reproducción de la categoría "material identificado", verde para la de "material seleccionado", rosa para la de "material cualificado" y azul para la de "material controlado". Respecto al envase, se exige que esté sellado, de modo que quede inservible una vez haya sido abierto.

Sobre las medidas de control, cada Comunidad Autónoma establecerá un registro en el que deberán inscribirse los proveedores de materiales forestales de reproducción, domiciliados en su ámbito territorial. También deberá garantizar, mediante un sistema de control oficial, que se cumple la normativa en todo el proceso, desde la recolección hasta la entrega al consumidor final.

A su vez, la Dirección General de Agricultura dispondrá de un Registro Nacional en el que figurarán todos los proveedores inscritos en las Comunidades Autónomas, con los datos que éstas últimas les irán facilitando mensualmente.

Las autorizaciones para prohibir la comercialización de material forestal de reproducción, requisitos menos severos e importación de países terceros, exención de especies, condiciones fitosanitarias y régimen sancionador completan esta norma.

Agricultura, Pesca y Alimentación

MÉTODOS DE MUESTREO PARA EL CONTROL

DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los métodos de muestreo para el control de residuos de plaguicidas en los productos de origen vegetal y animal, adaptándose así a la normativa comunitaria.

El objetivo de estos procedimientos de muestreo, según se establece en el mencionado anexo, es que se pueda obtener una muestra representativa de un lote para realizar un análisis, con el fin de determinar su conformidad con los Límites Máximos de Residuos (LMR) de plaguicidas, incorporando los métodos y procedimientos recomendados por la Comisión del Codex Alimentarius.

Plantas, huevos y productos lácteos y cárnicos

Los LMR para plantas, huevos o productos lácteos tienen en cuenta el nivel máximo que se prevé pueda contener una muestra compuesta, obtenida de varias unidades del producto tratado, con objeto de que represente el promedio de las unidades de un lote, mientras que para la carne y las aves se considera el nivel máximo que se prevé puedan contener los tejidos de distintos animales o aves tratados.

En consecuencia, los Límites Máximos de Residuos para productos cárnicos se aplican a una muestra a granel procedente de una sola muestra primaria, mientras que los LMR para productos de origen vegetal, huevos y productos lácteos se aplican a una muestra a granel compuesta, procedente de una a diez muestras primarias.

En cuanto a los procedimientos de muestreo, se especifican las precauciones que han de adoptarse, la recogida de muestras primarias, preparación de la muestra a granel, de la muestra analítica, envasado y almacenamiento, entre otros, así como los criterios para determinar su conformidad.

Sanidad y Consumo

REGULADA LA PRESENCIA DE UNA MICOTOXINA

EN CEREALES Y UVAS PASAS

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los métodos de toma de muestras y de análisis para el control oficial del contenido máximo de la Ocratoxina A (OTA) en los productos alimenticios. Dicho Real Decreto, que es una transposición de una Directiva comunitaria, establece un importante nivel de protección a los consumidores frente a esta micotoxina en los cereales y sus derivados y uvas pasas, por ser los primeros los alimentos de mayor consumo en la dieta alimentaria europea.

La OTA es una micotoxina producida por algunos hongos de los géneros "Aspergillus" y "Penicillium", que crecen de forma natural en determinados productos vegetales, en la propia planta y durante su almacenamiento y transporte bajo determinadas condiciones de humedad y temperatura. Dicha micotoxina tiene propiedades carcinogénicas, nefrotóxicas, teratógenas, inmunotóxicas y posiblemente neurotóxicas.

Los productos alimenticios susceptibles de contener estas micotoxinas son: cereales, café, cacao, cerveza, frutos desecados, vino, zumo de uva y especias. También se ha encontrado OTA, pero en pequeñas cantidades, en carne de cerdo y sus vísceras, procedente de animales que se han contaminado con OTA a través de la alimentación animal.

Alimentos objeto de regulación

Los alimentos objeto de regulación en el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros son:

  • Cereales (incluidos el arroz y el alforfón) y productos derivados de los mismos
  • Uvas pasas (pasas de corinto, sultanas y otras variedades de pasas)

Protección para el ciudadano

El nuevo Real Decreto ofrece al ciudadano mayor protección relacionada con el contaminante que se regula, ya que se establecen métodos de muestreo y de análisis para controlar los contenidos de OTA en alimentos que no estaban regulados, por lo que se van a rechazar lotes de alimentos cuyos contenidos de esta micotoxina superen los límites legales. De esta forma, los alimentos que circulen en el territorio comunitario no contendrán la Ocratoxina A en cantidades que afecten a la salud de los consumidores.

Gracias a esta norma se va a incrementar el número de controles oficiales por las autoridades sanitarias de los Puntos de Inspección Fronterizos en los productos procedentes de países terceros, y de las Comunidades Autónomas y entidades locales en los de producción comunitaria. Estos controles oficiales en los productos alimenticios citados se realizarán siguiendo el procedimiento legal, que consiste en levantar acta, tomar tres muestras legales, analizarlas y rechazar o aceptar el producto.

Ausencia de normativa

En España hasta ahora no existía normativa que estableciera límites máximos de OTA en productos alimenticios ni que regulara los procedimientos de muestreo y de análisis para este contaminante en los grupos de alimentos incluidos en su ámbito de aplicación.

La fijación de límites máximos de OTA y los métodos de muestreo y de análisis en el resto de grupos de alimentos que contienen este contaminante está en fase de discusión en el Grupo de expertos "contaminantes agrícolas" de la Comisión Europea, y los Reglamentos y Directivas que establezcan esos requisitos se aprobarán este año.

Sanidad y Consumo

NORMAS PARA EL USO DE SUSTANCIAS EN LA FABRICACIÓN

DE MATERIALES EN CONTACTO CON LOS ALIMENTOS

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la utilización de una serie de sustancias que sirven para fabricar envases y utensilios empleados en alimentación. Dichas sustancias, que tienen como nombres químicos BADGE, BFDGE y NOGE, han sido evaluados por el Comité Científico de Alimentación Humana de la Unión Europea al objeto de disponer de una mayor información científica sobre su seguridad alimentaria.

El informe emitido por el Comité ha sido la base para la publicación de la Directiva comunitaria, de 20 de febrero de 2002, relativa a la utilización de determinados derivados de epoxídicos en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con los productos alimenticios. El Real Decreto hoy aprobado es la transposición de esa Directiva al Derecho interno español.

Para un mejor control de estas sustancias, la legislación establece que la autorización de las mismas se realice mediante listas positivas, es decir, que solo están autorizadas las sustancias especificadas en ellas con los límites establecidos y no están autorizadas las que no se mencionan.

Ciencia y Tecnología

CREADA LA SOCIEDAD BIOPOLIS PARA INVESTIGAR

EN PRODUCTOS PARA EL CONSUMO

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), dependiente del Ministerio de Ciencia y Tecnología, la creación y participación en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Biopolis , S. L.. El objeto social de esta sociedad es la concepción, preparación, realización y desarrollo de todos los aspectos de la investigación de productos y métodos tecnológicos para su aplicación a la industria alimentaria , química, farmacéutica o medioambiental, en aspectos que afectan a productos dirigidos al consumo humano o animal.

Formarán parte de la Sociedad Limitada, además del CSIC (que participará con el 40 por 100 del capital social , con una contribución no dineraria), las siguientes empresas:

  • NATRACEUTICAL, S.A. (participará con el 25 por 100 del capital social)
  • CORPORACIÓN ALIMENTARIA PEÑASANTA, S.A., (participará con el 20 por 100 del capital social).
  • TALDE CAPITAL, F.C.R. (participará con el 15 por 100 del capital social).

La sociedad que se constituya tendrá su domicilio en Paterna (Valencia), en la sede del Instituto de Agroquímica y Tecnología de Alimentos.

El capital social se fija en 300.000 euros, totalmente suscritos y desembolsados. Dicho capital está dividido en 30.000 participaciones sociales nominativas de diez euros de valor nominal cada una.

Relación de empresas

Natraceutical, S. A., es una empresa del Grupo Natra, una compañía española con más de cincuenta años de antigüedad en el mercado de la alimentación e industria farmacéutica, que tiene como objeto la elaboración de ingredientes y principios activos. Este Grupo Natra exporta más del 70 por 100 de su producción a más de 50 países y opera con tres sociedades principales: Natra Cacao, S. L., dedicada a la fabricación de derivados del cacao y del chocolate; Torre Oria, S. L., dedicada a la elaboración de vinos y cavas, y Natraceutical, S. L.

Talde Capital, F.C.R. pertenece al Grupo Talde, pionero en gestión de Capital Riesgo en España. El accionariado de Talde está formado por empresas y entidades de reconocida solvencia financiera y empresarial, entre las que destacan el Banco Guipuzcoano, Corporación Empresarial ONCE, Grupo Caja Navarra, Bilbao Bizkaia Kutxa e Iberdrola Diversificación, entre otras.

Corporación Alimentaria Peñasanta, S. A., primer grupo lácteo español, se creó en 1997 con la fusión de tres compañías del mismo sector, líderes en sus respectivos mercados y complementarias entre sí: Central Lechera Asturiana, ATO y LARSA .

Fomento

TERCER CARRIL EN LA N-401 EN GETAFE,

FUENTELABRADA Y PARLA (MADRID)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por importe de 5.200.000 euros, necesarias para las obras de mejora de la seguridad vial en la carretera N-401, entre el punto kilométrico 11,0 y el punto kilométrico 19,4, mediante la implantación de un tercer carril, en los términos municipales de Getafe, Fuenlabrada y Parla, en la provincia de Madrid.

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007, que el Ministerio de Fomento tiene actualmente en pleno desarrollo.

La carretera N-401 dispone de tres carriles desde su origen hasta el punto kilométrico 11,0 (enlace Getafe-Norte), quedando en dos carriles por sentido a partir de ese punto.

En dicho tramo existen ocho enlaces, con un número importante de contactos a la carretera a través de las conexiones de los ramales. Además, en el tramo comprendido entre el punto kilométrico 11,0 y el punto kilométrico 19,5 (enlace Parla-Norte), y debido fundamentalmente al desarrollo industrial en la zona, existen numerosos accesos directos a cada una de las calzadas, lo que origina, por los movimientos de entrada y salida de vehículos, problemas en cuanto a seguridad vial se refiere, que se han visto agravados con la puesta en servicio de la M-45, que conecta a la carretera N-401 en sentido Toledo a la altura del punto kilométrico 10,400, inmediatamente antes de la pérdida del tercer carril.

Las obras a acometer consisten en la continuación del tercer carril hasta el punto kilométrico19,5, redistribuyendo para ello la sección transversal de la calzada en aquellos tramos en que las dimensiones de la misma lo permitan, y procediéndose a su ampliación por el lateral en el resto de los casos. Esto permitirá garantizar la continuidad del tráfico sin interferencias, utilizando el carril derecho como carril de trenzado de los tráficos con origen o destino en los numerosos accesos y conexiones existentes.

Fomento

MEJORAS EN EL TÚNEL DEL ALTO ARAGÓN EN ARGUÍS (HUESCA)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por un importe de 3.861.860,33 euros, necesarias para las obras e instalaciones de equipamientos a ejecutar en el túnel del Alto Aragón (Monrepós nº 1) en la carretera N-330, punto kilométrico 595,801, con el fin de mejorar las condiciones de vialidad, en el término municipal de Arguís, provincia de Huesca.

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

En este túnel se van a ejecutar obras e instalaciones de equipamientos, con el fin de mejorar las condiciones de vialidad por el mismo, para lo cual se van a acometer inmediatamente actuaciones de implantación de un sistema de comunicaciones; circuito cerrado de TV con orientación y zoom y conexión al centro por fibra óptica: modificación del sistema de ventilación longitudinal existente por un sistema de semitransversal sustituyendo los detectores de monóxido de carbono y de opacidad; sistema de detección automática de incidentes; instalación de nuevos postes SOS y sistemas de megafonía, ya que la falta de estos elementos puede suponer graves consecuencias ante accidentes.

Fomento

EQUIPAMIENTOS DE SEGURIDAD EN LOS TÚNELES

DE SAN JUAN, EN LA A-7 (ALICANTE)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por importe de 2.670.706,61 euros, necesarias para ejecutar las obras e instalaciones de equipamientos a ejecutar en los túneles de San Juan, en la Autovía A-7, con el fin de mejorar las condiciones de viabilidad de los mismos, en los términos municipales de San Juan y Mutxamiel, provincia de Alicante.

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

En estos túneles se van a ejecutar obras e instalaciones de equipamientos con el fin de mejorar las condiciones de vialidad y seguridad en los mismos, en consonancia con la importancia del túnel y los últimos borradores de la normativa técnica internacional más exigente.

Para ello se van a acometer inmediatamente actuaciones de conexión del equipamiento con el centro de control a través de canalización con fibra óptica: instalación de un sistema de alimentación ininterrumpida; grupos electrógenos; alumbrado de emergencia; sistema de control de gálibo y control de acceso al túnel con barreras; megafonía; control con cámaras de televisión; control y visualización con televisión del sistema de detección automática de incidentes; red de hidrantes; acondicionamiento del sistema de ventilación; sistema de gestión del centro de control; construcción de salidas de emergencia y estudio de alternativas para la extracción de humos.

Fomento

OBRAS DE EMERGENCIA EN TRES TÚNELES DE ACCESO A LA A-6

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia necesarias para realizar obras e instalaciones de equipamiento en los túneles de acceso a la A-6 por Piedrafita. Estos túneles son el de Neira, en la A-6; el de Montefugado, en la N-120, y el de Porteliña, en la N-VI, situados en los términos municipales de Villafranca del Bierzo, Trabadelo, Piedrahita, San Pedro, Doncos, Cerijal, Baralla, Quiroga y Becerrea, en las provincias de León y Lugo.

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

En los túneles de acceso a la A-6 por Piedrafita (Neira en la A-6, Montegurado en la N-120 y Porteliña en la N-VI), todos ellos en la provincia de Lugo, va a procederse a mejorar las instalaciones existentes con el fin de mejorar la vialidad y la seguridad vial en los mismos. Las obras consisten, fundamentalmente, en colocación de puertas ignífugas para salidas de emergencias, colocación de postes SOS, señalización variable y fotoluminiscente, iluminación, detectores de gálibo, instalaciones de megafonía y mejora del sistema de gestión.

Fomento

ESTABILIZACIÓN DE LADERAS EN LA N-120 EN COVAS (OURENSE)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por importe de 2.994.235,66 euros, necesarias para las obras de estabilización de laderas en Covas, CN-120, punto kilométrico 438,200 al 439,250, en el término municipal de Covas, provincia de Ourense

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

La ladera de la margen derecha del río Sil, a la altura del pueblo de Covas, entre los túneles nº 2 y nº 3 de la carretera N-120, tiene una longitud del orden de un kilómetro, y está formada por un terreno de fuerte pendiente que presenta diversos problemas geotécnicos, que consisten fundamentalmente en un asiento de carácter geológico que afecta a toda la ladera, en general imperceptible a escala humana, y en movimientos superficiales claramente detectables. Estos resultan agravados por la incidencia del agua, como se pone de manifiesto en la existencia de un nivel freático superficial en los materiales implicados en los deslizamientos. Además, destaca la presencia de una falla que discurre sensiblemente por el centro de la ladera, desviándose finalmente a la derecha.

Esta inestabilidad tan heterogénea que presenta la ladera ha sido objeto de estudio con anterioridad, así como de las correspondientes actuaciones correctoras. De la instrumentación actualmente existente se deduce que no se ha alcanzado una estabilidad natural a nivel global, y que existen zonas de inestabilidad diferenciada, para las que se prevén diversas actuaciones consistentes en la construcción de nuevos muros anclados, ejecución de pantallas y de drenes, refuerzo del muro anclado e inyección en obras de drenaje existentes.

Fomento

OBRAS DE EMERGENCIA EN LA AUTOVÍA DE

ANDALUCÍA EN MARMOLEJO Y LOPERA (JAÉN)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por importe de 786.580,84 euros, necesarias para las obras de rehabilitación del firme de la carretera N-IV, Autovía de Andalucía, entre los puntos kilométricos 331,000 al 333,700 (margen derecha) y 341,000 al 343,000 (margen izquierda), términos municipales de Marmolejo y Lopera, provincia de Jaén.

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

Actualmente el estado del firme en el tramo de autovía citado no cuenta con las condiciones superficiales idóneas para la circulación del tráfico, y progresivamente va sufriendo un deterioro que hace cada vez más complicado los trabajos propios de la conservación ordinaria.

Obras

En consecuencia, está previsto acometer con urgencia las siguientes actuaciones:

  • Eliminación y retirada de los materiales que componen el firme, hasta la profundidad que lo requiera y su reposición con el mismo espesor de mezcla bituminosa. Se aplicará la técnica de fresado.
  • Saneo de blandones y zonas singulares. Sellado de grietas.
  • Eliminación y reposición de las zonas y capas de firme que presenten agotamiento estructural, según los datos de las deflexiones y de la inspección visual (zonas de carril cuarteadas en malla gruesa o fina y zonas de las rodadas con grietas longitudinales).
  • Recrecido con mezcla bituminosa en aquellos tramos homogéneos que lo requieren.

Fomento

REPARACIÓN DE LA VARIANTE DE LINARES EN LA N-322 (JAÉN)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por importe de 3.457.620,69 euros, necesarias para las obras de reparación y consolidación de la carretera N-322, tramos entre los puntos kilométricos 122,450 al 122,800 y 123,000 al 123,480, en la Variante de Linares, provincia de Jaén.

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

El terreno sobre el que se asienta la CN-322 presenta cierta inestabilidad debido a su geomorfología, que se refuerza con los procesos climáticos cíclicos, que dan lugar a retracciones y expansiones que favorecen la apertura de fisuras en el mismo, y con la existencia de lluvias.

En los tramos afectados se han producido en diversas ocasiones fenómenos de inestabilidad, afectando en mayor o menor grado a la carretera, y siendo objeto de las correspondientes reparaciones. No obstante, y como se ha mencionado anteriormente, la enorme alterabilidad de estos materiales y las condiciones climáticas a que se ven sometidos han provocado que en los últimos meses se hayan vuelto a detectar nuevos movimientos que se reflejan en la calzada con la aparición de grietas.

En consecuencia, y para garantizar la seguridad vial, se prevé acometer urgentemente una serie de medidas para estabilizar el terreno al objeto de impedir la progresión del deterioro, lo que obligaría al corte de la calzada. Estas medidas son una combinación de la mejora del drenaje y del refuerzo del terreno con pantallas de pilotes para detener el movimiento del mismo.

Fomento

REHABILITACIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RÍO

VÉLEZ EN VÉLEZ MÁLAGA (MÁLAGA)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las obras de emergencia, por un importe de 519.123 euros, necesarias para rehabilitar el puente sobre el río Vélez, en la antigua N-340, junto al punto kilométrico 269,2, en el término municipal de Vélez Málaga, provincia de Málaga.

Esta actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

Este puente sobre el río Vélez es una estructura metálica con claro interés histórico. Recientemente ha sido preciso impedir el tránsito sobre el mismo por estrictas razones de seguridad, dada la presencia de huecos en el tablero del mismo.

Las obras que se van a acometer para restituir el tráfico por el tramo de carretera afectado consisten en la demolición del tablero actual y sustitución por una losa de hormigón, así como en la rehabilitación de las zonas degradadas de la estructura metálica y la disposición de elementos tales como juntas de dilatación, desagües, etcétera, que propicien una mayor durabilidad de la estructura.

Fomento

OBRAS DE EMERGENCIA EN LA N-260 EN

FORADADA DEL TOSCAR (HUESCA)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por importe de 167.000 euros, necesarias para las obras de reparación de los daños causados por un desprendimiento rocoso en la carretera N-260, Eje Pirenaico, en el término municipal de Foradada del Toscar, provincia de Huesca.

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

Como consecuencia de las fuertes lluvias caídas en el mes de octubre, en la carretera N-260, Eje Pirenaico, en el punto kilométrico 406,900, se ha producido un desprendimiento de aproximadamente 800 m³. de roca, procedente de la ladera derecha de la carretera (sentido Campo-Ainsa), que invadió la calzada y un camino vecinal de acceso a los núcleos de Navarri-Las Colladas y destruyó en parte el muro de contención existente bajo la carretera. Ello provocó el corte del tráfico, tanto en la carretera, como en el camino vecinal (único acceso a los núcleos de población mencionados), situación que fue subsanada con la máxima urgencia.

Obras

Dada la importancia social y económica que tiene el mantenimiento del tráfico por la carretera N-260 y el acceso a Navarri-Las Colladas es necesario acometer urgentemente las obras de estabilización de la ladera para evitar nuevos desprendimientos y para restablecer el tráfico por la calzada completa.

Las obras a realizar consisten en la retirada de la masa rocosa caída, el saneo de la ladera en 2.800 m², y la consolidación de la misma mediante la disposición de mallas metálicas, relleno de grietas y bulonado. Asimismo, se reconstruirá la parte destruida el muro de contención.

Fomento

REPARACIÓN DEL FIRME EN UN TRAMO DE LA AUTOVÍA

N-II, EN MARTORELL E IGUALADA (BARCELONA)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por importe de 454.756,96 euros, necesarias para las obras de reparación del firme en el tramo de carretera comprendido entre los puntos kilométricos 551,000 al 586,000 de la Autovía N-II, en ambas calzadas, en el término municipal de Martorell e Igualada, provincia de Barcelona

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

Actualmente, el estado del firme en el tramo de Autovía anteriormente citado, no sólo adolece de las condiciones superficiales idóneas para la circulación del tráfico, sino que progresivamente va sufriendo un deterioro cuyas reparaciones cada vez es más complicado asumir con los trabajos propios de la conservación ordinaria.

Las condiciones meteorológicas sufridas durante el último año han precipitado la degradación de la capa de rodadura, añadido a algunos deterioros que existían con anterioridad. En consecuencia está previsto acometer con urgencia las obras necesarias para subsanar dicha situación.

Fomento

REPARACIÓN DEL PASO INFERIOR BAJO LA

AUTOVÍA DE ANDALUCÍA EN ÉCIJA (SEVILLA)

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha ratificado las actuaciones de emergencia, por importe de 374.486,54 euros, necesarias para las obras de rehabilitación del paso inferior bajo la Autovía de Andalucía, punto kilométrico 450, en el término municipal de Écija, provincia de Sevilla

La presente actuación se inscribe dentro del Programa de Conservación y Explotación, subprograma de Seguridad Vial, correspondiente al Capitulo de Carreteras del PIT 2000-2007.

El paso inferior existente bajo la Autovía de Andalucía, en el punto kilométrico 450, ha sufrido el impacto de un vehículo que superaba el reducido gálibo del puente, de 4,20 m de altura. El impacto provocó la rotura prácticamente total de una de las cinco vigas que constituyen el tablero y la rotura parcial de las cuatro restantes.

Como consecuencia de ello, se ha producido una disminución de la capacidad resistente de la estructura, que ha necesitado ser apuntalada para permitir la libre circulación, sin limitación de cargas, sobre la autovía. No obstante, el apuntalamiento merma en gran medida la capacidad de paso bajo la autovía en el enlace que sirve de acceso a la ciudad de Ecija. Para subsanar esta situación se va a proceder a la rehabilitación del tablero de la estructura, así como a rebajar la rasante de la carretera de acceso a la ciudad de Ecija al objeto de dotar al paso inferior del gálibo suficiente.

Presidencia

MODIFICADA LA COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN PARA

COORDINAR PLANES DE AYUDA HUMANITARIA

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica, simplificándola, la composición de la Comisión Interministerial para coordinar planes de ayuda humanitaria en el exterior.

La Comisión Interministerial fue creada en mayo de 1999 con el objetivo de impulsar, coordinar y proponer todas las actuaciones desarrolladas en el ámbito de la Administración General del Estado en relación con los planes de ayuda.

Nueva estructura

Las modificaciones llevadas a cabo en las estructuras de los Departamentos ministeriales representados en esta Comisión desde la creación de la misma aconsejan adecuar su composición a la nueva estructura organizativa de la Administración del Estado.

En este sentido, el Real Decreto aprobado fija que serán vocales de esta Comisión el secretario General de Asuntos Exteriores, la Subsecretaria de Justicia, el Secretario General de Política de Defensa, el Secretario de Estado de Presupuestos y Gastos, la Subsecretaria del Interior, el Subsecretario de Fomento, la Secretaria General de Educación y Formación Profesional, la Secretaria General de Asuntos Sociales, el Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Subsecretaria de la Presidencia, el Secretario General de Sanidad, la Subsecretaria de Medio Ambiente y el Secretario de Estado de Comercio y Turismo.

Además actuarán como vocales el Delegado del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración, el Secretario de Estado de Comunicación y el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Educación, Cultura y Deporte

HOMOLOGADOS TÍTULOS DE CUATRO UNIVERSIDADES

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la homologación de las siguientes titulaciones:

  • Licenciado en Antropología Social y Cultural, de la Facultad de Filosofía, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
  • Ingeniero Geólogo (2º Ciclo), de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, de la Universidad Politécnica de Valencia.
  • Arquitecto Técnico, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de San Sebastián, de la Universidad del País Vasco.
  • Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, de la Facultad de Psicología y Ciencias de la Educación y del Deporte Blanquerna, de la Universidad Ramón Llull, de Barcelona.

Los diferentes planes de estudio de estas titulaciones se ajustan a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y han sido informados favorablemente por el Consejo de Coordinación Universitaria.

Educación, Cultura y Deporte

APROBADOS CUATRO CURRÍCULOS DE CICLOS

FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado los currículos del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondientes a los siguientes títulos:

  • Técnico Superior en Audioprótesis
  • Técnico Superior en Óptica de Anteojería
  • Técnico Superior en Animación Turística
  • Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales.

Estos currículos serán de aplicación en el territorio de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, como establece la Ley Orgánica de Calidad de la Educación, y podrán ser adoptados con carácter supletorio por las Comunidades Autónomas, según establece la Constitución.

El proceso de definición del currículo ha estado guiado por una metodología propia de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa del Ministerio y han intervenido en su elaboración diversas instituciones, expertos y técnicos especializados en las materias correspondientes.

Los Reales Decretos han contado con el visto bueno del Consejo Escolar del Estado y del Consejo de Estado.

Sanidad y Consumo

CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA A ORGANISMOS

INTERNACIONALES DE CARÁCTER SANITARIO

Madrid, 7 de marzo de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se establecen las cuantías de la contribución española a Organismos Internacionales para el año 2003, en el ámbito del Ministerio de Sanidad y Consumo, por un importe global estimado de 542.268,26 euros. Las contribuciones se destinan a los siguientes programas: Farmacopea Europea-Consejo de Europa (289.508,84 euros), Acuerdo Parcial en el Campo de lo Social y de la Salud Pública-Consejo de Europa (61.159,42 euros), y Observatorio Europeo sobre los Sistemas Sanitarios-OMS (191.600,00 euros).

Farmacopea europea

España es miembro del Acuerdo para la elaboración de una Farmacopea Europea desde el año 1987. Su objetivo esencial consiste en homogeneizar las farmacopeas nacionales en una única Farmacopea Europea. Al amparo de este Acuerdo trabajan numerosos grupos de expertos en los que participa habitualmente España.

Campo de lo social y de la salud pública

España se adhirió al Acuerdo Parcial en el Campo de lo Social y de la Salud Pública en el año 1988. En 1996 se abrió la posibilidad para que todos los países que participaban en las actividades del Acuerdo Parcial fueran miembros de pleno derecho. Desde el año 1997 nuestro país es miembro de pleno derecho en este Acuerdo y participa en los trabajos de sus Comités de expertos relativos a integración de minusválidos y de la salud. La cuota de participación es abonada a partes iguales por los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo y Asuntos Sociales.

Observatorio europeo

En 1998 se firmó, por el Ministerio de Sanidad y Consumo, un Acuerdo mediante el cual este Departamento pasaba a formar parte del Observatorio Europeo sobre los Sistemas Sanitarios, junto con varios países europeos y varias Universidades y Organismos Internacionales. La cuota anual comprometida equivalía a 200.000 dólares, participando como contrapartida en los trabajos de investigación que se llevan a cabo en el Observatorio sobre los sistemas sanitarios en transición.

DEFENSA

Inspector General del Ejército de Tierra.-

Teniente General D. FRANCISCO BOYERO DELGADO.

Nacido el 10 de abril de 1943 en Cañete de las Torres (Córdoba), casado, con dos hijos, ingresó en el Ejército el 7 de septiembre de 1961. Es Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero de Geodesia y Topografía.

Entre otros destinos, ha estado al mando del Regimiento de Transmisiones Tácticas número 21, y ha sido Director de la Academia de Ingenieros y Director Técnico del Plan Director de Sistemas de Información. En la actualidad era Comisionado del Plan Director de Sistemas de Información y Telecomunicaciones.

HACIENDA

Secretario de Estado de Presupuestos y Gastos.-

D. RICARDO LORENZO MARTÍNEZ RICO.

Nacido el 26 de junio de 1964 en Valencia, casado, con dos hijas, es Licenciado en Ciencias Empresariales por la Universidad de Zaragoza, y es Técnico Comercial y Economista del Estado.

Ha trabajado en la Secretaría de Estado de Comercio y en la Subsecretaría de Comercio y Turismo. En 1996 fue nombrado Director del Gabinete del Secretario de Estado de Economía y desde mayo de 2000 era Director del Gabinete del Ministro de Hacienda.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Directora General del Instituto de la Mujer.-

Dª MIRIAM TEY DE SALVADOR.

Nacida el 16 de diciembre de 1960 en Barcelona, cursó estudios de Filosofía en la Universidad Autónoma de Bellaterra y en la Universidad Central de Barcelona.

Ha dirigido el Departamento de Derechos de Autor y Comunicación y la Colección "Afueras" de la Editorial Tusquets, y el Departamento de Prensa del Círculo de Lectores. Fue Directora Literaria de la Editorial Columna y fundadora y socia de la Editorial El Bronce, editorial que dirigió hasta el año 2002 dentro del Grupo Planeta que la había adquirido en el año 2000. Actualmente es socia fundadora de la Editorial El Cobre.

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