Seguridad Social, asistencia sanitaria y profesiones sanitarias

30.12.2020

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Seguridad Social

Pensiones

Tengo periodos cotizados en España y en Reino Unido. ¿Estos periodos serán tenidos en cuenta a efectos de acceder a una pensión a partir de la salida de Reino Unido?

Sí, serán tenidos en cuenta de conformidad con el Derecho europeo aplicable todos los periodos cotizados hasta el 31 de diciembre de 2020 y a partir del 1 de enero de 2021 conforme a lo dispuesto en el Protocolo de Coordinación Seguridad Social del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por la otra parte.

Pago de las pensiones

Percibo una pensión española o británica y resido en Reino Unido, en España o en otro Estado miembro. ¿Mis pensiones me serán satisfechas después de la salida de Reino Unido?

Sí, las pensiones reconocidas antes de la finalización del periodo transitorio (31/12/2020) seguirán siendo satisfechas de acuerdo con el principio de exportabilidad previsto en la normativa europea siempre que se hayan cumplido periodos en la otra parte antes del 31.12.20200 la pensión que se reconozca, ya sea con anterioridad o posteridad a tal fecha.

En defecto de lo anterior, las reconocidas a partir del 1 de enero de 2021, serán satisfechas conforme al Protocolo de Coordinación Seguridad Social del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por la otra parte.

Prestación por desempleo

¿Qué pasará con sus prestaciones por desempleo?

El 31 de enero de 2020 el Reino Unido abandonó formalmente la Unión Europea, pasando a adquirir la condición de "tercer Estado".

El período transitorio previsto en el Acuerdo de Retirada por el que se ha mantenido la aplicación del acervo comunitario al Reino Unido ha finalizado el 31 de diciembre de 2020.

El 24 de diciembre de 2020 se alcanzó el principio de Acuerdo de Relación Futura entre la UE y el Reino Unido, que será de aplicación de forma provisional hasta que se produzca su ratificación definitiva.

A partir del 1 de enero de 2021, el Reino Unido y España seguirán siendo competentes para gestionar sus prestaciones de Seguridad Social en base a las cotizaciones realizadas en sus territorios, en condiciones de igualdad y no discriminación.

Asimismo, a partir del 1 de enero de 2021 el Acuerdo de Relación Futura establece, en relación con las prestaciones por desempleo, que las personas que residan legalmente en un Estado Miembro de la UE o en el Reino Unido podrán totalizar los períodos de seguro:

- Los nacionales del Reino Unido que residan legalmente en España podrán hacer valer todas las cotizaciones efectuadas en los Estados miembros de la Unión Europea, incluido el Reino Unido, siempre que el último trabajo haya tenido lugar en España.

- Los nacionales los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza podrán hacer valer las cotizaciones efectuadas en el sistema de Seguridad Social británico, siempre que el último trabajo haya tenido lugar en España.

Por otra parte, en relación con el reconocimiento de prestaciones en España, para los trabajadores fronterizos que residan en España y trabajen en Gibraltar se tendrán en cuenta los períodos de seguro, tanto anteriores como posteriores a la fecha final del periodo transitorio 31.12.2020.

¿En qué situación se encuentra?

- ¿Qué Estado miembro debe abonarme prestaciones de desempleo si soy un ciudadano español que ha trabajado en Reino Unido?

Las prestaciones le serán reconocidas por el Estado donde realizó su último trabajo.

Si ha cumplido el periodo de seguro más reciente en España, se tendrán en cuenta los períodos trabajados en Reino Unido y España.

Dicho de otro modo, si ha realizado su última actividad laboral en España, deberá usted solicitar aquí las prestaciones por desempleo y aportar el documento expedido por el Reino Unido donde consten los períodos de trabajo en dicho país.

- Trabajo en Gibraltar, ¿se me tendrán en cuenta los períodos de trabajo cuando solicite la prestación en España?

Al trabajador fronterizo que residiendo en España realiza su actividad en Gibraltar, se le tendrán en cuenta los períodos cotizados por desempleo en Gibraltar, tanto previos como posteriores a la fecha de retirada tanto si trabaja en último lugar en España como si ha ejercido su derecho como trabajador fronterizo en el Reino Unido y siguen ejerciéndolo sin interrupción.

- Llevo tiempo residiendo en el Reino Unido y, con motivo del Brexit, retorno a España después del 31.12.2020, ¿tengo derecho a protección por desempleo?

Para poder acceder a la protección por desempleo tras el retorno es necesario obtener el documento de acreditación de periodos de seguro y/o empleo y prestaciones percibidas en el Reino Unido.

En función de la situación en la que te encuentres, podrás acceder a la prestación contributiva, en base a las cotizaciones acreditadas en España antes de la salida al extranjero que no se hubiesen utilizado, o totalizando las cotizaciones efectuadas en el Reino Unido, si trabajas en España tras tu retorno.


Asistencia sanitaria

Si eres un ciudadano español

Si estás asegurado en España y quieres viajar al Reino Unido (estancia por turismo, desplazamientos temporales por trabajo) debes saber que tu asistencia sanitaria allí continúa cubierta, a partir del 1 de enero de 2021, con la presentación de la Tarjeta Sanitaria Europea.

Información dirigida a los ciudadanos de Reino Unido

El acceso al sistema sanitario público español de las personas con derecho a la asistencia sanitaria a cargo de las entidades sanitarias británicas (NHS) tras la retirada del Reino Unido de la Unión Europea está garantizado hasta el 31 de diciembre de 2020 por el Acuerdo de Retirada consensuado el pasado mes de noviembre en noviembre de 2019 entre la UE y el Reino Unido y a partir del 1 de enero de 2021 por el Protocolo de Coordinación de Seguridad Social.
Las garantías que ofrece el Acuerdo de Retirada son las más amplias posibles, manteniéndose el derecho de los ciudadanos del Reino Unido a continuar recibiendo la asistencia sanitaria en todos los Estados miembros de la UE en los mismos términos que si continuasen siendo ciudadanos de la UE y viceversa.

1. Turistas nacionales del Reino Unido en España

Soy un ciudadano del Reino Unido y quiero viajar como turista a España. ¿Tendré derecho a asistencia sanitaria en España? ¿Qué documento tendré que aportar?

Sí, el protocolo de coordinación de seguridad social del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por la otra parte, prevé esta cobertura con la Tarjeta Sanitaria Europea británica (UK EHIC) o la Tarjeta Sanitaria Global (GHIC). Contacte con la institución británica para conocer qué documento acreditativo de sus derechos le van a expedir.

2. Estudiantes nacionales del Reino Unido en España

Soy un ciudadano de Reino Unido y estoy estudiando un doctorado / master / becario ERASMUS en España. ¿Tendré derecho a asistencia sanitaria?

En principio, sí tiene derecho a recibir la asistencia sanitaria; pero en tanto esta cuestión versa sobre cobertura a cargo de Reino Unido, no es posible suministrar información exacta sobre la misma.

3. Trabajadores nacionales del Reino Unido residentes en España

- Soy ciudadano de Reino Unido y trabajo de forma permanente en España ¿Tengo derecho a asistencia sanitaria gratuita? ¿Cómo lo puede demostrar si me lo solicitan?

Sí, la legislación española garantiza la asistencia sanitaria a todos los trabajadores de alta en la Seguridad Social española. En este caso el reconocimiento del derecho es automático, usted no tendrá que realizar ningún trámite.
Será atendido en los centros sanitarios que integran el Sistema Nacional de Salud presentando la tarjeta sanitaria expedida a su favor por la CCAA de su lugar de residencia.
Las tarjetas sanitarias anteriores a la fecha de retirada seguirán vigentes y tendrán plena eficacia para recibir asistencia sanitaria en España.

- Trabajo en España; ¿mi familia tiene derecho a asistencia sanitaria?

Sí, un familiar de un nacional del Reino Unido que trabaja legalmente en España, siempre que esté autorizado a residir y resida efectivamente en España, tiene derecho a la asistencia sanitaria.
Se aplica a los descendientes del trabajador que sean menores de 26 años o mayores incapacitados siempre que estén a cargo y convivan con el trabajador, así como a su cónyuge o pareja de hecho.

- ¿Qué servicios del Sistema Nacional de Salud español son gratuitos?

Las personas titulares de la tarjeta sanitaria española o quienes acrediten tener derecho a la asistencia sanitaria en el Reino Unido o Gibraltar no tienen que pagar por ser atendidos en el sistema sanitario público español, ya que el coste de su asistencia estará a cargo de España o del Reino Unido, que reembolsará los gastos al Estado español.

- Si no me consideran residente habitual en España, ¿me pueden solicitar el pago de la asistencia sanitaria?

A los visitantes extranjeros que no dispongan de tarjeta sanitaria del Sistema Nacional de Salud español o no aporten un documento acreditativo de la cobertura sanitaria a cargo de las entidades británicas, el Sistema Nacional de Sanidad español podrá cobrarles por los servicios prestados.

- ¿Cómo se verán afectados los tratamientos programados por la salida del Reino Unido de la UE?

No se verán afectados, pues continuarán de manera similar a la establecida en los Reglamentos Comunitarios, según lo dispuesto en el Acuerdo de comercio y cooperación entre la UE y el Reino Unido.

4. Trabajadores nacionales del Reino Unido desplazados por sus empleadores a trabajar a España

- Soy nacional del Reino Unido, mi empresa está ubicada en Reino Unido pero me va a desplazar temporalmente a España. ¿Tengo derecho a asistencia sanitaria?

Sí, tanto el Acuerdo de Retirada como el Protocolo de Seguridad Social garantizan que se continúen apliquen reglas de coordinación similares a los Reglamentos Comunitarios. Una empresa puede enviar a un trabajador a otro país manteniendo las cotizaciones en el país de origen.
Como trabajador desplazado puede trabajar temporalmente en un país de la UE y seguir de alta en la seguridad social británica por un periodo de dos años durante los cuales sus derechos de seguridad social, incluida la prestación sanitaria se mantiene invariable.

5. Trabajadores trasfronterizos nacionales del Reino Unido residentes en Gibraltar

Soy nacional de Reino Unido y me desplazo diariamente a trabajar a España. ¿Tendré derecho a asistencia sanitaria?

Esta cuestión queda pendiente del acuerdo que se alcance para la aplicación en el territorio de Gibraltar.

6. Pensionistas nacionales del Reino Unido con cargo a la Seguridad Social británica residentes en España

En el caso de los pensionistas de Reino Unido residentes en España ¿se verá afectado su acceso a la asistencia sanitaria en su lugar de residencia tras el Brexit?

No se verá afectado su derecho a la asistencia sanitaria, que continuará de manera similar a la establecida en los Reglamentos Comunitarios, según lo dispuesto en el Acuerdo de comercio y cooperación entre la UE y el Reino Unido.

Nota informativa sobre el acuerdo de relación futura UE-UK en el ámbito de la coordinación de los sistemas de Seguridad Social:

Con fecha 26 de diciembre de 2020 se ha recibido el texto del Acuerdo de Relación Futura UE-UK en el cual se incluye un Protocolo de Coordinación en materia de Seguridad Social en el que se definen las reglas que van a regir las relaciones entre ambos territorios en lo que se refiere a la protección social de los ciudadanos que estén o hayan estado sujetos a la legislación de uno o más Estados a los que es de aplicación el Acuerdo. Un primer análisis del documento permite extraer unas primeras conclusiones que habrán de completarse en un futuro inmediato una vez se vayan aclarando dudas sobre su alcance y contenido.

- El nuevo Protocolo tendrá vigencia, de una parte, en el territorio de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, de otra parte, en el territorio del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. No se aplicará en Gibraltar ni tendrá efecto alguno en dicho territorio.

- El nuevo Protocolo se aplica a todas las personas, con independencia de su nacionalidad, que estén o hayan estado sujetas a la legislación de uno o más Estados y a los miembros de sus familias. Por tanto a modo de ejemplo, si usted es un ciudadano trabajador por cuenta ajena/propia asegurado en España y en el futuro se va a Reino Unido a trabajar pasando a estar asegurado en dicho país, le será de aplicación el presente Protocolo en materia de Seguridad Social.

- El nuevo Protocolo de Coordinación de Seguridad Social incluye en su ámbito material de aplicación la gran mayoría de las prestaciones de seguridad social que actualmente se incluyen en los Reglamentos Comunitarios. Concretamente incluye:

  • Asistencia sanitaria, tanto en estancia temporal (vacaciones; desplazamientos temporales por trabajo) como en residencia, con la misma extensión que los Reglamentos Comunitarios.
  • Prestaciones de maternidad / paternidad.
  • Pensiones de jubilación; invalidez (con algunas limitaciones en Reino Unido) y supervivencia.
  • Prestaciones por desempleo (no exportable)

- El nuevo Protocolo no se aplica a las pensiones no contributivas; prestaciones económicas no contributivas como las prestaciones familiares; prestaciones por cuidados de larga duración (dependencia); ni a la prestación no contributiva de ingreso mínimo vital, ajena al ámbito material de aplicación de los reglamentos de coordinación.

- El nuevo Protocolo asume los principios básicos de la Coordinación de sistemas de Seguridad Social: Principio de igualdad de trato; principio de asimilación de hechos; principio de totalización de períodos de seguro acreditados en los distintos Estados; principio de exportación de prestaciones (con limitaciones en prestaciones de invalidez y desempleo).

- Se crea un Comité Especializado de Coordinación de Seguridad Social como organismo encargado de velar por la correcta aplicación del Protocolo.

Los formularios y documentos emitidos en formato válido antes de la entrada en vigor del Protocolo siguen siendo válidos y pueden utilizarse durante el período transitorio que fije el Comité Especializado, tanto por los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos (como puede ser la Tarjeta Sanitaria Europea emitida antes de la entrada en vigor del Protocolo para el acceso a los servicios sanitarios durante la estancia temporal en el territorio de un Estado distinto del de aseguramiento), como por las instituciones y organismos de enlace para el intercambio de datos entre Instituciones.


Historia clínica

¿Qué va a ocurrir con la información de mi historia clínica?

Los titulares de la tarjeta sanitaria mantienen los mismos derechos, salvo que se adopten acuerdos bilaterales específicos entre Reino Unido y el Reino de España.


Ejercicio de profesiones sanitarias

Si soy un profesional sanitario con cualificación obtenida en Reino Unido y tengo interés en ejercer mi profesión en España:

¿A qué autoridad he de dirigir la solicitud de reconocimiento de mi cualificación profesional?

Corresponde a la Dirección General de Ordenación Profesional la competencia del reconocimiento de efectos profesionales de títulos extranjeros que habiliten para el ejercicio de las profesiones sanitarias en los que no tengan competencias los Ministerios de Educación y Formación Profesional y de Universidades:

Una vez obtenido el reconocimiento ¿puedo comenzar a ejercer mi profesión?

La obtención del reconocimiento no significa, por sí solo, que el solicitante reúna el resto de condiciones que se le exigen para ejercer en una profesión sanitaria, tales como la colegiación obligatoria, no encontrarse inhabilitado o suspendido para el ejercicio de la profesión y tener suscrito un seguro de responsabilidad civil. Asimismo, es obligatorio que el profesional que cumple estos requisitos ejerza en un centro sanitario autorizado por la Comunidad Autónoma en el que esté ubicado..

Una vez ratificado el Acuerdo de Comercio y Cooperación ¿qué procedimiento he de seguir para solicitar el reconocimiento de mi título?

El Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio establece que se seguirán aplicando las normas de la Unión Europea, por lo que los títulos obtenidos en Reino Unido continuarán beneficiándose de las reglas europeas de reconocimiento de cualificaciones profesionales obtenidas en otros Estados miembro de la Unión Europea.

Puede encontrar información sobre el procedimiento a seguir en la web del Ministerio de Sanidad.

¿Existe alguna diferencia en la tramitación en función de la nacionalidad del solicitante de tercer país?

El reconocimiento, o no, de efectos profesionales a un título de especialista de tercer país se hace en base a la verificación de competencias y habilidades adquiridas, y esto es independiente de la nacionalidad del solicitante, salvo lo establecido en el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio.

Acceso a plazas de formación sanitaria especializada. ¿Qué repercusiones tendrá el Brexit en el acceso a la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada?

Los ciudadanos de Reino Unido accederán a plazas de formación sanitaria especializada de la Convocatoria 2020/21 en las mismas condiciones que los ciudadanos del resto de los estados miembros UE/EFTA.



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