Modificado el Reglamento de destinos del Personal Militar

9.6.2017

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  • Refuerza las medidas que faciliten la conciliación de la vida profesional, personal y familiar.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de destinos del Personal Militar aprobado por otro Real Decreto del 1 de abril de 2011.

El principal objetivo de la modificación es reforzar las medidas que faciliten la conciliación de la vida profesional, personal y familiar del militar profesional. Pueden destacarse los siguientes aspectos:

  • Se facilita la reagrupación familiar a los miembros de un matrimonio o pareja de hecho entre militares.
  • Los miembros de un matrimonio o pareja de hecho, ambos militares, con hijos menores de doce años, destinados en la misma provincia, no podrán ser destinados con carácter forzoso a una provincia diferente.
  • Se amplían los plazos de incorporación a un nuevo destino que implique cambio de residencia.
  • Se prevé la asignación temporal de destinos por circunstancias excepcionales de conciliación de la vida profesional, personal y familiar, en la que intervendrá una comisión de estudio que analizará esas circunstancias.

Asimismo, el Real Decreto actualiza el procedimiento para la movilidad de la mujer víctima de la violencia de género, en línea con el procedimiento de la Administración General del Estado, y determina las condiciones y el procedimiento para la asignación de un destino para el militar que sea considerado víctima del terrorismo.

Además, se incorpora, como requisito para la ocupación de puestos en los que existe contacto habitual con menores, aportar una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.