Aprobado el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley Orgánica de Educación

15.2.2019

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley Orgánica de Educación. Este texto persigue posicionar a España en el nivel de los países con un mejor desempeño educativo, según las directrices de la OCDE, tal y como plantea la Agenda 2030 con el objetivo de situar a la educación española en el siglo XXI.

El texto es el resultado de un amplio proceso de participación, con más de 43.000 correos electrónicos recibidos en una primera fase de consultas; reuniones de la Conferencia Sectorial de Educación -con los máximos representantes educativos de las comunidades autónomas-; y aportaciones de la mayor parte de las comunidades autónomas, de los consejos escolares autonómicos y de varios ministerios, así como reuniones bilaterales o multilaterales con un centenar de asociaciones y organizaciones del mundo educativo.

Este documento se ha presentado ante las Comisiones de Educación y Formación Profesional del Congreso y del Senado. Por su parte, el Pleno del Consejo Escolar del Estado (el máximo órgano de la comunidad educativa) aprobó por mayoría absoluta el informe del Anteproyecto presentado por la Comisión Permanente.

La nueva norma deroga la LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa) y modifica y moderniza la Ley Orgánica de Educación.

El Proyecto de Ley se sustenta en cinco pilares. En primer lugar y por primera vez, una ley educativa incluye el enfoque de derechos de la infancia entre los principios rectores del sistema, según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989), reconociendo el interés superior del menor, su derecho a la educación y la obligación que tiene el Estado de asegurar el cumplimiento efectivo de sus derechos.

En segundo lugar, el texto adopta un enfoque de igualdad de género a través de la coeducación y fomenta, en todas las etapas el aprendizaje, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género y el respeto a la diversidad afectivo-sexual, introduciendo en educación secundaria la orientación educativa y profesional del alumnado con perspectiva inclusiva y no sexista.

En tercer lugar, la norma plantea un enfoque transversal orientado a elevar los resultados de todos los estudiantes con una dinámica de mejora continua de los centros educativos y una mayor personalización del aprendizaje.

En cuarto lugar, reconoce la importancia de atender al desarrollo sostenible según lo establecido en la Agenda 2030. Así, la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial ha de incluirse en los planes y programas educativos de la totalidad de la enseñanza obligatoria.

Y, en quinto lugar, la reforma insiste en la necesidad de tener en cuenta el cambio digital que se está produciendo en las sociedades y que afecta a la actividad educativa.

Apuesta por la educación de 0 a 3 años

La norma dará un nuevo mandato al Gobierno para que, en colaboración con las administraciones educativas, determine los contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil y regule los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que imparten esta etapa educativa. De esta forma, se regularán los requisitos de titulación de sus profesionales y los que tengan que cumplir los centros que impartan este ciclo, relativos a la relación numérica alumno-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.

Prevención de la violencia de género desde la escuela

En todas las etapas educativas se trabajará para prevenir la violencia de género y la igualdad de hombres y mujeres. En este sentido, la Ley cumple con las propuestas del ámbito educativo incluidas en el informe de la subcomisión del Congreso para un Pacto de Estado en materia de violencia de género, aprobado el 28 de septiembre de 2017. Además, la Ley también presta atención a la prevención de la violencia contra la infancia.

Fomento de la equidad e inclusión educativa

Se eliminan los itinerarios de 4º de la ESO, de forma que cualquier opción conduce al mismo título de graduado en ESO. También se reformula el programa curricular de atención a la diversidad, recuperándose los Programas de Diversificación Curricular y se incorporan medidas de flexibilización para estudiantes con necesidades educativas especiales.

El texto también establece que, el Gobierno, en colaboración con las administraciones educativas desarrollará un plan para que, en el plazo de 10 años -y siguiendo la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y en cumplimiento del cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030-, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad.

Las administraciones educativas continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para que estos, además de escolarizar a los alumnos y alumnas que requieran una atención muy especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios.

Una Formación Profesional más flexible

La Formación Profesional es también objeto de varias revisiones con dos objetivos. Por un lado, mejora el reconocimiento social de los itinerarios formativos de Formación Profesional para aproximar a España a las tasas de alumnado que opta por esta vía en el resto de los países europeos. Por otro, se flexibilizan las enseñanzas y se agilizan los procesos de incorporación de nuevos contenidos. La medida más importante es que los alumnos y alumnas que superen un ciclo formativo de grado básico recibirán el título de graduado en ESO, lo que les permitirá el acceso a cualquier enseñanza postobligatoria. Además, en la Formación Profesional Básica se integra la formación general y la profesional.

Ordenación de las enseñanzas

La Educación Primaria vuelve a organizarse en tres ciclos. La Ley elimina la jerarquía de materias en Primaria y Secundaria Obligatoria (desaparece la anterior división de materias en troncales, específicas y de libre configuración) y se suprimen definitivamente las pruebas finales de etapa. Se recupera el modelo de desarrollo curricular compartido entre el Gobierno y las comunidades autónomas, que venía funcionando satisfactoriamente hasta 2013 -un 55% de los contenidos y materias serán competencias del Estado en las comunidades autónomas con dos lenguas oficiales y un 65% serán competencias del Estado en las comunidades con una lengua oficial-.

La norma garantiza que todos los estudiantes de Educación Primaria y ESO cursen una materia de Educación en valores cívicos y éticos. Además, se facilita la agrupación de materias en ámbitos de conocimiento y se introduce el trabajo por proyectos prácticos para las materias optativas. En Bachillerato, se prevé la posibilidad de obtener el título de Bachillerato por compensación en caso de superar todas las materias salvo una y se recupera la anterior Prueba de Acceso a la Universidad.

Enseñanza de la religión

Se elimina la obligación de cursar una materia alternativa a la religión y la calificación de la religión no se tendrá en cuenta en el cálculo de la nota media en los procesos de acceso a la universidad o de obtención de becas, entre otros.

Evaluaciones de diagnóstico

Sobre las evaluaciones de los estudiantes y del sistema educativo, se pretende recuperar el carácter formativo, continuo e integrador de la evaluación como instrumento de mejora para estudiantes, centros y administraciones. De esta forma, se contemplan evaluaciones de diagnóstico para 4º de Educación Primaria y 2º de la ESO. La Ley impide expresamente utilizar estos resultados para hacer clasificaciones de centros educativos.

En cuanto a la evaluación general del sistema educativo, se contemplan evaluaciones muestrales y plurianuales de las competencias adquiridas por el alumnado al finalizar la Educación Primaria y la ESO.

Participación de la comunidad educativa

El texto tiene como objetivo aumentar la autonomía de los centros y la participación en su gobierno de toda la comunidad educativa. En cuanto al funcionamiento de los centros, se apuesta por un modelo de dirección que se alinea con las recomendaciones europeas sobre esta figura. De esta forma, las comisiones de selección de nuevos directores incorporan a un director o directora experimentados y se establece una formación preceptiva con carácter previo al nombramiento como director o directora.

Prioridad a la coeducación en los centros

En cuanto a la admisión, especialización y programación general de la enseñanza de los centros, se pretende mejorar el sistema de admisión del alumnado y eliminar de los criterios de baremación los elementos discriminatorios derivados de la especialización de centros y recuperar plenamente para los poderes públicos el mandato de la programación de la enseñanza.

Además, se da prioridad a los centros que se organicen bajo el principio de coeducación. De esta forma, los centros que desarrollen el principio de coeducación en todas las etapas educativas y no separen al alumnado por su sexo o su orientación sexual serán objeto de atención preferente y prioritaria en la aplicación de las previsiones recogidas en la Ley. En los procesos asociados a la obtención y al mantenimiento de unidades concertadas, se priorizará a los que apliquen el principio de coeducación y no separen al alumnado por su género o su orientación sexual.

La Ley contempla que aquellos centros que separen por sexo a su alumnado deberán necesariamente incluir y justificar en su proyecto educativo las medidas que desarrollan para favorecer y formar en igualdad en todas las etapas educativas, incluyendo la educación para la eliminación de la violencia de género, el respeto por las identidades, culturas, sexualidades y su diversidad, y la participación activa para hacer realidad la igualdad.

Competencias territoriales

La Ley lleva a cabo una regulación de las competencias del Estado y de las comunidades autónomas respetuosa con el marco constitucional y basada en la cooperación y lealtad institucional. Las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano, lengua oficial del Estado, y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios; el castellano y las lenguas cooficiales tienen la consideración de lenguas vehiculares, de acuerdo con la normativa aplicable.

Atención a la escuela rural e insular

Entre las medidas relacionadas con la equidad, se insiste en la atención que las administraciones educativas deben prestar a la escuela rural y a la insular y se restablece el equilibrio que debe existir en la red de centros, garantizando los derechos y libertades de todos los interesados. Sin pretender modificar el régimen de conciertos, se recupera el equilibrio alcanzando con legislaciones anteriores a la LOMCE.

Incremento del gasto público en educación

La Ley contempla un plan de incremento del gasto público educativo hasta un mínimo del 5% del PIB.

Apuesta por la competencia digital

La ley insiste en la necesidad de tener en cuenta el cambio digital que se está produciendo en nuestras sociedades y que afecta a la actividad educativa. Con ese objetivo, se incluye la atención al desarrollo de la competencia digital de los estudiantes de todas las etapas educativas, tanto a través de contenidos específicos como en una perspectiva transversal.

Actualización de los currículos

El Gobierno incluirá en la estructura orgánica del ministerio una unidad que, en cooperación con las comunidades, contribuya a la actualización permanente de los currículos.

Impulso a las vocaciones científicas y tecnológicas en las alumnas

Las administraciones educativas impulsarán el incremento de la presencia de alumnas en estudios del ámbito de las ciencias, tecnología, ingeniería, artes y matemáticas, así como en las enseñanzas de FP con menor demanda femenina.

(PROYECTO DE EDUCACIÓN)