Hacienda y Administraciones Públicas

Se amplían los "cheques familiares" a familias monoparentales con dos hijos y a familias numerosas y con ascendientes o descendientes con discapacidad, si el contribuyente es pensionista o perceptor de determinadas prestaciones

27.2.2015

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En el Real Decreto Ley se incorpora, igualmente, el anuncio realizado por el presidente del Gobierno en el Debate sobre el Estado de la Nación sobre la de ampliación de deducciones fiscales en vigor desde enero de este año en el IRPF para familias numerosas y las que tienen a su cargo ascendientes o descendientes con discapacidad.

Así, y según figura en el texto, se extienden estos conocidos como "cheques familiares" de 1.200 euros al año a las familias monoparentales con dos hijos. De igual forma, el "cheque familiar" de 1.200 euros para familias numerosas y con ascendientes o descendientes con discapacidad se amplía para el caso de que el contribuyente sea pensionista o perceptor de prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.

Estas ayudas, que tendrán efectos desde el 1 de enero de 2015, se suman a la de cien euros mensuales para madres trabajadores con hijos menores de tres años, en vigor desde el año 2002. En total, los beneficiarios de "cheques familiares" de la reforma fiscal podrían superar el millón de personas.

El Real Decreto Ley incorpora también la decisión de Hacienda de excluir de la obligación de presentar la declaración en el Impuesto de Sociedades a las entidades parcialmente exentas, con ingresos menores de 50.000 euros. La idea es aliviar del cumplimiento de obligaciones formales a asociaciones de menor entidad.

  • Modificación de normas en materia de negociación de la Administración General del Estado

Por último, el Real Decreto Ley modifica normas en materia de negociación en la Administración General del Estado. Concretamente se modifican el Real Decreto Ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, de 2012, y el Estatuto Básico del Empleado Público.

Estas modificaciones, que ya han sido acordadas por las Mesas Generales de Negociación, introducen mejoras técnicas que se aplicarán en las próximas elecciones sindicales que se inician a partir del mes de marzo. Las principales novedades son las siguientes:

  • Se mejora la configuración de los órganos de representación del personal estatutario del ámbito sanitario, del personal docente no universitario y del personal al servicio de la Administración de Justicia, como colectivos específicos, a fin de facilitar la negociación colectiva y la interlocución en los diferentes ámbitos de la negociación.
  • Se regulan de forma específica las mesas de negociación en el ámbito de la sanidad, personal docente no universitario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y del personal de la Administración de Justicia, como ámbitos propios de negociación dada su relevancia y singularidad.