Presidencia

Impugnación del acuerdo del Gobierno de la Generalitat de Cataluña por el que se crea la Comisión especial sobre violación de derechos humanos fundamentales.

20.10.2017

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se plantea la impugnación de disposiciones sin fuerza de ley y resoluciones de las Comunidades Autónomas prevista en el artículo 161.2 de la Constitución, en relación con el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña GOV/138/2017, de 2 de octubre, por el que se crea la Comisión especial sobre la violación de derechos fundamentales en Cataluña.

El Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña atribuye a la Generalidad funciones reservadas al Poder Judicial para determinar si se ha producido una violación de los derechos humanos en la actuación de los poderes públicos.

En concreto, vulnera las competencias exclusivas del Estado previstas en los artículos 149.1.5ª (Administración de Justicia) y 149.1.6ª (legislación procesal), en paralelo a las vulneraciones de los artículos 18, 24 y 117 de la Constitución y por las mismas razones. Igualmente, resultan vulnerados los artículos 149.1.18ª (bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común) y 149.1.29ª (seguridad pública) de la Constitución Española, al atribuirse la Generalidad de Cataluña la revisión de la actuación de la Administración General del Estado, sus autoridades y empleados públicos.

También resultan incumplidos los artículos 1.1, 9.1 y 103.1 de la Constitución; así como se vulneran los derechos relacionados con la presunción de inocencia y la prohibición de la indefensión en el artículo 24 de la Constitución, y la garantía del derecho al honor recogido en el artículo 18 de la Constitución Española.

El Acuerdo no prevé trasladar la investigación a los órganos judiciales, lo que resulta inconstitucional y contrario a la legislación procesal (art. 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Resultan vulnerados también los artículos 1.2, 1.3 y 168 de la Constitución Española, en cuanto se establece que evitar un referéndum ilegal de independencia de Cataluña supone una vulneración de derechos fundamentales y se tiene, además, tal referéndum por celebrado. Igualmente, la policía autonómica estaría al servicio de la nueva Comisión, lo que refuerza su configuración para-judicial.